Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energia Atomica ( CEEA - EURATOM ), Titulo Quinto: Disposiciones generales, Articulo 199
Artículo 199 La Comisión deberá asegurar el mantenimiento de todo tipo de relaciones adecuadas con los órganos de las Naciones Unidas, de sus organismos especializados y del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio. La Comisión mantendrá también relaciones apropiadas con todas las organizaciones internacionales.