11957A199

Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energia Atomica ( CEEA - EURATOM ), Titulo Quinto: Disposiciones generales, Articulo 199


Artículo 199

La Comisión deberá asegurar el mantenimiento de todo tipo de relaciones adecuadas con los órganos de las Naciones Unidas, de sus organismos especializados y del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio.

La Comisión mantendrá también relaciones apropiadas con todas las organizaciones internacionales.