11957E191

Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea ( CEE ), Quinta parte: Instituciones de la Comunidad, Titulo I: Disposiciones institucionales, Capitulo 2: Disposiciones comunes a varias instituciones, Articulo 191


Artículo 191.

Los reglamentos se publicarán en el Diario Oficial de la Comunidad. Entrarán en vigor en la fecha que ellos mismos fijen o, a falta de ella, a los veinte días de su publicación.

Las directivas y decisiones se notificarán a sus destinatarios y surtirán efecto a partir de tal notificación.