Tratado por el que se modifican determinadas disposiciones presupuestarias de los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas y del Tratado por el que se constituye un Consejo unico y una Comision unica de las Comunidades Europeas, Capitulo II: Disposiciones que modifican el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea, Articulo 6
Diario Oficial n° L 002 de 02/01/1971 p. 0001
Artículo 6. El párrafo último del artículo 206 del Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea será sustituido por las disposiciones siguientes: «El Consejo y el Parlamento Europeo aprobarán la gestión de la Comisión en la ejecución del presupuesto. A tal fin, el informe de la Comisión de Control será examinado sucesivamente por el Consejo, que decidirá por mayoría cualificada, y por el Parlamento Europeo. La gestión de la Comisión quedará aprobada sólo después de haberse pronunciado el Consejo y el Parlamento Europeo.»