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Documentos relativos a la adhesion del Reino de Espana y de la Republica Portuguesa a las Comunidades Europeas, Acta relativa a las condiciones de adhesion del Reino de Espana y de la Republica Portuguesa y a las adaptaciones de los Tratados, Anexo XIX: Lista prevista en el articulo 213 del Acta de adhesion

Diario Oficial n° L 302 de 15/11/1985 p. 0308


ANEXO XIX

Lista prevista en el artículo 213 del Acta de adhesión

1 . PRODUCTOS PARA LOS QUE LOS DERECHOS MÍNIMOS ( ELEMENTO FIJO ) SOBRE LAS IMPORTACIONES DE LA COMUNIDAD EN SU COMPOSICIÓN ACTUAL QUEDAN ESTABLECIDOS EN UN 35 %

Partida del arancel aduanero común * Designación de las mercancías *

17.04 * Artículos de confitería sin cacao : *

* B . Gomas de mascar ( chicle ) , con un contenido en peso de sacarosa ( incluido el azúcar invertido , calculado en sacarosa ) *

* C . Preparación llamada « chocolate blanco » *

* D . Los demás *

19.03 * Pastas alimenticias *

19.08 * Productos de panadería fina , pastelería y galletería , incluso con adición de cacao en cualquier proporción *

21.07 * Preparados alimenticios no expresados ni comprendidos en otras partidas : *

* G . Los demás : *

* I . que no contengan materias grasas procedentes de la leche o que las contengan en cantidad inferior al 1,5 % en peso : *

* f ) con un contenido en peso de sacarosa ( incluido el azúcar invertido , calculado en sacarosa ) igual o superior al 85 % *

* II . con un contenido en peso de materias grasas procedentes de la leche igual o superior al 1,5 % , pero inferior al 6 % *

* III . con un contenido en peso de materias grasas procedentes de la leche igual o superior al 6 % , pero inferior al 12 % *

* IV . con un contenido en peso de materias grasas procedentes de la leche igual o superior al 12 % , pero inferior al 18 % *

* V . con un contenido en peso de materias grasas procedentes de la leche igual o superior al 18 % , pero inferior al 26 % *

* VI . con un contenido en peso de materias grasas procedentes de la leche igual o superior al 26 % , pero inferior al 45 % *

* VII . con un contenido en peso de materias grasas procedentes de la leche igual o superior al 45 % , pero inferior al 65 % *

* VIII . con un contenido en peso de materias grasas procedentes de la leche igual o superior al 65 % , pero inferior al 85 % *

* IX . con un contenido en peso de materias grasas procedentes de la leche igual o superior al 85 % *

2 . PRODUCTOS PARA LOS QUE LOS DERECHOS MÍNIMOS ( ELEMENTO FIJO ) SOBRE LAS IMPORTACIONES DE LA COMUNIDAD EN SU COMPOSICIÓN ACTUAL QUEDAN ESTABLECIDOS EN UN 14 %

Partida del arancel aduanero común * Designación de las mercancías *

18.06 * Chocolate y otros preparados alimenticios que contengan cacao : *

* A . Cacao en polvo , simplemente azucarado , con sacarosa *

* C . Chocolates y artículos de chocolate , incluso rellenos ; artículos de confitería y sus sucedáneos elaborados a partir de productos sustitutivos del azúcar , que contengan cacao : *

* I . que no contengan sacarosa o que la contengan en cantidad inferior al 5 % en peso ( incluido el azúcar invertido , calculado en sacarosa ) *

Partida del arancel aduanero común * Designación de las mercancías *

18.06 ( cont. ) * C . II . Los demás : *

* a ) que no contengan materias grasas procedentes de la leche o que las contengan en cantidad inferior al 1,5 % en peso , y con un contenido en peso de sacarosa ( incluido el azúcar invertido , calculado en sacarosa ) : *

* 2 . igual o superior al 50 % *

* b ) con un contenido en peso de materias grasas procedentes de la leche igual o superior al 1,5 % *

* D . Los demás : *

* I . que no contengan materias grasas procedentes de la leche o que las contengan en cantidad inferior al 1,5 % en peso *

* II . con un contenido en peso de materias grasas procedentes de la leche : *

* a ) igual o superior al 1,5 % , pero no superior al 6,5 % *

* b ) superior al 6,5 % , pero inferior al 26 % *

3 . PRODUCTOS PARA LOS QUE LOS DERECHOS MÍNIMOS ( ELEMENTO FIJO ) SOBRE LAS IMPORTACIONES DE LA COMUNIDAD EN SU COMPOSICIÓN ACTUAL QUEDAN ESTABLECIDOS EN UN 12 %

Partida del arancel aduanero común * Designación de las mercancías *

19.02 * Extractos de malta ; preparados para la alimentación infantil o para usos dietéticos o culinarios , a base de harinas , sémolas , almidones , féculas o extractos de malta , incluso con adición de cacao en una proporción inferior al 50 % en peso : *

* B . Los demás : *

35.05 * Dextrina y colas de dextrina ; almidones o féculas solubles o tostados ; colas de almidón o de fécula : *

* ex B . Colas de dextrina , de almidón o de fécula : *

* - Colas de almidón *

4 . PRODUCTOS PARA LOS QUE LOS DERECHOS MÍNIMOS ( ELEMENTO FIJO ) SOBRE LAS IMPORTACIONES DE LA COMUNIDAD EN SU COMPOSICIÓN ACTUAL QUEDAN ESTABLECIDOS EN UN 11 %

Partida del arancel aduanero común * Designación de las mercancías *

19.02 * Extractos de malta ; preparados para la alimentación infantil o para usos dietéticos o culinarios , a base de harinas , sémolas , almidones , féculas o extractos de malta , incluso con adición de cacao en una proporción inferior al 50 % en peso : *

* A . Extractos de malta *

21.02 * Extractos o esencias de café , de té o de yerba mate y preparaciones a base de estos extractos o esencias ; achicoria tostada y demás sucedáneos de café tostados y sus extractos : *

* C . Achicoria tostada y demás sucedáneos de café tostados : *

* II . Los demás : *

21.07 * Preparados alimenticios no expresados ni comprendidos en otras partidas : *

* A . Cereales en grano o en espiga , precocidos o preparados de otra forma : *

* II . Arroz *

* B . Pastas alimenticias sin rellenar , cocidas ; pastas alimenticias rellenas : *

* I . Pastas alimenticias sin rellenar , cocidas : *

* ex a ) secas : *

* - con adición de azúcar *

* ex b ) Los demás : *

* - con adición de azúcar *

Partida del arancel aduanero común * Designación de las mercancías *

21.07 ( cont. ) * B . II . Pastas alimenticias rellenas : *

* ex b ) Las demás : *

* - con adición de azúcar *

* C . Helados : *

* I . que no contengan materias grasas procedentes de la leche o que las contengan en cantidad inferior al 3 % en peso *

* G . Los demás : *

* I . que no contengan materias grasas procedentes de la leche o que las contengan en cantidad inferior al 1,5 % en peso : *

* a ) que no contengan sacarosa o que la contengan en cantidad inferior al 5 % en peso ( incluido el azúcar invertido , calculado en sacarosa ) : *

* 2 . con un contenido en peso de almidón o de féculas *

* cc ) igual o superior al 45 % *

* b ) con un contenido en peso de sacarosa ( incluido el azúcar invertido , calculado en sacarosa ) igual o superior al 5 % e inferior al 15 % : *

* 2 . con un contenido en peso de almidón o de fécula : *

* bb ) igual o superior al 32 % e inferior al 45 % *

* cc ) igual o superior al 45 % *

* c ) con un contenido en peso de sacarosa ( incluido el azúcar invertido , calculado en sacarosa ) igual o superior al 15 % e inferior al 30 % : *

* 2 . con un contenido en peso de almidón o de fécula : *

* bb ) igual o superior al 32 % e inferior al 45 % *

* cc ) igual o superior al 45 % *

* d ) con un contenido en peso de sacarosa ( incluido el azúcar invertido , calculado en sacarosa ) igual o superior al 30 % e inferior al 50 % *

* e ) con un contenido en peso de sacarosa ( incluido el azúcar invertido , calculado en sacarosa ) igual o superior al 50 % e inferior al 85 %