11992E000

TRATADO CONSTITUTIVO DE LA COMUNIDAD EUROPEA - PREAMBULO /* VERSION CODIFICADA DEL TRATADO CONSTITUTIVO DE LA COMUNIDAD EUROPEA */

Diario Oficial n° C 224 de 31/08/1992 p. 0006


TRATADO CONSTITUTIVO DE LA COMUNIDAD EUROPEA

SU MAJESTAD EL REY DE LOS BELGAS,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA FRANCESA,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ITALIANA,

SU ALTEZA REAL LA GRAN DUQUESA DE LUXEMBURGO,

SU MAJESTAD LA REINA DE LOS PAÍSES BAJOS,

RESUELTOS a sentar las bases de una unión cada vez más estrecha entre los pueblos europeos,

DECIDIDOS a asegurar, mediante una acción común, el progreso económico y social de sus respectivos países, eliminando las barreras que dividen Europa,

FIJANDO como fin esencial de sus esfuerzos la constante mejora de las condiciones de vida y de trabajo de sus pueblos,

RECONOCIENDO que la eliminación de los obstáculos existentes exige una acción concertada para garantizar un desarrollo económico estable, un intercambio comercial equilibrado y una competencia leal,

PREOCUPADOS por reforzar la unidad de sus economías y asegurar su desarrollo armonioso, reduciendo las diferencias entre las diversas regiones y el retraso de las menos favorecidas,

DESEOSOS de contribuir, mediante una política comercial común, a la progresiva supresión de las restricciones a los intercambios internacionales,

PRETENDIENDO reforzar la solidaridad de Europa con los países de ultramar y deseando asegurar el desarrollo de su prosperidad, de conformidad con los príncipios de la Carta de las Naciones Unidas,

RESUELTOS a consolidar, mediante la constitución de este conjunto de recursos, la defensa de la paz y la libertad e invitando a los demás pueblos de Europa que participan de dicho ideal a asociarse a su esfuerzo,

HAN DECIDIDO crear una Comunidad Europea y han designado con tal fin como plenipotenciarios:

SU MAJESTAD EL REY DE LOS BELGAS:

al señor Paul-Henri SPAAK,

Ministro de Asuntos Exteriores;

al baron J. Ch. SNOY ET D'OPPUERS,

Secretario General del Ministerio de Asuntos Economicos, Presidente de la delegación belga en la Conferencia intergubernamental;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA:

al doctor Konrad ADENAUER,

Canciller Federal;

al profesor doctor Walter HALLSTEIN,

Secretario de Estado de Asuntos Exteriores;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA FRANCESA:

al señor Christian PINEAU,

Ministro de Asuntos Exteriores;

al señor Maurice FAURE,

Secretario de Estado de Asuntos Exteriores;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ITALIANA:

al señor Antonio SEGNI,

Presidente del Consejo de Ministros;

al profesor Gaetano MARTINO,

Ministro de Asuntos Exteriores;

SU ALTEZA REAL LA GRAN DUQUESA DE LUXEMBURGO:

al señor Joseph BECH,

Presidente del Gobierno, Ministro de Asuntos Exteriores;

al señor Lambert SCHAUS,

Embajador, Presidente de la delegación luxemburguesa en la Conferencia intergubernamental;

SU MAJESTAD LA REINA DE LOS PAÍSES BAJOS:

al señor Joseph LUNS,

Ministro de Asuntos Exteriores;

al señor J. LINTHORST HOMAN,

Presidente de la delegación neerlandesa en la Conferencia intergubernamental,

QUIENES, después de haber intercambiado sus plenos poderes, reconocidos en buena y debida forma, han convenido las disposiciones siguientes: