2011D0344 — ES — 20.07.2012 — 005.001


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►B

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO

de 17 de mayo de 2011

relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal

(2011/344/UE)

(DO L 159, 17.6.2011, p.88)

Modificado por:

 

 

Diario Oficial

  No

page

date

►M1

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO de 2 de septiembre de 2011

  L 240

8

16.9.2011

►M2

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO de 11 de octubre de 2011

  L 269

32

14.10.2011

►M3

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO de 14 de diciembre de 2011

  L 46

40

17.2.2012

►M4

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO de 29 de marzo de 2012

  L 115

21

27.4.2012

►M5

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO de 10 de julio de 2012

  L 192

12

20.7.2012


Rectificado por:

►C1

Rectificación,, DO L 178, 10.7.2012, p. 15  (344/2011)




▼B

▼C1

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO

de 17 de mayo de 2011

relativa a la concesión de ayuda financiera de la Unión a Portugal

▼B

(2011/344/UE)



EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) no 407/2010 del Consejo, de 11 de mayo de 2010, por el que se establece un mecanismo europeo de estabilización financiera ( 1 ), y, en particular, su artículo 3, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

Portugal se ha visto recientemente sometido a crecientes tensiones en los mercados financieros, que crean una mayor inquietud acerca de la sostenibilidad de sus finanzas públicas. La crisis actual, de hecho, ha tenido un impacto dramático sobre las finanzas públicas de Portugal, lo que ha acabado provocando un fuerte aumento de los diferenciales de rendimiento de las obligaciones estatales. En el contexto de sucesivas reducciones de la calificación de las obligaciones estatales portuguesas por parte de las agencias de calificación crediticia, el país se ha visto en la imposibilidad de refinanciarse a unos tipos de interés compatibles con la sostenibilidad presupuestaria a largo plazo. Paralelamente, el sector bancario, que es muy dependiente de la financiación exterior, especialmente en la zona del euro, ha ido quedando cada vez más excluido del mercado de financiación.

(2)

En vista de esta grave crisis económica y financiera provocada por circunstancias excepcionales que escapaban al control del Gobierno, el 7 de abril de 2011 Portugal solicitó oficialmente ayuda financiera de la Unión Europea, de los Estados miembros cuya moneda es el euro y del Fondo Monetario Internacional (FMI), a fin de apoyar un programa económico encaminado a restaurar la confianza y permitir la vuelta de la economía a una senda de crecimiento sostenible, y de salvaguardar la estabilidad financiera de Portugal, de la zona del euro y de la Unión. El 3 de mayo de 2011, el Gobierno portugués celebró un acuerdo con la misión conjunta Comisión, FMI y Banco Central Europeo (BCE) relativo a un amplio programa económico trienal para el período hasta mediados de 2014, que se establecería en un Memorando de Política Económica y Financiera («MEFP») y en un Protocolo de Acuerdo sobre Condiciones Específicas de Política Económica («Protocolo de Acuerdo»). Este programa económico ha sido apoyado por los dos principales partidos de la oposición.

(3)

El proyecto de programa de ajuste económico y financiero (en lo sucesivo, «el Programa») presentado por Portugal a la Comisión y al Consejo pretende restaurar la confianza en la deuda estatal y en el sector bancario y fomentar el crecimiento y el empleo. El Programa prevé una amplia acción en tres frentes. En primer lugar, la rápida realización de reformas estructurales profundas para potenciar el crecimiento, crear empleo y mejorar la competitividad (especialmente, mediante la devaluación fiscal). En particular, el Programa contiene reformas del mercado de trabajo, del sistema judicial, de las industrias de redes y de los sectores inmobiliario y de servicios, con vistas a reforzar el potencial de crecimiento de la economía, mejorar la competitividad y facilitar el ajuste económico. En segundo lugar, una estrategia de saneamiento presupuestario creíble y equilibrada, respaldada por medidas presupuestarias estructurales y un mejor control presupuestario sobre las asociaciones público-privadas («APP») y las empresas públicas («EP»), con el fin de situar el ratio de deuda pública bruta/PIB en una firme senda decreciente a medio plazo. Las autoridades se han comprometido a reducir el déficit al 3 % del PIB a más tardar en 2013. En tercer lugar, prevé una estrategia para el sector financiero basada en la recapitalización y en el desapalancamiento con esfuerzos para proteger al sector financiero frente a un proceso desordenado de desapalancamiento, empleando mecanismos de mercado respaldados por dispositivos de reserva.

(4)

Según las actuales previsiones de la Comisión relativas al crecimiento del PIB nominal (-1,2 % en 2011,-0,5 % en 2012, 2,5 % en 2013 y 3,9 % en 2014), los objetivos presupuestarios son compatibles con una senda de evolución del ratio deuda/PIB del 101,7 % en 2011, 107,4 % en 2012, 108,6 % en 2013 y 107,6 % en 2014. Por consiguiente, el ratio deuda/PIB se estabilizaría en 2013 e iniciaría una tendencia decreciente a continuación, en el supuesto de que sigan los progresos en la reducción del déficit. La dinámica de la deuda se vería afectada por varias operaciones extrapresupuestarias que se prevé que aumenten el ratio deuda/PIB en 1,75 puntos porcentuales del PIB en 2011 y en tres cuartos de punto porcentual cada año en 2012-2014. Entre estas cabe destacar importantes adquisiciones de activos financieros, especialmente para posibles recapitalizaciones de los bancos y para la financiación de EP, por un importe equivalente a medio punto porcentual del PIB al año entre 2011 y 2014. Por otra parte, los ingresos procedentes de las privatizaciones, que hasta el año 2013 alcanzarían un total equivalente aproximadamente al 3 % del PIB, respaldarán los esfuerzos de reducción de la deuda.

(5)

Según la evaluación realizada por la Comisión, en coordinación con el BCE y junto con el FMI, Portugal necesita una financiación de un importe total de 78 000 millones EUR para el período comprendido entre junio de 2011 y mediados de 2014. A pesar del significativo ajuste presupuestario, el déficit de financiación del sector público podría ascender a 63 000 millones EUR durante el período del Programa. Esto presupone que hasta el primer semestre del año 2013 no tendrá acceso al mercado de la deuda a medio y largo plazo. Se supone que Portugal está en condiciones de refinanciar su actual deuda a corto plazo, mientras que el Programa también contempla una reserva de financiación en caso de desvío inesperado respecto del escenario de financiación de base utilizado por la Comisión. Se anima a Portugal a mantener y adaptar sus operaciones en el mercado financiero con el objetivo de promover el acceso al mercado y aumentar la confianza. La estrategia del sector financiero contenida en el Programa para restablecer la confianza en el sistema bancario portugués de forma sostenible requiere que los grupos bancarios sitúen su ratio de capital básico de clase 1 en el 9 % a final de 2011 y el 10 % a final de 2012 y mantenerse en ese nivel a continuación. Para el caso de que no puedan encontrarse soluciones de mercado, el programa contiene un régimen de apoyo a los bancos con un importe máximo de 12 000 millones EUR para proporcionar el capital necesario. Sin embargo, las necesidades reales de financiación podrían ser sustancialmente inferiores, en particular si las condiciones del mercado mejoran significativamente y si el sector bancario no sufre grandes pérdidas e inesperadas durante el período de vigencia del Programa.

(6)

El Programa se financiaría mediante aportaciones procedentes de fuentes externas. La ayuda de la Unión a Portugal podría alcanzar un máximo de 52 000 millones EUR en el marco del Mecanismo Europeo de Estabilización Financiera («MEEF»), establecido por el Reglamento (UE) no 407/2010, y de aportaciones procedentes del Fondo Europeo de Estabilidad Financiera. Por otra parte, Portugal ha solicitado al FMI un préstamo de 23 742 millones de DEG (equivalente a 26 000 millones EUR al tipo de cambio de 5 de mayo de 2011) en el marco del Servicio Ampliado del Fondo. Las condiciones de la ayuda del MEEF serán similares a las de las ayudas del FMI. La ayuda financiera de la Unión debe ser gestionada por la Comisión.

(7)

El Consejo debe examinar periódicamente las políticas económicas aplicadas por Portugal.

(8)

Las condiciones específicas de política económica acordadas con Portugal deben establecerse en un Protocolo de Acuerdo sobre Condiciones Específicas de Política Económica («Protocolo de Acuerdo»). Las condiciones financieras detalladas deben establecerse en un acuerdo de préstamo.

(9)

La Comisión, en coordinación con el BCE, debe verificar periódicamente el cumplimiento de las condiciones de política económica a las que se supedita la ayuda, por medio de misiones e informes periódicos elaboradas por las autoridades portuguesas.

(10)

A lo largo de todo el período de aplicación del Programa, la Comisión debe proporcionar asesoramiento adicional en materia de política y asistencia técnica en áreas específicas.

(11)

Las operaciones que la ayuda financiera de la Unión contribuye a financiar deben ser compatibles con las políticas de la Unión y cumplir con su legislación. Las intervenciones en apoyo de las entidades financieras deben realizarse de conformidad con las normas en materia de competencia de la Unión.

(12)

La ayuda debe proporcionarse con vistas a respaldar el éxito en la aplicación del Programa.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:



Artículo 1

▼M2

1.  La Unión pondrá a disposición de Portugal un préstamo de un máximo de 26 000 millones EUR, con un plazo de vencimiento medio máximo de 12,5 años. El plazo de vencimiento para los distintos tramos del préstamo podrá ascender a 30 años como máximo.

▼B

2.  La ayuda financiera estará disponible durante un período de tres años a partir del primer día siguiente a la entrada en vigor de la presente Decisión.

▼M1

3.  La Comisión pondrá a disposición de Portugal la ayuda financiera de la Unión en un máximo de 14 tramos. Cada tramo podrá dar lugar a uno o varios desembolsos. El plazo de vencimiento de los desembolsos que se efectúen en el marco del primer tramo y del segundo podrán ser más largos que el plazo de vencimiento medio máximo mencionado en el apartado 1. En tales casos, los vencimientos de los desembolsos siguientes se adaptarán a fin de que se cumpla el plazo de vencimiento medio máximo mencionado en el apartado 1 una vez que se haya procedido al desembolso de todos los tramos.

▼B

4.  El desembolso del primer tramo estará supeditado a la entrada en vigor del acuerdo de préstamo y del Protocolo de Acuerdo. Los desembolsos siguientes de préstamos estarán supeditados a que sea favorable la evaluación que realice la Comisión, previa consulta al BCE, del cumplimiento por Portugal de las condiciones generales de política económica según se definen en la presente Decisión y en el Protocolo de Acuerdo.

▼M2

5.  Portugal pagará el coste de financiación de la Unión para cada desembolso.

▼B

6.  Por otro lado, los costes a que se hace referencia en el artículo 7 del Reglamento (UE) no 407/2010 correrán por cuenta de Portugal.

7.  Si es necesario para financiar el préstamo, se autorizará la utilización prudente de swaps de tipo de interés con contrapartes de la máxima calidad crediticia y de empréstitos anticipados.

8.  La Comisión decidirá acerca de la cuantía y el desembolso de nuevos tramos. La Comisión decidirá sobre la cuantía de los desembolsos.

Artículo 2

1.  La ayuda será gestionada por la Comisión de forma compatible con los compromisos contraídos por Portugal.

2.  La Comisión, previa consulta al BCE, acordará con las autoridades portuguesas las condiciones específicas de política económica a las que se supedita la ayuda financiera, de conformidad con el artículo 3. Estas condiciones se establecerán en un Protocolo de Acuerdo, que habrán de firmar la Comisión y las autoridades portuguesas, conforme a los compromisos mencionados en el apartado 1. Las modalidades financieras se fijarán en un acuerdo de préstamo que se habrá de celebrar con la Comisión.

3.  La Comisión, en coordinación con el BCE, verificará periódicamente (al menos trimestralmente) el cumplimiento de las condiciones de política económica a las que se supedita la ayuda, e informará al Comité Económico y Financiero antes del desembolso de cada tramo. A tal fin, las autoridades portuguesas cooperarán plenamente con la Comisión y el BCE y pondrán a su disposición toda la información necesaria. La Comisión mantendrá informado al Comité Económico y Financiero de la posible refinanciación de los empréstitos o de los cambios de las condiciones financieras.

4.  Portugal adoptará y aplicará medidas de saneamiento adicionales para garantizar la estabilidad macrofinanciera en caso de que tales medidas sean necesarias durante el desarrollo del programa de ayuda. Las autoridades portuguesas consultarán a la Comisión y al BCE antes de la adopción de esas medidas adicionales.

Artículo 3

1.  Queda aprobado el proyecto de programa de ajuste económico y financiero (en lo sucesivo, «el Programa»), elaborado por las autoridades portuguesas.

2.  El desembolso de cada uno de los tramos siguientes al primero estará supeditado a una aplicación satisfactoria del Programa y, particularmente, al cumplimiento de las condiciones específicas de política económica establecidas en el Protocolo de Acuerdo. Estas condiciones incluirán, entre otras, las medidas mencionadas en los apartados 4 a 8 del presente artículo.

▼M3

3.  De conformidad con las exigencias del procedimiento de déficit excesivo, el déficit de las administraciones públicas no podrá exceder en 2011 de 10 068 millones EUR (equivalentes al 5,9 % del PIB según las previsiones actuales), ni de 7 645 millones EUR (4,5 % del PIB) en 2012 ni del 3,0 % del PIB al concluir 2013. Para el cálculo de ese déficit, no se tendrán en cuenta los posibles costes presupuestarios de las medidas de apoyo a los bancos que se apliquen en el contexto de la estrategia del Gobierno portugués para el sector financiero. El saneamiento se logrará con medidas permanentes de alta calidad y minimizando los efectos que pueda tener en los grupos vulnerables.

▼B

4.  Portugal adoptará las medidas especificadas en los apartados 5 a 8 antes de la finalización del año indicado, debiendo fijarse los plazos exactos para los años 2011-2014 en el Protocolo de Acuerdo. Portugal estará dispuesto a adoptar medidas de saneamiento adicionales para reducir el déficit por debajo del 3 % del PIB en 2013 a más tardar en caso de que se produzcan desviaciones respecto de los objetivos.

5.  Portugal adoptará las medidas siguientes antes de finalizar 2011, de conformidad con lo estipulado en el Protocolo de Acuerdo:

▼M3

a) el objetivo de déficit presupuestario de 2011 se alcanzará por medio de una medida de carácter excepcional. Los activos que se adquieran como resultado de la transferencia de los fondos de pensión de los bancos al sistema público de seguridad social no se utilizarán en detrimento de la sostenibilidad a largo plazo de la hacienda pública portuguesa;

b) Portugal adoptará las medidas necesarias para reforzar la gestión de la hacienda pública. Portugal deberá aplicar las medidas que prevé la nueva Ley Marco Presupuestaria, particularmente el establecimiento de un marco presupuestario a medio plazo y la instauración de un Consejo Presupuestario de carácter independiente. El marco presupuestario de las administraciones locales y regionales deberá fortalecerse considerablemente, debiendo proponerse en especial las opciones que sean fundamentales para adaptar la normativa financiera de esas administraciones a los requisitos establecidos por la Ley Marco Presupuestaria. Portugal intensificará la información sobre las finanzas públicas, acentuará el seguimiento de las mismas y reforzará las normas y los procedimientos en materia de ejecución presupuestaria. Para la validación y liquidación de los atrasos, el Gobierno portugués preparará una estrategia con una hoja de ruta que determine la forma y el momento de estabilizar el volumen de atrasos y explorará diferentes opciones para su liquidación. En lo que respecta a las asociaciones público-privadas (APP), el Gobierno portugués no celebrará ninguna nueva antes de que se hayan aplicado las reformas jurídicas e institucionales propuestas y de que se encuentren disponibles los resultados del estudio que, según prevé el Programa, ha de consagrarse a las APP existentes;

▼M1

c) Portugal seguirá reforzando el funcionamiento del mercado laboral y, a tal fin, adoptará especialmente medidas que reformen la legislación en materia de protección del empleo, la fijación de salarios y las políticas activas del mercado de trabajo;

▼B

d) en el sector de la energía, Portugal adoptará medidas para facilitar el acceso al mercado y promover el establecimiento de un mercado ibérico del gas y reexaminará los regímenes de apoyo y compensación para la producción de electricidad. Para las otras industrias de redes, en particular, para el transporte, las telecomunicaciones y los servicios postales, Portugal adoptará medidas adicionales encaminadas a promover la competencia y la flexibilidad;

▼M3

e) Portugal seguirá abriendo su economía a la competencia. El Gobierno portugués tomará las medidas necesarias para impedir que el Estado portugués o cualquier organismo público celebre, en calidad de accionista, acuerdos que puedan obstaculizar la libre circulación de capitales o influir en el control de la gestión de las empresas. La nueva Ley de Privatización respetará también el principio de libre circulación de capitales y no concederá ni autorizará derechos especiales al Estado. Se emprenderá una revisión de las normas de competencia para aumentar la rapidez y efectividad de su ejecución;

▼B

f) Portugal mejorará sus prácticas y disposiciones en materia de contratación pública a fin de reforzar la competencia entre las empresas y aumentar la eficiencia del gasto público;

▼M1

g) Portugal adoptará medidas para impulsar la eficacia y sostenibilidad de las empresas públicas a nivel central, regional y local. Elaborará, además, un documento estratégico completo en el que revisará la estructura de tarifas de esas empresas y los servicios prestados por ellas, así como un plan destinado a reducir sus necesidades de financiación a partir de 2012. Asimismo, proseguirá la aplicación de los planes en curso para recortar en al menos un 15 %, como media, los costes de funcionamiento de las empresas públicas dependientes de la administración central (excluidas las del sector sanitario) y preparará un plan equivalente para las dependientes de las administraciones regionales y locales;

▼M3

h) Portugal preparará un acuerdo financiero con la Región Autónoma de Madeira (RAM) que sea compatible con el Programa. Hasta que ese acuerdo haya sido concluido y aplicado en el presupuesto de la RAM, Portugal seguirá de cerca la ejecución de dicho presupuesto, mantendrá la suspensión de las transferencias del Estado al gobierno regional y se abstendrá de responder a toda nueva deuda o garantía comercial o financiera del gobierno de la RAM y de sus empresas públicas que no haya sido aprobada por el Ministerio de Finanzas.

▼M4

6.  Portugal adoptará en 2012 las siguientes medidas, de conformidad con lo estipulado en el Protocolo de Acuerdo:

▼M5

a) el déficit de las administraciones públicas no podrá exceder en 2012 del 4,5 % del PIB. Portugal continuará controlando estrechamente la evolución presupuestaria y determinará si son necesarios nuevos ajustes de las políticas para alcanzar los objetivos de 2012;

▼M4

b) Portugal intentará lograr una reducción del gasto en 2012 de al menos 6 800 millones EUR, en particular reduciendo el empleo y los salarios del sector público; recortando las pensiones; procediendo a una reorganización global de la Administración central; eliminando los excesos de plantilla y otras ineficiencias; reduciendo las transferencias a las empresas estatales; reorganizando y disminuyendo el número de municipios y parroquias; recortando los gastos de educación y sanidad; reduciendo las transferencias a las autoridades regionales y locales, y disminuyendo los gastos de capital y otros gastos, según lo establecido en el programa;

c) por el lado de los ingresos, Portugal aplicará medidas por un importe global aproximado de 3 000 millones EUR,tales como: la ampliación de las bases del IVA, reduciendo las exenciones y revisando la lista de bienes y servicios sometidos a tipos reducidos, intermedios y superiores; el aumento de los impuestos especiales; la ampliación de la base imponible del impuesto de sociedades y del impuesto sobre la renta reduciendo las deducciones impositivas y limitando los regímenes especiales; una convergencia de las deducciones impositivas del impuesto sobre la renta aplicables a las pensiones y a las rentas del trabajo; y la modificación de la imposición sobre bienes inmuebles reduciendo sustancialmente las exenciones. Estas medidas se completarán con acciones encaminadas a combatir la evasión fiscal, el fraude y las irregularidades;

▼M5

d) Portugal continuará adoptando medidas encaminadas a fortalecer la gestión de la hacienda pública. Aplicará las medidas contempladas en la nueva ley marco presupuestaria, tales como el establecimiento de un marco presupuestario a medio plazo. Habrá que reforzar considerablemente los marcos presupuestarios de las administraciones locales y regionales, especialmente armonizando las respectivas leyes de financiación con las exigencias de la ley marco presupuestaria. Portugal deberá intensificar la obligación de notificación y el control de las finanzas públicas y reforzar las normas y procedimientos en materia de ejecución presupuestaria. El Gobierno portugués deberá reforzar la aplicación de la estrategia para la validación y la liquidación de los pagos atrasados. La estrategia establecerá los criterios de prioridad para el pago a los acreedores, así como las disposiciones prácticas para garantizar un proceso de liquidación equitativo y transparente en todos los sectores. Portugal aplicará el nuevo marco jurídico e institucional de las APP. En función de los resultados de un estudio sobre la renegociación de las APP, el Gobierno portugués renegociará los contratos pertinentes. Portugal adoptará una ley para regular la creación y el funcionamiento de las empresas estatales a nivel central, regional y local;

e) Portugal deberá reorganizar las entidades de la administración local y reducir significativamente su número. Estos cambios surtirán efecto al principio del próximo ciclo de elecciones locales;

f) Portugal modernizará su administración fiscal completando el establecimiento de la Autoridade Tributária e Aduaneira, reforzando los vínculos con las unidades de recaudación de la seguridad social, reduciendo el número de oficinas municipales y abordando los estrangulamientos persistentes en el sistema de recursos en materia fiscal;

▼M4

g) Portugal aplicará el acuerdo financiero con la región autónoma de Madeira;

▼M5

h) Portugal adoptará medidas tendentes a mejorar la eficiencia y sostenibilidad de las empresas estatales a nivel central, regional y local. Aplicará una estrategia encaminada a reestructurar las empresas estatales, incluida Parpública, y reducir su endeudamiento, y a garantizar unas mejores condiciones de financiación en el mercado. Aplicará esta estrategia a fin de alcanzar el equilibrio operativo a nivel sectorial para finales de 2012;

i) Portugal continuará aplicando el programa de privatización. La venta directa de la Caixa de seguros, rama de seguros de la Caixa Geral de Depósitos, tendrá lugar en 2012. El proceso de privatización de la compañía aérea nacional TAP, de la entidad gestora de aeropuertos Aeroportos de Portugal (ANA), de la filial de transporte de mercancías de Comboios de Portugal (CP Carga) y de Correios de Portugal (CTT) se iniciará en 2012, con miras a su culminación en 2013;

▼M5 —————

▼M5

k) el Gobierno portugués presentará una propuesta legislativa para alinear el sistema de indemnizaciones por despido con la media de la Unión de 8-12 días por año trabajado y creará un fondo de compensación para dichas indemnizaciones;

▼M5 —————

▼M4

m) Portugal promoverá una evolución de los salarios compatible con los objetivos de fomentar la creación de empleo y mejorar la competitividad de las empresas, a fin de corregir los desequilibrios macroeconómicos. Durante el período cubierto por el programa, únicamente se podrá aumentar el salario mínimo si ello está justificado por la evolución de la situación económica y del mercado de trabajo. Portugal tomará medidas tendentes a eliminar los puntos débiles de los actuales regímenes de negociación salarial, incluida la legislación encaminada a redefinir los criterios y modalidades de la extensión de los convenios colectivos y a facilitar los acuerdos de empresa. Hasta entonces, se suspenderá la aplicación de extensiones de los convenios colectivos;

n) se reforzarán las políticas activas del mercado de trabajo tras una revisión de las prácticas actuales y la aprobación de un plan de acción;

▼M5

o) Portugal aplicará las medidas establecidas en su plan de acción para mejorar la calidad de la enseñanza secundaria y de la educación y formación profesionales;

p) el funcionamiento del sistema judicial se mejorará mediante la aplicación de las medidas propuestas en el programa de reforma judicial y de medidas encaminadas a eliminar progresivamente los retrasos judiciales y fomentar nuevas modalidades de resolución de litigios;

▼M4

q) Portugal proseguirá la apertura de su economía a la competencia. El Gobierno portugués tomará las medidas necesarias para garantizar que su actuación no provoca la aparición de obstáculos a la libre circulación de capitales y, en particular, que el Estado portugués o cualquier organismo público no celebren, como accionistas, acuerdos que puedan ser un obstáculo para la libre circulación de capitales o puedan influir en el control de la gestión de las empresas. Se liberalizarán los servicios profesionales mejorando el marco de las cualificaciones profesionales y eliminando restricciones sobre las profesiones reguladas. En cuanto a las actividades en el sector de la construcción y en el sector inmobiliario, Portugal disminuirá las exigencias administrativas impuestas a los prestadores de servicios transfronterizos internacionales y revisará los obstáculos al establecimiento de prestadores de servicios;

▼M5

r) se mejorará el marco de competencia y reglamentario. Portugal reforzará la independencia y aumentará los recursos de las principales autoridades nacionales de regulación, aplicará la ley de competencia con vistas a mejorar la rapidez y eficacia de la aplicación de las normas de competencia, y controlará la introducción de casos nuevos e informará sobre el funcionamiento del tribunal especializado de competencia, regulación y supervisión;

▼M4

s) en el sector energético, Portugal tomará medidas para facilitar la entrada en el mercado y fomentar el establecimiento del mercado ibérico del gas y avanzará hacia la transposición completa del tercer paquete energético de la UE. Tomará medidas encaminadas a revisar los regímenes de apoyo y de compensación de la producción de electricidad. Adoptará medidas tendentes a reducir las rentas excesivas y eliminar el déficit tarifario en 2020 a más tardar, centrándose en los regímenes de compensación para la garantía de suministro eléctrico, el régimen especial (energías renovables —excluidas las concesiones en el marco de licitaciones— y cogeneración) y el régimen ordinario («CMEC» —costes de mantenimiento del equilibrio contractual— y «CAE» —contratos de adquisición de energía—);

t) en las otras industrias de redes, en particular en el transporte, las telecomunicaciones y los servicios postales, Portugal adoptará medidas adicionales encaminadas a promover la competencia y la flexibilidad.

▼M5 —————

▼B

7.  Portugal adoptará las medidas siguientes en 2013, de conformidad con lo estipulado en el Protocolo de Acuerdo:

▼M3

a) el presupuesto de 2013 incluirá medidas de saneamiento presupuestario por un importe de no menos de 3 400 millones EUR para reducir el déficit de las administraciones públicas conforme al calendario que contempla el artículo 3, apartado 3;

b) del lado de los ingresos, el presupuesto incluirá una serie de medidas que, como la ampliación de la base imponible del impuesto de sociedades y del impuesto sobre la renta, el incremento de los impuestos especiales o la modificación de la fiscalidad de los bienes inmuebles, generen ingresos adicionales por un valor próximo a los 700 millones EUR;

▼B

c) Portugal completará la eliminación de los retrasos judiciales;

▼M3

d) del lado de los gastos, el presupuesto contemplará una reducción por un importe de no menos de 2 700 millones EUR que incluya lo siguiente: una disminución de los gastos de la administración central y de los de educación y sanidad; un menor volumen de transferencias a las administraciones locales y regionales; un recorte del número de empleos del sector público; y una contracción de los costes de las empresas estatales;

e) Portugal mejorará el entorno empresarial reduciendo las trabas administrativas con la extensión a todos los sectores de la economía de las medidas de simplificación (ventanilla única y proyectos sin autorización previa) y aligerando las restricciones de crédito que afectan a las pequeñas y medianas empresas, en particular aplicando la Directiva 2011/7/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales ( 2 ).

▼M5

8.  Para restablecer la confianza en el sector financiero, Portugal recapitalizará de forma adecuada su sector bancario y garantizará un proceso ordenado de desapalancamiento. A tal fin, aplicará la estrategia para el sector bancario portugués acordada con la Comisión, el BCE y el FMI, de forma que se mantenga la estabilidad financiera. En particular, Portugal:

a) aconsejará a los bancos que aumenten sus reservas de garantía de forma sostenible y supervisará la emisión de obligaciones bancarias con garantía del Estado, emisión que ha sido autorizada por un importe de hasta 35 000 millones EUR de conformidad con la normativa de la Unión en materia de ayudas estatales;

b) garantizará que los bancos alcancen el objetivo del programa de un ratio de capital básico de nivel 1 del 10 % para finales de 2012. Los requisitos de capital derivados de la valoración de la deuda soberana a precio de mercado de conformidad con el ejercicio de recapitalización a escala de la Unión coordinado por la Autoridad Bancaria Europea deberán cumplirse en junio de 2012, así como con las implicaciones para el capital derivadas del programa especial de inspecciones in situ y la transferencia de los fondos de pensiones de los bancos a la seguridad social estatal. Si los bancos no pueden cumplir los requisitos de capital en los plazos establecidos, deberá ponerse a disposición el mecanismo de apoyo a la solvencia de los bancos creado en el marco del programa y dotado con 12 000 millones EUR;

c) garantizará un proceso de desapalancamiento del sector bancario equilibrado y ordenado, que sigue siendo fundamental para eliminar de forma permanente los desequilibrios de financiación. Los planes de financiación de los bancos tenderán a una reducción del ratio préstamos/depósitos a un valor indicativo de aproximadamente el 120 % al final del período del programa y, en última instancia, a una reducción de la dependencia respecto de la financiación del Eurosistema durante la duración del programa. Estos planes de financiación se revisarán trimestralmente;

d) garantizará que la Caixa Geral de Depósitos (CGD), de propiedad estatal, siga un procedimiento de racionalización para lograr la recapitalización de su rama principal, la actividad bancaria, en la medida necesaria. La venta de su rama de seguros y de su rama sanitaria está prevista antes de finales de 2012, mientras que la venta de participaciones no estratégicas está en curso. En la medida en que fuentes internas del grupo no puedan satisfacer estas necesidades a finales de junio de 2012, la CGD deberá recibir una ayuda de capital del Gobierno con cargo a las reservas de liquidez al margen del mecanismo de apoyo a la solvencia de los bancos;

e) optimizará el proceso de recuperación de los activos de BPN transferidos a las tres entidades con fines especiales estatales mediante la externalización de la gestión de los activos a un tercero profesional, con el mandato de recuperar gradualmente los activos. El Gobierno portugués seleccionará al tercero encargado de la gestión de los activos mediante un procedimiento de licitación competitivo e incluirá incentivos adecuados para optimizar las recuperaciones en el marco del mandato;

f) completará una propuesta para fomentar la diversificación de alternativas de financiación de las empresas, a más tardar a finales de julio de 2012;

g) aplicará medidas para completar el establecimiento del fondo de resolución a fin de garantizar que esté plenamente operativo en julio de 2012; adoptará las comunicaciones sobre supervisión de los planes de recuperación a más tardar a finales de julio de 2012, la reglamentación relativa a los planes de resolución, a más tardar a finales de octubre de 2012, y las normas aplicables al establecimiento y funcionamiento de los bancos puente en consonancia con la normativa de competencia de la Unión, a más tardar a finales de septiembre de 2012. Otorgará prioridad a la revisión de los planes de recuperación y los subsiguientes planes de resolución de los bancos de importancia sistémica;

h) establecerá un marco para que las entidades financieras procedan a la reestructuración extrajudicial de la deuda de los hogares y las PYME.

▼M3

9.  Para garantizar que las condiciones asociadas al Programa se apliquen correctamente y contribuir a que los desequilibrios puedan corregirse de forma sostenible, la Comisión prestará orientación y asesoramiento continuo sobre las reformas presupuestarias, estructurales y del mercado financiero que sean necesarias. En el marco de la ayuda que ha de facilitar a Portugal junto con el FMI y en coordinación con el BCE, la Comisión revisará periódicamente la eficacia y el impacto económico y social de las medidas acordadas y recomendará las correcciones que se precisen para impulsar el crecimiento y la creación de empleo, garantizar el saneamiento presupuestario necesario y reducir al mínimo los efectos sociales perjudiciales, particularmente sobre los segmentos más vulnerables de la sociedad portuguesa.

▼B

Artículo 4

Portugal abrirá una cuenta especial en el Banco de Portugal para la gestión de la ayuda financiera de la Unión.

Artículo 5

El destinatario de la presente Decisión es la República Portuguesa.

Artículo 6

La presente Decisión será publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea.



( 1 ) DO L 118 de 12.5.2010, p. 1.

( 2 ) DO L 48 de 23.2.2011, p. 1.