02016R1675 — ES — 29.01.2026 — 013.001
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REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2016/1675 DE LA COMISIÓN de 14 de julio de 2016 por el que se completa la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo identificando los terceros países de alto riesgo con deficiencias estratégicas (Texto pertinente a efectos del EEE) (DO L 254 de 20.9.2016, p. 1) |
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REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2016/1675 DE LA COMISIÓN
de 14 de julio de 2016
por el que se completa la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo identificando los terceros países de alto riesgo con deficiencias estratégicas
(Texto pertinente a efectos del EEE)
Artículo 1
La lista de jurisdicciones de terceros países que presentan deficiencias estratégicas en sus regímenes de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo que suponen amenazas importantes para el sistema financiero de la Unión («terceros países de alto riesgo») se establece en el anexo.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro de conformidad con los Tratados.
ANEXO
Terceros países de alto riesgo
I. Terceros países de alto riesgo que han presentado un compromiso escrito a alto nivel político para subsanar las deficiencias constatadas y han elaborado un plan de acción con el GAFI
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N.o |
Tercer país de alto riesgo |
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1 |
Afganistán |
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2 |
Argelia |
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3 |
Angola |
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4 |
Bolivia |
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5 |
Islas Vírgenes Británicas |
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6 |
Camerún |
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7 |
Costa de Marfil |
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8 |
República Democrática del Congo |
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9 |
Haití |
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10 |
Kenia |
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11 |
Laos |
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12 |
Líbano |
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13 |
Mónaco |
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14 |
Myanmar/Birmania |
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15 |
Namibia |
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16 |
Nepal |
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17 |
Sudán del Sur |
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18 |
Siria |
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19 |
Trinidad y Tobago |
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20 |
Vanuatu |
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21 |
Venezuela |
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22 |
Vietnam |
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23 |
Yemen |
II. Terceros países de alto riesgo que han presentado un compromiso político a alto nivel para subsanar las deficiencias constatadas y han decido solicitar asistencia técnica para ejecutar el Plan de Acción del GAFI, y que han sido señalados en una Declaración Pública del GAFI
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N.o |
Tercer país de alto riesgo |
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1 |
Irán |
III. Terceros países de alto riesgo que presentan actualmente riesgos significativos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo al haber incumplido reiteradamente la obligación de subsanar las deficiencias constatadas, y que han sido señalados en una Declaración Pública del GAFI
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N.o |
Tercer país de alto riesgo |
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1 |
República Popular Democrática de Corea (RPDC) |
IV. Terceros países de alto riesgo que no han sido identificados como sujetos a llamamientos a la acción o a un seguimiento reforzado por parte del GAFI, pero cuya adhesión a dicho organismo internacional de normalización se suspenda
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N.o |
Tercer país de alto riesgo |
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1 |
Federación de Rusia |