ACTA relativa a las condiciones de adhesión del Reino de Noruega, de la República de Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia y a las adaptaciones de los Tratados en los que se basa la Unión Europea, ACTA FINAL - II. DECLARACIONES ADOPTADAS POR LOS PLENIPOTENCIARIOS - 7. Declaración conjunta sobre los artículos 32, 69, 84 y 112 del Acta de adhesión
Diario Oficial n° C 241 de 29/08/1994 p. 0383
7. Declaración conjunta sobre los artículos 32, 69, 84 y 112 del Acta de adhesión Las Partes Contratantes recuerdan que, en la reunión ministerial de 21 de diciembre de 1993, las Conferencias tomaron nota de que: - el objetivo de la solución acordada es tomar decisiones antes de que finalice el período transitorio; - la revisión del acervo comunitario se efectuará sin perjuicio del resultado; - cuando se realice la revisión, la Unión también tendrá en cuenta los criterios establecidos en el apartado 3 del artículo 130 R del Tratado CE.