02006R0765 — ES — 16.12.2024 — 044.002


Este texto es exclusivamente un instrumento de documentación y no surte efecto jurídico. Las instituciones de la UE no asumen responsabilidad alguna por su contenido. Las versiones auténticas de los actos pertinentes, incluidos sus preámbulos, son las publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, que pueden consultarse a través de EUR-Lex. Los textos oficiales son accesibles directamente mediante los enlaces integrados en este documento

►B

▼M46

REGLAMENTO (CE) N.o 765/2006 DEL CONSEJO

de 18 de mayo de 2006

relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y de la participación de este país en la agresión rusa contra Ucrania

▼B

(DO L 134 de 20.5.2006, p. 1)

Modificado por:

 

 

Diario Oficial

  n°

página

fecha

 M1

REGLAMENTO (CE) N o 1587/2006 DE LA COMISIÓN  de 23 de octubre de 2006

  L 294

25

25.10.2006

 M2

REGLAMENTO (CE) NO 1791/2006 DEL CONSEJO  de 20 de noviembre de 2006

  L 363

1

20.12.2006

►M3

REGLAMENTO (CE) N o 646/2008 DEL CONSEJO  de 8 de julio de 2008

  L 180

5

9.7.2008

►M4

REGLAMENTO (UE) N o 84/2011 DEL CONSEJO  de 31 de enero de 2011

  L 28

17

2.2.2011

 M5

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 271/2011 DEL CONSEJO  de 21 de marzo de 2011

  L 76

13

22.3.2011

 M6

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 505/2011 DEL CONSEJO  de 23 de mayo de 2011

  L 136

48

24.5.2011

►M7

REGLAMENTO (UE) N o 588/2011 DEL CONSEJO  de 20 de junio de 2011

  L 161

1

21.6.2011

►M8

REGLAMENTO (UE) N o 999/2011 DEL CONSEJO  de 10 de octubre de 2011

  L 265

6

11.10.2011

 M9

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1000/2011 DEL CONSEJO  de 10 de octubre de 2011

  L 265

8

11.10.2011

 M10

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1320/2011 DEL CONSEJO  de 16 de diciembre de 2011

  L 335

15

17.12.2011

 M11

REGLAMENTO (UE) N o 114/2012 DEL CONSEJO  de 10 de febrero de 2012

  L 38

3

11.2.2012

 M12

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 170/2012 DEL CONSEJO  de 28 de febrero de 2012

  L 55

1

29.2.2012

 M13

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 265/2012 DEL CONSEJO  de 23 de marzo de 2012

  L 87

37

24.3.2012

►M14

REGLAMENTO (UE) N o 354/2012 DEL CONSEJO  de 23 de abril de 2012

  L 113

1

25.4.2012

►M15

REGLAMENTO (UE) N o 1014/2012 DEL CONSEJO  de 6 de noviembre de 2012

  L 307

1

7.11.2012

 M16

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1017/2012 DEL CONSEJO  de 6 de noviembre de 2012

  L 307

7

7.11.2012

 M17

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 494/2013 DEL CONSEJO  de 29 de mayo de 2013

  L 143

1

30.5.2013

 M18

REGLAMENTO (UE) N o 517/2013 DEL CONSEJO  de 13 de mayo de 2013

  L 158

1

10.6.2013

 M19

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1054/2013 DEL CONSEJO  de 29 de octubre de 2013

  L 288

1

30.10.2013

 M20

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 46/2014 DEL CONSEJO  de 20 de enero de 2014

  L 16

3

21.1.2014

 M21

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 740/2014 DEL CONSEJO  de 8 de julio de 2014

  L 200

1

9.7.2014

 M22

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1159/2014 DEL CONSEJO  de 30 de octubre de 2014

  L 311

2

31.10.2014

 M23

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1133 DEL CONSEJO  de 13 de julio de 2015

  L 185

1

14.7.2015

 M24

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1326 DEL CONSEJO  de 31 de julio de 2015

  L 206

16

1.8.2015

 M25

REGLAMENTO (UE) 2015/1948 DEL CONSEJO  de 29 de octubre de 2015

  L 284

62

30.10.2015

 M26

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1949 DEL CONSEJO  de 29 de octubre de 2015

  L 284

71

30.10.2015

 M27

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/276 DEL CONSEJO  de 25 de febrero de 2016

  L 52

19

27.2.2016

►M28

REGLAMENTO (UE) 2016/277 DEL CONSEJO  de 25 de febrero de 2016

  L 52

22

27.2.2016

 M29

REGLAMENTO (UE) 2017/331 DEL CONSEJO  de 27 de febrero de 2017

  L 50

9

28.2.2017

 M30

REGLAMENTO (UE) 2018/275 DEL CONSEJO  de 23 de febrero de 2018

  L 54

1

24.2.2018

 M31

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2019/1163 DE LA COMISIÓN  de 5 de julio de 2019

  L 182

33

8.7.2019

 M32

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/1387 DEL CONSEJO  de 2 de octubre de 2020

  L 319I

1

2.10.2020

 M33

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/1648 DEL CONSEJO  de 6 de noviembre de 2020

  L 370I

1

6.11.2020

 M34

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/2129 DEL CONSEJO  de 17 de diciembre de 2020

  L 426I

1

17.12.2020

►M35

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/339 DEL CONSEJO  de 25 de febrero de 2021

  L 68

29

26.2.2021

►M36

REGLAMENTO (UE) 2021/907 DEL CONSEJO  de 4 de junio de 2021

  L 197I

1

4.6.2021

►M37

REGLAMENTO (UE) 2021/996 DEL CONSEJO  de 21 de junio de 2021

  L 219I

1

21.6.2021

►M38

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/997 DEL CONSEJO  de 21 de junio de 2021

  L 219I

3

21.6.2021

 M39

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/999 DEL CONSEJO  de 21 de junio de 2021

  L 219I

55

21.6.2021

►M40

REGLAMENTO (UE) 2021/1030 DEL CONSEJO  de 24 de junio de 2021

  L 224I

1

24.6.2021

►M41

REGLAMENTO (UE) 2021/1985 DEL CONSEJO  de 15 de noviembre de 2021

  L 405

1

16.11.2021

►M42

REGLAMENTO (UE) 2021/1986 DEL CONSEJO  de 15 de noviembre de 2021

  L 405

3

16.11.2021

►M43

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/2124 DEL CONSEJO  de 2 de diciembre de 2021

  L 430I

1

2.12.2021

►M44

REGLAMENTO (UE) 2022/212 DEL CONSEJO  de 17 de febrero de 2022

  L 37

4

18.2.2022

►M45

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/300 DEL CONSEJO  de 24 de febrero de 2022

  L 46

3

25.2.2022

►M46

REGLAMENTO (UE) 2022/355 DEL CONSEJO  de 2 de marzo de 2022

  L 67

1

2.3.2022

►M47

REGLAMENTO (UE) 2022/398 DEL CONSEJO  de 9 de marzo de 2022

  L 82

1

9.3.2022

►M48

REGLAMENTO (UE) 2022/577 DEL CONSEJO  de 8 de abril de 2022

  L 111

67

8.4.2022

 M49

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/595 DE LA COMISIÓN  de 11 de abril de 2022

  L 114

60

12.4.2022

►M50

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/876 DEL CONSEJO  de 3 de junio de 2022

  L 153

1

3.6.2022

►M51

REGLAMENTO (UE) 2022/877 DEL CONSEJO  de 3 de junio de 2022

  L 153

11

3.6.2022

►M52

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/1231 DEL CONSEJO  de 18 de julio de 2022

  L 190

5

19.7.2022

►M53

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2023/419 DEL CONSEJO  de 24 de febrero de 2023

  L 61

20

27.2.2023

►M54

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2023/1591 DEL CONSEJO  de 3 de agosto de 2023

  L 195I

1

3.8.2023

►M55

REGLAMENTO (UE) 2023/1594 DEL CONSEJO  de 3 de agosto de 2023

  L 196

3

4.8.2023

►M56

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/768 DEL CONSEJO  de 26 de febrero de 2024

  L 768

1

27.2.2024

►M57

REGLAMENTO (UE) 2024/1865 DEL CONSEJO  de 29 de junio de 2024

  L 1865

1

30.6.2024

►M58

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2113 DEL CONSEJO  de 26 de julio de 2024

  L 2113

1

5.8.2024

►M59

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2465 DE LA COMISIÓN  de 10 de septiembre de 2024

  L 2465

1

12.9.2024

►M60

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/3177 DEL CONSEJO  de 16 de diciembre de 2024

  L 3177

1

16.12.2024


Rectificado por:

 C1

Rectificación,, DO L 299, 17.10.2014, p.  32 (46/2014)

 C2

Rectificación,, DO L 328, 13.11.2014, p.  60 (740/2014)

 C3

Rectificación,, DO L 367, 23.12.2014, p.  126 (1159/2014)

 C4

Rectificación,, DO L 176, 7.7.2015, p.  40 (740/2014)

 C5

Rectificación,, DO L 057, 18.2.2021, p.  94 (2020/1648)

►C6

Rectificación,, DO L 079, 9.3.2022, p.  38 ((UE) 2021/1030)

►C7

Rectificación,, DO L 083I, 10.3.2022, p.  2 (2022/398)

►C8

Rectificación,, DO L 189, 18.7.2022, p.  24 (2022/355)

 C9

Rectificación,, DO L 323, 19.12.2022, p.  107 (2021/997)

 C10

Rectificación,, DO L 071, 9.3.2023, p.  44 ((UE) 2023/419)

►C11

Rectificación,, DO L 090, 28.3.2023, p.  65 ((UE) 2023/419)

 C12

Rectificación,, DO L 90015, 9.1.2025, p.  1 (2022/355)




▼B

▼M46

REGLAMENTO (CE) N.o 765/2006 DEL CONSEJO

de 18 de mayo de 2006

relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y de la participación de este país en la agresión rusa contra Ucrania

▼B



Artículo 1

A efectos del presente Reglamento se entenderá por:

1) 

«Capitales»: los activos o beneficios financieros de cualquier naturaleza incluidos en la siguiente relación no exhaustiva:

a) 

efectivo, cheques, derechos dinerarios, efectos, giros y otros instrumentos de pago;

b) 

depósitos en instituciones financieras o de otro tipo, saldos en cuentas, créditos y títulos de crédito;

c) 

valores negociables e instrumentos de deuda públicos y privados, tales como acciones y participaciones, certificados de valores, bonos, pagarés, warrants, obligaciones y contratos sobre derivados;

d) 

intereses, dividendos u otras rentas o plusvalías devengadas o generadas por activos;

e) 

créditos, derechos de compensación, garantías, garantías de buen fin u otros compromisos financieros;

f) 

cartas de crédito, conocimientos de embarque y comprobantes de venta;

g) 

documentos que certifiquen la posesión de participaciones en capitales o recursos financieros.

2) 

«Inmovilización de capitales»: acción y efecto de impedir cualquier movimiento, transferencia, alteración, utilización, transacción de capitales o acceso a los mismos que dé lugar a un cambio del volumen, importe, localización, propiedad, posesión, naturaleza o destino de esos capitales, o cualquier otro cambio que pudiera facilitar su utilización, incluida la gestión de cartera de valores.

3) 

«Recursos económicos»: los activos de todo tipo, tangibles o intangibles, muebles o inmuebles, que no sean capitales, pero que puedan utilizarse para obtener capitales, bienes o servicios.

4) 

«Inmovilización de recursos económicos»: acción y efecto de impedir el uso de recursos económicos para obtener capitales, mercancías o servicios de cualquier manera, incluida, aunque no con carácter exclusivo, la venta, el alquiler o la hipoteca.

▼M7

5) 

«Territorio de la Comunidad»: los territorios de los Estados miembros, incluido su espacio aéreo, a los que se aplica el Tratado, en las condiciones establecidas en el Tratado.

▼M7

6) 

«Asistencia técnica» todo apoyo técnico referido a reparaciones, desarrollo, fabricación, montaje, pruebas, mantenimiento o cualquier otro servicio técnico, que podrá revestir la forma de instrucción, asesoramiento, formación, transmisión de técnicas de trabajo o conocimientos especializados o servicios de consulta; incluidas las formas verbales de ayuda.

▼C6

7) 

«compañía aérea bielorrusa»: toda empresa de transporte aéreo titular de una licencia de explotación válida, o equivalente, emitida por las autoridades competentes de Bielorrusia;

▼M46

8) 

«productos y tecnología de doble uso»: los productos que figuran en el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 1 );

▼C6

9) 

«servicios de inversión»: los servicios y actividades siguientes:

i) 

recepción y transmisión de órdenes en relación con uno o varios instrumentos financieros,

ii) 

ejecución de órdenes en nombre de clientes,

iii) 

negociación por cuenta propia,

iv) 

gestión de cartera,

v) 

asesoramiento en materia de inversión,

vi) 

aseguramiento de instrumentos financieros o colocación de instrumentos financieros sobre la base de un compromiso firme,

vii) 

colocación de instrumentos financieros sin compromiso firme,

viii) 

cualquier servicio relacionado con la admisión a negociación en un mercado regulado o en un sistema de negociación multilateral;

▼C7

10) 

«valores negociables»: las siguientes categorías de valores, también en forma de criptoactivos, que sean negociables en el mercado de capitales, a excepción de los instrumentos de pago:

i) 

acciones de sociedades y otros valores equiparables a las acciones de sociedades, asociaciones u otras entidades, y certificados de depósito de valores representativos de acciones,

ii) 

bonos y obligaciones u otras formas de deuda titulizada, incluidos los certificados de depósito de valores representativos de tales valores,

iii) 

otros valores que den derecho a adquirir o a vender tales valores negociables o que den lugar a una liquidación en efectivo determinada por referencia a valores negociables.

▼C6

11) 

«instrumentos del mercado monetario»: las categorías de instrumentos que se negocian habitualmente en el mercado monetario, como letras del Tesoro, certificados de depósito y efectos comerciales, excluidos los instrumentos de pago;

12) 

«entidad de crédito»: toda empresa cuya actividad consista en recibir del público depósitos u otros fondos reembolsables y conceder créditos por cuenta propia;

▼M44

13) 

«servicios de intermediación»:

i) 

la negociación o la organización de transacciones destinadas a la compra, la venta o el suministro de bienes y tecnología o de servicios financieros y técnicos, incluso procedentes de un tercer país a cualquier otro tercer país, o

ii) 

la venta o la compra de bienes y tecnología o de servicios financieros y técnicos, incluso en caso de que se encuentren en terceros países para su transferencia a otro tercer país;

14) 

«empresa pública»: toda empresa, que no sea una entidad de crédito, establecida en Bielorrusia que sea de propiedad pública en más del 50 %, o esté bajo control público, a 1 de junio de 2021;

15) 

«demanda»: toda reclamación, con independencia de que se haya realizado por la vía judicial, formulada antes o después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento en virtud de un contrato o transacción o en relación con un contrato o transacción, incluidas en particular:

i) 

toda demanda de cumplimiento de una obligación derivada de un contrato o transacción o en relación con un contrato o transacción;

ii) 

toda demanda de prórroga o pago de una fianza, una garantía financiera o una indemnización, independientemente de la forma que adopte;

iii) 

toda demanda de compensación en relación con un contrato o transacción;

iv) 

toda demanda reconvencional;

v) 

toda demanda de reconocimiento o ejecución, incluso mediante el procedimiento de exequatur, de una sentencia, un laudo arbitral o una resolución equivalente, dondequiera que se haya adoptado o dictado;

16) 

«contrato o transacción»: toda transacción, independientemente de la forma que adopte y de la legislación que le sea aplicable, tanto si comprende uno o más contratos u obligaciones similares entre partes idénticas o entre partes distintas; a tal efecto, el término «contrato» comprende cualquier fianza, garantía o indemnización, en particular una garantía o indemnización financieras, o crédito, jurídicamente independientes o no, así como toda disposición conexa derivada de la transacción o relacionada con ella;

▼M46

17) 

«financiación o asistencia financiera»: cualquier acción, independientemente del medio elegido, por la que la persona, entidad u organismo en cuestión, condicional o incondicionalmente, desembolse o se comprometa a desembolsar sus propios fondos o recursos económicos, en particular, pero no exclusivamente, subvenciones, préstamos, garantías, cauciones, obligaciones, cartas de crédito, créditos de proveedores, créditos de compradores, anticipos a la importación o a la exportación, y todo tipo de seguros y reaseguros, incluidos los seguros de crédito a la exportación; el pago así como los términos y las condiciones de pago del precio convenido por un bien o un servicio, en consonancia con las prácticas comerciales habituales, no constituyen financiación o asistencia financiera;

18) 

«país socio»: país que aplica un conjunto de medidas de control de las exportaciones sustancialmente equivalentes a las establecidas en el presente Reglamento y que figura en el anexo V ter;

19) 

«dispositivos de comunicación de consumo»: dispositivos utilizados por particulares, como ordenadores personales y periféricos (que incluyen los discos duros y las impresoras), teléfonos móviles, televisores inteligentes, dispositivos de memoria (memorias USB) y programas informáticos (software) de consumo para todos dichos dispositivos;

▼M47

20) 

«depositario central de valores»: una persona jurídica tal como se define en el artículo 2, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 2 );

21) 

«depósito»: cualquier saldo acreedor que proceda de fondos que se hayan mantenido en cuenta o de situaciones transitorias generadas por operaciones bancarias normales y que una entidad de crédito tenga obligación de restituir en las condiciones legales y contractuales aplicables, inclusive los depósitos a plazo fijo y los depósitos de ahorro, pero excluido el saldo acreedor cuando concurra alguna de las condiciones siguientes:

i) 

su existencia solo pueda probarse mediante un instrumento financiero tal como se define en el artículo 4, apartado 1, punto 15, de la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 3 ), a no ser que se trate de un producto de ahorro representado por un certificado de depósito emitido a nombre de una determinada persona y que exista en un Estado miembro a fecha de 2 de julio de 2014,

ii) 

si el principal no es reembolsable por su valor nominal,

iii) 

si el principal solo es reembolsable por su valor nominal con una garantía o acuerdo especial de la entidad de crédito o de un tercero;

22) 

«regímenes de ciudadanía para inversores» (o «pasaportes dorados»): procedimientos establecidos por un Estado miembro que permiten a nacionales de terceros países adquirir la nacionalidad de dicho Estado miembro a cambio de pagos e inversiones predeterminados;

23) 

«programas de residencia para inversores» (o «visados dorados»): procedimientos establecidos por un Estado miembro que permiten a nacionales de terceros países obtener un permiso de residencia en un Estado miembro a cambio de pagos e inversiones predeterminados;

24) 

«centro de negociación», tal como se define en el artículo 4, apartado 1, punto 24 de la Directiva 2014/65/UE: un mercado regulado, sistema multilateral de negociación o sistema organizado de negociación;

▼M57

25) 

«empresa de transporte por carretera»: toda persona física o jurídica, entidad u organismo que se dedique con fines comerciales al transporte de mercancías mediante vehículos de motor o conjuntos de vehículos;

▼M57

26) 

«autoridades competentes»: las autoridades competentes de los Estados miembros indicadas en los sitios web que figuran en el anexo II;

27) 

«sector de la energía»: sector que abarca las siguientes actividades, con excepción de las actividades relacionadas con la energía nuclear civil:

i) 

la exploración, producción, distribución en Bielorrusia o la extracción de petróleo crudo, gas natural o combustibles fósiles sólidos, el refinado de combustibles, la licuefacción de gas natural o la regasificación,

ii) 

la fabricación o distribución en Bielorrusia de productos de combustibles fósiles sólidos, productos petrolíferos refinados o gas, o

iii) 

la construcción de instalaciones, la instalación de equipamiento, la prestación de servicios o el suministro de equipos o tecnología para actividades relacionadas con la generación de electricidad o su producción.

▼M7

Artículo 1 bis

1.  

Queda prohibido:

a) 

vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, equipos que puedan ser utilizados para la represión interna, conforme a la lista establecida en el anexo III, procedentes o no de la Unión, a cualquier persona, entidad u organismo sitos en Belarús, o para su utilización en Belarús;

b) 

participar consciente y deliberadamente en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir las prohibiciones a que se refiere la letra a).

2.  
Lo dispuesto en el apartado 1 no se aplicará a las prendas de protección, incluidos los chalecos antimetralla y los cascos militares, exportados temporalmente a Belarús por el personal de las Naciones Unidas, el personal de la Unión o de sus Estados miembros, los representantes de los medios de comunicación, el personal humanitario y de ayuda al desarrollo y personal asociado, exclusivamente para su propio uso.
3.  
No obstante lo dispuesto en el apartado 1, las autoridades competentes de los Estados miembros que figuran en el anexo II podrán autorizar la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de equipos que puedan utilizarse para la represión interior, en las condiciones que estimen adecuadas, si consideran que dichos equipos se destinarán exclusivamente a un uso humanitario o de protección.

▼M40 —————

▼M7

Artículo 1 ter

1.  

Queda prohibido:

▼M57

a) 

proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica y servicios de intermediación relacionados con los productos y tecnología incluidos en la Lista Común Militar de la Unión Europea ( 4 ) (en lo sucesivo, «Lista Común Militar»), o relativa al suministro, fabricación, mantenimiento y uso de los productos incluidos en dicha lista, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia, o para su utilización en Bielorrusia;

▼M7

b) 

facilitar, directa o indirectamente, asistencia técnica o servicios de intermediación relacionados con equipos que puedan utilizarse para la represión interna conforme a la lista establecida en el anexo III, a cualquier persona, entidad u organismo sitos en Belarús, o para su utilización en Belarús;

c) 

proporcionar, directa o indirectamente, financiación o asistencia financiera relacionada con los bienes y la tecnología enumerados en la Lista Común Militar o en el anexo III, en particular subvenciones, préstamos y seguros de crédito a la exportación, para la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de tales bienes, o para la prestación de asistencia técnica conexa, a cualquier persona, entidad u organismo sitos en Belarús, o para su utilización en Belarús;

d) 

participar consciente y deliberadamente en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir las prohibiciones a que se refieren las letras a) a c).

2.  

No obstante lo dispuesto en el apartado 1, las prohibiciones contempladas en el mismo no se aplicarán a:

a) 

equipos militares no mortíferos, o equipos que puedan utilizarse para la represión interna, destinados únicamente a uso humanitario o de protección, o a los programas de desarrollo institucional de las Naciones Unidas y la Unión, o a operaciones de gestión de crisis de las Naciones Unidas o la UE; o

b) 

vehículos que no sean de combate provistos de material de protección balística destinados exclusivamente a la protección del personal de la Unión y de sus Estados miembros en Belarús;

siempre que tal suministro haya sido aprobado previamente por las autoridades competentes de algún Estado miembro, tal como se mencionan en los sitios web enumerados en el anexo II.

3.  
Lo dispuesto en el apartado 1 no se aplicará a las prendas de protección, incluidos los chalecos antimetralla y los cascos militares, exportados temporalmente a Belarús por el personal de las Naciones Unidas, el personal de la Unión o de sus Estados miembros, los representantes de los medios de comunicación, el personal humanitario y de ayuda al desarrollo y personal asociado, exclusivamente para su propio uso.

▼M40 —————

▼M55

Artículo 1 ter bis

1.  
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1 bis del presente Reglamento, queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, las armas de fuego, sus piezas y componentes esenciales y municiones que se enumeran en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 258/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 5 ) y las armas de fuego y demás armas que se enumeran en el anexo XVI del presente Reglamento, sean originarios o no de la Unión, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.

▼M57

1 bis.  
Queda prohibido el tránsito a través del territorio de Bielorrusia de las armas de fuego, sus piezas y componentes esenciales y municiones a que se refiere el apartado 1 que se exporten desde la Unión.

▼M57

2.  

Queda prohibido:

a) 

prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios en relación con los productos a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y el uso de dichos productos, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país;

b) 

proporcionar financiación o asistencia financiera en relación con los productos a que se refiere el apartado 1 para cualquier operación de venta, suministro, transferencia o exportación de dichos productos, o para prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios conexos, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país, o

c) 

vender, conceder licencias o transferir de cualquier otra forma derechos de propiedad intelectual e industrial o secretos comerciales, así como conceder derechos de acceso o reutilización de cualquier material o información protegidos por derechos de propiedad intelectual o industrial o que constituyan secretos comerciales relacionados con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.

▼M57

Artículo 1 ter ter

1.  
Queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, aquellos productos que puedan contribuir, en particular, a la mejora de las capacidades industriales de Bielorrusia, originarios o no de la Unión, incluidos en la lista del anexo XVIII, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.
2.  
Queda prohibido el tránsito a través del territorio de Bielorrusia de los productos y tecnología incluidos en la lista del anexo XIX exportados desde la Unión.
3.  

Queda prohibido:

a) 

prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios en relación con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país;

b) 

proporcionar financiación o asistencia financiera en relación con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 para cualquier operación de venta, suministro, transferencia o exportación de dichos productos y tecnología, o para prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios conexos, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país, o

c) 

vender, conceder licencias o transferir de cualquier otra forma derechos de propiedad intelectual o secretos comerciales, así como conceder derechos de acceso o reutilización de cualquier material o información protegidos por derechos de propiedad intelectual o que constituyan secretos comerciales relacionados con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.

4.  
Las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 3 no se aplicarán a la ejecución, hasta el 2 de octubre de 2024, de los contratos celebrados antes del 1 de julio de 2024 ni a la de los contratos accesorios necesarios para la ejecución de dichos contratos.
5.  
Con respecto a los productos clasificados en el código NC 2602, las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 3 no se aplicarán a la ejecución hasta el 2 de agosto de 2024 de los contratos celebrados antes del 1 de julio de 2024 ni a la de los contratos accesorios necesarios para la ejecución de dichos contratos.
6.  
Con respecto a los productos clasificados en el código NC 8708 99, las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 3 no se aplicarán a la ejecución hasta el 2 de enero de 2025 de los contratos celebrados antes del 1 de julio de 2024 ni a la de los contratos accesorios necesarios para la ejecución de dichos contratos.
7.  
Las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 3 no se aplicarán a los productos que sean necesarios para los fines oficiales de las misiones diplomáticas y oficinas consulares de los Estados miembros o de países socios en Bielorrusia o de organizaciones internacionales que gocen de inmunidad conforme al Derecho internacional ni a los efectos personales de sus empleados.
8.  

Las autoridades competentes de los Estados miembros podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos y tecnología incluidos en la lista del anexo XVIII, o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, tras haber determinado que dichos productos o tecnología o la prestación de la asistencia técnica o financiera conexas son necesarios para:

a) 

fines médicos o farmacéuticos, o para fines humanitarios, tales como prestar o facilitar la prestación de asistencia, incluidos los productos médicos, los alimentos o el traslado de trabajadores humanitarios y la asistencia correspondiente o para evacuaciones;

b) 

el uso exclusivo y bajo pleno control del Estado miembro que concede la autorización y con el fin de cumplir sus obligaciones de mantenimiento en las zonas que sean objeto de un contrato de arrendamiento a largo plazo entre dicho Estado miembro y Bielorrusia, o

c) 

la creación, la explotación, el mantenimiento, el suministro y retratamiento de combustible, y la seguridad de las capacidades nucleares civiles, y la continuación del diseño, la construcción y puesta en servicio necesarios para finalizar instalaciones nucleares civiles, el suministro de material precursor para la producción de radioisótopos médicos y aplicaciones médicas similares, o la tecnología vital para la vigilancia de las radiaciones ambientales, así como para la cooperación nuclear civil, en particular, en el ámbito de la investigación y el desarrollo.

9.  
Las autoridades competentes de los Estados miembros podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos con el código NC 8417 20, o la prestación de la asistencia técnica o financiera conexas, tras haber determinado que dichos productos o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas son necesarios para el uso doméstico personal de personas físicas.
10.  
Como excepción a lo dispuesto en el apartado 2, las autoridades competentes podrán autorizar el tránsito a través del territorio de Bielorrusia de productos y tecnología incluidos en la lista del anexo XIX que puedan contribuir, en particular, a la mejora de las capacidades industriales bielorrusas, tras haber determinado que dichos productos o tecnología están destinados a los fines establecidos en el apartado 8.
11.  
Las prohibiciones establecidas en los apartados 1, 2 y 3 no se aplicarán a la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos y tecnología a los que se refiere el apartado 1 o a la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, para un uso no militar y para un usuario final no militar, que estén destinados a emergencias sanitarias, la prevención o la mitigación urgentes de un suceso que sea probable que tenga una repercusión grave e importante en la salud y la seguridad humanas o en el medio ambiente, o como respuesta a catástrofes naturales.
12.  
Como excepción a lo dispuesto en los apartados 1 y 3, las autoridades competentes de los Estados miembros podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos y tecnología clasificados en los códigos NC 3917, 8523 y 8536, enumerados en el anexo XVIII, o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, tras haber determinado que dichos productos o la prestación de la asistencia técnica o financiera conexas son necesarios para el mantenimiento o la reparación de productos sanitarios.
13.  

Las autoridades competentes de los Estados miembros podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los siguientes productos, o la prestación de la asistencia técnica o financiera conexas tras haber determinado que dichos productos o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas son necesarios para el uso doméstico personal de personas físicas en Bielorrusia:

a) 

productos con el código NC 8417 20;

b) 

tubos de cobre, tuberías y accesorios de tubería con los códigos NC 7411 o 7412 con un diámetro interior inferior o igual a 50 mm.

14.  
Las autoridades competentes de los Estados miembros podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos con el código NC 3917 10, o la prestación de la asistencia técnica o financiera conexas, tras haber determinado que dichos productos se venden, suministran, transfieren o exportan estrictamente para la producción de alimentos para el consumo humano en Bielorrusia.
15.  
A la hora de decidir sobre las solicitudes de autorización para los fines contemplados en los apartados 8, 9, 10, 12, 13 y 14, las autoridades competentes no concederán autorizaciones de exportación a ninguna persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en Bielorrusia, si tienen motivos razonables para considerar que los productos podrían tener un uso final militar.
16.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida en virtud de los apartados 8, 9, 10, 12, 13 y 14 en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

▼M40

Artículo 1 quater

1.  
Queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, los equipos, tecnología o programas informáticos indicados en el anexo IV, independientemente de que sean originarios o no de la Unión, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo en Bielorrusia o para su uso en Bielorrusia, a menos que la autoridad competente del Estado miembro de que se trate, indicada en los sitios web enumerados en el anexo II, haya dado previamente su autorización.
2.  
Las autoridades competentes de los Estados miembros indicadas en los sitios web enumerados en el anexo II no concederán ninguna autorización con arreglo al apartado 1 en caso de tener motivos razonables para determinar que los equipos, tecnología o programas informáticos podrían ser utilizados para la represión interna por parte del Gobierno o los organismos, empresas y agencias públicos de Bielorrusia, o por cualquier persona física o jurídica o entidad que actúe en su nombre o por indicación suya.
3.  
El anexo IV incluirá los equipos, tecnología o programas informáticos destinados principalmente a ser utilizados en el seguimiento o interceptación de las comunicaciones telefónicas o por internet.
4.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida en virtud del presente artículo en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

Artículo 1 quinquies

1.  

Salvo que la autoridad competente del Estado miembro de que se trate, indicada en los sitios de internet enumerados en el anexo II, haya dado previamente su autorización de conformidad con el artículo 1 quater, apartado 2, queda prohibido:

a) 

facilitar, directa o indirectamente, asistencia técnica o servicios de intermediación relacionados con los equipos, tecnologías y programas informáticos indicados en el anexo IV, o relacionados con la instalación, suministro, fabricación, mantenimiento y utilización de los equipos y tecnología indicados en el anexo IV o con el suministro, instalación, explotación o actualización de los programas informáticos indicados en el anexo IV, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo en Bielorrusia o para su uso en Bielorrusia;

b) 

facilitar, directa o indirectamente, financiación o asistencia financiera relacionadas con los equipos, tecnologías y programas informáticos indicados en el anexo IV, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo en Bielorrusia o para su uso en Bielorrusia;

c) 

prestar cualquier tipo de servicio de seguimiento o interceptación de telecomunicaciones o comunicaciones por internet al Gobierno o los organismos, empresas y agencias públicos de Bielorrusia, así como a cualquier persona física o jurídica o entidad que actúen en su nombre o por indicación suya, o prestarlos en su beneficio directo o indirecto.

2.  
A efectos del apartado 1, letra c), por «servicio de seguimiento o interceptación de telecomunicaciones o comunicaciones por internet» se entenderá los servicios que proporcionen, en particular utilizando equipos, tecnologías o programas informáticos indicados en el anexo IV, acceso y disponibilidad de los datos de llamadas y telecomunicaciones, entrantes y salientes, de una persona, con fines de extracción, descodificación, grabación, tratamiento, análisis o almacenamiento, o cualquier otra actividad relacionada.

▼M55

Artículo 1 sexies

1.  
Queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, productos y tecnología de doble uso, sean originarios o no de la Unión, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.

▼M57

1 bis.  
Queda prohibido el tránsito a través del territorio de Bielorrusia de los productos y tecnología de doble uso a que se refiere el apartado 1 exportados desde la Unión.

▼M57

2.  

Queda prohibido:

a) 

prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios en relación con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país;

b) 

proporcionar financiación o asistencia financiera en relación con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 para cualquier operación de venta, suministro, transferencia o exportación de dichos productos y tecnología, o para prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios conexos, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país, o

c) 

vender, conceder licencias o transferir de cualquier otra forma derechos de propiedad intelectual e industrial o secretos comerciales, así como conceder derechos de acceso o reutilización de cualquier material o información protegidos por derechos de propiedad intelectual o industrial o que constituyan secretos comerciales relacionados con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.

▼M55

3.  

Sin perjuicio de los requisitos de autorización en virtud del Reglamento (UE) 2021/821, las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 no se aplicarán a la venta, suministro, transferencia o exportación de productos y tecnología de doble uso o a la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, para un uso no militar y para un usuario final no militar, que estén destinados a:

a) 

fines humanitarios, emergencias sanitarias, la urgente prevención o mitigación de un acaecimiento que pueda tener una repercusión grave e importante en la salud y seguridad humanas o en el medio ambiente, o como respuesta a catástrofes naturales;

b) 

fines médicos o farmacéuticos;

c) 

la exportación temporal de productos para su uso en medios informativos;

d) 

actualizaciones de programas informáticos (software);

e) 

su uso como dispositivos de comunicación de consumo, o

f) 

el uso personal de las personas físicas que viajen a Bielorrusia o de sus familiares más cercanos que viajen con ellas, limitándose a efectos personales, efectos domésticos, vehículos o herramientas profesionales que sean propiedad de dichas personas físicas y no estén destinados a la venta.

A excepción del párrafo primero, letra f), el exportador declarará, en la declaración aduanera, que los productos se exportan con arreglo a la excepción pertinente establecida en el presente apartado y notificará a la autoridad competente del Estado miembro en el que el exportador resida o esté establecido el primer uso de la excepción pertinente en un plazo de treinta días a partir de la fecha en que haya tenido lugar la primera exportación.

▼M57

bis.  
Sin perjuicio de los requisitos de autorización del Reglamento (UE) 2021/821, la prohibición establecida en el apartado 1 bis del presente artículo no se aplicará al tránsito a través del territorio de Bielorrusia de productos y tecnología de doble uso destinados a los fines establecidos en el apartado 3, letras a) a e), del presente artículo.

▼M55

4.  

No obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2, y sin perjuicio de los requisitos de autorización en virtud del Reglamento (UE) 2021/821, las autoridades competentes podrán autorizar la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de productos y tecnología de doble uso o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, para un uso no militar y un usuario final no militar, tras haber determinado que tales productos o tecnología o asistencia técnica o financiera conexas:

a) 

están destinados a la cooperación entre la Unión, los Gobiernos de los Estados miembros y el Gobierno de Bielorrusia en asuntos puramente civiles;

b) 

están destinados a la cooperación intergubernamental en programas espaciales;

c) 

están destinados a la explotación, el mantenimiento, el retratamiento de combustible y la seguridad de las capacidades nucleares civiles, así como a la cooperación nuclear civil, en particular en el ámbito de la investigación y el desarrollo;

d) 

están destinados a la seguridad marítima;

e) 

están destinados a redes civiles de comunicaciones electrónicas no disponibles para el público que no pertenezcan a una entidad que esté bajo control público o sea en más de un 50 % de propiedad pública;

f) 

están destinados al uso exclusivo de entidades que sean propiedad o estén controladas individual o conjuntamente por una persona jurídica, entidad u organismo que esté establecido o constituido con arreglo a la legislación de un Estado miembro o de un país socio;

g) 

están destinados a las representaciones diplomáticas de la Unión, los Estados miembros y los países socios, incluidas las delegaciones, las embajadas y las misiones diplomáticas, o

h) 

están destinados a garantizar la ciberseguridad y la seguridad de la información de las personas físicas y jurídicas, las entidades y los organismos sitos en Bielorrusia, excepto su Gobierno y las empresas controladas directa o indirectamente por este.

▼M57

4 bis.  
Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1 bis, y sin perjuicio de los requisitos de autorización del Reglamento (UE) 2021/821, las autoridades competentes podrán autorizar el tránsito a través del territorio de Bielorrusia de productos y tecnología de doble uso tras haber determinado que tales productos o tecnología están destinados a los fines contemplados en el apartado 4, letras b), c), d) y h), del presente artículo.

▼M55

5.  
No obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2, y sin perjuicio de los requisitos de autorización en virtud del Reglamento (UE) 2021/821, las autoridades competentes podrán autorizar la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de productos y tecnología de doble uso o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, para un uso no militar y un usuario final no militar, tras haber determinado que dichos productos o tecnología o dicha asistencia técnica o financiera conexas fueron comprometidos en virtud de contratos celebrados antes del 3 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos, a condición de que la autorización se solicitara antes del 1 de mayo de 2022.
6.  
Toda autorización exigida en virtud del presente artículo será concedida por las autoridades competentes de conformidad con las normas y procedimientos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/821, que se aplicará mutatis mutandis. Dicha autorización será válida en toda la Unión.
7.  

Al decidir sobre solicitudes de autorización a que se refieren los apartados 4 y 5, las autoridades competentes denegarán la autorización si tienen motivos fundados para creer que:

i) 

el usuario final puede ser militar o una persona física o jurídica, entidad u organismo enumerado en el anexo V o el uso final de los productos puede tener carácter militar, a menos que la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 del presente artículo o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas estén permitidos en virtud del artículo 1 septies bis, apartado 1, letra a), o

ii) 

la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas están destinados a la aviación o a la industria espacial, a menos que dicha venta, suministro, transferencia o exportación o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas estén permitidos en virtud del apartado 4, letra b).

8.  
Las autoridades competentes podrán anular, suspender, modificar o revocar una autorización que hayan concedido de conformidad con los apartados 4 y 5 si consideran que tal anulación, suspensión, modificación o revocación es necesaria para la ejecución efectiva del presente Reglamento.

Artículo 1 septies

1.  
Queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, los productos y la tecnología que puedan contribuir a la mejora militar y tecnológica de Bielorrusia, o al desarrollo de su sector de la defensa y la seguridad, enumerados en el anexo V bis, sean originarios o no de la Unión, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.

▼M57

1 bis.  
Queda prohibido el tránsito a través del territorio de Bielorrusia de productos y tecnología exportados desde la Unión que puedan contribuir a la mejora militar y tecnológica de Bielorrusia, o al desarrollo de su sector de la defensa y la seguridad, incluidos en la lista del anexo V bis.

▼M57

2.  

Queda prohibido:

a) 

prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios en relación con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país;

b) 

proporcionar financiación o asistencia financiera en relación con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 para cualquier operación de venta, suministro, transferencia o exportación de dichos productos y tecnología, o para prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios conexos, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país, o

c) 

vender, conceder licencias o transferir de cualquier otra forma derechos de propiedad intelectual e industrial o secretos comerciales, así como conceder derechos de acceso o reutilización de cualquier material o información protegidos por derechos de propiedad intelectual o industrial o que constituyan secretos comerciales relacionados con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.

▼M55

3.  

Las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 no se aplicarán a la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de productos y tecnología mencionados en el apartado 1 o a la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, para un uso no militar y para un usuario final no militar, que estén destinados a:

a) 

fines humanitarios, emergencias sanitarias, la urgente prevención o mitigación de un acaecimiento que pueda tener una repercusión grave e importante en la salud y seguridad humanas o en el medio ambiente, o como respuesta a catástrofes naturales;

b) 

fines médicos o farmacéuticos;

c) 

la exportación temporal de productos para su uso en medios informativos;

d) 

actualizaciones de programas informáticos (software);

e) 

su uso como dispositivos de comunicación de consumo, o

f) 

el uso personal de las personas físicas que viajen a Bielorrusia o de sus familiares más cercanos que viajen con ellas, limitándose a efectos personales, efectos domésticos, vehículos o herramientas profesionales que sean propiedad de dichas personas físicas y no estén destinados a la venta.

A excepción del párrafo primero, letra f), el exportador declarará en la declaración aduanera que los productos están siendo exportados con arreglo a la excepción pertinente establecida en el presente apartado y notificará a la autoridad competente del Estado miembro en el que el exportador resida o esté establecido el primer uso de la excepción pertinente en un plazo de treinta días a partir de la fecha en que haya tenido lugar la primera exportación.

▼M57

bis.  
La prohibición establecida en el apartado 1 bis no se aplicará al tránsito a través del territorio de Bielorrusia de los productos y tecnología que puedan contribuir a la mejora militar y tecnológica de Bielorrusia, o al desarrollo de su sector de la defensa y la seguridad, incluidos en la lista del anexo V bis, que estén destinados a los fines establecidos en el apartado 3, letras a) a e).

▼M55

4.  

No obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2, las autoridades competentes podrán autorizar la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de productos y tecnología mencionados en el apartado 1 o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, para un uso no militar y un usuario final no militar, tras haber determinado que tales productos o tecnología o asistencia técnica o financiera conexas:

a) 

están destinados a la cooperación entre la Unión, los Gobiernos de los Estados miembros y el Gobierno de Bielorrusia en asuntos puramente civiles;

b) 

están destinados a la cooperación intergubernamental en programas espaciales;

c) 

están destinados a la explotación, el mantenimiento, el retratamiento de combustible y la seguridad de las capacidades nucleares civiles, así como a la cooperación nuclear civil, en particular en el ámbito de la investigación y el desarrollo;

d) 

están destinados a la seguridad marítima;

e) 

están destinados a redes civiles de comunicaciones electrónicas no disponibles para el público que no pertenezcan a una entidad que esté bajo control público o sea en más de un 50 % de propiedad pública;

f) 

están destinados al uso exclusivo de entidades que sean propiedad o estén controladas individual o conjuntamente por una persona jurídica, entidad u organismo que esté establecido o constituido con arreglo a la legislación de un Estado miembro o de un país socio;

▼M57

g) 

están destinados a las representaciones diplomáticas de la Unión, los Estados miembros y los países socios, incluidas las delegaciones, las embajadas y las misiones diplomáticas;

h) 

están destinados a garantizar la ciberseguridad y la seguridad de la información de las personas físicas y jurídicas, las entidades y los organismos sitos en Bielorrusia, excepto su Gobierno y las empresas controladas directa o indirectamente por este, o

▼M57

i) 

están destinados al uso exclusivo y bajo pleno control del Estado miembro que concede la autorización y con el fin de cumplir sus obligaciones de mantenimiento en las zonas que sean objeto de un contrato de arrendamiento a largo plazo entre dicho Estado miembro y Bielorrusia.

▼M55

4 bis.  
Sin perjuicio del apartado 4, letra e), y no obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2, las autoridades competentes podrán autorizar la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de productos y tecnología mencionados en el apartado 1 o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, para un uso no militar y un usuario final no militar, tras haber determinado que tales productos o tecnología o la asistencia técnica o financiera conexas están destinados a la liquidación, a más tardar el 6 de febrero de 2024, de contratos y operaciones que estén en curso a 5 de agosto de 2023 y que sean necesarios para la prestación de servicios de telecomunicaciones civiles a la población civil bielorrusa.

▼M57

4 ter.  
Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1 bis, las autoridades competentes podrán autorizar el tránsito a través del territorio de Bielorrusia de los productos y la tecnología que puedan contribuir a la mejora militar y tecnológica de Bielorrusia, o al desarrollo de su sector de la defensa y la seguridad, incluidos en la lista del anexo V bis tras haber determinado que dichos productos o tecnología están destinados a los fines establecidos en el apartado 4, letras b), c), d) y h).

▼M55

5.  
No obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2, las autoridades competentes podrán autorizar la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de productos y tecnología mencionados en el apartado 1 o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, para un uso no militar y un usuario final no militar, tras haber determinado que dichos productos o tecnología o asistencia técnica o financiera conexas fueron comprometidos en virtud de contratos celebrados antes del 3 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos, a condición de que la autorización se solicitara antes del 1 de mayo de 2022.
5 bis.  
No obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2, la autoridad competente de un Estado miembro podrá autorizar la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos clasificados con los códigos NC 8536 69 , 8536 90 , 8541 30 , 8541 60 que se enumeran en el anexo V bis hasta el 6 de febrero de 2024, o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, en la medida en que sea necesaria para la transformación de dichos productos en Bielorrusia por una empresa conjunta de la que sea propietaria mayoritaria a 5 de agosto de 2023 una empresa establecida en la Unión, a efectos de la posterior importación en la Unión y la posterior producción en la Unión de productos destinados a ser utilizados en el sector sanitario o el sector farmacéutico, o en el ámbito de la investigación y el desarrollo.
6.  
Toda autorización exigida en virtud del presente artículo será concedida por las autoridades competentes de conformidad con las normas y procedimientos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/821, que se aplicará mutatis mutandis. La autorización será válida en toda la Unión.
7.  

Al decidir sobre solicitudes de autorización a tenor de los apartados 4 y 5, las autoridades competentes denegarán la autorización si tienen motivos fundados para creer que:

i) 

el usuario final puede ser militar o una persona física o jurídica, entidad u organismo enumerado en el anexo V o el uso final de los productos puede tener carácter militar, a menos que la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 del presente artículo o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas estén permitidos en virtud del artículo 1 septies bis, apartado 1, o

ii) 

la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas están destinados a la aviación o a la industria espacial, a menos que dicha venta, suministro, transferencia o exportación o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas estén permitidos en virtud del apartado 4, letra b).

8.  
Las autoridades competentes podrán anular, suspender, modificar o revocar una autorización que hayan concedido de conformidad con los apartados 4 y 5 si consideran que tal anulación, suspensión, modificación o revocación es necesaria para la ejecución efectiva del presente Reglamento.

▼M46

Artículo 1 septies bis

▼M57

1.  

Por lo que respecta a las personas físicas o jurídicas, las entidades o los organismos que figuran en el anexo V, como excepción a lo dispuesto en los apartados 1 y 2 de los artículos 1 sexies y 1 septies, y sin perjuicio de los requisitos de autorización del Reglamento (UE) 2021/821, las autoridades competentes solo podrán autorizar la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos y tecnología de doble uso, y los productos y tecnología que figuran en el anexo V bis, o la prestación de asistencia técnica o financiera conexa, tras haber determinado que tales productos o tecnología o la asistencia técnica o financiera conexa:

a) 

son necesarios para la urgente prevención o mitigación de un acaecimiento que pueda tener una repercusión grave e importante en la salud y seguridad humanas o en el medio ambiente, o

b) 

constituyen obligaciones en virtud de contratos celebrados antes del 3 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos, a condición de que tal autorización se solicite antes del 1 de mayo de 2022.

▼M46

2.  
Las autorizaciones exigidas en virtud del presente artículo serán concedidas por las autoridades competentes del Estado miembro de conformidad con las normas y procedimientos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/821, que se aplicará mutatis mutandis. Tales autorizaciones serán válidas en toda la Unión.
3.  
Las autoridades competentes podrán anular, suspender, modificar o revocar una autorización que hayan concedido de conformidad con el apartado 1 si consideran que tal anulación, suspensión, modificación o revocación es necesaria para la ejecución efectiva del presente Reglamento.

▼C8

Artículo 1 septies ter

1.  
La notificación a la autoridad competente a que se refiere el artículo 1 sexies, apartado 3, y el artículo 1 septies, apartado 3, se presentará por medios electrónicos, siempre que sea posible, en formularios que contengan al menos todos los elementos de los modelos que figuran en el anexo V quater y en el orden previsto en ellos.

▼M57

2.  
Todas las autorizaciones a que se refieren los artículos 1 sexies, 1 septies y 1 septies bis se expedirán por medios electrónicos, siempre que sea posible, en formularios que contengan al menos todos los elementos de los modelos que figuran en el anexo V quater y en el orden previsto en ellos.

▼M46

Artículo 1 septies quater

▼M57

1.  
Las autoridades competentes intercambiarán con los demás Estados miembros y la Comisión información sobre la aplicación de los artículos 1 sexies, 1 septies y 1 septies bis, en particular sobre cualquier autorización concedida o denegada, y, en caso de sospecha de búsqueda del foro más favorable o en otros casos según proceda, sobre las solicitudes de autorización recibidas.

Las autoridades competentes intercambiarán con los demás Estados miembros y la Comisión información sobre el cumplimiento de los artículos 1 sexies, 1 septies y 1 septies bis, en particular sobre infracciones y sanciones conexas, así como sobre las mejores prácticas de las autoridades nacionales de control del cumplimiento y sobre la detección y el enjuiciamiento de exportaciones no autorizadas. El intercambio de información se realizará a través del sistema electrónico establecido en el artículo 23, apartado 6, del Reglamento (UE) 2021/821.

▼M46

2.  
La información recibida en aplicación del presente artículo solo podrá utilizarse para el fin para el que haya sido solicitada, incluidos los intercambios de información mencionados en el apartado 4. Los Estados miembros y la Comisión velarán por la protección de la información confidencial obtenida en aplicación del presente artículo de conformidad con el Derecho de la Unión y las respectivas normativas nacionales. Los Estados miembros y la Comisión velarán por que la información clasificada que se haya facilitado o intercambiado con arreglo al presente artículo no sufra una reducción del grado de clasificación o la desclasificación sin el consentimiento previo por escrito del originador.
3.  
Antes de conceder una autorización con arreglo los artículos 1 sexies, 1 septies o 1 septies bis para una operación fundamentalmente idéntica a otra objeto de una denegación que siga estando vigente, emitida por otro u otros Estados miembros, todo Estado miembro deberá consultar primero al Estado o Estados miembros que hayan emitido las denegaciones. Si, una vez efectuadas dichas consultas, el Estado miembro de que se trate decide conceder una autorización, informará de ello a los demás Estados miembros y a la Comisión y facilitará toda la información pertinente para explicar su decisión.

▼M57

bis.  
Cuando un Estado miembro conceda una autorización de conformidad con el artículo 1 sexies, apartado 4, letra d), el artículo 1 septies, apartado 4, letra d), o el artículo 1 septies quinquies, apartado 4, para la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de productos y tecnología destinados a la seguridad marítima, informará a los demás Estados miembros y a la Comisión en un plazo de dos semanas a partir de la autorización.

▼M46

4.  
La Comisión, en consulta con los Estados miembros, intercambiará, cuando proceda y sobre la base de la reciprocidad, información con los países socios, con el fin de reforzar la eficacia de las medidas de control de las exportaciones contempladas en el presente Reglamento y la aplicación coherente de las medidas de control de las exportaciones puestas en práctica por los países socios.

▼M57

Artículo 1 septies quinquies

1.  
Queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, los productos y tecnología de navegación marítima incluidos en la lista del anexo XXIV, sean originarios o no de la Unión, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.
2.  

Queda prohibido:

a) 

prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios en relación con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país;

b) 

proporcionar financiación o asistencia financiera en relación con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 para cualquier operación de venta, suministro, transferencia o exportación de dichos productos y tecnología, o para prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios conexos, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país, o

c) 

vender, conceder licencias o transferir de cualquier otra forma derechos de propiedad intelectual e industrial o secretos comerciales, así como conceder derechos de acceso o reutilización de cualquier material o información protegidos por derechos de propiedad intelectual e industrial o que constituyan secretos comerciales relacionados con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.

3.  
Las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 no se aplicarán a la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos y tecnología a los que se refiere el apartado 1 ni a la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, para un uso no militar y para un usuario final no militar, que estén destinados a fines humanitarios, emergencias sanitarias, la prevención o la mitigación urgentes de un suceso que sea probable que tenga una repercusión grave e importante en la salud y la seguridad humanas o en el medio ambiente, o como respuesta a catástrofes naturales.

▼M40

Artículo 1 octies

1.  
Queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar los productos enumerados en el anexo VI, sean o no originarios de la Unión, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo en Bielorrusia o para su uso en Bielorrusia.

▼M46

1bis.  
Queda prohibido proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con las prohibiciones establecidas en el apartado 1.

▼M44

2.  
El anexo VI incluirá los productos empleados para la producción o fabricación de productos del tabaco.

▼M46 —————

▼M57

Artículo 1 octies bis

1.  
Queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, artículos de lujo, originarios o no de la Unión, incluidos en la lista del anexo XXV, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.
2.  

Queda prohibido:

a) 

prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios en relación con los productos a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y el uso de dichos productos, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país;

b) 

proporcionar financiación o asistencia financiera en relación con los productos a que se refiere el apartado 1 para cualquier operación de venta, suministro, transferencia o exportación de dichos productos, o para prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios conexos, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país, o

c) 

vender, conceder licencias o transferir de cualquier otra forma derechos de propiedad intelectual e industrial o secretos comerciales, así como conceder derechos de acceso o reutilización de cualquier material o información protegidos por derechos de propiedad intelectual e industrial o que constituyan secretos comerciales relacionados con los productos a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.

3.  
La prohibición a que se refieren los apartados 1 y 2 se aplicará a aquellos artículos de lujo incluidos en la lista del anexo XXV cuyo valor sea superior a 300 EUR por unidad, salvo que en dicho anexo se disponga otra cosa específicamente.
4.  
La prohibición establecida en el apartado 1 no se aplicará a los productos que sean necesarios para los fines oficiales de las misiones diplomáticas y oficinas consulares de los Estados miembros o de países socios en Bielorrusia o de organizaciones internacionales que gocen de inmunidad conforme al Derecho internacional ni a los efectos personales de sus empleados.
5.  
La prohibición establecida en el apartado 1 no se aplicará a los productos con los códigos NC 7113 00 00 y NC 7114 00 00 incluidos en la lista del anexo XXV destinados al uso personal de personas físicas que viajen desde la Unión o de sus familiares más cercanos que viajen con ellas, que sean propiedad de dichas personas y no estén destinados a la venta.
6.  
Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1, las autoridades competentes podrán autorizar la transferencia o exportación a Bielorrusia de bienes culturales dados en préstamo en el contexto de la cooperación cultural formal con Bielorrusia.
7.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida con arreglo al apartado 6 en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

Artículo 1 octies ter

1.  

Queda prohibido:

a) 

adquirir cualquier participación nueva o ampliar cualquier participación existente en cualquier persona jurídica, entidad u organismo que esté establecido o constituido con arreglo a la legislación de Bielorrusia o de cualquier otro tercer país y que opere en el sector de la energía en Bielorrusia;

b) 

conceder o formar parte de cualquier acuerdo para conceder cualquier nuevo préstamo o crédito o proporcionar de otro modo financiación, incluido capital propio, a cualquier persona jurídica, entidad u organismo que esté establecido o constituido con arreglo a la legislación de Bielorrusia o de cualquier otro tercer país y que opere en el sector de la energía en Bielorrusia, o con el propósito documentado de financiar a dicha persona jurídica, entidad u organismo;

c) 

crear cualquier empresa conjunta nueva con cualquier persona jurídica, entidad u organismo que esté establecido o constituido con arreglo a la legislación de Bielorrusia o de cualquier otro tercer país y que opere en el sector de la energía en Bielorrusia, o

d) 

prestar servicios de inversión relacionados directamente con las actividades a que se refieren las letras a), b) y c).

2.  

Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1, las autoridades competentes podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, cualquier actividad a que se refiere el apartado 1, tras haber determinado que:

a) 

es necesaria para garantizar el suministro esencial de energía en la Unión, así como el transporte de gas natural y petróleo, incluidos los productos petrolíferos refinados, a menos que esté prohibido en virtud del artículo 1 nonies, desde Bielorrusia o a través de ella hacia la Unión, o

b) 

se refiere exclusivamente a una persona jurídica, entidad u organismo que opere en el sector de la energía en Bielorrusia y sea propiedad de una persona jurídica, entidad u organismo que esté establecido o constituido con arreglo al Derecho de un Estado miembro.

3.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida con arreglo al apartado 2 en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

Artículo 1 octies quater

1.  
Queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, productos y tecnología adecuados para su uso en el refinado de petróleo y la licuefacción de gas natural, incluidos en la lista del anexo XX, sean originarios o no de la Unión, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo en Bielorrusia o para su uso en ese país.
2.  

Queda prohibido:

a) 

prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios en relación con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país;

b) 

proporcionar financiación o asistencia financiera en relación con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 para cualquier operación de venta, suministro, transferencia o exportación de dichos productos y tecnología, o para prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios conexos, directa o indirectamente, a cualquier persona, entidad u organismo sitos en Bielorrusia, o para su uso en ese país, o

c) 

vender, conceder licencias o transferir de cualquier otra forma derechos de propiedad intelectual e industrial o secretos comerciales, así como conceder derechos de acceso o reutilización de cualquier material o información protegidos por derechos de propiedad intelectual e industrial o que constituyan secretos comerciales relacionados con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.

3.  
Las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 no se aplicarán a la ejecución, hasta el 2 de octubre de 2024, de los contratos celebrados antes del 1 de julio de 2024 ni a la de los contratos accesorios necesarios para la ejecución de dichos contratos.
4.  
Como excepción a lo dispuesto en los apartados 1 y 2, las autoridades competentes podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos y tecnología incluidos en la lista del anexo XX o la prestación de la asistencia técnica o financiera conexa, tras haber determinado que dichos productos o tecnología o la prestación de la asistencia técnica o financiera conexa son necesarios para la prevención o la mitigación urgentes de un suceso que sea probable que tenga una repercusión grave e importante en la salud y la seguridad humanas o en el medio ambiente.

En casos urgentes debidamente justificados, la venta, el suministro, la transferencia o la exportación podrán efectuarse sin autorización previa siempre que el exportador lo notifique a la autoridad competente en un plazo de cinco días laborales después de efectuada la fecha de la venta, el suministro, la transferencia o la exportación, indicando las razones oportunas que justifiquen la venta, el suministro, la transferencia o la exportación sin autorización previa.

5.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida con arreglo al apartado 4 en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

▼M57

Artículo 1 nonies

1.  
Queda prohibido comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, los productos minerales incluidos en la lista del anexo VII y el petróleo crudo incluido en la lista del anexo XXIII que sean originarios de Bielorrusia o que se exporten desde ese país.
2.  
Queda prohibido facilitar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera o cualesquiera otros servicios relacionados con la prohibición establecida en el apartado 1.
3.  
Las prohibiciones establecidas en el apartado 1 no se aplicarán a la compra en Bielorrusia de productos minerales incluidos en la lista del anexo VII que sean necesarios para satisfacer las necesidades esenciales del comprador en Bielorrusia o de proyectos humanitarios en ese país.
4.  
Las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 no se aplicarán al petróleo crudo incluido en la lista del anexo XXIII hasta el 2 de octubre de 2024, a las operaciones puntuales de entrega a corto plazo, celebradas y ejecutadas antes de esa fecha, a la ejecución de los contratos de compra, importación o transferencia de petróleo crudo incluidos en la lista del anexo XXIII celebrados antes del 1 de julio de 2024, ni a la de los contratos accesorios necesarios para la ejecución de dichos contratos, siempre y cuando los Estados miembros pertinentes hayan notificado a la Comisión dichos contratos a más tardar el 23 de julio de 2024 y las operaciones puntuales de entrega a corto plazo en un plazo de diez días a partir de su ejecución.
5.  
Las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 del presente artículo se entenderán sin perjuicio del tránsito por Bielorrusia del petróleo crudo clasificado en el código NC 2709 00 que se suministre por oleoducto de Rusia a los Estados miembros, hasta que el Consejo decida que las prohibiciones establecidas en el artículo 3 quaterdecies, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo ( 6 ) se apliquen al petróleo crudo suministrado por oleoducto desde Rusia.

▼M40

Artículo 1 decies

1.  
Queda prohibido importar, comprar o transferir, directa o indirectamente, productos de cloruro de potasio contemplados en el anexo VIII desde Bielorrusia, sean o no originarios de dicho país.

▼M46

1bis.  
Queda prohibido proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con las prohibiciones establecidas en el apartado 1.

▼M46 —————

▼M40

Artículo 1 undecies

Quedan prohibidas las operaciones directas o indirectas de compra o venta, prestación de servicios de inversión o de asistencia en la emisión, o cualquier otra forma de negociación, en relación con valores negociables e instrumentos del mercado monetario con vencimiento superior a 90 días, emitidos después del 29 de junio de 2021 por:

▼M44

a) 

la República de Bielorrusia, su Gobierno, sus organismos, empresas o agencias públicos;

b) 

una entidad de crédito importante establecida en Bielorrusia que sea de propiedad pública en más del 50 %, o esté bajo control público, a 1 de junio de 2021, que figure en la lista del anexo IX;

c) 

personas jurídicas, entidades u organismos establecidos fuera de la Unión cuyos derechos de propiedad pertenezcan, directa o indirectamente, en más del 50 % a una de las entidades a que se refieren las letras a) o b) del presente artículo, o

d) 

personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que actúen en nombre o bajo la dirección de una de las entidades a que se refieren las letras a), b) o c) del presente artículo.

▼M47

Artículo 1 undecies bis

1.  
Quedan prohibidas las transacciones con la gestión de reservas y de activos del Banco Central de Bielorrusia, incluidas las transacciones con cualquier persona jurídica, entidad u organismo que actúe en nombre o bajo la dirección del Banco Central de Bielorrusia.
2.  
Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1, las autoridades competentes podrán autorizar una transacción a condición de que sea estrictamente necesaria para garantizar la estabilidad financiera de la Unión en su conjunto o del Estado miembro de que se trate.
3.  
El Estado miembro de que se trate informará inmediatamente a los demás Estados miembros y a la Comisión de su intención de conceder una autorización en aplicación del apartado 2.

Artículo 1 undecies ter

Queda prohibido cotizar y prestar servicios a partir del 12 de abril de 2022 en centros de negociación registrados o reconocidos en la Unión en relación con los valores negociables de cualquier persona jurídica, entidad u organismo establecidos en Bielorrusia y que sean de propiedad pública en más del 50 %.

▼M57

Artículo 1 undecies quater

1.  

Queda prohibido prestar, directa o indirectamente, servicios de contabilidad, auditoría, incluida auditoría legal, teneduría de libros y asesoría fiscal, o servicios de asesoría empresarial y de gestión o servicios de relaciones públicas:

a) 

a la República de Bielorrusia, su Gobierno, sus organismos, empresas o agencias públicos, o

b) 

a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo que actúe en nombre o por indicación de la República de Bielorrusia, su Gobierno, sus organismos, empresas o agencias públicos.

2.  

Queda prohibido prestar, directa o indirectamente, servicios de arquitectura e ingeniería, de asesoramiento jurídico y de consultoría informática:

a) 

a la República de Bielorrusia, su Gobierno, sus organismos, empresas o agencias públicos, o

b) 

a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo que actúe en nombre o por indicación de la República de Bielorrusia, su Gobierno, sus organismos, empresas o agencias públicos.

3.  

Queda prohibido prestar, directa o indirectamente, servicios de investigación de mercados y realización de encuestas de opinión pública, servicios de ensayos y análisis técnicos y servicios de publicidad:

a) 

a la República de Bielorrusia, su Gobierno, sus organismos, empresas o agencias públicos, o

b) 

a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo que actúe en nombre o por indicación de la República de Bielorrusia, su Gobierno, sus organismos, empresas o agencias públicos.

4.  

Queda prohibido vender, suministrar, transferir, exportar o proporcionar, directa o indirectamente, programas informáticos para la gestión de empresas y programas informáticos de diseño y fabricación industriales incluidos en la lista del anexo XXVI:

a) 

a la República de Bielorrusia, su Gobierno, sus organismos, empresas o agencias públicos, o

b) 

a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo que actúe en nombre o por indicación de la República de Bielorrusia, su Gobierno, sus organismos, empresas o agencias públicos.

5.  

Queda prohibido:

a) 

prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios en relación con los productos y servicios a que se refieren los apartados 1 a 4 para su prestación, directa o indirectamente, a la República de Bielorrusia, a su Gobierno, a sus organismos, empresas o agencias públicos o a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo que actúe en nombre o por indicación de dicha persona jurídica, entidad u organismo, o

b) 

proporcionar financiación o asistencia financiera en relación con los productos y servicios a que se refieren los apartados 1 a 4 para su prestación, o para prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios conexos, directa o indirectamente, a la República de Bielorrusia, a su Gobierno, a sus organismos, empresas o agencias públicos o a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo que actúe en nombre o por indicación de dicha persona jurídica, entidad u organismo.

6.  
Los apartados 1 a 4 no se aplicarán a la prestación de servicios que sean estrictamente necesarios para resolver hasta el 2 de octubre de 2024 los contratos que no cumplan lo dispuesto en el presente artículo y que se hayan celebrado antes del 1 de julio de 2024, ni a la de los contratos accesorios necesarios para la ejecución de dichos contratos.
7.  
Los apartados 1 y 2 no se aplicarán a la prestación de servicios que sean estrictamente necesarios para el ejercicio del derecho de defensa en procedimientos judiciales y del derecho a la tutela judicial efectiva.
8.  
Los apartados 1 y 2 no se aplicarán a la prestación de servicios que sean estrictamente necesarios para garantizar el acceso a procedimientos judiciales, administrativos o arbitrales en un Estado miembro, así como para el reconocimiento o la ejecución de una sentencia o de un laudo arbitral que se haya dictado en un Estado miembro, siempre que dicha prestación de servicios sea coherente con los objetivos del presente Reglamento.
9.  
Los apartados 1 a 4 no se aplicarán hasta el 2 de enero de 2025 a la prestación de servicios destinados al uso exclusivo de personas jurídicas, entidades u organismos establecidos en Bielorrusia que sean propiedad o estén controlados individual o conjuntamente por una persona jurídica, entidad u organismo que esté establecido o constituido con arreglo al Derecho de un Estado miembro, de un país miembro del Espacio Económico Europeo, de Suiza o de algún país socio incluidos en la lista del anexo V ter.
10.  
Los apartados 2, 3 y 4 no se aplicarán a la prestación de servicios necesarios para hacer frente a emergencias sanitarias públicas, la prevención o la mitigación urgentes de un suceso que sea probable que tenga una repercusión grave e importante en la salud y la seguridad humanas o en el medio ambiente, o como respuesta a catástrofes naturales.
11.  

Como excepción a lo dispuesto en los apartados 1 y 2, las autoridades competentes podrán autorizar la prestación de los servicios en ellos mencionados, en las condiciones que consideren apropiadas y tras haber determinado que dichos servicios son estrictamente necesarios para la creación, certificación o evaluación de un cortafuegos que:

a) 

elimine el control que una persona física o jurídica, entidad u organismo incluido en la lista del anexo I ejerce sobre los activos de una persona jurídica, entidad u organismo no incluido en la lista, que esté establecido o constituido con arreglo a la legislación de un Estado miembro y que sea propiedad o esté bajo el control de alguno de aquellos, y

b) 

garantice que no se generen más capitales o recursos económicos en beneficio de la persona física o jurídica, entidad u organismo incluido en la lista.

12.  
Como excepción a lo dispuesto en el apartado 4, las autoridades competentes podrán autorizar la prestación de los servicios en él mencionados, en las condiciones que consideren apropiadas, tras haber determinado que dichos servicios son necesarios para la contribución de nacionales bielorrusos a proyectos internacionales de código abierto.
13.  

Como excepción a lo dispuesto en los apartados 1 a 5, las autoridades competentes podrán autorizar los servicios en ellos mencionados, en las condiciones que consideren apropiadas, tras haber determinado que es necesario para:

a) 

fines humanitarios, tales como prestar asistencia o facilitar la prestación de asistencia, incluidos los productos médicos, los alimentos, o el traslado de trabajadores humanitarios y la asistencia relacionada, o para evacuaciones;

b) 

actividades de la sociedad civil que promuevan directamente la democracia, los derechos humanos o el Estado de Derecho en Bielorrusia;

c) 

el funcionamiento de las representaciones diplomáticas y consulares de la Unión y de los Estados miembros o países socios en Bielorrusia, incluidas las delegaciones, embajadas y misiones, o las organizaciones internacionales en Bielorrusia que gocen de inmunidad conforme al Derecho internacional;

d) 

la garantía del suministro esencial de energía dentro de la Unión y de la compra, la importación o el transporte a la Unión de titanio, aluminio, cobre, níquel, paladio y mineral de hierro;

e) 

la garantía del funcionamiento continuo de las infraestructuras, equipos y programas informáticos vitales para la salud y la seguridad humanas o para la seguridad del medio ambiente;

f) 

la creación, la explotación, el mantenimiento, el suministro y retratamiento de combustible, y la seguridad de las capacidades nucleares civiles, y la continuación del diseño, la construcción y puesta en servicio necesarios para finalizar instalaciones nucleares civiles, el suministro de material precursor para la producción de radioisótopos médicos y aplicaciones médicas similares, o la tecnología vital para la vigilancia de las radiaciones ambientales, así como para la cooperación nuclear civil, en particular, en el ámbito de la investigación y el desarrollo.

g) 

la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas por parte de operadores de telecomunicaciones de la Unión necesarios para la explotación, el mantenimiento y la seguridad, incluida la ciberseguridad, de los servicios de comunicaciones electrónicas, en Bielorrusia, en Ucrania, en la Unión, entre Bielorrusia y la Unión, y entre Ucrania y la Unión, y para los servicios de centros de datos en la Unión, o

h) 

el uso exclusivo de personas jurídicas, entidades u organismos establecidos en Bielorrusia que sean propiedad o estén controlados individual o conjuntamente por una persona jurídica, entidad u organismo que esté establecido o constituido con arreglo al Derecho de un Estado miembro, de un país miembro del Espacio Económico Europeo, de Suiza o de algún país socio incluidos en la lista del anexo V ter.

14.  
Como excepción a lo dispuesto en el apartado 2, las autoridades competentes podrán autorizar la prestación de los servicios de asesoramiento jurídico en él mencionados, en las condiciones que consideren apropiadas, tras haber determinado que es necesario para la continuación de las iniciativas existentes de apoyo a las víctimas de catástrofes naturales, nucleares o químicas y en el marco de los procedimientos de adopción internacionales.
15.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de toda autorización concedida con arreglo a los apartados 11 a 14 en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

▼M40

Artículo 1 duodecies

1.  

Queda prohibido celebrar un acuerdo, o ser parte en él, directa o indirectamente, cuyo fin sea otorgar nuevos préstamos o créditos con vencimiento superior a 90 días después del 29 de junio de 2021 a:

▼M44

a) 

la República de Bielorrusia, su Gobierno, sus organismos, empresas o agencias públicos;

b) 

una entidad de crédito importante establecida en Bielorrusia que sea de propiedad pública en más del 50 %, o esté bajo control público, a 1 de junio de 2021, que figure en la lista del anexo IX;

c) 

personas jurídicas, entidades u organismos establecidos fuera de la Unión cuyos derechos de propiedad pertenezcan, directa o indirectamente, en más del 50 % a una de las entidades a que se refieren las letras a) o b) del presente apartado, o

d) 

personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que actúen en nombre o bajo la dirección de una de las entidades a que se refieren en las letras a), b) o c) del presente apartado.

▼M40

2.  
La prohibición no se aplicará a los préstamos o créditos que tengan por objetivo específico y documentado facilitar financiación para la importación o exportación no prohibidas de bienes y servicios no financieros entre la Unión y cualquier tercer Estado, incluido el gasto en concepto de bienes y servicios procedentes de otro tercer Estado que sea necesario para ejecutar contratos de importación o exportación.
3.  

La autoridad competente de un Estado miembro también podrá conceder, en las condiciones que considere oportunas, una autorización para celebrar un acuerdo de préstamo o crédito de los contemplados en el apartado 1, o para ser parte en él, si ha determinado que:

i) 

las actividades en cuestión tienen por objeto prestar apoyo a la población civil bielorrusa, como asistencia humanitaria, a proyectos medioambientales y a la seguridad nuclear, o el préstamo o crédito es necesario a fin de cumplir con las reservas mínimas legales obligatorias o requisitos similares para satisfacer los criterios de solvencia y liquidez aplicables a las entidades financieras de Bielorrusia en las que tengan una participación mayoritaria entidades financieras de la Unión, y

ii) 

las actividades en cuestión no implican que se pongan, directa o indirectamente, a disposición de las personas, entidades u organismos a que se refiere el artículo 2, o en su beneficio, fondos o recursos económicos.

Cuando aplique las condiciones previstas en los incisos i) y ii), la autoridad competente exigirá información adecuada sobre la utilización de la autorización concedida, incluida información relativa a la finalidad de las actividades en cuestión y a sus contrapartes.

El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida en virtud del presente artículo dentro de las dos semanas siguientes a la autorización.

▼M46 —————

▼M42

Artículo 1 terdecies

1.  

Queda prohibido prestar cobertura de seguros o reaseguros a:

▼M44

i) 

la República de Bielorrusia, su Gobierno, sus organismos, empresas o agencias públicos, o

▼M42

ii) 

cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo que actúe en nombre o por indicación de una persona jurídica, entidad u organismo a que se refiere el inciso i).

2.  
Las prohibiciones del apartado 1 no se aplicarán a los contratos de seguros obligatorios o de responsabilidad civil a personas, entidades u organismos bielorrusos cuando el riesgo asegurado esté situado en la Unión, ni a la prestación de cobertura aseguradora a las misiones diplomáticas o consulares bielorrusas en la Unión.

▼M46 —————

▼M57

Artículo 1 quaterdecies

Queda prohibido participar de manera consciente y deliberada en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir las prohibiciones establecidas en el presente Reglamento, lo que incluye participar en tales actividades sin perseguir deliberadamente ese objeto o efecto, pero siendo consciente de que dicha participación puede tener ese objeto o efecto y aceptando tal posibilidad.

▼M40

Artículo 1 quindecies

Además de las prohibiciones establecidas en el artículo 1 duodecies, el Banco Europeo de Inversiones (BEI):

a) 

estará sujeto a la prohibición de efectuar cualquier desembolso o pago en virtud de acuerdos vigentes celebrados entre la República de Bielorrusia o cualquiera de sus autoridades públicas y el BEI, o en relación con dichos acuerdos, y

b) 

suspenderá todos los contratos de servicios de asistencia técnica existentes relativos a proyectos financiados al amparo de los acuerdos a que se refiere la letra a), y cuya finalidad sea el beneficio directo o indirecto de la República de Bielorrusia, o de cualquiera de sus autoridades públicas, que fueran a ejecutarse en Bielorrusia.

▼M46

Artículo 1 sexdecies

1.  

Queda prohibido:

a) 

importar en la Unión, directa o indirectamente, los productos de madera que figuran en el anexo X, si:

i) 

son originarios de Bielorrusia, o

ii) 

han sido exportados desde Bielorrusia;

b) 

comprar, directa o indirectamente, los productos de madera que figuran en el anexo X que se hallen en Bielorrusia o sean originarios de dicho país;

c) 

transportar los productos de madera que figuran en el anexo X si son originarios de Bielorrusia o son exportados desde dicho país a cualquier otro;

d) 

proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con las prohibiciones establecidas en las letras a), b) y c).

2.  
Las prohibiciones establecidas en el apartado 1 se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 4 de junio de 2022, de los contratos celebrados antes del 2 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos.

Artículo 1 septdecies

1.  

Queda prohibido:

a) 

importar en la Unión, directa o indirectamente, los productos de cemento que figuran en el anexo XI, si:

i) 

son originarios de Bielorrusia, o

ii) 

han sido exportados desde Bielorrusia;

b) 

comprar, directa o indirectamente, los productos de cemento que figuran en el anexo XI que se hallen en Bielorrusia o sean originarios de dicho país;

c) 

transportar los productos de cemento que figuran en el anexo XI si son originarios de Bielorrusia o son exportados desde dicho país a cualquier otro;

d) 

proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con las prohibiciones establecidas en las letras a), b) y c).

2.  
Las prohibiciones establecidas en el apartado 1 se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 4 de junio de 2022, de los contratos celebrados antes del 2 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos.

Artículo 1 octodecies

1.  

Queda prohibido:

a) 

importar en la Unión, directa o indirectamente, los productos de hierro y acero que figuran en el anexo XII, si:

i) 

son originarios de Bielorrusia, o

ii) 

han sido exportados desde Bielorrusia;

b) 

comprar, directa o indirectamente, los productos de hierro y acero que figuran en el anexo XII que se hallen en Bielorrusia o sean originarios de dicho país;

c) 

transportar los productos de hierro y acero que figuran en el anexo XII si son originarios de Bielorrusia o son exportados desde dicho país a cualquier otro;

d) 

proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con las prohibiciones establecidas en las letras a), b) y c).

2.  
Las prohibiciones establecidas en el apartado 1 se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 4 de junio de 2022, de los contratos celebrados antes del 2 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos.

Artículo 1 novodecies

1.  

Queda prohibido:

a) 

importar en la Unión, directa o indirectamente, los productos de caucho que figuran en el anexo XIII, si:

i) 

son originarios de Bielorrusia, o

ii) 

han sido exportados desde Bielorrusia;

b) 

comprar, directa o indirectamente, los productos de caucho que figuran en el anexo XIII que se hallen en Bielorrusia o sean originarios de dicho país;

c) 

transportar los productos de caucho que figuran en el anexo XIII si son originarios de Bielorrusia o son exportados desde dicho país a cualquier otro;

d) 

proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con las prohibiciones establecidas en las letras a), b) y c).

2.  
Las prohibiciones establecidas en el apartado 1 se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 4 de junio de 2022, de los contratos celebrados antes del 2 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos.

▼M57

Artículo 1 novodecies bis

1.  
Queda prohibido comprar, importar o transferir a la Unión, directa o indirectamente, productos que permitan a Bielorrusia diversificar sus fuentes de ingresos, posibilitando así su participación en la agresión rusa contra Ucrania, incluidos en la lista del anexo XXVII, si son originarios de Bielorrusia o se exportan desde ese país.
2.  

Queda prohibido:

a) 

prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios en relación con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, en relación con la prohibición establecida en el apartado 1;

b) 

prestar financiación o asistencia financiera en relación con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 para cualquier operación de compra, importación o transferencia de dichos productos y tecnología, o para prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios conexos, directa o indirectamente, en relación con la prohibición establecida en el apartado 1.

3.  
La prohibición establecida en el apartado 1 no se aplicará a las compras en Bielorrusia que sean necesarias para el funcionamiento de las representaciones diplomáticas y consulares de la Unión y de los Estados miembros, incluidas las delegaciones, embajadas y misiones, o para el uso personal de nacionales de los Estados miembros y de sus familiares más cercanos.
4.  
Las autoridades competentes de un Estado miembro podrán permitir la importación de productos que estén destinadas al uso estrictamente personal de personas físicas que viajen a la Unión o de sus familiares directos, siempre que se trate de efectos personales que sean propiedad de dichas personas y no estén destinados manifiestamente a la venta.
5.  

Las autoridades competentes podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la entrada en la Unión de vehículos de motor con el código NC 8703 que no estén destinados a la venta y sean propiedad de:

a) 

un ciudadano de un Estado miembro o de un familiar directo suyo que resida en Bielorrusia y conduzca el vehículo hacia la Unión para un uso estrictamente personal, o

b) 

un ciudadano de Bielorrusia que sea titular de un visado o permiso de residencia válido que permita la entrada en la Unión y conduzca el vehículo hacia la Unión para un uso estrictamente personal.

6.  
La prohibición establecida en el apartado 1 no se aplicará a la entrada en la Unión de vehículos de motor clasificados en el código NC 8703, siempre que tengan una placa de matrícula de vehículo diplomático y sean necesarios para el funcionamiento de las representaciones diplomáticas y consulares, incluidas las delegaciones, embajadas y misiones, o de organizaciones internacionales que gocen de inmunidad de conformidad con el Derecho internacional, o para el uso privado de su personal y de sus familiares más cercanos.
7  
La prohibición establecida en el apartado 1 no impedirá que los vehículos que ya se encuentren en el territorio de la Unión a 1 de julio de 2024 se matriculen en un Estado miembro.
8.  
La prohibición establecida en el apartado 1 no se aplicará a la entrada en la Unión de vehículos clasificados en el código NC 8703 destinados exclusivamente a fines humanitarios, incluida la evacuación o repatriación de personas, ni al transporte de pasajeros titulares de un certificado expedido por un Estado miembro que acredite que viajan a ese Estado miembro en el marco de iniciativas de apoyo a las víctimas de catástrofes naturales, nucleares o químicas.
9.  
Las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 respecto de los productos incluidos en la lista del anexo XXVII no se aplicarán a la ejecución, hasta el 2 de octubre de 2024, de los contratos celebrados antes del 1 de julio de 2024, ni a la de los contratos accesorios necesarios para la ejecución de dichos contratos.
10.  
Como excepción a lo dispuesto en los apartados 1 y 2, las autoridades competentes podrán autorizar la compra, importación o transferencia de los productos incluidos en la lista del anexo XXVII o la prestación de la asistencia técnica y financiera conexa, en las condiciones que consideren apropiadas, tras haber determinado que es necesario para la creación, el funcionamiento, el mantenimiento, el suministro y retratamiento de combustible, y la seguridad de las capacidades nucleares civiles, así como para la continuación del diseño, la construcción y la puesta en servicio necesarios para la finalización de instalaciones nucleares civiles, el suministro de material precursor para la producción de radioisótopos médicos y aplicaciones médicas similares, o la tecnología crítica para el control de las radiaciones ambientales, así como para la cooperación nuclear civil, en particular en el ámbito de la investigación y el desarrollo.
11.  
Como excepción a lo dispuesto en los apartados 1 y 2, las autoridades competentes podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la importación o transferencia de productos que estuvieran físicamente situados en Bielorrusia antes de la entrada en vigor de la prohibición pertinente con respecto a dichos productos, clasificados en los códigos NC 8471, 8523, 8536 y 9027, incluidos en la lista del anexo XXVII, o la prestación de la asistencia técnica y financiera conexa, tras haber determinado que dichos productos son componentes de productos sanitarios y se introducen en la Unión para el mantenimiento, la reparación o la devolución de componentes defectuosos.
12.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida en virtud de los apartados 10 y 11 en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

Artículo 1 novodecies ter

1.  
Queda prohibido comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, oro, tal como se incluyen en la lista del anexo XXI, que sea originario de Bielorrusia y haya sido exportado desde Bielorrusia a la Unión o a cualquier tercer país después del 1 de julio de 2024.
2.  
Queda prohibido comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, los productos incluidos en la lista del anexo XXI transformados en un tercer país con incorporación de los productos prohibidos en el apartado 1.
3.  
Queda prohibido comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, oro, tal como se incluye en la lista del anexo XXII, que sea originario de Bielorrusia y haya sido exportado desde Bielorrusia a la Unión después del 1 de julio de 2024.
4.  

Queda prohibido:

a) 

prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios en relación con los productos a que se refieren los apartados 1, 2 y 3, y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos, directa o indirectamente, en relación con las prohibiciones establecidas en dichos apartados, o

b) 

prestar financiación o asistencia financiera en relación con los productos a que se refieren los apartados 1, 2 y 3 para cualquier operación de compra, importación o transferencia de dichos productos, o para prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios conexos, directa o indirectamente, en relación con las prohibiciones establecidas en dichos apartados.

5.  
Las prohibiciones establecidas en los apartados 1, 2 y 3 no se aplicarán al oro que sea necesario para los fines oficiales de las misiones diplomáticas, oficinas consulares u organizaciones internacionales en Bielorrusia que gocen de inmunidad conforme al Derecho internacional.
6.  
La prohibición establecida en el apartado 3 no se aplicará a los productos incluidos en la lista del anexo XXII destinados al uso personal de personas físicas que viajen a la Unión o de sus familiares más cercanos que viajen con ellas, que sean propiedad de dichas personas y no estén destinados a la venta.
7.  
Como excepción a lo dispuesto en los apartados 1, 2 y 3, las autoridades competentes podrán autorizar la transferencia o importación de bienes culturales dados en préstamo en el marco de la cooperación cultural oficial con Bielorrusia.

Artículo 1 novodecies quater

1.  
Queda prohibido, a partir del 1 de julio de 2024, comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, diamantes y productos que incorporen diamantes, incluidos en las listas de las partes A, B y C del anexo XXIX, que sean originarios de Bielorrusia o hayan sido exportados desde Bielorrusia a la Unión o a cualquier tercer país.
2.  
Queda prohibido, a partir del 1 de julio de 2024 comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, diamantes y productos que incorporen diamantes, incluidos en las listas de las partes A, B y C del anexo XXIX, de cualquier origen, si han transitado a través del territorio de Bielorrusia.
3.  

Queda prohibido:

a) 

prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios en relación con los bienes y productos a que se refieren los apartados 1 y 2, y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos bienes y productos, directa o indirectamente, en relación con las prohibiciones establecidas en dichos apartados;

b) 

prestar financiación o asistencia financiera en relación con los bienes y productos a que se refieren los apartados 1 y 2 para cualquier operación de compra, importación o transferencia de dichos bienes y productos, o para prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios conexos, directa o indirectamente, en relación con las prohibiciones establecidas en dichos apartados.

4.  
Las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 no se aplicarán a los bienes y productos incluidos en la lista de la parte C del anexo XXIX destinados al uso personal de personas físicas que viajen a la Unión o de sus familiares más cercanos que viajen con ellas, que sean propiedad de dichas personas y no estén destinados a la venta.
5.  
Como excepción a lo dispuesto en los apartados 1 y 2, las autoridades competentes podrán autorizar la transferencia o importación de bienes culturales dados en préstamo en el marco de la cooperación cultural oficial con Bielorrusia.

▼M46

Artículo 1 vicies

1.  

Queda prohibido:

a) 

vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, las máquinas que figuran en el anexo XIV, originarias o no de la Unión, a cualquier persona, entidad u organismo sitos en Bielorrusia, o para su utilización en ese país;

b) 

proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con las prohibiciones establecidas en la letra a).

▼M57

1 bis.  
Queda prohibido el tránsito a través del territorio de Bielorrusia de las máquinas que se incluyen en la lista del anexo XIV bis exportadas desde la Unión.

▼M46

2.  

Las prohibiciones establecidas en el apartado 1 no se aplicarán a la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de las máquinas mencionados en el apartado 1 o a la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, para un uso no militar y para un usuario final no militar, que estén destinados a:

a) 

fines humanitarios, emergencias sanitarias, la urgente prevención o mitigación de un acaecimiento que pueda tener una repercusión grave e importante en la salud y seguridad humanas o en el medio ambiente, o como respuesta a catástrofes naturales;

b) 

fines médicos o farmacéuticos;

c) 

el uso temporal en medios informativos;

d) 

actualizaciones de programas informáticos (software);

e) 

su uso como dispositivos de comunicación de consumo;

f) 

garantizar la ciberseguridad y la seguridad de la información de las personas físicas o jurídicas, las entidades o los organismos sitos en Bielorrusia, excepto su Gobierno y las empresas controladas directa o indirectamente por este, o

g) 

el uso personal de las personas físicas que viajan a Bielorrusia, y que se limitan a efectos personales, efectos domésticos, vehículos o herramientas profesionales propiedad de dichas personas físicas y que no están destinados a la venta.

Con excepción de las letras f) y g), el exportador declarará en su declaración aduanera que los productos son exportados con arreglo a la excepción pertinente establecida en el presente apartado y notificará a la autoridad competente del Estado miembro en el que resida o esté establecido el primer uso de la excepción pertinente en un plazo de treinta días a partir de esa primera exportación.

3.  
Las prohibiciones establecidas en el apartado 1 se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 4 de junio de 2022, de los contratos celebrados antes del 2 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos.

▼M57

4.  
Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1, las autoridades competentes podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de las máquinas incluidas en la lista del anexo XIV o la prestación de asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera conexos, incluidos los derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, tras haber determinado que están destinados a las representaciones diplomáticas de la Unión, los Estados miembros y los países socios, incluidas las delegaciones, las embajadas y las misiones diplomáticas, y de las organizaciones internacionales que gocen de inmunidad conforme al Derecho internacional.
5.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida en virtud del apartado 4 en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

▼M55

Artículo 1 vicies bis

1.  
Queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, los productos y tecnología adecuados para su uso en la aviación o la industria espacial que se enumeran en el anexo XVII, sean originarios o no de la Unión, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.

▼M57

1 bis.  
Queda prohibido el tránsito a través del territorio de Bielorrusia de los productos y tecnología adecuados para su uso en la aviación o la industria espacial, incluidos en la lista del anexo XVII, exportados desde la Unión.

▼M55

2.  
Queda prohibido proporcionar seguros y reaseguros, directa o indirectamente, en relación con los productos y tecnología enumerados en el anexo XVII a cualquier persona, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.
3.  
Queda prohibido realizar cualquiera de las actividades siguientes o cualquier combinación de estas: revisión, reparación, inspección, sustitución, modificación o rectificación de defectos de una aeronave o de alguno de sus componentes, con excepción de la inspección prevuelo, en relación con los productos y tecnología enumerados en el anexo XVII, directa o indirectamente, en favor de cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.

▼M57

4.  

Queda prohibido:

a) 

prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios en relación con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país;

b) 

proporcionar financiación o asistencia financiera en relación con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 para cualquier operación de venta, suministro, transferencia o exportación de dichos productos y tecnología, o para prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios conexos, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país, o

c) 

vender, conceder licencias o transferir de cualquier otra forma derechos de propiedad intelectual e industrial o secretos comerciales, así como conceder derechos de acceso o reutilización de cualquier material o información protegidos por derechos de propiedad intelectual e industrial o que constituyan secretos comerciales relacionados con los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país.

▼M55

5.  
Las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 4 no se aplicarán hasta el 4 de septiembre de 2023 a la ejecución de los contratos celebrados antes del 5 de agosto de 2023 o de los contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos.
6.  

No obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 4, las autoridades nacionales competentes podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la ejecución de un arrendamiento financiero de aeronaves celebrado antes del 5 de agosto de 2023, tras haber determinado que:

a) 

es estrictamente necesario para garantizar el reembolso del arrendamiento a una persona jurídica, entidad u organismo que esté establecido o constituido con arreglo al Derecho de un Estado miembro y que no esté sujeto a ninguna de las medidas restrictivas del presente Reglamento, y

b) 

no se pondrá a disposición de la contraparte bielorrusa ningún recurso económico, a excepción de la transmisión de la propiedad de la aeronave tras el reembolso íntegro del arrendamiento financiero.

▼M57

6 bis.  
Como excepción a lo dispuesto en los apartados 1 y 4, las autoridades competentes podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos incluidos en la lista del anexo XVII, o la asistencia técnica, los servicios de intermediación, la financiación o asistencia financiera conexos, tras haber determinado que es necesario para la producción de los productos de titanio necesarios en la industria aeronáutica para los que no se dispone de fuente de suministro alternativa.
6 ter.  
Como excepción a lo dispuesto en el apartado 4, las autoridades competentes podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la prestación de asistencia técnica relacionada con el uso de los productos y tecnología a que se refiere el apartado 1, tras haber determinado que la prestación de dicha asistencia técnica es necesaria para evitar colisiones entre satélites o su reentrada no intencionada en la atmósfera.

▼M55

7.  
No obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 4, las autoridades competentes podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos clasificados con los códigos NC 8517 71 00 , 8517 79 00 y 9026 00 00 que se enumeran en el anexo XVII, o la asistencia técnica, los servicios de intermediación, la financiación o la asistencia financiera conexos, tras haber determinado que son necesarios para fines médicos o farmacéuticos, o para fines humanitarios, tales como prestar asistencia o facilitar la prestación de asistencia, incluidos los productos médicos y los alimentos, o el traslado de trabajadores humanitarios y la asistencia relacionada, o para evacuaciones.

A la hora de decidir sobre las solicitudes de autorización para fines médicos, farmacéuticos o humanitarios de conformidad con el presente apartado, las autoridades nacionales competentes no concederán autorizaciones de exportación a personas físicas o jurídicas, entidades u organismos sitos en Bielorrusia o para su uso en ese país si tienen motivos razonables para creer que el uso final de los productos puede tener carácter militar.

▼M57

7 bis.  
Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1 bis, las autoridades competentes podrán autorizar el tránsito a través del territorio de Bielorrusia de productos y tecnología adecuados para su uso en la aviación o la industria espacial, incluidos en la lista del anexo XVII, tras haber determinado que tales productos o tecnología están destinados a los fines contemplados en los apartados 6 bis, 6 ter y 7.
7 ter.  
Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1 del presente artículo, las autoridades competentes podrán autorizar la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos incluidos en la lista del anexo XVII, cuando los productos estén destinados al uso exclusivo y bajo pleno control del Estado miembro que concede la autorización y con el fin de cumplir sus obligaciones de mantenimiento en zonas que sean objeto de un contrato de arrendamiento a largo plazo entre dicho Estado miembro y Bielorrusia.

▼M55

8.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida en virtud del presente artículo en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.
9.  
La prohibición establecida en el apartado 1 se entenderá sin perjuicio del artículo 1 sexies, apartado 4, letra b), y del artículo 1 septies, apartado 4, letra b).
10.  
La prohibición establecida en el apartado 4, letra a), no se aplicará al intercambio de información destinado a establecer normas técnicas en el marco de la Organización de Aviación Civil Internacional en relación con los productos y la tecnología a que se refiere el apartado 1.

▼M47

Artículo 1 unvicies

1.  
Queda prohibido proporcionar financiación o asistencia financiera públicas para el comercio con Bielorrusia o la inversión en ese país.
2.  

La prohibición establecida en el apartado 1 no se aplicará a:

a) 

los compromisos vinculantes de financiación o de asistencia financiera contraídos antes del 10 de marzo de 2022;

b) 

el suministro de financiación o asistencia financiera públicas por un importe máximo de 10 000 000  EUR por proyecto en beneficio de las pequeñas y medianas empresas establecidas en la Unión, o

c) 

el suministro de financiación o asistencia financiera públicas para el comercio de alimentos, o para fines agrícolas, médicos o humanitarios.

Artículo 1 duovicies

1.  
Queda prohibido aceptar depósitos de nacionales bielorrusos o de personas físicas que residan en Bielorrusia o de personas jurídicas, entidades u organismos establecidos en ese país, si el valor total de los depósitos de la persona física o jurídica, entidad u organismo por entidad de crédito es superior a 100 000  EUR.
2.  
El apartado 1 no se aplicará a los nacionales de un Estado miembro, de un país miembro del Espacio Económico Europeo o de Suiza ni a las personas físicas que dispongan de un permiso de residencia temporal o permanente en un Estado miembro, en un país miembro del Espacio Económico Europeo o en Suiza.
3.  
El apartado 1 no se aplicará a los depósitos que sean necesarios para el comercio transfronterizo no prohibido de bienes y servicios entre la Unión y Bielorrusia.

Artículo 1 tervicies

1.  

Como excepción a lo dispuesto en el artículo 1 duovicies, apartado 1, las autoridades competentes podrán autorizar la aceptación de tales depósitos, en las condiciones que consideren oportunas, tras haber determinado que estos:

a) 

son necesarios para satisfacer las necesidades básicas de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos contemplados en el artículo 5 duovicies, apartado 1, y de los familiares a su cargo, como el pago de alimentos, alquileres o hipotecas, medicamentos y tratamientos médicos, impuestos, primas de seguros y tasas de servicios públicos;

b) 

se destinan exclusivamente al pago de honorarios profesionales razonables o al reembolso de gastos correspondientes a la prestación de servicios jurídicos;

c) 

son necesarios para gastos extraordinarios, siempre y cuando la autoridad competente pertinente haya notificado a las autoridades competentes de los demás Estados miembros y a la Comisión, al menos dos semanas antes de la autorización, los motivos por los cuales considera que debe concederse una autorización específica, o

d) 

son necesarios para fines oficiales de una misión diplomática, oficina consular u organización internacional.

2.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida en virtud del apartado 1, letras a), b) o d), en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

Artículo 1 quatervicies

1.  

Como excepción a lo dispuesto en el artículo 1 duovicies, apartado 1, las autoridades competentes podrán autorizar la aceptación de tales depósitos, en las condiciones que consideren oportunas, tras haber determinado que estos:

a) 

son necesarios para fines humanitarios, tales como prestar o facilitar asistencia, incluidos los productos médicos y los alimentos, o el traslado de trabajadores humanitarios y la asistencia correspondiente, o para evacuaciones, o

b) 

son necesarios para las actividades de la sociedad civil que promuevan directamente la democracia, los derechos humanos o el Estado de Derecho en Bielorrusia.

2.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida en virtud del apartado 1, en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

Artículo 1 quinvicies

1.  
Queda prohibido que los depositarios centrales de valores de la Unión presten cualquier servicio, tal como se define en el anexo del Reglamento (UE) n.o 909/2014, para los valores negociables emitidos después del 12 de abril de 2022 a cualquier nacional bielorruso o persona física que resida en Bielorrusia o a cualquier persona jurídica, entidad u organismo establecido en ese país.
2.  
El apartado 1 no se aplicará a los nacionales de un Estado miembro ni a las personas físicas que dispongan de un permiso de residencia temporal o permanente en un Estado miembro.

Artículo 1 sexvicies

▼M48

1.  
Queda prohibido vender valores negociables denominados en cualquier moneda oficial de un Estado miembro emitidos después del 12 de abril de 2022, o participaciones en organismos de inversión colectiva que ofrezcan exposición a dichos valores, a cualquier nacional bielorruso o persona física que resida en Bielorrusia o a cualquier persona jurídica, entidad u organismo establecido en Bielorrusia.

▼M47

2.  
El apartado 1 no se aplicará a los nacionales de un Estado miembro ni a las personas físicas que dispongan de un permiso de residencia temporal o permanente en un Estado miembro.

Artículo 1 septvicies

Sin perjuicio de las normas aplicables en materia de comunicación de información, confidencialidad y secreto profesional, las entidades de crédito:

a) 

facilitarán a la autoridad nacional competente del Estado miembro en el que estén situadas o a la Comisión, a más tardar el 27 de mayo de 2022, una lista de los depósitos superiores a 100 000  EUR de nacionales bielorrusos o personas físicas residentes en Bielorrusia, o de personas jurídicas, entidades u organismos establecidos en ese país. Facilitarán información actualizada sobre el importe de dichos depósitos cada 12 meses;

b) 

facilitarán a la autoridad nacional competente del Estado miembro en el que estén situadas información sobre los depósitos superiores a 100 000  EUR de nacionales bielorrusos o personas físicas residentes en Bielorrusia que hayan adquirido la nacionalidad de un Estado miembro o derechos de residencia en un Estado miembro a través de un programa de ciudadanía para inversores o de un programa de residencia para inversores.

▼M48

Artículo 1 septvicies bis

1.  
Queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar billetes denominados en cualquier moneda oficial de un Estado miembro a Bielorrusia o a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo de Bielorrusia, incluidos el Gobierno y el Banco Central de Bielorrusia, o para su uso en Bielorrusia.
2.  

La prohibición establecida en el apartado 1 no se aplicará a la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de billetes denominados en cualquier moneda oficial de un Estado miembro siempre que dicha venta, suministro, transferencia o exportación sea necesaria para:

a) 

uso personal de personas físicas que viajen a Bielorrusia o de sus familiares más cercanos que viajen con ellos, o

b) 

fines oficiales de las misiones diplomáticas, las oficinas consulares o las organizaciones internacionales en Bielorrusia que gocen de inmunidad conforme al Derecho internacional.

▼M51

Artículo 1 septvicies ter

1.  
Queda prohibido prestar servicios especializados de mensajería financiera, utilizados para intercambiar datos financieros, a las personas jurídicas, entidades y organismos que figuren en el anexo XV o a cualquier persona jurídica, entidad u organismo establecido en Bielorrusia cuyos derechos de propiedad pertenezcan directa o indirectamente en más del 50 % a una entidad que figure en el anexo XV.
2.  
Para cada persona jurídica, entidad u organismo a que se refiere el anexo XV, la prohibición establecida en el apartado 1 se aplicará a partir de la fecha mencionada en dicho anexo. La prohibición se aplicará a partir de esa misma fecha a toda persona jurídica, entidad u organismo establecido en Bielorrusia cuyos derechos de propiedad pertenezcan directa o indirectamente en más del 50 % a una entidad que figure en el anexo XV.

▼M48

Artículo 1 septvicies quater

1.  
Se prohíbe a las empresas de transporte por carretera establecidas en Bielorrusia transportar mercancías por carretera en el territorio de la Unión, ni siquiera en tránsito.

▼M57

bis.  
La prohibición establecida en el apartado 1 se aplicará al transporte de mercancías en el territorio de la Unión efectuado por empresas de transporte por carretera mediante remolques o semirremolques matriculados en Bielorrusia, también si dichos remolques o semirremolques son remolcados por camiones matriculados en otros países.
ter.  
Queda prohibido dar acceso a cualquier persona jurídica, entidad u organismo establecido en la Unión, perteneciente en un 25 % o más a una persona física o jurídica, una entidad o un organismo bielorrusos, a convertirse en una empresa de transporte por carretera que transporte mercancías por carretera en el territorio de la Unión, ni siquiera en tránsito.
quater.  
Queda prohibido, a partir del 2 de agosto de 2024, que cualquier empresa de transporte por carretera establecida en la Unión después del 8 de abril de 2022, que pertenezca en un 25 % o más a una persona física o jurídica, una entidad o un organismo bielorrusos transporte mercancías por carretera en el territorio de la Unión, ni siquiera en tránsito.
quinquies.  
Las empresas de transporte por carretera establecidas en la Unión, a petición de la autoridad nacional competente del Estado miembro en el que estén establecidas, facilitarán información sobre su estructura de propiedad a dicha autoridad nacional.

▼M48

2.  
La prohibición establecida en el apartado 1 no se aplicará a las empresas de transporte por carretera que transporten correo como servicio universal.

▼M57

bis.  
Los apartados 1 ter y 1 quater no se aplicarán a las empresas de transporte por carretera establecidas en la Unión que pertenezcan en un 25 % o más a nacionales bielorrusos que sean también nacionales de un Estado miembro o que dispongan de un permiso de residencia temporal o permanente en un Estado miembro.

▼M48

3.  

La prohibición establecida en el apartado 1 no se aplicará hasta el 16 de abril de 2022 al transporte de mercancías que haya comenzado antes del 9 de abril de 2022, siempre que el vehículo de la empresa de transporte por carretera:

a) 

ya se encontrara en el territorio de la Unión el 9 de abril de 2022, o

b) 

necesite transitar por la Unión para regresar a Bielorrusia.

▼M57

4.  

Como excepción a lo dispuesto en los apartados 1 y 1 bis, las autoridades competentes de un Estado miembro podrán autorizar el transporte de mercancías efectuado por una empresa de transporte por carretera establecida en Bielorrusia o por cualquier empresa de transporte por carretera cuando se realice mediante remolques o semirremolques matriculados en Bielorrusia, también cuando dichos remolques o semirremolques sean remolcados por camiones matriculados en otros países, si las autoridades competentes hubieran determinado que ese transporte es necesario para:

▼M48

a) 

la compra, la importación o el transporte en la Unión de gas natural y petróleo, incluidos los productos refinados del petróleo, así de como titanio, aluminio, cobre, níquel, paladio y mineral de hierro;

b) 

la compra, la importación o el transporte de productos farmacéuticos, médicos, agrícolas y alimentarios, incluido el trigo, así como aquellos fertilizantes cuya importación, compra y transporte estén permitidos en virtud del presente Reglamento;

c) 

fines humanitarios, o

▼M57

d) 

el funcionamiento de las representaciones diplomáticas y consulares en Bielorrusia, incluidas las delegaciones, embajadas y misiones, o las organizaciones internacionales en Bielorrusia que gocen de inmunidad conforme al Derecho internacional.

▼M48

5.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida con arreglo al apartado 4 en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

▼M15

Artículo 2

1.  
Se inmovilizarán todos los capitales y recursos económicos cuya propiedad, control o tenencia corresponda a las personas físicas o jurídicas, las entidades o los organismos enumerados en el anexo I.
2.  
No se pondrá a disposición directa ni indirecta de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos enumerados en el anexo I, ni se utilizará en su beneficio ningún tipo de capitales o recursos económicos.
3.  
Queda prohibida la participación voluntaria y deliberada en actividades cuyo objeto o efecto directo o indirecto sea la elusión de las medidas mencionadas en los apartados 1 y 2.
4.  
El anexo I constará de una lista de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que, de conformidad con el artículo 4, apartado 1, letra a), de la Decisión 2012/642/PESC del Consejo, de 15 de octubre de 2012, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Belarús ( 7 ), han sido consideradas por el Consejo responsables de graves violaciones de los derechos humanos o de la represión contra la sociedad civil y la oposición democrática, o cuyas actividades perjudiquen gravemente de cualquier otra manera a la democracia o al Estado de Derecho en Belarús, o cualesquiera personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con ellas, así como de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que sean de su propiedad o estén bajo su control.
5.  
El anexo I también constará de una lista de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que el Consejo, de conformidad con el artículo 4, apartado 1, letra a), de la Decisión 2012/642/PESC del Consejo, considera que se benefician del régimen de Lukashenko o lo apoyan, así como de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que estén bajo su control.

▼M28 —————

▼M41

6.  

El anexo I constará asimismo de una lista de:

a) 

personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que el Consejo, de conformidad con el artículo 4, apartado 1, letra c), de la Decisión 2012/642/PESC, considera organizadores o contribuyentes a actividades del régimen de Lukashenko que faciliten:

i) 

el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión, o

ii) 

la transferencia de mercancías prohibidas y la transferencia ilegal de mercancías restringidas, incluidas las mercancías peligrosas, en el territorio de la Unión, y

b) 

personas jurídicas, entidades u organismos que el Consejo, de conformidad con el artículo 4, apartado 1, letra d), de la Decisión 2012/642/PESC, considere personas jurídicas, entidades u organismos de propiedad o bajo control de las personas, entidades u organismos a que se refiere la letra a).

▼M57

7.  
El anexo I constará asimismo de una lista de personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que el Consejo, de conformidad con el artículo 4, apartado 1, letra d), de la Decisión 2012/642/PESC, considere que contribuyen al incumplimiento de la prohibición de elusión de las disposiciones del presente Reglamento o de dicha Decisión o que frustren significativamente de otro modo dichas disposiciones.
8.  
El anexo I incluirá también a las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que estén asociados a las personas, entidades u organismos a que se refieren los apartados 5, 6 y 7.

▼M44

Artículo 2 bis

Las acciones de personas físicas o jurídicas, entidades u organismos no originarán ningún tipo de responsabilidad para dichas personas, entidades u organismos en caso de que ignorasen o no tuviesen motivos fundados para sospechar que sus acciones podrían infringir las medidas establecidas en el presente Reglamento.

▼M4

Artículo 2 ter

1.  
En el ►M15  anexo I ◄ se enumerarán los motivos de la inclusión de personas, entidades y organismos.
2.  
En el ►M15  anexo I ◄ se consignará asimismo, cuando se disponga de ella, la información necesaria para identificar a las personas, entidades y organismos enumerados. En cuanto a las personas naturales, la información podrá incluir nombres y apellidos, alias, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, números de pasaporte y de documento de identidad, sexo, dirección (si se conoce) y función o profesión. Para las personas jurídicas, entidades y organismos, la información podrá incluir nombres, lugar, fecha y número de registro y lugar de actividad.

▼M4

Artículo 3

▼M37

1.  

No obstante lo dispuesto en el artículo 2, las autoridades competentes de los Estados miembros enumeradas en las páginas web consignadas en el anexo II podrán autorizar la liberación o disposición de determinados capitales o recursos económicos inmovilizados, en las condiciones que consideren oportunas, tras haberse cerciorado de que dichos capitales o recursos económicos cumplen alguna de las condiciones siguientes:

a) 

son necesarios para sufragar necesidades básicas de las personas enumeradas en el anexo I y de los familiares a su cargo, tales como el pago de alimentos, alquileres o hipotecas, medicamentos y tratamientos médicos, impuestos, primas de seguros y tasas de servicios públicos;

b) 

se destinan exclusivamente al pago de honorarios profesionales razonables o al reembolso de gastos asociados a la prestación de servicios jurídicos;

c) 

se destinan exclusivamente al pago de tasas o gastos ocasionados por servicios ordinarios de custodia o mantenimiento de capitales o recursos económicos inmovilizados;

▼M44

d) 

se destinan exclusivamente a:

i) 

fines humanitarios, incluida la explotación de vuelos para la evacuación o repatriación de personas, o a iniciativas de apoyo a las víctimas de catástrofes naturales, nucleares o químicas;

ii) 

la explotación de vuelos en el marco de procedimientos de adopción internacional;

iii) 

la explotación de vuelos necesarios para asistir a reuniones con el objetivo de buscar una solución a la crisis de Bielorrusia o de promover los objetivos estratégicos de las medidas restrictivas, o

iv) 

un aterrizaje, despegue o sobrevuelo de emergencia por parte de una compañía aérea de la UE;

▼M37

e) 

son necesarios para tratar asuntos urgentes y claramente identificados en materia de seguridad aérea y previa consulta a la Agencia de Seguridad Aérea de la Unión Europea.

▼M4

2.  
No obstante lo dispuesto en el artículo 2, las autoridades competentes de los Estados miembros enumeradas en las páginas web consignadas en el anexo II podrán autorizar la liberación o disposición de determinados capitales o recursos económicos inmovilizados, en las condiciones que considere oportunas, una vez hayan determinado que dichos capitales o recursos económicos son necesarios para sufragar gastos extraordinarios, siempre y cuando el Estado miembro interesado haya notificado a los demás Estados miembros y a la Comisión, al menos dos semanas antes de que se produzca la autorización, los motivos por los cuales considera que debe concederse una autorización específica.
3.  
Los Estados miembros informarán a los demás Estados miembros y a la Comisión de toda autorización concedida con arreglo a los apartados 1 o 2.

▼M44

Artículo 3 bis

1.  

Como excepción a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, las autoridades competentes podrán autorizar la liberación de determinados capitales o recursos económicos inmovilizados siempre que concurran las siguientes condiciones:

a) 

que los capitales o recursos económicos sean objeto de un laudo arbitral dictado antes de la fecha de inclusión en el anexo I de la persona física o jurídica, entidad u organismo a que se refiere el artículo 2, o de una resolución judicial o administrativa dictada en la Unión o de una resolución judicial dotada de fuerza ejecutiva en el Estado miembro de que se trate, antes o después de dicha fecha;

b) 

que los capitales o recursos económicos vayan a utilizarse exclusivamente para satisfacer las demandas garantizadas por tales resoluciones o reconocidas como válidas en ellas, dentro de los límites establecidos por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a los derechos de los demandantes;

c) 

que la resolución no beneficie a una persona física o jurídica, entidad u organismo enumerado en el anexo I, y

d) 

que el reconocimiento de la resolución no sea contrario al orden público del Estado miembro de que se trate.

2.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida con arreglo al apartado 1 en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

▼B

Artículo 4

1.  

El artículo 2, apartado 2, no se aplicará al abono en las cuentas inmovilizadas:

a) 

de intereses u otros beneficios correspondientes a esas cuentas, o

b) 

de pagos debidos en virtud de contratos, acuerdos u obligaciones que fueron celebrados o que nacieron con anterioridad a la fecha en que dichas cuentas pasaron a estar sujetas a lo dispuesto en el presente Reglamento,

siempre y cuando tales intereses, beneficios y pagos sigan estando sujetos a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1.

2.  
El artículo 2, apartado 2, no impedirá que las instituciones financieras o entidades de crédito de la UE que reciban capitales transferidos por terceros a las cuentas inmovilizadas de las personas, entidades u organismos enumerados los abonen en ellas, siempre y cuando los importes así abonados en dichas cuentas queden también inmovilizados. Las instituciones financieras o entidades de crédito informarán sin demora a las autoridades competentes de dichas transacciones.

▼M8

Artículo 4 bis

No obstante lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, y siempre y cuando el pago sea debido por una persona física o jurídica, entidad u organismo contemplados en el ►M15  anexo I ◄ en virtud de un contrato o acuerdo celebrado por la persona, entidad u organismo en cuestión, o de una obligación que le fuera aplicable, antes de la fecha en la que dicha persona, entidad u organismo hubiera sido relacionado, las autoridades competentes de los Estados miembros, tal como se indican en las páginas web del anexo II, podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la liberación de determinados capitales o recursos económicos inmovilizados, siempre que se cumplan las condiciones siguientes:

i) 

la autoridad competente correspondiente ha determinado que el pago no se efectúa directa o indirectamente a la persona, entidad u organismo enumerados en el ►M15  anexo I ◄ ni en beneficio de los mismos, y

ii) 

el Estado miembro de que se trata ha notificado a los demás Estados miembros y a la Comisión, por lo menos dos semanas antes de la autorización, dicha determinación y su intención de conceder una autorización.

▼M14

Artículo 4 ter

No obstante lo dispuesto en el artículo 2, las autoridades competentes de los Estados miembros mencionadas en los sitios web enumerados en el anexo II podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la liberación o la puesta a disposición de determinados fondos o recursos económicos inmovilizados, tras haber determinado que son necesarios para los fines oficiales de las misiones diplomáticas, oficinas consulares u organizaciones internacionales que gocen de inmunidades con arreglo al Derecho internacional.

▼M57

Artículo 4 quater

Como excepción a lo dispuesto en el artículo 2, las autoridades competentes de un Estado miembro podrán autorizar la liberación de determinados capitales o recursos económicos inmovilizados cuya propiedad, tenencia o control corresponda a personas físicas o jurídicas, entidades u organismos incluidos en la lista del anexo I, o la prestación de servicios a dichas personas físicas o jurídicas, entidades u organismos, en las condiciones que consideren apropiadas y tras haber determinado que es estrictamente necesario para la creación, certificación o evaluación de un cortafuegos que:

a) 

elimine el control que la persona física o jurídica, entidad u organismo incluidos en la lista del anexo I ejerce sobre los activos de una persona jurídica, entidad u organismo no incluido en la lista que esté establecido o constituido con arreglo a la legislación de un Estado miembro y que sea propiedad o esté bajo el control de alguno de aquellos, y

b) 

garantice que no se generen más capitales o recursos económicos en beneficio de la persona física o jurídica, entidad u organismo incluido en la lista.

▼M3

Artículo 5

1.  

Sin perjuicio de las normas aplicables en materia de información, confidencialidad y secreto profesional, las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos:

a) 

proporcionarán inmediatamente a las autoridades competentes indicadas en las páginas web enumeradas en el anexo II, de los Estados miembros en que sean residentes o estén establecidos, toda información que facilite el cumplimiento del presente Reglamento, tal como las cuentas y los importes inmovilizados de conformidad con el artículo 2 y la remitirán a la Comisión, directa o indirectamente, y

b) 

cooperarán con las autoridades competentes indicadas en las páginas web enumeradas en el anexo II en cualquier verificación de esa información.

2.  
Toda información facilitada o recibida de conformidad con el presente artículo solo podrá ser utilizada con la finalidad para la cual haya sido facilitada o recibida.

▼B

Artículo 6

La inmovilización de los capitales y recursos económicos o la negativa a facilitar los mismos llevada a cabo de buena fe, con la convicción de que dicha acción se atiene al presente Reglamento, no dará origen a ningún tipo de responsabilidad por parte de la persona física o jurídica, o de la entidad u organismo, que la ejecute, ni de sus directores o empleados, a menos que se pruebe que los capitales o recursos económicos han sido inmovilizados por negligencia.

▼M47

Artículo 7

1.  

Los Estados miembros y la Comisión se comunicarán mutuamente las medidas adoptadas en aplicación del presente Reglamento y compartirán toda la información pertinente de que dispongan relacionada con el presente Reglamento, y en particular la referente a:

a) 

las autorizaciones concedidas en virtud del presente Reglamento;

b) 

la información recibida en aplicación del artículo 1 septvicies;

▼M57

c) 

los problemas de infracción y ejecución, las sanciones aplicadas en caso de incumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento y las sentencias dictadas por los órganos jurisdiccionales nacionales.

▼M47

2.  
Los Estados miembros se comunicarán inmediatamente entre sí y comunicarán inmediatamente a la Comisión cualquier otra información pertinente de que tengan conocimiento que pueda afectar a la aplicación efectiva del presente Reglamento.
3.  
Cualquier información proporcionada o recibida de conformidad con el presente artículo solo se utilizará a los efectos para los que se haya proporcionado o recibido, incluido el de garantizar la eficacia de las medidas establecidas en el presente Reglamento.

▼M57

4.  
Todo documento que obre en poder del Consejo, la Comisión o el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante») a efectos de garantizar el cumplimiento de las medidas establecidas en el presente Reglamento, o de impedir su vulneración o elusión, estará amparada por el secreto profesional y gozará de la protección que brindan las normas aplicables a las instituciones de la Unión. Dicha protección se aplicará a las propuestas del Alto Representante y la Comisión para la modificación del presente Reglamento y a cualesquiera documentos preparatorios relacionados con ellas.

Se presumirá que la divulgación de cualquiera de los documentos o propuestas a que se refiere el párrafo primero perjudicaría la seguridad de la Unión o de uno o varios de sus Estados miembros o el desarrollo de sus relaciones internacionales.

▼M46

Artículo 8

La Comisión estará facultada para modificar los anexos II y V quater, atendiendo a la información facilitada por los Estados miembros.

▼M4

Artículo 8 bis

1.  
En caso de que el Consejo decida aplicar a una persona física o jurídica, entidad u organismo las medidas contempladas en el artículo 2, apartado 1, modificará en consecuencia el ►M15  anexo I ◄ .
2.  
El Consejo comunicará su decisión, incluyendo los motivos de su inclusión en la lista, a la persona física o jurídica, entidad u organismo a que se refiere el artículo 1, bien directamente, si conoce la dirección, bien mediante la publicación de un aviso, ofreciendo a la persona física o jurídica, entidad u organismo en cuestión la posibilidad de presentar observaciones.
3.  
En caso de que se presenten observaciones o nuevas pruebas de peso, el Consejo reconsiderará su decisión e informará de ello a la persona física o jurídica, entidad u organismo.
4.  
Las listas que figuran en el ►M15  anexo I ◄ se revisarán periódicamente como mínimo cada doce meses.

▼M28 —————

▼M36

Artículo 8 ter

1.  
Queda prohibido que cualquier aeronave operada por compañías aéreas bielorrusas, incluidas las compañías comercializadoras mediante acuerdos de código compartido o de reserva de capacidad, aterrice en el territorio de la Unión, despegue de él o lo sobrevuele.
2.  
El apartado 1 no se aplicará en caso de aterrizaje de emergencia o de sobrevuelo de emergencia.

Artículo 8 quater

1.  
Como excepción a lo dispuesto en el artículo 8 ter, las autoridades competentes de los Estados miembros que figuran en el anexo II podrán autorizar que una aeronave aterrice en territorio de la Unión, despegue de él o lo sobrevuele si dichas autoridades competentes determinasen que tal aterrizaje, despegue o sobrevuelo resulta necesario con fines humanitarios o con cualquier otro fin acorde con los objetivos del presente Reglamento.
2.  
El Estado miembro o los Estados miembros de que se trate informarán a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización que hayan concedido con arreglo al apartado 1.

▼M47

Artículo 8 quater bis

1.  
El gestor de la red encargado de funciones de la red de gestión del tránsito aéreo en el cielo único europeo ayudará a la Comisión y a los Estados miembros a garantizar la aplicación y el cumplimiento del artículo 2, apartado 2, y del artículo 8 ter del presente Reglamento. En particular, el gestor de la red rechazará todos los planes de vuelo presentados por operadores de aeronaves que indiquen su intención de llevar a cabo sobre el territorio de la Unión o de Bielorrusia actividades que constituyan una violación del presente Reglamento, de tal manera que el piloto no esté autorizado a volar.
2.  
El gestor de la red presentará periódicamente a la Comisión y a los Estados miembros, sobre la base del análisis de los planes de vuelo, informes sobre la aplicación del artículo 8 ter.

▼M44

Artículo 8 quinquies

1.  

No se satisfará demanda alguna relacionada con un contrato o transacción cuya ejecución se haya visto afectada, directa o indirectamente, total o parcialmente, por las medidas impuestas por el presente Reglamento, incluidas las demandas de indemnización o cualquier otra demanda de este tipo, tales como una demanda de compensación o una demanda a título de garantía, en particular cualquier demanda que tenga por objeto la prórroga o el pago de un aval, una garantía o una indemnización, en particular garantías o indemnizaciones financieras, independientemente de la forma que adopte, si la presentan:

a) 

personas físicas o jurídicas, entidades u organismos designados que figuran en la lista del anexo I;

▼M47

b) 

las entidades a que se refieren los artículos 1 undecies, 1 duodecies, 1 terdecies y 1 septvicies ter o que figuran en los anexos V, IX y XV;

▼M44

c) 

cualquier otra persona, entidad u organismo bielorruso, incluido el Gobierno bielorruso;

d) 

cualquier persona, entidad u organismo que actúe por mediación o en nombre de una de las personas, entidades u organismos a que se refieren las letras a), b) o c) del presente apartado.

2.  
En cualquier procedimiento de demanda, la carga de la prueba de que el apartado 1 no prohíbe estimar la demanda recaerá en la persona que pretende la ejecución de dicha demanda.
3.  
El presente artículo se entenderá sin perjuicio del derecho de las personas, entidades y organismos a que se refiere el apartado 1 a recurrir por la vía judicial la legalidad del incumplimiento de obligaciones contractuales de conformidad con el presente Reglamento.

▼M57

Artículo 8 quinquies bis

1.  

Como excepción a lo dispuesto en los artículos 1 ter ter, 1 sexies, 1 septies, 1 septies quinquies, 1 octies, 1 octies bis, 1 octies quater, 1 vicies y 1 vicies bis, las autoridades competentes podrán autorizar la venta, el suministro o la transferencia de los productos y tecnologías incluidos en las listas de los anexos V bis, VI, XIV, XVII, XVIII, XX, XXIV y XXV hasta el 31 de diciembre de 2024, cuando tal venta, suministro o transferencia sean estrictamente necesarios para la desinversión en Bielorrusia o la liquidación de actividades comerciales en Bielorrusia, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a) 

los productos y tecnologías sean propiedad de un nacional de un Estado miembro o de una persona jurídica, entidad u organismo que esté establecido o constituido con arreglo al Derecho de un Estado miembro o de personas jurídicas, entidades u organismos establecidos en Bielorrusia que sean propiedad o estén controlados individual o conjuntamente por una persona jurídica, entidad u organismo que esté establecido o constituido con arreglo al Derecho de un Estado miembro, y

b) 

las autoridades competentes que decidan sobre las solicitudes de autorización no tengan motivos razonables para creer que los productos y tecnologías puedan estar destinados a un usuario final militar o tener un uso final militar en Bielorrusia, y

c) 

los productos y tecnologías en cuestión estuvieran físicamente situados en Bielorrusia antes de la entrada en vigor de las prohibiciones pertinentes establecidas en los artículos 1 ter ter, 1 sexies, 1 septies, 1 septies quinquies, 1 octies, 1 octies bis, 1 octies quater, 1 vicies y 1 vicies bis con respecto a dichos productos y tecnologías.

2.  

Como excepción a lo dispuesto en el artículo 1 nonies en lo que respecta a los productos minerales, y en los artículos 1 sexdecies, 1 septdecies, 1 octodecies, 1 novodecies, 1 novodecies bis y 1 novodecies ter, las autoridades competentes podrán autorizar la importación o transferencia de las mercancías incluidas en las listas de los anexos VII, X, XI, XII, XIII, XXI, XXII y XXVII hasta el 31 de diciembre de 2024, cuando dicha importación o transferencia sea estrictamente necesaria para la desinversión en Bielorrusia o la liquidación de actividades comerciales en Bielorrusia, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a) 

los productos sean propiedad de un nacional de un Estado miembro o de una persona jurídica, entidad u organismo que esté establecido o constituido con arreglo al Derecho de un Estado miembro o de personas jurídicas, entidades u organismos establecidos en Bielorrusia que sean propiedad o estén controlados individual o conjuntamente por una persona jurídica, entidad u organismo que esté establecido o constituido con arreglo al Derecho de un Estado miembro, y

b) 

los productos en cuestión estuvieran físicamente situados en Bielorrusia antes de la entrada en vigor de las prohibiciones pertinentes establecidas en el artículo 1 nonies, en lo que respecta a los productos minerales, o en los artículos 1 sexdecies, 1 septdecies, 1 octodecies, 1 novodecies, 1 novodecies bis y 1 novodecies ter en lo que respecta a dichos productos.

3.  

Como excepción a lo dispuesto en el artículo 1 undecies quater, las autoridades competentes podrán autorizar hasta el 31 de diciembre de 2024 la continuación de la prestación de los servicios enumerados en él, cuando dicha prestación de servicios sea estrictamente necesaria para la desinversión en Bielorrusia o la liquidación de actividades comerciales en Bielorrusia, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a) 

tales servicios se presten a las personas jurídicas, entidades u organismos resultantes de la desinversión, y en beneficio exclusivo de estos, y

b) 

las autoridades competentes que decidan sobre las solicitudes de autorización no tengan motivos razonables para considerar que los servicios puedan prestarse, directa o indirectamente, al Gobierno de Bielorrusia o a un usuario final militar o tener un uso final militar en Bielorrusia.

4.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida en virtud de los apartados 1, 2 y 3 en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.
5.  
Todas las autorizaciones a que se refiere el apartado 1 en relación con los productos y tecnologías incluidos en la lista del anexo V bis del presente Reglamento y en el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821 se expedirán por medios electrónicos, siempre que sea posible, en formularios que contengan al menos todos los elementos del modelo C que figura en el anexo V quater del presente Reglamento y en el orden previsto en dicho modelo.

▼M44

Artículo 8 sexies

1.  

El Consejo, la Comisión y el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante») tratarán los datos personales que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones en virtud del presente Reglamento. Dichas funciones incluyen:

a) 

por lo que respecta al Consejo, la elaboración e incorporación de modificaciones del anexo I;

b) 

por lo que respecta al Alto Representante, la elaboración de modificaciones del anexo I;

c) 

por lo que respecta a la Comisión:

i) 

la incorporación del contenido del anexo I a la lista electrónica consolidada de personas, grupos y entidades sujetos a sanciones financieras de la Unión y al mapa interactivo de sanciones, ambos de acceso público;

▼M47

ii) 

el tratamiento de la información sobre las repercusiones de las medidas establecidas en el presente Reglamento, tales como el valor de los fondos inmovilizados, la información sobre los depósitos y la información sobre las autorizaciones concedidas por las autoridades competentes.

▼M44

2.  
El Consejo, la Comisión y el Alto Representante podrán tratar, en su caso, los datos pertinentes relativos a los delitos cometidos por personas físicas incluidas en la lista, a las condenas penales de dichas personas o a las medidas de seguridad referentes a ellas, únicamente en la medida en que sea necesario para elaborar el anexo I.
3.  
A los efectos del presente Reglamento, se designa al Consejo, a la Comisión y al Alto Representante «responsables del tratamiento de datos» en el sentido del artículo 3, apartado 8, del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 8 ), a fin de garantizar que las personas físicas afectadas puedan ejercer sus derechos en virtud del Reglamento (UE) 2018/1725.

▼M57

4.  
Las autoridades competentes de los Estados miembros, incluidas las autoridades de control del cumplimiento, las autoridades aduaneras en el sentido del Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 9 ), las autoridades competentes en el sentido del Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 10 ), de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 11 ) y de la Directiva 2014/65/UE, así como los administradores de registros oficiales en los que se inscriban a las personas físicas, las personas jurídicas, las entidades y los organismos, así como los bienes muebles o inmuebles, tratarán e intercambiarán sin demora información, incluidos los datos personales y, si fuese necesario, la información a que se refiere el artículo 8 undecies, con otras autoridades competentes de su Estado miembro o de otros Estados miembros y con la Comisión, si dicho tratamiento e intercambio son necesarios para el ejercicio de las funciones de la autoridad encargada del tratamiento o de la autoridad receptora en el marco del presente Reglamento, en particular, cuando detecten casos de infracción o elusión, consumadas o en tentativa, de las prohibiciones establecidas en el presente Reglamento. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las normas relativas a la confidencialidad de la información que obra en poder de las autoridades judiciales.

Artículo 8 septies

1.  
A efectos de las prohibiciones de importación de mercancías que impone el presente Reglamento, las autoridades aduaneras podrán conceder el levante de las mercancías establecido en el artículo 5, punto 26, del código aduanero de la Unión, y que se encuentren físicamente en la Unión, siempre que dichas mercancías hayan sido presentadas en aduana de conformidad con el artículo 134 del código aduanero de la Unión antes de la fecha de entrada en vigor de las respectivas prohibiciones de importación o de la fecha de aplicabilidad de dichas prohibiciones, si fuese posterior.
2.  
Se autorizarán todas las etapas de procedimiento necesarias para el correspondiente levante de mercancías a que se refieren los apartados 1 y 5 con arreglo al código aduanero de la Unión.
3.  
Las autoridades aduaneras no autorizarán el levante de las mercancías si tienen motivos razonables para sospechar una elusión y no autorizarán la reexportación de las mercancías a Bielorrusia.
4.  
Los pagos relacionados con tales mercancías serán coherentes con las disposiciones y los objetivos del presente Reglamento, en particular la prohibición de compra.
5.  
Las mercancías que se encuentren físicamente en la Unión y que hayan sido presentadas en aduana antes del 1 de julio de 2024 que hubieran sido interceptadas en aplicación del presente Reglamento podrán ser despachadas por las autoridades aduaneras en las condiciones previstas en los apartados 1 a 4.

Artículo 8 octies

1.  
Al vender, suministrar, transferir o exportar a un tercer país, a excepción de los países incluidos en la lista del anexo V ter bis del presente Reglamento, productos o tecnología incluidos en las listas de los anexos XVI, XVII y XXVIII del presente Reglamento, artículos comunes de alta prioridad incluidos en la lista del anexo XXX del presente Reglamento, o armas de fuego y municiones incluidas en la lista del anexo I del Reglamento (UE) n.o 258/2012, los exportadores prohibirán contractualmente la reexportación a Bielorrusia y la reexportación para su utilización en Bielorrusia.
2.  

El apartado 1 no se aplicará a:

a) 

la ejecución de los contratos relativos a productos clasificados en los códigos NC 8457 10, 8458 11, 8458 91, 8459 61 y 8466 93, enumerados en el anexo XXX;

b) 

la ejecución de los contratos celebrados antes del 1 de julio de 2024 hasta la fecha de su vencimiento.

3.  
El apartado 1 no se aplicará a los contratos públicos celebrados con un poder público de un tercer país o con una organización internacional.
4.  
Los exportadores informarán a la autoridad competente del Estado miembro en el que tengan su residencia o establecimiento, de cualquier contrato público que hayan celebrado que se haya beneficiado de la exención prevista en el apartado 3, en un plazo de dos semanas desde su celebración. El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier información recibida en virtud del presente apartado en el plazo de dos semanas de su recepción.
5.  
En aplicación del apartado 1, los exportadores se asegurarán de que el acuerdo con la contraparte del tercer país contenga medidas correctoras adecuadas para el caso de incumplimiento de una obligación contractual contraída de conformidad con el apartado 1.
6.  
Si la contraparte del tercer país incumple alguna obligación contractual contraída de conformidad con el apartado 1, los exportadores informarán a la autoridad competente del Estado miembro en el que residan o estén establecidos en cuanto tengan conocimiento del incumplimiento.
7.  
Los Estados miembros se informarán mutuamente e informarán a la Comisión sobre los casos detectados de incumplimiento o elusión de una obligación contractual contraída de conformidad con el apartado 1.

Artículo 8 octies bis

1.  

A partir del 2 de enero de 2025, las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos que vendan, suministren, transfieran o exporten artículos comunes de alta prioridad enumerados en el anexo XXX del presente Reglamento:

a) 

adoptarán las medidas adecuadas, proporcionalmente a su naturaleza y tamaño, para detectar y evaluar los riesgos de exportación a Bielorrusia y de exportación con fines de utilización en Bielorrusia de tales productos o tecnología, y garantizarán que esas evaluaciones de riesgos se documenten y se mantengan actualizadas;

b) 

ejecutarán las políticas, los controles y los procedimientos adecuados, proporcionalmente a su naturaleza y tamaño, para mitigar y gestionar de manera efectiva los riesgos de exportación a Bielorrusia y de exportación con fines de utilización en Bielorrusia de tales productos o tecnología, independientemente de que dichos riesgos se hayan detectado a su nivel o a nivel del Estado miembro o de la Unión.

2.  
El apartado 1 no se aplicará a las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos que vendan, suministren o transfieran artículos comunes de alta prioridad enumerados en el anexo XXX solo dentro de la Unión o a países socios enumerados en el anexo V ter bis del presente Reglamento.
3.  
A partir del 2 de enero de 2025, las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos garantizarán que toda persona jurídica, entidad u organismo establecido fuera de la Unión que sea de su propiedad o esté bajo su control y que venda, suministre, transfiera o exporte artículos comunes de alta prioridad enumerados en el anexo XXX aplique los requisitos previstos en el apartado 1, letras a) y b).
4.  
El apartado 3 no se aplicará cuando, por razones que no causaron ellos mismos, una persona física o jurídica, entidad u organismo no pueda ejercer control sobre la persona jurídica, entidad u organismo que sea de su propiedad.

Artículo 8 nonies

Toda persona contemplada en los guiones tercero y cuarto del artículo 10, tendrá derecho a obtener compensación, en un proceso judicial ante los órganos jurisdiccionales competentes del Estado miembro, por los daños, incluidas las costas procesales, que haya sufrido como consecuencia de las demandas interpuestas ante órganos jurisdiccionales de terceros países por las personas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 8 quinquies, apartado 1, letras a), b), c) o d), en relación con cualquier contrato o transacción cuya ejecución se haya visto afectada, directa o indirectamente, total o parcialmente, por las medidas impuestas en virtud del presente Reglamento, siempre que la persona afectada no tenga acceso efectivo a reparación en la jurisdicción pertinente.

Artículo 8 decies

Las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos harán todo lo posible para asegurarse de que cualquier persona jurídica, entidad u organismo establecido fuera de la Unión que posean o controlen no participe en actividades que socaven las medidas restrictivas establecidas en el presente Reglamento.

Artículo 8 undecies

1.  

En consonancia con el respeto de la confidencialidad de las comunicaciones entre abogados y clientes garantizada en el artículo 7 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y, cuando proceda, sin perjuicio de las normas relativas a la confidencialidad de la información que obre en poder de las autoridades judiciales, las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos:

a) 

aportarán toda información que facilite la aplicación del presente Reglamento a la autoridad competente del Estado miembro de residencia o establecimiento, en un plazo de dos semanas a partir de la obtención de dicha información, y

b) 

cooperarán con las autoridades competentes en toda verificación de dicha información.

2.  
A efectos del apartado 1, la confidencialidad de las comunicaciones entre los abogados y sus clientes incluirá las relativas al asesoramiento jurídico prestado por otros profesionales certificados que estén autorizados con arreglo al Derecho nacional para representar a sus clientes en procedimientos judiciales, en la medida en que dicho asesoramiento jurídico se preste en relación con procedimientos judiciales pendientes o futuros.
3.  
El Estado miembro de que se trate transmitirá a la Comisión cualquier información pertinente recibida con arreglo al apartado 1 en un plazo de un mes a partir de su recepción. El Estado miembro de que se trate podrá transmitir anonimizada dicha información de haber sido declarada confidencial por una autoridad investigadora o judicial, en el marco de investigaciones penales o causas penales pendientes.
4.  
Toda información adicional recibida directamente por la Comisión se pondrá a disposición de los Estados miembros.
5.  
Toda información facilitada o recibida de conformidad con el presente artículo se utilizará únicamente para los fines para los que fue facilitada o recibida.

▼B

Artículo 9

▼M57

1.  
Los Estados miembros determinarán el régimen de sanciones, incluidas, en su caso, sanciones penales, aplicable a las infracciones de las disposiciones del presente Reglamento y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar su ejecución. Las sanciones previstas deberán ser efectivas, proporcionadas y disuasorias, y podrán tener en cuenta como factor atenuante la autoinculpación voluntaria respecto de incumplimientos de las disposiciones del presente Reglamento, con arreglo al Derecho nacional aplicable. Los Estados miembros establecerán asimismo medidas adecuadas para el decomiso del producto de tales infracciones.

▼B

2.  
Los Estados miembros notificarán sin demora esas normas a la Comisión tras la entrada en vigor del presente Reglamento, así como cualquier modificación posterior.

▼M3

Artículo 9 bis

1.  
Los Estados miembros designarán a las autoridades competentes mencionadas en el artículo 3, en el artículo 4, apartado 2, y en el artículo 5 y las identificarán en las páginas web enumeradas en el anexo II.
2.  
Los Estados miembros notificarán a la Comisión sus autoridades competentes y los datos de contacto de estas a más tardar el 31 de julio de 2008, y notificarán sin demora cualquier modificación posterior.

▼M4

Artículo 9 ter

Siempre que el presente Reglamento estipule que se notifique, informe o comunique algo de otra forma a la Comisión, habrán de utilizarse la dirección y otros datos de contacto indicados en el anexo II.

▼B

Artículo 10

El presente Reglamento se aplicará:

— 
en el territorio de la Comunidad, incluido su espacio aéreo;
— 
a bordo de toda aeronave o buque bajo jurisdicción de un Estado miembro;
— 
a toda persona física, ya se encuentre dentro o fuera del territorio comunitario, que sea nacional de un Estado miembro;
— 
a toda persona jurídica, entidad u organismo establecido o constituido con arreglo a la legislación de un Estado miembro;
— 
a toda persona jurídica, entidad u organismo en relación con cualquier negocio efectuado, en su totalidad o en parte, en la Comunidad.

Artículo 11

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

▼M35




ANEXO I

Lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2, apartado 1

A.   Personas físicas a que se refiere el artículo 2, apartado 1



 

Nombres (Transliteración del bielorruso)

(Transliteración del ruso)

Nombres

(ortografía bielorrusa)

(ortografía rusa)

Datos informativos a efectos de identificación

Motivos de la inclusión en la lista

Fecha de inclusión en la lista

1.

Uladzimir Uladzimiravich NAVUMAU

Vladimir Vladimirovich NAUMOV

Уладзімір Уладзіміравіч НАВУМАЎ

Владимир Владимирович НАУМОВ

Puesto(s): Exministro del Interior; exjefe del Servicio de Seguridad del Presidente

Fecha de nacimiento: 7.2.1956

Lugar de nacimiento: Smolensk, antigua URSS (actualmente Federación de Rusia)

Sexo: masculino

No tomó ninguna iniciativa para investigar el caso sin resolver de las desapariciones de Yuri Zakharenko, Viktor Gonchar, Anatoly Krasovski y Dmitri Zavadski en Bielorrusia en 1999-2000. Exministro del Interior y exjefe del Servicio de Seguridad del Presidente. Fue responsable de la represión de las manifestaciones pacíficas mientras ejerció el cargo de ministro del Interior y hasta su jubilación, el 6 de abril de 2009, por motivos de salud. La Administración Presidencial le concedió una residencia en el distrito de Drozdy, en Minsk, reservado para la nomenclatura. En octubre de 2014, el presidente Lukashenko le concedió la Orden del Mérito (grado III).

24.9.2004

▼M45

2.

Dzmitry Valerievich PAULICHENKA

Dmitri Valerievich PAVLICHENKO (Dmitriy Valeriyevich PAVLICHENKO)

Дзмiтрый Валер’евiч ПАЎЛIЧЭНКА

Дмитрий Валериевич ПАВЛИЧЕНКО

Cargo(s): Excomandante de la Unidad Especial de Respuesta Rápida (SOBR)

Comandante de una unidad del OMON

Fecha de nacimiento: 1966

Lugar de nacimiento: Vitebsk/Viciebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Dirección: Asociación de Veteranos de las Fuerzas Especiales del Ministerio del Interior, 111 Mayakovskogo St., 220028 Minsk (Bielorrusia)

Sexo: masculino

Persona clave en las desapariciones sin resolver de Yuri Zakharenko, Viktor Gonchar, Anatoly Krasovski y Dmitri Zavadski en Bielorrusia en 1999-2000. Excomandante de la Unidad Especial de Respuesta Rápida (SOBR) del Ministerio del Interior.

Hombre de negocios, presidente «honorario», Asociación de Veteranos de las Fuerzas Especiales del Ministerio del Interior.

Fue identificado como comandante de una unidad del OMON durante la brutal represión contra los manifestantes que tuvo lugar en Bielorrusia tras las elecciones presidenciales de 2020.

24.9.2004

3.

Viktar Uladzimiravich SHEIMAN (Viktar Uladzimiravich SHEYMAN)

Viktor Vladimirovich SHEIMAN (Viktor Vladimirovich SHEYMAN)

Вiктар Уладзiмiравiч ШЭЙМАН

Виктор Владимирович ШЕЙМАН

Cargo(s): Exjefe de la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 26.5.1958

Lugar de nacimiento: Soltanishki, región/oblast de Hrodna/Grodno, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Dirección: Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia, 38 Karl Marx St., 220016 Minsk (Bielorrusia)

Sexo: masculino

Exjefe de la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia. Responsable de las desapariciones sin resolver de Yuri Zakharenko, Viktor Gonchar, Anatoly Krasovski y Dmitri Zavadski en Bielorrusia en 1999-2000. Exsecretario del Consejo de Seguridad. Sheiman sigue siendo asistente o asesor especial del presidente.

Sigue siendo un miembro influyente y activo del régimen de Lukashenka.

24.9.2004

▼M35

4.

Iury Leanidavich SIVAKAU (Yuri Leanidavich SIVAKAU, SIVAKOU)

Iury (Yuri) Leonidovich SIVAKOV

Юрый Леанідавіч СІВАКАЎ, СІВАКОЎ

Юрий Леонидович СИВАКОВ

Puesto(s): Exministro del Interior; ex director adjunto de la Administración Presidencial

Fecha de nacimiento: 5.8.1946

Lugar de nacimiento: Onor, región/oblast de Sajalín, antigua URSS (actualmente Federación de Rusia)

Dirección: Asociación Bielorrusa de Veteranos de las Fuerzas Especiales del Ministerio del Interior "Honor", Calle Mayakovskogo 111, Minsk 220028, Bielorrusia

Sexo: masculino

Orquestó las desapariciones sin resolver de Yuri Zakharenko, Viktor Gonchar, Anatoly Krasovski y Dmitri Zavadski en Bielorrusia en 1999-2000. Exministro de Turismo y Deportes, exministro del Interior y ex director adjunto de la Administración Presidencial.

24.9.2004

5.

Yuri Khadzimuratavich KARAEU

Yuri Khadzimuratovich KARAEV

Юрый Хаджымуратавіч КАРАЕЎ

Юрий Хаджимуратович КАРАЕВ

Puesto(s): Exministro del Interior; teniente general de la Milicia (fuerza policial); asesor del presidente de la República de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Grodno/Hrodna

Fecha de nacimiento: 21.6.1966

Lugar de nacimiento: Ordzhonikidze, antigua URSS (actualmente Vladikavkaz, Federación de Rusia)

Sexo: masculino

Por su anterior puesto de mando como ministro del Interior, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del Ministerio del Interior tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como asesor del presidente de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Grodno/Hrodna.

2.10.2020

6.

Genadz Arkadzievich KAZAKEVICH

Gennadi Arkadievich KAZAKEVICH

Генадзь Аркадзьевіч КАЗАКЕВІЧ

Геннадий Аркадьевич КАЗАКЕВИЧ

Puesto(s): Ex viceministro primero del Interior; viceministro del Interior,

jefe de la Milicia Criminal, coronel de la Milicia (fuerza policial)

Fecha de nacimiento: 14.2.1975

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su anterior puesto de mando como viceministro primero del Interior, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del Ministerio del Interior tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como viceministro del Interior. Conserva su cargo de jefe de la Milicia Criminal.

2.10.2020

7.

Aliaksandr Piatrovich BARSUKOU

Alexander (Alexandr) Petrovich BARSUKOV

Аляксандр Пятровіч БАРСУКОЎ

Александр Петрович БАРСУКОВ

Puesto(s): Ex viceministro del Interior; teniente general de la Milicia (fuerza policial);

sesor del presidente de la República de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Minsk

Fecha de nacimiento: 29.4.1965

Lugar de nacimiento: Distrito de Vetkovski (Vetka), antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su anterior puesto de mando como viceministro del Interior, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del Ministerio del Interior tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como asesor del presidente de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Minsk.

2.10.2020

▼M45

8.

Siarhei Mikalaevich KHAMENKA

Sergei Nikolaevich KHOMENKO

Сяргей Мiкалаевiч ХАМЕНКА

Сергей Николаевич ХОМЕНКО

Cargo(s): Ex vice ministro del Interior, general de división de la Milicia (fuerza policial)

Ministro de Justicia

Fecha de nacimiento: 21.9.1966

Lugar de nacimiento: Yasinovataya, antigua URSS (actualmente Ucrania)

Sexo: masculino

En su anterior cargo directivo —viceministro del Interior—, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del Ministerio del Interior tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como ministro de Justicia.

2.10.2020

▼M35

9.

Yuri Genadzevich NAZARANKA

Yuri Gennadievich NAZARENKO

Юрый Генадзевіч НАЗАРАНКА

Юрий Геннадьевич НАЗАРЕНКО

Puesto(s): Ex viceministro del Interior, excomandante de las Tropas de Interior;

viceministro primero del Interior, director de la Policía de Seguridad Pública, general de división de la Milicia (fuerza policial)

Fecha de nacimiento: 17.4.1976

Lugar de nacimiento: Slonim, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su anterior puesto de mando como viceministro del Interior y comandante de las Tropas de Interior, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del Ministerio del Interior, en particular las Tropas de Interior bajo su mando, tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como viceministro primero del Interior y director de la Policía de Seguridad Pública.

2.10.2020

▼M53

10.

Khazalbek Baktibekavich ATABEKAU

Khazalbek Bakhtibekovich ATABEKOV

Хазалбек Бактiбекавiч АТАБЕКАЎ

Хазалбек Бахтибекович АТАБЕКОВ

Cargo(s): exvicecomandante de las Tropas de Interior

Fecha de nacimiento: 18.3.1967

Sexo: masculino

Por su antiguo cargo de vicecomandante de las Tropas de Interior del Ministerio del Interior, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del Ministerio del Interior, en particular las Tropas de Interior bajo su mando, tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Fue trasladado a la reserva militar en marzo de 2022 por decreto de Aliaksandr Lukashenka. Tiene derecho a llevar uniforme e insignia militar.

2.10.2020

▼M56

11.

Aliaksandr Valerievich BYKAU

Alexander (Alexandr) Valerievich BYKOV

Аляксандр Валер’евiч БЫКАЎ

Александр Валерьевич БЫКОВ

Cargo(s): vicecomandante primero de las Interior Troops, excomandante de la Special Rapid Response Unit (SOBR), teniente coronel

Sexo: masculino

En su anterior cargo de comandante de la Unidad Especial de Respuesta Rápida (Special Rapid Response Unit, SOBR) del Ministerio del Interior, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas de la SOBR tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como vicecomandante primero de las Tropas de Interior (Interior Troops).

2.10.2020

▼M35

12.

Aliaksandr Sviataslavavich SHEPELEU

Alexander (Alexandr) Svyatoslavovich SHEPELEV

Аляксандр Святаслававіч ШЭПЕЛЕЎ

Александр Святославович ШЕПЕЛЕВ

Puesto(s): Jefe del Departamento de Seguridad y Protección, Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 14.10.1975

Lugar de nacimiento: municipio de Rublevsk, distrito de Kruglyanskiy, región/oblast de Mogilev/Mahiliou, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su alto cargo como jefe del Departamento de Seguridad y Protección del Ministerio del Interior, está implicado en la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del Ministerio del Interior tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

2.10.2020

13.

Dzmitry Uladzimiravich BALABA

Dmitry Vladimirovich BALABA

Дзмітрый Уладзіміравіч БАЛАБА

Дмитрий Владимирович БАЛАБА

Puesto(s): Jefe del OMON (Destacamento Policial para Fines Especiales) para el Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk

Fecha de nacimiento: 1.6.1972

Lugar de nacimiento: municipio de Gorodilovo, región/oblast de Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su puesto de mando en las fuerzas del OMON en Minsk, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del OMON en Minsk tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

2.10.2020

14.

Ivan Uladzimiravich KUBRAKOU

Ivan Vladimirovich KUBRAKOV

Іван Уладзіміравіч КУБРАКОЎ

Иван Владимирович КУБРАКОВ

Puesto(s): Exdirector de la Dirección Principal de Asuntos de Interior del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk;

Ministro del Interior, general de división de la Milicia (fuerza policial)

Fecha de nacimiento: 5.5.1975

Lugar de nacimiento: municipio de Malinovka, región/oblast de Mogilev/Mahiliou, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su anterior cargo como director de la Dirección Principal de Asuntos de Interior del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas policiales tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos de manifestantes pacíficos y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como ministro del Interior.

2.10.2020

15.

Maxim Aliaksandravich GAMOLA (HAMOLA)

Maxim Alexandrovich GAMOLA

Максім Аляксандравіч ГАМОЛА

Максим Александрович ГАМОЛА

Puesto(s): Exdirector del Departamento de Policía del distrito de Moskovski (Minsk);

Director adjunto del Departamento de Policía de la Ciudad de Minsk, director de la Policía Criminal

Sexo: masculino

Por su anterior cargo como director del Departamento de Policía del distrito de Moskovski (Minsk), es responsable de la campaña de intimidación y represión ejercida en dicho distrito contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y malos tratos, incluidas torturas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como director adjunto del Departamento de Policía de la Ciudad de Minsk y director de la Policía Criminal.

2.10.2020

▼M45

16.

Aliaksandr Mikhailavich ALIASHKEVICH

Alexander Mikhailovich ALESHKEVICH

Аляксандр Мiхайлавiч АЛЯШКЕВIЧ

Александр Михайлович АЛЕШКЕВИЧ

Cargo(s): Ex vice director primero del Servicio de Asuntos Internos del distrito de Moskovsky (Minsk), director de la Policía Criminal

Director del Servicio de Asuntos Internos del distrito de Leninsky, Minsk

Sexo: masculino

En su cargo anterior —vicedirector primero del Servicio de Asuntos Internos del distrito de Moskovsky (Minsk), y director de la Policía Criminal—, fue responsable de la campaña de intimidación y represión ejercida en dicho distrito contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y malos tratos, incluidas torturas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como director del Servicio de Asuntos Internos del distrito de Leninsky, Minsk.

2.10.2020

▼M53

17.

Andrei Vasilievich GALENKA

Andrey Vasilievich GALENKA

Андрэй Васiльевiч ГАЛЕНКА

Андрей Васильевич ГАЛЕНКА

Cargo(s): primer vicedirector del Servicio de Asuntos Internos del distrito de Moskovski (Minsk), director de la Policía de Seguridad Pública

Sexo: masculino

Por su antiguo cargo de vicedirector del Servicio de Asuntos Internos del distrito de Moskovski (Minsk) y director de la Policía de Seguridad Pública, fue responsable de la campaña de intimidación y represión ejercida en dicho distrito contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y malos tratos, incluidas torturas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka y ocupa el cargo de primer vicedirector del Servicio de Asuntos Internos del distrito de Moskovski (Minsk) y director de la Policía de Seguridad Pública.

2.10.2020

▼M45

18.

Aliaksandr Paulavich VASILIEU

Alexander Pavlovich VASILIEV

Аляксандр Паўлавiч ВАСIЛЬЕЎ

Александр Павлович ВАСИЛЬЕВ

Cargo(s): Exdirector del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Gomel/Homyel

Jefe de la Academia del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 24.3.1975

Lugar de nacimiento: Mahiliou/Mogilev, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su cargo anterior —director del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Gomel/Homyel—, fue responsable de la campaña de intimidación y represión ejercida en esa región/oblast contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y malos tratos, incluidas torturas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como jefe de la Academia del Ministerio del Interior.

2.10.2020

19.

Aleh Mikalaevich SHULIAKOUSKI

Oleg Nikolaevich SHULIAKOVSKI

Алег Мiкалаевiч ШУЛЯКОЎСКI

Олег Николаевич ШУЛЯКОВСКИЙ

Cargo(s): Ex vice director primero del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Gomel/Homyel, director de la Policía Criminal

Director del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Brest

Fecha de nacimiento: 26.7.1977

Sexo: masculino

En su cargo anterior —vicedirector primero del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Gomel/Homyel y director de la Policía Criminal—, fue responsable de la campaña de intimidación y represión ejercida en esa región/oblast contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y malos tratos, incluidas torturas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como director del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Brest.

2.10.2020

▼M53

20.

Anatol Anatolievich VASILIEU

Anatoli Anatolievich VASILIEV

Анатоль Анатольевiч ВАСIЛЬЕЎ

Анатолий Анатольевич ВАСИЛЬЕВ

Cargo(s): primer vicedirector del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Gomel/Homyel, director de la Policía de Seguridad Pública

Exvicedirector del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Gomel/Homyel, director de la Policía de Seguridad Pública, exvicepresidente del Comité de Investigación.

Fecha de nacimiento: 26.1.1972

POB: Gomel/Homyel, región/oblast de Gomel/Homyel, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su antiguo de cargo de vicedirector del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Gomel/Homyel y director de la Policía de Seguridad Pública—, fue responsable de la campaña de intimidación y represión ejercida en esa región/oblast contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y malos tratos, incluidas torturas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como primer vicedirector del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Gomel/Homyel, director de la Policía de Seguridad Pública.

2.10.2020

▼M45

21.

Aliaksandr Viachaslavavich ASTREIKA

Alexander Viacheslavovich ASTREIKO

Аляксандр Вячаслававiч АСТРЭЙКА

Александр Вячеславович АСТРЕЙКО

Cargo(s): Exdirector del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Brest, general de división de la Milicia (fuerza policial)

Director del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Minsk

Fecha de nacimiento: 22.12.1971

Lugar de nacimiento: Kapyl, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su cargo anterior —director del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Brest y general de división de la Milicia—, fue responsable de la campaña de intimidación y represión ejercida en esa región/oblast contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y malos tratos, incluidas torturas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como director del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Minsk.

2.10.2020

▼M53

22.

Leanid ZHURAUSKI

Leonid ZHURAVSKI

Леанiд ЖУРАЎСКI

Леонид ЖУРАВСКИЙ

Cargo(s): exjefe del OMON (Destacamento Policial para Fines Especiales) en Vitebsk/Viciebsk

Fecha de nacimiento: 20.9.1975

Sexo: masculino

Por su antiguo cargo de mando en las fuerzas del OMON en Vitebsk/Viciebsk, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por dichas fuerzas en Vitebsk/Viciebsk tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos de manifestantes pacíficos.

2.10.2020

▼M35

23.

Mikhail DAMARNACKI

Mikhail DOMARNATSKY

Міхаіл ДАМАРНАЦКІ

Михаил ДОМАРНАЦКИЙ

Puesto(s): Jefe del OMON (Destacamento Policial para Fines Especiales) en Gomel/Homyel

Sexo: masculino

Por su puesto de mando en las fuerzas del OMON en Gomel/Homyel, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por dichas fuerzas en Gomel tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos de manifestantes pacíficos.

2.10.2020

24.

Maxim MIKHOVICH

Maxim MIKHOVICH

Максім МІХОВІЧ

Максим МИХОВИЧ

Puesto(s): Jefe del OMON (Destacamento Policial para Fines Especiales) en Brest, teniente coronel

Sexo: masculino

Por su puesto de mando en las fuerzas del OMON en Brest, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo dichas fuerzas en Brest tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos de manifestantes pacíficos.

2.10.2020

25.

Aleh Uladzimiravich MATKIN

Oleg Vladimirovitch MATKIN

Алег Уладзіміравіч МАТКІН

Олег Владимирович МАТКИН

Puesto(s): Director del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior, general de división de la Milicia (fuerza policial)

Sexo: masculino

Por su puesto como jefe del Departamento de Corrección Penitenciaria, con autoridad sobre los centros de internamiento del Ministerio del Interior, es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en dichos centros tras las elecciones presidenciales de 2020, y de la brutal represión general de manifestaciones pacíficas.

2.10.2020

26.

Ivan Yurievich SAKALOUSKI

Ivan Yurievich SOKOLOVSKI

Іван Юр’евіч САКАЛОЎСКІ

Иван Юрьевич СОКОЛОВСКИЙ

Puesto(s): Director del centro de detención de Akrestina (Minsk)

Sexo: masculino

Por su puesto como director del centro de detención de Akrestina en Minsk, es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en dicho centro tras las elecciones presidenciales de 2020.

2.10.2020

27.

Valeri Paulavich VAKULCHYK

Valery Pavlovich VAKULCHIK

Валерый Паўлавіч

ВАКУЛЬЧЫК

Валерий Павлович ВАКУЛЬЧИК

Puesto(s): Expresidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB);

ex secretario de Estado del Consejo de Seguridad;

asesor del presidente de la República de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Brest

Fecha de nacimiento: 19.6.1964

Lugar de nacimiento: Radostovo, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su anterior puesto de mando como presidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB), fue responsable de la participación del KGB en la campaña de represión e intimidación ejercida tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos y miembros de la oposición.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como asesor del presidente de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Brest.

2.10.2020

28.

Siarhei Yaugenavich TSERABAU

Sergey Evgenievich TEREBOV

Сяргей Яўгенавіч ЦЕРАБАЎ

Сергей Евгеньевич ТЕРЕБОВ

Puesto(s): Vicepresidente primero del Comité de Seguridad del Estado (KGB)

Fecha de nacimiento: 1972

Lugar de nacimiento: Borisov/Barisaw, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como vicepresidente primero del Comité de Seguridad del Estado (KGB), es responsable de la participación del KGB en la campaña de represión e intimidación ejercida tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos y miembros de la oposición.

2.10.2020

29.

Dzmitry Vasilievich RAVUTSKI

Dmitry Vasilievich REUTSKY

Дзмітрый Васільевіч РАВУЦКІ

Дмитрий Васильевич РЕУЦКИЙ

Puesto(s): Vicepresidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB)

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como vicepresidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB), es responsable de la participación del KGB en la campaña de represión e intimidación ejercida tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos y miembros de la oposición.

2.10.2020

▼M45

30.

Uladzimir Viktaravich KALACH

Vladimir Viktorovich KALACH

Уладзiмiр Вiктаравiч КАЛАЧ

Владимир Викторович КАЛАЧ

Cargo(s): Ex vicepresidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB)

Asesor del presidente de la República de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Minsk

Sexo: masculino

Grado: general de división

En su anterior cargo directivo —vicepresidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB)—, fue responsable de la participación del KGB en la campaña de represión e intimidación ejercida tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos y miembros de la oposición.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como asesor del presidente de la República de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Minsk.

2.10.2020

31.

Alieg Anatolevich CHARNYSHOU

Oleg Anatolievich CHERNYSHEV

Алег Анатольевiч ЧАРНЫШОЎ

Олег Анатольевич ЧЕРНЫШЁВ

Cargo(s): Ex vicepresidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB)

Vicepresidente del praesidium de la Academia Nacional de Ciencias

Sexo: masculino

Grado: general de división

En su anterior cargo directivo —vicepresidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB)—, fue responsable de la participación del KGB en la campaña de represión e intimidación ejercida tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos y miembros de la oposición.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como vicepresidente del praesidium de la Academia Nacional de Ciencias.

2.10.2020

▼M35

32.

Aliaksandr Uladzimiravich KANYUK

Alexander (Alexandr) Vladimirovich KONYUK

Аляксандр Уладзіміравіч КАНЮК

Александр Владимирович КОНЮК

Puesto(s): Antiguo fiscal general de la República de Bielorrusia;

Embajador de la República de Bielorrusia en Armenia

Fecha de nacimiento: 11.7.1960

Lugar de nacimiento: Grodno/Hrodna, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su anterior cargo de fiscal general, fue responsable de la utilización generalizada de procesos penales para inhabilitar a candidatos de la oposición con vistas a las elecciones presidenciales de 2020 y para impedir la participación de personas en el Consejo de Coordinación establecido por la oposición con el objetivo de impugnar el resultado de dichas elecciones.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como embajador de Bielorrusia en Armenia.

2.10.2020

▼M45

33.

Lidzia Mihailauna YARMOSHINA

Lidia Mikhailovna YERMOSHINA

Лiдзiя Мiхайлаўна ЯРМОШЫНА

Лидия Михайловна ЕРМОШИНА

Cargo(s): Expresidenta de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 29.1.1953

Lugar de nacimiento: Slutsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

En su cargo anterior —presidenta de la Comisión Electoral Central (CEC)—, fue responsable de las irregularidades cometidas por esa comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso, y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su dirección organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

▼M35

34.

Vadzim Dzmitryevich IPATAU

Vadim Dmitrievich IPATOV

Вадзім Дзмітрыевіч ІПАТАЎ

Вадим Дмитриевич ИПАТОВ

Puesto(s): Vicepresidente de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 30.10.1964

Lugar de nacimiento: Kolomyia, región/oblast de Ivano-Frankivsk, antigua URSS (actualmente Ucrania)

Sexo: masculino

Como vicepresidente de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su dirección organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

▼M53

35.

Alena Mikalaeuna DMUHAILA

Elena Nikolaevna DMUHAILO

Алена Мiкалаеўна ДМУХАЙЛА

Елена Николаевна ДМУХАЙЛО

Cargo(s): exsecretaria de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 1.7.1971

Sexo: femenino

Por su antiguo cargo de secretaria de la CEC, fue responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su dirección organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

▼M35

36.

Andrei Anatolievich GURZHY

Andrey Anatolievich GURZHIY

Андрэй Анатольевіч ГУРЖЫ

Андрей Анатольевич ГУРЖИЙ

Puesto(s): Miembro de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 10.10.1975

Sexo: masculino

Como miembro del colegio de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

37.

Volga Leanidauna DARASHENKA

Olga Leonidovna DOROSHENKO

Вольга Леанідаўна ДАРАШЭНКА

Ольга Леонидовна ДОРОШЕНКО

Puesto(s): Miembro de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 1976

Sexo: femenino

Como miembro del colegio de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

38.

Siarhei Aliakseevich KALINOUSKI

Sergey Alexeyevich KALINOVSKIY

Сяргей Аляксеевіч КАЛІНОЎСКІ

Сергей Алексеевич КАЛИНОВСКИЙ

Puesto(s): Miembro de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 3.1.1969

Sexo: masculino

Como miembro del colegio de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

▼M56

39.

Sviatlana Piatrouna KATSUBA

Svetlana Petrovna KATSUBO

Святлана Пятроўна КАЦУБА

Светлана Петровна КАЦУБО

Cargo(s): catedrática de Humanidades Sociales y Disciplinas Jurídicas de la Gomel/Homyel State Technical University, exmiembro de la Central Electoral Commission (CEC)

Fecha de nacimiento: 6.8.1959

Lugar de nacimiento: Podilsk, región/oblast de Odessa, antigua URSS, actualmente Ucrania

Sexo: femenino

En su anterior cargo de miembro del colegio de la Comisión Electoral Central (Central Electoral Commission, CEC) fue responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los locales electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como catedrática de Humanidades Sociales y Disciplinas Jurídicas de la Universidad Técnica Estatal de Gomel/Homyel (Gomel/Homyel State Technical University).

2.10.2020

▼M35

40.

Aliaksandr Mikhailavich LASYAKIN

Alexander (Alexandr) Mikhailovich LOSYAKIN

Аляксандр Міхайлавіч ЛАСЯКІН

Александр Михайлович ЛОСЯКИН

Puesto(s): Miembro de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 21.7.1957

Sexo: masculino

Como miembro del colegio de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

▼M56

41.

Igar Anatolievich PLYSHEUSKI

Ihor Anatolievich PLYSHEVSKIY

Iгар Анатольевiч ПЛЫШЭЎСКI

Игорь Анатольевич ПЛЫШЕВСКИЙ

Cargo(s): director gerente de OOO Bergia Group, exmiembro de la Central Electoral Commission (CEC)

Fecha de nacimiento: 19.2.1979

Lugar de nacimiento: Lyuban, antigua URSS, actualmente Bielorrusia

Sexo: masculino

En su anterior cargo de miembro del colegio de la Comisión Electoral Central (Central Electoral Commission, CEC), fue responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los locales electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como director gerente de OOO Bergia Group.

2.10.2020

▼M35

42.

Marina Yureuna RAKHMANAVA

Marina Yurievna RAKHMANOVA

Марына Юр’еўна РАХМАНАВА

Марина Юрьевна РАХМАНОВА

Cargo(s): antiguo miembro de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 26.9.1970

Sexo: femenino

Como antiguo miembro del colegio de la CEC, fue responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

▼M56

43.

Aleh Leanidavich SLIZHEUSKI

Oleg Leonidovich SLIZHEVSKI

Алег Леанiдавiч СЛIЖЭЎСКI

Олег Леонидович СЛИЖЕВСКИЙ

Cargo(s): jefe del Departamento de Asistencia Jurídica del Permanent Committee of the Union State of Belarus and Russia, exmiembro de la Central Electoral Commission (CEC)

Fecha de nacimiento: 16.8.1972

Lugar de nacimiento: Grodno/Hrodna, antigua URSS, actualmente Bielorrusia

Sexo: masculino

En su anterior cargo de miembro del colegio de la Comisión Electoral Central (Central Electoral Commission, CEC), fue responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los locales electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como jefe del Departamento de Asistencia Jurídica del Comité Permanente de la Unión Estatal de Bielorrusia y Rusia (Permanent Committee of the Union State of Belarus and Russia).

2.10.2020

44.

Irina Aliaksandrauna TSELIKAVETS

Irina Alexandrovna TSELIKOVEC

Iрына Аляксандраўна ЦЭЛIКАВЕЦ

Ирина Александровна ЦЕЛИКОВЕЦ

Cargo(s): exmiembro de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 2.11.1976

Lugar de nacimiento: Zhlobin, antigua URSS, actualmente Bielorrusia

Sexo: femenino

En su anterior cargo de miembro del colegio de la Comisión Electoral Central (Central Electoral Commission, CEC), fue responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los locales electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

▼M35

45.

Aliaksandr Ryhoravich LUKASHENKA

Alexander (Alexandr) Grigorievich LUKASHENKO

Аляксандр Рыгоравіч ЛУКАШЭНКА

Александр Григорьевич ЛУКАШЕНКО

Puesto(s): Presidente de la República de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 30.8.1954

Lugar de nacimiento: asentamiento de Kopys, región/oblast de Vitebsk/Viciebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Como presidente de Bielorrusia con autoridad sobre los organismos del Estado, es responsable de la violenta represión llevada a cabo por el aparato del Estado antes y después de las elecciones presidenciales de 2020, en particular mediante la exclusión de candidatos clave de la oposición, detenciones arbitrarias y maltrato de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

6.11.2020

▼M45

46.

Viktar Aliaksandravich LUKASHENKA

Viktor Aleksandrovich LUKASHENKO

Вiктар Аляксандравiч ЛУКАШЭНКА

Виктор Александрович ЛУКАШЕНКО

Cargo(s): Exasesor del presidente en materia de seguridad nacional, miembro del Consejo de Seguridad

Presidente del Comité Olímpico Nacional de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 28.11.1975

Lugar de nacimiento: Mahiliou/Mogilev, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3281175A014PB8

En su cargo anterior —asesor del presidente en materia de seguridad nacional y miembro del Consejo de Seguridad— y en su cargo informal de supervisor de las fuerzas de seguridad de Bielorrusia, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el aparato del Estado tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como presidente del Comité Olímpico Nacional. Fue nombrado presidente del Comité Olímpico Nacional el 26 de febrero de 2021 y, por ello, es responsable del maltrato que sufrió la atleta Krystsina Tsimanouskaya durante los Juegos Olímpicos de verano de 2020 en Tokio a manos de los funcionarios de dicho Comité.

6.11.2020

▼M35

47.

Ihar Piatrovich SERGYAENKA

Igor Petrovich SERGEENKO

Ігар Пятровіч СЕРГЯЕНКА

Игорь Петрович СЕРГЕЕНКО

Puesto(s): Jefe de gabinete de la Administración Presidencial

Fecha de nacimiento: 14.1.1963

Lugar de nacimiento: municipio de Stolitsa, región/oblast de Vitebsk/Viciebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En calidad de jefe de gabinete de la Administración Presidencial, está estrechamente relacionado con el presidente y es responsable de asegurar la ejecución de los poderes presidenciales en el ámbito de la política interior y exterior. Apoya, por tanto, al régimen de Lukashenko, entre otras cosas en lo que respecta a la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el aparato del Estado tras las elecciones presidenciales de 2020.

6.11.2020

48.

Ivan Stanislavavich TERTEL

Ivan Stanislavovich TERTEL

Іван Станіслававіч ТЭРТЭЛЬ

Иван Станиславович ТЕРТЕЛЬ

Puesto(s): Presidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB), expresidente del Comité de Control del Estado

Fecha de nacimiento: 8.9.1966

Lugar de nacimiento: municipio de Privalka/Privalki, región/oblast de Grodno/Hrodna, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como presidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB) y como expresidente del Comité de Control del Estado, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el aparato del Estado tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y maltrato de manifestantes pacíficos, incluidas torturas, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

6.11.2020

▼M45

49.

Raman Ivanavich MELNIK

Roman Ivanovich MELNIK

Раман Iванавiч МЕЛЬНIК

Роман Иванович МЕЛЬНИК

Cargo(s): Exdirector de la Dirección Principal de Protección del Orden Público y Prevención del Ministerio del Interior

Jefe de la Administración del distrito Leninsky de Minsk

Fecha de nacimiento: 29.5.1964

Sexo: masculino

En su anterior cargo directivo —director de la Dirección Principal de Protección del Orden Público y Prevención del Ministerio del Interior—, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el aparato del Estado tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como jefe de la Administración del distrito Leninsky de Minsk.

6.11.2020

50.

Ivan Danilavich NASKEVICH

Ivan Danilovich NOSKEVICH

Iван Данiлавiч НАСКЕВIЧ

Иван Данилович НОСКЕВИЧ

Cargo(s): Expresidente del Comité de Investigación

Reservista del Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 25.3.1970

Lugar de nacimiento: aldea de Cierabličy, región/oblast de Brest, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su anterior cargo directivo —presidente del Comité de Investigación—, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por dicho Comité tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante la apertura de investigaciones contra el Consejo de Coordinación y contra manifestantes pacíficos.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como reservista del Comité de Investigación.

6.11.2020

▼M35

51.

Aliaksey Aliaksandravich VOLKAU

Alexei Alexandrovich VOLKOV

Аляксей Аляксандравіч ВОЛКАЎ

Алексей Александрович ВОЛКОВ

Puesto(s): Ex vicepresidente primero del Comité de Investigación; actualmente presidente del Comité Estatal de Peritaje Forense

Fecha de nacimiento: 7.9.1973

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su anterior puesto de mando como vicepresidente primero del Comité de Investigación, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el Comité tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante la apertura de investigaciones contra el Consejo de Coordinación y contra manifestantes pacíficos.

6.11.2020

52.

Siarhei Yakaulevich AZEMSHA

Sergei Yakovlevich AZEMSHA

Сяргей Якаўлевіч АЗЕМША

Сергей Яковлевич АЗЕМША

Puesto(s): Vicepresidente del Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 17.7.1974

Lugar de nacimiento: Rechitsa, región/oblast de Gomel/Homyel, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como vicepresidente del Comité de Investigación, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el Comité tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante la apertura de investigaciones contra el Consejo de Coordinación y contra manifestantes pacíficos.

6.11.2020

▼M45

53.

Andrei Fiodaravich SMAL

Andrei Fyodorovich SMAL

Андрэй Фёдаравiч СМАЛЬ

Андрей Федорович СМАЛЬ

Cargo(s): Ex vicepresidente del Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 1.8.1973

Lugar de nacimiento: Brest, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su anterior cargo directivo —vicepresidente del Comité de Investigación—, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el Comité tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante la apertura de investigaciones contra el Consejo de Coordinación y contra manifestantes pacíficos.

6.11.2020

▼M35

54.

Andrei Yurevich PAULIUCHENKA

Andrei Yurevich PAVLYUCHENKO

Андрэй Юр’евіч ПАЎЛЮЧЕНКА

Андрей Юрьевич ПАВЛЮЧЕНКО

Puesto(s): Jefe del Centro de Análisis y Operaciones

Fecha de nacimiento: 1.8.1971

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como jefe del Centro de Análisis y Operaciones, está estrechamente relacionado con el presidente y es responsable de la represión contra la sociedad civil, ejercida en concreto mediante la interrupción de la conexión a las redes de comunicación como herramienta de represión de la sociedad civil, los manifestantes pacíficos y los periodistas.

6.11.2020

55.

Ihar Ivanavich BUZOUSKI

Igor Ivanovich BUZOVSKI

Ігар Іванавіч БУЗОЎСКІ

Игорь Иванович БУЗОВСКИЙ

Puesto(s): Viceministro de Información

Fecha de nacimiento: 10.7.1972

Lugar de nacimiento: municipio de Koshelevo, región/oblast de Grodno/Hrodna, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como viceministro de Información, es responsable de la represión ejercida contra la sociedad civil, en particular mediante la decisión del Ministerio de Información de cortar el acceso a sitios web independientes y de limitar el acceso a internet en Bielorrusia tras las elecciones presidenciales de 2020, como herramienta de represión de la sociedad civil, los manifestantes pacíficos y los periodistas.

6.11.2020

56.

Natallia Mikalaeuna EISMANT

Natalia Nikolayevna EISMONT

Наталля Мікалаеўна ЭЙСМАНТ

Наталья Николаевна ЭЙСМОНТ

Puesto(s): Secretaria de prensa del presidente de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 16.2.1984

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Nombre de soltera: Kirsanova (ortografía rusa, Кирсанова) o Selyun (ortografía rusa, Селюн)

Sexo: femenino

En calidad de secretaria de prensa del presidente de Bielorrusia, está estrechamente relacionada con el presidente y es responsable de coordinar las actividades del presidente en los medios de comunicación, en particular de redactar sus declaraciones y organizar sus apariciones públicas. Apoya, por tanto, al régimen de Lukashenko, entre otras cosas en lo que respecta a la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el aparato del Estado tras las elecciones presidenciales de 2020. Concretamente, con sus declaraciones públicas tras las elecciones presidenciales de 2020, en las que defendía al presidente y criticaba a los activistas de la oposición y a los manifestantes pacíficos, contribuyó a comprometer gravemente la democracia y el Estado de Derecho en Bielorrusia.

6.11.2020

57.

Siarhei Yaugenavich ZUBKOU

Sergei Yevgenevich ZUBKOV

Сяргей Яўгенавіч ЗУБКОЎ

Сергей Евгеньевич ЗУБКОВ

Puesto(s): Comandante de la Unidad ALFA

Fecha de nacimiento: 21.8.1975

Sexo: masculino

Por su puesto de mando en las fuerzas de la Unidad ALFA, es responsable de la campaña de represión e intimidación que llevaron a cabo dichas fuerzas tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y maltrato de manifestantes pacíficos, incluidas torturas, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

6.11.2020

58.

Andrei Aliakseevich RAUKOU

Andrei Alexeyevich RAVKOV

Андрэй Аляксеевіч РАЎКОЎ

Андрей Алексеевич РАВКОВ

Puesto(s): Ex secretario de Estado del Consejo de Seguridad;

Embajador de la República de Bielorrusia en Azerbaiyán

Fecha de nacimiento: 25.6.1967

Lugar de nacimiento: municipio de Revyaki, región/oblast de Vitebsk/Viciebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su anterior cargo de secretario de Estado del Consejo de Seguridad, ha estado estrechamente relacionado con el presidente y es responsable de la campaña de represión e intimidación que llevó a cabo el aparato del Estado tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y maltrato de manifestantes pacíficos, incluidas torturas, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como embajador de Bielorrusia en Azerbaiyán.

6.11.2020

59.

Pyotr Piatrovich MIKLASHEVICH

Petr Petrovich MIKLASHEVICH

Пётр Пятровіч МІКЛАШЭВІЧ

Петр Петрович МИКЛАШЕВИЧ

Puesto(s): Presidente del Tribunal Constitucional de la República de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 18.10.1954

Lugar de nacimiento: región/oblast de Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Como presidente del Tribunal Constitucional, es responsable de la decisión del Tribunal Constitucional, adoptada el 25 de agosto de 2020, por la que se legitimaron los resultados de las elecciones fraudulentas. Por consiguiente, ha apoyado y facilitado acciones de la campaña de intimidación y represión del aparato del Estado contra manifestantes pacíficos y periodistas, y es por tanto responsable de comprometer gravemente la democracia y el Estado de Derecho en Bielorrusia.

6.11.2020

60.

Anatol Aliaksandravich SIVAK

Anatoli Alexandrovich SIVAK

Анатоль Аляксандравіч СІВАК

Анатолий Александрович СИВАК

Puesto(s): Vice primer ministro; expresidente del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk

Fecha de nacimiento: 19.7.1962

Lugar de nacimiento: Zavoit, distrito de Narovlya, región/oblast de Gomel/Homyel, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su anterior puesto de mando como presidente del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk, fue responsable de la campaña de represión e intimidación aplicada bajo su supervisión por las autoridades locales de Minsk tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas. Hizo numerosas declaraciones públicas en las que criticaba las protestas pacíficas que se estaban produciendo en Bielorrusia.

En su actual puesto de mando como vice primer ministro sigue apoyando al régimen de Lukashenko.

17.12.2020

61.

Ivan Mikhailavich EISMANT

Ivan Mikhailovich EISMONT

Іван Міхайлавіч ЭЙСМАНТ

Иван Михайлович ЭЙСМОНТ

Puesto(s): Presidente de la Compañía Estatal Bielorrusa de Televisión y Radio, director de Belteleradio

Fecha de nacimiento: 20.1.1977

Lugar de nacimiento: Grodno/Hrodna, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su cargo actual de director de la Compañía Estatal Bielorrusa de Televisión y Radio, es responsable de la difusión de propaganda estatal en los medios de comunicación públicos y sigue apoyando el régimen de Lukashenko, en particular mediante el uso de los canales de los medios de comunicación para apoyar la continuación del mandato del presidente, a pesar del fraude en las elecciones presidenciales que se celebraron el 9 de agosto de 2020, y la represión ejercida posteriormente, de forma violenta y reiterada, contra protestas pacíficas y legítimas.

Eismont hizo declaraciones públicas en las que criticaba a los manifestantes pacíficos y se negó a dar cobertura mediática a las protestas. Asimismo, durante su gestión de Belteleradio despidió a trabajadores de la empresa que estaban en huelga, lo que le convierte en responsable de violaciones de los derechos humanos.

17.12.2020

62.

Uladzimir Stsiapanavich KARANIK

Vladimir Stepanovich KARANIK

Уладзімір Сцяпанавіч КАРАНІК

Владимир Степанович КАРАНИК

Puesto(s): Gobernador de la región/oblast de Grodno/Hrodna, exministro de Sanidad

Fecha de nacimiento: 30.11.1973

Lugar de nacimiento: Grodno/Hrodna, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su anterior puesto de mando como ministro de Sanidad, fue responsable del uso de los servicios sanitarios para reprimir a manifestantes pacíficos, en particular utilizando las ambulancias para trasladar a manifestantes que necesitaban asistencia médica a salas de aislamiento, en lugar de hospitales. Hizo numerosas declaraciones públicas en las que criticaba las protestas pacíficas que se estaban produciendo en Bielorrusia, acusando en una ocasión a un manifestante de estar ebrio.

En su actual puesto de mando como gobernador de la región/oblast de Grodno/Hrodna sigue apoyando al régimen de Lukashenko.

17.12.2020

63.

Natallia Ivanauna KACHANAVA

Natalia Ivanovna KOCHANOVA

Наталля Іванаўна КАЧАНАВА

Наталья Ивановна КОЧАНОВА

Puesto(s): Presidenta del Consejo de la República de la Asamblea Nacional de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 25.9.1960

Lugar de nacimiento: Polotsk, región/oblast de Vitebsk/Viciebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Por su actual puesto de mando como presidenta del Consejo de la República de la Asamblea Nacional de Bielorrusia, es responsable de apoyar las decisiones del presidente en el ámbito de la política interior. Es también responsable de haber organizado las elecciones fraudulentas que se celebraron el 9 de agosto de 2020. Hizo declaraciones públicas en las que defendía la represión brutal que ejercieron las autoridades de seguridad contra manifestantes pacíficos.

17.12.2020

▼M53

64.

Pavel Mikalaevich LIOHKI

Pavel Nikolaevich LIOHKI

Павел Мiкалаевiч ЛЁГКI

Павел Николаевич ЛЁГКИЙ

Cargo(s): ministro consejero en la embajada de Bielorrusia en Moscú, Rusia, exviceministro primero de Información

Fecha de nacimiento: 30.5.1972

Lugar de nacimiento: Baranavichy, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su antiguo cargo de mando como viceministro primero de Información, es responsable de la represión de la sociedad civil, y en particular de la decisión del Ministerio de Información de cortar el acceso a sitios web independientes y de limitar el acceso a internet en Bielorrusia tras las elecciones presidenciales de 2020, como herramienta de represión de la sociedad civil, los manifestantes pacíficos y los periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como ministro consejero en la embajada de Bielorrusia en Moscú, Rusia.

17.12.2020

65.

Ihar Uladzimiravich LUTSKY

Igor Vladimirovich LUTSKY

Iгар Уладзiмiравiч ЛУЦКI

Игорь Владимирович ЛУЦКИЙ

Cargo(s): vicedirector de la Administración Presidencial, exministro de Información.

Fecha de nacimiento: 31.10.1972

Lugar de nacimiento: Stolin, región/oblast de Brest, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su antiguo cargo de mando como ministro de Información, fue responsable de la represión de la sociedad civil, y en particular de la decisión del Ministerio de Información de cortar el acceso a sitios web independientes y de limitar el acceso a internet en Bielorrusia tras las elecciones presidenciales de 2020, como herramienta de represión de la sociedad civil, los manifestantes pacíficos y los periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como vicepresidente de la Administración Presidencial.

17.12.2020

▼M35

66.

Andrei Ivanavich SHVED

Andrei Ivanovich SHVED

Андрэй Іванавіч ШВЕД

Андрей Иванович ШВЕД

Puesto(s): Fiscal general de la República de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 21.4.1973

Lugar de nacimiento: Glushkovichi, región/oblast de Gomel/Homyel, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Como fiscal general es responsable de la continua represión de la sociedad civil y la oposición democrática, y en particular del inicio de numerosos procesos penales contra manifestantes pacíficos, dirigentes de la oposición y periodistas tras las elecciones presidenciales de 2020. También hizo declaraciones públicas en las que amenazaba con castigar a quienes participaran en «concentraciones no autorizadas».

17.12.2020

▼M56

67.

Genadz Andreevich BOGDAN

Gennady Andreievich BOGDAN

Генадзь Андрэевiч БОГДАН

Геннадий Андреевич БОГДАН

Cargo(s): exdirector adjunto de la President Property Management Directorate

Fecha de nacimiento: 8.1.1977

Sexo: masculino

En su anterior cargo de director adjunto de la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia (President Property Management Directorate), supervisa el funcionamiento de numerosas empresas. Este organismo, bajo su mando, proporciona apoyo financiero, material, técnico, social, médico y en materia de vivienda a las autoridades del aparato del Estado y a las autoridades republicanas. Está estrechamente vinculado al presidente y sigue apoyando el régimen de Lukashenka.

17.12.2020

68.

Ihar Paulavich BURMISTRAU

Igor Pavlovich BURMISTROV

Iгар Паўлавiч БУРМIСТРАЎ

Игорь Павлович БУРМИСТРОВ

Cargo(s): exjefe de Estado Mayor y vicecomandante primero de las Internal Troops del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 30.9.1968

Sexo: masculino

En su anterior puesto de mando como vicecomandante primero de las Tropas de Interior (Internal Troops) del Ministerio del Interior, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las Tropas de Interior bajo su mando tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Ha pasado a la reserva militar. Tiene derecho a llevar uniforme e insignia militares.

17.12.2020

69.

Arciom Kanstantinavich DUNKA

Artem Konstantinovich DUNKO

Арцём Канстанцiнавiч ДУНЬКА

Артем Константинович ДУНЬКО

Cargo(s): jefe adjunto de la Oficina Regional de la Vitebsk/Viciebsk Region/Oblast Office del Department of Financial Investigations del State Control Committee, exinspector principal para Asuntos Especiales del Department of Financial Investigations del State Control Committee

Fecha de nacimiento: 8.6.1990

Sexo: masculino

En su anterior puesto de mando como inspector principal para Asuntos Especiales del Departamento de Investigaciones Financieras (Department of Financial Investigations) del Comité de Control del Estado (State Control Committee), fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el aparato del Estado tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante la apertura de investigaciones sobre dirigentes de la oposición y activistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como jefe adjunto de la Oficina Regional de la región/oblast de Vitebsk/Viciebsk (Vitebsk/Viciebsk Region/Oblast Office)del Departamento de Investigaciones Financieras del Comité de Control del Estado.

17.12.2020

▼M45

70.

Aleh Heorhievich KARAZIEI

Oleg Georgievich KARAZEI

Алег Георгiевiч КАРАЗЕЙ

Олег Георгиевич КАРАЗЕЙ

Cargo(s): Exjefe del Servicio de Prevención del Departamento Principal de Cumplimiento de la Ley y Prevención de la Policía de Seguridad Pública del Ministerio del Interior

Profesor asociado en la Academia del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 1.1.1979

Lugar de nacimiento: región/oblast de Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su anterior cargo directivo —jefe del Servicio de Prevención del Departamento Principal de Cumplimiento de la Ley y Prevención de la Policía de Seguridad Pública del Ministerio del Interior—, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas policiales tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios al régimen de Lukashenka como profesor asociado en la Academia del ministro del Interior.

17.12.2020

▼M53

71.

Dzmitry Aliaksandravich KURYAN

Dmitry Alexandrovich KURYAN

Дзмiтрый Аляксандравiч КУРЬЯН

Дмитрий Александрович КУРЬЯН

Cargo(s): jefe adjunto de la milicia pública de la Academia del Ministerio del Interior, coronel de policía, exjefe adjunto del Departamento Principal y exjefe del Departamento de Cumplimiento de la Ley del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 3.10.1974

Sexo: masculino

Por su antiguo cargo de mando como jefe adjunto del Departamento Principal y jefe del Departamento de Cumplimiento de la Ley del Ministerio del Interior, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas policiales tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y maltrato de manifestantes pacíficos, incluidas torturas, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como jefe adjunto de la milicia pública de la Academia del Ministerio del Interior, manteniendo su cargo de coronel de policía.

17.12.2020

▼M35

72.

Aliaksandr Henrykavich TURCHIN

Alexander (Alexandr) Henrihovich TURCHIN

Аляксандр Генрыхавіч ТУРЧЫН

Александр Генрихович ТУРЧИН

Puesto(s): Presidente del Comité Ejecutivo Regional de Minsk

Fecha de nacimiento: 2.7.1975

Lugar de nacimiento: Novogrudok, región/oblast de Grodno/Hrodna, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Como presidente del Comité Ejecutivo Regional de Minsk, es responsable de la supervisión de la administración local, que engloba una serie de comités, y por tanto de apoyar el régimen de Lukashenko.

17.12.2020

▼M53

73.

Dzmitry Mikalaevich SHUMILIN

Dmitry Nikolayevich SHUMILIN

Дзмiтрый Мiкалаевiч ШУМIЛIН

Дмитрий Николаевич ШУМИЛИН

Cargo(s): director adjunto de la Dirección Principal de Protección del Orden Público y Prevención, exdirector adjunto del Departamento de Acontecimientos de Masas del GUVD (Departamento Principal de Asuntos de Interior) del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk.

Fecha de nacimiento: 26.7.1977

Sexo: masculino

Por su antiguo cargo de director adjunto del Departamento de Acontecimientos de Masas del GUVD del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el aparato local tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos de manifestantes pacíficos, incluidas torturas, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Se documentó su participación personal en la detención ilegal de manifestantes pacíficos.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como director adjunto del Departamento de Acontecimientos de Masas del GUVD (Departamento Principal de Asuntos de Interior) del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk

17.12.2020

▼M35

74.

Vital Ivanavich STASIUKEVICH

Vitalyi Ivanovich STASIUKEVICH

Віталь Іванавіч СТАСЮКЕВІЧ

Виталий Иванович СТАСЮКЕВИЧ

Puesto(s): Director adjunto de la Policía de Seguridad Pública en Grodno/Hrodna

Fecha de nacimiento: 5.3.1976

Lugar de nacimiento: Grodno/Hrodna, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Como director adjunto de la Policía de Seguridad Pública en Grodno/Hrodna, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas de la policía local bajo su mando tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Según testigos, supervisó personalmente la detención ilegal de manifestantes pacíficos.

17.12.2020

▼M56

75.

Siarhei Leanidavich KALINNIK

Sergei Leonidovich KALINNIK

Сяргей Леанiдавiч КАЛИННИК

Сергей Леонидович КАЛИННИК

Cargo(s): jefe adjunto de la Policía Judicial en la Main Internal Affairs Directorate del Minsk City Executive Committee, excoronel de policía, jefe del Sovetsky District Police Department of Minsk

Fecha de nacimiento: 23.7.1979

Sexo: masculino

En su anterior cargo de jefe del Departamento de Policía del distrito de Sovetsky en Minsk (Sovetsky District Police Department of Minsk), fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas de la policía local bajo su mando tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Según testigos, supervisó y participó personalmente en la tortura de manifestantes detenidos ilegalmente.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como jefe adjunto de la Policía Judicial en la Dirección Principal de Asuntos Internos (Main Internal Affairs Directorate) del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk (Minsk City Executive Committee).

17.12.2020

▼M35

76.

Vadzim Siarhaevich PRYGARA

Vadim Sergeyevich PRIGARA

Вадзім Сяргеевіч ПРЫГАРА

Вадим Сергеевич ПРИГАРА

Puesto(s): Teniente coronel de la policía, jefe del Departamento de Policía del distrito de Molodechno

Fecha de nacimiento: 31.10.1980

Sexo: masculino

Como jefe del Departamento de Policía del distrito de Molodechno, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas de la policía local bajo su mando tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Según testigos, supervisó personalmente palizas a manifestantes detenidos ilegalmente. Asimismo, realizó numerosas declaraciones despectivas sobre los manifestantes ante los medios.

17.12.2020

▼M45

77.

Viktar Ivanavich STANISLAUCHYK

Viktor Ivanovich STANISLAVCHIK

Вiктар Iванавiч СТАНIСЛАЎЧЫК

Виктор Иванович СТАНИСЛАВЧИК

Cargo(s): Exjefe adjunto del Departamento de Policía del distrito de Sovetsky en Minsk, director de la Policía de Seguridad Pública

Vicedirector primero del Centro de Estudios Avanzados y Especialistas del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 27.1.1971

Sexo: masculino

En su cargo anterior —jefe adjunto del Departamento de Policía del distrito de Sovetsky en Minsk y director de la Policía de Seguridad Pública—, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas de la policía local bajo su mando tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Según testigos, supervisó personalmente la detención de manifestantes pacíficos y palizas a personas detenidas ilegalmente.

Sigue activo en el régimen de Lukashenka como vicedirector primero del Centro de Estudios Avanzados y Especialistas del Ministerio del Interior.

17.12.2020

▼M53

78.

Aliaksandr Aliaksandravich PIETRASH

Alexander (Alexandr) Alexandrovich PETRASH

Аляксандр Аляксандравiч ПЕТРАШ

Александр Александрович ПЕТРАШ

Cargo(s): presidente del Tribunal de Distrito de Tsentralny en Minsk, expresidente del Tribunal de Distrito de Moskovski en Minsk.

Fecha de nacimiento: 16.5.1988

Sexo: masculino

Por su antiguo cargo de presidente del Tribunal de Distrito de Moskovski en Minsk, fue responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa y de la aceptación de declaraciones de falsos testigos durante juicios realizados bajo su supervisión.

Su intervención resultó determinante en la detención de manifestantes, periodistas y dirigentes de la oposición y en la imposición de multas a estas personas tras las elecciones presidenciales de 2020.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como presidente del Tribunal de Distrito de Tsentralny en Minsk.

17.12.2020

▼M35

79.

Andrei Aliaksandravich LAHUNOVICH

Andrei Alexandrovich LAHUNOVICH

Андрэй Аляксандравіч ЛАГУНОВІЧ

Андрей Александрович ЛАГУНОВИЧ

Puesto(s): Juez del Tribunal de Distrito de Sovetsky en Gomel/Homyel

Sexo: masculino

Como juez del Tribunal de Distrito de Sovetsky en Gomel/Homyel, es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, activistas y manifestantes. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

80.

Alena Vasileuna LITVINA

Elena Vasilevna LITVINA

Алена Васільеўна ЛІТВІНА

Елена Васильевна ЛИТВИНА

Puesto(s): Jueza del Tribunal de Distrito de Leninsky en Mogilev/Mahiliou

Sexo: femenino

Como jueza del Tribunal de Distrito de Leninsky en Mogilev/Mahiliou, es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes, en particular de la condena de Siarhei Tsikhanousky, activista de la oposición y marido de la candidata presidencial Svetlana Tsikhanouskaya. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

81.

Victoria Valeryeuna SHABUNYA

Victoria Valerevna SHABUNYA

Вікторыя Валер’еўна ШАБУНЯ

Виктория Валерьевна ШАБУНЯ

Puesto(s): Jueza del Tribunal del Distrito Central en Minsk

Fecha de nacimiento: 27.2.1974

Sexo: femenino

Como jueza del Tribunal del Distrito Central en Minsk, es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes, en particular de la condena de Sergei Dylevsky, miembro del Consejo de Coordinación y dirigente de un comité de huelga. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

82.

Alena Aliaksandravna ZHYVITSA

Elena Alexandrovna ZHYVITSA

Алена Аляксандравна ЖЫВІЦА

Елена Александровна ЖИВИЦА

Puesto(s): Jueza del Tribunal de Distrito de Oktyabrsky en Minsk

Fecha de nacimiento: 9.4.1990

Sexo: femenino

Como jueza del Tribunal de Distrito de Oktyabrsky en Minsk, es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

83.

Natallia Anatolievna DZIADKOVA

Natalia Anatolievna DEDKOVA

Наталля Анатольеўна ДЗЯДКОВА

Наталья Анатольевна ДЕДКОВА

Puesto(s): Jueza del Tribunal de Distrito de Partizanski en Minsk

Fecha de nacimiento: 2.12.1979

Sexo: femenino

Como jueza del Tribunal de Distrito de Partizanski en Minsk, es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes, en concreto de la condena de Mariya Kalesnikava, dirigente del Consejo de Coordinación. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

84.

Maryna Arkadzeuna FIODARAVA

Marina Arkadievna FEDOROVA

Марына Аркадзьеўна ФЁДАРАВА

Марина Аркадьевна ФЕДОРОВА

Puesto(s): Jueza del Tribunal de Distrito de Sovetsky en Minsk

Fecha de nacimiento: 11.9.1965

Sexo: femenino

Como jueza del Tribunal de Distrito de Sovetsky en Minsk, es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

▼M53

85.

Yulia Chaslavauna HUSTYR

Yulia Cheslavovna HUSTYR

Юлiя Чаславаўна ГУСТЫР

Юлия Чеславовна ГУСТЫР

Cargo(s): abogada de la oficina de asistencia jurídica gratuita del distrito de Kastrychnitski en Minsk, exjueza del tribunal de distrito central de Minsk.

Fecha de nacimiento: 14.1.1984

Sexo: femenino

Por su antiguo cargo de jueza del Tribunal del Distrito Central en Minsk, fue responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes, en concreto de la condena de Viktar Babarika, candidato presidencial de la oposición. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como abogada de la oficina de asistencia jurídica gratuita del distrito de Kastrychnitski en Minsk.

17.12.2020

▼M35

86.

Alena Tsimafeeuna NYAKRASAVA

Elena Timofeevna NEKRASOVA

Алена Цімафееўна НЯКРАСАВА

Елена Тимофеевна НЕКРАСОВА

Puesto(s): Jueza del Tribunal de Distrito de Zavodsky en Minsk

Fecha de nacimiento: 26.11.1974

Sexo: femenino

Como jueza del Tribunal de Distrito de Zavodsky en Minsk, es responsable de dictar numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

▼M56

87.

Aliaksandr Vasilevich SHAKUTSIN

Aleksandr Vasilevich SHAKUTIN

Аляксандр Васiльевiч ШАКУЦIН

Александр Васильевич ШАКУТИН

Cargo(s): empresario, presidente de la junta directiva de la sociedad de cartera Amkodor, accionista de SV Maschinen GmbH, UAB EM System, Anulatrans SIA, Amkodor-Tsentr, OOO PMI Inzhiniring

Fecha de nacimiento: 12.1.1959

Lugar de nacimiento: Bolshoe Babino, raión de Orsha, región/oblast de Vitebsk/Viciebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Es uno de los principales empresarios que operan en Bielorrusia; tiene intereses comerciales en los sectores de la construcción, la construcción de maquinaria y la agricultura, entre otros.

Se dice que es una de las personas que más se han beneficiado de la privatización llevada a cabo durante el mandato de Lukashenka como presidente. Asimismo, es un antiguo miembro de la cúpula de la asociación pública de apoyo a Lukashenka «Belaya Rus» y un antiguo miembro del Consejo para el Desarrollo del Espíritu Emprendedor de la República de Bielorrusia.

En julio de 2020 hizo unos comentarios públicos en los que condenó las manifestaciones de la oposición en Bielorrusia y, así, brindó su apoyo a la política de represión del régimen de Lukashenka contra los manifestantes pacíficos, la oposición democrática y la sociedad civil.

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

Mantiene intereses comerciales en Bielorrusia.

17.12.2020

▼M35

88.

Mikalai Mikalaevich VARABEI/VERABEI

Nikolay Nikolaevich VOROBEY

Мiкалай Мiкалаевiч ВАРАБЕЙ/ВЕРАБЕЙ

Николай Николаевич ВОРОБЕЙ

Cargo(s): Empresario, copropietario del grupo Bremino

Fecha de nacimiento: 4.5.1963

Lugar de nacimiento: República Socialista Soviética de Ucrania (actualmente Ucrania)

Sexo: masculino

Es uno de los principales empresarios que operan en Bielorrusia y ha tenido intereses comerciales en los sectores del petróleo, el transporte de carbón y la banca, entre otros.

Es copropietario del grupo Bremino, una empresa que ha disfrutado de reducciones de impuestos y de otras formas de apoyo por parte de la administración bielorrusa. Su empresa BelKazTrans obtuvo el derecho exclusivo para transferir carbón a través de Bielorrusia. En diciembre de 2020 transfirió parte de sus activos a socios comerciales cercanos. Según los medios de comunicación, sigue controlando las empresas Interservice y Oil Bitumen Plant. Mantiene actividades empresariales y estrechas relaciones con las autoridades de Bielorrusia y ha cedido dos coches de lujo a Lukashenka. También tiene intereses comerciales en Ucrania y Rusia.

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

17.12.2020

▼M38

89.

Natallia Mikhailauna BUHUK

Natalia Mikhailovna BUGUK

Наталля Мiхайлаўна БУГУК

Наталья Михайловна БУГУК

Cargo: jueza en el Tribunal de la ciudad de Minsk, exjueza en el Tribunal de Distrito de Fruzensky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 19.12.1989

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su antiguo cargo de jueza en el Tribunal de Distrito de Fruzensky, en Minsk, Natallia Buhuk fue responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas y manifestantes, en concreto de la condena de Katsiaryna Bakhvalava (Andreyeva) y Darya Chultsova. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa y del derecho a un juicio justo durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

Sigue ejerciendo en el régimen de Lukashenka como jueza en el Tribunal de la ciudad de Minsk.

21.6.2021

90.

Alina Siarhieeuna KASIANCHYK

Alina Sergeevna KASYANCHYK

Алiна Сяргееўна КАСЬЯНЧЫК

Алина Сергеевна КАСЬЯНЧИК

Cargo: fiscal de la Fiscalía de la Ciudad de Minsk, ex fiscal asistente del Tribunal del Distrito de Frunzensky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 12.3.1998

Lugar de nacimiento:

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su antiguo cargo de fiscal asistente en el Tribunal de Distrito de Frunzensky, en Minsk, Alina Kasianchyk ha representado al régimen de Lukashenka en causas con motivación política contra periodistas, activistas y manifestantes. En concreto, ha procesado a las periodistas Katsiaryna Bakhvalava (Andreyeva) y Darya Chultsova por grabar protestas pacíficas, presentando los cargos infundados de «conspiración» y «violación del orden público». También ha procesado a miembros de la sociedad civil bielorrusa, por ejemplo por participar en protestas pacíficas y por rendir homenaje a Aliaksandr Taraikousky, manifestante asesinado. Siempre solicita al juez condenas de prisión de larga duración.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

Sigue ejerciendo en el régimen de Lukashenka como titular de la Fiscalía de la ciudad de Minsk.

21.6.2021

91.

Ihar Viktaravich KURYLOVICH

Igor Viktorovich KURILOVICH

Iгар Вiĸтаравiч КУРЫЛОВIЧ,

Игорь Викторович КУРИЛОВИЧ

Investigador jefe del departamento del distrito de Frunzensky del Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 26.9.1990

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de investigador jefe en el Tribunal de Distrito de Fruzensky, en Minsk, Ihar Kurylovich participó en la preparación de una causa penal con motivación política contra las periodistas Katsiaryna Bakhvalava (Andreyeva) y Darya Chultsova. Las periodistas, que grabaron protestas pacíficas, fueron acusadas de violar el orden público y condenadas a dos años de cárcel.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

92.

Siarhei Viktaravich SHATSILA

Sergei Viktorovich SHATILO

Сяргей Віĸтаравіч ШАЦІЛА

Сергей Виĸторович ШАТИЛО

Juez en el Tribunal de Distrito de Sovetsky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 13.8.1989

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de juez del Tribunal de Distrito de Sovetsky, en Minsk, Siarhei Shatsila es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes, en concreto de la condena de Natallia Hersche, Dzmitry Halko y Dzmitry Karatkevich, considerados presos políticos por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

93.

Anastasia Vasileuna ACHALAVA

Anastasia Vasilievna ACHALOVA

Анастасія Васільеўна АЧАЛАВА

Анастасия Васильевна АЧАЛОВА

Jueza en el Tribunal de Distrito de Leninsky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 15.10.1992

Lugar de nacimiento: Minsk (Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de jueza del Tribunal de Distrito de Leninsky, en Minsk, Anastasia Achalava es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, activistas y manifestantes, en concreto de la condena del miembro del Consejo de Coordinación Dzmitry Kruk, así como contra personal sanitarios y personas mayores. Se ha informado de la aceptación de declaraciones de testigos anónimos durante juicios realizados bajo su supervisión.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

94.

Mariya Viachaslavauna YAROKHINA

Maria Viacheslavovna YEROKHINA

Марыя Вячаславаўна ЯРОХІНА

Мария Вячеславовна ЕРОХИНА

Jueza en el Tribunal de Distrito de Frunzensky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 4.7.1987

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de jueza del Tribunal de Distrito de Frunzensky, en Minsk, Mariya Yerokhina es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, militantes sindicales, deportistas y manifestantes, en concreto de la condena del periodista Uladzimir Hrydzin.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

95.

Yuliya Aliaksandrauna BLIZNIUK

Yuliya Aleksandrovna BLIZNIUK

Юлія Аляĸсандраўна БЛІЗНЮК

Юлия Алеĸсандровна БЛИЗНЮК

Vicepresidenta y jueza en el Tribunal de Distrito de Frunzensky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 23.9.1971

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicepresidenta y jueza en el Tribunal de Distrito de Frunzensky, en Minsk, Yuliya Blizniuk es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, activistas y manifestantes, en concreto de la condena de los activistas Artsiom Khvashcheuski, Artsiom Sauchuk y Maksim Pauliushchyk. Estas personas están consideradas presos políticos por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

96.

Anastasia Dzmitreuna KULIK

Anastasia Dmitrievna KULIK

Анастасія Дзмітрыеўна КУЛІК

Анастасия Дмитриевна КУЛИК

Jueza del Tribunal de Distrito de Pervomaisky de Minsk

Fecha de nacimiento: 28.7.1989

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de jueza del Tribunal de Distrito de Pervomaisky de Minsk, Anastasia Kulik es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos, en concreto de la condena de Aliaksandr Zakharevich, considerado preso político por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

97.

Maksim Leanidavich TRUSEVICH

Maxim Leonidovich TRUSEVICH

Маĸсім Леанідавіч ТРУСЕВІЧ

Маĸсим Леонидович ТРУСЕВИЧ

Juez del Tribunal de Distrito de Pervomaisky de Minsk

Fecha de nacimiento: 12.8.1989

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de juez en el Tribunal de Distrito de Pervomaisky, en Minsk, Maxim Trusevich es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa y del derecho a un juicio justo durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

98.

Tatsiana Yaraslavauna MATYL

Tatiana Yaroslavovna MOTYL

Тацяна Яраславаўна МАТЫЛЬ

Татьяна Ярославовна МОТЫЛЬ

Jueza del Tribunal de Distrito de Moskovsky de Minsk

Fecha de nacimiento: 20.1.1968

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de jueza en el Tribunal de Distrito de Moskovsky, en Minsk, Tatsiana Matyl es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes, en concreto de la condena del político de la oposición Mikalai Statkevich y del periodista Alexander Borozenko. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa y del derecho a un juicio justo durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

99.

Aliaksandr Anatolevich RUDZENKA

Aleksandr Anatolevich RUDENKO

Аляĸсандр Анатольевіч РУДЗЕНКА

Алеĸсандр Анатольевич РУДЕНКО

Vicepresidente del Tribunal de Distrito de Oktyabrsky de Minsk

Fecha de nacimiento: 1.12.1981

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicepresidente y juez del Tribunal de Distrito de Oktyabrsky, en Minsk, Aliaksandr Rudzenka es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, activistas y manifestantes, en concreto de sancionar a un manifestante de edad avanzada y con discapacidad, así como de la condena de Lyudmila Kazak, abogada de Mariya Kalesnikava, dirigente de la oposición bielorrusa. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa y del derecho a un juicio justo durante juicios realizados bajo su supervisión.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

100.

Aliaksandr Aliaksandravich VOUK

Aleksandr Aleksandrovich VOLK

Аляĸсандр Аляĸсандравіч ВОЎК

Алеĸсандр Алеĸсандрович ВОЛК

Juez del Tribunal de Distrito de Sovetsky de Minsk

Fecha de nacimiento: 1.8.1979

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de juez del Tribunal de Distrito de Sovetsky de Minsk, Aliaksandr Vouk es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos, en concreto de la condena de las hermanas Anastasia y Victoria Mirontsev, consideradas presas políticas por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa y del derecho a un juicio justo durante juicios realizados bajo su supervisión.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

101.

Volha Siarheeuna NIABORSKAIA

Olga Sergeevna NEBORSKAIA

Вольга Сяргееўна НЯБОРСКАЯ

Ольга Сергеевна НЕБОРСКАЯ

Jueza del Tribunal de Distrito de Oktyabrsky de Minsk

Fecha de nacimiento: 14.2.1991

Lugar de nacimiento:

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de jueza del Tribunal de Distrito de Oktyabrsky, en Minsk, Volha Niaborskaya es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos y periodistas, en concreto de la condena de Sofia Malashevich y Tikhon Kliukach, considerados presos políticos por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

102.

Marina Sviataslavauna ZAPASNIK

Marina Sviatoslavovna ZAPASNIK

Марына Святаславаўна ЗАПАСНІК

Марина Святославовна ЗАПАСНИК

Vicepresidenta del Tribunal de Distrito de Leninsky de Minsk

Fecha de nacimiento: 28.3.1982

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicepresidenta y jueza del Tribunal de Distrito de Leninsky de Minsk, Marina Zapasnik es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos, en concreto de la condena de los activistas Vladislav Zenevich, Olga Pavlova, Olga Klaskovskaya, Viktar Barushka, Sergey Ratkevich, Aleksey Charvinskiy, Andrey Khrenkov, Viktor Aktistov, estudiante, y Maksim Babich, menor de edad. Todas estas personas están reconocidas como presos políticos por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

103.

Maxim Yurevich FILATAU

Maxim Yurevich FILATOV

Максім Юр'евіч Філатаў

Максим Юрьевич ФИЛАТОВ

Juez del Tribunal Municipal de Lida

Fecha de nacimiento:

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de juez del Tribunal Municipal de Lida, Maxim Filatau es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos, en concreto de la condena del activista Vitold Ashurok, reconocido como preso político por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

▼M53

104.

Andrei Vaclavavich HRUSHKO

Andrei Vatslavovich GRUSHKO

Андрэй Вацлававiч ГРУШКО

Андрей Вацлавович ГРУШКО

Cargo: vicepresidente del Tribunal del Distrito Leninsky de Brest, exjuez del Tribunal del Distrito Leninsky de Brest

Fecha de nacimiento: 24.1.1979

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de juez del Tribunal de Distrito de Leninsky de Brest, Andrei Hrushko es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos, en concreto de la condena de activistas, reconocidos como presos políticos, y menores de edad.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

Actualmente ejerce de vicepresidente del Tribunal del Distrito Leninsky de Brest.

21.6.2021

▼M38

105.

Dzmitry Iurevich HARA

Dmitry Iurevich GORA

Дзмітрый Юр'евіч ГАРА

Дмитрий Юрьевич ГОРА

Presidente del Comité de Investigación de Bielorrusia (nombrado el 11 de marzo de 2021)

Antiguo fiscal general adjunto de la República de Bielorrusia (hasta el 11 de marzo de 2021)

Fecha de nacimiento: 4.5.1970

Por su cargo de fiscal general adjunto hasta marzo de 2021, Dzmitry Hara es responsable de causas penales de motivación política contra manifestantes pacíficos, miembros de la oposición, periodistas, sociedad civil y ciudadanos de a pie. Dmitry Gora también ha participado en la apertura de un proceso penal de motivación política contra Siarhei Tsikhanousky, activista de la oposición y marido de la candidata presidencial Svetlana Tsikhanouskaya.

21.6.2021

 

 

 

Lugar de nacimiento: Tiflis, antigua República Socialista Soviética de Georgia (actualmente Georgia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de jefe de la Comisión Intergubernamental creada por la Fiscalía General para investigar reclamaciones de los ciudadanos por abusos de poder de miembros de las fuerzas policiales, Dzmitry Hara es responsable de la inacción de dicha institución, ya que no se conoce ningún caso de investigación, a pesar de la solicitud de apertura de causas penales por uso de la violencia, malos tratos y tortura.

Desde marzo de 2021 es presidente del Comité de Investigación de Bielorrusia. Por su cargo, es responsable del procesamiento de defensores de los derechos humanos y participantes en protestas pacíficas.

 

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

106.

Aliaksei Kanstantsinavich STUK

Alexey Konstantinovich STUK

Аляĸсей Канстанцінавіч СТУК

Алеĸсей Константинович СТУК

Fiscal general adjunto de la República de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 1959

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de fiscal general adjunto, Aliaksei Stuk es responsable de causas penales de motivación política contra la oposición, periodistas, sociedad civil y ciudadanos de a pie. Es responsable del endurecimiento del control por la Fiscalía de las actividades ciudadanas en lugares públicos y lugares de trabajo, y es responsable de la atribución de obligaciones legales excesivas a los participantes en protestas pacíficas. Ha declarado públicamente que la Fiscalía General trataría de identificar las asociaciones ciudadanas «ilegales» y poner fin a sus actividades.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

107.

Genadz Iosifavich DYSKO

Gennadi Iosifovich DYSKO

Генадзь Іосіфавіч ДЫСКО

Геннадий Иосифович ДЫСКО

Fiscal general adjunto de la República de Bielorrusia, consejero de Estado de Justicia de tercera clase Fecha de nacimiento: 22.3.1964

Lugar de nacimiento: Oshmyany, región de Hrodna, (antigua URSS) actualmente Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de fiscal general adjunto, Genadz Dysko es responsable de causas penales de motivación política contra la oposición, periodistas, sociedad civil y ciudadanos de a pie. También ha participado en la apertura de un proceso penal de motivación política contra Siarhei Tsikhanousky, activista de la oposición y marido de la candidata presidencial Svetlana Tsikhanouskaya.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

108.

Sviatlana, Anatoleuna LYUBETSKAYA

Svetlana Anatolevna LYUBETSKAYA

Святлана Анатольеўна ЛЮБЕЦКАЯ

Светлана Анатольевна ЛЮБЕЦКАЯ

Miembro de la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional de la República de Bielorrusia, presidenta de la Comisión Permanente de Justicia

Fecha de nacimiento: 3.6.1971

Lugar de nacimiento: antigua URSS (actualmente Ucrania)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de presidenta de la Comisión de Justicia del Parlamento, Sviatlana Lyubetskaya es responsable de la adopción del nuevo Código de Infracciones Administrativas (en vigor desde el 1 de marzo de 2021) que autoriza las detenciones arbitrarias y establece una mayor responsabilidad por la participación en actos multitudinarios, en particular por exhibir símbolos políticos. Por estas actividades legislativas, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, en particular el derecho de reunión pacífica, y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática. Estas actividades legislativas también menoscaban gravemente la democracia y el Estado de Derecho en Bielorrusia.

21.6.2021

109.

Aliaksei Uladzimiravich IAHORAU

Alexei Vladimirovich YEGOROV

Аляксей Уладзіміравіч ЯГОРАЎ

Алексей Владимирович ЕГОРОВ

Miembro de la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional de la República de Bielorrusia, vicepresidente de la Comisión Permanente de Justicia

Fecha de nacimiento: 16.12.1969

Por su cargo de vicepresidente de la Comisión de Justicia del Parlamento, Aliaksei Iahorau es responsable de la adopción del nuevo Código de Infracciones Administrativas (en vigor desde el 1 de marzo de 2021) que autoriza las detenciones arbitrarias y establece una mayor responsabilidad por la participación en actos multitudinarios, en particular por exhibir símbolos políticos. Por estas actividades legislativas, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, en particular el derecho de reunión pacífica, y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática. Estas actividades legislativas también menoscaban gravemente la democracia y el Estado de Derecho en Bielorrusia.

21.6.2021

 

 

 

Lugar de nacimiento: Novosokolniki, región de Pskov, antigua URSS (actualmente Federación de Rusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

 

 

110.

Aliaksandr Paulavich AMELIANIUK

Aleksandr Pavlovich OMELYANYUK

Аляксандр Паўлавіч АМЕЛЬЯНЮК

Александр Павлович ОМЕЛЬЯНЮК

Miembro de la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional de la República de Bielorrusia, vicepresidente de la Comisión Permanente de Justicia

Fecha de nacimiento: 6.3.1964

Por su cargo de vicepresidente de la Comisión de Justicia del Parlamento, Aliaksandr Amelianiuk es responsable de la adopción del nuevo Código de Infracciones Administrativas (en vigor desde el 1 de marzo de 2021) que autoriza las detenciones arbitrarias y establece una mayor responsabilidad por la participación en actos multitudinarios, en particular por exhibir símbolos políticos. Por estas actividades legislativas, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, en particular el derecho de reunión pacífica, y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática. Estas actividades legislativas también menoscaban gravemente la democracia y el Estado de Derecho en Bielorrusia.

21.6.2021

 

 

 

Lugar de nacimiento: Kobrin, región de Brest, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

 

 

111.

Andrei Mikalaevich MUKAVOZCHYK

Andrei Nikolaevich MUKOVOZCHYK

Андрэй Міĸалаевіч МУКАВОЗЧЫК

Андрей Ниĸолаевич МУКОВОЗЧИК

Columnista político del diario «Bielorrusia Hoy» («Sovietskaia Belarus - Belarus Segodnya»)

Fecha de nacimiento: 13.6.1963

Lugar de nacimiento: Novosibirsk, antigua URSS (actualmente Federación de Rusia)

Andrei Mukavozchyk es uno de los principales propagandistas del régimen de Lukashenka, que publica en «Bielorrusia Hoy», el diario oficial de la Administración presidencial. En sus artículos, se describe sistemáticamente a la oposición democrática y a la sociedad civil de manera negativa y despreciativa con el uso de información falsificada. Es una de las principales fuentes de la propaganda estatal que apoya y justifica la represión contra la oposición democrática y la sociedad civil.

21.6.2021

 

 

 

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte: MP 3413113 y MP 2387911

En mayo de 2020 Mukavozchyk recibió el premio Pluma de Oro concedido por la Unión Bielorrusa de Periodistas, organización progubernamental. En diciembre de 2020 le otorgaron el premio Letra de Oro, cuya entrega corrió a cargo de representantes del Ministerio de Información bielorruso. En enero de 2021 Lukashenka firmó un decreto por el que se concedía a Mukavozchyk la Medalla al Mérito en el Trabajo.

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

 

▼M45

112.

Siarhei Aliaksandravich GUSACHENKA

Sergey Alexandrovich GUSACHENKO

Сяргей Аляксандравiч ГУСАЧЭНКА

Сергей Александрович ГУСАЧЕНКО

Cargo(s): Vicepresidente de la compañía pública nacional bielorrusa de televisión y radio (Belteleradio)

Fecha de nacimiento: 5.11.1983

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Teléfono (trabajo): +375 (17) 369-90-15

Como vicepresidente de Belteleradio (la compañía pública nacional bielorrusa de televisión y radio), autor y presentador del programa de televisión semanal de propaganda «Glavnyy efir», Siarhei Gusachenka ha proporcionado voluntariamente al público bielorruso información falsa sobre los resultados de las elecciones, las manifestaciones, la represión ejercida por las autoridades del Estado y actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión. Es directamente responsable de la forma en que la televisión pública presenta la información sobre la situación en el país, por lo que presta su apoyo a las autoridades, en particular a Lukashenka.

Por lo tanto, apoya al régimen de Lukashenka.

21.6.2021

▼M38

113.

Genadz Branislavavich DAVYDZKA

Gennadi Bronislavovich DAVYDKO

Генадзь Браніслававіч ДАВЫДЗЬКА

Геннадий Брониславович ДАВЫДЬКO

Miembro de la Cámara de Representantes, presidente de la Comisión de derechos humanos y medios de comunicación

Presidente de la organización política bielorrusa Belaya Rus

Fecha de nacimiento: 29.9.1955

Como presidente de Belaya Rus, una de las organizaciones de apoyo a Lukashenka más importantes, Genadz Davydzka es uno de los principales propagandistas del régimen. A la hora de apoyar a Lukashenka, ha utilizado con frecuencia un lenguaje incendiario y ha alentado la violencia del aparato del Estado contra los manifestantes pacíficos.

Por lo tanto, apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

 

 

 

Lugar de nacimiento: Municipio de Popovka, Senno/Sjanno, región de Vitebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Pasaporte MP2156098

 

 

▼M45

114.

Volha Mikalaeuna CHAMADANAVA

Olga Nikolaevna CHEMODANOVA

Вольга Мiĸалаеўна ЧАМАДАНАВА

Ольга Ниĸолаевна ЧЕМОДАНОВА

Cargo(s): Antigua secretaria de prensa del Ministerio del Interior de Bielorrusia

Directora de la Dirección Principal de Ideología y Juventud del Comité Ejecutivo de la Ciudad de Minsk

Fecha de nacimiento: 13.10.1977

Lugar de nacimiento: región/oblast de Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Grado: coronel

Número de pasaporte: MC1405076

En su cargo anterior —principal encargada de los medios de comunicación del Ministerio del Interior de Bielorrusia—, Volha Chamadanava desempeñó un papel fundamental en la distorsión y la desvirtuación de los hechos de violencia contra los manifestantes y en la difusión de información falsa sobre ellos. Amenazó a manifestantes pacíficos y justificó de forma continuada la violencia contra ellos.

Dado que ha formado parte del aparato de seguridad y ha intervenido en su nombre, brinda su apoyo al régimen de Lukashenka.

Sigue activa en el régimen de Lukashenka como directora de la Dirección Principal de Ideología y Juventud del Comité Ejecutivo de la Ciudad de Minsk.

21.6.2021

▼M38

115.

Siarhei Ivanavich SKRYBA

Sergei Ivanovich SKRIBA

Сяргей Іванавіч СКРЫБА

Сергей Иванович СКРИБА

Vicerrector de la Universidad Económica Estatal de Bielorrusia en el ámbito de la Educación

Fecha de nacimiento: 21.11.1964/1965

Lugar de nacimiento: Kletsk, región de Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Correo electrónico: skriba_s@bseu.by

Por su cargo de vicerrector de la Universidad Económica Estatal de Bielorrusia en el ámbito de la Educación, Siarhei Skryba es responsable de las sanciones adoptadas contra estudiantes que participaron en protestas pacíficas, incluida su expulsión de la universidad.

Algunas sanciones se adoptaron tras el llamamiento de Lukashenka, el 27 de octubre de 2020, para expulsar de las universidades a los estudiantes que participasen en protestas o huelgas.

Por lo tanto es responsable de la represión de la sociedad civil y apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

116.

Siarhei Piatrovich, RUBNIKOVICH

Sergei Petrovich RUBNIKOVICH

Сяргей Пятровіч РУБНІКОВІЧ Сергей Петрович РУБНИКОВИЧ

Rector of the Belarusian State Medical University DOB: 1974

Lugar de nacimiento: Sharkauschyna, región de Vitebsk/Viciebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de rector de la Universidad Médica Estatal de Bielorrusia, Siarhei Rubnikovich, cuyo nombramiento fue aprobado por Alexander Lukashenka, es responsable de que la administración de la universidad decidiese expulsar a los estudiantes que participaron en protestas pacíficas. Las órdenes de expulsión se adoptaron tras el llamamiento de Lukashenka, el 27 de octubre de 2020, para expulsar de las universidades a los estudiantes que participasen en protestas o huelgas.

Por lo tanto es responsable de la represión de la sociedad civil y apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

▼M56

117.

Aliaksandr Henadzevich BAKHANOVICH

Aleksandr Gennadevich BAKHANOVICH

Аляĸсандр Генадзевiч БАХАНОВIЧ

Алеĸсандр Геннадьевич БАХАНОВИЧ

Cargo(s): viceministro primero de Educación, exrector de la Brest State Technical University

Fecha de nacimiento: 1972

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

En su anterior cargo de rector de la Universidad Técnica Estatal de Brest (Brest State Technical University), Aliaksandr Bakhanovich, cuyo nombramiento fue aprobado por Alexander Lukashenka, fue responsable de que la administración de la universidad decidiese expulsar a los estudiantes que habían participado en protestas pacíficas. Las órdenes de expulsión se adoptaron tras el llamamiento de Lukashenka, el 27 de octubre de 2020, para expulsar de las universidades a los estudiantes que participasen en protestas o huelgas. En enero de 2023, Aliaksandr Bakhanovich fue nombrado viceministro primero de Educación de la República de Bielorrusia.

Por lo tanto es responsable de la represión de la sociedad civil y apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

▼M38

118.

Mikhail Ryhoravich BARAZNA

Mikhail Grigorevich BOROZNA

Міхаіл Рыгоравіч БАРАЗНА

Михаил Григорьевич БОРОЗНА

Rector de la Academia de Artes Estatal de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 20.11.1962

Lugar de nacimiento: Rakusheva, región de Mahileu/ Mogiliev, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de rector de la Academia de Artes Estatal de Bielorrusia, Mikhail Barazna es responsable de que la administración de la universidad decidiese expulsar a los estudiantes que participaron en protestas pacíficas.

Las órdenes de expulsión se adoptaron tras el llamamiento de Lukashenka, el 27 de octubre de 2020, para expulsar de las universidades a los estudiantes que participasen en protestas o huelgas.

Mikhail Barazna es, por lo tanto, responsable de la represión de la sociedad civil y apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

119.

Maxim Uladzimiravich RYZHANKOU

Maxim Vladimirovich RYZHENKOV

Максім Уладзіміравіч РЫЖАНКОЎ

Максим Владимирович РЫЖЕНКОВ

Vicedirector primero de la Administración Presidencial

Fecha de nacimiento: 19.6.1972

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicedirector primero de la Administración Presidencial, Maxim Ryzhankou está estrechamente relacionado con el presidente y es responsable de asegurar la ejecución de los poderes presidenciales en el ámbito de la política interior y exterior. Durante más de veinte años de carrera en el servicio civil de Bielorrusia ha desempeñado varios puestos, entre otros en el Ministerio de Asuntos Exteriores y en diversas embajadas. Por lo tanto, apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

120.

Dzmitry Aliaksandravich LUKASHENKA

Dmitry Aleksandrovich LUKASHENKO

Дзмітрый Аляксандравіч ЛУКАШЭНКА

Дмитрий Александрович ЛУКАШЕНКО

Empresario, preside el Club Deportivo del Presidente

Fecha de nacimiento: 23.3.1980

Lugar de nacimiento: Mogilev/Mahiliou, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Dzmitry Lukashenka es hijo de Aliaksandr Lukashenka y empresario. Desde 2005 preside la asociación público-privada «Club Deportivo del Presidente», puesto para el que fue reelegido en 2020. A través de dicha entidad ejerce actividades económicas y controla varias empresas. Estuvo presente en la toma de posesión secreta de Aliaksandr Lukashenka en septiembre de 2020. Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

21.6.2021

▼M45

121.

Liliya Valereuna LUKASHENKA (SIAMASHKA)

Liliya Valerevna LUKASHENKO (SEMASHKO)

Лiлiя Валер’еўна ЛУКАШЭНКА (СЯМАШКА)

Лилия Валерьевна ЛУКАШЕНКО (СЕМАШКО)

Cargo(s): Empresaria, directora de una galería de arte

Fecha de nacimiento: 29.10.1979

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de identificación personal: 4291079A047PB1

Liliya Lukashenka es esposa de Viktar Lukashenka y nuera de Aliaksandr Lukashenka. Ha estado estrechamente vinculada a una serie de empresas muy conocidas que se han beneficiado del régimen de Lukashenka, entre ellas Dana Holdings/Dana Astra y Belkhudozhpromysly. Estuvo presente, junto con su marido Viktar Lukashenka, en la investidura secreta de Aliaksandr Lukashenka en septiembre de 2020.

Actualmente es directora de la galería de arte «Art Chaos». Sus actividades empresariales son promovidas por medios de comunicación afines al régimen.

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

21.6.2021

▼M38

122.

Valeri Valerevich IVANKOVICH

Valery Valerevich IVANKOVICH

Валерый Валер'евіч ІВАНКОВІЧ

Валерий Валерьевич ИВАНКОВИЧ

Director general de la sociedad OJSC «MAZ».

Fecha de nacimiento: 1971

Lugar de nacimiento: Novopolotsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director general de la sociedad OJSC «MAZ», Valeri Ivankovich es responsable de la detención de trabajadores de MAZ dentro de sus locales por parte de las fuerzas de seguridad, y por despedir a empleados de MAZ que participaban en protestas pacíficas contra el régimen. Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil.

Fue nombrado por Lukashenka miembro de la comisión encargada de redactar enmiendas de la Constitución bielorrusa. Por lo tanto, apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

▼M53

123.

Aliaksandr Yauhenavich SHATROU

Alexander (Alexandr) Evgenevich SHATROV

Аляксандр Яўгенавiч ШАТРОЎ

Александр Евгеньевич ШАТРОВ

Cargo(s): empresario, accionista y exjefe de Synesis LLC

Fecha de nacimiento: 9.11.1978

Lugar de nacimiento: antigua URSS (actualmente Federación de Rusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: rusa, bielorrusa

Número de identificación personal: 3091178A002VF5

Por su antiguo cargo de jefe y antiguo accionista mayoritario de Synesis LLC, Alexander Shatrov fue responsable de la decisión de dicha empresa de proporcionar a las autoridades bielorrusas una plataforma de vigilancia, Kipod, capaz de realizar búsquedas en imágenes de vídeo, de analizar dichas imágenes y de utilizar programas de reconocimiento facial. Por lo tanto, contribuye a la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática por parte del aparato del Estado. Synesis alega que ha dejado de proporcionar a las autoridades bielorrusas la plataforma Kipod, pero, según los informes de ByPOL, las agencias estatales de valores siguen utilizando Kipod.

Synesis es uno de los residentes del Parque Hi-Tech, creado por decreto de Aliaksandr Lukashenka, y como tal disfruta de numerosas ventajas, como exenciones del impuesto sobre la renta, el IVA, los derechos extraterritoriales, derechos de aduana y otros.

Synesis LLC y su filial Panoptes se han beneficiado de su participación en el Sistema de Seguimiento de Seguridad de la República. Otras empresas que han sido propiedad o copropiedad de Shatrov, como BelBet y Synesis Sport, también se benefician de contratos públicos.

Ha criticado en público a quienes protestaban contra el régimen de Lukashenka y ha relativizado la falta de democracia en Bielorrusia. Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

Sigue siendo accionista de Synesis LLC.

21.6.2021

▼M45

124.

Siarhei Siamionavich TSIATSERYN

Sergei Semionovich TETERIN

Сяргей Сямёнавiч ЦЯЦЕРЫН

Сергей Семёнович ТЕТЕРИН

Cargo(s): Empresario, propietario de BelGlobalStart, copropietario de VIBEL, antiguo presidente de la Federación de Tenis de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 7.1.1961

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Siarhei Tsiatseryn es uno de los principales empresarios con actividad en Bielorrusia, y tiene intereses empresariales en la distribución de bebidas alcohólicas (a través de su sociedad BelGlobalStart), productos alimentarios y muebles. Pertenece al círculo íntimo de Lukashenka.

En 2019 se concedió a BelGlobalStart la oportunidad de iniciar la construcción de un centro empresarial multifuncional frente al palacio presidencial, en Minsk. Es copropietario de la sociedad VIBEL, que vende anuncios en varios canales de televisión nacionales de Bielorrusia. Presidió la Federación de Tenis de Bielorrusia y fue asesor de Lukashenka en asuntos deportivos.

21.6.2021

▼M53

125.

Mikhail Safarbekovich GUTSERIEV

Микаил (Михаил) Сафарбекович ГУЦЕРИЕВ

Cargo(s): empresario, accionista y presidente del consejo de administración de Slavkali, presidente del consejo de administración y accionista de JSC Mospromstroi, Industrial Financial Group Safmar JSC, LLC Proekt Grad.

Miembro del consejo de administración y accionista de JSC NKNeftisa

►C11  Fecha de nacimiento: 9.3.1958 ◄

Lugar de nacimiento: Akmolinsk, antigua URSS (actualmente Kazajistán)

Sexo: masculino

Nacionalidad: rusa

Mikhail Gutseriev es un destacado hombre de negocios ruso, con intereses comerciales en Bielorrusia en los sectores de la energía, la potasa y la hostelería, entre otros. Tiene relación desde hace mucho tiempo con Aliaksandr Lukashenka y, gracias a esa asociación, ha acumulado una importante riqueza e influencia entre la élite política de Bielorrusia. Safmar, empresa que ha sido controlada por Gutseriev, fue la única petrolera rusa que siguió suministrando petróleo a las refinerías bielorrusas durante la crisis energética entre Bielorrusia y Rusia de comienzos de 2020.

Gutseriev también apoyó a Lukashenka en disputas con Rusia por las entregas de petróleo. Gutseriev ha sido presidente del consejo de administración y accionista de una empresa en Slavkali, que está construyendo el complejo de extracción y procesamiento de cloruro de potasio de Nezhinsky que depende del depósito de potasa de Starobinsky, cerca de Lyuban. Se trata de la mayor inversión en Bielorrusia, de un valor de 2000 millones de dólares estadounidenses. Lukashenka ha prometido que la localidad de Lyuban se llamará Gutserievsk en su honor.

Ha tenido otros negocios en Bielorrusia, por ejemplo, gasolineras y depósitos petrolíferos, un hotel, un centro empresarial y una terminal del aeropuerto de Minsk. Lukashenka salió en defensa de Gutseriev después de que se iniciase en Rusia una investigación penal contra él. Lukashenka también agradeció a Gutseriev sus contribuciones financieras a la beneficencia y la inversión de miles de millones de dólares en Bielorrusia. Se ha informado de que Gutseriev ha hecho a Lukashenka regalos lujosos.

Gutseriev también declaró ser propietario de una residencia que en realidad pertenece a Lukashenka cuando los periodistas empezaron a investigar los bienes de Lukashenka, lo que supone un encubrimiento. Gutseriev asistió a la investidura secreta de Lukashenka del 23 de septiembre de 2020. En octubre de 2020, Lukashenka y Gutseriev asistieron juntos a la inauguración de una iglesia ortodoxa que este último había patrocinado.

Según informaciones de los medios de comunicación, cuando en agosto de 2020 se despidió a los trabajadores en huelga de los medios de comunicación estatales bielorrusos, profesionales de los medios de comunicación rusos fueron trasladados a Bielorrusia en aviones propiedad de Gutseriev para sustituir a los empleados despedidos y alojados en el hotel Minsk Renaissance, propiedad de Gutseriev. Gutseriev ayudó a adquirir escáneres de tomografía para Bielorrusia durante la crisis de la COVID-19. Por lo tanto, Mikhail Gutseriev se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

21.6.2021

▼M38

126.

Aliaksey Ivanavich ALEKSIN

Alexei Ivanovich OLEKSIN

Аляксей Іванавіч АЛЕКСІН

Алексей Иванович ОЛЕКСИН

Empresario, copropietario del grupo Bremino

Fecha de nacimiento:

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Aliaksei Aleksin es uno de los principales empresarios de Bielorrusia, con intereses comerciales en los sectores del petróleo y la energía, el sector inmobiliario, el desarrollo, la logística, el tabaco, el comercio minorista y las finanzas, entre otros. Mantiene una estrecha relación con Aliaksandr Lukashenka y su hijo Viktar Lukashenka, antiguo consejero de seguridad nacional. Participa activamente en las actividades de los aficionados a las motos en Bielorrusia, una afición que comparte con Viktar Lukashenka. Su empresa posee terrenos en «Alexandria 2» (región de Mogilev), conocida comúnmente como «residencia presidencial», que Aliaksandr Lukashenka visita con frecuencia.

21.6.2021

 

 

 

 

Es copropietario del Grupo Bremino, promotor y coadministrador del proyecto de zona económica especial de Bremino-Orsha, creada por un decreto presidencial firmado por Aliaksandr Lukashenka. La empresa ha recibido ayudas estatales para desarrollar la zona de Bremino-Orsha, así como una serie de ventajas financieras y fiscales y otros privilegios. Aleksin y otros propietarios del Grupo Bremino han recibido apoyo de Viktar Lukashenka.

 

 

 

 

 

Las empresas «Inter Tobacco» y «Energo-Oil», que pertenecen a Aleksin y a miembros de su familia cercana, recibieron privilegios exclusivos para importar productos del tabaco a Bielorrusia, con arreglo a un decreto firmado por Aliaksandr Lukashenka, y recibieron apoyo estatal para la creación de los kioskos Tabakierka. Participó presuntamente en el establecimiento de «GardServis», la primera empresa militar privada aprobada por el Gobierno en Bielorrusia, que, según la información recibida, tiene vínculos con el aparato de seguridad bielorruso. Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka.

 

▼M45

127.

Aliaksandr Mikalaevich ZAITSAU

Alexander (Alexandr) Nikolaevich ZAITSEV

Аляксандр Мiкалаевiч ЗАЙЦАЎ

Александр Николаевич ЗАЙЦЕВ

Cargo(s): Empresario, copropietario del grupo Bremino y del grupo Sohra

Fecha de nacimiento: 22.11.1976

Lugar de nacimiento: Ruzhany, región/oblast de Brest, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Aliaksandr Zaitsau fue asistente de Viktar Lukashenka, hijo y antiguo consejero de seguridad nacional de Aliaksandr Lukashenka. Gracias a sus contactos con la familia Lukashenka, Zaitsau obtiene contratos lucrativos para sus empresas. Tenía estrechos lazos con el grupo Sohra, al que se le ha concedido el derecho de exportación de la producción de empresas públicas (tractores y camiones) a países africanos y del Golfo. También es copropietario y presidente del consejo de participantes del grupo Bremino. La empresa ha recibido ayudas públicas para desarrollar la zona de Bremino-Orsha, así como una serie de ventajas financieras y fiscales y otros privilegios. Zaitsau y otros propietarios del grupo Bremino han recibido apoyo de Viktar Lukashenka.

21.6.2021

▼M38

128.

Ivan Branislavavich MYSLITSKI

Ivan Bronislavovich MYSLITSKIY

Іван Браніслававіч МЫСЛІЦКІ

Иван Брониславович МЫСЛИЦКИЙ

Vicedirector primero del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 23.10.1976

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicedirector primero del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior, con autoridad sobre los centros de internamiento, Ivan Myslitski es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y que fueron recluidos en dichos centros tras las elecciones presidenciales de 2020, en consonancia con las instrucciones dadas por Lukashenka a los agentes del Ministerio del Interior.

21.6.2021

 

 

 

 

Por su cargo, es responsable de las condiciones de reclusión de las prisiones bielorrusas, por ejemplo, la clasificación de presos en categorías, en función de la cual se les infligen diferentes tipos de malos tratos y torturas, como insultos, aislamiento punitivo, privación de llamadas y visitas, mutilación, palizas o torturas brutales.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

▼M53

129.

Aleh Mikalaevich, BELIAKOU

Oleg Nikolaevich BELIAKOV

Алег Мiĸалаевiч БЕЛЯКОЎ

Олег Ниĸолаевич БЕЛЯКОВ

Cargo: jefe del Departamento de trabajo ideológico y apoyo personal del Ministerio del Interior de Bielorrusia, ex jefe adjunto del Departamento de Corrección Penal del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento:

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su antiguo cargo de vicedirector del Departamento de Corrección Penal del Ministerio del Interior, con autoridad sobre los centros de internamiento, Aleh Beliakou era responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y que fueron recluidos en dichos centros tras las elecciones presidenciales de 2020, en consonancia con las instrucciones dadas por Lukashenka a los agentes del Ministerio del Interior.

Por su cargo, es responsable de las condiciones de reclusión de las prisiones bielorrusas, por ejemplo, la clasificación de presos en categorías, en función de la cual se les infligen diferentes tipos de malos tratos y torturas, como insultos, aislamiento punitivo, privación de llamadas y visitas, mutilación, palizas o torturas brutales.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

Sigue ejerciendo en el régimen de Lukashenka como jefe del Departamento de Trabajo ideológico y apoyo al personal del Ministerio del Interior de Bielorrusia.

21.6.2021

▼M38

130.

Uladzislau Aliakseevich MANDRYK

Vladislav Alekseevich MANDRIK

Уладзіслаў Аляксеевіч МАНДРЫК

Владислав Алексеевич МАНДРИК

Vicedirector del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 4.7.1971

Lugar de nacimiento:

Documento nacional de identidad: 3040771A125PB2; Pasaporte: MP3810311.

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicedirector del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior, con autoridad sobre los centros de internamiento, Uladzislau Mandryk es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y que fueron recluidos en dichos centros tras las elecciones presidenciales de 2020, en consonancia con las instrucciones dadas por Lukashenka a los agentes del Ministerio del Interior.

21.6.2021

 

 

 

 

Por su cargo, es responsable de las condiciones de reclusión de las prisiones bielorrusas, por ejemplo, la clasificación de presos en categorías, en función de la cual se les infligen diferentes tipos de malos tratos y torturas, como insultos, aislamiento punitivo, privación de llamadas y visitas, mutilación, palizas o torturas brutales.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

▼M53

131.

Andrei Mikalaevich DAILIDA

Andrei Nikolaevich DAILIDA

Андрэй Мiкалаевiч ДАЙЛIДА

Андрей Ниĸолаевич ДАЙЛИДА

Cargo: jefe del Departamento de Apoyo a la Retaguardia del Ministerio del Interior de Bielorrusia, ex jefe adjunto del Departamento de Corrección Penal del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 1.7.1974

Lugar de nacimiento:

Pasaporte: KH2133825

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su antiguo cargo de vicedirector del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior, con autoridad sobre los centros de internamiento, Andrei Dailida era responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y que fueron recluidos en dichos centros tras las elecciones presidenciales de 2020, en consonancia con las instrucciones dadas por Lukashenka a los agentes del Ministerio del Interior.

Por su cargo, es responsable de las condiciones de reclusión de las prisiones bielorrusas, por ejemplo, la clasificación de presos en categorías, en función de la cual se les infligen diferentes tipos de malos tratos y torturas, como insultos, aislamiento punitivo, privación de llamadas y visitas, mutilación, palizas o torturas brutales. Por su trabajo como vicedirector del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior, recibió, en diciembre de 2020, la Orden Presidencial por servicios a la patria y, por lo tanto, se ha beneficiado del régimen de Lukashenka.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como jefe del Departamento de Apoyo a la Retaguardia del Ministerio del Interior.

21.6.2021

▼M38

132.

Aleh Mikalaevich LASHCHYNOUSKI

Oleg Nikolaevich LASHCHINOVSKII

Алег Мікалаевіч ЛАШЧЫНОЎСКІ

Олег Николаевич ЛАЩИНОВСКИЙ

Exvicedirector del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 12.5.1963

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de exvicedirector del Departamento de Corrección Penitenciaria, con autoridad sobre los centros de internamiento del Ministerio del Interior, Aleh Lashchynouski es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y que fueron recluidos en dichos centros tras las elecciones presidenciales de 2020, en consonancia con las instrucciones dadas por Lukashenka a los agentes del Ministerio del Interior.

21.6.2021

 

 

 

 

Por su antiguo cargo, es responsable de las condiciones de las prisiones bielorrusas y de las medidas represivas tomadas en ellas, por ejemplo, la clasificación de presos en categorías, en función de la cual se les infligen diferentes tipos de malos tratos y torturas, como insultos, aislamiento punitivo, privación de llamadas y visitas, mutilación, palizas o torturas brutales.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

133.

Zhana Uladzimirauna BATURYTSKAIA

Zhanna Vladimirovna BATURITSKAYA

Жана Уладзіміраўна БАТУРЫЦКАЯ

Жанна Владимировна БАТУРИЦКАЯ

Directora de la Dirección de Ejecución de Condenas del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 20.4.1972

Lugar de nacimiento:

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de directora de la Dirección de Ejecución de Condenas del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior, con autoridad sobre los centros de internamiento, Zhana Baturitskaia es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y que fueron recluidos en dichos centros tras las elecciones presidenciales de 2020, en consonancia con las instrucciones dadas por Lukashenka a los agentes del Ministerio del Interior.

21.6.2021

 

 

 

 

Por su cargo, es responsable de las condiciones de reclusión de las prisiones bielorrusas, por ejemplo, la clasificación de presos en categorías, en función de la cual se les infligen diferentes tipos de malos tratos y torturas, como insultos, aislamiento punitivo, privación de llamadas y visitas, mutilación, palizas o torturas brutales.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

134.

Dzmitry Mikalaevich STREBKOU

Dmitry Nikolaevich STREBKOV

Дзмітрый Мікалаевіч СТРЭБКОЎ

Дмитрий Николаевич СТРЕБКОВ

Director de la prisión n.o 8 de Zhodino

Fecha de nacimiento: 19.3.1977

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director de la prisión n.o 8 de Zhodino, Dzmitry Strebkou es responsable de las pésimas condiciones existentes en el centro de internamiento y de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y fueron detenidos en este centro o en su centro de internamiento temporal tras las elecciones presidenciales de 2020.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

135.

Yauhen Andreevich SHAPETSKA

Evgeniy Andreevich SHAPETKO

Яўген Андрэевіч ШАПЕЦЬКА

Евгений Андреевич ШАПЕТЬКО

Director del Centro de Aislamiento de Delincuentes de Akrestina

Fecha de nacimiento: 30.3.1989

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del Centro de Aislamiento de Delincuentes de Akrestina, Yauhen Shapetska es responsable de las pésimas condiciones existentes en el centro de aislamiento y de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y fueron detenidos en este centro de internamiento tras las elecciones presidenciales de 2020.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

136.

Ihar Ryhoravich KENIUKH

Igor Grigorevich KENIUKH

Ігар Рыгоравіч КЕНЮХ

Игорь Григорьевич КЕНЮХ

Director del centro de internamiento temporal de Akrestina

Fecha de nacimiento: 21.1.1980

Lugar de nacimiento: Región de Gomel, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del centro de internamiento temporal de Akrestrina, Ihar Keniukh es responsable de las condiciones pésimas y de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas palizas y torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en este centro de internamiento tras las elecciones presidenciales de 2020.

21.6.2021

 

 

 

 

Presionó al personal sanitario para apartar a los médicos posicionados a favor de los manifestantes. Según el testimonio de numerosas mujeres recogido en el informe del Centro para la Promoción de los Derechos de la Mujer, «Los derechos de ellas», los tratos más inhumanos ocurrieron en el centro de internamiento de Akrestina en Minsk, en el que los policías del OMON se mostraron especialmente crueles y recurrieron la tortura.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

137.

Hleb Uladzimiravich DRYL

Gleb Vladimirovich DRIL

Глеб Уладзіміравіч ДРЫЛЬ

Глеб Владимирович ДРИЛЬ

Director adjunto del centro de internamiento temporal de Akrestina

Fecha de nacimiento: 12.5.1980

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director adjunto del centro de internamiento temporal, Hleb Dryl es responsable de las condiciones pésimas y de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas palizas y torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en este centro de internamiento tras las elecciones presidenciales de 2020.

21.6.2021

 

 

 

 

Según declaraciones de testigos, algunas de las mujeres detenidas entre el 9 y el 12 de agosto de 2020 recibieron fuertes palizas en los centros de internamiento. Según el testimonio de numerosas mujeres recogido en el informe del Centro para la Promoción de los Derechos de la Mujer, «Los derechos de ellas», los tratos más inhumanos ocurrieron en el centro de internamiento de Akrestina en Minsk, en el que los policías del OMON se mostraron especialmente crueles y recurrieron la tortura.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

138.

Uladzimir Iosifavich LAPYR

Vladimir Yosifovich LAPYR

Уладзімір Іосіфавіч ЛАПЫР

Владимир Иосифович ЛАПЫРЬ

Director adjunto del centro de internamiento temporal de Akrestina

Fecha de nacimiento: 21.8.1977

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director adjunto del centro de internamiento temporal de Akrestrina, Uladzimir Lapyr es responsable de las condiciones pésimas y de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas palizas y torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en este centro de internamiento tras las elecciones presidenciales de 2020. Según el testimonio de numerosas mujeres recogido en el informe del Centro para la Promoción de los Derechos de la Mujer, «Los derechos de ellas», los tratos más inhumanos ocurrieron en el centro de internamiento de Akrestina en Minsk, en el que los policías del OMON se mostraron especialmente crueles y recurrieron la tortura.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

139.

Aliaksandr Uladzimiravich VASILIUK

Alexander (Alexandr) Vladimirovich VASILIUK

Аляксандр Уладзіміравіч ВАСІЛЮК

Александр Владимирович ВАСИЛЮК

Director del equipo de investigación del Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 8.5.1975

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del equipo de investigación del Comité de Investigación de Bielorrusia, Aliaksandr Vasiliuk es responsable de procesamientos y detenciones con motivaciones políticas, en particular de los miembros del Consejo de Coordinación de la oposición, como la dirigente de la oposición bielorrusa Mariya Kalesnikava, considerada presa política por organizaciones de derechos humanos. También es responsable de la detención de varios representantes de medios de comunicación de la oposición.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

140.

Yauhen Anatolevich ARKHIREEU

Evgeniy Anatolevich ARKHIREEV

Яўген Анатольевіч АРХІРЭЕЎ

Евгений Анатольевич АРХИРЕЕВ

Director del Departamento Principal de Investigación, Oficina central del Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 1.7.1977

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del Departamento Principal de Investigación del Comité de Investigación de Bielorrusia, Yauhen Arkhireeu es responsable de la apertura y la investigación de procesos penales con motivaciones políticas, en particular de los miembros del Consejo de Coordinación de la oposición y otros manifestantes. Dichas investigaciones pretenden intimidar a los manifestantes y criminalizar la participación en protestas pacíficas.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

141.

Aliaksei Iharavich KAURYZHKIN

Alexey Igorovich KOVRYZHKIN

Аляĸсей Ігаравіч КАЎРЫЖКІН

Алеĸсей Игоревич КОВРИЖКИН

Director del equipo de investigación, Departamento Principal de Investigación, Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 3.11.1981

Lugar de nacimiento: Bobruisk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del equipo de investigación del Comité de Investigación de Bielorrusia, Aliaksei Kauryzhkin es responsable de procesamientos y detenciones con motivaciones políticas, en particular de miembros del equipo encargado de la campaña presidencial de Viktar Babarika y de miembros del Consejo de Coordinación, como el abogado Maxim Znak, considerado preso político por organizaciones de derechos humanos.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

142.

Aliaksandr Dzmitryevich AHAFONAU

Alexander (Alexandr) Dmitrievich AGAFONOV

Аляксандр Дзмітрыевіч АГАФОНАЎ

Александр Дмитриевич АГАФОНОВ

Primer director adjunto del Departamento Principal de Investigación, Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 13.3.1982

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de primer director adjunto del Departamento Principal de Investigación del Comité de Investigación de Bielorrusia, Aliaksandr Ahafonau es responsable de procesamientos y detenciones con motivaciones políticas, como en el caso del candidato presidencial Siarhei Tsikhanousky, activista de la oposición y marido de la candidata presidencial Svetlana Tsikhanouskaya, y otros activistas políticos, como Mikalai Statkevich y Dzmitry Kazlou. Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos, reconoce a Siarhei Tsikhanousky, Dzmitry Kazlou y Mikalai Statkevich como presos políticos.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

143.

Kanstantsin Fiodaravich BYCHAK

Konstantin Fedorovich BYCHEK

Канстанцін Фёдаравіч БЫЧАК

Константин Фёдорович БЫЧЕК

Jefe de División del Departamento de Investigación de la KGB

Fecha de nacimiento: 20.9.1985

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de jefe de División del Departamento de Investigación del KGB, Kanstantin Bychak ha supervisado la investigación con motivaciones políticas del candidato presidencial Viktar Babarika. La candidatura de Babarika fue rechazada por la Comisión Electoral Central. Esta decisión se basó en un informe del KGB y en declaraciones oficiales que realizó Bychak por televisión en las que declaraba culpable a Babarika de blanqueo de capitales sin haber concluido aún las investigaciones.

21.6.2021

 

 

 

 

El 26 de octubre de 2020, Bychak amenazó a los manifestantes pacíficos en la televisión gubernamental declarando que sus acciones serían calificadas de actos terroristas.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la oposición democrática y la sociedad civil.

 

▼M45

144.

Andrei Siarheevich BAKACH

Andrei Sergeevich BAKACH

Андрэй Сяргеевiч БАКАЧ

Андрей Сергеевич БАКАЧ

Cargo(s): Exdirector del Departamento de Policía del distrito de Pervomaysky, en Minsk

Primer jefe adjunto de la Dirección de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo Regional de Grodno/Hrodna

Fecha de nacimiento: 19.11.1983

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

En su cargo anterior —director del Departamento de Asuntos Internos de la Administración del distrito de Pervomaysky, en Minsk—, Andrei Bakach fue responsable de la actuación de las fuerzas policiales destinadas en dicha jefatura y de las acciones que tuvieron lugar en dicha comisaría de policía. Mientras estuvo en el cargo, manifestantes pacíficos en Minsk fueron sometidos a tratos crueles, inhumanos y degradantes dentro de la comisaría de policía bajo su control.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

Sigue activo en el régimen de Lukashenka como primer jefe adjunto de la Dirección de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo Regional de Grodno/Hrodna.

21.6.2021

▼M38

145.

Aliaksandr Uladzimiravich, PALULEKH

Aleksandr Vladimirovich POLULEKH

Аляксандр Уладзіміравіч ПАЛУЛЕХ

Александр Владимирович ПОЛУЛЕХ

Director del Departamento de Policía del distrito de Frunzensky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 25.6.1979

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director de la Dirección de Asuntos Internos de la Administración del distrito de Frunzensky, en Minsk, Aliaksandr Palulekh es responsable de la represión dirigida por las fuerzas policiales en dicho distrito contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en particular con malos tratos, incluidas torturas, a manifestantes pacíficos detenidos dentro de la comisaría de policía bajo su control.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

146.

Aliaksandr Aliaksandravich ZAKHVITSEVICH

Aleksandr Aleksandrovich ZAKHVITSEVICH

Аляксандр Аляксандравіч ЗАХВІЦЭВІЧ

Александр Александрович ЗАХВИЦЕВИЧ

Vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Frunzensky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 1.1.1977

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Frunzensky, en Minsk, Aliaksandr Zakhvitsevich se encarga de la supervisión de la policía de seguridad pública y es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en el distrito de Frunzensky tras las elecciones presidenciales de 2020, y de la brutal represión general de manifestaciones pacíficas en dicho distrito. Los agentes situados bajo la supervisión de Zakhvitsevich emplearon la tortura contra los detenidos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

▼M56

147.

Siarhei Uladzimiravich USHAKOU

Sergei Vladimirovich USHAKOV

Сяргей Уладзiмiравiч УШАКОЎ

Сергей Владимирович УШАКОВ

Cargo(s): jefe y exjefe adjunto del Frunzensky District Police Department, en Minsk

Fecha de nacimiento: 22.8.1980

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS, actualmente Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

En su antiguo cargo de jefe adjunto del Departamento de Policía del distrito de Frunzensky (Frunzensky District Police Department), en Minsk, encargado de la supervisión de la policía judicial, Siarhei Ushakou fue responsable de los actos de sus subordinados, especialmente de los tratos degradantes e inhumanos, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en el distrito de Frunzensky tras las elecciones presidenciales de 2020, y de la brutal represión general de manifestaciones pacíficas. Los agentes situados bajo la supervisión directa de Ushakou emplearon la tortura contra los detenidos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

Actualmente es el jefe del Departamento de Policía del distrito de Frunzensky, en Minsk.

21.6.2021

▼M38

148.

Siarhei Piatrovich ARTSIOMENKA

Sergei Petrovich ARTEMENKO/ARTIOMENKO

Сяргей Пятровіч АРЦЁМЕНКА

Сергей Петрович АРТЁМЕНКО

Vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Pervomaisky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 26.3.1973

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Pervomaisky, en Minsk, encargado de la supervisión de la policía de seguridad pública, Siarhei Artemenko es responsable de los tratos degradantes e inhumanos, incluidas torturas, infligidos por sus subordinados a ciudadanos detenidos en el Departamento de Policía del distrito de Pervomaisky, en Minsk, que tuvieron lugar tras las elecciones presidenciales de 2020, y de la brutal represión general de manifestaciones pacíficas. Un ejemplo de ello es el maltrato de Maxim Haroshim, dueño de una floristería, que fue arrestado después de entregar flores a las participantes en la Marcha de las Mujeres el 13 de octubre de 2020 . Artemenko presionó a los ciudadanos para que no participaran en manifestaciones pacíficas.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

149.

Aliaksandr Mikhailavich RYDZETSKI

Aleksandr Mikhailovich RIDETSKIY

Аляксандр Міхайлавіч РЫДЗЕЦКІ

Александр Михайлович РИДЕЦКИЙ

Exdirector del Departamento de Policía del distrito de Oktyabrskiy, en Minsk, director de la Dirección de Seguridad Interior del Comité Estatal de Análisis Forense

Fecha de nacimiento: 14.8.1978

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de exdirector del Departamento de Policía del distrito de Oktyabrsky, en Minsk, Aliaksandr Rydzetski es responsable de los tratos degradantes e inhumanos, incluidas torturas, infligidos por sus subordinados a ciudadanos detenidos en dicho distrito tras las elecciones presidenciales de 2020.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

150.

Dzmitry Iauhenevich BURDZIUK

Dmitry Evgenevich BURDIUK

Дзмітрый Яўгеньевіч БУРДЗЮК

Дмитрий

Евгеньевич БУРДЮК

Director del Departamento de Policía del distrito de Oktyabrsky, exdirector del Departamento de Policía del distrito de Partizanski, en Minsk

Fecha de nacimiento: 31.1.1980

Lugar de nacimiento: Región de Brest, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su cargo de exdirector del Departamento de Policía del distrito de Partizanskiy, en Minsk, Dzmitry Burdziuk era responsable de supervisar las graves palizas y torturas de manifestantes y transeúntes pacíficos en dicho distrito tras las elecciones presidenciales de 2020.

En diciembre de 2020 fue nombrado director del Departamento de Policía del distrito de Oktyabrsky.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

 

 

 

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 3310180C009PB7

Número de pasaporte: MP3567896

 

 

151.

Vital Vitalevich KAPILEVICH

Vitaliy Vitalevich KAPILEVICH

Віталь Вітальевіч КАПІЛЕВІЧ

Виталий Витальевич КАПИЛЕВИЧ

Director del Departamento de Policía del distrito de Leninsky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 26.11.1988

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del Departamento de Policía del distrito de Leninsky, Vital Kapilevich es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en el Departamento de Policía del distrito de Leninsky. A los detenidos se les denegó la asistencia médica; el personal paramédico que llegó al Departamento recibió intimidaciones para impedir que prestaran asistencia médica a los detenidos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil.

21.6.2021

152.

Kiryl Stanislavavich KISLOU

Kirill Stanislavovich KISLOV

Кірыл Станіслававіч КІСЛОЎ

Кирилл Станиславович КИСЛОВ

Director del Departamento de Policía del distrito de Zavodsky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 2.1.1979

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del Departamento de Policía del distrito de Zavodsky, Kiryl Kislou es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en el interior de esta comisaría de policía. También es responsable de represiones masivas contra manifestantes pacíficos, periodistas, defensores de los derechos humanos, trabajadores, representantes de la comunidad académica y transeúntes infligidas por sus subordinados.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil.

21.6.2021

153.

Siarhei Aliaksandravich VAREIKA

Sergey Aleksandrovich VAREIKO

Сяргей Аляĸсандравіч ВАРЭЙКА

Сергей Алеĸсандрович ВАРЕЙКО

Director del Departamento de Policía del distrito de Moskovski, en Minsk, exvicedirector del Departamento de Policía del distrito de Zavodsky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 1.2.1980

Lugar de nacimiento:

Por su cargo de exvicedirector del Departamento de Policía de Zavodsky, Siarhei Vareika es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en la sede del Departamento de Policía del distrito de Zavodsky tras las elecciones presidenciales de 2020. También es responsable de las acciones de sus subordinados, que participaron en represiones masivas contra manifestantes pacíficos, periodistas, defensores de los derechos humanos, trabajadores, representantes de la comunidad académica y transeúntes.

21.6.2021

 

 

 

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

El 21 de diciembre de 2020 fue nombrado director del Departamento de Policía del distrito de Moskovsky, en Minsk.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil.

 

154.

Siarhei Feliksavich DUBAVIK

Sergey Feliksovich DUBOVIK

Сяргей Феліĸсавіч ДУБАВІК

Сергей Фелиĸсович ДУБОВИК

Vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Leninsky

Fecha de nacimiento: 1.2.1974

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de de vicedirector del Departamento de Policía de Leninsky, Siarhei Dubavik es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en la sede del Departamento de Policía del distrito de Leninsky tras las elecciones presidenciales de 2020. A los detenidos se les denegó la asistencia médica; el personal paramédico que llegó al Departamento recibió intimidaciones para impedir que prestaran asistencia médica a los detenidos.

21.6.2021

 

 

 

 

También es responsable de las acciones de sus subordinados, que participaron en represiones masivas contra manifestantes pacíficos, periodistas, defensores de los derechos humanos, trabajadores, representantes de la comunidad académica y transeúntes.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

155.

Aliaksandr Mechyslavavich ANDRYEUSKI

Alexander (Alexandr) Mechislavovich ANDRIEVSKII

Аляĸсандр Мечыслававіч АНДРЫЕЎСКІ

Алеĸсандр Мечиславович АНДРИЕВСКИЙ

Vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Frunzensky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 29.4.1982

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicedirector del Departamento de Policía de Frunzensky, Aliaksandr Andryeuski es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en la sede del Departamento de Policía del distrito de Fruzensky tras las elecciones presidenciales de 2020. Los detenidos tuvieron que permanecer de rodillas con la cabeza gacha durante horas y fueron golpeados violentamente o recibieron descargas con pistolas eléctricas.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

156.

Vital Mikhailavich MAKRYTSKI

Vitalii Mikhailavich MAKRITSKII

Віталь Міхайлавіч МАКРЫЦКІ

Виталий

Михайлович МАКРИЦКИЙ

Vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Oktyabrsky, en Minsk (hasta e1 17 de diciembre de 2020). Desde el 17 de diciembre de 2020, director del Departamento de Policía del distrito de Partizanski, en Minsk

Fecha de nacimiento: 17.2.1975

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de exvicedirector del Departamento de Policía del distrito de Oktyabrsky, en Minsk, Vital Makrytski era responsable de supervisar las graves palizas y torturas de manifestantes y transeúntes pacíficos detenidos en la sede de este Departamento de Policía tras las elecciones presidenciales de 2020.

En diciembre de 2020, fue ascendido al puesto de director de Departamento de Policía del distrito de Partizanski, en Minsk.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

157.

Yauhen Aliakseevich URUBLEUSKI

Evgenii Alekseevich VRUBLEVSKII

Яўген Аляĸсеевіч УРУБЛЕЎСКІ

ЕвгенийАлеĸсеевич ВРУБЛЕВСКИЙ

Sargento primero de policía del Centro de Aislamiento de Delincuentes de Akrestina

Fecha de nacimiento: 28.1.1966

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de sargento primero de policía del Centro de Aislamiento de Delincuentes de Akrestina, Yauhen Urubleuski es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en el Centro de Aislamiento de Delincuentes. Según los testigos y las informaciones de los medios de comunicación, participó personalmente en palizas brutales a civiles detenidos en agosto de 2020.

Por lo tanto, es responsables de graves violaciones de los derechos humanos.

21.6.2021

158.

Mikalai Mikalaevich KARPIANKAU

Nikolai Nikolaevich KARPENKOV

Міĸалай Міĸалаевіч КАРПЯНКОЎ

Ниĸолай Ниĸолаевич КАРПЕНКОВ

Viceministro de Asuntos del Interior, exdirector del Departamento Principal para la Lucha contra la Delincuencia Organizada y la Corrupción del Ministerio de Asuntos del Interior

Fecha de nacimiento: 6.9.1968

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del Departamento Principal para la Lucha contra la Delincuencia Organizada y la Corrupción del Ministerio de Asuntos del Interior, Mikalai Karpiankau es responsable de los tratos inhumanos y degradantes infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y de su detención e internamiento arbitrarios. Numerosos testimonios y pruebas fotográficas o en vídeo muestran cómo el grupo a su mando golpeó y detuvo a manifestantes pacíficos y los amenazó con armas de fuego.

21.6.2021

 

 

 

 

El 6 de septiembre de 2020, Karpiankou fue filmado cuando rompía con una porra la puerta de cristal de un café en el que se escondían manifestantes pacíficos, a los que detuvo de forma brutal. Se ha hecho pública una grabación en la que asegura que su departamento emplearía armas de fuego contra los manifestantes.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

159.

Mikhail Viachaslavavich HRYB

Mikhail Viacheslavovich GRIB

Міхаіл Вячаслававіч ГРЫБ

Михаил Вячеславович ГРИБ

Director del Departamento Principal de Asuntos del Interior del Comité Ejecutivo de la Ciudad de Minsk

Fecha de nacimiento: 29.7.1980

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Mikhail Hryb fue director del Departamento de Asuntos del Interior del Comité Ejecutivo Regional de Vitebsk de marzo de 2019 a octubre de 2020, y posteriormente fue nombrado director del Departamento Principal de Asuntos del Interior del Comité Ejecutivo de la Ciudad de Minsk y se le asignó el grado de general de división de la milicia (fuerza policial).

21.6.2021

 

 

 

 

Como tal, es responsable de las acciones de las fuerzas policiales en la región de Vitebsk hasta octubre de 2020 y en Minsk a partir de octubre de 2020, incluida la represión violenta de manifestantes pacíficos y violaciones del derecho de reunión pacífica y de la libertad de palabra cometidas por las fuerzas policiales en Vitebsk y Minsk tras las elecciones presidenciales de 2020 en Bielorrusia.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

160.

Viktar Genadzevich KHRENIN

Viktor Gennadievich KHRENIN

Віктар Генадзевіч ХРЭНІН

Виктор Геннадиевич ХРЕНИН

Ministro de Defensa

Fecha de nacimiento: 1.8.1971

Lugar de nacimiento: Navahrudak/Novogrudek, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Grado: teniente general

Número de pasaporte bielorruso: KH2594621

Por su cargo de ministro de Defensa de Bielorrusia desde el 20 de enero de 2020, Viktar Khrenin es responsable de la decisión adoptada por el mando de las Fuerzas Aéreas y las Fuerzas de Defensa Aérea, siguiendo instrucciones de Lukashenka, de enviar el 23 de mayo de 2021 aeronaves militares para escoltar el vuelo de pasajeros FR4978 y forzar su aterrizaje en el aeropuerto de Minsk, sin una justificación adecuada. Esta decisión política tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

21.6.2021

 

 

 

Identificación personal: 3010871K003PB1

Ha hecho varias declaraciones públicas en las que se declaraba dispuesto a utilizar el ejército contra manifestantes pacíficos en agosto de 2020 y comparaba el uso por parte de los manifestantes de la bandera histórica blanca y roja con el colaboracionismo nazi.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia y apoya el régimen de Lukashenka.

 

▼M56

161.

Ihar Uladzimiravich HOLUB

Igor Vladimirovich GOLUB

Iгар Уладзiмiравiч ГОЛУБ

Игорь Владимирович ГОЛУБ

Cargo(s): director del Aviation Department del Ministry of Transport and Communications, excomandante de las Air Force and Air Defence of the Armed Forces

Fecha de nacimiento: 19.11.1967

Lugar de nacimiento: Chernigov, oblast de Chernigovskaya, antigua URSS, actualmente Ucrania

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Rango: general de división.

Número de pasaporte bielorruso: KH2187962

Número de identificación personal: 3191167E003PB1

En su anterior cargo como comandante de las Fuerzas Aéreas y las Fuerzas de Defensa Aérea de las Fuerzas Armadas (Air Force and Air Defence of the Armed Forces) de la República de Bielorrusia, Ihar Holub fue responsable de la decisión adoptada por el mando de las Fuerzas Aéreas y las Fuerzas de Defensa Aérea, siguiendo instrucciones de Lukashenka, de enviar el 23 de mayo de 2021 aeronaves militares para escoltar el vuelo de pasajeros FR4978 y forzar su aterrizaje en el aeropuerto de Minsk, sin una justificación adecuada.

Esta decisión política tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

Tras el incidente, Ihar Holub hizo declaraciones a la prensa, junto con Artem Sikorsky, director del Departamento de Aviación (Aviation Department) del Ministerio de Transporte de Bielorrusia (Ministry of Transport), justificando las acciones de las autoridades de aviación bielorrusas.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia y apoya el régimen de Lukashenka.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como director del Departamento de Aviación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (Ministry of Transport and Communications) de Bielorrusia.

21.6.2021

▼M38

162.

Andrei Mikalaevich GURTSEVICH

Andrei Nikolaevich GURTSEVICH

Андрэй Мікалаевіч ГУРЦЕВИЧ

Андрей Николаевич ГУРЦЕВИЧ

Jefe del Estado Mayor y vicecomandante primero de las Fuerzas Aéreas

Fecha de nacimiento: 27.7.1971

Lugar de nacimiento: Baranovich, región de Brest, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Grado: general de división

Por su cargo de jefe del Estado Mayor y vicecomandante primero de las Fuerzas Aéreas y las Fuerzas de Defensa Aérea de las Fuerzas Armadas, Andrei Gurtsevich es responsable de la decisión adoptada por el mando de las Fuerzas Aéreas y las Fuerzas de Defensa Aérea, siguiendo instrucciones de Lukashenka, de enviar el 23 de mayo de 2021 aeronaves militares para escoltar el vuelo de pasajeros FR4978 y forzar su aterrizaje en el aeropuerto de Minsk, sin una justificación adecuada.

21.6.2021

 

 

 

Número de pasaporte bielorruso: MP3849920

Identificación personal: 3270771C016PB2

Esta decisión política tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia. Tras el incidente, hizo declaraciones a la prensa que justificaban las acciones de las autoridades bielorrusas.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia y apoya el régimen de Lukashenka.

 

▼M56

163.

Leanid Mikalaevich CHURO

Leonid Nikolaevich CHURO

Леанiд Мiкалаевiч ЧУРО

Леонид Николаевич ЧУРО

Cargo(s): presidente de la Republican Chess Federation – Public Association «Belarusian Chess Federation», exdirector general de la empresa pública BELAERONAVIGATSIA

Fecha de nacimiento: 8.7.1956

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte bielorruso: P4289481

Número de identificación personal: 3080756A068PB5

En su anterior cargo como director general de la empresa pública BELAERONAVIGATSIA, Leanid Churo fue responsable del control del tráfico aéreo bielorruso. Por lo tanto, es responsable del desvío del vuelo de pasajeros FR4978 el 23 de mayo de 2021 al aeropuerto de Minsk sin justificación adecuada. Esta decisión política tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como presidente de la Federación de Ajedrez de la República — Asociación Pública «Federación de Ajedrez de Bielorrusia» (Republican Chess Federation – Public Association «Belarusian Chess Federation»).

21.6.2021

▼M38

164.

Aliaksei Mikalaevich AURAMENKA

Alexey Nikolaevich AVRAMENKO

Аляксей Мікалаевіч АЎРАМЕНКА

Алексей Николаевич АВРАМЕНКО

Ministro de Transportes y Comunicaciones

Fecha de nacimiento: 11.5.1977

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte bielorruso: MP3102183

Identificación personal: 3110577A020PB2

Por su cargo de ministro de Transportes y Comunicaciones de Bielorrusia, Aliaksei Auramenka es responsable de la gestión estatal en el ámbito de la aviación civil y de la supervisión del control del tráfico aéreo. Por lo tanto, es responsable del desvío del vuelo de pasajeros FR4978 el 23 de mayo de 2021 al aeropuerto de Minsk sin justificación adecuada. Esta decisión política tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia. Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

▼M56

165.

Artsiom Igaravich SIKORSKI

Artem Igorevich SIKORSKIY

Арцём Iгаравiч СIКОРСКI

Артем Игоревич СИКОРСКИЙ

Cargo(s): director general de la empresa pública BELAERONAVIGATSIA, antiguo director del Aviation Department del Ministry of Transport and Communications

Fecha de nacimiento: 1983

Lugar de nacimiento: Soligorsk, región/oblast de Minsk, antigua URSS, actualmente Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte bielorruso: MP3785448

Número de identificación personal: 3240483A023PB7

En su anterior cargo como director del Departamento de Aviación (Aviation Department) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (Ministry of Transport and Communications) de Bielorrusia, Artsiom Sikorski fue responsable de la gestión estatal en el ámbito de la aviación civil y de la supervisión del control del tráfico aéreo. Por lo tanto, es responsable del desvío del vuelo de pasajeros FR4978 el 23 de mayo de 2021 a Minsk sin justificación adecuada. Esta decisión política tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática de Bielorrusia.

Tras el incidente, hizo declaraciones a la prensa junto con el comandante de las Fuerzas Aéreas y las Fuerzas de Defensa Aérea de las Fuerzas Armadas (Air Force and Air Defence Forces of the Armed Forces) de la República de Bielorrusia, Ihar Holub, en las que justificaba las acciones de las autoridades de aviación bielorrusas.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática y apoya el régimen de Lukashenka.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como director general de la empresa pública BELAERONAVIGATSIA.

21.6.2021

▼M38

166.

Aleh Siarheevich HAIDUKEVICH

Oleg Sergeevich GAIDUKEVICH

Алег Сяргеевіч ГАЙДУКЕВІЧ

Олег Сергеевич ГАЙДУКЕВИЧ

Vicepresidente de la Comisión Permanente de Asuntos Internacionales de la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional, miembro de la delegación de la Asamblea Nacional de relaciones con la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa

Fecha de nacimiento: 26.3.1977

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Aleh Haidukevich es vicepresidente de la Comisión Permanente de Asuntos Internacionales de la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional, miembro de la delegación de la Asamblea Nacional de relaciones con la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa. Hizo declaraciones públicas en las que aplaudía el desvío del vuelo de pasajeros FR4978 a Minsk el 23 de mayo de 2021. Esta decisión política, tomada sin justificación adecuada, tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

21.6.2021.

 

 

 

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 3260377A081PB9

Número de pasaporte: MP2663333

Además, Aleh Haidukevich hizo declaraciones públicas en las que sugería que los dirigentes de la oposición bielorrusa podrían ser detenidos en el extranjero y trasladados a Bielorrusia «en un maletero», apoyando así la represión en curso de las fuerzas de seguridad contra la oposición democrática y los periodistas bielorrusos.

Por lo tanto, apoya el régimen de Lukashenka.

 

▼M43

167.

Ihar Anatolevich KRUCHKOU

Igor Anatolevich KRICHKOV

Ігар Анатольевіч КРУЧКОЎ

Игорь Анатольевич КРЮЧКОВ

Jefe del Servicio Específico de Medidas Activas (ASAM) de las Fuerzas Especiales del Comité Estatal de Fronteras

Fecha de nacimiento: 13.4.1976

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 3130476M077PB6

Como jefe del Servicio Específico de Medidas Activas (ASAM) de las Fuerzas Especiales del Comité Estatal de Fronteras, Ihar Kruchkou es responsable de las acciones de las fuerzas bajo su mando, que participan en el transporte físico de migrantes por territorio bielorruso hasta la frontera entre Bielorrusia y los Estados miembros de la Unión. El ASAM cobra por el cruce de la frontera a los migrantes a los que transporta. Estas acciones se ejecutan como parte de la operación «Entrada».

Por consiguiente, contribuye a las actividades del régimen de Lukashenko que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

▼M56

168.

Anatol Piatrovich LAPO

Anatoliy Petrovich LAPPO

Анатоль Пятровiч ЛАПО/ЛАППО

Анатолии Петрович ЛАППО

Cargo(s): exteniente general y presidente del State Border Committee de la República de Bielorrusia (nombrado el 29 de diciembre de 2016), delegado estatal en jefe de fronteras

Fecha de nacimiento: 24.5.1963

Lugar de nacimiento: Kulakovka, región/oblast de Mogilev, antigua URSS, actualmente Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte: MP4098888

Número de identificación personal: 3240563K033PB5

En su anterior cargo como presidente del Comité Estatal de Fronteras (State Border Committee), Anatol Lapo fue responsable de los actos de los organismos de control fronterizo que estaban bajo su mando; está documentado que los guardias fronterizos de dichos organismos dirigieron, guiaron o forzaron a migrantes a cruzar ilegalmente la frontera entre Bielorrusia y Estados miembros de la Unión, y que, por dejación deliberada de sus funciones, facilitaron las tentativas de los migrantes de cruzar dicha frontera.

Por consiguiente, es responsable de haber organizado actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

Pasó a la reserva militar en mayo de 2023.

2.12.2021

169.

Kanstantsin Henadzevich MOLASTAU

Konstantin Gennadevich MOLOSTOV

Канстанцiн Генадзьевiч МОЛАСТАЎ

Константин Геннадьевич МОЛОСТОВ

Cargo(s): coronel, presidente del State Border Committee, exjefe del Grodno Border Group (nombrado el 1 de octubre de 2014), Military Unit 2141, delegado estatal de fronteras

Fecha de nacimiento: 30.5.1970

Lugar de nacimiento: Krasnoarmeysk, región de Saratov, Federación de Rusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte: KH2479999

Número de identificación personal: 3300570K025PB3

En su anterior cargo como jefe del Grupo de Fronteras de Grodno (Grodno Border Group), Kanstantsin Molastau fue responsable de los actos de los guardias fronterizos que estaban bajo su mando. El Grupo de Fronteras de Grodno, por dejación deliberada de sus funciones, ha facilitado las tentativas de los migrantes de cruzar la frontera con Estados miembros de la Unión.

Por consiguiente, contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

Fue nombrado por Lukashenka presidente del Comité Estatal de Fronteras (State Border Committee).

2.12.2021

▼M43

170.

Pavel Mikalaevich KHARCHANKA

Pavel Nikolaevich KHARCHENKO

Павел Мікалаевіч ХАРЧАНКА

Павел Николаевич ХАРЧЕНКО

Jefe del Destacamento de Fronteras de Polotsk

Fecha de nacimiento: 29.3.1981

Lugar de nacimiento: Chita, antigua URSS (actualmente Federación de Rusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Como jefe del Destacamento de Fronteras de Polotsk, Pavel Kharchanka es responsable de los actos de los guardias fronterizos que están bajo su mando. El Destacamento de Fronteras de Polotsk, por dejación deliberada de sus funciones, ha facilitado las tentativas de los migrantes de cruzar la frontera con los Estados miembros de la Unión.

Por consiguiente, contribuye a las actividades del régimen de Lukashenko que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

▼M56

171.

Ihar Mikalaevich GUTNIK

Igor Nikolaevich GUTNIK

Iгар Мiкалаевiч ГУТНIК

Игорь Николаевич ГУТНИК

Cargo(s): coronel, vicepresidente del State Border Committee, exjefe del Brest Border Group

Fecha de nacimiento: 17.12.1974

Lugar de nacimiento: municipio de Zabolotye, distrito de Smolevichi, región/oblast de Minsk, antigua URSS, actualmente Bielorrusia

Dirección: 90 Heroes of Defense of the Brest Fortress St., 224018, Brest, Belarus

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte: BM1962867

En su anterior cargo como jefe del Grupo de Fronteras de Brest (Brest Border Group), Ihar Gutnik —que en 2018 pasó a ser delegado del Consejo Regional de Brest (Brest Regional Council) como candidato leal a Lukashenka— fue responsable de los actos de los guardias de fronteras que estaban bajo su mando. El Grupo de Fronteras de Brest, por dejación deliberada de sus funciones, ha facilitado las tentativas de los migrantes de cruzar la frontera con los Estados miembros de la Unión.

Por consiguiente, contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

Fue nombrado vicepresidente del Comité Estatal de Fronteras (State Border Committee) por Lukashenka.

2.12.2021

▼M43

172.

Aliaksandr Barysavich DAVIDZIUK

Aleksandr Borisovich DAVIDIUK

Аляксандр Барысавіч ДАВІДЗЮК

Александр Борисович ДАВИДЮК

Coronel, jefe del Destacamento de Fronteras de Lida, Unidad Militar 1234 (nombrado el 27 de septiembre de 2016), delegado estatal de fronteras

Miembro del Consejo de Diputados del Distrito de Lida de la 28.a asamblea (tomó posesión el 2 de febrero de 2018)

Fecha de nacimiento: 4.5.1973

Lugar de nacimiento: Novograd-Volynsky, región de Zhytomyr, antigua URSS (actualmente Ucrania)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte: KH2613034

Identificación personal: 3040573E050PB7

Como jefe del Destacamento de Fronteras de Lida, Aliaksandr Davidziuk es responsable de los actos de los guardias fronterizos que están bajo su mando. El Destacamento de Fronteras de Polotsk, por dejación deliberada de sus funciones, ha facilitado las tentativas de los migrantes de cruzar la frontera con los Estados miembros de la Unión. Por consiguiente, contribuye a las actividades del régimen de Lukashenko que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

▼M56

173.

Maksim Viktaravich BUTRANETS

Maxim Viktorovich BUTRANETS

Максiм Вiктаравiч БУТРАНЕЦ

Максим Викторович БУТРАНЕЦ

Cargo(s): jefe del Brest Border Group, exjefe del Smorgon Border Group, Military Unit 2044 (nombrado en marzo de 2018), delegado estatal de fronteras

Fecha de nacimiento: 12.12.1978

Lugar de nacimiento: Sverdlovsk, antigua URSS, actualmente Federación de Rusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

En su anterior cargo como jefe del Grupo de Fronteras de Smorgon (Smorgon Border Group), Maksim Butranets fue responsable de los actos de los guardias de fronteras que estaban bajo su mando. El Grupo de Fronteras de Smorgon, por dejación deliberada de sus funciones, ha facilitado las tentativas de los migrantes de cruzar la frontera con Estados miembros de la Unión. Maksim Butranets ha declarado además que el número de migrantes en la frontera entre Bielorrusia y Lituania se ha mantenido en su nivel habitual, a pesar del importante aumento observado desde el lado lituano. Por consiguiente, contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

Ha sido nombrado jefe del Grupo de Fronteras de Brest (Brest Border Group).

2.12.2021

▼M43

174.

Anatol Anatolyevich GLAZ

Anatoliy Anatolyevich GLAZ

Анатоль Анатольевіч ГЛАЗ

Анатолий Анатольевич ГЛАЗ

Jefe del Departamento de Información y Diplomacia Digital (y portavoz) del Ministerio de Asuntos Exteriores de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 31.7.1982

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Anatol Glaz es jefe del Departamento de Información y Diplomacia Digital y portavoz del Ministerio de Asuntos Exteriores de Bielorrusia desde el 11 de junio de 2018. Como tal, ha realizado una serie de declaraciones públicas en apoyo de la política del régimen de Lukashenko en el marco de las últimas tentativas de este de facilitar el cruce ilegal de las fronteras exteriores de los Estados miembros de la Unión. También ha defendido públicamente el aterrizaje forzoso, el 23 de mayo de 2021, del vuelo de pasajeros FR4978 en el aeropuerto de Minsk sin justificación adecuada. Esta decisión, motivada por consideraciones políticas, tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática de Bielorrusia.

Por lo tanto, apoya al régimen de Lukashenko.

2.12.2021

175.

Siarhei Aliaksandravich EPIKHAU

Sergei Aleksandrovich EPIKHOV

Сяргей Аляксандравіч ЕПІХАЎ

Сергей Александрович ЕПИХОВ

Juez del Tribunal Regional de Minsk

Fecha de nacimiento: 16.5.1966

Dirección: 38 Timoshenko St., apt. 198, Minsk, Bielorrusia;

59 L. Tolstoy St., apt. 80, Vileika, Bielorrusia;

14 Kedyshko St., apt. 11, Minsk, Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 3160566B046PB4

Como juez del Tribunal Regional de Minsk, Siarhei Epikhau es responsable de sentencias con motivaciones políticas contra dirigentes y activistas de la oposición, en concreto las condenas dictadas contra Maria Kolesnikova y Maksim Znak, considerados presos políticos por las organizaciones de derechos humanos. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa y del derecho a un proceso equitativo durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

2.12.2021

176.

Ihar Viachaslavavich LIUBAVITSKI

Igor Viacheslavovich LIUBOVITSKI

Ігар Вячаслававіч ЛЮБАВІЦКІ

Игорь Вячеславович ЛЮБОВИЦКИЙ

Juez del Tribunal Supremo de la República de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 21.7.1983

Dirección: Vogel 1K St., apt. 17, Minsk, Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 3210783C002PB2

Como juez del Tribunal Supremo de la República de Bielorrusia, Ihar Liubavitski es responsable de sentencias con motivaciones políticas contra dirigentes opositores, activistas y periodistas, en concreto la condena al candidato presidencial opositor Viktar Babarika, considerado preso político por las organizaciones de derechos humanos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática

2.12.2021

177.

Siarhei Siarheevich GIRGEL

Sergei Sergeevich GIRGEL

Сяргей Сяргеевіч ГIРГЕЛЬ

Сергей Сергеевич ГИРГЕЛЬ

Fiscal superior del Departamento de Procesamiento de la Fiscalía General

Fecha de nacimiento: 16.6.1978

Dirección: 16 Lidskaya St., apt. 165, Minsk, Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 3160678H018PB5

Como fiscal superior del Departamento de Procesamiento de la Fiscalía General, Siarhei Girgel ha representado al régimen de Lukashenko en causas con motivaciones políticas contra dirigentes opositores y miembros de la sociedad civil. En concreto, ha procesado al candidato presidencial opositor Viktar Babarika, considerado preso político por las organizaciones de derechos humanos. Siarhei Girgel siempre solicita al juez condenas de prisión de larga duración.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

2.12.2021

178.

Valiantsina Genadzeuna KULIK

Valentina Gennadevna KULIK

Валянціна Генадзьеўна КУЛІК

Валентина Геннадьевна КУЛИК

Jueza del Tribunal Supremo de la República de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 15.1.1960

Dirección: 54 Angarskaya St., apt. 48, Minsk, Bielorrusia

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 4150160A119PB2

Como jueza del Tribunal Supremo de la República de Bielorrusia, Valiantsina Kulik es responsable de resoluciones con motivaciones políticas contra periodistas y dirigentes opositores. En concreto, denegó el recurso de Viktar Babarika para incoar una causa civil a partir de sus reclamaciones contra la decisión de la Junta Electoral Central de denegar su registro como candidato presidencial.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

2.12.2021

▼M53

179.

Andrei Andreevich PRAKAPUK

Andrey Andreevich PROKOPUK

Андрэй Андрэевiч ПРАКАПУК

Андрей Андреевич ПРОКОПУК

Cargo: director de la Empresa Unitaria Republicana «Centro Brest de Normalización, Metrología y Certificación», ex director adjunto del Departamento de Investigaciones Financieras del Comité de Control del Estado de la República de Bielorrusia

Coronel de la Policía Financiera

Fecha de nacimiento: 22.7.1973

Lugar de nacimiento: Kobrin, región de Brest (Bielorrusia)

Dirección: 22 Mira St., apt. 88, Priluki, región de Minsk, Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de identificación personal: 3220773C061PB1

Por su antiguo cargo de director adjunto del Departamento de Investigaciones Financieras del Comité de Control del Estado de la República de Bielorrusia, Andrei Prakapuk era responsable de las campañas con motivaciones políticas de su departamento contra periodistas y canales de comunicación bielorrusos independientes. Aprobó personalmente una decisión de registrar las instalaciones del canal de comunicación independiente TUT.by e incoó un proceso judicial contra TUT.by y los periodistas empleados por TUT.by, y bloqueó asimismo el acceso al sitio web de TUT.by.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática, así como de menoscabar gravemente el Estado de Derecho.

Sigue ejerciendo en el régimen de Lukashenka como director de la Empresa Unitaria Republicana «Centro Brest de Normalización, Metrología y Certificación».

2.12.2021

▼M43

180.

Ihar Anatolevich MARSHALAU

Igor Anatolevich MARSHALOV

Ігар Анатольевіч МАРШАЛАЎ

Игорь Анатольевич МАРШАЛОВ

Vicepresidente del Comité de Control del Estado, director del Departamento de Investigaciones Financieras del Comité de Control del Estado

General de división de la Policía Financiera

Fecha de nacimiento: 12.1.1972

Lugar de nacimiento: Shkolv, oblast/región de Mogilev, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Dirección: 15 Shchukina St., Minsk, Bielorrusia;

43A Franciska St., apt. 41, Minsk, Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 3120172H018PB4

Ihar Marshalau es vicepresidente del Comité de Control del Estado de Bielorrusia y director del Departamento de Investigaciones Financieras del Comité de Control del Estado. Como tal, es responsable de la incoación de la causa, con motivaciones políticas, por evasión fiscal contra el canal de comunicación TUT.by, presuntamente con arreglo al artículo 243 del Código Penal de la República de Bielorrusia, que amenaza la libertad de prensa en Bielorrusia. Es asimismo responsable de los registros realizados en mayo de 2021 en las oficinas de TUT.by en Minsk, en sus oficinas regionales y en los domicilios de varios empleados de TUT.by.

También es responsable de la detención de miembros del Club de Prensa de Bielorrusia en diciembre de 2020 y del registro y la confiscación de bienes en las oficinas de Derechos de las Personas con Discapacidad, y en particular del interrogatorio violento de Aleh Hrableuski y Syarhei Drazdouski en enero de 2021, de la detención y acusación de evasión fiscal de Liliya Ulasava -miembro del Consejo de Coordinación-, así como de los registros y detenciones de empleados de la compañía de software PandaDoc, que estaba organizando la iniciativa «Protect Belarus», en septiembre de 2021.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática, así como de menoscabar gravemente el Estado de Derecho.

2.12.2021

181.

Hanna Mikhailauna SAKALOUSKAYA

Anna Mikhaylovna SOKOLOVSKAYA

Ганна Міхайлаўна САКАЛОЎСКАЯ

Анна Михайловна СОКОЛОВСКАЯ

Jueza del Colegio Judicial para Procesos Civiles del Tribunal Supremo

Fecha de nacimiento: 18.9.1955

Dirección: 22 Surhanava St., apt. 1, Minsk, Bielorrusia

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 4180955A015P80

Como jueza del Tribunal Supremo de la República de Bielorrusia, Hanna Sakalouskaya es responsable de la decisión con motivaciones políticas de clausurar el PEN Center de Bielorrusia, una organización de la sociedad civil de Bielorrusia. Es asimismo responsable de la decisión con motivaciones políticas que dio lugar a la clausura del Comité Helsinki de Bielorrusia, al desestimar el 2 de septiembre de 2021 la reclamación de dicho Comité en relación con el aviso transmitido a este por el Ministerio de Justicia de Bielorrusia.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

2.12.2021

182.

Marat Siarheevich MARKAU

Marat Sergeevich MARKOV

Марат Сяргеевіч МАРКАЎ

Марат Сергеевич МАРКОВ

Presidente del consejo de administración del canal de televisión ONT, controlado por el Estado, y presentador del programa «Markov: Nothing Personal»

Fecha de nacimiento: 1.5.1969

Lugar de nacimiento: Luninets, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Marat Markau es presidente del consejo de administración del canal de televisión ONT, controlado por el Estado y presentador del programa «Markov: Nothing Personal». Como tal, ha estado proporcionando conscientemente a la población bielorrusa información falsa sobre el resultado de las elecciones, las protestas y la represión perpetrada por las autoridades estatales, así como sobre las circunstancias en torno al aterrizaje forzoso sin justificación adecuada del vuelo comercial FR4978 en el aeropuerto de Minsk el 23 de mayo de 2021. Es directamente responsable de la manera en que el canal ONT presenta la información sobre la situación en el país, prestando así su apoyo a las autoridades, incluido Lukashenko. Por lo tanto, apoya al régimen de Lukashenko.

Markov realizó la primera entrevista forzosa con Raman Pratasevich, después de que Pratasevich fuese arrestado y, según numerosos testimonios, torturado por las autoridades bielorrusas. Asimismo, Markov amenazó e intimidó a empleados de ONT que estaban en huelga a raíz de las elecciones presidenciales fraudulentas de 2020 y de la represión por parte de las autoridades. Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

2.12.2021

183.

Dzmitry Siarheevich KARSIUK

Dmitriy Sergeevich KARSIUK

Дзмітрый Сяргеевіч КАРСЮК

Дмитрий Сергеевич КАРСЮК

Juez del Tribunal del Distrito Central de la Ciudad de Minsk

Fecha de nacimiento: 7.7.1995

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Como juez del Tribunal del Distrito Central de la Ciudad de Minsk, Dzmitriy Karsiuk es responsable de numerosas sentencias con motivaciones políticas contra manifestantes pacíficos, en concreto las condenas a Yahor Viarshynin, Pavel Lukoyanov, Artsiom Sakovich y Mikalai Shemetau, considerados presos políticos por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos. Ha condenado a personas a reclusión en colonias penitenciarias, a prisión y a arresto domiciliario por participar en manifestaciones pacíficas, por publicar en medios sociales, por utilizar la bandera blanca, roja y blanca de Bielorrusia y por ejercer otras libertades civiles.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

2.12.2021

▼M50

184.

Ihar Vasilievich KARPENKA

Igor Vasilievich KARPENKO

Iгар Васiльевiч КАРПЕНКА

Игорь Васильевич КАРПЕНКО

Cargo: Presidente de la Comisión Central de la República de Bielorrusia sobre las Elecciones y la Celebración de Referendos en la República

Fecha de nacimiento: 28.4.1964

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de presidente de la Comisión Central de la República de Bielorrusia sobre las Elecciones y la Celebración de Referendos en la República desde el 13 de diciembre de 2021, Ihar Karpienka es responsable de la organización y celebración del referéndum constitucional del 27 de febrero de 2022, que no cumple las normas internacionales en materia de Estado de Derecho, democracia y derechos humanos ni los criterios establecidos por la Comisión de Venecia. En particular, el proceso de preparación no fue transparente y no contó con la participación de la sociedad civil ni de la oposición democrática en el exilio.

Por lo tanto, es responsable de menoscabar gravemente la democracia y el Estado de Derecho en Bielorrusia.

3.6.2022

185.

Dzmitry Aliakseevich ALEKSIN

Dmitry Alexeevich OLEKSIN

Дзмiтрый Аляксеевiч АЛЕКСIН

Дмитрий Алексеевич ОЛЕКСИН

Cargo: Hijo de Aliaksei Aleksin, accionista de Belneftgaz, Energo-Oil y Grantlo (antes denominada Energo-Oil-Invest)

Fecha de nacimiento: 25.4.1987

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Dzmitry Aleksin es hijo de Aliaksei Aleksin, destacado empresario bielorruso. En 2021 pasó a ser copropietario de empresas que eran propiedad de su padre o estaban asociadas con él, entre ellas, Energo-Oil, Belneftgaz y Grantlo (antes denominada Energo-Oil-Invest). A esas empresas se les concedió un trato preferente con arreglo a decretos presidenciales firmados por Aliaksandr Lukashenka: Inter Tobacco obtuvo privilegios exclusivos para importar productos del tabaco a Bielorrusia, mientras que Belneftgaz fue designado operador nacional de control del tránsito.

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka.

3.6.2022

186.

Vital Aliakseevich ALEKSIN

Vitaliy Alexeevich OLEKSIN

Вiталь Аляксеевiч АЛЯКСIН

Виталий Алексеевич ОЛЕКСИН

Cargo: Hijo de Aliaksei Aleksin, accionista de Belneftgaz, Energo-Oil y Grantlo (antes denominada Energo-Oil-Invest)

Fecha de nacimiento: 29.8.1997

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Vital Aleksin es hijo de Aliaksei Aleksin, destacado empresario bielorruso. En 2021 pasó a ser copropietario de empresas que eran propiedad de su padre o estaban asociadas con él, entre ellas Energo-Oil, Belneftgaz y Grantlo (antes denominada Energo-Oil-Invest). A esas empresas se les concedió un trato preferente con arreglo a decretos presidenciales firmados por Aliaksandr Lukashenka: Inter Tobacco obtuvo privilegios exclusivos para importar productos del tabaco a Bielorrusia, mientras que Belneftgaz fue designado operador nacional de control del tránsito.

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka.

3.6.2022

187.

Bogoljub KARIĆ

Богољуб КАРИЋ

Боголюб КАРИЧ

Cargo: Empresario y político serbio, asociado a la empresa Dana Holdings

Fecha de nacimiento: 17.1.1954

Lugar de nacimiento: Peja/Pec, Kosovo

Sexo: masculino

Nacionalidad: serbia

Número de pasaporte: 012830978 (válido hasta el 27.12.2026)

Bogoljub Karić es un empresario y político serbio. Junto con sus familiares, ha desarrollado una red de empresas inmobiliarias en Bielorrusia y establecido una red de contactos con la familia de AliaksandrLukashenka. En particular, ha estado estrechamente asociado con Dana Holdings y su antigua filial Dana Astra y, al parecer, ha representado a estas entidades durante las reuniones con Lukashenka. Lukashenka describió el proyecto «Minsk World», desarrollado por una empresa asociada a Karić, como «un ejemplo de cooperación del mundo eslavo». Gracias a esas estrechas relaciones con Lukashenka y su entorno, las empresas asociadas a Karić recibieron un trato preferente del régimen de Lukashenka, trato que incluye desgravaciones fiscales y parcelas para la promoción inmobiliaria.

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

3.6.2022

188.

Andrii SICH

Andrey SYCH

Андрiй СИЧ

Андрей СЫЧ

Cargo: Copresentador del programa «Plataforma» en el canal de televisión pública «Bielorrusia 1»

Miembro de la organización «Rusj molodaja»

Fecha de nacimiento: 20.9.1990

Lugar de nacimiento: Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Andrii Sich es copresentador del programa «Plataforma» en el canal de televisión pública «Bielorrusia 1». Desde ese puesto, ha apoyado los discursos del régimen destinados a desacreditar a los medios de comunicación independientes, menoscabar la democracia y justificar la represión. Ha apoyado el discurso del régimen de Lukashenka sobre las intenciones de los Estados occidentales de organizar un golpe de Estado en Bielorrusia y ha pedido sanciones duras para los presuntos implicados, apoyado la campaña de desinformación sobre el maltrato a los migrantes llegados a la Unión desde Bielorrusia, y promovido la imagen de los medios de comunicación independientes como agentes de injerencias extranjeras cuya actividad debe restringirse.

Por lo tanto, apoya al régimen de Lukashenka.

3.6.2022

189.

Dzianis Aliaksandravich MIKUSHEU

Denis Alexandrovich MIKUSHEV

Дзянiс Аляксандравiч МIКУШЭЎ

Денис Александрович МИКУШЕВ

Cargo: Jefe del Departamento de Vigilancia del Cumplimiento de la Jurisprudencia de las Resoluciones Judiciales en materia Penal de la Fiscalía de la Región/Oblast de Gomel; consejero jurídico confirmado

Fecha de nacimiento: 21.3.1980

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Dzianis Mikusheu es el jefe del Departamento de Vigilancia del Cumplimiento de la Jurisprudencia de las Resoluciones Judiciales en materia Penal de la Fiscalía de la Región/Oblast de Gomel y consejero jurídico confirmado. Por su cargo, es responsable de haber incoado procedimientos contra Siarhei Tsikhanouski, Artsiom Sakau, Dzmitry Papou, lhar Losik, Uladzimir Tsyhanovich y Mikalai Statkevich. Ha contribuido a la detención arbitraria de Siarhei Tsikhanouski, como se indica en el informe del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

3.6.2022

190.

Mikalai Ivanavich DOLIA

Nikolai Ivanovich DOLYA

Мiĸалай Iванавiч ДОЛЯ

Ниĸолай Иванович ДОЛЯ

Cargo: Juez en el Tribunal Regional de Gomel

Fecha de nacimiento: 3.7.1979

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de identificación personal: 3070379H0 41PBI

Mikalai Dolia es juez en el Tribunal Regional de Gomel. Por su cargo, es responsable de haber condenado a Siarhei Tsikhanouski, Artsiom Sakau, Dzmitry Papou, lhar Losik, Uladzimir Tsyhanovich y Mikalai Statkevich a penas de prisión desproporcionadamente largas. Ha contribuido a la detención arbitraria de Siarhei Tsikhanouski, como se indica en el informe del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

3.6.2022

191.

Andrei Yauhenavich PARSHYN

Andrei Yevgenevich PARSHIN

Андрэй Яўгенавiч ПАРШЫН

Андрей Евгеньевич ПАРШИН

Cargo: Jefe del Departamento Principal de Lucha contra la Delincuencia Organizada y la Corrupción en Bielorrusia (GUBOPiK)

Fecha de nacimiento: 19.2.1974

Dirección: calle Skryganova, n.o 4A, apt. 211, Minsk (Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Andrei Parshyn es jefe del Departamento Principal de Lucha contra la Delincuencia Organizada y la Corrupción (GUBOPiK) del Ministerio del Interior desde 2021. GUBOPiK es uno de los principales órganos responsables de la persecución política en Bielorrusia, en especial, de detenciones arbitrarias e ilegales de activistas y miembros de la sociedad civil que han sufrido malos tratos, incluidas torturas.

GUBOPiK ha publicado en su perfil en Telegram vídeos de confesiones obtenidas mediante coacción de activistas bielorrusos y ciudadanos corrientes, exponiéndolos al público bielorruso general y utilizándolos como herramienta de presión política. GUBOPiK también detuvo a Mark Bernstein, uno de los principales editores de Wikipedia en lengua rusa, por publicar información sobre la agresión rusa a Ucrania, considerada desinformación antirrusa.

Por lo tanto, Andrei Parshyn es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia.

3.6.2022

192.

Ihar Piatrovich TUR

Igor Petrovich TUR

Iгар Пятровiч ТУР

Игорь Петрович ТУР

Cargo: Empleado del canal de televisión pública «ONT», autor y presentador de varios programas («Propaganda», «To be completed»)

Fecha de nacimiento: 26.3.1989

Lugar de nacimiento: Grodno/Hrodna (Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Ihar Tur es empleado del canal de televisión pública «ONT» y uno de los principales propagandistas del régimen de Lukashenka. Es el presentador del programa «Propaganda», en el que incita a la violencia, desacredita a los activistas de la oposición y divulga vídeos con confesiones de presos políticos obtenidas mediante coacción. Es autor de numerosos reportajes falsos sobre las protestas de la oposición bielorrusa, y de desinformación en relación con acontecimientos en la Unión y con ataques a la sociedad civil. También es responsable de difundir desinformación y mensajes en línea que incitan a la violencia. Aliaksandr Lukashenka le concedió una medalla por su trabajo en los medios de comunicación.

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

3.6.2022

193.

Lyudmila Leanidauna HLADKAYA

Lyudmila Leonidovna GLADKAYA

Людмiла Леанiдаўна ГЛАДКАЯ

Людмила Леонидовна ГЛАДКАЯ

Cargo: Corresponsal especial del diario «SB Belarus Segodnya», presentadora en el canal de televisión pública «Belarus 1»

Fecha de nacimiento: 30.6.1983

Dirección: calle Vodolazhsky, n.o 8A, apt. 45, Minsk (Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Lyudmila Hladkaya es una de las propagandistas más destacadas del régimen de Lukashenka. Es empleada del diario «SB Belarus Segodnya» y está vinculada a otros medios de comunicación favorables al régimen, incluido el canal de televisión pública «Belarus 1». Recurre con frecuencia al discurso de odio y a un lenguaje despectivo cuando habla de la oposición democrática. También ha llevado a cabo numerosas «entrevistas» con ciudadanos bielorrusos detenidos injustamente, a menudo estudiantes, mostrándolos en situaciones humillantes y ridiculizándolos. Ha promovido la represión por parte del aparato de seguridad bielorruso y ha participado en campañas de desinformación y manipulación de la información. Expresa públicamente su apoyo a Aliaksandr Lukashenka y su orgullo por servir a su régimen. Ha sido felicitada y galardonada públicamente por Lukashenka por su trabajo.

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

3.6.2022

194.

Ryhor Yuryevich AZARONAK

Grigoriy Yurevich AZARYONOK

Рыгор Юр'евiч АЗАРОНАК

Григорий Юрьевич АЗАРЁНОК

Cargo: Empleado del canal de televisión pública «CTV», autor y presentador de diversos programas («Secret Springs of Politics», «Order of Judas», «Panopticon»)

Grado: Teniente en la reserva

Fecha de nacimiento: 18.10.1995

Lugar de nacimiento: Minsk (Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Ryhor Azaronak es uno de los principales propagandistas del régimen de Lukashenka. Es columnista político, autor y presentador de programas semanales de propaganda en el canal de televisión pública «CTV». En sus programas ha respaldado la violencia contra los disidentes del régimen de Lukashenka, ha empleado sistemáticamente un lenguaje despectivo contra los activistas, periodistas y otros opositores al régimen de Lukashenka. Aliaksandr Lukashenka le ha otorgado la «medalla al valor».

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

3.6.2022

▼M56

195.

Ivan Ivanavich GALAVATYI

Ivan Ivanovich GOLOVATY

Iван Iванавiч ГАЛАВАТЫ

Иван Иванович ГОЛОВАТЫЙ

Cargo(s): director general de la sociedad limitada por acciones abierta Belaruskali, presidente del consejo de supervisión de la sociedad limitada por acciones Belarussian Potash Company.

Miembro de la Standing Committee for Foreign Affairs and National Security del Council of the Republic of the National Assembly of the Republic of Belarus

Fecha de nacimiento: 15.6.1976

Lugar de nacimiento: asentamiento de Pogost, distrito de Soligorsk, provincia de Minsk, Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Ivan Galavatyi es el director general de la empresa pública Belaruskali, que es una importante fuente de ingresos y divisas para el régimen de Lukashenka. Es miembro del Consejo de la República (Council of the Republic) y de la Asamblea Nacional (National Assembly). Ocupa además muchos otros cargos de alto nivel en Bielorrusia y ha recibido numerosos premios estatales, también de manos de Lukashenka, a lo largo de su carrera. Ha estado estrechamente vinculado a Lukashenka y a familiares suyos. Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

Como director general de Belaruskali, Ivan Galavatyi está directamente implicado en la reubicación por parte del régimen de Lukashenka, en colaboración con Rusia, de niños ucranianos procedentes de territorios ocupados. Por lo tanto, Ivan Golovaty apoya el régimen de Lukashenka.

Los empleados de la sociedad limitada por acciones abierta Belaruskali que participaron en huelgas y protestas pacíficas tras las elecciones presidenciales fraudulentas de agosto de 2020 en Bielorrusia se vieron privados de sus primas y fueron despedidos. El propio Alexander Lukashenka amenazó personalmente con sustituir a los huelguistas por mineros de Ucrania. Por consiguiente, como director de Belaruskali, Ivan Galavatyi es responsable de la represión de la sociedad civil.

3.6.2022

▼M54

196.

Aliaksandr Uladzimirovich KARNIENKA

Alexander Vladimirovich KORNIENKO

Аляксандр Уладзiмiравiч КАРНIЕНКА

Александр Владимирович КОРНИЕНКО

Cargo(s): exjefe de la penitenciaría IK-17 de Shklov, teniente coronel del Servicio Interno.

Cargo actual: inspector de distrito/Department of Internal Affairs of the Slutsk District Executive Committee

Fecha de nacimiento: 9.1.1979

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Como exjefe de la penitenciaría IK-17 de Shklov, Aliaksandr Karnienka es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, también torturas, infligidos a los presos políticos y a otros ciudadanos recluidos en dicha penitenciaría tras las elecciones presidenciales de 2020 y las consiguientes protestas pacíficas. Era el jefe de la penitenciaría cuando se produjo en ella la muerte del preso político Vitold Ashurak el 21 de mayo de 2021, en circunstancias no elucidadas.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia.

3.8.2023

197.

Andrei Siarheevich PALCHIK

Andrei Sergeevich PALCHIK

Андрэй Сяргеевiч ПАЛЬЧЫК

Андрей Сергеевич ПАЛЬЧИК

Cargo(s): exjefe de la colonia correccional n.o 1 de Novopolotsk

Fecha de nacimiento: 3.3.1981

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su antiguo cargo de jefe de la colonia correccional n.o 1 de Novopolotsk, Andrei Palchik ha sido responsable y ha participado en la práctica sistemática de torturas, malos tratos y de castigos abusivos, incluido el uso prolongado y reiterado del régimen de aislamiento, contra los presos políticos y otros ciudadanos detenidos en dicha penitenciaría, en particular tras las elecciones presidenciales de 2020 y las consiguientes protestas pacíficas. Como jefe de dicha penitenciaría, Andrei Palchik no solo es responsable de ordenar y supervisar estos abusos, sino que también tiene un historial documentado de implicación personal en actos de tortura y violencia contra los presos. Bajo la administración de Andrei Palchik, desde 2017 hasta marzo de 2023, la colonia correcional n.o 1 de Novopolotsk ha adquirido una pésima fama por sus condiciones de reclusión extremadamente duras y los malos tratos que reciben los presos, muchos de los cuales son destacados activistas políticos y representantes de la sociedad civil detenidos por su oposición al régimen del presidente Lukashenka. Tras su traslado de la penitenciaría n.o 1, Adrei Palchik sigue ocupando un cargo activo importante en otro centro de detención y, por lo tanto, sigue al servicio del sistema represivo.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia

3.8.2023

198.

Aliaksandr Uladzimiravich KAROL

Aleksandr Vladimirovich KAROL

Аляксандр Уладзiмiравiч КАРОЛЬ

Александр Владимирович КОРОЛЬ

Cargo(s): fiscal superior de Department of the Prosecutor General’s Office

Fecha de nacimiento: 28.6.1992

Lugar de nacimiento: Bobruisk, región de Mogilev, República de Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de identificación personal: 3280692M019PB8

Como fiscal superior de la Fiscalía General de Bielorrusia, Aliaksandr Karol es responsable de numerosos casos penales con motivaciones políticas contra defensores bielorrusos de los derechos humanos. En particular, está involucrado en la persecución por motivos políticos de representantes de la organización de derechos humanos bielorrusa Viasna, incluido el presidente de Viasna, Ales Bialiatski, el vicepresidente, Valiantsin Stefanovic, el abogado, Uladzimir Labkovich, la coordinadora de la red de voluntarios de Viasna, Marfa Rabkova, el jefe de la oficina de Viasna en Gomel, Leanid Sudalenka y el voluntario Andrei Chapiuk, así como la voluntaria Tatsiana Lasitsa, que fue liberada de la penitenciaría de Gomel el 24 de septiembre de 2022.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

199.

Mikhail Mikhailavich MURASHKIN

Mikhail Mikhailovich MURASHKIN

Мiхаiл Мiхайлавiч МУРАШКIН

Михаил Михайлович МУРАШКИН

Cargo(s): exjefe adjunto del Municipal Department of Internal Affairs de Zhodino; director de la Public Security Police Primer vicedirector del District Department of Internal Affairs de Borisov; director de la Public Security Police desde el 29.10.2021

Fecha de nacimiento: 8.9.1989

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

En su calidad de antiguo director de la Policía de Seguridad Pública en Zhodino, Mijaíl Murashkin ordenó a las tropas policiales y a la policía antidisturbios OMON que reprimieran brutalmente las protestas pacíficas tras las elecciones presidenciales de 2020, golpeando a los manifestantes y recurriendo a la violencia contra ellos. También está implicado en la detención ilegal reiterada de periodistas independientes que cubrían las protestas en el período previo a las elecciones presidenciales.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia. Sigue ocupando un puesto igualmente de alto nivel en el Servicio de Asuntos Internos.

3.8.2023

200.

Mikalai Vasilievich MAKSIMAVICH

Nikolai Vasilievich MAKSIMOVICH

Мiкалай Васiльевiч МАКСIМАВIЧ

Николай Васильевич МАКСИМОВИЧ

Cargo(s): jefe adjunto de la Public Security Militia, Internal Affairs Directorate del Regional Executive Committee de Minsk

Fecha de nacimiento: 25.2.1977

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Dirección: Minsk, st. Yankee Brylya 21, apt. 224;

Minsk, st. Kolesnikova 32, apt. 3

Número de identificación personal: 3250277M077PB2

En su calidad de jefe adjunto de la Milicia de Seguridad Pública, Dirección de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo Regional de Minsk, Mikalai Maksimavich es responsable de la brutal represión de las protestas pacíficas en el período previo a las elecciones presidenciales de agosto de 2020 y posteriormente. Ha ordenado personalmente a la policía antidisturbios OMON que reprimiera violentamente las manifestaciones, detuviera a los manifestantes y a los periodistas independientes que cubrían estos acontecimientos y los sometiera a duras condiciones de reclusión.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia.

3.8.2023

201.

Piotr Aleksandrovich ARLOU

Petr Aleksandrovich ORLOV

Пётр Александровiч АРЛОЎ

Петр Александрович ОРЛОВ

Cargo(s): juez del City Court de Minsk

Fecha de nacimiento: 6.4.1967

Lugar de nacimiento: Minsk, Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de identificación personal: 3040667A088PB0

Dirección: Minsk, st. Sharangovicha 78, apt. 60

En el cargo de juez del Tribunal Municipal de Minsk, Piotr Arlou ha representado al régimen de Lukashenka en numerosos juicios por motivos políticos y es responsable de las largas condenas in absentia contra varios miembros de la oposición democrática; Sviatlana Tsikhanouskaya (15 años), Pavel Latushka (18 años) y Volha Kavalkova, Maryia Maroz y Siarhei Dyleuski (12 años, cada uno).

Piotr Arlou también es responsable del enjuiciamiento y las condenas por motivos políticos del bloguero Eduard Palchys (13 años de prisión) y la periodista Katsiaryna Andreyeva (dos años). Estas condenas forman parte de una negación y castigo sistemáticos del ejercicio de la libertad de expresión por parte de las autoridades bielorrusas. Las condenas de PiotrArlou son ejemplos de la represión sistémica de la disidencia.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática, y de actividades que socavan gravemente la democracia y el Estado de Derecho en Bielorrusia.

3.8.2023

202.

Ruslan Khikmetavich MASHADZEOU

Ruslan Khikmetovich MASHADIYEV

Руслан Хiкметовiч МАШАДЗЕЎ

Руслан Хикметович МАШАДИЕВ

Cargo(s): exjefe adjunto de la penitenciaría n.o 1 actual jefe de la penitenciaría n.o 1

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Como jefe y exjefe adjunto de la penitenciaría n.o 1, Ruslan Mashadzeou es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a los presos políticos y a otros ciudadanos recluidos en dicha penitenciaría tras las elecciones presidenciales de 2020 y las consiguientes protestas pacíficas. Era el jefe de la penitenciaría cuando se produjo la muerte del preso político Vitold Ashurak en la penitenciaría el 21 de mayo de 2021, en circunstancias no elucidadas.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia.

3.8.2023

203.

Siarhei Uladzimiravich KARCHEUSKY

Sergey Vladimirovitch KARCHEVSKIY

Сяргей Уладзiмiравiч КАРЧЭЎСКI

Сергей Владимирович КАРЧЕВСКИЙ

Cargo(s): comandante y jefe del regime department de la penitenciaría n.o 17 de Shklow

Fecha de nacimiento: 15.6.1983

Dirección: 6 Fatina str, apt. 100, Mogilev, Belarus

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de identificación personal: 3150683MO74PB5

Como jefe del departamento del régimen de la penitenciaría n.o 17 de Shklow, Siarhei Kharcheusky es directamente responsable de las condiciones inhumanas de reclusión en la penitenciaría, de las prácticas violentas y los malos tratos infligidos a los presos, en particular a los presos políticos. Participó personalmente en palizas y otros actos de violencia extrema contra los presos y está directamente involucrado y es responsable de la muerte del preso político Vitold Ashurak en dicha penitenciaría el 21 de mayo de 2021.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia.

3.8.2023

204.

Siarhei Vasilyevich MASLIUKOU

Sergey Vasilyevich MASLIUKOV

Сяргей Васiльевiч МАСЛЮКОЎ

Сергей Васильевич МАСЛЮКОВ

Cargo(s): coronel jefe del servicio interno de la colonia educativa n.o 2 de Bobruysk

Lugar de nacimiento: Shklov, Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Dirección presunta: Bobruysk

En calidad de coronel jefe del servicio interno de la colonia educativa n.o 2 de Bobruysk, Siarhei Masliukou es responsable del trato inhumano y degradante de los menores. Es responsable de someter a niños a hambre, tortura, trabajo forzoso y diversas formas de violencia física y psicológica. También es responsable de privar a los reclusos menores de edad del acceso a la atención médica.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia.

3.8.2023

▼M56

205.

Sviatlana Aliaksandrauna BANDARENKA

Svetlana Aleksandrovna BONDARENKO

Святлана Аляксандраўна БАНДАРЭНКА

Светлана Александровна БОНДАРЕНКО

Cargo(s): jueza del Tribunal Supremo de Bielorrusia, exjueza del tribunal del distrito de Moskovsky, en Minsk

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

En su anterior cargo como jueza del distrito de Moskovsky, en Minsk, Sviatlana Bandarenka fue responsable de numerosas sentencias por motivos políticos. Condenó a varios ciudadanos bielorrusos por participar en protestas y publicar en Telegram comentarios contrarios al Gobierno. También condenó a la periodista Ekaterina Borisevich y al médico del hospital de urgencias Artyom Sorokin por revelar secretos médicos sobre Roman Bondarenko, que fue golpeado hasta la muerte por las fuerzas de seguridad.

Por lo tanto, es responsable de violaciones graves de los derechos humanos, de atentar gravemente contra el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática en Bielorrusia.

Fue nombrada jueza del Tribunal Supremo de Bielorrusia por Lukashenka.

3.8.2023.

▼M54

206.

Sviatlana Paulauna PAKHODAVA

Svetlana Pavlovna POKHODOVA

Святлана Паўлаўна ПАХОДАВА

Светлана Павловна ПОХОДОВА

Cargo(s): jefa de la penitenciaría n.o 4 de mujeres en Gomel

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Ubicación presunta: Gomel

Como jefa de la penitenciaría n.o 4 de mujeres de Gomel, Sviatlana Pakhodava es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluida la tortura, infligidos a las presas políticas y a otras ciudadanas retenidas en dicha penitenciaría de mujeres. Ya era la jefa de la penitenciaría en el momento del enjuiciamiento de Maria Kalesnikava, presa política a la que se condenó a pena de prisión de 11 años por su participación en las protestas contra el régimen autoritario de Aliaksandr Lukashenko en la penitenciaría. Se vio privada de todos los derechos de los presos, incluido el derecho a asesoramiento letrado.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia.

3.8.2023

207.

Tatsiana Valerieuna PIROZHNIKAVA

Tatiana Valeryevna PIROZHNIKOVA

Таццяна Валер’еўна ПIРОЖНIКАВА

Татьяна Валерьевна ПИРОЖНИКОВА

Cargo(s): jueza del tribunal del distrito de Moscovsky de Minsk

Fecha de nacimiento: 8.1.1987

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de identificación personal: 4010887M019PB2

Como jueza del distrito de Moskovsky de Minsk, Tatsiana Pirozhnikava condenó a varios ciudadanos bielorrusos por motivos políticos, por ejemplo por su participación en protestas y por la publicación de comentarios contrarios al Gobierno en Telegram. Está documentado que dicta en ocasiones penas más severas que las solicitadas por el fiscal.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

208.

Tatsiana Aliaksandrauna GRAKUN

Tatyana Alexandrovna GRAKUN

Таццяна Аляксандраўна ГРАКУН

Татьяна Александровна ГРАКУН

Cargo(s): fiscal superior de la Prosecutor’s Office for Supervision of Compliance with the Law of Court Decisions in Criminal Cases de la región de Minsk, consejera subalterna de Justicia

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Tatsiana Grakun es una fiscal bielorrusa que trabaja en la Fiscalía de la región de Minsk. En este cargo, ha representado al régimen de Lukashenka en causas con motivación política contra periodistas. En particular, ha procesado a Maryna Zolatava, redactora jefe de TUT.BY, que fue condenada a 12 años de prisión, y a Liudmila Chekina, directora general de TUT.BY, que fue condenada a 12 años de prisión en marzo de 2023, por acusaciones infundadas de «menoscabar la seguridad nacional de la República de Bielorrusia».

Por lo tanto, Tatsiana Grakun es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

209.

Valyantsina Mikalaeuna ZIANKEVICH

Valentina Nikolaevna ZENKEVICH

Валянцiна Мiкалаеўна ЗЯНКЕВIЧ

Валентина Николаевна ЗЕНЬКЕВИЧ

Cargo(s): jueza del Judicial Collegium for Criminal Cases del Tribunal Municipal de Minsk

Fecha de nacimiento: 8.1.1969

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Valyantsina Ziankevich es una jueza bielorrusa que desempeña sus funciones en un Colegio Judicial de lo Penal del Tribunal Municipal de Minsk. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra los opositores a las autoridades bielorrusas. Ha condenado al menos a siete ciudadanos bielorrusos por motivos políticos, entre ellos a Maryna Zolatava, redactora jefe de TUT.BY, que fue sentenciado a 12 años de prisión, y a Liudmila Chekina, directora general de TUT.BY, que fue sentenciado a 12 años de prisión en marzo de 2023. Está documentado que dicta sentencias por motivos políticos contra los opositores a las autoridades bielorrusas desde 2022.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

210.

Yauhen Valerievich BUBICH

Yevgeniy Valerievich BUBICH

Яўген Валер’евiч БУБIЧ

Евгений Валерьевич БУБИЧ

Cargo(s): jefe de la penitenciaría n.o 2; Teniente coronel del servicio interno

Fecha de nacimiento: 3.6.1979

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Dirección: Bobruysk, st. Kovzana 60, apartment 42;

Bobruysk, st. Kovzana 5/485;

Bobruysk, st. Internationalnaya 66B, apartment 31

Como jefe de la penitenciaría n.o 2 de Bobruysk, Yauhen Bubich es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, como la tortura, el trabajo forzoso y la violencia física y psicológica infligida a los presos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia.

3.8.2023

211.

Yuri Ivanavich VASILEVICH

Yuriy Ivanovich VASILEVICH

Юры Iванавiч ВАСIЛЕВIЧ

Юрий Иванович ВАСИЛЕВИЧ

Cargo(s): jefe de la penitenciaría n.o 14 de Novosady

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Como jefe de la penitenciaría n.o 14, Yury Vasilevich es responsable del maltrato de los reclusos retenidos bajo su jurisdicción y de tratos inhumanos y degradantes, incluida la tortura, infligidos a los presos políticos y a otros ciudadanos retenidos en dicha penitenciaría.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia.

3.8.2023

212.

Raman Ivanavich BIZIUK

Roman Ivanovich BIZYUK

Раман Iванавiч БIЗЮК

Роман Иванович БИЗЮК

Cargo(s): fiscal

Fecha de nacimiento: 25.3.1986

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3250386H012PB7

Dirección: Minsk, 30 Masherova Ave., apt. 25

Como fiscal del Tribunal Municipal de Minsk, Raman Biziuk ha representado al régimen de Lukashenka en numerosas causas con motivación política, en particular contra Marfa Rabkova y Andrei Chapyuk, a quienes se les impusieron condenas excepcionalmente largas de 15 y 6 años de prisión, respectivamente, y sus 8 coacusados, a quienes se les impusieron condenas de entre 5 y 17 años de prisión.

Marfa Rabkova fue encarcelada por motivos políticos, acusada de «impartir formación para participar en disturbios masivos o financiar dichas actividades» por coordinar el servicio de voluntariado en el grupo pro derechos humanos Viasna, reconocido internacionalmente, y organizar el seguimiento de las elecciones de agosto de 2020. También documentó casos de tortura y otros malos tratos contra manifestantes retenidos. Marfa Rabkova fue una de los primeros miembros de Viasna a quienes las autoridades acusaron por motivos políticos tras las protestas de agosto de 2020.

Andrei Chapiuk fue acusado de participación en organización delictiva y de incitación al odio, entre otros cargos, por su participación en Viasna como voluntario.

Su juicio se celebró a puerta cerrada a petición del fiscal Raman Biziuk y con la aprobación del juez Siarhei Khrypach debido a la supuesta existencia de «materiales de carácter extremista» en el caso.

Raman Biziuk también es responsable del enjuiciamiento por motivos políticos de los coacusados en el mismo juicio, concretamente Akihiro Haeuski-Hanada, Alyaksandr Frantaskevich, Alykaksei Galauko, Alyaksandr Kazlyanka, Pavel Shpteny, Mikita Dranets, Andrei Marach y Daniil Chul. Asimismo, es responsable de la acusación, por motivos políticos, contra Andrei Linnik y Anton Bialenski, así como contra Dzmitry Kanapelka, Vitalii Kavalenka, Tsimur Pipiya, Dzianis Boltuts, Vital Shyshlou y Emil Huseinau.

Raman Biziuk es, por tanto, responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática, y de actividades que socavan gravemente la democracia o el Estado de Derecho en Bielorrusia.

3.8.2023

213.

Siarhei Fiodaravich KHRYPACH

Sergey Fedorovich KHRIPACH

Сяргей Фёдаравiч ХРЫПАЧ

Сергей Федорович ХРИПАЧ

Cargo(s): juez del Tribunal Municipal de Minsk

Fecha de nacimiento: 16.4.1966

Lugar de nacimiento: Minsk, Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3160466A077PB2

Dirección: Minsk, st. Odintsova 105, apt. 206

Como juez del Tribunal Municipal de Minsk, Siarhei Khrypach ha representado al régimen de Lukashenka en numerosas causas con motivación política, en particular contra Marfa Rabkova y Andrei Chapiuk, a quienes se les impusieron condenas excepcionalmente largas de 15 y 6 años de prisión, respectivamente, y sus 8 coacusados, a quienes se les impusieron condenas de entre 5 y 17 años de prisión.

Marfa Rabkova fue encarcelada por motivos políticos, acusada de «impartir formación para participar en disturbios masivos o financiar dichas actividades» por coordinar el servicio de voluntariado en el grupo pro derechos humanos Viasna, reconocido internacionalmente, y por organizar el seguimiento de las elecciones de agosto de 2020. También documentó casos de tortura y otros malos tratos contra manifestantes retenidos. Marfa Rabkova fue una de los primeros miembros de Viasna a quienes las autoridades acusaron por motivos políticos tras las protestas de agosto de 2020.

Andrei Chapiuk fue acusado de participación en organización delictiva y de incitación al odio, entre otros cargos, por su participación en Viasna como voluntario.

Su juicio se celebró a puerta cerrada a petición del fiscal Raman Biziuk y con la aprobación del juez Siarhei Khrypach debido a la supuesta existencia de «materiales de carácter extremista» en el caso.

Siarhei Khrypach también es responsable de la celebración de juicios y la imposición de condenas por motivos políticos contra los coacusados en el mismo juicio, concretamente Akihiro Haeuski-Hanada, Alyaksandr Frantaskevich, Alykaksei Galauko, Alyaksandr Kazlyanka, Pavel Shpteny, Mikita Dranets, Andrei Marach y Daniil Chul.

Asimismo, Siarhei Khrypach es responsable de la sentencia dictada por motivos políticos contra Yegor Dudnikov en mayo de 2021.

Por tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática, y de actividades que socavan gravemente la democracia o el Estado de Derecho en Bielorrusia.

3.8.2023

214.

Vadzim Frantzavich GIGIN

Vadim Franzevich GIGIN

Vadzim HIHIN

Вадзiм Францавiч ГIГIН

Вадим Францевич ГИГИН

Cargo(s): director de la National Library of Belarus, exjefe de la sociedad gubernamental bielorrusa «Knowledge», y decano de la Faculty of Philosophy and Social Sciences de la Belarus State University y doctorando en Historia de la Ciencia

Fecha de nacimiento: 21.10.1977

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua RSS de Bielorrusia (actualmente Bielorrusia)

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Vadzim Gigin es uno de los miembros más enérgicos e influyentes del sistema de propaganda estatal bielorruso. Apoya sistemáticamente al régimen de Lukashenka y a menudo ofrece sus opiniones en los canales de televisión estatales ONT y Belarus 1. Vadzim Gigin ha apoyado y justificado la represión de la oposición democrática y la sociedad civil y de los medios de comunicación independientes, en particular tras las elecciones presidenciales de agosto de 2020. Vadzim Gigin difunde sus discursos propagandísticos sobre un «régimen nazi de Ucrania», en descrédito de Occidente y justificación de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania.

Hasta junio de 2023, Vadzim Gigin dirigió la sociedad bielorrusa «Conocimiento» («Knowledge»), conocida como organización no gubernamental auspiciada por el Estado que defiende a Lukashenka y su régimen. La contribución de Gigin al régimen fue reconocida por Lukashenka en septiembre de 2021, cuando se le concedió la medalla «por méritos laborales». Además, en febrero de 2023 fue nombrado miembro de la comisión para examinar los recursos de los ciudadanos bielorrusos en el extranjero en relación con delitos cometidos por ellos, encabezada por el fiscal general de Bielorrusia, Andrei Shved.

Por lo tanto, Vadzim Gigin se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

3.8.2023

215.

Ksenia Piatrouna LEBEDZEVA

Ksenia Petrovna LEBEDEVA

Ксенiя Пятроўна ЛЕБЕДЗЕВА

Ксения Петровна ЛЕБЕДЕВА

Cargo(s): propagandista y empleada del canal estatal Belarus 1 y de Belarus News Agency

Fecha de nacimiento: 12.12.1987

Lugar de nacimiento: Mogilev, antigua RSS de Bielorrusia (actualmente Bielorrusia)

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Ksenia Lebedzeva es una de los principales propagandistas del régimen de Lukashenka y estrechamente asociada a los medios de comunicación del régimen. Es presentadora de televisión bielorrusa en el canal estatal Belarus 1. Desde julio de 2021 ha presentado el programa de información y análisis «Esto es diferente» en el canal de televisión estatal Belarus 1. En su sección y en sus reportajes para el canal de televisión Belarus 1 promueve la propaganda rusa en relación con la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y la propaganda estatal bielorrusa dirigida contra la oposición y los países vecinos. Ksenia Lebedzeva divulga la idea de que Ucrania, junto con la OTAN, ha estado lanzando información y operaciones psicológicas especiales contra Bielorrusia desde 2020, así como el relato de Lukashenka según el cual los representantes de la oposición están financiados por países occidentales.

El 16 de enero de 2021, Ksenia Lebedzeva recibió el agradecimiento del presidente Lukashenka por «una importante contribución a la aplicación de la política de información del Estado, su gran profesionalidad y una cobertura objetiva y completa de los acontecimientos de la vida sociopolítica y sociocultural del país».

Por lo tanto, Ksenia Lebedeva se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

3.8.2023

216.

Zinaida Vasilieuna BALABALAVA

Zinaida Vasilievna BALABALAVA

Зiнаiда Васiльеўна БАЛАБАЛАВА

Зинаида Васильевна БАЛАБОЛАВА

Cargo(s): jueza del Tribunal Municipal de Navapolatsk

Sexo: femenino

Como jueza del Tribunal Municipal de Navapolatsk, Zinaida Balabalava es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos, en particular la condena de la líder sindical Volha Bytsikava y de los activistas Hanna Tukava y Andrei Halavyryn. Ha impuesto multas a personas y ha ordenado su detención por publicar pancartas de «no a la guerra» o informar sobre juicios de forma independiente.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

217.

Halina KNIZHONAK

Galina KNIZHONAK

Галiна КНIЖОНАК

Галина КНИЖОНАК

Cargo(s): jueza del Tribunal de Distrito de Mazyr

Sexo: femenino

Como jueza del Tribunal de Distrito de Mazyr, Halina Knizhonak es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos, en particular la condena de Hleb Koipish, Uladzislau Hancharou, Aliaksandr Tsimashenka y Daniil Skipalski. Ha condenado a penas de prisión a personas por participar en protestas pacíficas contra el régimen de Lukashenka.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

218.

Hanna Barisauna LIAVUSIK

Anna Borisovna LEUSIK

Ганна Барысаўна ЛЯВУСIК

Анна Борисовна ЛЕУСИК

Cargo(s): jueza del Tribunal de Distrito de Leninsky de Hrodna/Grodno

Fecha de nacimiento: 7.10.1973

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Dirección: Grodno, st. Soviet Border Guards 120, apt. 47

Número de identificación personal: 4071073K000PB2

Como jueza del Tribunal de Distrito de Leninski (Hrodna), Hanna Liavusik es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos, en concreto de la condena de Alexander Tyelega. Ha condenado a personas a multas y penas de prisión por pronunciarse contra la violencia y la represión.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

219.

Henadz Ivanavich KUDLASEVICH

Gennadiy Ivanovich KUDLASEVICH

Генадзь Iванавiч КУДЛАСЕВIЧ

Геннадий Иванович КУДЛАСЕВИЧ

Cargo(s): juez del Tribunal de Distrito de Ivanovsky

Fecha de nacimiento: 5.5.1973

Lugar de nacimiento: Tereblychi, distrito de Stolin, antigua RSS de Bielorrusia (actualmente Bielorrusia)

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Como juez del Tribunal de Distrito de Ivanovsky, Henadz Kudlasevich es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos, en concreto de la condena de Yuryi Holik. Ha condenado a personas a penas de prisión, a arresto domiciliario y a multas por protestar contra el Gobierno o por informar de forma independiente.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

220.

Ina Leanidauna PAULOUSKAYA

Inna Leonidovna PAVLOVSKAYA

Iна Леанiдаўна ПАЎЛОЎСКАЯ

Инна Леонидовна ПАВЛОВСКАЯ

Cargo(s): jueza del Tribunal de Distrito de Baranovichi

Fecha de nacimiento: 29.7.1975

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Dirección: Baranovichi, st. Mikolskaya 32

Número de identificación personal: 4290775C016PB9

Como jueza del Tribunal del Distrito de Baranovichi, Ina Paulouskaya es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos, en concreto de la condena de Vitaly Korsak y Anatoly Pugach. Ha condenado a personas a penas de prisión y multas por criticar al presidente Lukashenka y por protestar contra el resultado de las elecciones presidenciales de 2020.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

221.

Aliaksandr Mikalaevich TARAKANAU

Alexander Nikolaevich TARAKANOV

Аляксандр Мiкалаевiч ТАРАКАНАЎ

Александр Николаевич ТАРАКАНОВ

Cargo(s): juez del Tribunal de Distrito de Shklov, región de Mogilev

Fecha de nacimiento: 19.5.1965

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Aliaksandr Tarakanau es un juez bielorruso que desempeña sus funciones en un Tribunal de Distrito de Shklov, en la región de Mogilev. Fue nombrado con carácter indefinido por Aliaksandr Lukashenka en 2017. Dictó principalmente sentencias que incrementaban las penas de los opositores políticos a las autoridades bielorrusas, especialmente en el contexto de la modificación de penas impuestas a penas de prisión absoluta o a un régimen más estricto de cumplimiento de dichas penas. Una decisión de este tipo se adoptó en el caso del filósofo y periodista Uladzimir Matskievich, vinculado al canal de televisión independiente Belsat. Por lo tanto, Aliaksandr Tarakanau es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

222.

Dzmitriy Vitalievich BUBENCHIK

Dmitriy Vitalievich BUBENCHIK

Дзмiтрый Вiтальевiч БУБЕНЧЫК

Дмитрий Витальевич БУБЕНЧИК

Cargo(s): juez del Tribunal Regional de Grodno

Fecha de nacimiento: 15.7.1985

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Dzmitriy Bubenchik es un juez bielorruso que desempeña sus funciones en un Tribunal de Distrito de Grodno. Fue nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra los opositores a las autoridades bielorrusas. El 8 de febrero de 2023 condenó a Andrzej Poczobut, periodista independiente y activista en favor de la minoría polaca crítico con el Gobierno de la República de Bielorrusia, a ocho años de prisión.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

223.

Aleg Uladzimiravich KHOROSHKA

Oleg Vladimirovich KHOROSHKO

Алег Уладзiмiравiч ХОРОШКА

Олег Владимирович ХОРОШКО

Cargo(s): juez del Tribunal Regional de Gomel

Fecha de nacimiento: 22.5.1977

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Aleg Khoroshka es un juez bielorruso, que desempeña sus funciones en un Tribunal de Distrito de Gomel. Fue nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Dictó sentencias con motivación política contra los opositores a las autoridades bielorrusas, entre ellos una periodista de la cadena de televisión independiente Belsat, Katsiaryna Andreyeva, condenada a ocho años y tres meses en una penitenciaría.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

224.

Anastasia Uladzimirouna BENEDZISIUK

Anastasia Vladimirovna BENEDISYUK

Анастасiя Уладзiмipаўна БЕНЕДЗIСЮК

Анастасия Владимировна БЕНЕДИСЮК

Cargo(s): jefa del Departamento de Reporteros de TV News Agency en el canal nacional público de televisión Belarus 1

Fecha de nacimiento: 31.10.1992

Lugar de nacimiento: Oshmyan, Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Anastasia Benedzisiuk es una de las principales propagandistas del régimen de Lukashenka y jefa del Departamento de Reporteros de la Agencia Televisiva de Noticias que elabora reportajes para el canal de televisión Belarus 1.

Presenta el informativo «Plan B» en el canal de televisión de propiedad estatal «Belarus 1». En su programa y reportajes para el canal de televisión Belarus 1, difunde el relato de la propaganda rusa sobre un «régimen nazi de Ucrania», las fuerzas armadas ucranianas, así como la propaganda del presidente Lukashenka contra la oposición bielorrusa y el regimiento Kalinousky. También difunde propaganda contra las sanciones occidentales.

En 2023, Anastasia Benedzisiuk recibió el reconocimiento oficial de agradecimiento por parte de Lukashenka por su «importante contribución a la aplicación de la política de información del Estado, su gran profesionalidad y una cobertura objetiva y completa de los acontecimientos de la vida sociopolítica y sociocultural del país».

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

3.8.2023

225.

Yauhen PUSTAVY

Yevgeniy PUSTOVOY

Яўген ПУСТАВЫ

Евгений ПУСТОВОЙ

Cargo: propagandista y presentador bielorruso

Fecha de nacimiento: 29.2.1984

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Yauhen Pustavy es un propagandista bielorruso que trabaja para Stolichnoye Televideniye, una de las tres cadenas de televisión nacionales de Bielorrusia, y para Minskaya Prauda, un periódico estatal. Es responsable de difundir propaganda en apoyo de las políticas de Lukashenka y en justificación de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania. Fue galardonado por Lukashenko por su labor en el desarrollo de la política de información del Estado. Además, es miembro de la comisión estatal destinada a hacer comprobaciones acerca de los refugiados políticos que desean regresar a Bielorrusia. Esta comisión fue creada por Lukashenka con el objetivo político de hacer ver que los refugiados que regresan a Bielorrusia lamentan sus acciones contra el régimen de Lukashenka.

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

3.8.2023

226.

Alena Stanislavauna HARMASH

Alena Stanislavovna GORMASH

Алена Станiславаўна ГОРМАШ

Елена Станиславовна ГОРМАШ

Cargo: jueza del Tribunal del Distrito de Bobruisk y Bobruisk

Fecha de nacimiento: 10.9.1967

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Alena Harmash es una jueza bielorrusa que desempeña sus funciones en un Tribunal del Distrito de Bobruisk y Bobruisk. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra los opositores a las autoridades bielorrusas. Ha condenado a seis partidarios de la oposición y activistas por motivos políticos. Está documentado que ha dictado sentencias por motivos políticos contra los opositores a las autoridades bielorrusas desde 2020.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

227.

Andrei Ramanavich TARASEVICH

Andrei Romanovich TARASEVICH

Андрэй Раманавiч ТАРАСЕВIЧ

Андрей Романович ТАРАСЕВИЧ

Cargo: juez del Tribunal de Distrito de Glubokoye

Fecha de nacimiento: 10.11.1974

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Andrei Tarasevich es un juez bielorruso que desempeña sus funciones en un Tribunal de Distrito de Glubokoye. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra los opositores a las autoridades bielorrusas. Condenó al menos a trece ciudadanos bielorrusos por motivos políticos. Está documentado que ha dictado sentencias por motivos políticos contra los opositores a las autoridades bielorrusas de 2017 a 2023.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

228.

Hanna Mikhailauna ASIPENKA

Anna Mikhailovna OSIPENKO

Ганна Мiхайлаўна АСIПЕНКА

Анна Михайловна ОСИПЕНКО

Cargo: jueza del Tribunal del Distrito de Bobruisk y Bobruisk

Fecha de nacimiento: 7.12.1982

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Hanna Asipenka es una jueza bielorrusa que desempeña sus funciones en un tribunal del distrito de Bobruisk y Bobruisk. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra los opositores a las autoridades bielorrusas. Entre 2020 y 2023, participó de manera activa en la condena de opositores políticos al régimen. Durante ese período, dictó al menos trece sentencias, incluidas las de los casos de dos periodistas de medios de comunicación independientes.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

229.

Iryna Uladzimirauna PADKAVYRAVA

Irina Vladimirovna PODKOVYROVA

Iрына Уладзiмiраўна ПАДКАВЫРАВА

Ирина Владимировна ПОДКОВЫРОВА

Cargo: fiscal

Fecha de nacimiento: 22.9.1972

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Iryna Padkavyrava es una fiscal bielorrusa. Ha estado vinculada a las autoridades encargadas de perseguir la delincuencia al menos desde 2009, cuando ejerció como fiscal superior en la región de Gomel. En 2022, actuó como fiscal en el juicio de una periodista independiente afiliada a TVP y Belsat TV. En aquel momento, solicitó una pena de cuatro años de prisión para la periodista. También participó en el examen de los recursos contra las sentencias dictadas por publicar en las redes sociales bielorrusas contenidos desfavorables para el Gobierno y sus funcionarios. En su calidad de fiscal, apoyó las penas impuestas, considerándolas adecuadas y justas.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

230.

Ludmila Stsiapanauna VASHCHANKA

Ludmila Stiepanovna VASHCHENKO

Людмiла Сцяпанаўна ВАШЧАНКА

Людмила Степановна ВАЩЕНКО

Cargo: jueza del Tribunal de Distrito de Glubokoye

Fecha de nacimiento: 22.9.1972

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Liudmila Vashchanka es una jueza bielorrusa que desempeña sus funciones en el Tribunal de Distrito de Glubokoye. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra los opositores a las autoridades bielorrusas. Está documentado que de 2007 a 2023 ha dictado sentencias por motivos políticos contra opositores a las autoridades bielorrusas. Durante este período condenó por motivos políticos al menos a nueve ciudadanos bielorrusos, entre ellos simpatizantes y activistas de la oposición.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

231.

Uladzimir Aliaksandravich DAVYDAU

Vladimir Alexandrovich DAVYDOV

Уладзiмiр Аляксандравiч ДАВЫДАЎ

Владимир Александрович ДАВЫДОВ

Cargo: juez del Tribunal Supremo de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 11.4.1967

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Uladzimir Davydau es un juez bielorruso que desempeña sus funciones en el Tribunal Supremo de Bielorrusia. Fue nombrado con carácter indefinido por Aliaksandr Lukashenka en 2014. El juez Davydau se pronunció principalmente sobre recursos relativos a penas de prisión impuestas a activistas políticos y periodistas. No modificó las penas impuestas. Tomó tal decisión en el caso del periodista de Belsat, Pavel Vinahradau.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

232.

Viachaslau Uladzimiravich YELISEENKA

Vyacheslav Vladimirovich ELISEENKO

Вячаслаў Уладзiмiравiч ЕЛIСЕЕНКА

Вячеслав Владимирович ЕЛИСЕЕНКО

Cargo: juez del Tribunal de Distrito de Dokshitsy

Fecha de nacimiento: 10.4.1979

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Viachaslau Yeliseenka es un juez bielorruso que desempeña sus funciones en un Tribunal de Distrito de Dokshitsy. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra los opositores a las autoridades bielorrusas. Ha condenado a diez ciudadanos bielorrusos por motivos políticos. Está documentado que ha dictado sentencias por motivos políticos contra opositores a las autoridades bielorrusas desde 2018.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

233.

Anton Uladzimiravich KALYAGA

Anton Vladimirovich KOLYAGO

Антон Уладзiмiравiч КАЛЯГА

Антон Владимирович КОЛЯГО

Cargo: investigador jefe (investigador para casos especialmente importantes de la Main Directorate for the Investigation of Crimes in the Sphere of Organized Crime and Corruption of the Central Apparatus of the Investigative Committee), mayor de justicia

Fecha de nacimiento: 2.10.1989

Lugar de nacimiento: Minsk, República de Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Anton Kalyaga es investigador de la Dirección Principal de Investigación de Delitos en la Esfera de la Delincuencia Organizada y la Corrupción de la Oficina Central del Comité de Investigación de la República de Bielorrusia (Main Directorate for Investigating Crimes in the Sphere of Organized Crime and Corruption of the Central Office of the Investigative Committee of the Republic of Belarus). Está a cargo de la causa penal contra miembros de Viasna. Los procesos judiciales contra Ales Bialiatski, Valianstin Stefanovich y Uladzimir Labkovich contienen numerosas irregularidades y el período de investigación ha sido ampliado artificialmente por las autoridades en un intento de fabricar pruebas, superando el plazo establecido por la legislación bielorrusa y las normas internacionales sobre el derecho a la tutela judicial efectiva. La investigación y el juicio del caso Viasna no respetaron el Estado de Derecho.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de menoscabar gravemente el Estado de Derecho, así como de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

3.8.2023

▼M58

234.

Andrii Valeriovich ANANENKO

Andrei Valerievich ANANENKO

Андрій Валерійович АНАНЕНКО

Андрей Валерьевич АНАНЕНКО

Jefe del Main Department for Combating Organised Crime and Corruption del Ministerio del Interior (GUBOPiK)

Fecha de nacimiento: 13.10.1977

Lugar de nacimiento: Minsk, Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Andrii Ananenko es jefe del Departamento Principal de Lucha contra la Delincuencia Organizada y la Corrupción (Main Department for Combating Organised Crime and Corruption) del Ministerio del Interior (GUBOPiK). GUBOPiK es uno de los principales órganos responsables de la persecución política en Bielorrusia, en especial, de detenciones arbitrarias e ilegales de activistas y miembros de la sociedad civil que han sufrido malos tratos, incluidas torturas.

GUBOPiK ha publicado vídeos de confesiones obtenidas mediante coacción de activistas bielorrusos y ciudadanos corrientes, exponiéndolos al público bielorruso general y utilizándolos como herramienta de presión política.

En el ejercicio de su cargo, Andrii Ananenko es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia. Además, apoya al régimen de Lukashenka.

5.8.2024

235.

Mikhail Piatrovich BYADUNKEVICH

Mikhail Petrovitch BEDUNKEVICH

Міхаіл Пятровіч БЯДУНКЕВIЧ

Михаил Петрович БЕДУНКЕВИЧ

Jefe adjunto del Main Department for Combating Organised Crime and Corruption del Ministerio del Interior (GUBOPiK); jefe del tercer departamento de GUBOPiK, que es responsable de la lucha contra el «extremismo»

Fecha de nacimiento: 8.10.1977.

Lugar de nacimiento: Minsk, Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Mikhail Byadunkevich es el jefe adjunto del Departamento Principal de Lucha contra la Delincuencia Organizada y la Corrupción (Main Department for Combating Organised Crime and Corruption) del Ministerio del Interior (GUBOPiK) y jefe del tercer departamento de GUBOPiK, que es responsable de la lucha contra el «extremismo». GUBOPiK es uno de los principales órganos responsables de la persecución política en Bielorrusia, en especial, de detenciones arbitrarias e ilegales de activistas y miembros de la sociedad civil que han sufrido malos tratos, incluidas torturas.

GUBOPiK ha publicado vídeos de confesiones obtenidas mediante coacción de activistas bielorrusos y ciudadanos corrientes, exponiéndolos al público bielorruso general y utilizándolos como herramienta de presión política.

Por su cargo, Mikhail Byadunkevich es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia. Además, apoya al régimen de Lukashenka.

5.8.2024

236.

Zmitser Aliaksandrovich KOVACH

Dimitri Aleksandrovich KOVACH

Змiцер Аляксандравiч КОВАЧ

Дмитрий Александрович КОВАЧ

Jefe adjunto del Main Department for Combating Organised Crime and Corruption del Ministerio del Interior (GUBOPiK)

Fecha de nacimiento: 14.1.1979

Lugar de nacimiento: Elisovo, región/oblast de Mogilev

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Zmitser Kovach es jefe adjunto del Departamento Principal de Lucha contra la Delincuencia Organizada y la Corrupción (Main Department for Combating Organized Crime and Corruption) del Ministerio del Interior (GUBOPiK). GUBOPiK es uno de los principales órganos responsables de la persecución política en Bielorrusia, en especial, de detenciones arbitrarias e ilegales de activistas y miembros de la sociedad civil que han sufrido malos tratos, incluidas torturas.

GUBOPiK ha publicado vídeos de confesiones obtenidas mediante coacción de activistas bielorrusos y ciudadanos corrientes, exponiéndolos al público bielorruso general y utilizándolos como herramienta de presión política.

Por su cargo, Zmitser Kovach es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia. Además, apoya al régimen de Lukashenka.

5.8.2024

237.

Mikhail KAVALIOU

Mikhail KOVALEV

Міхаіл КАВАЛЁЎ

Михаил КАВАЛЁВ

Jefe adjunto del Department of State Prosecution of the Office for Supervision of Compliance with the Law of Court Decisions in Criminal Cases, Prosecutor General’s Office

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

En su cargo como jefe adjunto del Departamento de Vigilancia de la Fiscalía del Estado del Cumplimiento de las Resoluciones Judiciales en materia penal, Oficina de la Fiscalía General (Department of State Prosecution of the Office for Supervision of Compliance with the Law of Court Decisions in Criminal Cases, Prosecutor General’s Office), Mikhail Kavaliou es responsable de numerosos casos penales con motivaciones políticas contra la oposición bielorrusa. En concreto, está involucrado en la persecución por motivos políticos de Svetlana Tsikhanouskaya, Pavel Latushko, Olga Kovalkova, Maria Moroz y Sergei Dylevsky, todos ellos miembros del Consejo de Coordinación (Coordination Council), un organismo de la oposición bielorrusa, así como en el caso de «conspiración para tomar el poder» contra Yuri Ziankovich, Alexander Fyaduta, Ryhor Kastusyov, Olga Halubovych y Dzianis Kravchuk.

Por lo tanto, Mikhail Kavaliou es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

5.8.2024

238.

Viktar Aliaksandravich DUBROUKA

Viktor Alexandrovich DUBROVKA

Віктар Аляксандравіч ДУБРОЎКА

Виктор Александрович ДУБРОВКА

Jefe de la Penal Colony No 11; coronel del servicio interno

Nacionalidad: bielorrusa

Fecha de nacimiento: 19.6.1978

Lugar de nacimiento: Makhnachi, distrito de Slonim, región de Grodno

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3190678K013PB2

Viktar Dubrouka es el jefe de la penitenciaría n.o 11 (Penal Colony No 11), en la que Siarhei Ramanau cumple una condena de veinte años y once meses, y Vadzim Bobyrau una de once años. Tanto Ramanau como Bobyrau han sido confinados en la celda de castigo en múltiples ocasiones.

Por lo tanto, Viktar Dubrouka es responsable de graves violaciones de los derechos humanos en Bielorrusia.

5.8.2024

239.

Pavel Ivanavich KAZAKOU

Pavel Ivanovich KAZAKOV

Павел Iванавіч КАЗАКОЎ

Павел Иванович КАЗАКОВ

Jefe de la Prison No 1 de Grodno; coronel del servicio interno

Fecha de nacimiento: 11.6.1977

Lugar de nacimiento: Russ, distrito de Volkavysk, región de Grodno

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3110677K031PB5

Pavel Kazakou es el jefe de la prisión n.o 1 (Prison No 1) de Grodno, donde el preso político Ales Pushkin y el artista Ruslan Karchauli murieron por no recibir la atención médica adecuada. Otros presos detenidos en dicha penitenciaría testificaron sobre las condiciones inhumanas.

Por lo tanto, Pavel Kazakou es responsable de graves violaciones de los derechos humanos en Bielorrusia.

5.8.2024

240.

Dzianis Anatolievich TAUSTSIANKOU

Denis Anatolievich TOLSTENKOV

Дзяніс Анатольевіч ТАЎСЦЯНКОЎ

Денис Анатольевич ТОЛСТЕНКОВ

Jefe de la Penal Colony No 4; teniente coronel del servicio interno

Nacionalidad: bielorrusa

Fecha de nacimiento: 17.8.1977

Lugar de nacimiento: Orsha, región de Vitebsk

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3170877M000PB9

Dzianis Taustsiankou es el jefe de la penitenciaría n.o 4 (Penal Colony No 4), en la que Polina Sharendo-Panasyuk, activista social, está encarcelada. Su marido, Andrei Sharendo, ha contado las condiciones inhumanas y las torturas a las que se ha enfrentado su mujer en dicha prisión.

Por lo tanto, Dzianis Taustsiankou es responsable de graves violaciones de los derechos humanos en Bielorrusia.

5.8.2024

241.

Vasil Vasilevich KOLEDA

Vasily Vasilyevich KOLEDA

Васіль Васільевіч КОЛЕДА

Василий Васильевич КОЛЕДА

Jefe adjunto de la Prison No 1 de Grodno; teniente coronel del servicio interno

Sexo: masculino

Vasil Koleda es el jefe adjunto de la prisión n.o 1 (Prison No 1) de Grodno, donde murieron el preso político Ales Pushkin y el artista Ruslan Karchauli por no recibir la atención médica adecuada. Otros presos detenidos en dicha penitenciaría testificaron sobre las condiciones inhumanas.

Por lo tanto, Vasil Koleda es responsable de graves violaciones de los derechos humanos en Bielorrusia.

5.8.2024

242.

Andrei Mikhailovich TSEDRYK

Andrey Mikhailovich TSEDRIK

Андрэй Міхайлавіч ЦЭДРЫК

Андрей Михайлович ЦЕДРИК

Jefe del Pre-Trial Detention Centre No 1; coronel del servicio interno

Nacionalidad: bielorrusa

Fecha de nacimiento: 20.4.1978

Lugar de nacimiento: Minsk

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3200478A058PB3

Andrei Tsedryk es el jefe del Centro de Detención Preventiva n.o 1 en Minsk, también denominado «Voldarka». Muchos presos políticos, entre ellos Ales Pushkin, han pasado por dicho centro y han testificado que las condiciones del centro son inhumanas. En este centro está detenido Ales Bialiatski. El centro también carece de un servicio hospitalario adecuado.

Por lo tanto, Andrei Tsedryk es responsable de graves violaciones de los derechos humanos en Bielorrusia.

5.8.2024

243.

Iryna Barisauna AKULOVICH

Irina Borisovna AKULOVICH

Iрына Барысаўна АКУЛОВIЧ

Ирина Борисовна АКУЛОВИЧ

Director general de la republican unitary enterprise, Belarusian Telegraph Agency (BelTA)

Fecha de nacimiento: 24.10.1974

Lugar de nacimiento: Mogilev, Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Iryna Akulovich apoya desde hace mucho tiempo a Aliaksandr Lukashenka. Aliaksandr Lukashenka la nombró, en 2018, directora general de la mayor agencia estatal de noticias, Belarusian Telegraph Agency (BelTA), cargo que aún ocupa. BelTA, a través de sus publicaciones y actividades, como exposiciones fotográficas y actos públicos, promociona profusamente a Lukashenka y su régimen.

En sus declaraciones y actividades públicas, Iryna Akulovich ha mostrado su apoyo a Lukashenka y sus discursos sobre la oposición democrática. Como jefa de BelTA, marca la pauta y la dirección de la agencia de noticias, y opina que los medios de comunicación son una herramienta para preservar el régimen actual del país. Por lo tanto, apoya al régimen de Lukashenka.

5.8.2024

244.

Mikita Sviatoslavovich RACHYLOUSKI

Nikita Sviatoslavovich RACHILOVSKYI

Мікіта Святаслававіч РАЧЫЛОЎСКI

Никита Святославович РАЧИЛОВСКИЙ

Presentador del programa de televisión «Senate» en la cadena STV (СТВ); presidente del Youth Council, Youth Parliament at the National Assembly of the Republic of Belarus; miembro de la Youth Chamber commission on tourism and environment at the Parliamentary Assembly of the Union State of Belarus and Russia. Presidente de la alianza cívica juvenil «Moving Forward».

Fecha de nacimiento: 28.7.1997

Lugar de nacimiento: Minsk, Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Mikita Rachylouski ocupa altos cargos en la institución gubernamental del Consejo de la Juventud (Youth Council), Parlamento de la Juventud en la Asamblea Nacional de la República de Bielorrusia (Youth Parliament at the National Assembly of the Republic of Belarus), en la ONG creada por el Gobierno «Moving Forward» y en los medios de comunicación (programa de televisión «Senate»). Utilizando estos cargos, Mikita Rachylouski se manifestó contra los ciudadanos bielorrusos por criticar al Gobierno, por participar en las protestas de 2020 y por tener opiniones opuestas. Se pronunció especialmente a favor del castigo y la persecución del bloguero Kokobay, así como de la banda musical «Drozdy», entre otros.

Sus declaraciones incitan a la persecución y al odio hacia los críticos del régimen. Durante una de sus numerosas comparecencias televisivas, abogó por despedir al personal de las facultades de historia de las universidades bielorrusas. Ha manifestado en numerosas ocasiones su apoyo al Gobierno bielorruso y a Aliaksandr Lukashenka. Por lo tanto, apoya al régimen de Lukashenka.

5.8.2024

245.

Dzmitry Aliaksandrovich ZHUK

Dmitrii Aleksandrovich ZHUK

Дзмітрый Аляксандравіч ЖУК

Дмитрий Александрович ЖУК

Director y redactor jefe de la casa editorial Belarus Today

Fecha de nacimiento: 7.7.1970

Lugar de nacimiento: Letkaushchyna, región de Minsk

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3070770A081PB7

Dzmitry Zhuk apoya desde hace mucho tiempo a Aliaksandr Lukashenka y su régimen. Anteriormente fue jefe del servicio de prensa de Lukashenka y durante mucho tiempo director general de la mayor agencia estatal de noticias, Belarusian Telegraph Agency (BelTA).

Desde 2018, es director y redactor jefe de la casa editorial Belarus Today. En este cargo, Dzmitry Zhuk ha transmitido voluntariamente al público bielorruso información falsa sobre las represiones cometidas por las autoridades estatales, ha difundido la desinformación elaborada por las autoridades bielorrusas y rusas y ha promovido el odio hacia la oposición democrática y la sociedad civil. Es directamente responsable de la manera en que Belarus Today presenta la información sobre la situación en el país, prestando su apoyo a las autoridades, en particular a Lukashenka. Por lo tanto, apoya al régimen de Lukashenka.

5.8.2024

246.

Viachaslau Ivanavich TULEYKA

Vyacheslav Ivanovich TULEYKO

Вячаслаў Iванавіч ТУЛЕЙКА

Вячеслав Иванович ТУЛЕЙКО

Juez del Minsk Regional Court

Fecha de nacimiento: 27.7.1977

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Como juez del Tribunal Regional de Minsk (Minsk Regional Court), Viachaslau Tuleyka ha representado al régimen de Lukashenka en numerosos juicios por motivos políticos y es responsable de las largas condenas dictadas contra varios trabajadores de medios de comunicación: lryna Leushyna (BelaPAN), Dzmitry Navazhylau (BelaPAN), Andrey Alyaksandrau (BelaPAN), lryna Zlobina (BelaPAN), Stepan Putilo (Nexta), Yan Rudik (Nexta) y Roman Pratasevich (Nexta). También ha condenado a un ciudadano bielorruso por publicar comentarios antigubernamentales en las redes sociales. Dichas condenas forman parte de una negación y castigo sistemáticos del ejercicio de la libertad de expresión por parte de las autoridades bielorrusas.

Por lo tanto, Viachaslau Tuleyka es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

5.8.2024

247.

Alena Mikalayeuna ANANICH

Elena Nikoayevna ANANICH

Алена Мікалаеўна АНАНIЧ

Елена Николаевна АНАНИЧ

Jueza del Minsk City Court

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Alena Ananich es una jueza bielorrusa que ejerce sus funciones en el Tribunal de la Ciudad de Minsk (Minsk City Court) desde 2015, nombrada por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado numerosas sentencias por motivos políticos contra los opositores a las autoridades bielorrusas, en particular con penas de prisión especialmente elevadas: Yauhen Yushkevich, once años; Vital Brahiniets (abogado del Premio Nobel de la Paz Alies Bialatski), ocho años; Viachaslau Kandyba, siete años y Siarhiei Nikitsin, seis años. También ha condenado en rebeldía a un activista de la oposición en el extranjero, Stanislau Lupanosau, antiguo funcionario del Departamento Principal de Lucha contra la Delincuencia Organizada y la Corrupción (Main Department for Combating Organised Crime and Corruption) del Ministerio del Interior (GUBOPiK), a dieciocho años de prisión.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos o de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

5.8.2024

248.

Anatoliy Ryhoravich SOTNIKAU

Anatoliy Grigorievich SOTNIKOV

Анатолій Рыгоравіч СОТНIКАЎ

Анатолий Григорьевич СОТНИКОВ

Juez del Gomel Regional Court

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Anatoliy Sotnikau es un juez que ejerce sus funciones en el Tribunal Regional de Gomel (Gomel Regional Court) desde 2019, nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra ciudadanos bielorrusos que han expresado sus opiniones contra la guerra de agresión a gran escala de Rusia contra Ucrania y la brutalidad de las estructuras policiales bielorrusas.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos o de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

5.8.2024

249.

Andrey Viktaravich MLECHKA

Andrei Viktorovich MLECHKO

Андрэй Віктаравіч МЛЕЧКА

Андрей Викторович МЛЕЧКО

Juez del Frunze District Court de la Ciudad de Minsk

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Andrey Mlechka es un juez que ejerce sus funciones en el Tribunal del Distrito de Frunze (Frunze District Court) de la Ciudad de Minsk desde 2021, nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias de gran motivación política contra ciudadanos que han expresado pacíficamente opiniones críticas con las autoridades en las calles y en internet.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos o de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

5.8.2024

250.

Ihar Aliaksandravich SHVEDAU

Igor Alexandrovich SHVEDOV

Iгар Аляксандравіч ШВЕДАЎ

Игорь Александрович ШВЕДОВ

Juez del Mogilev Regional Court

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Ihar Shvedau es un juez que ejerce sus funciones en el Tribunal Regional de Mogilev (Mogilev Regional Court) desde 2020, nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra opositores al régimen de Lukashenka, en particular contra el periodista Andrei Kuznechyk (seis años de prisión) y el preso político Anton Shybut (cinco años de prisión), así como contra otras personas que han criticado a las autoridades bielorrusas.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos o de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

5.8.2024

251.

Iryna Vladimirovna PADKAVYRAVA

Irina Vladimirovna PODKOVYROVA

Iрына Уладзіміраўна ПАДКАВЫРАВА

Ирина Владимировна ПОДКОВЫРОВА

Fiscal

Fecha de nacimiento: 22.9.1972

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Iryna Padkavyrava es fiscal. Ha estado vinculada a las autoridades encargadas de perseguir la delincuencia al menos desde 2009, cuando ejerció como fiscal superior en la región de Gomel. En 2022, actuó como fiscal en el juicio de una periodista independiente afiliada a TVP y Belsat TV. En aquel momento, solicitó una pena de cuatro años de prisión para la periodista. También ha participado en el examen de los recursos contra las sentencias dictadas por publicar entradas críticas con el Gobierno y sus funcionarios en las redes sociales bielorrusas. En su calidad de fiscal, apoyó las penas impuestas, considerándolas adecuadas y justas.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

5.8.2024

252.

Tatsiana Viktarauna SHOTSIK

Tatiana Viktorovna SHOTIK

Таццяна Віктараўна ШОЦIК

Татьяна Викторовна ШОТИК

Jueza del Court of Leninsky District, en Minsk

Fecha de nacimiento: 21.1.1992

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Número de identificación personal: 4210192A027PB8

Tatsiana Shotsik es una jueza que ejerce sus funciones en el Tribunal del Distrito de Leninsky (Court of Leninsky District), en Minsk, desde 2021, nombrada por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra ciudadanos bielorrusos que han expresado sus opiniones contra el presidente y la brutalidad de las estructuras policiales bielorrusas. Igor Lednik, preso político, condenado por Shotsik a tres años de prisión, falleció el 20 de febrero de 2024.

Por lo tanto, Tatsiana Shotsik es responsable de graves violaciones de los derechos humanos o de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

5.8.2024

253.

Vasil Uladzimiravich SKOK

Vasily Vladimirovich SKOK

Васіль Уладзіміравіч СКОК

Василий Владимирович СКОК

Juez del Grodno Regional Court

Nacionalidad: bielorrusa

Fecha de nacimiento: 17.11.1959

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3171159K025PB0

Vasil Skok es un juez que ejerce sus funciones en el Tribunal Regional de Grodno (Grodno Regional Court) desde 2003, nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra ciudadanos bielorrusos que han expresado sus opiniones contra el presidente, el régimen y la brutalidad de las estructuras policiales bielorrusas. Ha condenado a Andrey Sachevko a seis años en una penitenciaría de alta seguridad.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos o de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

5.8.2024

254.

Stanislau Uladzimiravich IVANIUTSENKA

Stanislav Vladimirovich IVANYUTENKO

Станіслаў Уладзіміравіч IВАНЮЦЕНКА

Станислав Владимирович ИВАНЮТЕНКО

Juez del Court of the Rechitsa District de la región de Gomel

Fecha de nacimiento: 29.7.1982

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3290782H007PB3

Stanislau Ivaniutsenka es un juez que ejerce sus funciones en el Tribunal del Distrito de Rechitsa (Court of the Rechitsa District) de la región de Gomel desde 2019, nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra ciudadanos bielorrusos que han expresado sus opiniones contra el presidente y la brutalidad de las estructuras policiales bielorrusas. Se pronunció en el asunto de Polina Sharendo, una activista social bielorrusa que fue detenida en enero de 2021.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos o de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

5.8.2024

255.

Aliaksey Anatolevich KHLYSZCZANKAU

Alexey Anatolievich KHLYSHCHENKOV

Аляксей Анатольевіч ХЛЫШЧАНКАЎ

Алексей Анатольевич ХЛЫЩЕНКОВ

Juez del Gomel Regional Court

Fecha de nacimiento: 27.8.1982

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3270882H007PB4

Aliaksey Klyshchankau es un juez que ejerce sus funciones en el Tribunal Regional de Gomel (Gomel Regional Court) desde 2019, nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra ciudadanos bielorrusos que han expresado sus opiniones contra el presidente y la brutalidad de las estructuras policiales bielorrusas. Condenó a Yuri Vlasov, confidente de la candidata presidencial Svetlana Tikhanovskaya, a seis años y medio en una colonia penal de máxima seguridad.

Por lo tanto, Aliaksey Klyshchankau es responsable de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

5.8.2024

256.

Ihar Fiodaravich ZIAMTSAU

Igor Fedorovich ZEMTSOV

Iгар Фёдаравіч ЗЯМЦОЎ

Игорь Федорович ЗЕМЦОВ

Juez del Mogilev Regional Court

Nacionalidad: bielorrusa

Fecha de nacimiento: 20.3.1975

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3200375M061PB1

Ihar Ziamtsau es un juez que ejerce sus funciones en el Tribunal Regional de Mogilev (Mogilev Regional Court) desde 2017, nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra ciudadanos bielorrusos que han expresado sus opiniones contra el presidente y la brutalidad de las estructuras policiales bielorrusas.

Por lo tanto, es responsable de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

5.8.2024

257.

Aliaksei Iurievich KRIAKVIN

Alexey Yurevich KRIAKVIN

Аляксей Юр’евіч КРАКВIН

Алексей Юрьевич КРЯКВИН

Propagandista en la cadena de televisión All-National Television (ONT)

Fecha de nacimiento: 9.11.1984

Lugar de nacimiento: Minsk, Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Aliaksei Kriakvin es propagandista de la cadena de televisión ONT, de propiedad estatal, y participa en la producción de material propagandístico en apoyo del régimen de Lukashenka. En particular, ha participado directamente en la «investigación especial» de la ONT sobre el caso penal de Viktor Babariko, en el que se divulgaron datos de la investigación preliminar. Asiste a programas de televisión en los que suele criticar las acciones de los opositores al régimen de Lukashenka y hablar de la implicación de Occidente en el descontento popular en Bielorrusia. Por lo tanto, apoya al régimen de Lukashenka.

5.8.2024

258.

Viktar Arkadzievich SHAUTSOU

Viktor Arkadievich SHEVTSOV

Вiктар Аркадзьевiч ШАЎЦОЎ

Виктор Аркадьевич ШВЕЦОВ

Empresario, inversor

Fecha de nacimiento: 5.12.1963

Lugar de nacimiento: pueblo de Razumava, región de Vitebsk, Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de pasaporte: MP4572331, expedido el 12 de febrero de 2021

Número de identificación personal: 3051263A036PB7

Viktar Shautsou es un empresario que desarrolla su actividad en Bielorrusia, con intereses comerciales en la holografía. Es el accionista único de Tekhnokhimtrade. La sociedad limitada por acciones JSC Holography Industry (JSC Holography Industry) es copropiedad, entre otros, de Tekhnokhimtrade y de dos entidades de propiedad estatal.

Viktar Shautsou es beneficiario de un monopolio creado artificialmente por el Estado, ya que, desde marzo de 2011, la sociedad limitada por acciones JSC Holography Industry ha sido la única empresa bielorrusa autorizada por el Ministerio de Hacienda de Bielorrusia para producir hologramas de seguridad y cristalogramas para formularios y documentos de seguridad. El Consejo de Ministros de Bielorrusia impuso la obligación de colocar pegatinas holográficas en una amplia gama de productos, cajas registradoras y máquinas tragaperras. Dichas pegatinas holográficas las produce exclusivamente la sociedad limitada por acciones JSC Holography Industry.

Por lo tanto, Viktar Shautsou se beneficia del régimen de Lukashenka.

5.8.2024

259.

Volha Anatoleuna DUBOVIK

Olga Anatolievna DUBOVIK

Вольга Анатольеўна ДУБОВIК

Ольга Анатольевна ДУБОВИК

Jueza del Court of the Maladzechna Ddistrict de la región de Minsk

Nacionalidad: bielorrusa

Fecha de nacimiento: 26.8.1978

Sexo: femenino

Número de identificación personal: 4260878B038PB7

Volha Dubovik es una jueza bielorrusa que ejerce sus funciones en el Tribunal del Distrito de Maladzechna (court Court of the Maladzechna districtDistrict) de la región de Minsk. Fue nombrada por Aliaksandr Lukashenka en 2020. Ha dictado sentencias por motivos políticos, en particular contra ciudadanos bielorrusos que protestaron en contra de las elecciones presidenciales fraudulentas de 2020. También ha condenado a un ciudadano por actuar en legítima defensa contra la brutalidad policial.

Por lo tanto, es responsable de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

5.8.2024

260.

Anton Genadzevich DUDAL

Anton Gennadievich DUDAL

Антон Генадзевіч ДУДАЛЬ

Антон Геннадьевич ДУДАЛЬ

Juez del Court of the Bobruisk district and the City of Bobruisk

Nacionalidad: bielorrusa

Fecha de nacimiento: 11.8.1986

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3110886M079PB3

Anton Dudal es un juez que ejerce sus funciones en el tribunal del Distrito de Bobruisk y de la Ciudad de Bobruisk (Court of the Bobruisk District and the City of Bobruisk). Fue nombrado por Aliaksandr Lukashenka en 2019. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra ciudadanos bielorrusos que han expresado sus opiniones contra el presidente. Ha condenado a un ciudadano por actuar en legítima defensa contra la brutalidad policial. Trasladó a Andrey Sachevko a una prisión en Mogilev.

Por lo tanto, Anton Dudal es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

5.8.2024

261.

Mikalai Vasilievich SIARHEEVICH

Nikolai Vasilievich SERGEEVICH

Мікалай Васільевіч СЯРГЕЕВIЧ

Николай Васильевич СЕРГЕЕВИЧ

Juez del Zhlobinsky District Court de la Región de Gomel

Nacionalidad: bielorrusa

Fecha de nacimiento: 22.8.1983

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3220883H026PB7

Mikalai Siarheevich es un juez bielorruso que ejerce sus funciones en el Tribunal del Distrito de Zhlobinsky (Zhlobinsky District Court), de la Región de Gomel. Fue nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias por motivos políticos contra ciudadanos bielorrusos que han expresado sus opiniones contra las elecciones presidenciales fraudulentas de 2020, en particular los participantes en las protestas de Zhlobin.

Por lo tanto, Mikalai Siarheevich es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

5.8.2024

▼M60

262.

Vitali Viktaravich SINILA

Vitaliy Viktorovich SINILO

Віталій Віктаравіч СIНIЛА

Виталий Викторович СИНИЛО

Juez y presidente del tribunal del distrito de Mostovsky de la región de Grodno

Fecha de nacimiento: 15.5.1976

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3161180C038PB1

Vitali Sinila es un juez bielorruso, presidente del tribunal del distrito de Mostovsky de la región de Grodno. Fue nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias contra una serie de ciudadanos bielorrusos que expresaron sus opiniones contra el presidente y las autoridades del régimen, por ejemplo, Viktor Tsarikevich y Sergei Burak, por la disidencia que manifestaron en las redes sociales y fuera de internet.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática.

16.12.2024

263.

Iryna Vasieuna PRADUN

Irina Vasilevna PRADUN

Iрына Васільеўна ПРАДУН

Ирина Васильевна ПРАДУН

Jueza y presidenta del tribunal del distrito de Rogachev de la región de Gomel

Fecha de nacimiento: 21.5.1974

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Número de identificación personal: 4210574H035PB4

Iryna Pradun es una jueza bielorrusa, presidenta del tribunal del distrito de Rogachev de la región de Gomel. Fue nombrada por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias contra un gran número de ciudadanos bielorrusos que expresaron sus opiniones contra el presidente. También ha dictado sentencias contra una serie de personas por su presunta participación en protestas y por resistirse a la brutalidad de las autoridades policiales bielorrusas, por ejemplo, en el asunto contra Evgeny Kokhanovsky, que, según defensores de los derechos humanos, fue obligado a declararse culpable de haber participado en protestas.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil.

16.12.2024

264.

Vadzim Ivanavich MAZOL

Vadim Ivanovich MOZOL

Вадзім Iванавіч МАЗОЛЬ

Вадим Иванович МОЗОЛЬ

Juez del Pruzhany District Court de la Región de Brest

Fecha de nacimiento: 13.4.1974

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3130474C031PB6

Vadzim Mazol es un juez bielorruso del Tribunal del Distrito de Pruzhany de la Región de Brest. Fue nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias contra un gran número de ciudadanos bielorrusos que expresaron sus opiniones contra el presidente y las autoridades policiales del régimen, en particular en las redes sociales.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil.

16.12.2024

265.

Nina Uladzimirauna SHASTAK

Nina Vladimirovna SHESTAK

Ніна Уладзіміраўна ШАСТАК

Нина Владимировна ШЕСТАК

Jueza del Brest Regional Court

Fecha de nacimiento: 1.5.1958

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Número de identificación personal: 4010558C080PB9

Nina Shastak es una jueza bielorrusa del Tribunal Regional de Brest Fue nombrada por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias contra una serie de ciudadanos bielorrusos que expresaron sus opiniones contra el presidente. También ha deliberado sobre los recursos contra las sentencias relativas a manifestantes pacíficos y confirmado dichas sentencias.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil.

16.12.2024

266.

Vera Viacheslavauna FILONIK

Vera Vyacheslavovna FILONIK

Вера Вячаславаўна ФIЛОНIК

Вера Вячеславовна ФИЛОНИК

Jueza del Brest Regional Court

Fecha de nacimiento: 8.3.1990

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Número de identificación personal: 4080390K014PB5

Vera Filonik es una jueza bielorrusa del Tribunal Regional de BrestFue nombrada por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias contra un gran número de ciudadanos bielorrusos acusados de haber participado en las protestas contra el régimen bielorruso en agosto de 2020.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil.

16.12.2024

267.

Iryna Leanidauna MAIKO

Irina Leonidovna MAIKO

Iрына Леанідаўна МАЙКО

Ирина Леонидовна МАЙКО

Jueza del Minsk Regional Court

Fecha de nacimiento: 25.11.1974

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Número de identificación personal: 4251174A007PB7

Iryna Maiko es una jueza bielorrusa del Tribunal Regional de Minsk.Fue nombrada por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias contra ciudadanos que expresaron sus opiniones contra el presidente y las autoridades del régimen, por ejemplo, Roman Yankouski y Mikhail Nemtsov, por la disidencia que manifestaron en las redes sociales y fuera de internet.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil.

16.12.2024

268.

Vasili Vasilievich BIAGUN

Vasily Vasilyevich BEGUN

Васілій Васільевіч БЯГУН

Василий Васильевич БЕГУН

Juez del Gomel Regional Court

Fecha de nacimiento: 9.12.1960

Lugar de nacimiento: Kondopoga, República de Carelia, Rusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Vasily Biagun es un juez bielorruso que ha ejercido sus funciones en el Tribunal Regional de Gomel desde 2003.Fue nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Biagun ha dictado numerosas sentencias contra opositores a las autoridades bielorrusas, también contra personas por sus actividades en las redes sociales. También ha dictado sentencias condenatorias a penas de prisión por motivos políticos contra Nikita Slepenka (tres años) y Pavel Bobchenko (dos años).

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil.

16.12.2024

269.

Yauheni Anatolevich BREGAN

Evgeni Anatolevich BREGAN

Яўгеній Анатольевіч БРЭГАН

Евгений Анатольевич БРЕГАН

Juez del Brest Regional Court

Fecha de nacimiento: 26.03.1982

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3260382K020PB0

Yauheni Bregan es un juez bielorruso del Tribunal Regional de Brest. Fue nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Anteriormente fue juez del Tribunal de Distrito de Moskovsky de Brest y juez de la ciudad de Baranovichi en la región de Brest. Ha dictado sentencias contra un gran número de ciudadanos bielorrusos acusados, entre otras cosas, de haber participado en las protestas contra el régimen bielorruso en agosto de 2020.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil.

16.12.2024

270.

Aliaksandr Mikalaevich MOKHORAU

Alexander Nikolaevich MOKHOREV

Аляксандр Мікалаевіч МОХОРАЎ

Александр Николаевич МОХОРЕВ

Juez del Soviet District Court de la ciudad de Gomel

Fecha de nacimiento: 16.4.1986

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3160486H031PB9

Aliaksandr Mokhorau es un juez bielorruso que ha ejercido sus funciones en el Tribunal de Distrito Soviético de la ciudad de Gomel desde 2021. Fue nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias contra ciudadanos bielorrusos que expresaron sus opiniones contra el presidente, el sistema y la brutalidad de las estructuras policiales bielorrusas.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil.

16.12.2024

271.

Alesya Uladzimiravna OSIPAVA

Olesya Vladimirovna OSIPOVA

Алеся Уладзіміраўна ОСIПАВА

Олеся Владимировна ОСИПОВА

Jueza del Central District Court de la ciudad de Gomel

Fecha de nacimiento: 4.9.1979

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: femenino

Número de identificación personal: 4040979H059PB4

Alesya Osipava es una jueza bielorrusa que ha ejercido sus funciones en el Tribunal de Distrito Central de la ciudad de Gomel desde 2019, Fue nombrada por Aliaksandr Lukashenka. Ha dictado sentencias contra ciudadanos bielorrusos que expresaron sus opiniones contra el presidente, el sistema y la brutalidad de las estructuras policiales bielorrusas.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil.

16.12.2024

272.

Viktar Viktaravich NOVIK

Viktor Viktorovich NOVIK

Віктар Віктаравіч НОВIК

Виктор Викторович НОВИК

Juez, presidente del tribunal, distrito de Zhabinka

Fecha de nacimiento: 27.5.1963

Lugar de nacimiento: Beloye, distrito de Mamlyutsky, región de Kazajistán del Norte, Kazajistán

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3270563K025PB7

Viktar Novik es un juez bielorruso que ha ejercido sus funciones en el tribunal del distrito de Zhabinka desde 2017. Fue nombrado por Aliaksandr Lukashenka. Novik ha dictado numerosas sentencias contra opositores a las autoridades bielorrusas. Ha dictado sentencias condenatorias a penas de prisión por motivos políticos contra Vitali Ivanyukovich (dos años), Natalia Letsko (un año), Andrei Vlasov y Yulia Suvalko (tres años) y Valentin Shumik (dos años).

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil.

16.12.2024

273.

Vadzim Rastivlavovich MURASHKA

Vadim Rostslavovich MURASHKO

Вадзім Расціслававіч МУРАШКА

Вадим Ростиславович МУРАШКО

Jefe de la institución penitenciaria Penal Colony No. 13

Fecha de nacimiento: 20.6.1979

Lugar de nacimiento: Bortniki, distrito de Hlybokaye, región de Vitebsk, Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3200679E065PB6

Vadzim Murashka es ciudadano bielorruso y jefe de la institución penitenciaria Penitenciaría n.o 13, una prisión de máxima seguridad en la que se encuentran encarcelados una serie de presos políticos, entre ellos Nikolai Statkevich, Vitaly Melnik y Sergei Vereshkhagin. Los presos de la Penitenciaría n.o 13 se enfrentan a condiciones inhumanas y son objeto de abusos.

Por lo tanto, es responsable de violaciones graves de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil.

16.12.2024

274.

Siarhei Uladzimiravich BIAREISHYK

Sergey Vladimirovich BEREISHIK

Сяргей Уладзіміравіч БЯРЭЙШЫК

Сергей Владимирович БЕРЕЙШИК

Jefe adjunto del Pre-Trial Detention Center No. 1 «Voldarka»

Fecha de nacimiento: 31.10.1976

Lugar de nacimiento: Minsk, Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3311076A076PB6

Siarhei Biareishyk es el jefe adjunto del Centro de Detención Preventiva n.o 1 «Voldarka». En el ejercicio de sus funciones, es responsable del trato inhumano a los presos, que incluye palizas, hacinamiento y falta de tratamiento médico y de equipos sanitarios adecuados. La mayoría de los reclusos son presos políticos, como el activista por los derechos humanos, fundador de la asociación bielorrusa de defensa de los derechos humanos Viasna y premio nobel en 2022 Ales Bialiatski, preso en «Voldarka» hasta octubre de 2024.

Por lo tanto, Siarhei Biareishyk es responsable de violaciones graves de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil.

16.12.2024

275.

Mikalai Mikalaevich MUSHKAROU

Nikolai Nikolaevich MUSHKAROV

Мікалай Мікалаевіч МУШКАРОЎ

Николай Николаевич МУШКАРОВ

Jefe adjunto de servicio en el Pre-Trial Detention Center No. 1 «Voldarka»

Fecha de nacimiento: 19.12.1980

Lugar de nacimiento: Minsk, Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3191280A031PB0

Mikalai Mushkarou es el jefe adjunto del servicio de trabajo del Centro de Detención Preventiva n.o 1 «Voldarka». En el ejercicio de sus funciones, es responsable del trato inhumano a los presos —en su mayoría presos políticos— que incluye palizas, hacinamiento y falta de tratamiento médico y de equipos sanitarios adecuados. La mayoría de los reclusos son presos políticos, como el activista por los derechos humanos, fundador de la asociación bielorrusa de defensa de los derechos humanos Viasna y premio nobel de la paz de 2022, Ales Bialiatski, preso en «Voldarka» hasta octubre de 2024.

Por lo tanto, Mikalai Muchkarou es responsable de violaciones graves de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil.

16.12.2024

276.

Siarhei Mikalaevich PETRAKOVICH

Sergey Nikolaevich PETRAKOVICH

Сяргей Мікалаевіч ПЕТРАКОВIЧ

Сергей Николаевич ПЕТРАКОВИЧ

Jefe de la institución penitenciaria Penal Colony No. 9

Fecha de nacimiento: 26.10.1976

Lugar de nacimiento: Stan, distrito de Gorki, región de Mogilev, Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3261076M062PB5

Siarhei Petrakovich es el jefe de la Penitenciaría n.o 9. En el ejercicio de sus funciones, es responsable del trato inhumano a los presos, incluidos el aislamiento y las palizas. La mayoría de los reclusos son presos políticos, como Mikola Dedok y el premio nobel de la paz de 2022, Ales Bialiatski.

Por lo tanto, Siarhei Petrakovich es responsable de violaciones graves de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil.

16.12.2024

277.

Viktar Piatrovich LUTTSAU

Viktor Petrovich LUTSEV

Віктар Пятровіч ЛУТЦАЎ

Виктор Петрович ЛУТЦЕВ

Jefe de la unidad médica, Prison No. 1 de Grodno

Fecha de nacimiento: 24.12.1985

Lugar de nacimiento: Grodno, Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3241285K026PB1

Viktar Luttsau es el jefe de la unidad médica de la Prisión n.o 1 de Grodno. En el ejercicio de sus funciones, es responsable del trato inhumano a los presos y de la falta de tratamiento médico adecuado y oportuno. La falta de tratamiento médico adecuado provocó la muerte del preso político Ales Pushkin, que no recibió asistencia médica en el momento oportuno.

Por lo tanto, es responsable de violaciones graves de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil.

16.12.2024

278.

Ihar Tsimafeevich SUBOTSIN

Igor Timofeyevich SUBBOTIN

Iгар Цімафеевіч СУБОЦIН

Игорь Тимофеевич СУББОТИН

Empresario

Fecha de nacimiento: 15.10.1951

Lugar de nacimiento: Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3151051A006PB8

Ihar Subotsin mantiene estrechas relaciones comerciales con Alexander Shakutin desde hace mucho tiempo. Ihar Subotsin ha trabajado con Alexander Shakutin desde principios de la década de 1990y también fue su asistente cuando Alexander Shakutin era miembro del Consejo de la República de la Asamblea Nacional de la República de Bielorrusia y su adjunto en la Federación de Tenis de Bielorrusia.

Tanto Alexander Shakutin como Ihar Subotsinson socios de las siguientes sociedades: SIA Anulatrans (Letonia), SV Maschinen GmbH (Alemania), PMI Engineering LLC (Bielorrusia), SALEO LLC (Bielorrusia), UAB EM System (Lituania).

Son cofundadores y copropietarios de Prommedinvest, que en la actualidad se denomina SALEO LLC (Bielorrusia). Parte de dicha empresa es propiedad de EM System, PMI Engineering y SV Maschinen GmbH, de las que tanto Shakutin como Subotsinson socios.

Por tanto, Ihar Subotsin está asociado a Alexander Shakutin.

16.12.2024

279.

Aliaksei Ivanovich SHVAKAU

Alexey Ivanovich SHVAKOV

Аляксей Iванавіч ШВАКОЎ

Алексей Иванович ШВАКОВ

Presidente del Belarusian Republican Bar Association (desde el 14 de febrero de 2022); expresidente del Minsk City Bar Association (26 de abril de 2012-20 de febrero de 2022)

Fecha de nacimiento: 5.10.1964

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de pasaporte: 3051064A050PB

En su calidad de presidente del Colegio de Abogados Republicano de Bielorrusia, Aliaksei Shvakau ha liderado y configurado la política del Colegio de Abogados Republicano de Bielorrusia de represión sistémica contra los abogados que representan a clientes en causas de motivación política o por expresarse públicamente contra los abusos del régimen de Lukashenko. En su anterior cargo de presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Minsk, también actuó contra abogados que representaban a clientes en causas de motivación política.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática y de actividades que socavan el Estado de Derecho en Bielorrusia.

16.12.2024

280.

Aleh ARLOU

Oleg Gennadievich ORLOV

Алег Генадзевіч АРЛОЎ (bielorruso)

Олег Геннадьевич ОРЛОВ

Fecha de nacimiento: 18.7.1969

Lugar de nacimiento: Azerbaiyán

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de pasaporte: MP3428828

Aleh Arlou es un empresario con actividad en Bielorrusia. Es el propietario de Ruzekspeditsiya LLC desde el 7 de agosto de 2023.

Desde 2019 la actividad de la empresa de Aleh Arlou es dirigida y se realiza desde la zona económica especial de Bremino-Orsha (creada por un decreto presidencial firmado por Aliaksandr Lukashenka), que es gestionada por Bremino Group LLC. Las empresas establecidas en la zona económica especial de Bremino-Orsha se benefician de ventajas fiscales y financieras. La zona económica especial de Bremino-Orsha alberga seis empresas (entre ellas Bremino Group LLC), que son las únicas a las que se conceden sus ventajas. La decisión sobre quién puede disfrutar de las ventajas de la zona económica especial de Bremino-Orsha, mediante la adquisición de la condición de residente, es competencia exclusiva de Bremino Group LLC, al ser esta la empresa gestora de la zona económica especial.

Según investigaciones periodísticas, Ruzekspeditsiya está implicada en un sistema de elusión de las sanciones impuestas en virtud del Reglamento (CE) n.o 765/2006 del Consejo.

De ello se deduce que Arlou está asociado con otras personas y entidades incluidas en la lista que figura en el Reglamento (CE) n.o 765/2006, concretamente Ruzekspeditsiya LLC y Bremino Group LLC. A través de su participación en la propiedad de Ruzekspeditsiya LLC, Arlou también se beneficia de las ventajas que el régimen ha concedido a esta empresa. Arlou también participa en un sistema destinado a frustrar la aplicación del Reglamento (CE) n.o 765/2006 del Consejo.

16.12.2024

281.

Andrei Aliakseevich RYBAKOU

Andrei Alekseevich RYBAKOV

Андрэй Аляксеевіч РЫБАКОЎ

Андрей Алексеевич РЫБАКОВ

Director general de OAO Belaruskali

Expresidente de Belarusian State Concern for Oil and Chemistry (Belneftekhim)

Fecha de nacimiento: 11.7.1976

Lugar de nacimiento: Mohiliow/Mogilev, Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Andrei Rybakou es el director general de OAO Belaruskali. Fue nombrado por Aliaksandr Lukahsenka el 4 de noviembre de 2024, en sustitución de Ivan Golovaty. Lukashenka describió Belaruskali como una «empresa vital que da forma al Estado».

Anteriormente, Rybakou fue el presidente de la empresa petrolera y química estatal bielorrusa [Belarusian State Concern for Oil and Chemistry (Belneftekhim)], sancionada por la UE desde el 3 de agosto de 2023. En el ejercicio de su cargo, fue responsable de la producción de las refinerías de petróleo bielorrusas, una actividad vital para el régimen de Lukashenka. Dmitri Krutoi, jefe de la Administración Presidencial de Bielorrusia, declaró que Rybakou fue nombrado en particular por su «experiencia específica» al gestionar «la entidad más sancionada», Belneftekhim. Por lo tanto, Andrei Rybakou se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda apoyo mediante la gestión de empresas estatales de gran importancia para el régimen. También está vinculado a una entidad sancionada, OAO Belaruskali, como director general.

16.12.2024

282.

Aleh Fyedaravych BARABANAU

Oleg Fedorovich BARABANOV

Алег Федаровіч БАРАБАНАЎ (bielorruso)

Олег Федорович БАРАБАНОВ

Fecha de nacimiento: 29.8.1956

Lugar de nacimiento: región de Grodno, Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de pasaporte:KH2539329

Número de documento nacional de identidad: 3290856K010PB6

Aleh Barabanau es director y copropietario de Vlate Logistik LLC, una empresa de transporte y almacenamiento que tiene la condición de operador económico autorizado. Gracias a esta condición, otorgada por las autoridades estatales, disfruta de importantes ventajas fiscales. A través de los privilegios concedidos a la empresa, Barabanau se beneficia del régimen de Lukashenka.

16.12.2024

283.

Aleh Ramualdavych HERASIM

Oleg Romualdovich GERASIM

Алег Рамуальдавіч ГЕРАСIМ (bielorruso)

Олег Ромуальдович ГЕРАСИМ

Fecha de nacimiento: 3.3.1962

Lugar de nacimiento: Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de pasaporte: MP3293367

Número de documento nacional de identidad: 3030362A074PB6

Aleh Herasim es copropietario de Vlate Logistik LLC, una empresa de transporte y almacenamiento que tiene la condición de operador económico autorizado. Gracias a esta condición, otorgada por las autoridades estatales, disfruta de importantes ventajas fiscales. A través de los privilegios concedidos a la empresa, Herasim se beneficia del régimen de Lukashenka.

16.12.2024

284.

Aleh Uladzimiravych PIATROU

Oleg Vladimirovich PETROV

Алег Уладзіміравіч ПЯТРОЎ (bielorruso)

Олег Владимирович ПЕТРОВ

Fecha de nacimiento: 26.3.1962

Lugar de nacimiento: Rusia

Nacionalidad: rusa

Sexo: masculino

Número de pasaporte: OI110473

Aleh Piatrou es copropietario de Vlate Logistik LLC, una empresa de transporte y almacenamiento que tiene la condición de operador económico autorizado. Gracias a esta condición, otorgada por las autoridades estatales, disfruta de importantes ventajas fiscales. A través de los privilegios concedidos a la empresa, Piatrou se beneficia del régimen de Lukashenko.

16.12.2024

285.

Andrei Ryhoravich SVIRYDAU

Andrei Grigoryevich SVIRIDOV

Андрэй Рыгоравiч СВIРЫДАЎ (bielorruso)

Андрей Григорьевич СВИРИДОВ

Director financiero de Dimicandum Invest Holding LTD

Fecha de nacimiento: 24.11.1983

Lugar de nacimiento: Bielorrusia

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de pasaporte: KH 1801845

Andrei Svirydau es el director financiero de Dimicandum Invest Holding LTD, empresa que tiene su sede en la UE. En 2022 y en 2023, Dimicandum Invest Holding LTD prestó servicios de transporte y expedición a OJSC Belaruskali —que fue designada por la Unión en 2022— por un precio que prácticamente duplicaba la tarifa de mercado. En su calidad de director financiero de Dimicandum, Svirydau firmó documentos que confirman este acuerdo, lo que facilitó la infracción de las disposiciones establecidas en el Reglamento (CE) n.o 765/2006 del Consejo.

De ello se deduce que, al poner a disposición, directa o indirecta, de OJSC Belaruskali o utilizar en su beneficio capitales o recursos económicos, Andrei Svirydau ha vulnerado de manera considerable la prohibición de elusión contemplada en el artículo 2, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 765/2006 del Consejo. Además, Andrei Svirydau se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda apoyo facilitando la exportación de los fertilizantes de potasa de Belaruskali.

16.12.2024

286.

Dzmitry Mihaylavych ZAMULEVICH

Dmitriy Mikhailovich ZAMULEVICH

Дзмітрьій Міхайлавіч ЗАМУЛЕВIЧ

Дмитрий Михайлович ЗАМУЛЕВИЧ

Copropietario de Vlate Logistik LLC

Fecha de nacimiento: 7.5.1974

Nacionalidad: bielorrusa

Sexo: masculino

Número de pasaporte bielorruso: BM2229283

Número de documento de identidad bielorruso: 3070574E057PB8

Dzmitry Zamulevich es copropietario de Vlate Logistik LLC, una empresa de transporte y almacenamiento que tiene la condición de operador económico autorizado. Gracias a esta condición, otorgada por las autoridades estatales, disfruta de importantes ventajas fiscales. Como propietario de Vlate Logistik LLC, Zamulevich está vinculado a una entidad que se beneficia del régimen de Lukashenka.

16.12.2024

287

Uladzimir Mihaylavych ARKADZYEU

Vladimir Mikhailovich ARKADIEV

Уладзімір Міхайлавіч АРКАДЗЬЕЎ

Владимир Михайлович АРКАДЬЕВ

Copropietario de Vlate Logistik LLC

Fecha de nacimiento: 23.4.1965

Lugar de nacimiento: Rusia.

Nacionalidad: rusa y bielorrusa

Sexo: masculino

Número de pasaporte bielorruso: KH2757270

Número de documento de identidad bielorruso: 3230465K000PB5

Número de pasaporte ruso: KH1935655

Uladzimir Arkadzyeu es copropietario de Vlate Logistik LLC, una empresa de transporte y almacenamiento que tiene la condición de operador económico autorizado. Gracias a esta condición, otorgada por las autoridades estatales, disfruta de importantes ventajas fiscales. Como propietario de Vlate Logistik LLC, Arkadyeu está vinculado a una entidad que se beneficia del régimen de Lukashenko.

16.12.2024

▼M35

B.   Personas jurídicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2, apartado 1

▼M45



 

Nombres

(Transliteración del bielorruso)

(Transliteración del ruso)

Nombres

(ortografía bielorrusa)

(ortografía rusa)

Datos informativos a efectos de identificación

Motivos de la inclusión en la lista

Fecha de inclusión en la lista

1.

Beltechexport

Белтехэкспорт

Dirección: Nezavisimosti Ave. 86-B, Minsk, Bielorrusia

Sitio web: https://bte.by/

Dirección de correo electrónico: mail@bte.by

Beltechexport es una entidad privada que exporta armamento y equipo militar producido por empresas públicas bielorrusas a países de África, Sudamérica, Asia y Oriente Próximo. Beltechexport está asociada estrechamente con el Ministerio de Defensa de Bielorrusia.

Por lo tanto, Beltechexport se beneficia de su asociación con el régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo, al aportar beneficios a la administración presidencial.

17.12.2020

2.

Dana Holdings

ТАА «Дана Холдынгз»

ООО «Дана Холдингз»

Dirección: Peter Mstislavets St. 9, pom. 3 (office 4), 220076 Minsk (Bielorrusia)

Número de registro: 690611860

Sitios web: https://bir.by/; https://en.dana-holdings.com; https://dana-holdings.com/

Dirección de correo electrónico: info@bir.by

Tel.: +375 (29) 636-23-91

Dana Holdings es una de las principales promotoras inmobiliarias y constructoras de Bielorrusia. La sociedad y sus filiales recibieron licencias urbanísticas para terrenos y construyeron varios grandes complejos residenciales y centros de negocios.

Personas que supuestamente representan a Dana Holdings mantienen relaciones estrechas con el presidente Lukashenka. Liliya Lukashenka, nuera del presidente, ha tenido un puesto de alto nivel en Dana Astra.

Dana Holdings sigue desarrollando una actividad económica en Bielorrusia.

Por lo tanto, Dana Holdings se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

17.12.2020

3.

Dana Astra

ЗТАА «Дана Астра»

ИООО «Дана Астра»

Dirección: Peter Mstislavets St. 9, pom. 9-13, 220076 Minsk (Bielorrusia)

Número de registro: 191295361

Sitios web: https://bir.by/; https://en.dana-holdings.com; https://dana-holdings.com/

Dirección de correo electrónico: PR@bir.by

Tel.: +375 (17) 269-32-60; +375 (17) 269-32-51

Dana Astra, anteriormente filial de Dana Holdings, es una de las principales promotoras inmobiliarias y constructoras de Bielorrusia. La sociedad recibió licencias urbanísticas para terrenos y está construyendo el centro multifuncional «Minsk World», que la sociedad anuncia como la mayor inversión de su tipo en Europa.

Personas que supuestamente representan a Dana Astra mantienen relaciones estrechas con el presidente Lukashenka. Liliya Lukashenka, nuera del presidente, ha tenido un puesto de alto nivel en la sociedad.

Por lo tanto, Dana Astra se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

17.12.2020

4.

GHU – Departamento Económico Principal de la Administración Presidencial

Главное хозяйственное управление

Dirección: Miasnikova St. 37, Minsk (Bielorrusia)

Sitio web: http://ghu.by

Dirección de correo electrónico: ghu@ghu.by

El Departamento Económico Principal (GHU) de la Administración Presidencial es el mayor agente del mercado inmobiliario no residencial de Bielorrusia y supervisa a numerosas sociedades.

El presidente Aliaksandr Lukashenka encargó de la supervisión de la seguridad de las elecciones presidenciales de 2020 a Victor Sheiman, que, como exjefe de la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia ejercía un control directo sobre GHU.

Por lo tanto, GHU se beneficia de su asociación con el régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

17.12.2020

▼M53

5.

SYNESIS LLC

ООО «Синезис»

Dirección: 220005, Minsk, Platonova 20B (Bielorrusia); Mantulinskaya 24, Moscú 123100 (Rusia)

Número de registro (УНН/ИНН): 190950894 (Bielorrusia); 7704734000/

770301001 (Rusia).

Sitio web: https://synesis.partners; https://synesis-group.com/

Tel. +375 (17) 240-36-50

Correo electrónico: yuriy.serbenkov@synesis.by

La sociedad de responsabilidad limitada Synesis LLC ha proporcionado a las autoridades bielorrusas una plataforma de vigilancia Kipod, capaz de hacer búsquedas en imágenes de vídeo y de analizarlas, y de aplicar programas de reconocimiento facial, lo que hace responsable a esta sociedad de la represión ejercida por el aparato del Estado bielorruso contra la sociedad civil y la oposición democrática. En la lista de usuarios de un sistema creado por Synesis figuran el Comité de Seguridad del Estado (KGB) y el Ministerio del Interior bielorrusos.

Synesis alega que ha dejado de proporcionar a las autoridades bielorrusas la plataforma Kipod, pero, según los informes de ByPOL, las agencias estatales de valores siguen utilizando Kipod.

Synesis es uno de los residentes del Parque Hi-Tech, creado por decreto de Aliaksandr Lukashenka, y como tal disfruta de numerosas ventajas, como exenciones del impuesto sobre la renta, el IVA, los derechos extraterritoriales, derechos de aduana y otros.

Por lo tanto, la empresa se beneficia de su asociación con el régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

17.12.2020

▼M45

6.

AGAT electromechanical Plant OJSC

Агат-электромеханический завод

Dirección: Nezavisimosti Av. 115, 220114 Minsk (Bielorrusia)

Sitio web: https://agat-emz.by/

Dirección de correo electrónico: marketing@agat-emz.by

Tel.:

+375 (17) 272-01-32;

+375 (17) 570-41-45

La AGAT Electromechanical Plant OJSC forma parte del Instituto Estatal de la Industria Militar de la República de Bielorrusia (también denominado Comité Militar Industrial del Estado o SAMI, por sus siglas en inglés), que es responsable de la ejecución de la política técnico-militar del Estado y está subordinado al Consejo de Ministros y al presidente de Bielorrusia.

Por lo tanto, la AGAT Electromechanical Plant OJSC se beneficia de su asociación con el régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

La sociedad fabrica un sistema de barreras denominado «Rubezh», concebido como medio antidisturbios, que fue utilizado contra las manifestaciones pacíficas que tuvieron lugar tras las elecciones presidenciales celebradas el 9 de agosto de 2020, lo que hace a la sociedad responsable de la represión contra la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

7.

140 Repair Plant

140 ремонтный завод

Sitio web: 140zavod.org

140 Repair Plant forma parte del Instituto Estatal de la Industria Militar de la República de Bielorrusia (también denominado Comité Militar Industrial del Estado o SAMI, por sus siglas en inglés), que es responsable de la ejecución de la política técnico-militar del Estado y está subordinado al Consejo de Ministros y al presidente de Bielorrusia. Por lo tanto, 140 Repair Plant se beneficia de su asociación con el régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

La sociedad fabrica vehículos de transporte y vehículos blindados, que han sido utilizados contra las manifestaciones pacíficas que tuvieron lugar tras las elecciones presidenciales celebradas el 9 de agosto de 2020, lo que hace a la sociedad responsable de la represión contra la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

8.

MZKT (también denominada VOLAT)

МЗКТ – Минский завод колёсных тягачей

Sitio web: www.mzkt.by

MZKT (también denominada VOLAT) forma parte del Instituto Estatal de la Industria Militar de la República de Bielorrusia (también denominado Comité Militar Industrial del Estado o SAMI, por sus siglas en inglés), que es responsable de la ejecución de la política técnico-militar del Estado y está subordinado al Consejo de Ministros y al presidente de Bielorrusia. Por lo tanto, MZKT se beneficia de su asociación con el régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

MZKT despidió a los empleados que se manifestaron durante la visita de Alaksandr Lukashenka a la fábrica y que hicieron huelga tras las elecciones presidenciales celebradas en 2020 en Bielorrusia, lo que hace a esta sociedad responsable de la vulneración de derechos humanos.

17.12.2020

9.

Sohra Group / Sohra LLC

ООО Сохра

Dirección: Revolucyonnaya 17/19, office no. 22, 220030 Minsk (Bielorrusia)

Número de registro: 192363182

Sitio web: http://sohra.by/

Dirección de correo electrónico: info@sohra.by

La empresa Sohra perteneció a Aliaksandr Zaitsau, uno de los empresarios más influyentes de Bielorrusia, persona con estrechas conexiones en la clase política bielorrusa y destacado colaborador de Viktor, el hijo mayor de Lukashenka. Sohra promueve productos industriales bielorrusos en países de África y de Oriente Próximo. Fue cofundadora de la empresa de defensa BSVT-New Technologies, dedicada a la producción de armas y la modernización de misiles. Valiéndose de su posición privilegiada, Sohra sirve de enlace entre la clase política bielorrusa y las empresas públicas y los socios exteriores en África y Oriente Próximo. Además, explota minas de oro en países africanos sirviéndose de concesiones obtenidas por el régimen de Lukashenka.

Por lo tanto, Sohra Group se beneficia del régimen de Lukashenka.

21.6.2021

10.

Bremino Group LLC

ООО «Бремино групп»

Dirección: Niamiha 40, 220004 Minsk (Bielorrusia); localidad de Bolbasovo, Zavodskaya 1k, región/oblast de Orsha (Bielorrusia)

Número de registro: 691598938

Sitio web: http://www.bremino.by

Dirección de correo electrónico: office@bremino.by; marketing@bremino.by

Bremino Group es el promotor y coadministrador del proyecto de zona económica especial de Bremino-Orsha, creada por un decreto presidencial firmado por Aliaksandr Lukashenka. La empresa ha recibido ayudas estatales para desarrollar la zona de Bremino-Orsha, así como una serie de ventajas financieras y fiscales y otros privilegios. Los propietarios de Bremino Group —Aliaksandr Zaitsau, Mikalai Varabei y Aliaksei Aleksin— pertenecen al círculo íntimo de empresarios relacionados con Lukashenka y mantienen estrechas relaciones con Lukashenka y su familia.

Por lo tanto, Bremino Group se beneficia del régimen de Lukashenka.

Bremino Group es propietario del Centro de Transporte y Logística (TLC, por sus siglas en inglés) en Bremino-Bruzgi, frontera entre Bielorrusia y Polonia, que fue utilizado por el régimen de Lukashenka como refugio para migrantes transportados a la frontera entre Bielorrusia y la Unión con el fin de cruzar ilegalmente dicha frontera. EL TLC de Bremino-Bruzgi fue también el escenario de la visita propagandística de Lukashenka a los migrantes.

Por lo tanto, Bremino Group contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

21.6.2021

11.

Globalcustom Management LLC

ООО «Глобалкастом-менеджмент»

Dirección: Nemiga 40/301, Minsk (Bielorrusia)

Número de registro: 193299162

Sitio web: https://globalcustom.by/

Dirección de correo electrónico: info@globalcustom.by

Globalcustom Management está asociada con la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia, dirigida anteriormente por Victor Sheiman, incluido en la lista de la Unión desde 2004. La empresa está involucrada en el contrabando de mercancías a Rusia, lo que no sería posible sin el acuerdo del régimen de Lukashenka, que controla la guardia de fronteras y las aduanas. La posición privilegiada en el sector de la exportación de flores a Rusia de que goza la empresa está supeditada al apoyo del régimen. Globalcustom Management fue la primera propietaria de GardService, la única empresa privada a la que Lukashenka autorizó el uso de armas. Por lo tanto, Globalcustom Management se beneficia del régimen de Lukashenka.

21.6.2021

12.

Belarusski Avtomobilnyi Zavod (BelAZ) / OJSC «BELAZ»

Sociedad limitada por acciones abierta «BELAZ» – Sociedad gestora de participación «BELAZ HOLDING»

ААТ «БЕЛАЗ»

ОАО «БЕЛАЗ»

Dirección: 40 let Octyabrya St. 4, 222161 Zhodino, región/oblast de Minsk (Bielorrusia)

Sitio web: https://belaz.by

La OJSC BelAZ es una de las principales empresas estatales de Bielorrusia y uno de los mayores fabricantes de camiones pesados y camiones volquetes del mundo. Es una fuente de grandes beneficios para el régimen de Lukashenka. Lukashenka ha declarado que el Gobierno siempre apoyará a la empresa, y la ha denominado una «marca Bielorrusia» y calificado como «parte del legado nacional». La OJSC BelAZ ha ofrecido sus instalaciones y equipo para organizar un mitin político en apoyo del régimen de Lukashenka. Por lo tanto, la OJSC BelAZ se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

Los empleados de la OJSC BelAZ que participaron en huelgas y protestas pacíficas tras las elecciones fraudulentas de agosto de 2020 en Bielorrusia fueron amenazados con el despido e intimidados por la dirección de la empresa. Un grupo de empleados fue encerrado en los locales de la empresa para evitar que se unieran a los demás manifestantes. La dirección de la empresa presentó la huelga ante los medios como una reunión de personal. Por lo tanto, la OJSC BelAZ es responsable de la represión de la sociedad civil y apoya al régimen de Lukashenka.

21.6.2021

13.

Minskii Avtomobilnyi Zavod (MAZ) / OJSC «MAZ»

Sociedad limitada por acciones abierta «Minsk Automobile Works» – Sociedad gestora de participación de «BELAVTOMAZ»

ААТ «Мiнскi аўтамабiльны завод»

ОАО «Минский автомобильный завод»

Dirección: Socialisticheskaya 2, 220021 Minsk (Bielorrusia)

Website: http://maz.by/

Fecha de registro: 16.7.1944

Tel.: +375 (17) 217-22-22; +8000 217-22-22

La OJSC Minsk Automobile Plant (MAZ) es una de las mayores empresas estatales de fabricación de automóviles de Bielorrusia. Lukashenka la ha descrito como «una de las empresas industriales más importantes del país». Es una fuente de ingresos para el régimen de Lukashenka. La OJSC MAZ ha ofrecido sus instalaciones y equipo para organizar un mitin político en apoyo del régimen. Por lo tanto, la OJSC MAZ se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

Los empleados de la OJSC MAZ que participaron en huelgas y protestas pacíficas tras las elecciones fraudulentas de agosto de 2020 en Bielorrusia fueron intimidados y más tarde despedidos por la dirección de la empresa. Un grupo de empleados fue encerrado en los locales de la empresa para evitar que se unieran a los demás manifestantes. Por lo tanto, la OJSC MAZ es responsable de la represión de la sociedad civil y apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

14.

Logex

ТАА «Лагекс»

ООО «Логекс»

Dirección: 24 Kommunisticheskaya St., office 2, Minsk (Bielorrusia)

Número de registro: 192695465

Sitio web: http://logex.by/

Dirección de correo electrónico: info@logex.by

La empresa Logex está asociada con Aliaksandr Shakutsin, un empresario cercano al régimen de Lukashenka que ha sido incluido en las listas de la Unión.

La empresa se dedica a la exportación de flores a la Federación de Rusia a precios irrisorios, lo que no sería posible sin el acuerdo del régimen, que controla la guardia de fronteras y las aduanas. La posición privilegiada en el sector de la exportación de flores a Rusia de que goza la empresa está supeditada al apoyo del régimen. Los principales proveedores bielorrusos de flores cortadas son empresas que están estrechamente conectadas con los dirigentes de la república.

Por lo tanto, Logex se beneficia del régimen de Lukashenka.

21.6.2021

15.

JSC «NNK» (Novaia naftavaia kampania) / New Oil Company

ЗАТ «ННК» (Новая нафтавая кампанiя)

ЗАО «ННК» (Новая нефтяная компания)

Dirección: Rakovska St. 14W room 7, 5th floor, Minsk (Bielorrusia)

Número de registro: 193402282

Novaya Neftnaya Kompaniya (NNK), nueva compañía petrolera, es una entidad fundada en marzo de 2020. Es la única empresa privada con derecho a exportar productos petrolíferos de Bielorrusia, lo que indica vínculos estrechos con las autoridades y el máximo nivel de privilegios estatales. NNK es propiedad de Interservice, una empresa propiedad de Mikalai Varabei, uno de los principales empresarios que se beneficia del régimen de Lukashenka y lo apoya. También se ha informado de que NNK está vinculada a Aliaksei Aleksin, otro destacado hombre de negocios bielorruso que se beneficia del régimen de Lukashenka. Según los medios de comunicación, Aleksin fue fundador de NNK, junto con Varabei. NNK también fue utilizada por las autoridades bielorrusas para adaptar la economía bielorrusa a las medidas restrictivas introducidas por la Unión.

Por lo tanto, NNK se beneficia del régimen de Lukashenka.

21.6.2021

16.

Belaeronavigatsia

Empresa estatal

Белаэранавiгацыя

Дзяржаўнае прадпрыемства

Белаэронавигация

Государственное предприятие

Dirección: 19 Korotkevich St., 220039 Minsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 1996

Sitio web: http://www.ban.by/

Dirección de correo electrónico: office@ban.by

Tel.: +375 (17) 215-40-51

Fax: +375 (17) 213-41-63

La empresa pública Belaeronavigatsia es responsable del control del tráfico aéreo bielorruso. Por lo tanto, es responsable del desvío del vuelo de pasajeros FR4978 el 23 de mayo de 2021 al aeropuerto de Minsk sin justificación adecuada. Esta decisión política fue tomada con el objeto de detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

Por lo tanto, la empresa pública Belaeronavigatsia es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

▼M56

17.

Open Joint Stock Company Belavia Belarusian Airlines

ААТ «Авiякампанiя Белавiя»

ОАО «Авиакомпания Белавиа»

Dirección: 14A Nemiga St., 220004 Minsk, Belarus

Fecha de registro: 4.1.1996

Número de registro: 600390798

La sociedad limitada por acciones abierta Belavia Belarusian Airlines (OJSC Belavia Belarusian Airlines) es la línea aérea nacional pública. Belavia también posee y explota aviones gubernamentales bielorrusos que utiliza el presidente Aliaksandr Lukashenka. Aliaksandr Lukashenka prometió que su administración facilitaría todo el apoyo posible a Belavia después de que la Unión decidiera introducir la prohibición de sobrevolar el espacio aéreo de la Unión y de acceder a los aeropuertos de la Unión para todas las líneas aéreas bielorrusas. Con este fin, se puso de acuerdo con el presidente ruso Vladimir Putin para planificar la apertura de nuevas rutas aéreas para Belavia. En 2021, el director ejecutivo de Belavia confirmó haber recibido apoyo del Gobierno para el restablecimiento de vuelos a la Federación de Rusia. Además, el Gobierno bielorruso ha eximido a la compañía aérea nacional del pago del impuesto sobre el valor añadido de las aeronaves y componentes importados al territorio de la República de Bielorrusia. Por otra parte, en 2014 Belavia obtuvo préstamos de un banco de propiedad estatal para la adquisición de nuevas aeronaves.

La dirección de Belavia también ordenó a sus empleados que no protestaran contra las irregularidades electorales y las detenciones masivas en Bielorrusia, habida cuenta de que Belavia es una empresa pública.

Por lo tanto, Belavia se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

2.12.2021

▼M45

18.

Empresa unitaria de la República «TSENTRKURORT»

Рэспублiканскае унiтарнае прадпрыемства «ЦЭНТРКУРОРТ»

Республиканское унитарное предприятие «ЦЕНТРКУРОРТ»

Dirección: 39 Myasnikova St., 220030 Minsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 12.8.2003

Número de registro: 100726604

La empresa turística de titularidad pública Tsentrkurort forma parte de la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia. Se ha informado de que Tsentrkurort es una de las empresas que coordinan el flujo de migrantes que pretenden cruzar la frontera entre Bielorrusia y la Unión. Tsentrkurort ayudó al menos a cincuenta y un ciudadanos iraquíes a obtener visados para su visita a Bielorrusia y firmó un contrato por servicios de transporte con la empresa bielorrusa Stroitur, que ofrece alquileres de autobús con conductor. Los autobuses reservados por Tsentrkurort transportaron a los migrantes, entre los que había niños, del aeropuerto de Minsk a hoteles.

Por lo tanto, Tsentrkurort contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

19.

Oskartour LLC

ООО Оскартур

Dirección: 25 Karl Marx St., room 1n, Minsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 18.10.2016

Número de registro: 192721937

Oskartour es un operador turístico que facilitó la obtención de visados para migrantes procedentes de Irak y organizó su ulterior viaje a Bielorrusia en vuelos de Bagdad a Minsk. Estos migrantes iraquíes fueron posteriormente transportados a la frontera entre Bielorrusia y la Unión con el objetivo de cruzarla ilegalmente. Gracias a Oskartour y a sus contactos con las compañías aéreas iraquíes, con las autoridades bielorrusas y con la empresa pública Tsentrkurort, la línea aérea iraquí organizó vuelos regulares de Bagdad a Minsk, para así transportar a Bielorrusia a más personas que cruzaran ilegalmente las fronteras exteriores de la Unión. Oskartour participó en este sistema ilegal de cruce de fronteras puesto en práctica por los servicios de seguridad y por empresas públicas de Bielorrusia.

Por lo tanto, contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

20.

Empresa unitaria filial de la República «Hotel Minsk»

Гатэль «Мiнск»

Республиканское дочернее унитарное предприятие «Отель Минск»

Dirección: 11 Nezavisimosti Ave., Minsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 26.12.2016/3.4.2017

Número de registro: 192750964

Sitio web: http://hotelminsk.by/

Dirección de correo electrónico: hotelminsk@udp.gov.by; marketing@hotelminsk.by

Tel.: +375 (17) 209-90-61

Fax: +375 (17) 200-00-72

Hotel Minsk es una empresa filial de la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia, una agencia gubernamental que está bajo las órdenes directas del presidente. Hotel Minsk participó en el sistema ilegal de cruce de fronteras puesto en práctica por los servicios de seguridad y por empresas públicas de Bielorrusia. Los migrantes fueron alojados en el hotel antes de ser transportados a la frontera entre Bielorrusia y la Unión con el fin de cruzarla ilegalmente. Los migrantes iraquíes habían indicado el Hotel Minsk como residencia temporal en sus solicitudes de visado bielorruso, que fueron cursadas inmediatamente antes de su llegada a Bielorrusia.

Por lo tanto, Hotel Minsk contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

21.

Sociedad limitada por acciones abierta «Hotel Planeta»

ААТ «Гасцiнiца Планета»

OAO «Гостиница Планета»

Dirección: 31 Pobediteley Ave., Minsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 1.2.1994/6.3.2000

Número de registro: 100135173

Sitio web: https://hotelplaneta.by/

Dirección de correo electrónico: planeta@udp.gov.by

Tel.: +375 (17) 226-78-53

Fax: +375 (17) 226-78-55

La sociedad limitada por acciones abierta Hotel Planeta es una empresa filial de la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia, una agencia gubernamental que está bajo las órdenes directas del presidente. Hotel Planeta participó en el sistema ilegal de cruce de fronteras puesto en práctica por los servicios de seguridad y por empresas públicas de Bielorrusia. Los migrantes fueron alojados en el hotel antes de ser transportados a la frontera entre Bielorrusia y la Unión con el fin de cruzarla ilegalmente. Pagaron 1 000  USD a una agencia de viajes en Bagdad por el vuelo, un visado turístico y una estancia en el hotel.

Por lo tanto, Hotel Planeta contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

22.

ASAM (Asobnaia sluzhba aktyunykh merapryemstvau)

OSAM (Otdiel’naya sluzhba aktivnykh mieropriyatiy)

Асобная служба актыўных мерапрыемстваў (АСАМ)

Отдельная служба активных мероприятий (ОСАМ)

Dirección: Comité Estatal de Fronteras de la República de Bielorrusia, 24 Volodarsky St., 220050 Minsk (Bielorrusia)

El ASAM (Servicio Específico de Medidas Activas) es una unidad especial de la guardia de fronteras bielorrusa controlada por Viktar Lukashenka y dirigida por Ihar Kruchkou. En el marco de la operación especial «Entrada», las fuerzas del ASAM organizan el cruce ilegal de fronteras a través de Bielorrusia hasta Estados miembros de la Unión y participan directamente en el transporte físico de migrantes hasta el otro lado de la frontera. Además, el ASAM cobra por el cruce de la frontera a los migrantes a los que transporta.

Por lo tanto, el ASAM contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

▼M52 —————

▼M45

24.

VIP Grub

 

Dirección: Büyükdere Cad., No:201, Estambul (Turquía)

VIP Grub es un servicio de pasaportes y visados con sede en Estambul (Turquía), que organiza viajes a Bielorrusia con la intención declarada de facilitar la migración a la Unión. VIP Grub publicita activamente la migración a la Unión. Por lo tanto, VIP Grub contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

25.

Sociedad limitada por acciones abierta «Grodno Azot»

Incluida la sucursal «Khimvolokno Plant» JSC «Grodno Azot»

ААТ «Гродна Азот»

ОАО «Гродно Азот»

Фiлiял «Завод Хiмвалакно» ААТ «Гродна Азот»

Филиал «Завод Химволокно» ОАО «Гродно Азот»

Dirección: 100 Kosmonavtov Ave., Grodno/Hrodna (Bielorrusia)

Fecha de registro: 1965

Número de registro: 500036524

Sitio web: https://azot.by/en/

Dirección: 4 Slavinskogo St., 230026 Grodno/Hrodna (Bielorrusia)

Fecha de registro: 12.5.2000

Número de registro: 590046884

Sitio web: www.grodno-khim.by

Dirección de correo electrónico: office@grodno-khim.by; market@grodno-khim.by; ppm@grodno-khim.by; tnp@grodno-khim.by

Tel./fax: +375 (152) 39-19-00; +375 (152) 39-19-44

La sociedad limitada por acciones abierta Grodno Azot es una gran empresa pública productora de compuestos nitrogenados con sede en Grodno/Hrodna. Lukashenka la describió como «una empresa muy importante, una empresa estratégica». Grodno Azot es también propietaria de Khimvolokno Plant, un gran fabricante de poliamida, poliéster y materiales compuestos. Grodno Azot y Khimvolokno Plant son una fuente de ingresos sustanciales para el régimen de Lukashenka. Por lo tanto, Grodno Azot apoya al régimen de Lukashenka.

Lukashenka visitó la empresa y se reunió con sus representantes, con los que debatió sobre la modernización de la planta y sobre diversas formas de apoyo estatal. Asimismo, prometió que se utilizaría un préstamo para la construcción de una nueva planta de nitrógeno en Grodno/Hrodna. Por lo tanto, Grodno Azot se beneficia del régimen de Lukashenka.

Los trabajadores de Grodno Azot, incluidos los empleados de Khimvolokno Plant, que participaron en protestas pacíficas contra el régimen e hicieron huelga, fueron despedidos, intimidados y amenazados tanto por la dirección de Grodno Azot como por representantes del régimen. Por lo tanto, Grodno Azot es responsable de la represión de la sociedad civil.

2.12.2021

26.

Asociación Estatal de Producción «Belorusneft»

Дзяржаўнае вытворчае аб’яднанне «Беларуснафта»

Государственное производственное объединение «Белоруснефть»

Dirección: 9 Rogachevskaya St., 246003 Gomel/Homyel (Bielorrusia)

Fecha de registro: 25.2.1966

Número de registro: 400051902

Belorusneft es una empresa pública que opera en el sector petroquímico. La dirección de la empresa despidió a trabajadores que hicieron huelga, que participaron en protestas contra el régimen o que apoyaron públicamente estas protestas. Por lo tanto, Belorusneft es responsable de la represión de la sociedad civil.

2.12.2021

27.

Sociedad limitada por acciones abierta «Belshina»

AAT «Белшина»

ОАО «Белшина»

Dirección: 4 Minskoe Shosse St., 213824 Bobruisk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 10.1.1994

Número de registro: 700016217

Sitio web: http://www.belshinajsc.by/

La sociedad limitada por acciones abierta Belshina es una de las principales empresas públicas de Bielorrusia y un importante productor de neumáticos para vehículos. Como tal, es una fuente de ingresos importante para el régimen de Lukashenka. El Estado bielorruso se beneficia directamente de los ingresos que obtiene Belshina. Por lo tanto, Belshina apoya al régimen de Lukashenka.

Los empleados de Belshina que protestaron e hicieron huelga a raíz de las elecciones presidenciales de 2020 en Bielorrusia fueron despedidos. Por lo tanto, Belshina es responsable de la represión de la sociedad civil.

2.12.2021

▼M56

28.

Open Joint Stock Company Belaruskali

Адкрытае акцыянернае таварыства 'Беларуськалiй'

Открытое акционерное общество 'Беларуськалий'

Dirección: 5 Korzha St., Soligorsk, 223710 Minsk Region/Oblast, Belarus

Fecha de registro: 23.12.1996

Número de registro: 600122610

La sociedad limitada por acciones abierta Belaruskali (Open Joint Stock Company Belaruskali) es una empresa pública y uno de los mayores productores de potasa del mundo. A pesar de la reducción en 2022 de su cuota mundial en el mercado mundial de potasa, del 20 % al 9 %, Belaruskali sigue siendo uno de los principales exportadores de potasa y una fuente sustancial de ingresos para el presupuesto del Estado bielorruso. Alexander Lukashenka la ha descrito como «un tesoro nacional, un orgullo, uno de los pilares de las exportaciones bielorrusas». También es una importante fuente de divisas para el régimen de Lukashenka.

Belaruskali está directamente implicada en la reubicación por parte del régimen de Lukashenka, en colaboración con Rusia, de niños ucranianos procedentes de territorios ocupados. Desde la invasión a gran escala, ilegal y no provocada, de Ucrania por Rusia, en las instalaciones de Dubrava, propiedad de la sociedad limitada por acciones abierta Belaruskali, han estado retenidos más de 2 050  niños ucranianos. Por lo tanto, la sociedad limitada por acciones abierta Belaruskali apoya el régimen de Lukashenka.

Los empleados de la sociedad limitada por acciones abierta Belaruskali que participaron en huelgas y protestas pacíficas tras las elecciones presidenciales fraudulentas de agosto de 2020 en τBielorrusia sufrieron intimidaciones y fueron despedidos por la dirección de la empresa. El propio Alexander Lukashenka amenazó personalmente con sustituir a los huelguistas por mineros de Ucrania. Por lo tanto, Belaruskali es responsable de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia y apoya el régimen de Lukashenka.

3.6.2022.

▼M53

29.

Joint Stock Company «Belarusian Potash Company»

ААТ «Беларуская калiйная кампанiя»

ОАО «Белорусская калийная компания»

Dirección: 35 Masherova Ave., 220002 Minsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 13.9.2013

Datos registrales: 192050251

Teléfonos: +375 17 309 30 10; +375 (17) 309-30-30

Correo electrónico: info@belpc.by

La sociedad limitada por acciones Belarusian Potash Company es el brazo exportador del productor de potasa estatal bielorruso Belaruskali. Belaruskali es una de las principales fuentes de ingresos para el régimen de Lukashenka. Los suministros de Belarusian Potash Company representan el 20 % de las exportaciones mundiales de potasa.

El Estado garantiza a Belarusian Potash Company derechos de monopolio en la exportación de fertilizantes a base de potasio. Gracias al trato preferente de las autoridades bielorrusas, la empresa obtiene unos ingresos considerables. Por lo tanto, Belarusian Potash Company se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

3.6.2022

▼M50

30.

Sociedad de responsabilidad limitada «Inter Tobacco»

Таварыства з абмежаванай адказнасцю «Iнтэр Табак»

Общество с ограниченной ответственностью «Интер Тобако»

Dirección: aldea de Novodvorskiy, n.o 131, municipio rural de Novodvorskiy, distrito de Minsk, 223016 región/oblast de Minsk (Bielorrusia) (zona económica libre de Minsk)

Fecha de registro: 10.10.2002

Número de registro: 808000714

La sociedad de responsabilidad limitada Inter Tobacco forma parte del sector tabacalero de Bielorrusia. Posee una cuota considerable del lucrativo mercado nacional de cigarrillos del país. La empresa obtuvo privilegios exclusivos para importar productos del tabaco a Bielorrusia, en virtud de un decreto firmado por Aliaksandr Lukashenka. Además, Lukashenka emitió un decreto presidencial para modificar la demarcación de la capital de Bielorrusia, Minsk, con el fin de conseguir terreno para la fábrica de Inter Tobacco, probablemente por motivos relacionados con la evasión fiscal. Inter Tobacco pertenece a Alexei Oleksin y a miembros de su familia cercana (es propiedad de la empresa Energo-Oil de Oleksin).

Por lo tanto, Inter Tobacco se beneficia del régimen de Lukashenka.

3.6.2022

31.

Sociedad limitada por acciones abierta «Naftan»

Адкрытае акцыянернае таварыства «НАФТАН»

Открытое акционерное общество «НАФТАН»

Dirección: Novopolotsk, n.o 1, 211440 región/oblast de Vitebsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 1992

Número de registro: 300042199

La sociedad limitada por acciones abierta Naftan, empresa pública, es una importante fuente de ingresos y de divisas extranjeras del régimen de Lukashenka. Por lo tanto, Naftan se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

Los empleados de Naftan que participaron en huelgas y protestas pacíficas tras las elecciones presidenciales fraudulentas de agosto de 2020 en Bielorrusia sufrieron intimidaciones y fueron despedidos por la dirección de la empresa. Por lo tanto, Naftan es responsable de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia y apoya al régimen de Lukashenka.

3.6.2022

32.

Sociedad limitada por acciones abierta «Grodno Tobacco Factory Neman»

Адкрытае акцыянернае таварыства «Гродзенская тытунёвая фабрыка Нёман»

Oткрытое акционерное общество «Гродненская табачная фабрика Неман»

Dirección: calle Ordzhonikidze, n.o 18, 230771 Grodno/Hrodna (Bielorrusia)

Fecha de registro: 30.12.1996

Número de registro: 500047627

Grodno Tobacco Factory Neman es una empresa pública bielorrusa y una de las principales fuentes de ingresos del régimen de Lukashenka. La empresa posee una cuota de entre el 70 % y el 80 % del mercado del tabaco de Bielorrusia. Por lo tanto, Grodno Tobacco Factory Neman se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

Las marcas de cigarrillos de Grodno Tobacco Factory Neman, fabricadas en Bielorrusia, están entre las que más se introducen ilegalmente en la Unión en el marco del lucrativo mercado de tabaco de contrabando. En el sistema de contrabando se utilizan vagones de tren de las empresas públicas bielorrusas Belaruskali y Grodno Azot. Por lo tanto, Grodno Tobacco Factory Neman contribuye a facilitar la transferencia ilegal de mercancías restringidas al territorio de la Unión.

3.6.2022

33.

Beltamozhservice

Рэспублiканскае унiтарнае прадпрыемства «Белмытсэрвiс»

Республиканское унитарное предприятие «Белтаможсервис»

Dirección: km. 17 autovía Minsk-Dzerzhinsk, edificio de oficinas, oficina n.o 75, Shchomyslitsky s/s, 223049, región/oblast de Minsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 9.6.1999

Número de registro: 101561144

Beltamozhservice es una empresa pública y una de las mayores empresas logísticas en Bielorrusia. Está estrechamente vinculada a las autoridades bielorrusas y participa en el contrabando y la reexportación de mercancías de Bielorrusia a Rusia. La empresa se beneficia de vínculos con las autoridades bielorrusas y proporciona ingresos significativos al régimen de Lukashenka. Por lo tanto, Beltamozhservice se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

3.6.2022

34.

Sociedad limitada por acciones abierta «Managing Company of Holding Belkommunmash»

Адкрытае акцыянернае таварыства «Кiруючая кампанiя холдынгу 'Белкамунмаш'»

Открытое акционерное общество «Управляющая компания холдинга 'Белкоммунмаш'»

Dirección: calle Perekhodnaya, n.o 64B-2, 220070 Minsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 13.8.1991

Número de registro: 100205408

Belkommunmash es un fabricante bielorruso de vehículos de transporte público. Aliaksandr Lukashenka promueve la actividad comercial de Belkommunmash, ofreciendo garantías de que la empresa cumple sus obligaciones contractuales con sus socios y utilizando su influencia para apoyar su actividad comercial. Por lo tanto, esta empresa se beneficia del régimen de Lukashenka.

Belkommunmash despidió a trabajadores en represalia por las protestas de estos contra el fraude de las elecciones presidenciales de 2020, por lo que es responsable de la represión de la sociedad civil y apoya al régimen de Lukashenka.

3.6.2022

35.

Belteleradio Company (compañía nacional de radiotelevisión pública de la República de Bielorrusia)

Нацыянальная дзяржаўная тэлерадыёкампанiя Рэспублiкi Беларусь / Белтэлерадыёкампанiя

Национальная государственная телерадиокомпания Республики Беларусь / Белтелерадиокомпания

Dirección: calle Makayonka, n.o 9, Minsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 14.9.1994

Número de registro: 100717729

Sitio web: tvr.by

Belteleradio Company es la empresa pública de radiotelevisión y controla siete canales de televisión y cinco emisoras de radio en Bielorrusia. Tras las elecciones presidenciales fraudulentas de agosto de 2020, Belteleradio Company despidió a los trabajadores de los medios de comunicación bajo su control que habían participado en protestas y los sustituyó por empleados de medios de comunicación rusos. Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil.

Las emisoras de radio y televisión supervisadas por Belteleradio Company participan activamente en la difusión de propaganda y, por tanto, brindan apoyo al régimen de Lukashenka.

3.6.2022.

▼M54

136.

Open Joint Stock Company «MINSK ELECTROTECHNICAL PLANT NAMED AFTER V. I. KOZLOV»

Адкрытае акцыянернае таварыства «МIНСКI ЭЛЕКТРАТЭХНIЧНЫ ЗАВОД IМЯ В.I.КАЗЛОВА»

Открытое акционерное общество «МИНСКИЙ ЭЛЕКТРОТЕХНИЧЕСКИЙ ЗАВОД ИМЕНИ В.И.КОЗЛОВА»/ОАО «МЭТЗ ИМ. В.И.КОЗЛОВА»

Dirección: Room 502, 4, Uralskaya st., Minsk 220037, Republic of Belarus

Tipo de entidad: sociedad de propiedad estatal

Lugar de registro4, Uralskaya st.,

Minsk 220037,

República de Bielorrusia

Fecha de registro: 1.3.1994

Datos registrales: 100211261(УНП)

Lugar principal de actividad: Bielorrusia

Sitio web de la empresa: www.metz.by

Correo electrónico de la empresa: urist@metz.by

Teléfono de la empresa: 8017 230 11 22

La sociedad limitada por acciones abierta «Minsk Electrotechnical Plant named after V.I. Kozlov» (OJSC «Minsk Electrotechnical Plant named after V.I. Kozlov») es una empresa de propiedad estatal, uno de los mayores productores de equipos eléctricos de Europa y uno de los gigantes industriales de Bielorrusia. Como tal, es una fuente principal de ingresos para el régimen de Lukashenka. Los empleados de la sociedad limitada por acciones abierta «Minsk Electrotechnical Plant named after V.I. Kozlov» que participaron en huelgas y protestas pacíficas tras las elecciones fraudulentas de agosto de 2020 en Bielorrusia fueron amenazados con el despido e intimidados por la dirección de la empresa. Posteriormente, se despidió a trabajadores por haber participado en las huelgas.

Por lo tanto, la sociedad limitada por acciones abierta «Minsk Electrotechnical Plant named after V.I. Kozlov» se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo. Además, la sociedad limitada por acciones abierta «Minsk Electrotechnical Plant named after V.I. Kozlov» es responsable de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia.

3.8.2023

37.

Open joint stock company «Byelorussian Steel Works – management company of “Byelorusssian Metallurgical Company” holding» alias OJSC «BSW (BMZ)-management company of “BMC” holding»

Адкрытае акцыянернае таварыства «Беларускi металургiчны» завод-кiруючая кампанiя холдынгу “Беларуская металургiчная кампанiя”” a.k.a. ААТ «БМЗ-кiруючая кампанiя холдынгу “БМК”»

Открытое акционерное общество «Белорусский металлургический завод- управляющая компания» холдинга “Белорусская металлургическая компания”” alias ОАО «БМЗ- управляющая компания холдинга “БМК”»

Dirección: 37, Promyshlennaya Street, Zhlobin,Gomel region, Belarus, 247210

Tipo de entidad: sociedad limitada por acciones abierta

Lugar de registro: Zhlobin, región de Gomel, Bielorrusia

Fecha de registro: 24.4.1991 como «БЕЛОРУССКИЙ МЕТАЛЛУРГИЧЕСКИЙ ЗАВОД»,

11.9.1996 como «Государственное предприятие-Белорусский металлургический завод»,

1.12.1997 como «Белорусский металлургический завод»,

3.11.1999 como «Республиканское унитарное предприятие “Белорусский металлургический завод”»,

1.1.2012 como «Открытое акционерное общество “Белорусский металлургический завод”».

Datos registrales: 400074854

Lugar principal de actividad: Zhlobin, región de Gomel, Bielorrusia

La sociedad limitada por acciones abierta «BSW-management company of “BMC” holding» es una empresa estatal única de la industria metalúrgica bielorrusa, y una de las mayores empresas del país. Como tal, es una fuente de ingresos importante para el régimen de Lukashenka. El Estado bielorruso se beneficia directamente de los beneficios de la sociedad limitada por acciones abierta «BSW-management company of “BMC” holding». Además, la empresa recibe grandes subvenciones gubernamentales y apoyo político del régimen de Lukashenka. El director general de la sociedad limitada por acciones abierta «BSW-management company of “BMC” holding» fue nombrado personalmente por el presidente Lukashenka.

Los empleados de la sociedad limitada por acciones abierta «BSW-management company of “BMC” holding» que protestaron e hicieron huelga tras las elecciones presidenciales de 2020 en Bielorrusia fueron despedidos. Desde entonces, la empresa sigue tomando medidas contra los empleados que intentan organizar huelgas, mediante amenazas y despidos. Por lo tanto, la sociedad limitada por acciones abierta «BSW-management company of “BMC” holding» se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda apoyo. Además, es responsable de la represión de la sociedad civil en Bielorrusia.

3.8.2023

38.

Belneftekhim-Belarusian State Concern for Oil and Chemistry

Белнафтахiм — Беларускi дзяржаўны канцэрн па нафце i хiмii

Белнефтехим, Белорусский государственный концерн по нефти и химии

Dirección: 73, Dzerzhinskogo Street, Minsk, 220116

Tipo de entidad: empresa estatal

Lugar de registro:73 Dzerzhinskogo Street, Minsk, 220116

Fecha de registro: 21.7.1997

Datos registrales: 101272253

Lugar principal de actividad: Minsk, Bielorrusia

La empresa petrolera y química estatal bielorrusa (Belneftekhim) es uno de los mayores complejos industriales de la República de Bielorrusia, formado por otras muchas empresas estatales establecidas en 1997. Aliaksandr Lukashenka considera que Belneftekhim es una de las empresas más importantes y estratégicas de Bielorrusia. En particular, Belneftekhim representa un activo fundamental para la economía y la política exterior bielorrusas, especialmente en relación con la cooperación entre Rusia y Bielorrusia en el desarrollo de un mercado común del petróleo. Las consultas entre la empresa y el presidente Lukashenka son periódicas. Belneftekhim se beneficia del apoyo prestado por el régimen de Lukashenka, especialmente en relación con los efectos de las sanciones occidentales. Por lo tanto, Belneftekhim se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

3.8.2023

▼M60

39.

Ruzekspeditsiya LLC

RUZSPEDITION LLC

OOO RUDENSKI UDOBRENCHESKI ZAVOD

OBSHCHESTVO S OGRANICHENNOI OTVETSTVENNOSTYU RUZEKSPEDITSIYA

TAA «Рузэкспедыцыя»

OOO «Рузэкспедиция»

Dirección: 1K Zavodzkaya St., room 36 Bolbasovo 211004 Belarus;

40 Nemiga St., room 304 Minsk 220004 Belarus

Fecha de registro: 6.1.2016

Número de registro: 690664113

Correo electrónico: info@ruz.by

Teléfonos: + 375296615929

+375172006232

Sitio web: https://ruz.by/

Ruzekspeditsiya LLC ejerce su actividad desde la zona económica especial de Bremino-Orsha (creada por un decreto presidencial firmado por Aliaksandr Lukashenka), que está gestionada por Bremino Group LLC, incluido en la lista del anexo I del Reglamento (CE) n.o 765/2006 del Consejo. Las empresas establecidas en la zona económica especial de Bremino-Orsha se benefician de ventajas fiscales y otras ventajas financieras.

La zona económica especial de Bremino-Orsha alberga seis empresas (entre ellas Bremino Group LLC), que son las únicas a las que se conceden sus ventajas. La decisión sobre quién puede disfrutar de las ventajas de la zona económica especial de Bremino-Orsha, mediante la adquisición de la condición de residente, es competencia exclusiva de Bremino Group LLC como empresa gestora de la zona económica especial.

Por las razones expuestas, Ruzekspeditsiya está vinculada a Bremino Group LLC. Como empresa establecida en la zona económica especial de Bremino-Orsha, se beneficia del régimen. Ruzekspeditsiya también facilita la vulneración de la prohibición de elusión contemplada en las disposiciones del Reglamento (CE) n.o 765/2006 del Consejo mediante la participación en la entrega de vehículos cuya venta, suministro, transferencia o exportación desde la Unión a Bielorrusia está prohibida.

16.12.2024

40.

Vlate Logistik LLC

ТАА «ВЛАТЭ Лагістык»

ООО «ВЛАТЕ Логистик»

Dirección: 48 Komarova St., Pogranichny, 231773, Belarus

Fecha de registro: 16.4.2013

Número de registro: 192003422

Vlate Logistik LLC es una empresa bielorrusa que posee dos puestos fronterizos en la frontera entre la UE y Bielorrusia. El 10 de agosto de 2023, Aleh Herasim, Aleh Piatrou, Iryna Kalesnikava, Aleh Barabanau, Dzmitry Zamulevich y Uladzimir Arkadzyeu eran propietarios a partes iguales de Vlate Logistic LLC. Vlate Logistik LLC se beneficia del régimen a través de su condición de operador económico autorizado, que le permite obtener considerables exenciones fiscales y es otorgada por las autoridades estatales.

16.12.2024

▼M3




ANEXO II

▼M4

Páginas web para información sobre las autoridades competentes a que se refieren el artículo 3, el artículo 4, apartado 2, el artículo 5 y el artículo 8, apartado 7, y direcciones para notificaciones a la Comisión Europea

▼M59

BÉLGICA

https://diplomatie.belgium.be/en/policy/policy_areas/peace_and_security/sanctions

BULGARIA

https://www.mfa.bg/en/EU-sanctions

CHEQUIA

www.financnianalytickyurad.cz/mezinarodni-sankce.html

DINAMARCA

https://um.dk/udenrigspolitik/sanktioner/ansvarlige-myndigheder

ALEMANIA

https://www.bmwi.de/Redaktion/DE/Artikel/Aussenwirtschaft/embargos-aussenwirtschaftsrecht.html

ESTONIA

https://vm.ee/sanktsioonid-ekspordi-ja-relvastuskontroll/rahvusvahelised-sanktsioonid

IRLANDA

https://www.dfa.ie/our-role-policies/ireland-in-the-eu/eu-restrictive-measures/

GRECIA

http://www.mfa.gr/en/foreign-policy/global-issues/international-sanctions.html

ESPAÑA

https://www.exteriores.gob.es/es/PoliticaExterior/Paginas/SancionesInternacionales.aspx

FRANCIA

http://www.diplomatie.gouv.fr/fr/autorites-sanctions/

CROACIA

https://mvep.gov.hr/vanjska-politika/medjunarodne-mjere-ogranicavanja/22955

ITALIA

https://www.esteri.it/it/politica-estera-e-cooperazione-allo-sviluppo/politica_europea/misure_deroghe/

CHIPRE

https://mfa.gov.cy/themes/

LETONIA

https://www.fid.gov.lv/en

LITUANIA

https://www.urm.lt/en/lithuania-in-the-region-and-the-world/lithuanias-security-policy/international-sanctions/997

LUXEMBURGO

https://maee.gouvernement.lu/fr/directions-du-ministere/affaires-europeennes/organisations-economiques-int/mesures-restrictives.html

HUNGRÍA

https://kormany.hu/kulgazdasagi-es-kulugyminiszterium/ensz-eu-szankcios-tajekoztato

MALTA

https://smb.gov.mt/

PAÍSES BAJOS

https://www.rijksoverheid.nl/onderwerpen/internationale-sancties

AUSTRIA

https://www.bmeia.gv.at/themen/aussenpolitik/europa/eu-sanktionen-nationale-behoerden/

POLONIA

https://www.gov.pl/web/dyplomacja/sankcje-miedzynarodowe

https://www.gov.pl/web/diplomacy/international-sanctions

PORTUGAL

https://portaldiplomatico.mne.gov.pt/politica-externa/medidas-restritivas

RUMANÍA

http://www.mae.ro/node/1548

ESLOVENIA

http://www.mzz.gov.si/si/omejevalni_ukrepi

ESLOVAQUIA

https://www.mzv.sk/europske_zalezitosti/europske_politiky-sankcie_eu

FINLANDIA

https://um.fi/pakotteet

SUECIA

https://www.regeringen.se/sanktioner

Dirección para las notificaciones a la Comisión Europea:

Comisión Europea

Dirección General de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales (DG FISMA)

Rue de Spa, 2

B-1049 Bruselas, Bélgica

Correo electrónico: relex-sanctions@ec.europa.eu

▼M7




ANEXO III

Lista de equipos que podrían utilizarse para la represión interna a los que se hace referencia en los artículos 1 bis y 1 ter

1. Las armas de fuego, munición y accesorios conexos siguientes:

1.1. 

armas de fuego no controladas por los artículos ML 1 y ML 2 de la Lista Común Militar de la Unión Europea ( 12 ) («Lista Común Militar»);

1.2. 

munición concebida especialmente para las armas de fuego citadas en el punto 1.1 y componentes diseñados especialmente a dicho efecto;

1.3. 

miras no controladas por la Lista Común Militar.

2. Bombas y granadas no controladas por la Lista Común Militar.

3. Los siguientes vehículos:

3.1. 

vehículos equipados con cañón de agua, especialmente diseñados o modificados para controlar disturbios;

3.2. 

vehículos especialmente concebidos o modificados para ser electrificados a fin de repeler asaltantes;

3.3. 

vehículos especialmente diseñados o modificados para retirar barricadas, incluidos los equipos de construcción con protección balística;

3.4. 

vehículos especialmente diseñados para el transporte o el traslado de prisioneros o detenidos;

3.5. 

vehículos especialmente diseñados para desplegar barreras móviles;

3.6. 

componentes para los vehículos especificados en los puntos 3.1 a 3.5 especialmente concebidos para el control de disturbios.

Nota 1   Este punto no incluye los vehículos concebidos especialmente para la lucha contra incendios.

Nota 2   A efectos del punto 3.5, el término «vehículos» incluye los remolques.

4. Las siguientes sustancias explosivas y equipos conexos:

4.1. 

equipos y dispositivos diseñados especialmente para iniciar explosiones mediante medios eléctricos o no eléctricos, incluidos los equipos disparadores, detonadores, equipos de encendido, aceleradores y cable de detonación, así como los componentes diseñados especialmente para ello; excepto los diseñados especialmente para un uso comercial específico consistente en el accionamiento o la utilización por medios explosivos de otros equipos o dispositivos, cuya función no sea la creación de explosiones (por ejemplo, dispositivos para el inflado de cojines de aire para automóviles, relés eléctricos de protección contra sobretensiones de los dispositivos de puesta en marcha de los aspersores contra incendios);

4.2. 

cargas explosivas de corte lineal no controladas por la Lista Común Militar;

4.3. 

los siguientes explosivos no controlados por la Lista Común Militar y sustancias relacionadas con los mismos:

a. 

amatol,

b. 

nitrocelulosa (con un contenido de nitrógeno superior al 12,5 %),

c. 

nitroglicol,

d. 

tetranitrato de pentaeritrita (pentrita),

e. 

picrilclorido,

f. 

2,4,6-trinitrotolueno (TNT).

5. Los siguientes equipos protectores no controlados por el artículo ML 13 de la Lista Común Militar:

5.1. 

prendas blindadas antiproyectiles y con protección contra las armas blancas;

5.2. 

cascos con protección contra proyectiles y/o fragmentación, cascos antidisturbios, escudos antidisturbios y escudos contra proyectiles.

Nota: No se aplica a:

— 
los equipos diseñados especialmente para actividades deportivas;
— 
los equipos diseñados especialmente para responder a las exigencias de seguridad en el trabajo.

6. Simuladores, distintos de los controlados por el artículo ML 14 de la Lista Común Militar, para el entrenamiento en la utilización de armas de fuego, y programas informáticos diseñados especialmente para los mismos.

7. Equipos para la visión nocturna, equipos térmicos de toma de imágenes y tubos intensificadores de imagen, distintos de los controlados por la Lista Común Militar.

8. Alambre de púas.

9. Cuchillos militares, cuchillos de combate y bayonetas con hojas cuya longitud sea superior a 10 cm.

▼M40

9 bis. «agentes antidisturbios», según se define en el subartículo 1A004.a.4 del Reglamento Delegado (UE) 2020/1749 de la Comisión, de 7 de octubre de 2020, que modifica el Reglamento (CE) n.o 428/2009 del Consejo, por el que se establece un régimen comunitario de control de las exportaciones, la transferencia, el corretaje y el tránsito de productos de doble uso.

▼M7

10. Equipos de producción especialmente diseñados para los elementos especificados en la presente lista.

11. Tecnología específica para el desarrollo, la producción o la utilización de los elementos especificados en la presente lista.

▼M40




ANEXO IV

EQUIPOS, TECNOLOGÍAS Y PROGRAMAS INFORMÁTICOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 1 quater Y 1 quinquies

Nota general

No obstante lo dispuesto en el presente anexo, este no será de aplicación a:

a) 

los equipos, tecnologías o programas informáticos especificados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 428/2009 del Consejo ( 13 ) o en la Lista Común Militar, o

b) 

los programas informáticos que estén diseñados para su instalación por el usuario sin asistencia ulterior importante del proveedor y que se hallen generalmente a disposición del público por estar a la venta, sin limitaciones, en puntos de venta al por menor, por medio de:

i) 

transacciones en mostrador,

ii) 

transacciones por correo,

iii) 

transacciones electrónicas, o

iv) 

transacciones por teléfono, o

c) 

los programas informáticos que sean de conocimiento público.

Las categorías A, B, C, D y E se refieren a las categorías contempladas en el Reglamento (CE) n.o 428/2009.

Los equipos, tecnologías y programas informáticos a que se refieren los artículos 1 quater y 1 quinquies son:

A. 

Lista de equipos:

— 
Equipos de inspección de paquetes en profundidad
— 
Equipos de interceptación de redes, incluidos los equipos de gestión de interceptaciones (IMS) y los equipos de información de conexión y conservación de datos
— 
Equipos de seguimiento de radiofrecuencia
— 
Equipos de interferencia deliberada de redes y satélites
— 
Equipos de infección a distancia
— 
Equipos de reconocimiento y procesamiento de voz
— 
Equipos de interceptación y seguimiento IMSI ( 14 ), MSISDN ( 15 ), IMEI ( 16 ), TMSI ( 17 )

▼M44

— 
Sistemas, equipos, y componentes para ellos, especialmente diseñados o modificados para la generación, el manejo mediante comandos y el control o la distribución de «programas informáticos de intrusión», según se definen en el Reglamento (UE) 2021/821 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 18 )

▼M40

— 
Equipos diseñados o modificados para realizar criptoanálisis
— 
Equipos tácticos de interceptación y seguimiento SMS ( 19 ), GSM ( 20 ), GPS ( 21 ), GPRS ( 22 ), UMTS ( 23 ), CDMA ( 24 ), PSTN ( 25 )
— 
Equipos de interceptación y seguimiento de información DHCP ( 26 ), SMTP ( 27 ), GTP ( 28 )
— 
Equipos de reconocimiento de formas y de perfilado de formas
— 
Equipos forenses a distancia
— 
Equipos de motores de procesamiento semántico
— 
Equipos de violación de códigos WEP y WPA
— 
Equipos de interceptación de propietarios VoIP y protocolos estándar.
B. 

No utilizados.

C. 

No utilizados.

D. 

«Programas informáticos» para el «desarrollo», «producción» o «utilización» de los equipos especificados en el punto A y «programas informáticos» que tengan las características de los equipos especificados en el punto A, o que realicen o simulen las funciones de estos.

E. 

«Tecnología» para el «desarrollo», «producción» o «utilización» de los equipos especificados en el punto A.

Los equipos, las tecnologías y los programas informáticos pertenecientes a dichas categorías entran en el ámbito de aplicación del presente anexo solo en la medida en que correspondan a la descripción general de «sistemas de seguimiento e interceptación de comunicaciones por internet, telefónicas y por satélite».

A efectos del presente anexo, se entiende por «seguimiento» la adquisición, extracción, descodificación, grabación, tratamiento, análisis y archivo del contenido de llamadas o de datos de la red.

▼M51




ANEXO V

LISTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS A QUE SE REFIEREN EL ARTÍCULO 1 SEXIES, APARTADO 7, EL ARTÍCULO 1 SEPTIES, APARTADO 7, Y EL ARTÍCULO 1 SEPTIES BIS, APARTADO 1

Ministerio de Defensa de Bielorrusia

140 Repair Plant JSC

558 Aircraft Repair Plant JSC

2566 Radioelectronic Armament Repair Plant JSC

AGAT – Control Systems – Managing Company of Geoinformation Control Systems Holding, JSC

AGAT – Electromechanical Plant OJSC

AGAT – SYSTEM

ATE – Engineering LLC

BelOMO Holding

Belspetsvneshtechnika SFTUE

Beltechexport CJSC

BSVT – New Technologies

Departamento de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la Provincia de Gómel

Tropas de Interior del Ministerio del Interior de la República de Bielorrusia

KGB Alpha

Kidma Tech OJSC

Minotor-Service

Minsk Wheeled Tractor Plant

Oboronnye Initsiativy LLC

OJS KB Radar Managing Company

Peleng JSC

Instituto Estatal de la Industria Militar de la República de Bielorrusia

Comité de Seguridad del Estado de la República de Bielorrusia

Transaviaexport Airlines, JSC

Volatavto OJSC

▼M57




ANEXO V bis

LISTA DE BIENES Y TECNOLOGÍAS A QUE SE REFIEREN EL ARTÍCULO 1 SEPTIES, APARTADO 1, Y EL ARTÍCULO 1 SEPTIES BIS, APARTADO 1

Parte A

Las notas generales, los acrónimos y abreviaturas y las definiciones del anexo I del Reglamento (UE) 2021/821 se aplican al presente anexo, a excepción de la “Parte I – Notas generales, acrónimos y abreviaturas, y definiciones, Notas generales al anexo I, punto 2”.

Se aplican al presente anexo las definiciones de los términos utilizados en la Lista Común Militar (LCM) de la Unión Europea (2020/C 85/01).

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1 quaterdecies del presente Reglamento, los productos no sujetos a control que contengan uno o más componentes de los que se enumeran en el presente anexo no estarán sujetos a los controles exigidos en el artículo 1 septies, apartado 1, y el artículo 1 septies bis, apartado 1, del presente Reglamento.

Categoría I — Electrónica

X.A.I.001

Dispositivos y componentes electrónicos

a. 

“Microcircuitos de microprocesador”, “microcircuitos de microordenador” y microcircuitos de microcontrolador que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Una velocidad de funcionamiento igual o superior a 5 GigaFLOPS y una unidad aritmética lógica con una capacidad de acceso paralelo de 32 bits o superior;

2. 

Una frecuencia de reloj superior a 25 MHz, o

3. 

Más de un bus de datos o de instrucciones o más de un puerto de comunicaciones serie, que provee de una interconexión externa directa entre “microcircuitos de microprocesador” paralelos, con una velocidad de transferencia de 2,5  Mbytes/s.

b. 

Circuitos integrados para almacenamiento, según se indica:

1. 

Memorias de acceso aleatorio pasivas programables y borrables eléctricamente (EEPROM) con una capacidad de almacenamiento;

a. 

De más de 16 Mbits por paquete, en los tipos de memoria flash, o

b. 

Que supere uno de los límites siguientes, en los demás tipos de EEPROM:

1. 

Más de 1 Mbit por paquete, o

2. 

Más de 256 kbits por paquete y un tiempo máximo de acceso inferior a 80 ns.

2. 

Memorias estáticas de acceso aleatorio (SRAM) con una capacidad de almacenamiento:

a. 

Más de 1 Mbit por paquete, o

b. 

Más de 256 kbits por paquete y un tiempo máximo de acceso inferior a 25 ns.

c. 

Convertidores analógico-digital que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Resolución igual o superior a 8 bits, pero inferior a 12 bits, con una tasa de salida superior a 200 megamuestras por segundo (Mega Samples Per Second, MSPS);

2. 

Resolución de 12 bits con una tasa de salida superior a 105 megamuestras por segundo (MSPS);

3. 

Resolución superior a 12 bits, pero igual o inferior a 14 bits, con una tasa de salida superior a 10 megamuestras por segundo (MSPS), o

4. 

Resolución de 14 bits con una tasa de salida superior a 2,5  megamuestras por segundo (MSPS).

d. 

Dispositivos lógicos programables por el usuario con un número máximo de entradas/salidas digitales de terminación única de entre 200 y 700.

e. 

Procesadores de transformada rápida de Fourier (FFT) que tengan un tiempo de ejecución tasado para una FFT compleja de 1 024 puntos de menos de 1 ms.

f. 

Circuitos integrados para el usuario de los que la función es desconocida o en los que el estado de control del equipo en el que se vaya a usar el circuito integrado es desconocido para el fabricante, y que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Más de 144 terminales, o

2. 

Un “retardo por propagación en la puerta básica” típico inferior a 0,4  ns.

g. 

“Dispositivos electrónicos de vacío” de ondas progresivas, de impulsos o continuas, según se indica:

1. 

Dispositivos de cavidades acopladas, o los derivados de ellos.

2. 

Dispositivos basados en circuitos en hélice, de guiaondas plegados o de guiaondas de serpentina, o los derivados de ellos, que posean cualquiera de las características siguientes:

a. 

Un “ancho de banda instantáneo” igual o superior a media octava y un producto de la potencia media (expresada en kW) por la frecuencia (expresada en GHz) superior a 0,2 , o

b. 

Un “ancho de banda instantáneo” inferior a media octava; y un producto de la potencia media (expresada en kW) por la frecuencia (expresada en GHz) superior a 0,4 .

h. 

Guiaondas flexibles diseñados para un uso a frecuencias superiores a 40 GHz.

i. 

Dispositivos de ondas acústicas de superficie y de ondas acústicas rasantes (poco profundas) que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Frecuencia portadora superior a 1 GHz, o

2. 

Frecuencia portadora igual o inferior a 1 GHz, y

a. 

“Rechazo de lóbulos laterales” superior a 55 dB;

b. 

Producto del retardo máximo (expresado en microsegundos) por el ancho de banda (expresado en MHz) superior a 100, o

c. 

Retardo de dispersión superior a 10 microsegundos.

Nota técnica: A los efectos del subartículo X.A.I.001.i, el “rechazo de lóbulos laterales” es el valor máximo de rechazo especificado en la ficha técnica.

j. 

“Células”, según se indica:

1. 

“Células primarias” que tengan una “densidad de energía” igual o inferior a 550 Wh/kg a 293 K (20 oC).

2. 

“Células secundarias” que tengan una “densidad de energía” igual o inferior a 350 Wh/kg a 293 K (20 oC).

Nota: El subartículo X.A.I.001.j no somete a control las baterías, incluidas las de célula única.

Notas técnicas:

1.   A efectos del subartículo X.A.I.001.j, la densidad de energía (Wh/kg) se calcula a partir de la tensión nominal multiplicada por la capacidad nominal en amperios-horas (Ah) dividida por la masa expresada en kilogramos. Si no figura la capacidad nominal, la densidad de energía se calcula a partir de la tensión nominal al cuadrado y luego multiplicada por la duración de la descarga, expresada en horas, dividida por la intensidad de la descarga expresada en ohmios y la masa en kilogramos.

2.   A efectos del subartículo X.A.I.001.j, una “célula” se define como un dispositivo electromecánico con electrodos positivos y negativos, y electrolito, y constituye una fuente de energía eléctrica. Es el elemento básico que compone una batería.

3.   A efectos del subartículo X.A.I.001.j.1, una “célula primaria” es una “célula” que no se ha diseñado para ser cargada por otra fuente.

4.   A efectos del subartículo X.A.I.001.j.2, una “célula secundaria” es una “célula” diseñada para ser cargada por una fuente eléctrica externa.

k. 

Electroimanes o solenoides “superconductores” diseñados especialmente para un tiempo de carga o descarga completas inferior a un minuto y que reúnan todas las características siguientes:

Nota: El subartículo X.A.I.001.k no somete a control los electroimanes o solenoides “superconductores” diseñados para los equipos médicos de formación de imágenes por resonancia magnética (MRI).

1. 

Energía máxima suministrada durante la descarga dividida por la duración de la descarga superior a 500 kJ por minuto;

2. 

Diámetro interior de las bobinas portadoras de corriente superior a 250 mm, y

3. 

Estar previstos para una inducción magnética superior a 8 T o una “densidad de corriente global” en las bobinas superior a 300 A/mm2.

l. 

Circuitos o sistemas para el almacenamiento de energía electromagnética, que contengan componentes fabricados a partir de materiales “superconductores”, diseñados especialmente para funcionar a temperaturas inferiores a la “temperatura crítica” de al menos uno de los constituyentes “superconductores”, y que tengan todas las características siguientes:

1. 

Frecuencias de funcionamiento resonantes superiores a 1 MHz;

2. 

Una densidad de energía almacenada igual o superior a 1 MJ/m3, y

3. 

Un tiempo de descarga inferior a 1 ms.

m. 

Tiratrones de hidrógeno / isótopos de hidrógeno de construcción cerámica-metal y tasados para una corriente de pico igual o superior a 500 A.

n. 

Filtros cerámicos de frecuencia.

o. 

Células fotovoltaicas, conjuntos de recubrimientos de vidrio para interconexiones de células (CIC), paneles solares y generadores fotoeléctricos que sean “calificados para uso espacial” y que no estén sometidos a control por el subartículo 3A001.e.4 ( 29 ).

p. 

Recortadoras de cermet.

X.A.I.002

“Conjuntos electrónicos”, módulos y equipos de uso general

a. 

Equipos electrónicos de ensayo distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821.

b. 

Equipos de grabación de datos digitales en cinta magnética para instrumentación, que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Velocidad máxima de transferencia en la interfaz digital superior a 60 Mbit/s, y que empleen técnicas de exploración helicoidal;

2. 

Velocidad máxima de transferencia en la interfaz digital superior a 120 Mbit/s, y que empleen técnicas de cabeza fija, o

3. 

“Calificados para uso espacial”.

c. 

Equipos con una velocidad máxima de transferencia en la interfaz digital superior a 60 Mbit/s, diseñados para la conversión de equipos de grabación digital de vídeo en cinta magnética para su utilización como equipos de grabación digitales para instrumentación.

d. 

Osciloscopios analógicos no modulares con un ancho de banda igual o superior a 1 GHz.

e. 

Sistemas de osciloscopios analógicos modulares que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Una unidad central con un ancho de banda igual o superior a 1 GHz, o

2. 

Módulos enchufables con un ancho de banda individual igual o superior a 4 GHz.

f. 

Osciloscopios de muestreo analógicos para el análisis de fenómenos recurrentes con un ancho de banda efectivo superior a 4 GHz.

g. 

Osciloscopios digitales y registradores de transitorios que utilicen técnicas de conversión analógico a digital, capaces de almacenar transitorios mediante muestreo secuencial de entradas monoestables a intervalos sucesivos de menos de 1 ns [más de 1 gigamuestra por segundo (Giga Sample per Second, GSPS)], digitalizando con una resolución igual o superior a 8 bits y almacenando 256 muestras o más.

Nota: El artículo X.A.I.002 somete a control los siguientes componentes para osciloscopios analógicos:

1. 

Unidades enchufables.

2. 

Amplificadores externos.

3. 

Preamplificadores.

4. 

Dispositivos de muestreo.

5. 

Tubos de rayos catódicos.

X.A.I.003

Equipos de transformación específicos, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821, según se indica:

a. 

Convertidores de frecuencias y componentes diseñados especialmente para ellos, que no figuren en la Lista Común Militar ni en el Reglamento (UE) 2021/821.

b. 

Espectrómetros de masas distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821.

c. 

Todas las máquinas de rayos X de descarga por destello o los componentes de sistemas de potencia pulsada, incluidos los generadores Marx, las redes de alta potencia de formación de impulsos y los condensadores y activadores de alta tensión.

d. 

Amplificadores de impulsos distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821.

e. 

Equipos electrónicos para la generación de retardos de tiempo o la medición de intervalos de tiempo, según se indica:

1. 

Generadores digitales de retardos de tiempo con una resolución igual o inferior a 50 ns durante intervalos de tiempo iguales o superiores a 1 microsegundo, o

2. 

Equipos de medición y cronometría de intervalos de tiempo multicanal (tres o más canales) o modulares, con una resolución igual o inferior a 50 ns durante intervalos de tiempo iguales o superiores a 1 microsegundo.

f. 

Instrumentos analíticos de cromatografía y espectrometría.

X.B.I.001

Equipos para la fabricación de componentes o materiales electrónicos, según se indica, componentes diseñados especialmente y accesorios para ellos:

a. 

Equipos diseñados especialmente para la fabricación de tubos de electrones, elementos ópticos y componentes diseñados especialmente para ellos, sometidos a control por el artículo 3A001 ( 30 ) o el artículo X.A.I.001.

b. 

Equipos diseñados especialmente para la fabricación de dispositivos semiconductores, circuitos integrados y “conjuntos electrónicos”, según se indica, y sistemas que incorporen o tengan las características de dichos equipos:

Nota: El subartículo X.B.I.001.b también somete a control los equipos utilizados o modificados para su utilización en la fabricación de otros dispositivos, como los dispositivos de formación de imágenes, los dispositivos electroópticos y los dispositivos de ondas acústicas.

1. 

Equipos para la transformación de materiales para la fabricación de dispositivos y componentes especificados en el encabezamiento del subartículo X.B.I.001.b, según se indica:

Nota: El artículo X.B.I.001 no somete a control los tubos de horno de cuarzo, revestimientos de horno, palas, navecillas (excepto navecillas enjauladas “diseñadas especialmente”), borboteadores, casetes o crisoles diseñados especialmente para los equipos de transformación sometidos a control por el subartículo X.B.I.001.b.1.

a. 

Equipos para la producción de silicio policristalino y materiales sometidos a control por el artículo 3C001 ( 31 ).

b. 

Equipos diseñados especialmente para purificar o transformar materiales semiconductores III/V y II/VI sometidos a control por los artículos 3C001, 3C002, 3C003, 3C004 o 3C005 ( 32 ), excepto los hornos de estirado de cristales, con respecto a los cuales véase el subartículo X.B.I.001.b.1.c.

c. 

Hornos de estirado de cristales y otros hornos, según se indica:

Nota: El subartículo X.B.I.001.b.1.c no somete a control los hornos de difusión y oxidación.

1. 

Equipos de recocer o recristalizar distintos de los hornos de temperatura constante que emplean tasas elevadas de transferencia de energía capaces de transformar obleas a una velocidad superior a 0,005  m2 por minuto.

2. 

Hornos de estirado de cristales “controlados por programa almacenado” que tengan cualquiera de las características siguientes:

a. 

Recargables sin sustituir el recipiente de crisol;

b. 

Capaces de funcionar a presiones superiores a 2,5  x 105 Pa, o

c. 

Capaces de estirar cristales de diámetro superior a 100 mm.

d. 

Equipos de crecimiento epitaxial “controlados por programa almacenado” que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Capaces de producir una capa de silicio de espesor uniforme con una precisión de ±2,5  % sobre una distancia igual o superior a 200 mm;

2. 

Capaces de producir una capa de cualquier material distinto del silicio con una uniformidad de espesor en toda la oblea igual o superior a ±3,5  %, o

3. 

Rotación de obleas individuales durante la transformación.

e. 

Equipos de crecimiento epitaxial de haz molecular.

f. 

Equipos de “deposición catódica” mejorados magnéticamente, con bloqueos de carga integrales diseñados especialmente, capaces de transferir obleas en un ambiente de vacío aislado.

g. 

Equipos diseñados especialmente para la implantación iónica o la difusión potenciada por iones o fotopotenciada, que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Capacidad de producir patrones;

2. 

Energía de haz (tensión de aceleración) superior a 200 keV;

3. 

Optimizados para funcionar con una energía de haz (tensión de aceleración) inferior a 10 keV, o

4. 

Capacidad de implantación de oxígeno de alta energía en un “sustrato” calentado.

h. 

Equipos “controlados por programa almacenado” para la eliminación selectiva (grabado) mediante métodos anisotrópicos secos (por ejemplo, plasma), según se indica:

1. 

“Tipos de lotes” que tengan cualquiera de las características siguientes:

a. 

Detección de punto final, distinta de los tipos de espectroscopia de emisión óptica, o

b. 

Presión operativa (grabado) del reactor igual o inferior a 26,66  Pa.

2. 

“Tipos de obleas individuales” que tengan cualquiera de las características siguientes:

a. 

Detección de punto final, distinta de los tipos de espectroscopia de emisión óptica;

b. 

Presión operativa (grabado) del reactor igual o inferior a 26,66  Pa, o

c. 

Manipulación de las obleas de casete a casete y de bloqueos de carga.

Notas:

1.   Los “tipos de lotes” se refieren a las máquinas no diseñadas especialmente para la producción y transformación de obleas individuales. Estas máquinas pueden transformar dos o más obleas simultáneamente con parámetros de proceso comunes, por ejemplo, potencia de radiofrecuencia, temperatura, especie de gas de grabado o caudales.

2.   Los “tipos de obleas individuales” se refieren a las máquinas diseñadas especialmente para la producción y transformación de obleas individuales. Estas máquinas pueden utilizar técnicas automáticas de manipulación de obleas para cargar una sola oblea en el equipo de transformación. La definición incluye los equipos que pueden cargar y transformar varias obleas, pero cuyos parámetros de grabado, por ejemplo potencia de radiofrecuencia o punto final, pueden determinarse de forma independiente para cada oblea.

i. 

Equipos de “depósito químico en fase de vapor” (CVD), por ejemplo, CVD potenciado por plasma (PECVD) o CVD fotopotenciado, para la fabricación de dispositivos semiconductores, que tengan cualquiera de las capacidades siguientes, para la deposición de óxidos, nitruros, metales o polisilicio:

1. 

Equipos de depósito químico en fase de vapor que funcionen por debajo de 105 Pa, o

2. 

Equipos PECVD que funcionen por debajo de 60 Pa o que tengan una manipulación de obleas automática de casete a casete y de bloqueos de carga.

Nota: El subartículo X.B.I.001.b.1.i no somete a control los sistemas de “depósito químico en fase de vapor” a baja presión (LPCVD) ni los equipos de “deposición catódica” reactivos.

j. 

Sistemas de haz de electrones diseñados especialmente o modificados para la fabricación de máscaras o la transformación de dispositivos semiconductores que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Deformación electrostática del haz;

2. 

Perfil de haz moldeado no gausiano;

3. 

Velocidad de conversión digital a analógico superior a 3 MHz;

4. 

Exactitud de conversión digital a analógico superior a 12 bits, o

5. 

Precisión del control realimentado de la posición del objetivo respecto del haz de 1 micrómetro o mayor.

Nota: El subartículo X.B.I.001.b.1.j no somete a control los sistemas de deposición por haz electrónico ni los microscopios electrónicos de barrido de uso general.

k. 

Equipos de acabado de superficie para la transformación de obleas semiconductoras, según se indica:

1. 

Equipos diseñados especialmente para la transformación de la cara posterior de obleas de espesor inferior a 100 micrómetros y su posterior separación, o

2. 

Equipos diseñados especialmente para conseguir una rugosidad de la superficie activa de una oblea transformada con un valor de dos sigmas igual o inferior a 2 μm, lectura de indicador total.

Nota: El subartículo X.B.I.001.b.1.k no somete a control los equipos de lapeado y pulido de una sola cara para el acabado de superficies de obleas.

l. 

Equipos de interconexión que incluyan cámaras de vacío únicas o múltiples comunes diseñadas especialmente para permitir la integración de cualquier equipo sometido a control por el artículo X.B.I.001 en un sistema completo.

m. 

Equipos “controlados por programa almacenado” que utilicen “láseres” para la reparación o el recorte de “circuitos integrados monolíticos” que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Exactitud de posicionamiento inferior a ± 1 μm, o

2. 

Tamaño del impacto (anchura de la entalladura) inferior a 3 micrómetros.

Nota técnica: A los efectos del subartículo X.B.I.001.b.1, la “deposición catódica” es un proceso de revestimiento por recubrimiento en el que un campo eléctrico acelera iones con carga positiva hacia la superficie de un blanco (material de revestimiento). La energía cinética desprendida por el choque de los iones es suficiente para que se liberen átomos de la superficie del blanco y se depositen sobre el sustrato. (Nota: La deposición por triodo, magnetrón o radiofrecuencia para aumentar la adherencia del revestimiento y la velocidad del depósito son modificaciones normales del proceso).

2. 

Máscaras, sustratos de máscaras, equipos para la fabricación de máscaras y equipos de transferencia de imágenes para la fabricación de dispositivos y componentes especificados en el encabezamiento del artículo X.B.I.001, según se indica:

Nota: El término máscaras se refiere a las utilizadas en la litografía por haz electrónico, la litografía de rayos X y la litografía ultravioleta, así como la fotolitografía ultravioleta y visible habitual.

a. 

Máscaras y retículas acabadas y diseños para ellas, excepto:

1. 

Máscaras o retículas acabadas para la producción de circuitos integrados no sometidos a control por el artículo 3A001 ( 33 ), o

2. 

Máscaras o retículas con las dos características siguientes:

a. 

Su diseño se basa en geometrías de 2,5  micrómetros o más, y

b. 

El diseño no incluye características especiales para alterar el uso previsto mediante equipos de producción o “programas informáticos”.

b. 

Sustratos de máscaras, según se indica:

1. 

“Sustratos” (por ejemplo, vidrio, cuarzo, zafiro) revestidos de superficie dura (por ejemplo, cromo, silicio, molibdeno) para la preparación de máscaras de dimensiones superiores a 125 mm × 125 mm, o

2. 

Sustratos diseñados especialmente para máscaras de rayos X.

c. 

Equipos, distintos de los ordenadores de uso general, diseñados especialmente para el diseño asistido por ordenador (CAD) de dispositivos semiconductores o circuitos integrados.

d. 

Equipos o máquinas, según se indica, para fabricación de máscaras o retículas:

1. 

Cámaras fotoópticas de paso y repetición capaces de producir conjuntos de más de 100 mm × 100 mm, o capaces de producir una exposición única de más de 6 mm × 6 mm en el plano de imagen (es decir, focal), o de producir anchuras de línea inferiores a 2,5  μm en el fotorresistente sobre el “sustrato”;

2. 

Equipos de fabricación de máscaras o retículas que utilicen litografía de haz de iones o “láser” capaces de producir anchuras de línea inferiores a 2,5  μm, o

3. 

Equipos o soportes para la modificación de máscaras o retículas o la adición de películas para eliminar defectos.

Nota: Los subartículos X.B.I.001.b.2.d.1 y b.2.d.2 no someten a control los equipos de fabricación de máscaras que utilizan métodos fotoópticos que estuvieran disponibles comercialmente antes del 1 de enero de 1980, o cuyo rendimiento no sea superior al de dichos equipos.

e. 

Equipos “controlados por programa almacenado” para la inspección de máscaras, retículas o películas, con:

1. 

Una resolución de 0,25 μm o mayor, y

2. 

Una precisión de 0,75  μm o mayor en una distancia de una o dos coordenadas igual o superior a 63,5  mm.

Nota: El subartículo X.B.I.001.b.2.e no somete a control los microscopios electrónicos de barrido de uso general, excepto cuando estén diseñados especialmente e instrumentados para la inspección automática de patrones.

f. 

Equipo de alineación y exposición para la producción de obleas utilizando métodos fotoópticos o de rayos X, por ejemplo, equipos de litografía, incluidos tanto equipos de transferencia de imágenes de proyección como equipos por paso y repetición (paso directo en la oblea) o equipos por paso y barrido (escáner), capaces de realizar cualquiera de las funciones siguientes:

Nota: El subartículo X.B.I.001.b.2.f no somete a control los equipos fotoópticos por contacto y proximidad de alineación y exposición de máscaras ni los equipos de transferencia de imágenes por contacto.

1. 

Producción de un tamaño de patrón inferior a 2,5  micrómetros;

2. 

Alineación con una precisión mayor de ±0,25  micrómetros (3 sigmas);

3. 

Superposición de máquina a máquina no mejor de ±0,3  micrómetros, o

4. 

Longitud de onda de la fuente luminosa inferior a 400 nm.

g. 

Equipos de haz electrónico, haz de iones o rayos X para transferencia de imágenes de proyección, capaces de producir patrones inferiores a 2,5  μm.

Nota: Para los sistemas focalizados y de haz desviado (sistemas de escritura directa), véase el subartículo X.B.I.001.b.1.j.

h. 

Equipos que utilicen “láseres” para escribir directamente en obleas capaces de producir patrones inferiores a 2,5  micrómetros.

3. 

Equipos para el montaje de circuitos integrados, según se indica:

a. 

Soldadores de chips “controlados por programa almacenado” que tengan todas las características siguientes:

1. 

Diseñados especialmente para “circuitos integrados híbridos”;

2. 

Recorrido de posicionamiento en fase X-Y superior a 37,5  × 37,5  mm, y

3. 

Exactitud de colocación en el plano X-Y mayor de ± 10 μm.

b. 

Equipos “controlados por programa almacenado” para producir múltiples soldaduras en una sola operación (por ejemplo, soldadores de terminales de viga, soldadores de encapsulados de terminales, soldadores de cinta).

c. 

Sellos semiautomáticos o automáticos de extremo caliente, en los que el extremo se calienta localmente a una temperatura superior a la del cuerpo del paquete, diseñados especialmente para paquetes de microcircuitos cerámicos sometidos a control por el artículo 3A001 ( 34 ) y que tengan un tránsito igual o superior a un paquete por minuto.

Nota: El subartículo X.B.I.001.b.3 no somete a control los soldadores por puntos de resistencia de uso general.

4. 

Filtros para salas blancas capaces de proporcionar una atmósfera de 10 o menos partículas de 0,3  micrómetros o menores por 0,02832  m3, y materiales filtrantes para ellos.

Nota técnica: A los efectos del artículo X.B.I.001, “controlados por programa almacenado” significa que un control utiliza instrucciones almacenadas en una memoria electrónica que pueden ser ejecutadas por un procesador para dirigir la realización de funciones predeterminadas. Los equipos pueden estar “controlados por programa almacenado” con independencia de que la memoria electrónica sea interna o externa al equipo.

X.B.I.002

Equipos para la inspección o el ensayo de componentes y materiales electrónicos, y componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos.

a. 

Equipos diseñados especialmente para la inspección o el ensayo de tubos de electrones, elementos ópticos, y componentes diseñados especialmente para ellos sometidos a control por los artículos 3A001 ( 35 ) o X.A.I.001.

b. 

Equipos diseñados especialmente para la inspección o ensayo de dispositivos semiconductores, circuitos integrados y “conjuntos electrónicos”, según se indica, y sistemas que incorporen o tengan las características de dichos equipos:

Nota: El subartículo X.B.I.002.b también somete a control los equipos utilizados o modificados para su uso en la inspección o ensayo de otros dispositivos, como los dispositivos de formación de imágenes, los dispositivos electroópticos o los dispositivos de ondas acústicas.

1. 

Equipos de inspección “controlados por programa almacenado” para la detección automática de defectos, errores o contaminantes de tamaño igual o inferior a 0,6  μm en obleas procesadas, sustratos, distintos de las placas de circuitos impresos o chips, que utilicen técnicas ópticas de obtención de imágenes para la comparación de modelos:

Nota: El subartículo X.B.I.002.b.1 no somete a control los microscopios electrónicos de barrido de uso general, excepto cuando estén diseñados especialmente e instrumentados para la inspección automática de modelos.

2. 

Equipos de medida y análisis “controlados por programa almacenado” diseñados especialmente, según se indica:

a. 

Diseñados especialmente para medir el contenido en oxígeno o carbono de los materiales semiconductores;

b. 

Equipos para la medición de anchuras de línea con una resolución de 1 micrómetro o más fina;

c. 

Instrumentos de medición de la rugosidad diseñados especialmente, capaces de medir desviaciones de la rugosidad de 10 micrómetros o menos, con una resolución de 1 micrómetro o más fina.

3. 

Equipos de sondeo de obleas “controlados por programa almacenado” que posean cualquiera de las características siguientes:

a. 

Exactitud de posicionamiento más fina que 3,5  micrómetros;

b. 

Capacidad de ensayar dispositivos con más de 68 terminales, o

c. 

Capacidad de ensayo a una frecuencia superior a 1 GHz.

4. 

Equipos de ensayo según se indica:

a. 

Equipos “controlados por programa almacenado” diseñados especialmente para el ensayo de dispositivos semiconductores discretos y dados no encapsulados, capaces de ensayar a frecuencias superiores a 18 GHz:

Nota técnica: Los dispositivos semiconductores discretos incluyen las células fotoeléctricas y las células solares.

b. 

Equipos “controlados por programa almacenado” diseñados especialmente para el ensayo de circuitos integrados y de sus “conjuntos electrónicos”, capaces de realizar ensayos funcionales:

1. 

Con una “tasa de configuración” superior a 20 MHz, o

2. 

Con una “tasa de configuración” superior a 10 MHz pero inferior o igual a 20 MHz y capaz de ensayar paquetes de más de 68 terminales.

Notas: El subartículo X.B.I.002.b.4.b no somete a control los equipos de ensayo diseñados especialmente para el ensayo de:

1. 

Memorias;

2. 

“Conjuntos” o algún tipo de “conjuntos electrónicos” para aplicaciones domésticas o de esparcimiento, y

3. 

Componentes electrónicos, “conjuntos electrónicos” y circuitos integrados no sometidos a control por el artículo 3A001 ( 36 )o el artículo X.A.I.001, siempre que dichos equipos de ensayo no incorporen recursos informáticos con “programabilidad accesible al usuario”.

Nota técnica: Para los propósitos del subartículo X.B.I.002.b.4.b, la “tasa de configuración” se define como la frecuencia máxima de la operación digital de un aparato de ensayo. Es por lo tanto equivalente a la mayor tasa de datos que un aparato de ensayo puede proveer en un modo no multiplexado. Se refiere también a la velocidad del ensayo, la frecuencia digital máxima o la velocidad digital máxima.

c. 

Equipos diseñados especialmente para determinar el rendimiento de conjuntos de plano focal a longitudes de onda superiores a 1 200  nm, que utilicen mediciones “controladas por programa almacenado” o evaluaciones con ayuda de ordenador y que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Que utilicen puntos luminosos de barrido de menos de 0,12  mm de diámetro;

2. 

Que estén diseñados para medir parámetros de rendimiento fotosensibles y evaluar la respuesta a la frecuencia, la función de transferencia de modulación, la uniformidad de la responsividad o el ruido, o

3. 

Que estén diseñados para evaluar conjuntos capaces de crear imágenes con más de 32 × 32 elementos de línea.

5. 

Sistemas de ensayo de haces de electrones diseñados para funcionar a 3 keV o menos, o sistemas de haz “láser”, para sondeo sin contacto de dispositivos semiconductores en funcionamiento que tengan cualquiera de las características siguientes:

a. 

Capacidad estroboscópica con borrado del haz o con muestreo estroboscópico del detector;

b. 

Espectrómetro de electrones para las mediciones de tensión con una resolución inferior a 0,5  V, o

c. 

Montajes eléctricos de ensayo para el análisis del rendimiento de circuitos integrados.

Nota: El subartículo X.B.I.002.b.5 no somete a control los microscopios electrónicos de barrido, excepto cuando estén diseñados especialmente e instrumentados para el sondeo sin contacto de un dispositivo semiconductor en funcionamiento.

6. 

Sistemas de haces iónicos multifuncionales específicos “controlados por programa almacenado” diseñados especialmente para la fabricación, la reparación, el análisis de la disposición física y el ensayo de máscaras o dispositivos semiconductores que tengan cualquiera de las características siguientes:

a. 

Precisión del control realimentado de la posición del objetivo respecto del haz de 1 micrómetro o mayor, o

b. 

Exactitud de conversión digital a analógico superior a 12 bits.

7. 

Sistemas de medición de partículas que utilicen “láseres” diseñados para medir el tamaño y la concentración de partículas en el aire y que tengan las dos características siguientes:

a. 

Que sean capaces de medir partículas con un tamaño de 0,2  micrómetros o inferior con una velocidad de flujo de 0,02832  m3 por minuto o más, y

b. 

Que sean capaces de caracterizar aire limpio de clase 10 o mejor.

Nota técnica: A los efectos del artículo X.B.I.002, “controlados por programa almacenado” significa que un control utiliza instrucciones almacenadas en una memoria electrónica que pueden ser ejecutadas por un procesador para dirigir la realización de funciones predeterminadas. Los equipos pueden estar “controlados por programa almacenado” con independencia de que la memoria electrónica sea interna o externa al equipo.

X.B.I.003

Equipos para la fabricación de placas de circuito impreso y componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos:

a. 

Equipos de proceso de datos;

b. 

Equipos de revestimiento de máscaras de soldadura;

c. 

Equipos de plóter fotográfico;

d. 

Equipos de deposición de chapa o galvanoplastia;

e. 

Cámaras de vacío y prensas;

f. 

Laminadores de rodillo;

g. 

Equipos de alineación, o

h. 

Equipos de grabado.

X.B.I.004

Equipos automáticos de inspección óptica para el ensayo de placas de circuitos impresos (PCB), basados en sensores ópticos o eléctricos y capaces de detectar cualquiera de los siguientes defectos de calidad:

a. 

Separación, área, volumen o altura;

b. 

Ahuecado de placas;

c. 

Componentes (presencia, ausencia, volteado, desplazamiento, polaridad o inclinación);

d. 

Soldaduras (puentes, juntas de soldadura insuficientes);

e. 

Plomo (material insuficiente, altura);

f. 

Lápidas funerarias, o

g. 

Defectos eléctricos (cortes, aberturas, resistencia, capacitancia, potencia, rendimiento de la red).

X.C.I.001

Materiales de protección positivos para litografía en semiconductores ajustados especialmente (optimizados) para su utilización a longitudes de onda entre 370 y 193 nm

X.C.I.002

Productos químicos y materiales del tipo utilizado en la producción de placas de circuito impreso (PCB), según se indica:

a. 

Sustratos compuestos para PCB hechos de fibra de vidrio o algodón (por ejemplo, FR-4, FR-2, FR-6, MCE-1, G-10, etc.);

b. 

Sustratos multicapa de PCB que contengan al menos una capa de cualquiera de los siguientes materiales:

1. 

Aluminio;

2. 

Politetrafluoroetileno (PTFE), o

3. 

Materiales cerámicos (por ejemplo, alúmina, óxido de titanio, etc.);

c. 

Productos químicos para grabado;

1. 

Cloruro férrico (CAS 7705-08-0);

2. 

Cloruro de cobre (CAS 7447-39-4);

3. 

Persulfato de amonio (CAS 7727-54-0);

4. 

Persulfato de sodio (CAS 7775-27-1), o

5. 

Preparados químicos diseñados especialmente para el grabado y que contengan cualquiera de los productos químicos incluidos en los subartículos X.C.I.002.c.1 a X.C.I.002.c.4.

Nota: El artículo X.C.I.002.c no somete a control las “mezclas químicas” que contengan una o varias de las sustancias químicas especificadas en el artículo X.C.I.002.c. cuando ninguna sustancia química específica constituya, ella sola, más del 10 %, en peso, de la mezcla.

d. 

Hojas de cobre con una pureza mínima del 95 % y un espesor inferior a 100 μm;

e. 

Sustancias poliméricas y sus películas de espesor inferior a 0,5  mm, según se indica:

1. 

Poliimidas aromáticas;

2. 

Parilenos;

3. 

Bencociclobutenos (BCB), o

4. 

Polibenzoxazoles.

X.D.I.001

“Programas informáticos” diseñados especialmente para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de dispositivos electrónicos, o componentes sometidos a control por el artículo X.A.I.001, equipos electrónicos de uso general sometidos a control por el artículo X.A.I.002, o equipos de fabricación y ensayo sometidos a control por los artículos X.B.I.001 y X.B.I.002; o “programas informáticos” diseñados especialmente para la “utilización” de equipos sometidos a control por los subartículos 3B001.g y 3B001.h ( 37 ).

X.D.I.002

“Programas informáticos” diseñados especialmente para las “pruebas”, el “desarrollo” o la “producción” de placas de circuitos impresos (PCB).

X.E.I.001

“Tecnología” para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de dispositivos electrónicos, o componentes sometidos a control por el artículo X.A.I.001, equipos electrónicos de uso general sometidos a control por el artículo X.A.I.002, o equipos de fabricación y ensayo sometidos a control por los artículos X.B.I.001 o X.B.I.002, o materiales sometidos a control por el artículo X.C.I.001.

X.E.I.002

“Tecnología” para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de circuitos impresos (PCB).

Categoría II — Ordenadores

Nota: La categoría II no somete a control los productos para uso personal de las personas físicas.

X.A.II.001

Ordenadores, “conjuntos electrónicos” y equipos conexos, no sometidos a control por los artículos 4A001 o 4A003 ( 38 ), y “componentes” diseñados especialmente para ellos.

Nota: El régimen de control de los “ordenadores digitales” o equipos conexos descritos en el artículo X.A.II.001 viene determinado por el régimen de control de los otros equipos o sistemas, siempre que:

a. 

Los “ordenadores digitales” o equipos conexos sean esenciales para el funcionamiento de los otros equipos o sistemas;

b. 

Los “ordenadores digitales” o equipos conexos no sean “elementos principales” de los otros equipos o sistemas, y

N.B.1: El régimen de control de los equipos de “proceso de señales” o de “resaltado de imagen” diseñados especialmente para otros equipos que posean funciones limitadas a las necesarias para los otros equipos viene determinada por la inclusión en el control de los otros equipos aunque se sobrepase el criterio de “elemento principal”;

N.B.2: En lo que se refiere a la inclusión en el control de los “ordenadores digitales” o equipos conexos para equipos de telecomunicaciones, véase la categoría 5, primera parte (Telecomunicaciones)  ( 39 );

c. 

La “tecnología” relativa a los “ordenadores digitales” y los equipos conexos se rija por la categoría 4E ( 40 ).

a. 

Ordenadores electrónicos y equipos conexos, y “conjuntos electrónicos” y componentes “diseñados especialmente” para ellos, preparados para operar a una temperatura ambiente superior a 343 K (70 oC).

b. 

“Ordenadores digitales”, incluidos los equipos de “proceso de señales” o de “resaltado de imagen”, que tengan un “funcionamiento máximo ajustado” (“APP”) igual o superior a 0,0128  TeraFLOPS ponderados (WT).

c. 

“Conjuntos electrónicos” diseñados especialmente o modificados para mejorar el rendimiento mediante agrupación de procesadores, según se indica:

1. 

Diseñados para poder agruparse en configuraciones de dieciséis o más procesadores,

2. 

Sin uso.

Nota 1: El subartículo X.A.II.001.c solo es aplicable a los “conjuntos electrónicos” y a las interconexiones programables cuyo “APP” no sobrepase los límites establecidos en el subartículo X.A.II.001.b, cuando se expidan como “conjuntos electrónicos” no integrados. No se aplica a los “conjuntos electrónicos” limitados intrínsecamente por la naturaleza de su diseño a su utilización como equipos conexos incluidos en el subartículo X.A.II.001.k.

Nota 2: El subartículo X.A.II.001.c no somete a control los “conjuntos electrónicos” diseñados especialmente para un producto o una familia de productos cuya configuración máxima no sobrepase los límites especificados en el subartículo X.A.II.001.b.

d. 

Sin uso.

e. 

Sin uso.

f. 

Equipos para el “proceso de señales” o el “resaltado de imagen”, que tengan un “funcionamiento máximo ajustado” (“APP”) igual o superior a 0,0128  TeraFLOPS ponderados (WT).

g. 

Sin uso.

h. 

Sin uso.

i. 

Equipos que contengan “equipos de interfaz terminal” que sobrepasen los límites establecidos en el artículo X.A.III.101.

Nota técnica: A los efectos del subartículo X.A.II.001.i, “equipos de interfaz terminal” son los equipos en los que la información entra o sale del sistema de telecomunicaciones, por ejemplo, teléfono, equipo de datos, ordenador, etc.

j. 

Equipos diseñados especialmente para proporcionar las interconexiones externas de “ordenadores digitales” o equipos asociados que permitan comunicaciones con tasas de datos superiores a 80 Mbytes/s.

Nota: El subartículo X.A.II.001.j no somete a control los equipos de interconexión interna (por ejemplo backplanes, buses), los equipos pasivos de interconexión, los “controladores de acceso a la red” o los “controladores de canal de comunicaciones”.

Nota técnica: A los efectos del subartículo X.A.II.001.j, el “controlador del canal de comunicaciones” es la interfaz física que controla el flujo de información digital síncrona o asíncrona. Es un conjunto que puede integrarse en equipos informáticos o de telecomunicaciones para proporcionar acceso a las comunicaciones.

k. 

“Ordenadores híbridos” y “conjuntos electrónicos” y componentes diseñados especialmente para ellos que contengan convertidores analógico-digitales que reúnan todas las características siguientes:

1. 

32 canales o más; y

2. 

Una resolución igual o superior a 14 bits (más bit de signo) con una velocidad de conversión de 200 000  Hz o superior.

X.D.II.001

“Programas informáticos” de prueba y validación de “programas”, “programas informáticos” que permitan la generación automática de “códigos fuente” y “programas informáticos” del sistema operativo que estén diseñados especialmente para equipos de “proceso en tiempo real”.

a. 

“Programas informáticos” de prueba y validación de “programas” que utilizan técnicas matemáticas y analíticas y están diseñados o modificados para “programas” que tengan más de 500 000  instrucciones de “código fuente”;

b. 

“Programas informáticos” que permiten la generación automática de “códigos fuente” a partir de datos obtenidos en línea procedentes de sensores externos descritos en el Reglamento (UE) 2021/821, o

c. 

“Programas informáticos” del sistema operativo diseñados especialmente para equipos de “proceso en tiempo real” que garantizan un “tiempo global de latencia por interrupción” inferior a 20 microsegundos.

Nota técnica: A los efectos del artículo X.D.II.001, “tiempo global de latencia por interrupción” es el tiempo que tarda el sistema informático en reconocer una interrupción debida al evento, notificar la interrupción y realizar un cambio de contexto a una tarea alternativa residente en memoria a la espera de la interrupción.

X.D.II.002

“Programas informáticos” diferentes de los sometidos a control por el artículo 4D001 ( 41 ), diseñados especialmente o modificados para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los equipos sometidos a control por los artículos 4A101 ( 42 ).

X.E.II.001

“Tecnología” para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los equipos sometidos a control por el artículo X.A.II.001, o los “programas informáticos” sometidos a control por los artículos X.D.II.001 o X.D.II.002.

X.E.II.002

“Tecnología” para el “desarrollo” o la “producción” de equipos diseñados para el “proceso de múltiples flujos de datos”.

Nota técnica: A los efectos del artículo X.E.II.002, el “proceso de múltiples flujos de datos” es una técnica de microprograma o arquitectura de equipo que permite el proceso simultáneo de dos o más secuencias de datos bajo el control de una o más secuencias de instrucciones por medios como:

1. 

Arquitecturas de instrucción única para datos múltiples (SIMD) tales como los procesadores vectoriales o conjuntos de ordenadores;

2. 

Arquitecturas de múltiples instrucciones únicas para datos múltiples (MSIMD);

3. 

Arquitecturas de instrucciones múltiples para datos múltiples (MIMD), incluidas las que están estrechamente acopladas, relativamente acopladas o ligeramente acopladas, o

4. 

Conjuntos estructurados de elementos de proceso, incluidos los conjuntos sistólicos.

Categoría III. Parte 1 — Telecomunicaciones

Nota: La categoría III, parte 1, no somete a control los productos para uso personal de las personas físicas.

X.A.III.101

Equipos de telecomunicaciones.

a. 

Cualquier tipo de equipo de telecomunicación no incluido en el subartículo 5A001.a ( 43 ), diseñado especialmente para funcionar fuera del intervalo de temperaturas de 219 K (- 54 oC) a 397 K (124 oC).

b. 

Equipos y sistemas de transmisión para telecomunicaciones y componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos, que posean cualquiera de las características, funciones o elementos siguientes:

Nota: Equipos de transmisión para telecomunicaciones:

a. 

Clasificados según se indica, o combinaciones de ellos:

1. 

Equipos de radio (por ejemplo, transmisores, receptores y transceptores);

2. 

Equipos terminales de línea;

3. 

Equipos amplificadores intermedios;

4. 

Equipos repetidores;

5. 

Equipos regeneradores;

6. 

Codificadores de traducción (transcodificadores);

7. 

Equipos múltiplex (incluido el multiplexor estadístico);

8. 

Moduladores/desmoduladores (módems);

9. 

Equipos transmultiplex (véase Recomendación G701 del CCITT);

10. 

Equipos de interconexión digital “controlados por programa almacenado”;

11. 

“Pasarelas” y puentes

12. 

“Unidades de acceso a los soportes”, y

b. 

Diseñados para su uso en comunicaciones de un solo canal o de múltiples canales a través de cualquiera de las siguientes vías:

1. 

Hilo conductor (línea);

2. 

Cable coaxial;

3. 

Cable de fibra óptica;

4. 

Radiación electromagnética, o

5. 

Propagación de ondas acústicas subacuáticas.

1. 

Que empleen técnicas digitales, incluido el tratamiento digital de señales analógicas, y estén diseñados para funcionar a una “tasa de transferencia digital” al nivel más elevado de múltiplex que supere los 45 Mbit/s o a una “tasa de transferencia digital total” que supere los 90 Mbit/s:

Nota: El subartículo X.A.III.101.b.1 no somete a control los equipos diseñados especialmente para ser integrados y utilizados en cualquier sistema de satélite para uso civil.

2. 

Módems que utilicen el “ancho de banda de un canal de voz” con una “velocidad de señalización de datos” superior a 9 600  bits por segundo.

3. 

Equipos de interconexión de señales digitales “controlados por programa almacenado” con una “tasa de transferencia digital” superior a 8,5  Mbit/s por puerto.

4. 

Equipos que contengan alguna de las características siguientes:

a. 

“Controladores de acceso a la red” y su soporte común conexo que tengan una “tasa de transferencia digital” superior a 33 Mbit/s, o

b. 

“Controladores de canal de comunicaciones” cuya salida digital tenga una “velocidad de señalización de datos” superior a 64 000 bit/s por canal.

Nota: Si un equipo no sometido a control contiene un “controlador de acceso a la red”, no podrá tener ningún tipo de interfaz de telecomunicaciones, excepto los descritos en el subartículo X.A.III.101.b.4 pero no sometidos a control por dicho subartículo.

5. 

Que utilicen un “láser” y posean cualquiera de las características siguientes:

a. 

Una longitud de onda de transmisión superior a 1 000 nm, o

b. 

Que utilicen técnicas analógicas y tengan un ancho de banda superior a 45 MHz;

c. 

Que utilicen técnicas de transmisión óptica coherente o de detección óptica coherente (también denominadas técnicas ópticas heterodinas u homodinas);

d. 

Que utilicen técnicas de multiplexado por división de longitudes de onda, o

e. 

Que efectúen la “amplificación óptica”.

6. 

Equipos de radio que funcionen a frecuencias de entrada o de salida superiores a:

a. 

31 GHz para aplicaciones entre estaciones terrenas y satélites, o

b. 

26,5 GHz para otras aplicaciones;

Nota: El subartículo X.A.III.101.b.6 no somete a control los equipos para uso civil que se ajusten a una banda asignada de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) entre 26,5 y 31 GHz.

7. 

Que los equipos de radio contengan alguna de las características siguientes:

a. 

Técnicas de modulación de amplitud en cuadratura (QAM) por encima del nivel 4 si la “tasa de transferencia digital total” es superior a 8,5  Mbit/s:

b. 

Técnicas QAM por encima del nivel 16 si la “tasa de transferencia digital total” es igual o inferior a 8,5  Mbit/s;

c. 

Que utilicen otras técnicas de modulación digital y posean una “eficiencia espectral” superior a 3 bits/s/Hz, o

d. 

Que funcionen en la banda de 1,5 a 87,5  MHz e incorporen técnicas adaptativas que permitan una supresión de más de 15 dB de una señal de interferencia.

Notas:

1.   El subartículo X.A.III.101.b.7 no somete a control los equipos diseñados especialmente para ser integrados y utilizados en cualquier sistema de satélite para uso civil.

2.   El subartículo X.A.III.101.b.7 no somete a control los equipos de estación de radio para funcionar en una banda asignada de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT):

a. 

Que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

No superar los 960 MHz, o

2. 

Tener una “tasa de transferencia digital total” no superior a 8,5  Mbit/s, y

b. 

Que tengan una “eficiencia espectral” inferior o igual a 4 bits/s/Hz.

c. 

Equipos de conmutación “controlados por programa almacenado” y sistemas de señalización conexos que posean cualquiera de las características, funciones o elementos siguientes, y componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos:

Nota: Los multiplexores estadísticos con entrada y salida digital que proporcionan la conmutación se tratan como conmutadores “controlados por programa almacenado”.

1. 

Equipos o sistemas de “conmutación de datos (mensajes)” diseñados para “operación en modo paquete”, conjuntos electrónicos y componentes para ellos, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821.

2. 

Sin uso.

3. 

Encaminamiento o conmutación de paquetes “datagrama”:

Nota: El subartículo X.A.III.101.c.3 no somete a control las redes restringidas al uso exclusivo de “controladores de acceso a la red” o a los propios “controladores de acceso a la red”.

4. 

Sin uso.

5. 

Prioridad y preferencia multinivel para la conmutación de circuitos:

Nota: El subartículo X.A.III.101.c.5 no somete a control la preferencia en las llamadas de un solo nivel.

6. 

Diseñados para la transferencia automática de llamadas de radio celulares a otros conmutadores celulares o la conexión automática a una base de datos de abonados centralizada común a más de un conmutador.

7. 

Que contengan equipos de interconexión de señales digitales “controlados por programa almacenado” con una “tasa de transferencia digital” superior a 8,5  Mbit/s por puerto.

8. 

“Señalización por canal común” que funcione en modo de explotación no asociado o cuasiasociado.

9. 

“Encaminamiento adaptativo dinámico”.

10. 

Que sean conmutadores de paquetes, conmutadores de circuitos y encaminadores con puertos o líneas que sobrepasen cualquiera de las características siguientes:

a. 

Una “velocidad de señalización de datos” de 64 000  bits/s por canal para un “controlador de canal de comunicaciones”, o

Nota: El subartículo X.A.III.101.c.10.a no somete a control los enlaces compuestos múltiplex formados exclusivamente por canales de comunicación no controlados individualmente por el subartículo X.A.III.101.b.1.

b. 

Una “tasa de transferencia digital” de 33 Mbit/s para un “controlador de acceso a la red” y los soportes comunes conexos:

Nota: El subartículo X.A.III.101.c.10 no somete a control los conmutadores o encaminadores de paquetes con puertos o líneas que no superen los límites establecidos en el subartículo X.A.III.101.c.10.

11. 

“Conmutación óptica”.

12. 

Que utilicen técnicas de “modo de transferencia asíncrono” (“ATM”).

d. 

Fibras ópticas y cables de fibra óptica de más de 50 m de longitud diseñados para funcionamiento monomodo.

e. 

Control de red centralizado que reúna todas las características siguientes:

1. 

Reciba datos de los nodos, y

2. 

Procesa estos datos con el fin de proporcionar un control del tráfico que no requiera decisiones del operador y, de este modo, llevar a cabo un “encaminamiento adaptativo dinámico”.

Nota 1: El subartículo X.A.III.101.e no incluye los casos de decisiones de encaminamiento tomadas respecto a información predefinida.

Nota 2: El subartículo X.A.III.101.e no excluye el control del tráfico en función de unas condiciones estadísticas de tráfico previsibles.

f. 

Antenas de elementos múltiples en fase, que funcionen por encima de 10,5  GHz, que contengan elementos activos y componentes distribuidos, y que estén diseñadas para permitir el control electrónico de la configuración y la orientación de haces, excepto en el caso de los sistemas de aterrizaje con instrumentos que cumplan las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) [sistemas de aterrizaje por microondas (MLS)].

g. 

Equipos de comunicaciones móviles distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821, conjuntos electrónicos y componentes para, ellos o

h. 

Equipos de repetidores de radio diseñados para su uso a frecuencias iguales o superiores a 19,7  GHz y componentes para ellos, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821.

Nota técnica: A efectos del artículo X.A.III.101:

1) 

“Modo de transferencia asíncrono” (“ATM”): modo de transferencia en el que la información está organizada en células; es asíncrono por cuanto la recurrencia de las células depende de la velocidad binaria requerida en cada instante.

2) 

“Ancho de banda de un canal de voz”: un equipo de comunicación de datos diseñado para funcionar en un canal de voz de 3 100  Hz, tal como se define en la Recomendación G.151 del CCITT.

3) 

“Controlador del canal de comunicaciones”: la interfaz física que controla el flujo de información digital síncrona o asíncrona. Es un conjunto que puede integrarse en equipos informáticos o de telecomunicaciones para proporcionar acceso a las comunicaciones.

4) 

“Datagrama”: una entidad de datos autocontenida e independiente que transporta información suficiente para ser encaminada desde la fuente hasta el equipo terminal de datos de destino sin depender de intercambios anteriores entre este equipo terminal de datos de origen y destino y la red de transporte.

5) 

“Selección rápida”: un recurso aplicable a las llamadas virtuales que permite a los equipos terminales de datos ampliar la posibilidad de transmitir datos en la configuración de las llamadas y despejar “paquetes” más allá de las capacidades básicas de una llamada virtual.

6) 

“Pasarela”: la función, realizada por cualquier combinación de equipos y “programas informáticos”, de llevar a cabo la conversión de convenciones para la representación, el tratamiento o la comunicación de la información utilizada en un sistema en las correspondientes convenciones, pero diferentes, utilizadas en otro sistema.

7) 

“Red digital de servicios integrados” (RDSI): una red digital unificada de extremo a extremo, en la que los datos procedentes de todo tipo de comunicaciones (por ejemplo, voz, texto, datos, imágenes fijas e imágenes en movimiento) se transmiten desde un puerto (terminal) en el intercambio (conmutación) a través de una línea de acceso hacia y desde el abonado.

8) 

“Paquete”: un grupo de dígitos binarios que incluye señales de control de datos y llamadas que se conmuta como un todo compuesto. Los datos, las señales de control y la posible información sobre el control de errores se organizan en un formato especificado.

9) 

“Señalización por canal común”: la transmisión de información de control (señalización) a través de un canal independiente del utilizado para los mensajes. El canal de señalización normalmente controla varios canales de mensajes.

10) 

“Velocidad de señalización de datos”: velocidad, definida en la Recomendación 53-36 de la UIT, que tiene en cuenta que para una modulación no binaria, los baudios y los bits por segundo no son iguales. Se deben incluir los bits para las funciones de codificación, verificación y sincronización.

11) 

“Encaminamiento adaptativo dinámico”: reencaminamiento automático basado en la detección y el análisis de las condiciones presentes y reales de la red.

12) 

“Unidad de acceso a los soportes (media)”: equipo que contiene una o varias interfaces de comunicación (“controlador de acceso a la red”, “controlador de canales de telecomunicaciones”, módem o bus de ordenador) para conectar el equipo terminal a una red.

13) 

“Eficiencia espectral”: la “tasa de transferencia digital” [bits/s] / 6 dB ancho de banda espectral en Hz.

14) 

“Controlados por programa almacenado”: dícese de los equipos cuyo control se realiza utilizando unas instrucciones almacenadas en un soporte electrónico que un procesador puede ejecutar para dirigir el rendimiento de funciones predeterminadas.

Nota: Los equipos pueden estar “controlados por programa almacenado” con independencia de que la memoria electrónica sea interna o externa al equipo.

X.B.III.101

Equipos de telecomunicaciones de ensayo, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821.

X.C.III.101

Preformas de vidrio o de cualquier otro material optimizado para la fabricación de fibras ópticas sometido a control por el artículo X.A.III.101.

X.D.III.101

“Programas informáticos” diseñados especialmente o modificados para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los equipos sometidos a control por los artículos X.A.III.101 y X.B.III.101, y programas informáticos de encaminamiento adaptativo dinámico, según se describe a continuación:

a. 

“Programas informáticos” excepto en forma ejecutable por máquina, diseñados especialmente para el “encaminamiento adaptativo dinámico”.

b. 

Sin uso.

X.E.III.101

“Tecnología” para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de equipos sometidos a control por los artículos X.A.III.101 o X.B.III.101, o bien “programas informáticos” sometidos a control por el artículo X.D.III.101 y otras “tecnologías”, según se indica:

a. 

“Tecnologías” específicas, según se indica:

1. 

“Tecnología” destinada al tratamiento y la aplicación de revestimientos de fibras ópticas diseñadas especialmente para hacerlas aptas a un uso subacuático.

2. 

“Tecnología” para el “desarrollo” de equipos que utilicen técnicas de “jerarquía digital síncrona” (“SDH”) o “red óptica síncrona” (“SONET”).

Nota técnica: A efectos del artículo X.E.III.101:

1) 

“Jerarquía digital síncrona” (SDH): jerarquía digital que proporciona un medio para gestionar, utilizar en modo múltiplex y acceder a diversas formas de tráfico digital utilizando un formato de transmisión síncrono en varios tipos de medios. El formato se basa en el módulo de transporte síncrono (STM) que se define en algunas recomendaciones del CCITT (G.703, G.707, G.708 y G.709) y otras pendientes de publicación. La velocidad de primer nivel de la “SDH” es de 155,52  Mbits/s.

2) 

“Red óptica síncrona” (SONET): red que proporciona un medio para gestionar, utilizar en modo múltiplex y acceder a diversas formas de tráfico digital utilizando un formato de transmisión síncrona en fibra óptica. El formato, que es la versión norteamericana de la “SDH”, también utiliza el módulo de transporte síncrono (STM). Sin embargo, utiliza la señal de transporte síncrona (STS) como módulo de transporte básico con una velocidad de primer nivel de 51,81  Mbits/s. Se están integrando las normas SONET en las de la “jerarquía digital síncrona”.

Categoría III. Parte 2 — Seguridad de la información

Nota: Categoría III. La parte 2 no somete a control los artículos de uso personal de las personas físicas.

X.A.III.201

Equipos, según se indica:

a. 

Sin uso.

b. 

Sin uso.

c. 

Productos clasificados como cifrado para el mercado general, de conformidad con la nota sobre criptografía (nota 3 de la categoría 5, parte 2) ( 44 ).

X.D.III.201

“Programas informáticos” de “seguridad de la información”, según se indica:

Nota: Esta entrada no somete a control los “programas informáticos” diseñados o modificados para proteger contra daños informáticos malintencionados (como los virus), en los que el uso de la “criptografía” se limite a la autenticación, la firma digital o bien el descifrado de datos o archivos.

a. 

Sin uso.

b. 

Sin uso.

c. 

“Programas informáticos” clasificados como software cifrado para el mercado general, de conformidad con la nota sobre criptografía (nota 3 de la categoría 5, parte 2) ( 45 ).

X.E.III.201

“Tecnología” de “seguridad de la información” de acuerdo con la Nota general de tecnología, según se indica:

a. 

Sin uso.

b. 

“Tecnología” que no figure en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, destinada a la “utilización” de los productos del mercado general sometidos a control por el subartículo X.A.III.201.c o “programas informáticos” del mercado general sometidos a control por el subartículo X.D.III.201.c.

Categoría IV — Sensores y láseres

X.A.IV.001

Equipos acústicos marinos o terrestres capaces de detectar o localizar objetos y dispositivos subacuáticos, o bien de posicionar buques de superficie y vehículos subacuáticos; y componentes diseñados especialmente para ellos que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821.

X.A.IV.002

Sensores ópticos, según se indica:

a. 

Tubos intensificadores de imagen y los componentes diseñados especialmente para ellos, según se indica:

1. 

Tubos intensificadores de imagen que reúnan todas las características siguientes:

a. 

Respuesta máxima en una gama de longitudes de onda superiores a 400 nm, pero sin sobrepasar los 1 050  nm;

b. 

Placa de microcanal para amplificación electrónica de imagen con un paso de agujeros (distancia entre centros) inferior a 25 micrómetros, y

c. 

Que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Un fotocátodo S-20, S-25 o multialcalino, o

2. 

Un fotocátodo de arseniuro de galio (GaAs) o de arseniuro de indio y galio (GaInAs).

2. 

Placas de microcanal diseñadas especialmente para poseer las dos características siguientes:

a. 

Un mínimo de 15 000 tubos huecos por placa, y

b. 

Un paso de agujeros (distancia entre centros) inferior a 25 μm.

b. 

Equipos de formación de imágenes de visión directa que funcionen en el espectro visible o en el infrarrojo y que incorporen tubos intensificadores de la imagen que reúnan las características enumeradas en el subartículo X.A.IV.002.a.1

X.A.IV.003

Cámaras, según se indica:

a. 

Cámaras que cumplan los criterios de la nota 3 del subartículo 6A003.b.4. ( 46 ).

b. 

Sin uso.

X.A.IV.004

Piezas ópticas, según se indica:

Nota: El artículo X.A.IV.004 no somete a control los filtros ópticos con cámaras de aire fijas ni a los filtros de tipo Lyot.

a. 

Filtros ópticos

1. 

Para longitudes de onda superiores a 250 nm compuestas de revestimientos ópticos multicapas y que posean cualquiera de las características siguientes:

a. 

Anchos de banda iguales o inferiores a 1 nm de anchura a media altura (FWHI) y transmisión máxima igual o superior al 90 %, o

b. 

Anchos de banda iguales o inferiores a 0,1  nm de anchura a media altura (FWHI) y transmisión máxima igual o superior al 50 %.

2. 

En el caso de las longitudes de onda superiores a 250 nm que reúnan todas las características siguientes:

a. 

Sintonizabilidad en un campo espectral igual o superior a 500 nm;

b. 

Banda de paso óptica instantánea igual o inferior a 1,25  nm;

c. 

Longitud de onda con restablecimiento en 0,1  ms a una exactitud mínima de 1 nm dentro del campo espectral sintonizable, y

d. 

Pico único de transmisión de al menos el 91 %.

3. 

Conmutadores de opacidad ópticos (filtros) con un campo visual de un mínimo de 30o y un tiempo de respuesta igual o inferior a 1 ns.

b. 

Cable de “fibras fluoradas”, o fibras ópticas a este efecto, con una atenuación inferior a 4 dB/km en la gama de longitudes de onda superiores a 1 000 nm, pero sin sobrepasar los 3 000  nm.

Nota técnica: A efectos del subartículo X.A.IV.004.b, las “fibras fluoradas” son fibras fabricadas a partir de compuestos de fluoruros a granel.

X.A.IV.005

“Láseres”, según se indica:

a. 

“Láseres” de dióxido de carbono (CO2) que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Una potencia de salida en onda continua superior a 10 kW;

2. 

Una salida en impulso con una “duración de impulso” superior a 10 microsegundos, y

a. 

Una “potencia de salida media” superior a 10 kW, o

b. 

Una “potencia máxima” en impulso superior a 100 kW, o

3. 

Una salida en impulso con una “duración de impulso” igual o inferior a 10 microsegundos, y

a. 

Una energía de salida superior a 5 J por impulso y una “potencia máxima” superior a 2,5  kW, o

b. 

Una “potencia de salida media” superior a 2,5  kW.

b. 

“Láseres” de semiconductores, según se indica:

1. 

“Láseres” de semiconductores monomodo transversal individuales con:

a. 

Una “potencia de salida media” superior a 100 mW, o

b. 

Una longitud de onda superior a 1 050 nm.

2. 

“Láseres” de semiconductores multimodo transversal individuales o baterías de “láseres” de semiconductores individuales con una longitud de onda de transmisión superior a 1 050  nm.

c. 

“Láseres” de rubí con una energía de salida superior a 20 J por impulso.

d. 

“Láseres de impulso” no “sintonizables” con una longitud de onda de salida superior a 975 nm, pero sin sobrepasar los 1 150  nm, y que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Una “duración de impulso” igual o superior a 1 ns, pero sin sobrepasar 1 microsegundo, y que posea cualquiera de las características siguientes:

a. 

Una salida monomodo transversal que posea cualquiera de las características siguientes:

1. 

Un “rendimiento de potencia transmitida con respecto a la potencia consumida” superior al 12 % y una “potencia de salida media” superior a 10 W y capaz de funcionar a una frecuencia de repetición de impulso por encima de 1 kHz, o

2. 

Una “potencia de salida media” superior a 20 W, o

b. 

Una salida multimodo transversal que posea cualquiera de las características siguientes:

1. 

Un “rendimiento de potencia transmitida con respecto a la potencia consumida” superior al 18 % y una “potencia de salida media” superior a 30 W;

2. 

Una “potencia máxima” superior a 200 MW, o

3. 

Una “potencia de salida media” superior a 50 W, o

2. 

Una “duración de impulso” superior a 1 microsegundo y que posea cualquiera de las características siguientes:

a. 

Una salida monomodo transversal que posea cualquiera de las características siguientes:

1. 

Un “rendimiento de potencia transmitida con respecto a la potencia consumida” superior al 12 % y una “potencia de salida media” superior a 10 W y capaz de funcionar a una frecuencia de repetición de impulso por encima de 1 kHz, o

2. 

Una “potencia de salida media” superior a 20 W, o

b. 

Una salida multimodo transversal que posea cualquiera de las características siguientes:

1. 

Un “rendimiento de potencia transmitida con respecto a la potencia consumida” superior al 18 % y una “potencia de salida media” superior a 30 W, o

2. 

Una “potencia de salida media” superior a 500 W.

e. 

“Láseres” no “sintonizables” de onda continua (CW) con una longitud de onda de salida superior a 975 nm, pero sin sobrepasar los 1 150  nm, y que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Una salida monomodo transversal que posea cualquiera de las características siguientes:

a. 

Un “rendimiento de potencia transmitida con respecto a la potencia consumida” superior al 12 % y una “potencia de salida media” superior a 10 W y capaz de funcionar a una frecuencia de repetición de impulso por encima de 1 kHz, o

b. 

Una “potencia de salida media” superior a 50 W, o

2. 

Una salida multimodo transversal que posea cualquiera de las características siguientes:

a. 

Un “rendimiento de potencia transmitida con respecto a la potencia consumida” superior al 18 % y una “potencia de salida media” superior a 30 W, o

b. 

Una “potencia de salida media” superior a 500 W.

Nota: El subartículo X.A.IV.005.e.2.b no somete a control los “láseres” industriales con salida multimodo transversal, una potencia de salida inferior o igual a 2 kW y una masa total superior a 1 200  kg. A efectos de la presente nota, la masa total incluye todos los componentes necesarios para el funcionamiento del “láser”, por ejemplo, el propio “láser”, la fuente de alimentación y el intercambiador de calor, pero excluye las piezas de óptica externas para el acondicionamiento o la emisión del haz.

f. 

“Láseres” no “sintonizables” con una longitud de onda superior a 1 400  nm, pero sin sobrepasar los 1 555  nm, y que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Una energía de salida superior a 100 mJ por impulso y una “potencia máxima” en impulsos superior a 1 W, o

2. 

Una potencia de salida, media o en onda continua, superior a 1 W.

g. 

“Láseres” de electrones libres.

Nota técnica: A efectos del artículo X.A.IV.005, se define el “rendimiento de potencia transmitida con respecto a la potencia consumida” como la proporción de la potencia de salida del “láser” (o “potencia de salida media”) respecto a la potencia de consumo eléctrico total que se necesita para el funcionamiento del “láser”, con inclusión de la fuente de alimentación o el acondicionador y el acondicionador térmico o el intercambiador de calor.

X.A.IV.006

“Magnetómetros”, sensores electromagnéticos “superconductores” y componentes diseñados especialmente para ellos, según se indica:

a. 

“Magnetómetros” que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, con una “sensibilidad” inferior (mejor) a 1,0  nT (rms) por raíz cuadrada de Hz.

Nota técnica: A efectos del artículo X.A.IV.006.a, “sensibilidad” (el nivel de ruido) es la raíz cuadrada media del nivel mínimo de ruido limitado por el dispositivo, que es la señal más pequeña que puede medirse.

b. 

Sensores electromagnéticos “superconductores” y componentes fabricados a partir de materiales “superconductores”:

1. 

Que estén diseñados para funcionar a temperaturas por debajo de la “temperatura crítica” de al menos uno de sus constituyentes “superconductores” [incluidos los dispositivos de efecto Josephson o los dispositivos “superconductores” de interferencia cuántica (“SQUIDS”)];

2. 

Que estén diseñados para detectar variaciones del campo electromagnético a frecuencias iguales o inferiores a 1 kHz, y

3. 

Que posean cualquiera de las características siguientes:

a. 

Que estén dotados de SQUIDS de película delgada con una dimensión mínima de dispositivo inferior a 2 micrómetros y sus circuitos conexos de acoplo de entrada y de salida;

b. 

Que estén diseñados para funcionar con una velocidad de precesión del campo magnético superior a 1 x 106 cuantos de flujo magnético por segundo;

c. 

Que estén diseñados para funcionar en el campo magnético terrestre sin blindaje magnético, o

d. 

Que tengan un coeficiente de temperatura inferior (menor) a 0,1  cuantos de flujo magnético/K.

X.A.IV.007

Gravímetros para uso terrestre que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, según se indica:

a. 

Con una exactitud estática inferior (mejor) a 100 microgales, o

b. 

Del tipo de elemento de cuarzo (Worden).

X.A.IV.008

Sistemas de radar, equipos y principales componentes que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, y componentes diseñados especialmente para ellos, según se indica:

a. 

Equipos de radar aerotransportado que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, y componentes diseñados especialmente para ellos.

b. 

Equipos de radar “láser” “aptos para uso espacial” o equipos de LIDAR (detección y alcance de luz) diseñados especialmente para los levantamientos topográficos y la observación meteorológica.

c. 

Sistemas de imágenes por radar de visión reforzada y de ondas milimétricas diseñados especialmente para giroaviones y que reúnan todas las características siguientes:

1. 

Funcionar a una frecuencia de 94 GHz;

2. 

Tener una potencia de salida media inferior a 20 mW;

3. 

Tener una anchura del haz radárico de 1 grado, y

4. 

Tener una capacidad operativa igual o superior a 1 500  m.

X.A.IV.009

Equipos de transformación específicos, según se indica:

a. 

Equipos de detección sísmica que no están sometidos a controles por el subartículo X.A.IV.009.c;

b. 

Cámaras de televisión resistentes a las radiaciones que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, o

c. 

Sistemas de detección de intrusiones sísmicas que detectan, clasifican y determinan la localización de la fuente de la señal detectada.

X.B.IV.001

Equipos, incluidos herramientas, matrices, montajes o gálibos, y otras componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos, que se hayan diseñado especialmente o modificado a efectos de cualquiera de los fines siguientes:

a. 

Para la fabricación o inspección de:

1. 

Onduladores magnéticos (wigglers) para “láseres” de electrones libres.

2. 

Fotoinyectores para “láseres” de electrones libres.

b. 

Para el ajuste del campo magnético longitudinal de los “láseres” de electrones libres a las tolerancias requeridas.

X.C.IV.001

Fibras ópticas sensoras modificadas estructuralmente para tener una “longitud de batido” inferior a 500 mm (birrefringencia elevada) o materiales de sensores ópticos no descritos en el subartículo 6C002.b ( 47 ) que tengan un contenido de cinc igual o superior al 6 % por “fracción molar”.

Nota técnica: A efectos del artículo X.C.IV.001:

1) 

“Fracción molar”: la razón de moles de ZnTe respecto de la suma de moles de CdTe y ZnTe presentes en el cristal.

2) 

“Longitud de batido”: la distancia que deben recorrer dos señales polarizadas ortogonalmente, que se encuentren inicialmente en fase, para alcanzar una diferencia de fase de 2 Pi radianes.

X.C.IV.002

Materiales ópticos, según se indica:

a. 

Materiales de baja absorción óptica, según se indica:

1. 

Compuestos de fluoruros a granel que contengan ingredientes de una pureza igual o superior al 99,999  %, o

Nota: El subartículo X.C.IV.002.a.1 somete a control a los fluoruros de circonio o aluminio y sus variantes.

2. 

Vidrio de fluoruros a granel fabricado a partir de compuestos sometidos a control por el subartículo 6C004.e.1 ( 48 ).

b. 

“Preformas de fibra óptica” hechas de compuestos de fluoruros a granel que contengan ingredientes con una pureza del 99,999  % o superior, “diseñadas especialmente” para la fabricación de “fibras de fluoruro” sometidas a control por el subartículo X.A.IV.004.b.

Nota técnica: A efectos del artículo X.C.IV.002:

1) 

“Fibras de fluoruro”: fibras fabricadas a partir de compuestos de fluoruros a granel.

2) 

“Preformas de fibra óptica”: barras, lingotes o varillas de vidrio, plástico u otros materiales tratados especialmente para su empleo en la fabricación de fibras ópticas. Las características de la preforma determinan los parámetros básicos de las fibras ópticas resultantes.

X.D.IV.001

“Programas informáticos” que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, diseñados especialmente para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los productos sometidos a control por los artículos 6A002, 6A003 ( 49 ), X.A.IV.001, X.A.IV.006, X.A.IV.007 o X.A.IV.008.

X.D.IV.002

“Programas informáticos” diseñados especialmente para el “desarrollo” o la “producción” de los equipos sometidos a control por los artículos X.A.IV.002, X.A.IV.004 o X.A.IV.005.

X.D.IV.003

Otros “programas informáticos”, según se indica:

a. 

“Programas” que aplican “programas informáticos” de control del tráfico aéreo (ATC) alojados en ordenadores de uso general que estén situados en centros de control del tráfico aéreo capaces de transferir automáticamente datos primarios del blanco del radar [si no están correlacionados con datos de algún radar secundario de vigilancia (SSR)] desde el centro ATC de dichos ordenadores hasta otro centro ATC;

b. 

“Programas informáticos” diseñados especialmente para los sistemas de detección de intrusiones sísmicas que figuran en el subartículo X.A.IV.009.c, o

c. 

“Código fuente” diseñado especialmente para los sistemas de detección de intrusiones sísmicas que figuran en el subartículo X.A.IV.009.c.

X.E.IV.001

“Tecnología” para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de equipos sometidos a control por los artículos X.A.IV.001, X.A.IV.006, X.A.IV.007, X.A.IV.008 o el subartículo X.A.IV.009.c.

X.E.IV.002

“Tecnología” para el “desarrollo” o la “producción” de equipos, materiales o “programas informáticos” sometidos a control por los artículos X.A.IV.002, X.A.IV.004 o X.A.IV.005, X.B.IV.001, X.C.IV.001, X.C.IV.002 o X.D.IV.003.

X.E.IV.003

Otras “tecnologías”, según se indica:

a. 

Tecnologías de fabricación óptica para la producción en serie de componentes ópticos, a un ritmo anual superior a 10 m2 de superficie por cada husillo, que reúnan todas las características siguientes:

1. 

Un área superior a 1 m2, y

2. 

Un factor de superficie superior a lambda/10 rms a la longitud de onda prevista.

b. 

“Tecnología” para filtros ópticos con un ancho de banda igual o inferior a 10 nm, un campo visual (FOV) superior a 40o y una resolución superior a 0,75  pares de líneas por miliradián.

c. 

“Tecnología” para el “desarrollo” o la “producción” de las cámaras controladas por el artículo X.A.IV.003.

d. 

“Tecnología” necesaria para el “desarrollo” o la “producción” de “magnetómetros” de saturación (fluxgate) no triaxiales, o de sistemas de “magnetómetros” de saturación (fluxgate) no triaxiales, que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Una “sensibilidad” (nivel de ruido) inferior (mejor) a 0,05  nT (rms) por raíz cuadrada de Hz a frecuencias inferiores a 1 Hz, o

2. 

Una “sensibilidad” inferior (mejor) a 1 x 10-3 nT (rms) por raíz cuadrada de Hz a frecuencias iguales o superiores a 1 Hz.

e. 

“Tecnología” necesaria para el “desarrollo” o la “producción” de dispositivos de conversión ascendente de infrarrojos que reúnan todas las características siguientes:

1. 

Una respuesta en la gama de longitudes de onda superiores a 700 nm, pero sin sobrepasar los 1 500 nm, y

2. 

Una combinación de un fotodetector de infrarrojos, un diodo orgánico emisor de luz (OLED) y un nanocristal, para convertir la luz infrarroja en luz visible.

Nota técnica: A efectos del artículo X.E.IV.003, “sensibilidad” (o nivel de ruido) es la raíz cuadrada media del nivel mínimo de ruido limitado por el dispositivo, que es la señal más pequeña que puede medirse.

Categoría V — Navegación y aviónica

X.A.V.001

Equipos de comunicación aérea, todos los sistemas de navegación inercial de las “aeronaves” y otros equipos de aviónica, incluidos los componentes, que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821.

Nota 1: El artículo X.A.V.001 no somete a control los auriculares ni a los micrófonos.

Nota 2: El subartículo X.A.V.001. no somete a control los artículos de uso personal de las personas físicas.

X.B.V.001

Otros equipos diseñados especialmente para el ensayo, la inspección o la “producción” de equipos de navegación y de aviónica.

X.D.V.001

“Programas informáticos” que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de equipos de navegación, comunicación aérea y otros equipos de aviónica.

X.E.V.001

“Tecnología” que no figure en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de equipos de navegación, comunicación aérea y otros equipos de aviónica.

Categoría VI — Marina

X.A.VI.001

Buques, sistemas o equipos marinos y componentes diseñados especialmente para ellos, así como componentes y accesorios para ellos, según se indica:

a. 

Sistemas de visión subacuática, según se indica:

1. 

Sistemas de televisión (formados por una cámara, luces y equipos de vigilancia y transmisión de las señales) con una resolución límite, medida en el aire, superior a 500 líneas, que están diseñados especialmente o modificados para el funcionamiento a distancia con un vehículo sumergible, o

2. 

Cámaras de televisión subacuáticas con una resolución límite, medida en el aire, superior a 700 líneas.

Nota técnica: En televisión, la resolución límite es una medida de la resolución horizontal que se expresa generalmente en el número máximo de líneas por altura de imagen discriminadas en una carta de ajuste, según la norma 208/1960 del Instituto de ingenieros eléctricos y electrónicos (IEEE) o cualquier norma equivalente.

b. 

Cámaras fotográficas diseñadas especialmente o modificadas para su empleo debajo del agua, con un formato de película de 35 mm o mayor, y que tengan un enfoque automático o remoto diseñado especialmente para su utilización subacuática.

c. 

Sistemas de fuentes luminosas estroboscópicas, diseñados especialmente o modificados para un uso subacuático, capaces de generar una energía de salida luminosa superior a 300 J por destello.

d. 

Otros equipos de cámaras subacuáticas que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821.

e. 

Calderas marinas diseñadas para tener cualquiera de las características siguientes:

1. 

Tasa de liberación de calor (a potencia nominal máxima) igual o superior a 1 966,4  kW/m3 de volumen del horno, o

2. 

Relación entre el vapor generado en kilogramos por hora (a potencia máxima) y el peso seco de la caldera en kilogramos igual o superior a 37,6 .

f. 

Buques (de superficie y subacuáticos), incluidas las embarcaciones neumáticas, y componentes diseñados especialmente para ellos, que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821.

Nota: El subartículo X.A.VI.001.f no somete a control los buques de estancia temporal que se utilicen para el transporte privado de pasajeros o mercancías desde el territorio aduanero de la Unión o a través de este.

g. 

Motores marinos (tanto internos como externos), motores submarinos y componentes diseñados especialmente para ellos que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821.

h. 

Otros equipos de respiración subacuática integrados (equipos de buceo) y sus accesorios que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821.

i. 

Chalecos salvavidas, cartuchos de inflado, brújulas de buceo y ordenadores de inmersión.

Nota: El subartículo X.A.VI.001.i no somete a control los artículos de uso personal de las personas físicas.

j. 

Luces subacuáticas y equipos de propulsión, o

Nota: El subartículo X.A.VI.001.j no somete a control los artículos de uso personal de las personas físicas.

k. 

Compresores de aire y sistemas de filtrado diseñados especialmente para rellenar los cilindros de aire.

X.D.VI.001

“Programas informáticos” diseñados especialmente o modificados para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los equipos sometidos a control por el artículo X.A.VI.001.

X.D.VI.002

“Programas informáticos” diseñados especialmente para el funcionamiento de vehículos sumergibles no tripulados que se utilizan en la industria del petróleo y del gas.

X.E.VI.001

“Tecnología” para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los equipos sometidos a control por el artículo X.A.VI.001.

Categoría VII — Aeronáutica y propulsión

X.A.VII.001

Motores diésel, y tractores y componentes diseñados especialmente para ellos, que no figuren en la Lista Común Militar (LCM) o en el Reglamento (UE) 2021/821:

a. 

Motores diésel que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, destinados a camiones, tractocamiones y aplicaciones de uso automovilístico, con una potencia de salida global igual o superior a 298 kW.

b. 

Tractores de ruedas fuera de la carretera cuya capacidad de transporte sea igual o superior a nueve toneladas; y componentes principales y accesorios que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821.

c. 

Tractocamiones viarios para semirremolques, con ejes traseros simples o en tándem y capacidad estimada igual o superior a 9 toneladas por eje, así como componentes principales diseñados especialmente para ellos.

Nota: Los subartículos X.A.VII.001.b y X.A.VII.001.c no someten a control a los vehículos de estancia temporal que se utilicen para el transporte privado de pasajeros o mercancías desde el territorio aduanero de la Unión o a través de este.

X.A.VII.002

Motores de turbina de gas, y sus componentes, que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821

a. 

Sin uso.

b. 

Sin uso.

c. 

Motores aeronáuticos de turbina de gas y componentes diseñados especialmente para ellos.

d. 

Sin uso.

e. 

Componentes de los equipos respiratorios presurizados de “aeronaves” diseñados especialmente para ellos, que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821.

X.A.VII.003

Motores de aeronaves, distintos de los especificados en el artículo X.A.VII.002, la LCM o el Reglamento (UE) 2021/821, según se indica:

a. 

Motores de combustión interna de émbolo (pistón) alternativo o rotativo, o

b. 

Motores eléctricos.

Nota técnica: A efectos del artículo X.A.VII.003, las aeronaves incluyen: aviones, vehículos aéreos no tripulados, helicópteros, autogiros, aeronaves híbridas o modelos radiocontrolados.

X.B.VII.001

Equipos para pruebas de vibración y componentes diseñados especialmente para ellos que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821.

Nota: El artículo X.B.VII.001 solo somete a control a los equipos destinados al “desarrollo” o la “producción”. No controla los sistemas de vigilancia de estados.

X.B.VII.002

“Equipos”, utillaje o montajes diseñados especialmente para la fabricación o la medición de álabes móviles, álabes fijos o carenados de extremo moldeados de turbina de gas, según se indica:

a. 

Equipos automatizados que utilicen métodos no mecánicos para medir el espesor de pared de la superficie aerodinámica.

b. 

Utillaje, montajes o equipos de medición para los procesos de perforación por “láser”, chorro de agua o bien ECM/EDM (mecanizado electroquímico / máquinas de electroerosión) sometidos a control por el subartículo 9E003.c ( 50 ).

c. 

Equipos de lixiviación de machos de cerámica.

d. 

Equipos o útiles de fabricación de machos de cerámica.

e. 

Equipos de preparación de modelos de cera de moldes de cerámica.

f. 

Equipos de fusión o de quemado de moldes de cerámica.

X.D.VII.001

“Programas informáticos” que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821 destinados al “desarrollo” o la “producción” de los equipos sometidos a control por los artículos X.A.VII.001 o X.B.VII.001.

X.D.VII.002

“Programas informáticos” para el “desarrollo” o la “producción” de los equipos sometidos a control por los artículos X.A.VII.002 o X.B.VII.002.

X.E.VII.001

“Tecnología” que no figure en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821 destinada al “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los equipos sometidos a control por los artículos X.A.VII.001 o X.B.VII.001.

X.E.VII.002

“Tecnología” para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los equipos sometidos a control por los artículos X.A.VII.002 o X.B.VII.002.

X.E.VII.003

Otra “tecnología” que no se menciona en el artículo 9E003 ( 51 ), según se indica:

a. 

Sistemas de control aplicables al juego de extremo de las palas de rotor que utilicen una “tecnología” de compensación activa de la carcasa, limitada a una base de datos de diseño y de desarrollo, o

b. 

Cojinetes de gas para conjuntos de rotores de motores de turbina de gas

Categoría VIII — Artículos diversos

X.A.VIII.001

Equipos para la producción o la prospección de petróleo, según se indica:

a. 

Equipo integrado de medición en la cabeza de perforación, incluidos los sistemas de navegación inercial para realizar medidas durante la perforación (MWD);

b. 

Sistemas de supervisión de gases diseñados para el funcionamiento y la detección permanentes de sulfuro de hidrógeno y detectores especialmente diseñados a tal efecto;

c. 

Equipos para realizar medidas sísmicas, incluidos los equipos de sismología mediante reflexión y los vibradores sísmicos;

d. 

Ecosondas de sedimentos.

X.A.VIII.002

Equipos, “conjuntos electrónicos” y componentes diseñados especialmente para ordenadores cuánticos, electrónica cuántica, sensores cuánticos, unidades de proceso cuántico, circuitos cuánticos, dispositivos qubit o sistemas de radar cuántico, incluidas las células de Pockels.

Nota 1: Los ordenadores cuánticos realizan cálculos que aprovechan las propiedades colectivas de los estados cuánticos, como la superposición, la interferencia y el entrelazamiento.

Nota 2: Las unidades, circuitos y dispositivos incluyen, entre otros, los circuitos superconductores, el algoritmo del temple cuántico, la trampa de iones, la interacción fotónica, los spin qubits en silicio y los átomos fríos.

X.A.VIII.003

Microscopios y sus equipos y detectores, según se indica:

a. 

Microscopios electrónicos de barrido (SEM);

b. 

Microscopios Auger de barrido;

c. 

Microscopios electrónicos de transmisión (TEM);

d. 

Microscopios de fuerzas atómicas (AFM);

e. 

Microscopios de fuerzas de barrido (SFM);

f. 

Equipos y detectores, especialmente diseñados para ser utilizados con los microscopios especificados en X.A.VIII.003.a a X.A.VIII.0003.e, que emplean cualquiera de las siguientes técnicas de análisis de materiales:

1. 

Espectroscopía fotoelectrónica de rayos X (XPS);

2. 

Espectroscopía de energía dispersiva de rayos X (EDX, EDS), o

3. 

Espectroscopía electrónica para análisis químico (ESCA).

X.A.VIII.004

Equipo colector para los minerales metálicos que se encuentran en los fondos marinos profundos.

X.A.VIII.005

Equipos de fabricación y máquinas herramienta, según se indica:

a. 

Equipos de fabricación aditiva para la “producción” de partes metálicas;

Nota: El subartículo X.A.VIII.005.a solo se aplica a los sistemas siguientes:

1. 

Sistemas de lecho de polvo que utilicen fusión selectiva por láser (SLM), fusión por láser aditiva (laser cusing), sinterizado directo de metal por láser (DMLS) o fusión por haz de electrones (EBM), o

2. 

Sistemas de lecho de polvo que utilicen revestimiento por láser, deposición directa de energía o deposición de metal por láser.

b. 

Equipos de fabricación aditiva para “materiales energéticos”, incluidos los equipos que utilizan extrusión ultrasónica;

c. 

Equipos de fabricación aditiva por fotopolimerización (VVP) mediante estereolitografía (SLA) o procesamiento de luz digital (DLP).

X.A.VIII.006

Equipos para la “producción” de electrónica impresa para diodos orgánicos de emisión de luz (OLED), transistores orgánicos de efecto de campo (OFET) o células fotovoltaicas orgánicas (OPVC).

X.A.VIII.007

Equipos para la “producción” de sistemas microelectromecánicos (MEMS) que utilicen las propiedades mecánicas de silicio, incluidos los sensores en formato chip, como membranas de presión, haces de flexión o dispositivos de microajuste.

X.A.VIII.008

Equipos diseñados especialmente para la producción de electrocombustibles (electrocombustibles y combustibles sintéticos) o de células solares ultraeficientes (eficiencia > 30 %).

X.A.VIII.009

Equipos para ultravacío (UHV), según se indica:

a. 

Bombas UHV (sublimación, turbomolecular, difusión, criogénica, captadora de iones);

b. 

Manómetros UHV.

Nota: UHV significa igual o inferior a 100 nanopascales (nPa).

X.A.VIII.010

“Sistemas de refrigeración criogénica” diseñados para mantener temperaturas inferiores a 1,1  K durante 48 horas o más y equipos de refrigeración criogénica relacionados, según se indica:

a. 

Tubos de pulso;

b. 

Criostatos;

c. 

Vasos Dewar;

d. 

Sistemas de manipulación de gas (GHS);

e. 

Compresores, o

f. 

Unidades de control.

Nota: Los “sistemas de refrigeración criogénicos” incluyen, entre otros, la refrigeración de dilución, la refrigeración de desmagnetización adiabática y los sistemas de enfriamiento por láser.

X.A.VIII.011

Equipos de “desencapsulación” para dispositivos semiconductores.

Nota: La “desencapsulación” es la retirada de un tapón, tapa o material de encapsulado de un circuito integrado empaquetado por medios mecánicos, térmicos o químicos.

X.A.VIII.012

Fotodetectores de alta eficiencia cuántica (QE) con una QE superior al 80 % en una gama de longitudes de onda superiores a 400 nm pero no superiores a 1 600 nm.

X.A.VIII.013

Máquinas herramienta operadas por control numérico computerizado que tengan uno o más ejes lineales con una longitud de carrera superior a 8 000  mm.

X.A.VIII.014

Sistemas de cañones de agua para el control de disturbios o multitudes, y componentes diseñados especialmente para ellos.

Nota: X.A.VIII.014 Los sistemas de cañones de agua incluyen, por ejemplo, vehículos o estaciones fijas equipados con cañones de agua accionados a distancia y diseñados para proteger al operario de disturbios exteriores con características tales como blindaje, ventanas resistentes a impactos, pantallas metálicas, barras parachoques o neumáticos autoportantes. Los componentes diseñados especialmente para cañones de agua pueden incluir, por ejemplo, boquillas de agua para cañón de cubierta, bombas, depósitos, cámaras y luces endurecidas o blindadas contra proyectiles, mástiles elevadores para dichos objetos y sistemas de control a distancia para dichos objetos.

X.A.VIII.015

Armas policiales de golpeo, incluidas las cachiporras, porras de policía, porras con empuñadura lateral, tonfas, sjamboks y látigos.

X.A.VIII.016

Cascos y escudos policiales; y componentes diseñados especialmente para ellos que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821.

X.A.VIII.017

Dispositivos de retención para las fuerzas de seguridad, incluidos grilletes, ganchos y esposas; camisas de fuerza; esposas aturdidoras; cinturones paralizantes; mangas paralizantes; dispositivos de retención multipunto, como sillas de retención; y componentes principales y accesorios diseñados especialmente para ellos que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821.

Nota: El artículo X.A.VIII.017 se aplica a los dispositivos de retención utilizados en actividades policiales. No se aplica a los productos sanitarios que están equipados para limitar el movimiento de pacientes durante los procedimientos médicos. No se aplica a los productos que confinan a pacientes con problemas de memoria a instalaciones médicas adecuadas. No se aplica a los equipos de seguridad, como los cinturones de seguridad o los asientos de seguridad para vehículos infantiles.

X.A.VIII.018

Equipos de exploración de petróleo y gas, “programas informáticos” y datos, según se indica (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Sin uso.

b. 

Productos de fracturación hidráulica, según se indica:

1. 

“Programas informáticos” y datos de diseño y análisis de la fracturación hidráulica;

2. 

“Material de apoyo”, “fluido de fracturación hidráulica” y aditivos químicos para fracturación hidráulica, o

3. 

Bombas de alta presión.

Nota técnica:

“Material de apoyo” es un material sólido, de arena o materiales cerámicos sintéticos o artificiales, diseñado para mantener abierta una fractura hidráulica inducida, durante o después de un tratamiento de fracturación. Se añade a un “fluido de fracturación”, que puede variar en su composición en función del tipo de fracturación utilizado, y puede ser a base de gel, espuma o lechada (slickwater).

X.A.VIII.019

Equipos específicos de transformación, según se indica (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Imanes anulares;

b. 

Sin uso

X.A.VIII.020

Armas y dispositivos diseñados para su uso como material antidisturbios o de autodefensa, según se indica:

a. 

Armas de descarga eléctrica portátiles que pueden dirigirse solo contra una persona cada vez que se administra una descarga eléctrica, en particular, pero no exclusivamente, las porras eléctricas, escudos eléctricos, armas aturdidoras y pistolas de descarga eléctrica;

b. 

Conjunto de productos y utensilios que contiene todos los elementos esenciales para el ensamblaje de armas portátiles de descarga eléctrica a las que se aplica el subartículo X.A.VIII.020.a, o

Nota: Las siguientes mercancías se consideran componentes esenciales:

1. 

La unidad que produce el electrochoque;

2. 

El interruptor, incluso en un mando a distancia, y

3. 

Los electrodos o, en su caso, los cables, a través de los cuales se administra el electrochoque.

c. 

Armas de descarga eléctrica fijas o portátiles que cubren una amplia área y que pueden alcanzar a varias personas.

X.A.VIII.021

Armas y equipo de diseminación de sustancias químicas incapacitantes o irritantes para su uso como material antidisturbios o de autodefensa y sustancias relacionadas, según se indica:

a. 

Armas y equipos portátiles que administran una dosis de una sustancia química incapacitante o irritante a una persona o una dosis de dicha sustancia que afecte a una superficie reducida, por ejemplo, en forma de niebla de pulverización o nube, cuando la sustancia química es administrada o diseminada.

Nota 1: Esta partida no se aplica a los equipos a los que se aplica la partida ML7(e) de la LCM de la Unión Europea.

Nota 2: Esta partida no se aplica a los equipos portátiles individuales, aunque contengan una sustancia química, cuando acompañan a su usuario para la defensa personal.

Nota 3: Además de las sustancias químicas pertinentes, como los agentes antidisturbios o PAVA, los productos contemplados en las partidas X.A.VIII.021.c y X.A.VIII.021.d se considerarán sustancias químicas incapacitantes o irritantes.

b. 

Vanillilamida del ácido pelargónico (PAVA) (CAS 2444-46-4);

c. 

Oleorresina Capsicum (OC) (CAS 8023-77-6);

d. 

Mezclas que contengan al menos un 0,3  % en peso de PAVA u OC y un disolvente (como el etanol, 1-propanol o hexano), que puedan ser administradas como agentes incapacitantes o irritantes en sí mismas, en particular en aerosoles y en forma líquida, o utilizadas para la fabricación de agentes incapacitantes o irritantes.

Nota 1: Esta partida no se aplica a las preparaciones para salsas y salsas preparadas, sopas o caldos, preparados y mezclas de condimentos o sazonadores, siempre que la PAVA o la OC no sean el único componente saborizante.

Nota 2: Esta partida no se aplica a los medicamentos para los que se ha concedido una autorización de comercialización de conformidad con el Derecho de la Unión.

e. 

Equipos fijos para la difusión de sustancias químicas incapacitantes o irritantes que puedan fijarse en una pared o en el techo de un edificio, incluyan un filtro de agentes químicos irritantes o incapacitantes y se activen por medio de un sistema de control a distancia, o

Nota: Además de las sustancias químicas pertinentes, como los agentes antidisturbios o PAVA, los productos contemplados en las partidas X.A.VIII.021.c y X.A.VIII.021.d se considerarán sustancias químicas incapacitantes o irritantes.

f. 

Equipos fijos o desmontables para la diseminación de agentes químicos incapacitantes o irritantes que cubran una superficie amplia y que no estén diseñados para ser fijados en una pared o en el techo en el interior de un edificio.

Nota 1: Esta partida no se aplica a los equipos a los que se aplica la partida ML7(e) de la LCM de la Unión Europea.

Nota 2: Además de las sustancias químicas pertinentes, como los agentes antidisturbios o PAVA, los productos contemplados en las partidas X.A.VIII.021.c y X.A.VIII.021.d se considerarán sustancias químicas incapacitantes o irritantes.

g. 

Otras sustancias químicas irritantes, y mezclas de ellas que contengan al menos el 0,3  % en peso de la sustancia activa, según se indica:

1. 

Dibenzo[b,f][1,4]oxazepina (CR) (CAS 257-07-8);

2. 

8-metil-N-vanillil-trans-6-nonenamida (capsaicina) (CAS 404-86-4);

3. 

8-metil-N-vanillilnonamida (dihidrocapsaicina) (CAS 19408-84-5);

4. 

N-vanillil-9-metildec-7-(E)-enamida (homocapsaicina) (CAS 58493-48-4);

5. 

N-vanillil-9-metildecanamida (homodihidrocapsaicina) (CAS 20279-06-5);

6. 

N-vanillil-7-metiloctanamida (nordihidrocapsaicina) (CAS 28789-35-7);

7. 

4-nonanoilmorfolina (MPA) (CAS 5299-64-9);

8. 

Cis-4-acetilaminodiciclohexilmetano (CAS 37794-87-9);

9. 

N,N'-Bis(isopropil)etilenodiimina, o

10. 

N,N'-Bis(terc-butil)etilenodiimina.

X.A.VIII.022

Productos que podrían utilizarse para la ejecución de seres humanos mediante inyección letal, como sigue:

a. 

Agentes anestésicos barbitúricos de acción corta o intermedia, que incluyan, sin carácter limitativo:

1. 

Amobarbital (CAS 57-43-2);

2. 

Sal sódica de amobarbital (CAS 64-43-7);

3. 

Pentobarbital (CAS 76-74-4);

4. 

Sal sódica de pentobarbital (CAS 57-33-0);

5. 

Secobarbital (CAS 76-73-3);

6. 

Sal sódica de secobarbital (CAS 309-43-3);

7. 

Tiopental (CAS 76-75-5), o

8. 

Sal sódica de tiopental (CAS 71-73-8), también conocida como tiopentona sódica;

b. 

Productos que contengan uno de los agentes anestésicos enumerados en X.A.VIII.022.a.

X.A.VIII.023

Redes, cubiertas, tiendas de campaña, mantas y prendas de vestir, diseñados especialmente para el camuflaje.

X.A.VIII.024

«Vehículos todo terreno».

Nota técnica:

«Vehículo todo terreno»: todo vehículo motorizado diseñado para circular sobre tres o cuatro neumáticos de baja presión (presión manométrica inferior a 0,9  bar) sobre superficies no pavimentadas, normalmente con un asiento diseñado para que el operario se siente en él a horcajadas y un manillar como mando de dirección. Entre los vehículos todo terreno se pueden incluir, por ejemplo, los quads, los vehículos para uso fuera de carretera o los vehículos todoterreno utilitarios.

X.B.VIII.001

Equipos específicos de transformación, según se indica (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Celdas calientes, o

b. 

Cajas de guantes adecuados para su uso con materiales radiactivos.

X.C.VIII.001

Polvos metálicos y polvos de aleación metálica utilizables en cualquiera de los sistemas enumerados en X.A.VIII.005.a.

X.C.VIII.002

Materiales avanzados, según se indica:

a. 

Materiales para camuflar o camuflaje adaptable;

b. 

Metamateriales, por ejemplo, con un índice de refracción negativo;

c. 

Sin uso

d. 

Aleaciones de alta entropía (HEA);

e. 

Aleaciones Heusler, o

f. 

Materiales de Kitaev, incluidos los líquidos de spin de kitaev.

X.C.VIII.003

Polímeros conjugados (conductores, semiconductores, electroluminiscentes) para electrónica impresa u orgánica.

X.C.VIII.004

Materiales energéticos, según se indica, y sus mezclas:

a. 

Picrato de amonio (CAS 131-74-8);

b. 

Pólvora negra;

c. 

Hexanitrodifenilamina (CAS 131-73-7);

d. 

Difluoroamina (CAS 10405-27-3);

e. 

Nitroalmidón (CAS 9056-38-6);

f. 

Sin uso

g. 

Tetranitronaftaleno;

h. 

Trinitroanisol;

i. 

Trinitronaftaleno;

j. 

Trinitroxileno;

k. 

N-pirrolidinona; 1-metil-2-pirrolidinona (CAS 872-50-4);

l. 

Maleato de dioctilo (CAS 142-16-5);

m. 

Acrilato de etilhexilo (CAS 103-11-7);

n. 

Trietil-aluminio (TEA) (CAS 97-93-8), trimetil-aluminio (TMA) (CAS 75-24-1), y otros alquilos y arilos metálicos pirofóricos de litio, de sodio, de magnesio, de zinc y de boro;

o. 

Nitrocelulosa (CAS 9004-70-0);

p. 

Nitroglicerina (o gliceroltrinitrato, trinitroglicerina) (NG) (CAS 55-63-0);

q. 

2,4,6-Trinitrotolueno (TNT) (CAS 118-96-7);

r. 

Dinitrato de etilenodiamina (EDDN) (CAS 20829-66-7);

s. 

Tetranitrato de pentaeritritol (PETN) (CAS 78-11-5);

t. 

Azida de plomo (CAS 13424-46-9), estifnato de plomo normal (CAS 15245-44-0) y estifnato de plomo básico (CAS 12403-82-6), y explosivos primarios o compuestos de cebado que contengan azidas o complejos de azidas;

u. 

Sin uso;

v. 

Sin uso;

w. 

Dietildifenilurea (CAS 85-98-3); dimetildifenilurea (CAS 611-92-7); metiletildifenil urea;

x. 

N,N-difenilurea (difenilurea asimétrica) (CAS 603-54-3);

y. 

Metil-N, N-difenilurea (metildifenilurea asimétrica) (CAS 13114-72-2);

z. 

Etil-N,N-difenilurea (etildifenilurea asimétrica) (CAS 64544-71-4);

aa. 

Sin uso;

bb. 

4-nitrodifenilamina (4-NDPA) (CAS 836-30-6);

cc. 

2,2-dinitropropanol (CAS 918-52-5), o

dd. 

Sin uso.

X.D.VIII.001

“Programas informáticos” diseñados especialmente para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los equipos incluidos en X.A.VIII.005 a X.A.VIII.0013.

X.D.VIII.002

“Programas informáticos” diseñados especialmente para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de equipos, “conjuntos electrónicos” o componentes incluidos en X.A.VIII.002.

X.D.VIII.003

“Programas informáticos” para gemelos digitales de productos de fabricación aditiva o para determinar la fiabilidad de los productos de fabricación aditiva.

X.D.VIII.004

“Programas informáticos” diseñados especialmente para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de productos básicos sometidos a control por el artículo X.A.VIII.014.

X.D.VIII.005

“Programas informáticos” específicos de transformación, según se indica (véase la lista de artículos controlados):

a. 

“Programas informáticos” de cálculo y modelización neutrónicos;

b. 

“Programas informáticos” de cálculo y modelización del transporte de radiaciones, o

c. 

“Programas informáticos” de cálculo y modelización hidrodinámicos.

X.E.VIII.001

“Tecnología” para el “desarrollo”, “producción” o “utilización” de los equipos especificados en X.A.VIII.001 a X.A.VIII.0013.

X.E.VIII.002

“Tecnología” para el “desarrollo”, “producción” o “utilización” de los equipos especificados en X.C.VIII.002 a X.C.VIII.003.

X.E.VIII.003

“Tecnología” para gemelos digitales de productos de fabricación aditiva, para determinar la fiabilidad de los productos de fabricación aditiva o para los “programas informáticos” especificados en X.D.VIII.003.

X.E.VIII.004

“Tecnología” para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los “programas informáticos” especificados en X.D.VIII.001 a X.D.VIII.002.

X.E.VIII.005

“Tecnología” “necesaria” para el “desarrollo” o la “producción” de productos básicos sometidos a control por X.A.VIII.014.

X.E.VIII.006

“Tecnología” exclusivamente para el “desarrollo” o la “producción” de equipamiento sometido a control por X.A.VIII.017.

Categoría IX — Materiales especiales y equipos conexos

X.A.IX.001

Agentes químicos, incluida la formulación de gases lacrimógenos con un contenido de ortoclorobencialmalononitrilo (CS) inferior o igual al 1 % o de cloroacetofenona (NC) inferior o igual al 1 %, excepto en recipientes individuales de peso neto inferior o igual a 20 g; pimienta líquida, excepto si se envasa en recipientes individuales de un peso neto igual o inferior a 85,05  g; bombas de humo; bengalas de humo no irritantes, cartuchos, granadas y cargas; y otros artículos pirotécnicos con doble uso militar y comercial, y componentes diseñados especialmente para ellos, distintos de los especificados en la LMC o en el Reglamento (UE) 2021/821.

X.A.IX.002

Polvos, tintes y tintas para la toma de impresiones dactilares.

X.A.IX.003

Equipos de protección y detección no diseñados especialmente para uso militar y no sometidos a control por los artículos 1A004 o 2B351 ( 52 ), según se indica (véase la lista de artículos controlados), y componentes para ellos no diseñados especialmente para uso militar y no sometidos a control por los artículos 1A004 o 2B351:

a. 

Dosímetros personales para el control de la radiación, o

b. 

Equipos que por su diseño o función están limitados a la protección contra riesgos específicos de las industrias civiles, como la minería, la explotación de canteras, el sector agrario, la industria farmacéutica, los productos sanitarios, los productos veterinarios, el medio ambiente, la gestión de residuos o la industria alimentaria.

Nota: El artículo X.A.IX.003 no somete a control los artículos de protección contra agentes químicos o biológicos que sean productos de consumo, envasados para la venta al por menor o para uso personal, o productos médicos, como guantes de examen de látex, guantes quirúrgicos de látex, jabón desinfectante líquido, pañales quirúrgicos desechables, batas quirúrgicas, cubiertas quirúrgicas para cubrir los pies y mascarillas quirúrgicas.

X.A.IX.004

Equipos de proceso específicos, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821, según se indica a continuación (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Equipos de detección, control y medición de radiación, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821, o

b. 

Equipos de detección radiográfica tales como convertidores de rayos X y placas de almacenamiento de imágenes de fósforo.

X.B.IX.001

Equipos de proceso específicos, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821, según se indica a continuación (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Células electrolíticas para la producción de flúor, distintas de las especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821;

b. 

Aceleradores de partículas;

c. 

Equipos y sistemas de control de procesos industriales diseñados para las industrias eléctricas, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821;

d. 

Sistemas de refrigeración de freón y agua refrigerada con una capacidad de refrigeración continua igual o superior a 29,3  kW/hr, o

e. 

Equipos para la producción de materiales compuestos estructurales, fibras, productos preimpregnados y preformas.

X.C.IX.001

Compuestos de constitución química definida presentados aisladamente de conformidad con la nota 1 de los capítulos 28 y 29 de la nomenclatura combinada:

a. 

En concentraciones iguales o superiores al 95 % en peso, según se indica:

1. 

Dicloruro de etileno (CAS 107-06-2);

2. 

Nitrometano (CAS 75-52-5);

3. 

Ácido pícrico (CAS 88-89-1);

4. 

Cloruro de aluminio (CAS 7446-70-0);

5. 

Arsénico (CAS 7440-38-2);

6. 

Trióxido de arsénico (CAS 1327-53-3);

7. 

Clorhidrato de bis (2-cloroetil) etilamina (CAS 3590-07-6);

8. 

Clorhidrato de bis (2-cloroetil) metilamina (CAS 55-86-7);

9. 

Clorhidrato de tris (2-cloroetil) amina (CAS 817-09-4);

10. 

Tributilfosfito (CAS 102-85-2);

11. 

Isocianatometano (CAS 624-83-9);

12. 

Quinaldina (CAS 91-63-4);

13. 

2-bromocloroetano (CAS 107-04-0);

14. 

Bencilo (CAS 134-81-6);

15. 

Dietiléter (CAS 60-29-7);

16. 

Dimetiléter (CAS 115-10-6);

17. 

Dimetilaminoetanol (CAS 108-01-0);

18. 

2-metoxietanol (CAS 109-86-4);

19. 

Butirilcolinesterasa (BCHE);

20. 

Dietilentriamina (CAS 111-40-0);

21. 

Diclorometano (CAS 75-09-2);

22. 

Dimetilanilina (CAS 121-69-7);

23. 

Bromuro de etilo (CAS 74-96-4);

24. 

Cloruro de etilo (CAS 75-00-3);

25. 

Etilamina (CAS 75-04-7);

26. 

Hexamina (CAS 100-97-0);

27. 

Isopropanol (CAS 67-63-0);

28. 

Bromuro de isopropilo (CAS 75-26-3);

29. 

Éter isopropílico (CAS 108-20-3);

30. 

Metilamina (CAS 74-89-5);

31. 

Bromuro de metilo (CAS 74-83-9);

32. 

Monoisopropilamina (CAS 75-31-0);

33. 

Cloruro de obidoxima (CAS 114-90-9);

34. 

Bromuro potásico (CAS 7758-02-3);

35. 

Piridina (CAS 110-86-1);

36. 

Bromuro de piridostigmina (CAS 101-26-8);

37. 

Bromuro sódico (CAS 7647-15-6);

38. 

Sodio metálico (CAS 7440-23-5);

39. 

Tributilamina (CAS 102-82-9);

40. 

Trietilamina (CAS 121-44-8), o

41. 

Trimetilamina (CAS 75-50-3).

b. 

En concentraciones iguales o superiores al 90 % en peso, según se indica:

1. 

Acetona (CAS 67-64-1);

2. 

Acetileno (CAS 74-86-2);

3. 

Amoníaco (CAS 7664-41-7);

4. 

Antimonio (CAS 7440-36-0);

5. 

Benzaldehído (CAS 100-52-7);

6. 

Benjuí (CAS 119-53-9);

7. 

1-butanol (CAS 71-36-3);

8. 

2-butanol (CAS 78-92-2);

9. 

Isobutanol (CAS 78-83-1);

10. 

Terc-butanol (CAS 75-65-0);

11. 

Carburo de calcio (CAS 75-20-7);

12. 

Monóxido de carbono (CAS 630-08-0);

13. 

Cloro (CAS 7782-50-5);

14. 

Ciclohexanol (CAS 108-93-0);

15. 

Diciclohexilamina (CAS 101-83-7);

16. 

Etanol (CAS 64-17-5);

17. 

Etileno (CAS 74-85-1);

18. 

Óxido de etileno (CAS 75-21-8);

19. 

Fluorapatita (CAS 1306-05-4);

20. 

Cloruro de hidrógeno (CAS 7647-01-0);

21. 

Sulfuro de hidrógeno (CAS 7783-06-4);

22. 

Ácido mandélico (CAS 90-64-2);

23. 

Metanol (CAS 67-56-1);

24. 

Cloruro de metilo (CAS 74-87-3);

25. 

Yoduro de metilo (CAS 74-88-4);

26. 

Metilmercaptano (CAS 74-93-1);

27. 

Monoetilenglicol (CAS 107-21-1);

28. 

Cloruro de oxalio (CAS 79-37-8);

29. 

Sulfuro de potasio (CAS 1312-73-8);

30. 

Tiocianato de potasio (CAS 333-20-0);

31. 

Hipoclorito de sodio (CAS 7681-52-9);

32. 

Azufre (CAS 7704-34-9);

33. 

Dióxido de azufre (CAS 7446-09-5);

34. 

Trióxido de azufre (CAS 7446-11-9);

35. 

Cloruro de tiofosforilo (CAS 3982-91-0);

36. 

Fosfato de tri-isobutilo (CAS 1606-96-8);

37. 

Fósforo blanco (CAS 12185-10-3);

38. 

Fósforo amarillo (CAS 7723-14-0);

39. 

Mercurio (CAS 7439-97-6);

40. 

Cloruro de bario (CAS 10361-37-2);

41. 

Ácido sulfúrico (CAS 7664-93-9);

42. 

3,3-dimetil-1-buteno (CAS 558-37-2);

43. 

2,2-dimetilpropanal (CAS 630-19-3);

44. 

2,2-dimetilpropilcloruro (CAS 753-89-9);

45. 

2-metilbuteno (CAS 26760-64-5);

46. 

2-cloro-3-metilbutano (CAS 631-65-2);

47. 

2,3-dimetil–2,3-butanodiol (CAS 76-09-5);

48. 

2-metil-2-buteno (CAS 513-35-9);

49. 

Butil-litio (CAS 109-72-8);

50. 

Bromuro de metilmagnesio (CAS 75-16-1);

51. 

Formaldehído (CAS 50-00-0);

52. 

Dietanolamina (CAS 111-42-2);

53. 

Carbonato de dimetilo (CAS 616-38-6);

54. 

Clorhidrato de metildietanolamina (CAS 54060-15-0);

55. 

Clorhidrato de dietilamina (CAS 660-68-4);

56. 

Clorhidrato de diisopropilamina (CAS 819-79-4);

57. 

Clorhidrato de 3-quinuclidinona (CAS 1193-65-3);

58. 

Clorhidrato de 3-quinuclidinol (CAS 6238-13-7);

59. 

Clorhidrato de (R)-3-quinuclidinol (CAS 42437-96-7),

60. 

Clorhidrato de N,N-dietilaminoetanol (CAS 14426-20-1).

X.C.IX.002

Fentanilo y sus derivados alfentanilo, sufentanilo, remifentanilo, carfentanilo y sus sales.

Nota: El artículo X.C.IX.002 no somete a control los productos definidos como productos de consumo envasados destinados a la venta al por menor para uso personal o envasados para uso individual.

X.C.IX.003

Precursores químicos de sustancias químicas que actúan en el sistema nervioso central, según se indica:

a. 

4-anilino-N-fenetilpiperidina (CAS 21409-26-7), o

b. 

N-fenetil-4-piperidona (CAS 39742-60-4).

Notas:

1.   El artículo X.C.IX.003 no somete a control las “mezclas químicas” que contengan una o varias de las sustancias químicas especificadas en el artículo X.C.IX.003. cuando ninguna sustancia química específica constituya, ella sola, más del 1 %, en peso, de la mezcla.

2.   El artículo X.C.IX.003 no somete a control los productos definidos como productos de consumo envasados destinados a la venta al por menor para uso personal o envasados para uso individual.

X.C.IX.004

Materiales fibrosos y filamentosos, no sometidos a control por los artículos 1C010 o 1C210 ( 53 ), destinados a utilizarse en estructuras de “materiales compuestos” (composites) y con un módulo específico de 3,18 x 106 m o superior y una resistencia específica a la tracción de 7,62 x 104 m o superior.

X.C.IX.005

“Vacunas”, “inmunotoxinas”, “productos médicos”, “kits de diagnóstico y pruebas alimentarias”, según se indica (véase la lista de artículos controlados):

a. 

“Vacunas” que contengan, o estén diseñadas para su uso contra, productos sometidos a control por los artículos 1C351, 1C353 o 1C354;

b. 

“Inmunotoxinas” que contengan productos sometidos a control por el subartículo 1C351.d, o

c. 

“Productos médicos” que contengan cualquiera de los siguientes productos:

1. 

“Toxinas” controladas por el subartículo 1C351.d (excepto las toxinas botulínicas controladas por 1C351.d.1, las conotoxinas controladas por 1C351.d.3, o los productos controlados por razones de guerra química por los subartículos 1C351.d.4 o d.5), o

2. 

Organismos modificados genéticamente o elementos genéticos controlados por el subartículo 1C353.a.3 (excepto los que contienen toxinas botulínicas controladas por 1C351.d.1 o las conotoxinas controladas por 1C351.d.3);

d. 

“Productos médicos” no sometidos a control por X.C.IX.005.c que contengan cualquiera de los siguientes productos:

1. 

Toxinas botulínicas controladas por el subartículo 1C351.d.1;

2. 

Conotoxinas controladas por el subartículo 1C351.d.3, o

3. 

Organismos modificados genéticamente o elementos genéticos controlados por el subartículo 1C353.a.3 (que contienen toxinas botulínicas controladas por 1C351.d.1 o las conotoxinas controladas por 1C351.d.3), o

e. 

“Kits de diagnóstico y pruebas alimentarias” que contengan artículos sometidos a control por el subartículo 1C351.d (excepto los productos sometidos a control por razones de guerra química en 1C351.d.4 o.d.5).

Notas técnicas:

1.   “Productos médicos”: 1) formulaciones farmacéuticas diseñadas para ensayos y administración humana (o veterinaria) en el tratamiento de enfermedades, 2) preenvasadas para su distribución como productos clínicos o médicos, y 3) aprobadas por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) para su comercialización como productos clínicos o médicos o para su uso como nuevo medicamento para la investigación.

2.   Los “kits de diagnóstico y pruebas alimentarias” se desarrollan, envasan y comercializan específicamente con fines diagnósticos o de salud pública. El artículo 1C351 controla las toxinas biológicas en cualquier otra configuración, incluidos los envíos a granel, o para cualquier otro uso final.

X.C.IX.006

Cargas y dispositivos comerciales que contengan materiales energéticos distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821 y trifluoruro de nitrógeno en estado gaseoso (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Cargas moldeadas diseñadas especialmente para operaciones de pozos petrolíferos, que utilizan una carga que funciona a lo largo de un eje único, que, tras la detonación, producen un agujero, y

1. 

Contienen cualquier formulación de “materiales controlados”;

2. 

Tienen solo un interior cónico uniforme con un ángulo incluido de 90 grados o menos;

3. 

Contienen una cantidad de “materiales controlados” de más de 0,010  kg, pero inferior o igual a 0,090  kg, y

4. 

Tienen un diámetro inferior o igual a 114,3  cm;

b. 

Cargas moldeadas diseñadas especialmente para operaciones de pozos petrolíferos que contengan 0,010  kg o menos de “materiales controlados”;

c. 

Cordón de detonación o tubos de choque que contengan 0,064  kg/m o menos de “materiales controlados”;

d. 

Dispositivos de alimentación de cartuchos que contengan 0,70  kg o menos de “materiales controlados” en el material de deflagración;

e. 

Detonadores (eléctricos o no eléctricos) y sus conjuntos, que contengan 0,01  kg o menos de “materiales controlados”;

f. 

Detonadores que contengan 0,01  kg o menos de “materiales controlados”;

g. 

Cartuchos de pozos de petróleo que contengan 0,015  kg o menos de “materiales controlados”;

h. 

Multiplicadores comerciales moldeados o prensados que contengan 1,0  kg o menos de “materiales controlados”;

i. 

Semilíquidos y emulsiones comerciales prefabricados con un contenido en peso inferior o igual a 10,0  kg e inferior o igual al 35 % de “materiales controlados” en el artículo ML8;

j. 

Cortadores y herramientas de separación que contengan 3,5  kg o menos de “materiales controlados”;

k. 

Dispositivos pirotécnicos diseñados exclusivamente con fines comerciales (por ejemplo, representaciones teatrales, efectos especiales de películas y espectáculos de pirotecnia) y que contengan 3,0  kg o menos de “materiales controlados”;

l. 

Otros dispositivos y cargas explosivas comerciales no sometidos a control por los subartículos X.C.IX.006.a hasta X.C.IX.006.k que contengan 1,0  kg o menos de “materiales controlados”, o

Nota: El subartículo X.C.IX.006.l incluye los dispositivos de seguridad para automóviles; sistemas de extinción; cartuchos para cañones de ánima rayada; cargas explosivas para operaciones agrícolas, petroleras y gasísticas, artículos deportivos, minería comercial u obras públicas; y tubos de retardo utilizados en el montaje de dispositivos explosivos comerciales.

m. 

Trifluoruro de nitrógeno (NF3) en estado gaseoso.

Notas:

1.   “Materiales controlados”: materiales energéticos controlados (véanse los artículos 1C011, 1C111, 1C239 o ML8).

2.   El trifluoruro de nitrógeno, cuando no se encuentra en estado gaseoso, está controlado por el subartículo Ml8.d de la LCM).

X.C.IX.007

Mezclas no controladas por los artículos 1C350 o 1C450 ( 54 ) que contengan productos químicos controlados por los artículos 1C350 o 1C450 y kits de pruebas médicas, analíticas, diagnósticas y alimentarias no controlados por los artículos 1C350 o 1C450 que contengan productos químicos controlados por el artículo 1C350, según se indica (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Mezclas que contengan las siguientes concentraciones de precursores químicos controlados por el artículo 1C350:

1. 

Mezclas que contengan el 10 % o menos, en peso, de cualquier sustancia química de la lista 2 de la CAQ controlada por el artículo 1C350;

2. 

Mezclas con un contenido inferior al 30 %, en peso, de:

a. 

Cualquier sustancia química de la lista 3 de la CAQ controlada por el artículo 1C350, o

b. 

Cualquier precursor químico que no esté en las listas de la CAQ controlado por el artículo 1C350;

b. 

Mezclas que contengan las siguientes concentraciones de tóxicos o precursores químicos controlados por el artículo 1C450:

1. 

Mezclas que contengan las siguientes concentraciones de químicos de la lista 2 de la CAQ controladas por el artículo 1C450:

a. 

Mezclas que contengan el 1 % o menos, en peso, de cualquier sustancia química de la lista 2 de la CAQ controlada por el artículo 1C450.a.1 y a.2 (es decir, mezclas que contengan amitón o PFIB), o

b. 

Mezclas que contengan el 10 % o menos, en peso, de cualquier sustancia química de la lista 2 de la CAQ controlada por los artículos 1C450.b.1, b.2, b.3, b.4, b.5, o b.6;

2. 

Mezclas que contengan el 30 % o menos, en peso, de cualquier sustancia química de la lista 3 de la CAQ controlada por los artículos 1C450.a.4, a.5, a.6, a.7 o 1C450.b.8;

c. 

“Kits de pruebas médicas, analíticas, diagnósticas y alimentarias” que contengan precursores químicos controlados por el artículo 1C350 en una cantidad no superior a 300 gramos por sustancia.

Nota técnica:

A efectos de la presente entrada, los “kits de pruebas médicas, analíticas, diagnósticas y alimentarias” son materiales preenvasados de composición definida desarrollados, envasados y comercializados específicamente con fines médicos, analíticos, diagnósticos o de salud pública. Los reactivos de sustitución de los kits de pruebas médicas, analíticas, diagnósticas y alimentarias descritos en X.C.IX.007.c están controlados por el artículo 1C350 si los reactivos contienen al menos uno de los precursores químicos identificados en esa entrada en concentraciones iguales o superiores a los niveles de control de las mezclas indicadas en el artículo 1C350.

X.C.IX.008

Sustancias poliméricas no fluoradas, no reguladas por el artículo 1C008 ( 55 ), según se indica (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Cetonas poliarileno éter, según se indica:

1. 

Poliéter éter cetona (“PEEK”);

2. 

Poliéter cetona cetona (“PEKK”);

3. 

Poliéter cetona (“PEK”), o

4. 

Poliéter cetona éter cetona cetona (“PEKEKK”);

b. 

Sin uso.

X.C.IX.009

Materiales específicos, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821, según se indica a continuación (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Rodamientos de precisión de bolas de acero endurecido y carburo de wolframio (3 mm o más de diámetro);

b. 

Placas de acero inoxidable 304 y 316, distintas de las especificadas en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821;

c. 

Placa monel;

d. 

Fosfato de tributilo (CAS 126-73-8);

e. 

Ácido nítrico (CAS 7697-37-2) en concentraciones iguales o superiores al 20 % en peso;

f. 

Flúor (CAS 7782-41-4), o

g. 

Radionucleidos emisores alfa distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821.

X.C.IX.010

Poliamidas aromáticas (aramidas) no controladas por los artículos 1C010, 1C210 o X.C.IX.004, presentadas en cualquiera de las formas siguientes (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Formas primarias;

b. 

Hilados o monofilamentos de filamentos;

c. 

Cables de filamento;

d. 

Rovings”;

e. 

Fibras discontinuas o cortadas;

f. 

Material textil;

g. 

Pulpa o borras.

X.C.IX.011

Nanomateriales, según se indica (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Nanomateriales semiconductores;

b. 

Nanomateriales a base de compuestos, o

c. 

Cualquiera de los siguientes nanomateriales basados en el carbono:

1. 

Nanotubos de carbono;

2. 

Nanofibras de carbono;

3. 

Fullerenos;

4. 

Grafenos, o

5. 

“Cebollas” de carbono.

Notas: A efectos del artículo X.C.IX.011, nanomaterial es un material que cumple al menos uno de los criterios siguientes:

1. 

Se compone de partículas con una o más dimensiones externas en el intervalo de tamaños comprendidos entre 1 nm y 100 nm para más del 1 % de su granulometría numérica;

2. 

Tiene estructuras internas o superficiales en una o más dimensiones en el intervalo de tamaños comprendidos entre 1 nm y 100 nm, o

3. 

Tiene una superficie específica en volumen superior a 60 m2/cm3, excluidos los materiales compuestos por partículas de un tamaño inferior a 1 nm.

X.C.IX.012

Metales y compuestos de las tierras raras, en forma orgánica o inorgánica, incluidas las mezclas, incluso mezcladas o aleadas entre sí.

Nota 1: Los metales y compuestos de las tierras raras incluyen el escandio, el itrio, el lantano, el cerio, el praseodimio, el neodimio, el prometio, el samario, el europio, el gadolinio, el terbio, el disprosio, el holmio, el erbio, el tulio, el iterbio y el lutecio.

Nota 2: A efectos del control por el artículo X.C.IX.012, se excluyen los minerales que contengan metales de las tierras raras.

Nota 3: El artículo X.C.IX.012 no somete a control las mezclas en las que ninguno de los metales o compuestos especificados en la presente entrada constituya, por sí solo, más del 5 %, en peso, de la mezcla.

X.C.IX.013

Wolframio, carburo de wolframio y aleaciones, no sometidos a control por los artículos 1C117 o 1C226 ( 56 ), que contengan más de un 90 % de wolframio en peso.

Nota 1: A efectos del control X.C.IX.013, se excluye el alambre.

Nota 2: A efectos del control X.C.IX.013, se excluyen los instrumentos quirúrgicos o médicos.

X.C.IX.014

Litio y compuestos de litio, según se indica:

a. 

Litio (CAS 7439-93-2);

b. 

Carbonato de litio (CAS 554-13-2);

c. 

Hidróxido de litio (CAS 1310-65-2 y CAS 1310-66-3);

d. 

Óxido de litio (CAS 12057-24-8);

e. 

Óxido de litio-cobalto (CAS 12190-79-3);

f. 

Fosfato de litio-hierro (CAS 15365-14-7);

g. 

Óxido de litio-manganeso (CAS 12057-17-9);

h. 

Óxido de litio, níquel, manganeso y cobalto (CAS 346417-97-8), o

i. 

Titanato de litio (CAS 12031-82-2).

X.C.IX.015

Polietileno de ultraalto peso molecular (UHMWPE), no sometido a control por los artículos 1C010 o 1C210 ( 57 ), presentado en cualquiera de las formas siguientes:

a. 

Formas primarias;

b. 

Hilados o monofilamentos de filamentos;

c. 

Cables de filamento;

d. 

Rovings”;

e. 

Fibras discontinuas o cortadas;

f. 

Material textil;

g. 

Pulpa o borras.

X.D.IX.001

“Programas informáticos” específicos, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821, según se indica a continuación (véase la lista de artículos controlados):

a. 

“Programas informáticos” diseñados especialmente para equipos o sistemas de control de procesos industriales sometidos a control por X.B.IX.001, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821, o

b. 

“Programas informáticos” diseñados especialmente para equipos para la producción de materiales compuestos estructurales, fibras, productos preimpregnados y preformas sometidos a control por X.B.IX.001, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821.

X.E.IX.001

“Tecnología” para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los materiales fibrosos y filamentosos sometidos a control por X.C.IX.004 y X.C.IX.010.

X.E.IX.002

“Tecnología” para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los nanomateriales sometidos a control por el artículo X.C.IX.011.

Categoría X — Tratamiento de materiales

X.A.X.001

Equipos de detección de explosivos o detonadores, tanto a granel como por rastreo, que consistan en un dispositivo automatizado o una combinación de dispositivos para la toma de decisiones automatizada a fin de detectar la presencia de diferentes tipos de explosivos, residuos explosivos o detonadores; y componentes, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821:

a. 

Equipos de detección de explosivos para “toma de decisiones automatizada” destinados a detectar e identificar explosivos a granel que utilicen, entre otros, rayos X (por ejemplo, tomografía computarizada, energía dual o dispersión coherente), nucleares (por ejemplo, análisis de neutrones térmicos, análisis de neutrones rápidos de impulsos, espectroscopia de transmisión de neutrones rápidos de impulsos y absorción de resonancia gamma), o técnicas electromagnéticas (por ejemplo, resonancia cuadropolar y dielectrometría);

b. 

Sin uso;

c. 

Equipos de detección de detonadores para la toma de decisiones automatizada para detectar e identificar dispositivos de iniciación (por ejemplo, detonadores, tapones de explosión) que utilicen, entre otras cosas, rayos X (por ejemplo, energía dual o tomografía computarizada) o técnicas electromagnéticas.

Nota: Los equipos de detección de explosivos o detonaciones incluidos en X.A.X.001 incluyen equipos para el control de personas, documentos, equipajes, otros efectos personales, carga o correo.

Notas técnicas:

1.   La “toma de decisiones automatizada” es la capacidad del equipo para detectar explosivos o detonadores en el nivel de sensibilidad del diseño o en el seleccionado por el operador y emitir una alarma automatizada cuando se detectan explosivos o detonadores iguales o superiores al nivel de sensibilidad.

2.   Esta entrada no somete a control los equipos que dependen de la interpretación por parte del operador de indicadores como la cartografía de colores inorgánicos/orgánicos de los artículos que se están escaneando.

3.   Los explosivos y detonadores incluyen cargas y dispositivos comerciales sometidos a control por X.C.VIII.004 y X.C.IX.006 y materiales energéticos controlados por los artículos 1C011, 1C111 y 1C239 ( 58 ).

X.A.X.002

Equipos de detección de objetos ocultos que funcionen en la gama de frecuencias de 30 GHz a 3 000  GHz y tengan una resolución espacial de 0,1 mrad (miliradián) hasta 1 mrad (miliradián) a una distancia constante de 100 m; y componentes, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821.

Nota: Los equipos de detección de objetos ocultos incluyen, entre otros, equipos para el control de personas, documentos, equipajes, otros efectos personales, carga o correo.

Nota técnica:

La gama de frecuencias abarca lo que se considera generalmente como las regiones de frecuencia de ondas milimétricas, ondas submilimétricas y terahercios.

X.A.X.003

Rodamientos y sistemas de rodamientos no sometidos a control por el artículo 2A001 (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Rodamientos de bolas o rodamientos de bolas sólidas, con tolerancias especificadas por el fabricante de acuerdo con ABEC 7, ABEC 7P, ABEC 7T o ISO clase 4 o superior (o equivalentes) y que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Fabricados para su utilización a temperaturas de funcionamiento superiores a 573 K (300 oC), bien utilizando materiales especiales, bien mediante tratamiento térmico especial, o

2. 

Con elementos lubricantes o modificaciones de los componentes que, según las especificaciones del fabricante, estén diseñados especialmente para permitir que los rodamientos funcionen a velocidades superiores a 2,3  millones de “DN”;

b. 

Rodamientos de rodillos cónicos macizos con tolerancias especificadas por el fabricante iguales o mejores a las definidas en las normas ANSI/AFBMA clase 00 (pulgadas) o clase A (métrico), (o equivalentes), y que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Con elementos lubricantes o modificaciones de los componentes que, según las especificaciones del fabricante, estén diseñados especialmente para permitir que los rodamientos funcionen a velocidades superiores a 2,3  millones de “DN”; o

2. 

Fabricados para su uso a temperaturas de funcionamiento inferiores a 219 K (-54 oC) o superiores a 423 K (150 oC);

c. 

Rodamientos de lubricación por niebla fabricados para su utilización a temperaturas de funcionamiento iguales o superiores a 561 K (288 oC) y con capacidad de carga unitaria superior a 1 MPa;

d. 

Sistemas de rodamientos magnéticos activos;

e. 

Rodamientos de alineación automática revestidos con tejido o cojinetes deslizantes revestidos con tejidos fabricados para su utilización a temperaturas de funcionamiento inferiores a 219 K (-54o C) o superiores a 423 K (150o C).

Notas técnicas:

1.   “DN” es el producto del diámetro interior del rodamiento en mm por la velocidad de rotación del rodamiento en rpm.

2.   Las temperaturas de funcionamiento incluyen las temperaturas obtenidas cuando un motor de turbina de gas haya parado, después del funcionamiento.

X.A.X.004

Tuberías, accesorios y válvulas fabricados o revestidos de aleaciones de cobre y níquel o de otros aceros aleados, con un contenido de níquel o cromo superior o igual al 10 %:

a. 

Tubo de presión, tubería y accesorios de diámetro interior igual o superior a 200 mm, adecuados para funcionar a presiones de 3,4 MPa o más;

b. 

Válvulas de tubería que reúnan todas las características siguientes y que no estén sometidas a control por el subartículo 2B350.g ( 59 ):

1. 

Una conexión de tamaño de tubería de 200 mm o más de diámetro interior, y

2. 

Con una clasificación de 10,3 MPa o más.

Notas:

1.   Véase X.D.X.005 para los “programas informáticos” en referencia a los productos sometidos a control en la presente entrada.

2.   Véanse los artículos 2E001 (“desarrollo”), 2E002 (“producción”) y X.E.X.003 (“utilización”) de tecnología para los productos sometidos a control en la presente entrada.

3.   Véanse los artículos conexos 2A226, 2B350 y X.B.X.010.

X.A.X.005

Bombas diseñadas para desplazar metales fundidos mediante fuerzas electromagnéticas.

Notas:

1.   Véase X.D.X.005 para los “programas informáticos” en referencia a los productos sometidos a control en la presente entrada.

2.   Véanse los artículos 2E001 (“desarrollo”), 2E002 (“producción”) y X.E.X.003 (“utilización”) de “tecnología” para los productos sometidos a control en la presente entrada.

3.   Las bombas destinadas a utilizarse en reactores refrigerados por metal líquido están sometidas a control por el artículo 0A001.

X.A.X.006

“Generadores eléctricos portátiles” y componentes diseñados especialmente.

Nota técnica:

“Generadores eléctricos portátiles”: Los generadores que figuran en X.A.X.006 son portátiles — 2 268  kg o menos sobre ruedas o transportables en un camión de 2,5  toneladas sin necesidad de instalación especial.

X.A.X.007

Equipos de proceso específicos, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821, según se indica a continuación (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Válvulas de sellado en fuelle;

b. 

Sin uso.

X.B.X.001

“Reactores de flujo continuo” y sus “componentes modulares”.

Notas técnicas:

1.   A efectos de X.B.X.001, los “reactores de flujo continuo” consisten en sistemas de enchufar y usar en los que los reactivos se introducen continuamente en el reactor y el producto resultante se recoge a la salida.

2.   A efectos de X.B.X.001, los “componentes modulares” son los módulos fluídicos, las bombas para líquidos, las válvulas, los módulos de lecho compacto, los módulos mezcladores, los manómetros, los separadores líquido-líquido, etc.

X.B.X.002

Ensambladores y sintetizadores de ácidos nucleicos no sometidos a control por 2B352.i, total o parcialmente automatizados, y diseñados para generar ácidos nucleicos de más de 50 bases.

X.B.X.003

Sintetizadores de péptidos automatizados capaces de funcionar en condiciones atmosféricas controladas.

X.B.X.004

Unidades de control numérico para máquinas herramienta y máquinas herramienta “controladas numéricamente” distintas de las especificadas en la LMC o en el Reglamento (UE) 2021/821 (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Unidades de “control numérico” para máquinas herramienta:

1. 

Con cuatro ejes de interpolación que puedan coordinarse simultáneamente para el control de contorneado, o

2. 

Con dos o más ejes que puedan coordinarse simultáneamente para el control de contorneado y un incremento mínimo programable mejor de (inferior a) 0,001  mm;

3. 

Unidades de “control numérico” para máquinas herramienta que tengan dos, tres o cuatro ejes de interpolación que puedan coordinarse simultáneamente para el control de contorneado y puedan recibir directamente (en línea) y procesar datos de diseño asistido por ordenador (CAD) para la preparación interna de instrucciones de máquina, o

b. 

Tableros de control de movimiento diseñados especialmente para máquinas herramienta y que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Interpolación en más de cuatro ejes;

2. 

Capaces de procesar datos en tiempo real para modificar, durante la operación de mecanizado, la trayectoria de la herramienta, la velocidad de avance y los datos del husillo por cualquiera de los métodos siguientes:

a. 

Cálculo automático y modificación de los datos de los programas de pieza para el mecanizado, en dos o más ejes, mediante ciclos de medida y el acceso a datos fuente, o

b. 

Control adaptativo, con más de una variable física medida, y proceso por medio de un modelo de cálculo (estrategia) para modificar una o varias instrucciones de mecanizado a fin de optimizar el proceso, o

3. 

Capaces de recibir y procesar datos CAD para la preparación interna de instrucciones de máquina;

c. 

Máquinas herramienta “controladas numéricamente” que, de acuerdo con las especificaciones técnicas del fabricante, puedan estar equipadas con dispositivos electrónicos para el control simultáneo de contorneado en dos o más ejes y que tengan las dos características siguientes:

1. 

Dos o más ejes que puedan coordinarse simultáneamente para el control de contorneado, y

2. 

Precisiones de posicionamiento con arreglo a la norma ISO 230/2 (2006), con todas las compensaciones disponibles:

a. 

Mejor que 15 micrómetros en cualquiera de los ejes lineales (posicionamiento global) para máquinas de rectificado;

b. 

Mejor que 15 μm en cualquiera de los ejes lineales (posicionamiento global) para fresadoras, o

c. 

Mejor que 15 μm en cualquiera de los ejes lineales (posicionamiento general) para máquinas de torneado, o

d. 

Máquinas herramienta para eliminar o cortar metales y materiales cerámicos o compuestos, que, de acuerdo con las especificaciones técnicas del fabricante, puedan dotarse de dispositivos electrónicos para el control del contorneado simultáneo en dos o más ejes, como sigue:

1. 

Máquinas herramienta para torneado, rectificado, fresado o cualquier combinación de ellas, que tengan dos o más ejes que puedan coordinarse simultáneamente para el control de contorneado y que tengan cualquiera de las características siguientes:

a. 

Uno o varios “husillos basculantes” de contorneado;

Nota: El artículo X.B.X.004.d.1.a. se aplica únicamente a las máquinas herramienta de rectificado o fresado.

b. 

Desplazamiento axial periódico longitudinal (“camming”) en una rotación del husillo inferior a (mejor que) la lectura total del indicador (TIR) de 0,0006  mm;

Nota: El artículo X.B.X.004.d.1.b. se aplica únicamente a las máquinas herramienta de torneado.

c. 

Desplazamiento axial periódico radial (descentrado) (“run out”) en una rotación del husillo inferior a (mejor que) la lectura total del indicador (TIR) de 0,0006  mm, o

d. 

Las precisiones de posicionamiento, con todas las compensaciones disponibles, son inferiores (mejores) que: 0,001 o en cualquier eje de rotación;

2. 

Máquinas de descarga eléctrica (EDM) del tipo de alimentación de cables que tengan cinco o más ejes que puedan coordinarse simultáneamente para el control de contorneado.

X.B.X.005

Máquinas herramienta no “controladas numéricamente” para generar superficies ópticas de calidad (véase la lista de artículos controlados) y componentes diseñados especialmente para ellas:

a. 

Máquinas de torneado que utilicen una herramienta de corte de un solo punto y tengan todas las características siguientes:

1. 

Exactitud de posicionamiento del portaobjetos inferior a (mejor que) 0,0005  mm por 300 mm de recorrido;

2. 

Repetibilidad de posicionamiento del portaobjetos bidireccional inferior a (mejor que) 0,00025  mm por 300 mm de recorrido;

3. 

“Desplazamiento axial periódico radial” y “desplazamiento axial periódico longitudinal” del husillo inferiores a (mejor que) 0,0004  mm TIR;

4. 

Desviación angular del movimiento del carro (guiñada, cabeceo y balanceo) inferior a (mejor que) 2 segundos de arco, TIR, en el recorrido total, y

5. 

Perpendicularidad del portaobjetos inferior a (mejor que) 0,001  mm por 300 mm de recorrido;

Nota técnica:

La repetibilidad de posicionamiento del portaobjetos bidireccional (R) de un eje es el valor máximo de la repetibilidad de la posición en cualquier posición a lo largo o alrededor del eje, determinada mediante el procedimiento y en las condiciones especificadas en la parte 2.11 de la norma ISO 230/2: 1988.

b. 

Fresadoras simples con todas las características siguientes:

1. 

“Desplazamiento axial periódico radial” y “desplazamiento axial periódico longitudinal” del husillo inferiores a (mejor que) 0,0004  mm TIR, y

2. 

Desviación angular del movimiento del carro (guiñada, cabeceo y balanceo) inferior a (mejor que) 2 segundos de arco, TIR, en el recorrido total.

X.B.X.006

Maquinaria de confección o acabado no sometida a control por el artículo 2B003 capaz de producir engranajes con un nivel de calidad superior a AGMA 11.

X.B.X.007

Sistemas o equipos de inspección dimensional o de medida no sometidos a control por los artículos 2B006 o 2B206, según se indica (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Máquinas manuales de control dimensional con todas las características siguientes:

1. 

Dos o más ejes, y

2. 

Una incertidumbre de medida igual o inferior a (mejor que) (3 + L/300) micrómetros en cualquier eje (L medida expresada en mm).

X.B.X.008

“Robots” no sometidos a control por los artículos 2B007 o 2B207 capaces de utilizar información de retroalimentación en el tratamiento en tiempo real procedente de uno o más sensores para generar o modificar programas o generar o modificar datos numéricos de programas.

X.B.X.009

Conjuntos, placas de circuitos o insertos diseñados especialmente para máquinas herramienta controladas por X.B.X.004, o para equipos sometidos a control por X.B.X.006, X.B.X.007 o X.B.X.008:

a. 

Conjuntos de husillos, constituidos por husillos y rodamientos como conjunto mínimo, con movimiento de eje radial (“run out”) o axial (“camming”) en una rotación del husillo inferior a (mejor que) 0,0006  mm de lectura total del indicador (TIR);

b. 

Insertos de diamante de una sola punta para herramientas de corte, que reúnan todas las características siguientes:

1. 

Filo de corte que no presente defectos ni rebabas al ampliarlo 400 veces en cualquier dirección;

2. 

Radio de corte comprendido entre 0,1 y 5 mm inclusive, y

3. 

Variación del radio de corte inferior a (mejor que) 0,002  mm TIR.

c. 

Placas de circuitos impresos diseñadas especialmente, con sus componentes montados que, de acuerdo con las especificaciones técnicas del fabricante, puedan mejorar las capacidades de las unidades de “control numérico”, las máquinas herramienta o los dispositivos de realimentación hasta el punto de que alcancen o sobrepasen los niveles especificados en X.B.X.004, X.B.X.006, X.B.X.007, X.B.X.008 o X.B.X.009.

Nota técnica:

Esta entrada no incluye los sistemas de medición por interferometría, sin realimentación de lazo cerrado o abierto, que contienen un láser para medir los errores de movimiento del carro de las máquinas herramienta, máquinas de inspección dimensional o equipos similares.

X.B.X.010

Equipos de proceso específicos, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821, según se indica a continuación (véase la lista de artículos controlados):

a. 

Prensas isostáticas, distintas de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821;

b. 

Equipos de fabricación de fuelles, incluidos los equipos hidráulicos de conformación y los moldes para conformación de fuelles;

c. 

Máquinas de soldadura por láser;

d. 

Soldadores MIG;

e. 

Soldadores de haz electrónico;

f. 

Equipamiento de monel, incluidos válvulas, tuberías, cisternas y recipientes;

g. 

Válvulas, tuberías, cisternas y recipientes de acero inoxidable 304 y 316;

Nota: Los accesorios se consideran parte de las tuberías a efectos de X.B.X.010.g.

h. 

Equipos de minería y perforación, según se indica:

1. 

Equipos de perforación de gran tamaño capaces de perforar agujeros de más de 61 cm de diámetro;

2. 

Equipos de movimiento de tierras de gran tamaño utilizados en la industria minera;

i. 

Equipos de galvanoplastia diseñados para elementos de revestimiento con níquel o aluminio;

j. 

Bombas diseñadas para servicio industrial y para uso con un motor eléctrico igual o superior a 5 HP;

k. 

Válvulas, tuberías, bridas, juntas de estanqueidad y equipo relacionado de vacío, diseñados especialmente para su utilización en servicios de alto vacío, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821;

l. 

Máquinas de conformación por rotación y de conformación por estirado, distintas de las especificadas en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821.

m. 

Máquinas de equilibrado multiplano de centrífugas, distintas de las especificadas en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821, o

n. 

Chapa, válvulas, tuberías, cisternas y recipientes de acero inoxidable austenítico.

X.B.X.011

Campanas de extracción (tipo recinto) con una anchura nominal mínima de 2,5  metros.

X.B.X.012

Cámaras de seguridad biológica de clase II y cajas de guantes.

X.B.X.013

Centrífugas discontinuas, con un rotor de una capacidad mínima de 4 litros, que puedan ser utilizadas para material biológico.

X.B.X.014

Sistemas de fermentación con un volumen interior de 10-20 litros, que puedan ser utilizadas para material biológico.

X.B.X.015

Cubas de reacción, reactores, agitadores, intercambiadores de calor, condensadores, bombas (incluidas las bombas de un solo sello), válvulas, depósitos de almacenamiento, contenedores, receptores y columnas de destilación o absorción que cumplan los parámetros de rendimiento del artículo 2B350 ( 60 ), independientemente de sus materiales de construcción.

Nota: A efectos del control de X.B.X.015, se excluyen las válvulas de tubería y los depósitos de almacenamiento con un volumen (geométrico) interno total inferior a 1 m3 (1 000 litros) diseñados para sistemas domésticos de agua o gas.

X.B.X.016

Cámaras de atmósfera controlada de flujo convencional o turbulento y unidades de ventilación autónoma con filtro HEPA que puedan utilizarse en instalaciones de confinamiento P3 o P4 (BSL 3, BSL 4, L3, L4).

X.B.X.017

Bombas de vacío con una tasa de flujo máxima especificada por el fabricante superior a 1 m3/h (en condiciones normales de temperatura y presión), y camisas (cuerpos de bomba), forros de camisas preformados, impulsadores, rotores y toberas de bombas de chorro diseñados para esas bombas, en que todas las superficies que entren en contacto directo con el producto o los productos químicos que se procesen estén fabricadas con materiales controlados.

X.B.X.018

Material de laboratorio, con inclusión de las partes y los accesorios de dicho material, para el análisis o la detección, destructivos o no destructivos, de sustancias químicas.

X.B.X.019

El conjunto de las células electrolíticas cloro-alcalinas: mercurio, diafragma y membrana.

X.B.X.020

Electrodos de titanio (incluidos los que tengan recubrimientos producidos a partir de otros óxidos metálicos), diseñados especialmente para su utilización en células electrolíticas cloro-alcalinas.

X.B.X.021

Electrodos de níquel (incluidos los que tengan recubrimientos producidos a partir de otros óxidos metálicos), diseñados especialmente para su utilización en células electrolíticas cloro-alcalinas.

X.B.X.022

Electrodos bipolares de titanio-níquel (incluidos los que tengan recubrimientos producidos a partir de otros óxidos metálicos), diseñados especialmente para su utilización en células electrolíticas cloro-alcalinas.

X.B.X.023

Diafragmas de amianto diseñados especialmente para su utilización en células electrolíticas cloro-alcalinas.

X.B.X.024

Diafragmas a base de fluoropolímeros diseñados especialmente para su utilización en células electrolíticas cloro-alcalinas.

X.B.X.025

Membranas de intercambio iónico a base de fluoropolímeros diseñadas especialmente para su utilización en células electrolíticas cloro-alcalinas.

X.B.X.026

Compresores diseñados especialmente para la compresión de cloro húmedo o seco, independientemente del material de construcción.

X.B.X.027

Reactores de microondas — Aparatos, dispositivos o equipos de laboratorio, aunque se calienten eléctricamente, para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento.

X.D.X.001

“Programas informáticos” diseñados especialmente o modificados para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los equipos sometidos a control por el artículo X.A.X.001.

X.D.X.002

“Programas informáticos” “necesarios” para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de equipos de detección de objetos ocultos sometidos a control por X.A.X.002.

X.D.X.003

“Programas informáticos” diseñados especialmente para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los equipos sometidos a control por X.B.X.004, X.B.X.006, X.B.X.007, X.B.X.008 y X.B.X.009.

X.D.X.004

“Programas informáticos” específicos de transformación, según se indica (véase la lista de artículos controlados):

a. 

“Programas informáticos” destinados a proporcionar control adaptativo y que tengan las dos características siguientes:

1. 

Para las unidades de fabricación flexibles (“FMUs”), y

2. 

Capaces de generar o modificar, en un proceso en tiempo real, programas o datos utilizando las señales obtenidas simultáneamente mediante al menos dos técnicas de detección, tales como:

a. 

Visión artificial (alcance óptico);

b. 

Formación de imágenes infrarrojas;

c. 

Formación de imágenes acústicas (alcance acústico);

d. 

Medición táctil;

e. 

Posicionamiento inercial;

f. 

Medición de la fuerza, y

g. 

Medición del par.

Nota: El artículo X.D.X.004.a no somete a control los “programas informáticos” que solo proporcionan la reprogramación de equipos funcionalmente idénticos dentro de “unidades de fabricación flexibles” utilizando programas de piezas prealmacenados y una estrategia prealmacenada para la distribución de los programas de piezas.

b. 

Sin uso.

X.D.X.005

“Programas informáticos” diseñados especialmente o modificados para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los elementos sometidos a control por X.A.X.004 o X.A.X.005.

Nota: Véase 2E001 (“desarrollo”) para “tecnología” para los “programas informáticos” en referencia a los productos sometidos a control en la presente entrada.

X.D.X.006

“Programas informáticos” diseñados especialmente para el “desarrollo” o la “producción” de generadores eléctricos portátiles sometidos a control por el artículo X.A.X.006.

X.E.X.001

“Tecnología” “necesaria” para el “desarrollo”, la “producción” o la “utilización” de los equipos sometidos a control por X.A.X.002 o necesarios para el “desarrollo” de los “programas informáticos” sometidos a control por X.D.X.002.

Nota: Véanse X.A.X.002 y X.D.X.002 para los controles de productos básicos y “programas informáticos” relacionados.

X.E.X.002

“Tecnología” para la “utilización” de los equipos sometidos a control por X.B.X.004, X.B.X.006, X.B.X.007 o X.B.X.008.

X.E.X.003

“Tecnología”, de acuerdo con la Nota General de Tecnología, para la “utilización” de los equipos sometidos a control por X.A.X.004 o X.A.X.005.

X.E.X.004

“Tecnología” para la “utilización” de generadores eléctricos portátiles sometidos a control por X.A.X.006.

Parte B

1.   Dispositivos semiconductores



Código NC

Designación de la mercancía

8541 10

Diodos, excepto los fotodiodos y los diodos emisores de luz (LED)

8541 21

Transistores (excepto los fototransistores), con una capacidad de disipación inferior a 1 W

8541 29

Los demás transistores (excepto los fototransistores)

8541 30

Tiristores, diacs y triacs (excluidos los dispositivos semiconductores fotosensibles)

8541 49

Dispositivos semiconductores fotosensibles (excluidos los generadores y células fotovoltaicos)

8541 51

Los demás dispositivos semiconductores: transductores basados en semiconductores

8541 59

Los demás dispositivos semiconductores

8541 60

Cristales piezoeléctricos montados

8541 90

Dispositivos semiconductores: Partes

2.   Circuitos electrónicos integrados, equipos de fabricación y ensayo



Código NC

Designación de la mercancía

3818 00

Elementos químicos dopados para uso en electrónica, en discos, obleas (wafers) o formas análogas; compuestos químicos dopados para uso en electrónica

8486 10

Máquinas y aparatos para la fabricación de semiconductores en forma de monocristales periformes u obleas (wafers)

8486 20

Máquinas y aparatos para la fabricación de dispositivos semiconductores o circuitos electrónicos integrados

8486 40

Máquinas y aparatos descritos en la nota 11 C) de este capítulo

8534 00

Circuitos impresos

8537 10

Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes equipados con varios aparatos de las partidas 8535 u 8536, para control o distribución de electricidad, incluidos los que incorporen instrumentos o aparatos del capítulo 90, así como los aparatos de control numérico (excepto los aparatos de conmutación de la partida 8517), para una tensión inferior o igual a 1 000  V

8542 31

Procesadores y controladores, incluso combinados con memorias, convertidores, circuitos lógicos, amplificadores, relojes y circuitos de sincronización, u otros circuitos

8542 32

Memorias

8542 33

Amplificadores

8542 39

Los demás circuitos electrónicos integrados

8542 90

Circuitos electrónicos integrados: Partes

8543 20

Generadores de señales

9027 50

Los demás instrumentos y aparatos que utilicen radiaciones ópticas (UV, visibles, IR)

9030 20

Osciloscopios y oscilógrafos

9030 32

Multímetros, con dispositivo registrador

9030 39

Instrumentos y aparatos para medida o control de tensión, intensidad, resistencia o potencia eléctrica, con dispositivo registrador

9030 82

Instrumentos y aparatos para medida o control de obleas (wafers) o dispositivos semiconductores

3.   Cámaras fotográficas y componentes ópticos



Código NC

Designación de la mercancía

8525 89

Las demás cámaras de televisión, cámaras fotográficas digitales y videocámaras

8529 90

Las demás partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 8524 a 8528

9006 30

Cámaras especiales para fotografía submarina o aérea, examen médico de órganos internos o para laboratorios de medicina legal o identificación judicial

9006 91

Partes y accesorios para cámaras

9013 10

Miras telescópicas para armas; periscopios; visores para máquinas, aparatos o instrumentos de este capítulo o de la sección XVI

9013 80

Los demás dispositivos, aparatos e instrumentos ópticos

9025 19

Los demás termómetros, y pirómetros sin combinar con otros instrumentos

9032 10

Termostatos

4.   Otros componentes eléctricos/magnéticos



Código NC

Designación de la mercancía

8501 32

Motores de corriente continua y generadores de corriente continua, de potencia > 750 W, pero inferior a 75 kW (excepto los generadores fotovoltaicos)

8504 31

Transformadores de tipo seco de potencia ≤ 1 kVA (excepto los transformadores de dieléctrico líquido)

8504 40

Convertidores estáticos

8505 11

Imanes permanentes y artículos destinados a ser imantados permanentemente; de metal

8529 10

Antenas y reflectores de antena de cualquier tipo; partes identificables para ser utilizadas con dichos artículos

8532 21

Los demás condensadores fijos de tantalio

8532 22

Condensadores eléctricos fijos, electrolíticos de aluminio (excepto condensadores de potencia)

8532 24

Condensadores con dieléctrico de cerámica, multicapas

8533 21

Resistencias eléctricas fijas, de potencia ≤ 20 W (excepto resistencias de calentamiento y resistencias fijas de carbono)

8533 40

Resistencias variables, incluidos los reostatos y potenciómetros (excepto las bobinadas y las de calentamiento)

8536 41

Terminales para una tensión inferior o igual a 60 V

8536 49

Para una tensión superior a 60 V pero inferior o igual a 1 000  V

8536 50

Los demás interruptores, seccionadores y conmutadores

8536 69

Clavijas y tomas de corriente

8536 90

Los demás aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos [por ejemplo: interruptores, conmutadores, relés, cortacircuitos, supresores de sobretensión transitoria, clavijas y tomas de corriente (enchufes), portalámparas y demás conectores, cajas de empalme], para una tensión inferior o igual a 1 000  V; conectores de fibras ópticas, haces o cables de fibras ópticas

8543 70 02

Amplificadores de microondas

8543 70 04

Grabadores digitales de datos de vuelo

8543 70 30

Amplificadores de antena

8548 00

Partes eléctricas de máquinas o aparatos, no expresadas ni comprendidas en otra parte del capítulo 85

5.   Máquinas herramienta, equipos de fabricación aditiva y artículos conexos



Código NC

Designación de la mercancía

8205 59 80

Herramientas de mano, incluidos los diamantes de vidriero, excepto las herramientas de uso doméstico y las herramientas para albañiles, modeladores, cementeros, escayolistas y pintores

8456 11

Máquinas herramienta para trabajar cualquier material por arranque del mismo mediante chorro de plasma

8457 10

Centros de mecanizado, para trabajar metal

8458 11

Tornos horizontales, incluidos los centros de torneado, que operen por arranque de metal, de control numérico

8458 91

Tornos, incl. los centros de torneado, que operen por arranque de metal, de control numérico (exc. tornos horizontales)

8459 61

Máquinas de fresar para metal, de control numérico (excepto los tornos y centros de torneado de la partida 8458, unidades de mecanizado de correderas, taladradoras, escariadoras, fresadoras y fresadoras de consola)

8466 10

Portaútiles, para herramientas de mano de cualquier tipo y para máquinas herramienta; dispositivos de roscar de apertura automática

8466 93

Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas de las partidas 8456 a 8461, n.c.o.p.

8485 20

Máquinas para la fabricación aditiva por depósito de plástico o caucho

8485 30

Máquinas para la fabricación aditiva por depósito de yeso, cemento, cerámica o vidrio

8485 90

Partes de máquinas para fabricación aditiva

6.   Materiales energéticos y precursores



Código NC

Designación de la mercancía

2829 90

Percloratos; bromatos y perbromatos; yodatos y peryodatos

4706 10

Pasta de fibras obtenidas de papel o cartón reciclado (desperdicios y desechos) o de las demás materias fibrosas celulósicas: Pasta de línter de algodón

7.   Dispositivos, módulos y conjuntos electrónicos



Código NC

Designación de la mercancía

8471 50

Unidades de proceso, excepto las de las subpartidas 8471 41 u 8471 49 , aunque incluyan en la misma envoltura uno o dos de los tipos siguientes de unidades: unidad de memoria, unidad de entrada y unidad de salida

8471 70 98

Unidades de memoria de disco

8471 80

Unidades de máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos (excluidas las unidades de proceso, de entrada, de salida y de memoria)

8517 62

Aparatos para la recepción, conversión, emisión y transmisión o regeneración de voz, imagen u otros datos, incluidos los de conmutación y encaminamiento (switching and routing apparatus)

8517 69

Los demás aparatos de emisión, transmisión o recepción de voz, imagen u otros datos, incluidos los de comunicación en red con o sin cable

8517 79

Partes de teléfonos, teléfonos móviles u otras redes inalámbricas y demás aparatos de transmisión o recepción de voz, imagen u otros datos excepto antenas y reflectores de antena de todo tipo y sus partes

8526 91

Aparatos de radionavegación

9014 20

Instrumentos y aparatos para navegación aérea o espacial (excepto las brújulas)

9014 80

Los demás instrumentos y aparatos de navegación

8.   Sustancias químicas, metales, aleaciones y otros materiales avanzados



Código NC

Designación de la mercancía

8112 41

Desperdicios, desechos y polvos de renio y renio en bruto

8112 49

Renio, excepto renio en bruto, desperdicios, desechos y polvo

9   Partes, conjuntos y componentes de máquinas o aparatos



Código NC

Designación de la mercancía

8482 10

Rodamientos de bolas

8482 20

Rodamientos de rodillos cónicos, incluidos los ensamblajes de conos y rodillos cónicos

8482 30

Rodamientos de rodillos en forma de tonel

8482 50

Los demás rodamientos de rodillos cilíndricos, incluidos los ensamblajes de jaulas y rodillos

10.   Varios



Código NC

Designación de la mercancía

8807 30

Las demás partes de aviones, helicópteros o aeronaves no tripuladas

▼M46




ANEXO V ter

LISTA DE PAÍSES SOCIOS A QUE SE REFIEREN EL ARTÍCULO 1 SEXIES, APARTADO 4, EL ARTÍCULO 1 SEPTIES, APARTADO 4, Y EL ARTÍCULO 1 SEPTIES QUATER, APARTADO 4

[…]

▼M57




ANEXO V ter bis

Lista de países a que se refieren el artículo 8 octies, apartado 1, y el artículo 8 octies bis, apartado 2

NORUEGA

SUIZA

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

JAPÓN

REINO UNIDO

COREA DEL SUR

AUSTRALIA

CANADÁ

NUEVA ZELANDA

LIECHTENSTEIN

ISLANDIA

▼M46




ANEXO V quater

A.   Modelo para formularios de autorización, solicitud y notificación de suministro, transferencia o exportación

(a que se refiere el artículo 1 septies ter del presente Reglamento)

La presente autorización de exportación es válida en todos los Estados miembros de la Unión Europea hasta su fecha de expiración.

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B.   Modelo para formularios de notificación, solicitud y autorización de servicios de corretaje / asistencia técnica

(a que se refiere el artículo 1 septies ter del presente Reglamento)

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▼M57

C.   Modelo para los formularios de notificación, solicitud y autorización de venta, suministro o transferencia (a que se refiere el artículo 8 quinquies bis, apartado 1, del presente Reglamento)

La presente autorización de exportación es válida en todos los Estados miembros de la Unión Europea hasta su fecha de expiración.

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▼M46




ANEXO VI

LISTA DE PRODUCTOS EMPLEADOS PARA LA PRODUCCIÓN O FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DEL TABACO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 OCTIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Filtros

ex 4823 90

Papel de fumar

4813

Aromas para el tabaco

ex 3302 90

Maquinaria para la preparación o elaboración de tabaco

8478

Otras cuchillas y hojas cortantes, para máquinas o aparatos mecánicos

ex 8208 90 00

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES.




ANEXO VII

LISTA DE PRODUCTOS MINERALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 NONIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Aceites y demás productos de la destilación de los alquitranes de hulla de alta temperatura; productos análogos en los que los constituyentes aromáticos predominen en peso sobre los no aromáticos

2707

Aceites de petróleo o de mineral bituminoso, excepto los aceites crudos; preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70 % en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base; desechos de aceites que contengan principalmente petróleo o minerales bituminosos

2710

Gas de petróleo y demás hidrocarburos gaseosos

2711

Vaselina, parafina, cera de petróleo microcristalina, slack wax, ozoquerita, cera de lignito, cera de turba, demás ceras minerales y productos similares obtenidos por síntesis o por otros procedimientos, incluso coloreados

2712

Coque de petróleo, betún de petróleo y demás residuos de los aceites de petróleo o de mineral bituminoso no comprendidos en otra parte

2713

Mástiques bituminosos, cut backs y demás mezclas bituminosas a base de asfalto o de betún naturales, de betún de petróleo, de alquitrán mineral o de brea de alquitrán mineral

2715

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES.




ANEXO VIII

LISTA DE PRODUCTOS DE CLORURO DE POTASIO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 DECIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Cloruro de potasio

3104 20

Abonos minerales o químicos con los tres elementos fertilizantes nitrógeno, fósforo y potasio

3105 20 10

3105 20 90

Abonos minerales o químicos con los dos elementos fertilizantes fósforo y potasio

3105 60 00

Los demás abonos que contienen cloruro de potasio

ex 3105 90 20

ex 3105 90 80

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES.

▼M44




ANEXO IX

LISTA DE GRANDES ENTIDADES DE CRÉDITO A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 1 UNDECIES Y 1 DUODECIES

Belarusbank

Belinvestbank (Banco Bielorruso para el Desarrollo y la Reconstrucción)

Belagroprombank

Bank Dabrabyt

Banco de Desarrollo de la República de Bielorrusia

▼M46




ANEXO X

LISTA DE PRODUCTOS DE MADERA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 SEXDECIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Madera y manufacturas de madera; carbón vegetal

44

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES




ANEXO XI

LISTA DE PRODUCTOS DE CEMENTO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 SEPTDECIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Cementos, incluso sin pulverizar o clínkers, incluso coloreados

2523

Manufacturas de cemento, hormigón o piedra artificial, incluso armadas

6810

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES.




ANEXO XII

LISTA DE PRODUCTOS DE HIERRO Y ACERO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 OCTODECIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Hierro y acero

72

Manufacturas de hierro y acero

73

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES.




ANEXO XIII

LISTA DE PRODUCTOS DE CAUCHO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 NOVODECIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Neumáticos nuevos, de caucho

4011

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES.




ANEXO XIV

LISTA DE MÁQUINAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 VICIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Reactores nucleares; elementos combustibles (cartuchos) sin irradiar para reactores nucleares; máquinas y aparatos para la separación isotópica

8401

Calderas de vapor (generadores de vapor) (excepto las de calefacción central concebidas para producir agua caliente y también vapor a baja presión); calderas denominadas «de agua sobrecalentada»

8402

Aparatos auxiliares para las calderas de las partidas 8402 u 8403 (por ejemplo: economizadores, recalentadores, deshollinadores o recuperadores de gas); condensadores para máquinas de vapor

8404

Generadores de gas pobre (gas de aire) o de gas de agua, incluso con sus depuradores; generadores de acetileno y generadores similares de gases, por vía húmeda, incluso con sus depuradores

8405

Turbinas de vapor

8406

Motores de émbolo (pistón) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosión)

8407

Motores de émbolo (pistón) de encendido por compresión (motores diésel o semidiésel)

8408

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de las partidas 8407 u 8408

8409

Turbinas hidráulicas, ruedas hidráulicas y sus reguladores

8410

Los demás motores y máquinas motrices

8412

Bombas para líquidos, incluso con dispositivo medidor incorporado; elevadores de líquidos

8413

Máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire que comprenden un ventilador con motor y los dispositivos adecuados para modificar la temperatura y la humedad, aunque no regulen separadamente el grado higrométrico

8415

Quemadores para la alimentación de hogares, de combustibles líquidos o sólidos pulverizados o de gases; alimentadores mecánicos de hogares, parrillas mecánicas, descargadores mecánicos de cenizas y demás dispositivos mecánicos auxiliares empleados en hogares

8416

Bombas de calor (excepto las máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire de la partida 8415 )

ex  84 18

Calandrias y laminadores (excepto para metal o vidrio), y cilindros para estas máquinas

8420

Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrífugas; aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases

8421

Máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsular botellas, tarros, tubos y continentes análogos; las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías, incluidas las de envolver con película termorretráctil; máquinas y aparatos para gasear bebidas

ex  84 22

Aparatos e instrumentos de pesar, incluidas las básculas y balanzas para comprobar o contar piezas fabricadas (excepto las balanzas sensibles a un peso inferior o igual a 5 cg); pesas para toda clase de básculas o balanzas

8423

Aparatos mecánicos, incluso manuales, para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares

8424

Polipastos; tornos y cabrestantes; gatos

8425

Grúas y aparatos de elevación sobre cable aéreo; puentes rodantes, pórticos de descarga o manipulación, puentes grúa, carretillas puente y carretillas grúa

8426

Carretillas apiladoras; las demás carretillas de manipulación con dispositivo de elevación incorporado

8427

Las demás máquinas y aparatos de elevación, carga, descarga o manipulación (por ejemplo: ascensores, escaleras mecánicas, transportadores, teleféricos)

8428

Topadoras frontales (bulldozers), topadoras angulares (angledozers), niveladoras, traíllas (scrapers), palas mecánicas, excavadoras, cargadoras, palas cargadoras, compactadoras y apisonadoras (aplanadoras), autopropulsadas

8429

Las demás máquinas y aparatos para explanar, nivelar, traillar (scraping), excavar, compactar, apisonar (aplanar), extraer o perforar tierra o minerales; martinetes y máquinas para arrancar pilotes, estacas o similares; quitanieves

8430

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a las máquinas o aparatos de las partidas 8425 a 8430

8431

Máquinas y aparatos para la fabricación de pasta de materias fibrosas celulósicas o para la fabricación o acabado de papel o cartón

8439

Máquinas y aparatos para encuadernación, incluidas las máquinas para coser pliegos

8440

Las demás máquinas y aparatos para el trabajo de la pasta de papel, del papel o cartón, incluidas las cortadoras de cualquier tipo

8441

Máquinas, aparatos y material (excepto las máquinas herramienta de las partidas 8456 a 8465 ) para preparar o fabricar clisés, planchas, cilindros o demás elementos impresores; clisés, planchas, cilindros y demás elementos impresores; piedras litográficas, planchas, placas y cilindros, preparados para la impresión (por ejemplo: aplanados, graneados, pulidos)

8442

Máquinas y aparatos para imprimir mediante planchas, cilindros y demás elementos impresores de la partida 8442 ; las demás máquinas impresoras, copiadoras y de fax, incluso combinadas entre sí; sus partes y accesorios

8443

Máquinas para extrudir, estirar, texturar o cortar materia textil sintética o artificial

8444 00

Máquinas para la preparación de materia textil; máquinas para hilar, doblar o retorcer materia textil y demás máquinas y aparatos para la fabricación de hilados textiles; máquinas para bobinar, incluidas las canilleras, o devanar materia textil y máquinas para la preparación de hilados textiles para su utilización en las máquinas de las partidas 8446 u 8447

8445

Máquinas de tricotar, de coser por cadeneta, de entorchar, de fabricar tul, encaje, bordados, pasamanería, trenzas, redes o de insertar mechones

8447

Máquinas y aparatos auxiliares para las máquinas de las partidas 8444 , 8445 , 8446 u 8447 (por ejemplo: maquinitas para lizos, mecanismos Jacquard, paraurdidumbres y paratramas, mecanismos de cambio de lanzadera); partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas de esta partida o de las partidas 8444 , 8445 , 8446 u 8447 (por ejemplo: husos, aletas, guarniciones de cardas, peines, barretas, hileras, lanzaderas, lizos y cuadros de lizos, agujas, platinas, ganchos)

8448

Máquinas y aparatos para la fabricación o acabado del fieltro o tela sin tejer, en pieza o con forma, incluidas las máquinas y aparatos para la fabricación de sombreros de fieltro; hormas de sombrerería

8449 00 00

Máquinas y aparatos para la preparación, curtido o trabajo de cuero o piel o para la fabricación o reparación de calzado u otras manufacturas de cuero o piel (excepto las máquinas de coser)

8453

Convertidores, cucharas de colada, lingoteras y máquinas de colar (moldear), para metalurgia, acerías o fundiciones

8454

Laminadores para metal y sus cilindros

8455

Centros de mecanizado, máquinas de puesto fijo y máquinas de puestos múltiples, para trabajar metal

8457

Tornos, incluidos los centros de torneado, que trabajen por arranque de metal

8458

Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas de las partidas 8456 a 8465 , incluidos los portapiezas y portaútiles, dispositivos de roscar de apertura automática, divisores y demás dispositivos especiales para montar en máquinas herramienta; portaútiles para herramientas de mano de cualquier tipo

8466

Herramientas neumáticas, hidráulicas o con motor incorporado, incluso eléctrico, de uso manual

8467

Máquinas y aparatos para soldar, aunque puedan cortar (excepto los de la partida 8515 ); máquinas y aparatos de gas para el temple superficial

8468

Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, máquinas para registro de datos sobre soporte en forma codificada y máquinas para tratamiento o procesamiento de estos datos, no expresadas ni comprendidas en otra parte

8471

Máquinas y aparatos de clasificar, cribar, separar, lavar, quebrantar, triturar, pulverizar, mezclar, amasar o sobar, tierra, piedra u otra materia mineral sólida, incluido el polvo y la pasta; máquinas de aglomerar, formar o moldear combustibles minerales sólidos, pastas cerámicas, cemento, yeso o demás materias minerales en polvo o pasta; máquinas de hacer moldes de arena para fundición

8474

Máquinas para montar lámparas, tubos o válvulas eléctricos o electrónicos o lámparas de destello, que tengan envoltura de vidrio; máquinas para fabricar o trabajar en caliente el vidrio o sus manufacturas

8475

Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plástico o para fabricar productos de estas materias, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo

8477

Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo

8479

Cajas de fundición; placas de fondo para moldes; modelos para moldes; moldes para metal (excepto las lingoteras), carburos metálicos, vidrio, materia mineral, caucho o plástico

8480

Artículos de grifería y órganos similares para tuberías, calderas, depósitos, cubas o continentes similares, incluidas las válvulas reductoras de presión y las válvulas termostáticas

8481

Rodamientos de bolas, de rodillos o de agujas

8482

Árboles de transmisión, incluidos los de levas y los cigüeñales, y manivelas; cajas de cojinetes y cojinetes; engranajes y ruedas de fricción; husillos fileteados de bolas o rodillos; reductores, multiplicadores y variadores de velocidad, incluidos los convertidores de par; volantes y poleas, incluidos los motones; embragues y órganos de acoplamiento, incluidas las juntas de articulación

8483

Juntas metaloplásticas; surtidos de juntas o empaquetaduras de distinta composición presentados en bolsitas, sobres o envases análogos; juntas mecánicas de estanqueidad

8484

Motores y generadores, eléctricos (exc. grupos electrógenos)

8501

Grupos electrógenos y convertidores rotativos eléctricos

8502

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a motores y generadores eléctricos, a grupos electrógenos o a convertidores rotativos eléctricos, n.c.o.p.

8503

Transformadores eléctricos, convertidores eléctricos estáticos (por ejemplo: rectificadores) y bobinas de reactancia (autoinducción); sus partes

8504

Electroimanes (exc. los usados en medicina); imanes permanentes y artículos destinados a ser imantados permanentemente; platos, mandriles y dispositivos magnéticos o electromagnéticos similares, de sujeción; acoplamientos, embragues, variadores de velocidad y frenos, electromagnéticos; cabezas elevadoras electromagnéticas; sus partes

8505

Acumuladores eléctricos, incluidos los separadores, aunque sean cuadrados o rectangulares; sus partes (exc. inservibles, así como los de caucho sin endurecer o de materia textil)

8507

Aparatos y dispositivos eléctricos de encendido o de arranque, para motores de encendido por chispa o por compresión (por ejemplo: magnetos, dinamomagnetos, bobinas de encendido, bujías de encendido o calentamiento, motores de arranque); generadores (por ejemplo: dínamos, alternadores) y reguladores disyuntores utilizados con estos motores; sus partes

8511

Hornos eléctricos industriales o de laboratorio, incluidos los que funcionen por inducción o pérdidas dieléctricas; los demás aparatos industriales o de laboratorio para tratamiento térmico de materias por inducción o pérdidas dieléctricas; sus partes

8514

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 8525 a 8528

8529

Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes equipados con varios aparatos de las partidas 8535 u 8536 , para control o distribución de electricidad, incluidos los que incorporen instrumentos o aparatos del capítulo 90, así como los aparatos de control numérico (exc. aparatos de conmutación para telefonía o telegrafía con hilos)

8537

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 8535 , 8536 u 8537 , n.c.o.p.

8538

►M57  Lámparas y tubos eléctricos de incandescencia o de descarga, incluidos los faros o unidades “sellados” y las lámparas y tubos de rayos ultravioletas o infrarrojos; lámparas de arco; fuentes luminosas de diodos emisores de luz (LED); sus partes ◄

8539

Hilos, cables, incluidos los coaxiales, y demás conductores aislados para electricidad, aunque estén laqueados, anodizados o provistos de piezas de conexión; cables de fibras ópticas constituidos por fibras enfundadas individualmente, incluso con conductores eléctricos o provistos de piezas de conexión

8544

Electrodos y escobillas de carbón, carbón para lámparas o pilas y demás artículos de grafito u otros carbonos, incluso con metal, para usos eléctricos

8545

Piezas aislantes totalmente de materia aislante o con simples piezas metálicas de ensamblado (por ejemplo: casquillos roscados) embutidas en la masa, para máquinas, aparatos o instalaciones eléctricas (excepto los aisladores de la partida 8546 ); tubos aisladores y sus piezas de unión, de metal común, aislados interiormente

8547

Desperdicios y desechos de pilas, baterías de pilas o acumuladores, eléctricos; pilas, baterías de pilas y acumuladores eléctricos, inservibles; partes eléctricas de máquinas o aparatos, no expresadas ni comprendidas en otra parte del capítulo 85

8548

Productos confidenciales del capítulo 85; mercancías del capítulo 85 transportadas por correo o por paquetería postal (extra)/código reconstituido para la difusión estadística

 

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES.

▼M57




ANEXO XIV bis

LISTA DE PRODUCTOS Y TECNOLOGÍA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 vicies, APARTADO 1 bis, SOBRE LA PROHIBICIÓN DE TRÁNSITO A TRAVÉS DE BIELORRUSIA



Código NC

Designación de la mercancía

8407 10

Motores de émbolo (pistón) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosión), de aviación

8409 10

Partes identificables como destinadas exclusiva o principalmente a motores de émbolo (pistón) de aviación

8409 99

Partes identificables como destinadas exclusiva o principalmente a motores de émbolo “pistón” de encendido por compresión (motor diésel o semidiésel), n.c.o.p.

8412 21

Motores neumáticos, con movimiento rectilíneo (cilindros)

8413 50

Bombas volumétricas alternativas para líquidos, accionadas mecánicamente, n.c.o.p.

8421 23

Filtros de aceite y de gasolina para motores de encendido por chispa o compresión

8421 31

Filtros de entrada de aire para motores de encendido por chispa o compresión

8428 39

Aparatos elevadores o transportadores, de acción continua, para mercancías (excepto aquellos especialmente concebidos para el interior de minas u otros trabajos subterráneos, de cuchara, de banda o de correa, así como los aparatos neumáticos)

8429 59

Palas mecánicas, excavadoras y palas cargadoras autopropulsadas (excepto aquellas cuya superestructura pueda girar 360o y las de carga frontal)

8431 39

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los aparatos de la partida 8428 (excepto partes de ascensores, montacargas o escaleras mecánicas), n.c.o.p.

8471 30

Máquinas automáticas portátiles para procesamiento de datos, de peso ≤ 10 kg, que estén constituidas, al menos, por una unidad central de proceso, un teclado y un visualizador

8471 70

Unidades de memoria para máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos

8481 20

Válvulas para transmisiones oleohidráulicas o neumáticas

8502 20

Grupos electrógenos con motor de émbolo (pistón) de encendido por chispa (motor de explosión)

8507 10

Acumuladores de plomo, de los tipos utilizados para arranque de motores de émbolo “pistón”

▼M51




ANEXO XV

LISTA DE PERSONAS JURÍDICAS, ENTIDADES U ORGANISMOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 SEPTVICIES TER



Nombre de la persona jurídica, entidad u organismo

Fecha de aplicación

Belagroprombank

20 de marzo de 2022

Bank Dabrabyt

20 de marzo de 2022

Development Bank of the Republic of Belarus

20 de marzo de 2022

Belinvestbank (Banco Bielorruso de Desarrollo y Reconstrucción)

14 de junio de 2022

▼M55




ANEXO XVI

Lista de las armas de fuego y demás armas a que se refiere el artículo 1 ter bis



Código NC

Designación de la mercancía

9303

Las demás armas de fuego y artefactos similares que utilicen la deflagración de pólvora

ex  93 04

Las demás armas [por ejemplo: armas largas y pistolas de muelle (resorte), aire comprimido o gas], excepto las de la partida 9307 ».




ANEXO XVII

Lista de productos y tecnologías a que se refiere el artículo 1 vicies bis



Código NC

Designación de la mercancía

88

Aeronaves, vehículos espaciales, y sus partes

ex 2710 19 83

Aceites hidráulicos para su uso en vehículos del capítulo 88

ex 2710 19 99

Los demás aceites lubricantes y los demás aceites destinados a la aviación

4011 30 00

Neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de caucho, de los tipos utilizados en aeronaves

ex 6813 20 00

Discos y placas de freno para su uso en aeronaves

6813 81 00

Guarniciones para frenos

8411 11

Turborreactores, de empuje ≤ 25 kN

8411 12

Turborreactores, de empuje > 25 kN

8411 21

Turbopropulsores, de potencia ≤ 1 100 kW

8411 22

Turbopropulsores, de potencia > 1 100 kW

8411 91

Partes de turborreactores o de turbopropulsores, n.c.o.p.

8517 71 00

Antenas y reflectores de antena de cualquier tipo; partes apropiadas para su utilización con dichos artículos

ex 8517 79 00

Las demás partes relacionadas con antenas

9024 10 00

Máquinas y aparatos para ensayos de dureza, tracción, compresión, elasticidad u otras propiedades mecánicas de materiales: Máquinas y aparatos para ensayo de metal

9026 00 00

Instrumentos y aparatos para medida o control del caudal, nivel, presión u otras características variables de líquidos o gases (por ejemplo: caudalímetros, indicadores de nivel, manómetros, contadores de calor), excepto los instrumentos y aparatos de las partidas 9014 , 9015 , 9028 o 9032

▼M57




ANEXO XVIII

Lista de productos y tecnología susceptibles de contribuir a la mejora de las capacidades industriales de Bielorrusia a que se refiere el artículo 1 ter ter



Código NC

Designación de la mercancía

0601

Bulbos, cebollas, tubérculos, raíces y bulbos tuberosos, turiones y rizomas, en reposo vegetativo, en vegetación o en flor; plantas y raíces de achicoria, excepto las raíces de la partida 1212

0602 30

Rododendros y azaleas, incluso injertados

0602 40

Rosales, incluso injertados

0602 90

Las demás plantas vivas (incluidas sus raíces), esquejes e injertos; micelios — Los demás

0604 20

Follaje, hojas, ramas y demás partes de plantas, sin flores ni capullos, y hierbas, musgos y líquenes, para ramos o adornos, frescos, secos, blanqueados, teñidos, impregnados o preparados de otra forma — Frescos

2508

Arcillas, andalucita, cianita y silimanita, incluso calcinadas; mullita; tierras de chamota o dinas (excepto caolín y demás arcillas caolínicas, así como arcilla dilatada)

2509

Creta

2512

Harinas silíceas fósiles (por ejemplo: Kieselguhr, tripolita, diatomita) y demás tierras silíceas análogas, de densidad aparente inferior o igual a 1, incluso calcinadas

2515

Mármol, travertinos, ecaussines y demás piedras calizas de talla o de construcción de densidad aparente ≥ 2,5 y alabastro, incluso desbastados o simplemente troceados, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares

2518 20

Dolomita calcinada o sinterizada

2519 10

Carbonato de magnesio natural (magnesita)

2520 10

Yeso natural; anhidrita

2521

Castinas; piedras para la fabricación de cal o de cemento

2522

Cal viva, cal apagada y cal hidráulica, excepto el óxido y el hidróxido de calcio de la partida 2825

2525

Mica, incluso exfoliada en hojas o en laminillas irregulares “splittings”; desperdicios de mica

2526

Esteatita natural, incluso desbastada o simplemente troceada, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares; talco

2530 20

Kieserita, epsomita (sulfatos de magnesio naturales)

2602

Minerales de manganeso

2701

Hullas; briquetas, ovoides y combustibles sólidos similares, obtenidos de la hulla

2702

Lignitos, incluso aglomerados, excepto el azabache

2703

Turba, incluida la utilizada para cama de animales y la aglomerada

2704

Coques y semicoques de hulla, lignito o turba, incluso aglomerados; carbón de retorta

2707 30

Xilol (xilenos)

2708

Brea y coque de brea de alquitrán de hulla o de otros alquitranes minerales

2710

Aceites de petróleo o de mineral bituminoso (excepto los aceites crudos); preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso ≥ 70 % en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base; desechos de aceites que contengan principalmente petróleo o minerales bituminosos

2712

Vaselina, parafina, cera de petróleo microcristalina, slack wax, ozoquerita, cera de lignito, cera de turba, demás ceras minerales y productos similares obtenidos por síntesis o por otros procedimientos, incluso coloreados

2715

Mástiques bituminosos, cut-backs y demás mezclas bituminosas a base de asfalto o de betún naturales, de betún de petróleo, de alquitrán mineral o de brea de alquitrán mineral — Los demás

Ex  28 04

Hidrógeno y otros no metales (excepto gases nobles)

2806

Cloruro de hidrógeno (ácido clorhídrico); ácido clorosulfúrico

2811

Los demás ácidos inorgánicos y los demás compuestos oxigenados inorgánicos de los elementos no metálicos

2813

Sulfuros de los elementos no metálicos; trisulfuro de fósforo comercial

2814

Amoníaco anhidro o en disolución acuosa

2815

Hidróxido de sodio (sosa o soda cáustica); hidróxido de potasio (potasa cáustica); peróxidos de sodio o de potasio

2818 30

Hidróxido de aluminio

2819

Óxidos e hidróxidos de cromo

2820

Óxidos de manganeso

2825

Hidrazina e hidroxilamina y sus sales inorgánicas; bases inorgánicas; óxidos, hidróxidos y peróxidos de metales, n.c.o.p.

2827

Cloruros, oxicloruros e hidroxicloruros; bromuros y oxibromuros; yoduros y oxiyoduros

2828

Hipocloritos; hipoclorito de calcio comercial; cloritos; hipobromitos

2829

Cloratos y percloratos; bromatos y perbromatos; yodatos y peryodatos

2832 20

Sulfitos (excepto sodio)

2833

Sulfatos; alumbres; peroxosulfatos (persulfatos)

2834 10

Nitritos

2836

Carbonatos; peroxocarbonatos (percarbonatos); carbonato de amonio comercial que contenga carbamato de amonio

2839

Silicatos; silicatos comerciales de los metales alcalinos

2840 30

Peroxoboratos (perboratos)

2841

Sales de los ácidos oxometálicos o peroxometálicos

2843

Metal precioso en estado coloidal; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, aunque no sean de constitución química definida; amalgamas de metal precioso

2846

Compuestos inorgánicos u orgánicos, de metales de las tierras raras, del itrio, del escandio o de las mezclas de estos metales

2847

Peróxido de hidrógeno (agua oxigenada), incluso solidificado con urea

2901

Hidrocarburos acíclicos

2902

Hidrocarburos cíclicos

2903

Derivados halogenados de los hidrocarburos

2904

Derivados sulfonados, nitrados o nitrosados de los hidrocarburos, incluso halogenados

2905

Alcoholes acíclicos y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados

2906

Alcoholes cíclicos y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados

2907

Fenoles; fenoles-alcoholes

2909

Éteres, éteres-alcoholes, éteres-fenoles, éteres-alcoholes-fenoles, peróxidos de alcoholes, peróxidos de éteres, peróxidos de cetonas (aunque no sean de constitución química definida), y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados

2910

Epóxidos, epoxialcoholes, epoxifenoles y epoxiéteres, con tres átomos en el ciclo, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados

2911

Acetales y semiacetales, incl. con otras funciones oxigenadas, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados

2912

Aldehídos, incluso con otras funciones oxigenadas; polímeros cíclicos de los aldehídos; paraformaldehído

2914

Cetonas y quinonas, incluso con otras funciones oxigenadas, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados

2915

Ácidos monocarboxílicos acíclicos saturados y sus anhídridos, halogenuros, peróxidos y peroxiácidos; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados

2916

Ácidos monocarboxílicos acíclicos no saturados y ácidos monocarboxílicos cíclicos, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos y peroxiácidos; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados

2917

Ácidos policarboxílicos, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos y peroxiácidos; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados

2920

Ésteres de los demás ácidos inorgánicos de los no metales y sus sales; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados

2921 22

Hexametilendiamina y sus sales

2921 41

Anilina y sus sales

2922 11

Monoetanolamina y sus sales

2922 43

Ácido antranílico y sus sales

2923 20

Lecitinas y demás fosfoaminolípidos

2924

Compuestos con función carboxiamida; compuestos con función amida del ácido carbónico

2925

Compuestos con función carboxiimida, incluida la sacarina y sus sales, o con función imina

2926

Compuestos con función nitrilo

2930

Tiocompuestos orgánicos

2933 29

Compuestos heterocíclicos con heteroátomo(s) de nitrógeno exclusivamente, cuya estructura contenga uno o más ciclos imidazol (incluso hidrogenados), sin condensar (exc. hidantoína y sus derivados, y los productos de la subpartida 3002 10 )

2933 54

Los demás derivados de la malonilurea (ácido barbitúrico); sales de estos productos

2933 71

6-Hexanolactama (épsilon-caprolactama)

2933 79

Compuestos con función nitrilo

2933 99

Lactamas [exc. 6-Hexanolactama (épsilon-caprolactama), Clobazam (DCI) y metiprilona (DCI), y compuestos inorgánicos u orgánicos de mercurio]

2933 99

Compuestos heterocíclicos con heteroátomo(s) de nitrógeno exclusivamente [excepto compuestos cuya estructura contenga ciclo pirazol, imidazol, piridina o triacina, incluso hidrogenados, sin condensar; compuestos cuya estructura contenga ciclos quinoleína o isoquinoleína, incluso hidrogenados, sin otras condensaciones; compuestos cuya estructura contenga ciclo pirimidina, incluso hidrogenado, o piperacina; lactamas; alprazolam (DCI), camazepam (DCI), clorodiazepóxido (DCI), clonazepam (DCI), clorazepato, delorazepam (DCI), diazepam (DCI), estazolam (DCI), loflazepato de etilo (DCI), fludiazepam (DCI), flunitrazepam (DCI), flurazepam (DCI), halazepam (DCI), lorazepam (DCI), lormetazepam (DCI), mazindol (DCI), medazepam (DCI), midazolam (DCI), nimetazepam (DCI), nitrazepam (DCI), nordazepam (DCI), oxazepam (DCI), pinazepam (DCI), prazepam (DCI), pirovalerona (DCI), temazepam (DCI), tetrazepam (DCI) y triazolam (DCI), sales de estos productos y azinfos metil (ISO)

3201

Extractos curtientes de origen vegetal; taninos y sus sales, éteres, ésteres y demás derivados

3202

Productos curtientes orgánicos sintéticos; productos curtientes inorgánicos; preparaciones curtientes, incluso con productos curtientes naturales; preparaciones enzimáticas para precurtido

3203

Materias colorantes de origen vegetal o animal, incluidos los extractos tintóreos (excepto los negros de origen animal), aunque sean de constitución química definida; preparaciones a base de materias colorantes de origen vegetal o animal, del tipo de las usadas para colorear cualquier materia o como ingredientes para fabricar preparaciones colorantes (excepto preparaciones de las partidas 3207, 3208, 3209, 3210, 3213 y 3215) — Las demás

3204 90

Materias colorantes orgánicas sintéticas, aunque sean de constitución química definida; preparaciones a que se refiere la Nota 3 de este capítulo a base de materias colorantes orgánicas sintéticas; productos orgánicos sintéticos de los tipos utilizados para el avivado fluorescente o como luminóforos, aunque sean de constitución química definida

3205

Lacas colorantes (excepto goma laca de China o del Japón y pinturas laqueadas); preparaciones a base de lacas colorantes del tipo de las usadas para colorear cualquier materia o como ingredientes para fabricar preparaciones colorantes (excepto preparaciones de las partidas 3207, 3208, 3209, 3210, 3213 y 3215)

3206 41

Ultramar y sus preparaciones, del tipo de las usadas para colorear cualquier materia o como ingredientes para fabricar preparaciones colorantes (excepto preparaciones de las partidas 3207, 3208, 3209, 3210, 3213 y 3215)

3206 49

Materias colorantes inorgánicas o minerales, n.c.o.p.; preparaciones a base de materias colorantes inorgánicas o minerales del tipo de las usadas para colorear cualquier materia o como ingredientes para fabricar preparaciones colorantes, n.c.o.p. (excepto preparaciones de las partidas 3207, 3208, 3209, 3210, 3213 y 3215, y productos inorgánicos de los tipos utilizados como luminóforos) — Las demás

3207

Pigmentos, opacificantes y colores preparados, composiciones vitrificables, engobes, abrillantadores (lustres) líquidos y preparaciones similares, de los tipos utilizados en cerámica, esmaltado o en la industria del vidrio; frita de vidrio y demás vidrios, en polvo, gránulos, copos o escamillas

3208

Pinturas y barnices a base de polímeros sintéticos o naturales modificados, dispersos o disueltos en un medio no acuoso; disoluciones en disolventes orgánicos volátiles de productos de las partidas 3901 a 3913, con un contenido de disolvente > 50 % en peso (excepto disoluciones de colodión)

3209

Pinturas y barnices a base de polímeros sintéticos o naturales modificados, dispersos o disueltos en un medio acuoso Las demás pinturas y barnices;

3210

Las demás pinturas y barnices; pigmentos al agua preparados de los tipos utilizados para el acabado del cuero

3212 90

Pigmentos, incluidos el polvo y escamillas metálicos, dispersos en medios no acuosos, líquidos o en pasta, de los tipos utilizados para la fabricación de pinturas; hojas para el marcado a fuego; tintes y demás materias colorantes presentados en formas o envases para la venta al por menor — Los demás

3214

Masilla, cementos de resina y demás mástiques; plastes (enduidos) utilizados en pintura; plastes (enduidos) no refractarios de los tipos utilizados en albañilería

3215 11

Tintas de imprimir — Negras

3215 19

Tintas de imprimir — Las demás

3403

Preparaciones lubricantes, incluidos los aceites de corte, las preparaciones para aflojar tuercas, las preparaciones antiherrumbre o anticorrosión y las preparaciones para el desmoldeo, a base de lubricantes; preparaciones lubricantes de materia textil y preparaciones de los tipos utilizados para el ensimado de materias textiles o el aceitado o engrasado de cueros y pieles, peletería u otras materias (excepto aquellas que contengan como componente básico una proporción de aceites de petróleo o de mineral bituminoso ≥ 70 % en peso)

3505 10

Dextrina y demás almidones y féculas modificados

3506 99

Colas y demás adhesivos preparados, no expresados ni comprendidos en otra parte; productos de cualquier clase utilizados como colas o adhesivos, acondicionados para la venta al por menor como colas o adhesivos, de peso neto inferior o igual a 1 kg — Los demás

3701 20

Películas autorrevelables

3701 91

Para fotografía en colores (policroma)

3702

Películas fotográficas en rollos, sensibilizadas, sin impresionar, excepto las de papel, cartón o textiles; películas fotográficas autorrevelables en rollos, sensibilizadas, sin impresionar

3703

Papel, cartón y textiles, fotográficos, sensibilizados, sin impresionar

3705

Placas y películas fotográficas, impresionadas y reveladas (excepto de papel, de cartón o de textiles, películas cinematográficas “filmes” y placas de impresión listas para su uso)

3706

Películas cinematográficas (filmes), impresionadas y reveladas, con registro de sonido o sin él, o con registro de sonido solamente

3801 20

Grafito coloidal o semicoloidal

3806 20

Sales de colofonias, de ácidos resínicos o de derivados de colofonias o de ácidos resínicos (excepto las sales de aductos de colofonias)

3807

Alquitranes de madera; aceites de alquitrán de madera; creosota de madera; metileno (nafta de madera); pez vegetal; pez de cervecería y preparaciones similares a base de colofonia, de ácidos resínicos o de pez vegetal (excepto pez de Borgoña “pez de los Vosgos”, pez amarillo, pez de estearina “pez o brea esteárica”, pez o brea de suarda y pez de glicerina)

3809

Aprestos y productos de acabado, aceleradores de tintura o de fijación de materias colorantes y demás productos y preparaciones, p. ej., aprestos y mordientes, de los tipos utilizados en la industria textil, del papel, del cuero o industrias simil., n.c.o.p.

3810

Preparaciones para el decapado de metal; flujos y demás preparaciones auxiliares para soldar metal; pastas y polvos para soldar, constituidos por metal y otros productos; preparaciones de los tipos utilizados para recubrir o rellenar electrodos o varillas de soldadura

3811

Preparaciones antidetonantes, inhibidores de oxidación, aditivos peptizantes, mejoradores de viscosidad, anticorrosivos y demás aditivos preparados para aceites minerales, incluida la gasolina, u otros líquidos utilizados para los mismos fines que los aceites minerales

3812

Aceleradores de vulcanización preparados; plastificantes compuestos para caucho o plástico, no expresados ni comprendidos en otra parte; preparaciones antioxidantes y demás estabilizantes compuestos para caucho o plástico

3813

Preparaciones y cargas para aparatos extintores; granadas y bombas extintoras (excepto aparatos extintores, incl. portátiles, cargados o no y productos químicos, de composición no definida, sin mezclar, con propiedades extintoras y presentados aisladamente sin estar acondicionados)

3814

Disolventes y diluyentes orgánicos compuestos, n.c.o.p.; preparaciones para quitar pinturas o barnices (excepto disolventes para barnices de uñas)

3815

Iniciadores y aceleradores de reacción y preparaciones catalíticas, n.c.o.p. (excluidos los aceleradores de vulcanización)

3816

Cementos, morteros, hormigones y preparaciones similares, refractarios, incluido el aglomerado de dolomita, excepto los productos de la partida 3801

3817

Mezclas de alquilbencenos y mezclas de alquilnaftalenos, obtenidas por alquilación del benceno y del naftaleno (excepto mezclas de isómeros de hidrocarburos cíclicos)

3819

Líquidos para frenos hidráulicos y demás líquidos preparados para transmisiones hidráulicas, sin aceites de petróleo ni de mineral bituminoso o con un contenido < 70 % en peso de dichos aceites

3820

Preparaciones anticongelantes y líquidos preparados para descongelar (excepto aditivos preparados para aceites minerales o para otros líquidos utilizados para los mismos fines que los aceites minerales)

3823 13

Ácidos grasos del tall oil, industriales

3827 90

Mezclas que contengan halogenados derivados del metano, etano o propano (excepto de las subpartidas 3824.71.00 a 3824.78.00)

3824

Preparaciones aglutinantes para moldes o núcleos de fundición; productos químicos y preparaciones de la industria química o de las industrias conexas, incluidas las mezclas de productos naturales, n.c.o.p.

3825 90

Productos residuales de la industria química o de las industrias conexas, n.c.o.p. (excepto desechos)

3826

Biodiésel y sus mezclas, sin aceites de petróleo o de mineral bituminoso o con un contenido < 70 % en peso

3901 40

Copolímeros de etileno y alfa-olefina de densidad < 0,94 , en formas primarias

3902

Polímeros de propileno o de otras olefinas, en formas primarias

3903

Polímeros de estireno en formas primarias

3904

Polímeros de cloruro de vinilo o de otras olefinas halogenadas, en formas primarias

3905

Polímeros de acetato de vinilo o de otros ésteres vinílicos, en formas primarias; los demás polímeros vinílicos en formas primarias

3906

Polímeros acrílicos en formas primarias

3907 29

Poliéteres, en formas primarias [exc. poliacetales, metilfosfonato de bis(polioxietileno) y productos de la partida 3002]

3907 40

Policarbonatos, en formas primarias

3907 70

Poli(ácido láctico), en formas primarias

3907 91

Poliésteres alílicos y demás poliésteres, no saturados, en formas primarias [exc. policarbonatos, resinas alcídicas, poli(tereftalato de etileno) y poli(ácido láctico)]

3908

Poliamidas en formas primarias

3909

Resinas amínicas, resinas fenólicas y poliuretanos, en formas primarias

3910

Siliconas en formas primarias

3911

Resinas de petróleo, resinas de cumarona-indeno, politerpenos, polisulfuros, polisulfonas y demás polímeros y prepolímeros obtenidos por síntesis química, n.c.o.p., en formas primarias

3912

Celulosa y sus derivados químicos, no expresados ni comprendidos en otra parte, en formas primarias

3915 20

Desechos, desperdicios y recortes, de polímeros de estireno

3917

Tubos y accesorios de tubería [por ejemplo: empalmes (rácores), codos, manguitos], de plástico

3920

Placas, láminas, hojas y tiras, de plástico no celular y sin refuerzo, estratificación ni soporte o combinación similar con otras materias, sin trabajar o trabajadas solo en la superficie o solo cortadas en forma cuadrada o rectangular

3921

Placas, láminas, hojas y tiras, de plástico, reforzadas, estratificadas o combinadas de forma similar con otras materias o de plástico celular, sin trabajar o trabajadas solo en la superficie o solo cortadas en forma cuadrada o rectangular

3922 90

Bidés, inodoros, cisternas “depósitos de agua” y artículos sanitarios o higiénicos simil., de plástico (exc. bañeras, duchas, fregaderos “piletas de lavar” y lavabos, así como asientos y tapas de inodoros)

3925

Artículos para la construcción, de plástico, no expresados ni comprendidos en otra parte

4002

Caucho sintético y caucho facticio derivado de los aceites, en formas primarias o en placas, hojas o tiras; mezclas de caucho natural, balata, gutapercha, guayule, chicle y gomas naturales análogas con caucho sintético y caucho facticio derivado de los aceites, en formas primarias o en placas, hojas o tiras

4005

Caucho mezclado sin vulcanizar, en formas primarias o en placas, hojas o tiras

4006 10

Perfiles, de caucho sin vulcanizar, para recauchutar

4008 21

Placas, hojas y tiras, de caucho no celular

4009 12

Tubos de caucho vulcanizado sin endurecer, sin reforzar ni combinar de otro modo con otras materias, con accesorios

4009 41

Tubos de caucho vulcanizado sin endurecer, reforzados o combinados de otro modo con otras materias, sin accesorios (excepto reforzados o combinados de otro modo solamente con metal o solamente con materia textil)

4010

Correas transportadoras o de transmisión, de caucho vulcanizado

4011 20

Neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de caucho, de los tipos utilizados en autobuses y camiones

4011 80

Neumáticos (llantas neumáticas) nuevos de caucho, de los tipos utilizados en vehículos y máquinas para la construcción, minería o mantenimiento industrial

4012

Neumáticos (llantas neumáticas) recauchutados o usados, de caucho; bandajes (llantas macizas o huecas), bandas de rodadura para neumáticos (llantas neumáticas) y protectores (flaps), de caucho

4016 93

Juntas o empaquetaduras, de caucho vulcanizado sin endurecer (excepto de caucho celular)

4407

Madera aserrada o desbastada longitudinalmente, cortada o desenrollada, incluso cepillada, lijada o unida por los extremos, de espesor > 6 mm

4408 10

Hojas para chapado, incl. las obtenidas por cortado de madera estratificada, para contrachapado de coníferas o para maderas de coníferas estratificadas simil. y demás maderas de coníferas aserradas longitudinalmente, cortadas o desenrolladas, incl. cepilladas, lijadas, unidas longitudinalmente o por los extremos, de espesor ≤ 6 mm

4411 13

Tableros de fibra de densidad media (llamados “MDF”), de madera y de espesor > 5 mm, pero ≤ 9 mm

4411 94

Tableros de fibra de madera u otras materias leñosas, incluso aglomeradas con resinas o demás aglutinantes orgánicos, de densidad ≤ 0,5  g/cm3 (excepto tableros de fibra de densidad media “MDF”; tableros de partículas, incluso estratificados con una o varias hojas de tableros de fibra; madera estratificada con una capa de madera contrachapada; tableros celulares de madera cuyas dos caras sean tableros de fibra; cartón; componentes identificables de muebles)

4412

Madera contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar;

4416

Barriles, cubas, tinas y demás manufacturas de tonelería y sus partes, de madera, incl. las duelas

4418 40

Encofrados de madera para hormigón (excepto de madera contrachapada)

4418 60

Postes y vigas de madera

4418 79

Tableros ensamblados, de madera excepto bambú (excepto para revestimiento de suelos en mosaico y multicapas)

4503

Manufacturas de corcho natural

4504

Corcho aglomerado, incluso con aglutinante, y manufacturas de corcho aglomerado:

4701

Pasta mecánica de madera, sin tratar químicamente

4703

Pasta química, de madera, a la sosa “soda” o al sulfato (excepto pasta para disolver)

4704

Pasta química, de madera al sulfato (excepto pasta para disolver)

4705

Pasta de madera obtenida por la combinación de tratamientos mecánico y químico

4706

Pasta de fibras obtenidas de papel o cartón reciclado (desperdicios y desechos) o de las demás materias fibrosas celulósicas:

4707

Papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos)

4802 20

Papel y cartón soporte para papel y cartón fotosensibles, termosensibles o electrosensibles, sin estucar ni recubrir, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño

4802 40

Papel soporte para papeles de decorar paredes, sin estucar ni recubrir

4802 58

Papel y cartón, sin estucar ni recubrir, de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar (sin perforar), en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño, sin fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico o con un contenido total de estas fibras ≤ 10 % en peso del contenido total de fibra, de peso > 150 g/m2, n.c.o.p.

4802 61

Papel y cartón, sin estucar ni recubrir, de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar (sin perforar), en bobinas (rollos), de cualquier tamaño, con un contenido total de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico > 10 % en peso del contenido total de fibra, n.c.o.p.

4804

Papel y cartón filtro, sin estucar ni recubrir, en bobinas (rollos) de anchura > 36 cm o en hojas de forma cuadrada o rectangular en las que sus lados sean > 36 cm y > 15 cm, medidos sin plegar (excl. los productos de las partidas 4802 o 4803)

4805

Los demás papeles y cartones, sin estucar ni recubrir, en bobinas (rollos) de anchura superior a 36 cm o en hojas de forma cuadrada o rectangular en las que sus lados sean superiores a 36 cm y a 15 cm, medidos sin plegar, que no hayan sido sometidos a trabajos complementarios o tratamientos distintos de los especificados en la Nota 3 del este capítulo, n.c.o.p.

4806

Papel cristal y demás papeles calandrados transparentes o traslúcidos, en bobinas (rollos) de anchura > 36 cm o en hojas de forma cuadrada o rectangular en las que sus lados sean > 36 cm y > 15 cm, medidos sin plegar

4807

Papel y cartón, obtenidos por pegado de hojas planas, sin estucar ni recubrir en la superficie y sin impregnar, incl. reforzados interiormente, en bobinas (rollos) de anchura > 36 cm o en hojas de forma cuadrada o rectangular en las que sus lados sean > 36 cm y > 15 cm, medidos sin plegar

4808

Papel y cartón, rizados “crepés”, plisados, gofrados, estampados o perforados, en bobinas (rollos) de anchura > 36 cm o en hojas de forma cuadrada o rectangular en las que sus lados sean > 36 cm y > 15 cm, medidos sin plegar (excepto los artículos de la partida 4803)

4809

Papeles para copiar o transferir, incl. el cuché o estucado, recubierto o impregnado, para clisés de mimeógrafo (stencils) o para planchas offset, incl. impresos, en bobinas “rollos” de anchura > 36 cm o en hojas de forma cuadrada o rectangular con un lado > 36 cm y el otro > 15 cm, medidos sin plegar

4810

Papel y cartón estucados por una o las dos caras con caolín u otras sustancias inorgánicas, incluso con aglutinante, incl. coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular de cualquier tamaño (excepto papel y cartón con cualquier otro estucado o recubrimiento)

4811 10

Papel y cartón alquitranados, embetunados o asfaltados, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño

4811 51

Papel y cartón, coloreados o decorados en la superficie o impresos, recubiertos, impregnados o revestidos de resinas artificiales o plásticos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño y blanqueados, de peso > 150 g/m2 (excepto papel y cartón adhesivos)

4811 59

Papel y cartón, coloreados o decorados en la superficie o impresos, recubiertos, impregnados o revestidos de resinas artificiales o plásticos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño (excepto blanqueados y de peso > 150 g/m2, así como el papel y cartón adhesivos)

4811 60

Papel y cartón recubiertos, impregnados o revestidos de cera, parafina, estearina, aceite o glicerol, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño (excepto artículos de las partidas 4803, 4809 o 4818)

4811 90

Papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, estucados, recubiertos, impregnados o revestidos, coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño (excepto artículos de las partidas 4803, 4809, 4810 y 4818, así como los artículos de las subpartidas 4811.10 a 4811.60)

4814 90

Papel para decorar y revestimientos simil. de paredes, y papel para vidrieras (excepto revestimientos de paredes constituidos por papel recubierto o revestido, en la cara vista, con una capa de plástico graneada, gofrada, coloreada, impresa con motivos o decorada de otro modo)

4819 20

Cajas y cartonajes, plegables, de papel o cartón, sin corrugar

4822

Tambores, bobinas, canillas y soportes similares de pasta de papel, papel o cartón, incluso perforados o endurecidos

4823

Papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibra de celulosa, en tiras o en bobinas (rollos) de anchura ≤ 36 cm o en hojas de forma cuadrada o rectangular en las que no haya ningún lado > 36 cm, medidos sin plegar, o cortados en forma distinta de la cuadrada o rectangular, así como artículos de pasta de papel, de papel, de cartón, de guata de celulosa o de napa de fibras de celulosa, n.c.o.p.

4906

Planos y dibujos originales hechos a mano, de arquitectura, ingeniería, industriales, comerciales, topográficos o similares; textos manuscritos; reproducciones fotográficas sobre papel sensibilizado y copias con papel carbón (carbónico), de los planos, dibujos o textos antes mencionados

5105

Lana y pelo fino u ordinario, cardados o peinados (incluida la lana peinada a granel)

5106

Hilados de lana cardada (excepto acondicionados para la venta al por menor)

5107

Hilados de lana peinada sin acondicionar para la venta al por menor

5112

Tejidos de lana peinada o de pelo fino peinado (excepto tejidos para usos técnicos de la partida 5911)

5205

Hilados de algodón (excepto el hilo de coser) con un contenido de algodón ≥ 85 % en peso (excluidos los acondicionados para la venta al por menor)

5206 42

Hilados de algodón, con un contenido de algodón predominante, pero < 85 % en peso, retorcidos o cableados, de fibras peinadas, de título < 714,29 decitex pero ≥ 232,56 decitex por hilo sencillo “> número métrico 14 pero ≤ número métrico 43 por hilo sencillo” (excepto acondicionados para la venta al por menor, así como el hilo de coser)

5209 11

Tejidos de algodón, con un contenido de algodón ≥ 85 % en peso, de peso > 200 g/m2, de ligamento tafetán, crudos

5211

Tejidos de algodón, con un contenido de algodón predominante, pero < 85 % en peso, mezclado exclusiva o principalmente con fibras sintéticas o artificiales, de peso > 200 g/m2

5308

Hilados de las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel

5402 63

Hilados de filamentos de poliéster, incl. los monofilamentos de título < 67 decitex, retorcidos o cableados (excepto hilos de coser, hilados acondicionados para la venta al por menor e hilados texturados)

5403

Hilados de filamentos sintéticos, incl. los monofilamentos sintéticos de título Inferior a 67 decitex (excepto hilos de coser e hilados acondicionados para la venta al por menor)

5404

Monofilamentos sintéticos de título ≥ 67 decitex y cuya mayor dimensión de la sección transversal sea ≤ 1 mm; tiras y formas similares, por ejemplo, paja artificial, de materia textil sintética, de anchura aparente ≤ 5 mm

5407 30

Tejidos de hilados de filamentos sintéticos, incl. los monofilamentos de título ≥ 67 decitex, y cuya mayor dimensión de la sección transversal sea ≤ 1 mm, constituidos por napas de hilados textiles paralelizados que se superponen en ángulo recto o agudo y fijadas entre sí en los puntos de cruce de los hilos mediante un adhesivo o por termosoldado

5501

Cables de filamentos artificiales, de conformidad con la Nota 1 del capítulo 55

5502

Cables de filamentos artificiales, de conformidad con la Nota 1 del capítulo 55

5503

Fibras sintéticas discontinuas, sin cardar, peinar ni transformar de otro modo para la hilatura

5504 90

Fibras artificiales discontinuas, sin cardar, peinar ni transformar de otra forma para la hilatura (excepto de rayón viscosa)

5506

Fibras sintéticas discontinuas, cardadas, peinadas o transformadas de otro modo para el hilado

5507

Fibras artificiales discontinuas, cardadas, peinadas o transformadas de otro modo para la hilatura

5512 21

Tejidos de fibras sintéticas discontinuas, con un contenido de fibras discontinuas acrílicas o modacrílicas ≥ 85 % en peso, crudos o blanqueados

5512 99

Tejidos de fibras sintéticas discontinuas, con un contenido de fibras sintéticas discontinuas ≥ 85 % en peso, teñidos, fabricados con hilos de distintos colores o estampados (excepto de fibras discontinuas acrílicas, modacrílicas o de poliéster)

5516

Tejidos de fibras artificiales discontinuas

5601 29

Guata de materia textil y artículos de esta guata (excepto de algodón o de fibras sintéticas o artificiales; compresas y tampones higiénicos, pañales para bebés y artículos higiénicos similares, guata y artículos de guata impregnados o recubiertos de sustancias farmacéuticas o acondicionados para la venta al por menor con fines médicos, quirúrgicos, odontológicos o veterinarios, así como impregnados, recubiertos o revestidos de perfume, maquillaje, jabón o detergentes, etc.)

5601 30

Tundizno, nudos y motas de materia textil

5604

Tundizno, nudos y motas de materia textil; hilados de textiles, tiras y formas simil. de las partidas 5404 o 5405, impregnadas, recubiertas, revestidas o enfundadas con caucho o plástico (excepto imitaciones de “catgut”, provistas de anzuelos o acondicionadas de otro modo para servir de sedal)

5605

Hilados metálicos e hilados metalizados, incl. entorchados, constituidos por hilados textiles, tiras o formas simil. de las partidas 5404 o 5405, combinados con metal en forma de hilos, tiras o polvo de metal, o revestidos de metal (excepto hilados fabricados con una mezcla de fibras textiles y fibras metálicas, con efectos antiestáticos; hilados reforzados con alambre metálico; artículos de pasamanería)

5607 41

Cordeles para atar o engavillar, de polietileno o polipropileno

5801 27

Terciopelo y felpa por urdimbre, de algodón (excepto los de punto y tejidos con bucles para toallas, superficies textiles con pelo insertado y cintas de la partida 5806)

5803

Tejidos de gasa de vuelta (excepto cintas de la partida 5806)

5806 40

Cintas sin trama, de hilados o fibras paralelizados y aglutinados de anchura ≤ 30 cm

5901

Telas recubiertas de cola o materias amiláceas, de los tipos utilizados para encuadernación, cartonaje, estuchería o usos similares; tela para calcar; lienzos preparados para pintar; bucarán y telas rígidas similares de los tipos utilizados en sombrerería (excepto telas revestidas de plástico)

5905

Revestimientos de materia textil para paredes

5908

Mechas de materia textil tejida, trenzada o de punto, para lámparas, hornillos, mecheros, velas o similares; manguitos de incandescencia y tejidos de punto (excepto croché o ganchillo) tubulares utilizados para su fabricación, incl. impregnados (excepto mechas revestidas de cera, del tipo de los cerillos en rollo, mechas y cordones detonantes, mechas en forma de hilados textiles y mechas de fibra de vidrio)

5910

Correas transportadoras o de transmisión, de materia textil, incl. impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas con plástico o reforzadas con metal u otra materia (excepto de espesor < 3 mm, de longitud indeterminada o cortadas solo en determinadas longitudes, así como las impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas con caucho y las fabricadas con hilados o cuerdas textiles impregnados o recubiertos con caucho)

5911 10

Telas, fieltro y tejidos forrados de fieltro, combinados con una o varias capas de caucho, cuero u otra materia, de los tipos utilizados para la fabricación de guarniciones de cardas y productos análogos para otros usos técnicos, incluidas las cintas de terciopelo impregnadas de caucho para forrar enjulios

5911 31

Tela y fieltro sin fin o con dispositivos de unión, de los tipos utilizados en las máquinas para fabricar papel o en máquinas similares, p. ej. para pasta de papel o para amiantocemento, de peso < 650 g/m2

5911 32

Tela y fieltro sin fin o con dispositivos de unión, de los tipos utilizados en las máquinas para fabricar papel o en máquinas similares, p. ej. para pasta de papel o para amiantocemento, de peso ≥ 650 g/m2

5911 40

Capachos y telas gruesas de los tipos utilizados en las prensas de aceite o para usos técnicos análogos, incl. los de cabello

6001 99

Terciopelo y felpa, de punto (excepto de algodón o de fibras sintéticas o artificiales, así como los tejidos “de pelo largo”)

6003

Tejidos de punto, de anchura ≤ 30 cm, de algodón (excepto con un contenido de hilados de elastómeros o de hilos de caucho ≥ 5 % en peso; terciopelo, felpa, incl. los tejidos “de pelo largo”, y tejidos con bucles, de punto; etiquetas, escudos y artículos similares, así como tejidos de punto impregnados, recubiertos, revestidos o estratificados)

6005 36

Tejidos de punto por urdimbre, incl. los obtenidos en telares de pasamanería, de anchura > 30 cm, de fibras sintéticas, crudos o blanqueados (excepto con un contenido de hilados de elastómeros o hilos de caucho ≥ 5 % en peso; terciopelo, felpa, incluidos los tejidos “de pelo largo”, y tejidos con bucles, de punto; etiquetas, escudos y artículos similares, así como tejidos de punto impregnados, recubiertos, revestidos o estratificados)

6005 44

Tejidos de punto por urdimbre, incl. los obtenidos en telares de pasamanería, de anchura > 30 cm, de fibras artificiales, estampados (excepto con un contenido de hilados de elastómeros o hilos de caucho ≥ 5 % en peso; terciopelo, felpa, incl. los tejidos “de pelo largo”, y tejidos con bucles, de punto; etiquetas, escudos y artículos simil., así como tejidos de punto impregnados, recubiertos, revestidos o estratificados)

6006 10

Tejidos de punto, de anchura > 30 cm, de lana o pelo fino (excepto tejidos de punto por urdimbre, incl. los obtenidos en telares de pasamanería; tejidos de punto con un contenido de hilados de elastómeros o hilos de caucho ≥ 5 % en peso; terciopelo, felpa, incl. los tejidos “de pelo largo”, y tejidos con bucles, de punto; etiquetas, escudos y artículos similares, así como tejidos de punto impregnados, recubiertos, revestidos o estratificados)

6309

Artículos de prendería consistentes en prendas y complementos “accesorios” de vestir, mantas, ropa de cama, de mesa, de tocador o de cocina y artículos de moblaje, de todo tipo de materia textil, incluido el calzado y los artículos de sombrerería de todo tipo, con señales apreciables de uso y presentados a granel o en balas atadas, sacos o acondicionados simil. (excepto alfombras y otros revestimientos para el suelo, así como tapicerías)

6802 92

Piedras calizas, de cualquier forma (excepto mármol, travertinos y alabastro; losetas, cubos, dados y artículos simil. de la subpartida 6802.10; bisutería; relojes; aparatos de alumbrado y sus partes; obras originales de estatuaria o de escultura; adoquines, encintado “bordillos” y losas para pavimentos)

6804 23

Muelas y artículos simil., sin bastidor, para triturar, afilar, pulir, rectificar, cortar o trocear, de piedras naturales (excepto de abrasivos naturales aglomerados o de cerámica, así como piedra pómez perfumada, piedras de afilar o pulir a mano y pequeñas muelas especiales para tornos de dentista)

6806

Lana de escoria, de roca y lanas minerales similares; vermiculita dilatada, arcilla dilatada, espuma de escoria y productos minerales similares dilatados; mezclas y manufacturas de materias minerales para aislamiento térmico o acústico o para la absorción del sonido (excepto las de las partidas 6811 o 6812 o del capítulo 69)

6807

Manufacturas de asfalto o de productos simil., p. ej. pez de petróleo o brea

6809 19

Placas, hojas, paneles, losetas y artículos simil., de yeso o de preparaciones a base de yeso (excepto con adornos, revestidos o reforzados exclusivamente con papel o cartón, así como manufacturas aglomeradas con yeso para aislamiento térmico o acústico)

6810 91

Elementos prefabricados para la construcción o ingeniería civil de cemento, hormigón o piedra artificial, incl. armados

6811

Productos de asbestocemento, fibrocemento de celulosa o similares

6813

Guarniciones de fricción (por ejemplo: hojas, rollos, tiras, segmentos, discos, arandelas, plaquitas) sin montar, para frenos, embragues o cualquier órgano de frotamiento, a base de amianto (asbesto), de otras sustancias minerales o de celulosa, incluso combinados con textiles u otras materias (excl. el material de fricción montado)

6814 90

Mica trabajada y manufacturas de mica (excepto aisladores eléctricos, piezas aislantes, resistencias y condensadores; gafas protectoras de mica y sus lentes; adornos de mica para árboles de Navidad; placas, hojas y tiras de mica aglomerada o reconstituida, incl. con soporte)

6901

Ladrillos, placas, baldosas y demás piezas cerámicas de harinas silíceas fósiles, por ejemplo, “kieselguhr”, tripolita o diatomita, o de tierras silíceas análogas

6904 10

Ladrillos de construcción (excepto de harinas silíceas fósiles o de tierras silíceas análogas, así como ladrillos refractarios de la partida 6902)

6905

Tejas, elementos de chimenea, conductos de humo, ornamentos arquitectónicos y demás artículos cerámicos de construcción

6906 00

Tubos, canalones y accesorios de tubería, de cerámica (excepto productos de harinas silíceas fósiles o de tierras silíceas análogas, artículos de cerámica refractarios, conductos de humo, tubos fabricados especialmente para laboratorios, así como tubos aislantes y sus piezas de unión para usos eléctricos)

6907 22

Placas y baldosas, de cerámica, para pavimentación o revestimiento, con un coeficiente de absorción > 0,5  % pero ≤ 10 % en peso (excepto cubos para mosaicos y piezas de acabado, de cerámica)

6907 40

Piezas de acabado

6909 90

Abrevaderos, pilas y recipientes similares, de cerámica, para uso rural; cántaros y recipientes similares, de cerámica, para transporte o envasado (excepto vasijas de pie de uso general para laboratorio, cántaros y jarros para el comercio y artículos de uso doméstico)

7002

Vidrio en bolas (excepto las microesferas de la partida 7018), barras, varillas o tubos, sin trabajar

7003

Vidrio colado o laminado, en placas, hojas o perfiles, incluso con capa absorbente, reflectante o antirreflectante, pero sin trabajar de otro modo

7004

Planchas de vidrio estirado o soplado, incluso con capa absorbente, reflectante o antirreflectante, pero sin trabajar de otro modo

7005

Vidrio flotado y vidrio desbastado o pulido por una o las dos caras, en placas u hojas, incluso con capa absorbente, reflectante o antirreflectante, pero sin trabajar de otro modo

7007 11

Vidrio de seguridad endurecido “templado”, de dimensiones y formatos que permitan su empleo en automóviles, aeronaves, vehículos espaciales, barcos u otros vehículos

7007 29

Vidrio de seguridad contrachapado (excepto de dimensiones y formatos que permitan su empleo en automóviles, aeronaves, barcos u otros vehículos, así como vidrieras aislantes de paredes múltiples)

7011 10

Ampollas y envolturas tubulares, abiertas, y sus partes, de vidrio, sin guarniciones, destinadas al alumbrado eléctrico

72

Hierro y acero

7301

Tablestacas de hierro o acero, incluso perforadas o hechas con elementos ensamblados; perfiles de hierro o acero obtenidos por soldadura

7302

Elementos para vías férreas, de fundición, hierro o acero: carriles (rieles), contracarriles (contrarrieles) y cremalleras, agujas, puntas de corazón, varillas para mando de agujas y otros elementos para cruce o cambio de vías, traviesas (durmientes), bridas, cojinetes, cuñas, placas de asiento, placas de unión, placas y tirantes de separación y demás piezas concebidas especialmente para la colocación, unión o fijación de carriles (rieles)

7303

Tubos y perfiles huecos, de fundición

7304

Tubos y perfiles huecos, sin soldadura (sin costura), de hierro o acero

7305

Tubos y perfiles huecos (por ejemplo, soldados o remachados grapados o con los bordes simplemente aproximados) de sección circular y diámetro exterior > 406,4  mm, de hierro o acero

7306

Tubos y perfiles huecos, n.c.o.p. (por ejemplo: soldados, remachados, grapados o con los bordes simplemente aproximados), de hierro o acero

7307

Accesorios de tubería [por ejemplo: empalmes (rácores), codos, manguitos], de fundición, de hierro o acero

7308

Construcciones y sus partes (por ejemplo: puentes y sus partes, compuertas de esclusas, torres, castilletes, pilares, columnas, armazones para techumbre, techados, puertas y ventanas y sus marcos, contramarcos y umbrales, cortinas de cierre, barandillas), de fundición, hierro o acero; chapas, barras, perfiles, tubos y similares, de fundición, hierro o acero, preparados para la construcción (excepto las construcciones prefabricadas de la partida 9406)

7309

Depósitos, cisternas, cubas y recipientes similares para cualquier materia (excepto gas comprimido o licuado), de fundición, hierro o acero, de capacidad superior a 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso con revestimiento interior o calorífugo

7310

Depósitos, barriles, tambores, bidones, latas o botes, cajas y recipientes simil., de fundición, hierro o acero, para cualquier materia, de capacidad ≤ 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incl. con revestimiento interior o calorífugo, n.c.o.p. (exc. recipientes para gas comprimido o licuado)

7311

Recipientes de fundición, hierro o acero, para gas comprimido o licuado (excepto contenedores especialmente concebidos y equipados para uno o varios medios de transporte)

7314 12

Telas metálicas continuas o sin fin, de acero inoxidable, para máquinas

7318 24

Pasadores, clavijas y chavetas, de hierro o acero

7320 20

Muelles (resortes) helicoidales, de hierro o acero (excepto resortes espirales planos, muelles de relojería, muelles para astiles o mangos de paraguas o de sombrillas y amortiguadores de la sección 17)

7322 90

Generadores y distribuidores de aire caliente, incl. los distribuidores que puedan funcionar también como distribuidores de aire fresco o acondicionado, de calentamiento no eléctrico, que lleven un ventilador o un soplador con motor, y sus partes, de fundición, hierro o acero

7324 29

Bañeras, de chapa de acero

7407

Barras y perfiles de cobre

7408

Alambre de cobre

7409

Chapas y tiras, de cobre, de espesor superior a 0,15  mm

7411

Tubos de cobre

7412

Accesorios de tubería [por ejemplo: empalmes (rácores), codos o manguitos] de cobre

7413

Cables, trenzas y artículos similares, de cobre, sin aislar para electricidad

7415 21

Arandelas, incl. las arandelas de muelle (resorte) y arandelas de seguridad con resorte, de cobre

7505

Barras, perfiles y alambre, de níquel

7506

Chapas, bandas y hojas de níquel

7507

Tubos y accesorios de tubería [por ejemplo: empalmes (rácores), codos, manguitos], de níquel

7508

Las demás manufacturas de níquel

7605

Alambre de aluminio

7606

Chapas y tiras, de aluminio, de espesor superior a 0,2  mm

7607 20

Hojas y tiras, delgadas, de aluminio, con soporte, de espesor ≤ 0,2  mm, sin incluir el soporte (excepto hojas delgadas para el marcado a fuego de la partida 3212, así como hojas delgadas acondicionadas como accesorios de árboles de Navidad)

7608

Tubos de aluminio

7609

Accesorios de tubería (p. ej. empalmes [rácores], codos, manguitos), de aluminio

7610

Construcciones y sus partes (por ejemplo: puentes y sus partes, torres, castilletes, pilares y columnas, techados, armazones para techumbre, puertas y ventanas y sus marcos, contramarcos y umbrales, cortinas de cierre, barandillas), de aluminio (excepto las construcciones prefabricadas de la partida 9406); chapas, barras, perfiles, tubos y similares, de aluminio, preparados para la construcción

7611

Depósitos, cisternas, cubas y recipientes simil. para cualquier materia (excepto gas comprimido o licuado), de aluminio, de capacidad > 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incl. con revestimiento interior o calorífugo (excepto contenedores especialmente concebidos y equipados para uno o varios medios de transporte)

7612

Depósitos, barriles, tambores, bidones, latas o botes, cajas y recipientes simil., de fundición, hierro o acero, para cualquier materia, de capacidad ≤ 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incl. con revestimiento interior o calorífugo, n.c.o.p. (exc. recipientes para gas comprimido o licuado)

7613

Recipientes para gas comprimido o licuado, de aluminio

7616 10

Puntas, clavos, grapas apuntadas (excepto las de la partida 8305), tornillos, pernos, tuercas, escarpias roscadas, remaches, pasadores, clavijas, chavetas, arandelas y artículos similares

7804

Chapas, hojas y tiras, de plomo; polvo y escamillas, de plomo

7905

Chapas, hojas y tiras, de cinc

8001

Estaño en bruto

8003

Barras, perfiles y alambre, de estaño

8007

Manufacturas de estaño

8101 10

Polvo de wolframio “tungsteno”

8102

Molibdeno y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos

8105 90

Manufacturas de cobalto

8109

Circonio y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos

8111

Manganeso y sus manufacturas, incluidos los desperdicios y desechos

8202 20

Hojas de sierra de cinta, de metal común

8207

Útiles intercambiables para herramientas de mano, incluso mecánicas, o para máquinas herramienta [por ejemplo: de embutir, estampar, punzonar, roscar (incluso aterrajar), taladrar, escariar, brochar, fresar, tornear, atornillar], incluidas las hileras de extrudir o de estirar (trefilar) metal, así como los útiles de perforación o sondeo

8208 10

Cuchillas y hojas cortantes, para máquinas o aparatos mecánicos — Para trabajar metal

8208 20

Cuchillas y hojas cortantes, para máquinas o aparatos mecánicos — Para trabajar madera

8208 30

Cuchillas y hojas cortantes, para máquinas o aparatos mecánicos — Para aparatos de cocina o máquinas de la industria alimentaria

8208 90

Cuchillas y hojas cortantes, para máquinas o aparatos mecánicos — Las demás

8301 20

Cerraduras de los tipos utilizados en vehículos automóviles, de metal común

8301 70

Llaves presentadas aisladamente

8302 30

Las demás guarniciones, herrajes y artículos similares, para vehículos automóviles

8307

Tubos flexibles de metal común, incluso con sus accesorios

8309

Tapones y tapas, incl. las tapas corona, las tapas roscadas y los tapones vertedores, cápsulas para botellas, tapones roscados, sobretapas, precintos y demás accesorios para envases, de metal común

8414 10

Bombas de vacío

8414 90

Bombas de aire o de vacío, compresores de aire u otros gases y ventiladores; campanas aspirantes para extracción o reciclado, con ventilador incorporado, incluso con filtro; recintos de seguridad biológica herméticos a gases, incluso con filtro — Partes

8417

Hornos industriales o de laboratorio, incluidos los incineradores, que no sean eléctricos

8419 40

Aparatos de destilación o rectificación

8419 50

Intercambiadores de calor (excepto los utilizados con calderas)

8419 60

Aparatos y dispositivos para licuefacción de aire u otros gases

8419 89

Aparatos y dispositivos de laboratorio, aunque se calienten eléctricamente, para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, cocción, torrefacción, esterilización, pasteurización, baño de vapor de agua, evaporación, vaporización, condensación o enfriamiento, n.c.o.p. (excepto aparatos domésticos, así como los hornos y demás aparatos de la partida 8514)

8419 90

Partes de aparatos y de dispositivos, aunque se calienten eléctricamente, para tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, así como partes de calentadores de agua de calentamiento instantáneo o de acumulación, no eléctricos, n.c.o.p.

8451 10

Máquinas para limpieza en seco

8451 29

Máquinas para secar — Las demás

8451 30

Máquinas y prensas para planchar, incluidas las prensas para fijar

8451 90

Máquinas y aparatos (excepto las máquinas de la partida 8450) para lavar, limpiar, escurrir, secar, planchar, prensar (incluidas las prensas de fijar), blanquear, teñir, aprestar, acabar, recubrir o impregnar hilados, telas o manufacturas textiles y máquinas para el revestimiento de telas u otros soportes utilizados en la fabricación de cubresuelos, tales como linóleo; máquinas para enrollar, desenrollar, plegar, cortar o dentar telas — Partes

8456

Máquinas herramienta que trabajen por arranque de cualquier materia mediante láser u otros haces de luz o de fotones, por ultrasonido, electroerosión, procesos electroquímicos, haces de electrones, haces iónicos o chorro de plasma; máquinas para cortar por chorro de agua

8459

Máquinas herramienta, incl. las unidades de mecanizado de correderas, para taladrar, escariar, fresar, roscar o roscar (excepto tornos y centros de torneado de la partida 8458, máquinas para tallar engranajes de la partida 8461 y máquinas accionadas a mano)

8460

Máquinas herramienta de desbarbar, afilar, amolar, rectificar, lapear (bruñir), pulir o hacer otras operaciones de acabado, para metal o cermet, mediante muelas, abrasivos o productos para pulir (excepto las máquinas para tallar o acabar engranajes de la partida 8461 y máquinas accionadas manualmente)

8461

Máquinas herramienta de cepillar, limar, mortajar, brochar, tallar o acabar engranajes, aserrar, trocear y demás máquinas herramienta que trabajen por arranque de metal o cermet, no expresadas ni comprendidas en otra parte — Las demás

8462

Máquinas herramienta (incluidas las prensas) de forjar o estampar, martillos pilón y otras máquinas de martillar, para trabajar metal (excepto los laminadores); máquinas herramienta (incluidas las prensas, las líneas de hendido y las líneas de corte longitudinal) de enrollar, curvar, plegar, enderezar, aplanar, cizallar, punzonar, entallar o mordiscar, metal (excepto los bancos de estirar); prensas para trabajar metal o carburos metálicos, no expresadas anteriormente

8463

Máquinas herramienta para trabajar el metal, carburos metálicos sinterizados o cerámica metálica, sin arranque de materia (excepto prensas de forjar, curvar, plegar, enderezar o aplanar, cizallar, punzonar o entallar, prensas y máquinas accionadas manualmente)

8464

Máquinas de aserrar para trabajar piedra, cerámica, hormigón, amiantocemento o materias minerales simil. o para trabajar el vidrio en frío (excepto máquinas accionadas manualmente)

8465

Máquinas herramienta (incluidas las de clavar, grapar, encolar o ensamblar de otro modo) para trabajar madera, corcho, hueso, caucho endurecido, plástico rígido o materias duras similares

8470

Calculadoras y máquinas de bolsillo registradoras, reproductoras y visualizadoras de datos, con función de cálculo; máquinas contables, máquinas de franquear, máquinas de emitir tiques y máquinas similares, con dispositivo de calculo incorporado; cajas registradoras

8472

Las demás máquinas y aparatos de oficina (por ejemplo: copiadoras hectográficas, mimeógrafos, máquinas de imprimir direcciones, distribuidores automáticos de billetes de banco, máquinas de clasificar, contar o encartuchar monedas, sacapuntas, perforadoras, grapadoras)

8473

Partes y accesorios (excepto los estuches, fundas y similares) identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas o aparatos de las partidas 8470 a 8472

8478

Máquinas y aparatos para preparar o elaborar tabaco, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo

8485

Máquinas para fabricación aditiva

8486

Máquinas y aparatos utilizados, exclusiva o principalmente, para la fabricación de semiconductores en forma de monocristales periformes u obleas (“wafers”), dispositivos semiconductores, circuitos electrónicos integrados o dispositivos de visualización (“display”) de pantalla plana; máquinas y aparatos descritos en la Nota 11 C) del capítulo 84; sus partes y accesorios n.c.o.p.

8487

Partes de máquinas o aparatos, sin conexiones eléctricas, partes aisladas eléctricamente, bobinados, contactos ni otras características eléctricas, no expresadas ni comprendidas en otra parte del capítulo 84

8506

Pilas y baterías de pilas, eléctricas; sus partes

8512

Aparatos de alumbrado o señalización, eléctricos,(excepto lámparas de la partida 8539), limpiaparabrisas y eliminadores de escarcha y vaho, de los tipos utilizados en velocípedos o vehículos automóviles; sus partes

8513

Lámparas eléctricas portátiles concebidas para funcionar con su propia fuente de energía (por ejemplo: de pilas, acumuladores, electromagnéticas); sus partes

8515

Máquinas y aparatos para soldar (aunque puedan cortar), eléctricos, incluidos los de gas calentado eléctricamente, de láser u otros haces de luz o de fotones, ultrasonido, haces de electrones, impulsos magnéticos o chorro de plasma; máquinas y aparatos eléctricos para proyectar en caliente metal o cermet; sus partes

8517

Teléfonos, incluidos los teléfonos inteligentes y otros móviles (celulares) y los de otras redes inalámbricas; los demás aparatos de transmisión o recepción de voz, imagen u otros datos, incluidos los de comunicación en red con o sin cable [tales como redes locales (LAN) o extendidas (WAN)], distintos de los aparatos de emisión, transmisión o recepción de las partidas 8443, 8525, 8527 u 8528

8518

Micrófonos y sus soportes; altavoces (altoparlantes), incluso montados en sus cajas; auriculares, incluidos los de casco, estén o no combinados con micrófono, y juegos o conjuntos constituidos por un micrófono y uno o varios altavoces (altoparlantes); amplificadores eléctricos de audiofrecuencia; equipos eléctricos para amplificación del sonido

8519

Aparatos de grabación o reproducción de sonido

8521

Aparatos de grabación y reproducción de sonido

8522

Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 8519 o 8521

8523

Discos, cintas, dispositivos de almacenamiento permanente de datos a base de semiconductores, tarjetas inteligentes (smart cards) y demás soportes para grabar sonido o grabaciones análogas, grabados o no, incluso las matrices y moldes galvánicos para fabricación de discos, pero con exclusión de los productos del capítulo 37

8524

Módulos de visualización (“display”) de pantalla plana, incluso que incorporen pantallas táctiles

8525

Aparatos emisores de radiodifusión o televisión, incluso con aparato receptor o de grabación o reproducción de sonido incorporado; cámaras de televisión, cámaras fotográficas digitales y videocámaras

8526

Aparatos de radar, radionavegación o radiotelemando

8527

Aparatos receptores de radiodifusión, incluso combinados en la misma envoltura con grabador o reproductor de sonido o con reloj

8528

Monitores y proyectores, que no incorporen aparato receptor de televisión; aparatos receptores de televisión, incluso con aparato receptor de radiodifusión o grabación o reproducción de sonido o imagen incorporado

8530

Aparatos eléctricos de señalización (excepto los de transmisión de mensajes), seguridad, control o mando, para vías férreas o similares, carreteras, vías fluviales, áreas o parques de estacionamiento, instalaciones portuarias o aeropuertos (excepto los de la partida 8608); sus partes

8531

Aparatos eléctricos de señalización acústica o visual (por ejemplo: timbres, sirenas, tableros indicadores, avisadores de protección contra robo o incendio) (excepto los de las partidas 8512 u 8530)

8532

Condensadores eléctricos fijos, variables o ajustables

8533

Resistencias eléctricas (excepto las de calentamiento), incluidos reóstatos y potenciómetros

8534

Circuitos impresos

8536

Aparatos eléctricos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos [por ejemplo: interruptores, conmutadores, relés, cortacircuitos, supresores de sobretensión transitoria, clavijas y tomas de corriente (enchufes), portalámparas y demás conectores, cajas de empalme], para una tensión inferior o igual a 1 000  V; conectores de fibras ópticas, haces o cables de fibras ópticas

8540

Válvulas y tubos electrónicos, de cátodo caliente, cátodo frío o fotocátodo (por ejemplo: válvulas y tubos, de vacío, de vapor o gas, tubos rectificadores de vapor de mercurio, tubos catódicos, tubos y válvulas para cámaras de televisión); sus partes

8541

Dispositivos semiconductores (por ejemplo: diodos, transistores, transductores basados en semiconductores); dispositivos semiconductores fotosensibles, incluidas las células fotovoltaicas, aunque estén ensambladas en módulos o paneles; diodos emisores de luz (LED), incluso ensamblados con otros diodos emisores de luz (LED); cristales piezoeléctricos montados

8543

Máquinas y aparatos eléctricos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo

8546

Aisladores eléctricos de cualquier materia

8549

Desperdicios y desechos, eléctricos y electrónicos

8602

Locomotoras y locotractores (excepto de fuente externa de electricidad o de acumuladores); ténderes

8604

Vehículos para mantenimiento o servicio de vías férreas o similares, incluso autopropulsados (por ejemplo: vagones taller, vagones grúa, vagones equipados para apisonar balasto, alinear vías, coches para ensayos y vagonetas de inspección de vías)

8606

Vagones para transporte de mercancías, sobre carriles (rieles) (excepto furgones de equipajes y coches correo)

8607

Partes de vehículos para vías férreas o similares

8608

Elementos fijos y accesorios de vías férreas (excepto traviesas de madera, hormigón o acero, secciones de vía y otros elementos fijos de la vía no ensamblados y materiales para el tendido de vías férreas); aparatos mecánicos, incl. electromecánicos, de señalización, seguridad, control o mando para vías férreas o simil., carreteras o vías fluviales, áreas o parques de estacionamiento, instalaciones portuarias o aeropuertos; sus partes

8609

Contenedores (incluidos los contenedores cisterna y los contenedores depósito) especialmente concebidos y equipados para uno o varios medios de transporte

8701 21

Tractores de carretera para semirremolques — Únicamente con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel)

8701 22

Tractores de carretera para semirremolques — Equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (diésel o semidiésel) y con motor eléctrico

8701 23

Tractores de carretera para semirremolques — Equipados para la propulsión con motor de émbolo (pistón) alternativo, de encendido por chispa y con motor eléctrico

8701 24

Tractores de carretera para semirremolques — Únicamente propulsados con motor eléctrico

8701 29

Tractores de carretera para semirremolques — Equipados únicamente para la propulsión con motor de émbolo (pistón) alternativo, de encendido por chispa

8701 30

Tractores de orugas (excepto motocultores)

8703 10

Vehículos especialmente diseñados para el transporte de hasta 10 personas sobre nieve; vehículos especiales para transporte de personas en campos de golf y vehículos similares

Ex 8703 23

Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles diseñados principalmente para transporte de hasta 10 personas, incluidos los de tipo familiar (“break” o “station wagon”) y los de carreras, únicamente con motor de émbolo de pistón alternativo de encendido por chispa, de cilindrada > 1 900  cm3 pero ≤ 3 000  cm3, con una distancia vertical entre la parte inferior del chasis del automóvil y la carretera (“altura libre sobre el suelo”) igual o superior a 165 mm (excepto ambulancias)

Ex 8703 24

Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles diseñados principalmente para transporte de hasta 10 personas, incluidos los de tipo familiar (“break” o “station wagon”) y los de carreras, únicamente con motor de émbolo de pistón alternativo de encendido por chispa, de cilindrada > 3 000  cm3, con una distancia vertical entre la parte inferior del chasis del automóvil y la carretera (“altura libre sobre el suelo”) igual o superior a 165 mm (excepto ambulancias)

Ex 8703 32

Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para el transporte de hasta 10 personas, incluidos los de tipo familiar (“break” o “station wagon”) y los de carreras, únicamente con motor diésel, de cilindrada > 1 900  cm3 pero ≤ 2 500  cm3, con una distancia vertical entre la parte inferior del chasis del automóvil y la carretera (“altura libre sobre el suelo”) igual o superior a 165 mm (excepto ambulancias)

Ex 8703 33

Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para el transporte de hasta 10 personas, incluidos los de tipo familiar (“break” o “station wagon”) y los de carreras, únicamente con motor diésel, de cilindrada > 2 500  cm3, con una distancia vertical entre la parte inferior del chasis del automóvil y la carretera (“altura libre sobre el suelo”) igual o superior a 165 mm (excepto ambulancias)

Ex 8703 40

Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para el transporte de hasta 10 personas, incluidos los de tipo familiar (“break” o “station wagon”) y los de carreras, únicamente con motor de émbolo de pistón alternativo de encendido por chispa y motor eléctrico utilizado para la propulsión, con una distancia vertical entre la parte inferior del chasis del automóvil y la carretera (“altura libre sobre el suelo”) igual o superior a 165 mm (excepto híbridos enchufables)

Ex 8703 50

Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para el transporte de hasta 10 personas, incluidos los de tipo familiar (“break” o “station wagon”) y los de carreras, dotados de un motor diésel y de un motor eléctrico utilizados para la propulsión, con una distancia vertical entre la parte inferior del chasis del automóvil y la carretera (“altura libre sobre el suelo”) igual o superior a 165 mm (excepto híbridos enchufables)

Ex 8703 60

Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para el transporte de hasta 10 personas, incluidos los de tipo familiar (“break” o “station wagon”) y los de carreras, únicamente con motor de émbolo de pistón alternativo de encendido por chispa y motor eléctrico utilizado para la propulsión, que puedan cargarse mediante enchufes a una fuente de energía eléctrica externa, con una distancia vertical entre la parte inferior del chasis del automóvil y la carretera (“altura libre sobre el suelo”) igual o superior a 165 mm

Ex 8703 70

Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para el transporte de hasta 10 personas, incluidos los de tipo familiar (“break” o “station wagon”) y los de carreras, únicamente con motor diésel y motor eléctrico utilizado para la propulsión, que puedan cargarse mediante enchufes a una fuente de energía eléctrica externa, con una distancia vertical entre la parte inferior del chasis del automóvil y la carretera (“altura libre sobre el suelo”) igual o superior a 165 mm

Ex 8703 80

Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles diseñados principalmente para el transporte de hasta 10 personas, incluidos los de tipo familiar (“break” o “station wagon”) y los de carreras equipados únicamente con motor eléctrico para la propulsión, con una distancia vertical entre la parte inferior del chasis del automóvil y la carretera (“altura libre sobre el suelo”) igual o superior a 165 mm (excepto híbridos enchufables)

8703 90

Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para el transporte de hasta 10 personas, incluidos los de tipo familiar (“break” o “station wagon”) y los de carreras con motor distinto del motor de émbolo de pistón alternativo de encendido o motor eléctrico

Ex  87 04

Vehículos automóviles para transporte de mercancías, incl. los chasis con motor y cabina, excepto los de los códigos NC 8704 21 91 y 8704 21 99 con motor de cilindrada inferior o igual a 1 900  cm3

8705

Vehículos automóviles para usos especiales (excepto los concebidos principalmente para transporte de personas o mercancías) [por ejemplo: coches para reparaciones (auxilio mecánico) camiones grúa, camiones de bomberos, camiones hormigonera, coches barredera, coches esparcidores, coches taller, coches radiológicos]

8708 99

Partes y accesorios, para tractores, vehículos automóviles para transporte de ≥ 10 personas, automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para transporte de personas, vehículos automóviles para transporte de mercancías o para usos especiales n.c.o.p.

8709

Carretillas automóviles sin dispositivo de elevación de los tipos utilizados en fábricas, almacenes, puertos o aeropuertos, para transporte de mercancías a corta distancia; carretillas tractor de los tipos utilizados en estaciones ferroviarias; sus partes

8716

Remolques y semirremolques; los demás vehículos no automóviles [excepto los vehículos sobre carriles (rieles)]; sus partes, n.c.o.p.

8903

Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte; barcas (botes) de remo y canoas

8904

Remolcadores y barcos empujadores

8905

Barcos faro, barcos bomba, dragas, pontones grúa y demás barcos en los que la navegación sea accesoria en relación con la función principal; diques flotantes; plataformas de perforación o explotación, flotantes o sumergibles

9001 10

fibras ópticas, haces y cables de fibras ópticas (excepto cables constituidos por fibras ópticas enfundadas individualmente de la partida 8544)

9002 11

Objetivos para cámaras, proyectores o aparatos fotográficos o cinematográficos de ampliación o reducción

9002 19

Objetivos (excepto para cámaras, proyectores o aparatos fotográficos o cinematográficos de ampliación o reducción)

9005

Binoculares (incluidos los prismáticos), catalejos, anteojos astronómicos, telescopios ópticos y sus armazones; los demás instrumentos de astronomía y sus armazones (excepto instrumentos de radioastronomía y demás instrumentos o aparatos expresados en otra parte)

9007

Cámaras y proyectores cinematográficos, incl. con grabador o reproducción de sonido incorporado (excepto aparatos de vídeo)

9010

Aparatos y material para laboratorios fotográficos o cinematográficos, no expresados en otra parte del capítulo 90; negatoscopios; pantallas de proyección

9013

Láseres, excepto los diodos láser; los demás aparatos e instrumentos de óptica, no expresados ni comprendidos en otra parte del capítulo 90

9014

Brújulas, incluidos los compases de navegación; los demás instrumentos y aparatos de navegación (excepto equipo de radionavegación); sus partes

9015

Instrumentos y aparatos de geodesia, topografía, agrimensura, nivelación, fotogrametría, hidrografía, oceanografía, hidrología, meteorología o geofísica (excepto las brújulas); telémetros

9024

Máquinas y aparatos para ensayos de dureza, tracción, compresión, elasticidad u otras propiedades mecánicas de materiales (por ejemplo: metal, madera, textil, papel, plástico); sus partes

9025 90

Partes y accesorios de densímetros, areómetros, pesalíquidos e instrumentos flotantes simil., termómetros, pirómetros, barómetros, higrómetros y sicrómetros, n.c.o.p.

9026

Instrumentos y aparatos para medida o control del caudal, nivel, presión u otras características variables de líquidos o gases (por ejemplo: caudalímetros, indicadores de nivel, manómetros, contadores de calor), excepto los instrumentos y aparatos de las partidas 9014, 9015, 9028 o 9032

9027

Instrumentos y aparatos para análisis físicos o químicos (por ejemplo: polarímetros, refractómetros, espectrómetros, analizadores de gases o de humos); instrumentos y aparatos para ensayos de viscosidad, porosidad, dilatación, tensión superficial o similares o para medidas calorimétricas, acústicas o fotométricas (incluidos los exposímetros); micrótomos

9029

Cuentarrevoluciones, contadores de producción, taxímetros, cuentakilómetros, podómetros y demás contadores (excepto de gas, líquido o electricidad); velocímetros y tacómetros, excepto los de las partidas 9014 o 9015; estroboscopios

9030

Osciloscopios, analizadores de espectro y demás instrumentos y aparatos para medida o control de magnitudes eléctricas, excepto los de la partida 9028; instrumentos y aparatos para la medida o detección de radiaciones alfa, beta, gamma, X, cósmicas u demás radiaciones ionizantes

9031

Instrumentos, máquinas y aparatos para medida o control, no expresados ni comprendidos en otra parte del capítulo 90; proyectores de perfiles

9032 81

Los demás instrumentos y aparatos automáticos para regulación o control automáticos — Hidráulicos o neumáticos — Los demás

9401 10

Asientos para aeronaves

9401 20

Asientos para vehículos automóviles

9403 30

Muebles de madera de los tipos utilizados en oficinas

9406

Construcciones prefabricadas

9606

Botones y botones de presión; formas para botones y demás partes de botones o de botones de presión; esbozos de botones (excepto gemelos)

9608 91

Plumillas y puntos para plumillas

9612

Cintas para máquinas de escribir y cintas similares, entintadas o preparadas de otro modo para imprimir, incluso en carretes o cartuchos; tampones, incl. impregnados o con caja

Ex98

conjuntos industriales completos, excepto para la producción de alimentos y bebidas, productos farmacéuticos, medicamentos y productos sanitarios




ANEXO XIX

Lista de productos y tecnología a que se refiere el artículo 1 ter ter, apartado 2, sobre la prohibición de tránsito a través de Bielorrusia



Código NC

Designación de la mercancía

2710 19 21

Carburorreactores, de petróleo lampante

2710 19 29

Aceites medios y preparaciones, de petróleo o de mineral bituminoso

3811

Preparaciones antidetonantes, inhibidores de oxidación, aditivos peptizantes, mejoradores de viscosidad, anticorrosivos y demás aditivos preparados para aceites minerales, incluida la gasolina, u otros líquidos utilizados para los mismos fines que los aceites minerales

8705 10

Camiones grúa




ANEXO XX

Lista de productos y tecnología adecuados para su uso en el refinado de petróleo y la licuefacción de gas natural a que se refiere el artículo 1 octies quater



 

NC

Producto

ex

8419 60 00

Unidades de proceso para la licuefacción del gas natural

ex

8419 60 00

Tecnología de recuperación y purificación del hidrógeno

ex

8419 60 00

Tecnología de tratamiento de gas de refinería y de recuperación de azufre (incluidas las unidades de lavado con aminas, las unidades de recuperación de azufre y las unidades de tratamiento de gases de cola)




ANEXO XXI

Lista de oro a que se refiere el artículo 1 novodecies ter, apartados 1 y 2



 

Código NC

Denominación del producto

 

7108

Oro (incluido el oro platinado), en bruto, semilabrado o en polvo

 

7112 91

Desperdicios y desechos de oro o de chapado (plaqué) de oro (excepto las barreduras que contengan otro metal precioso)

ex

7118 90

Monedas de oro




ANEXO XXII

Lista de oro a que se refiere el artículo 1 novodecies ter, apartado 3



 

Código NC

Denominación del producto

ex

7113

Artículos de joyería y sus partes, de oro o que contengan oro, o de chapado (plaqué) de oro

ex

7114

Artículos de orfebrería y sus partes, de oro o que contengan oro, o de chapado (plaqué) de oro




ANEXO XXIII

Lista de petróleo crudo a que se refiere el artículo 1 nonies



Código NC

Denominación del producto

ex 2709 00

Aceites crudos de petróleo o de mineral bituminoso, excepto los condensados de gas natural de la subpartida NC 2709 00 10 de plantas de producción de gas natural licuado




ANEXO XXIV

Lista de productos y tecnología de navegación marítima a que se refiere el artículo 1 septies quinquies

Categoría VI — Marina

X.A.VI.001

Buques, sistemas o equipos marinos y componentes diseñados especialmente para ellos, así como componentes y accesorios para ellos:

a) 

los equipos contenidos en el capítulo 4 (equipos de navegación) del Reglamento de Ejecución de la Comisión que sea aplicable, relativo a los requisitos de diseño, construcción y rendimiento y a las normas de ensayo para equipos marinos, adoptado de conformidad con el artículo 35, apartado 2, de la Directiva 2014/90/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre equipos marinos;

b) 

los equipos incluidos en el capítulo 5 (equipos de radiocomunicación) del Reglamento de Ejecución de la Comisión que sea aplicable, relativo a los requisitos de diseño, construcción y rendimiento y a las normas de ensayo para equipos marinos, adoptado de conformidad con el artículo 35, apartado 2, de la Directiva 2014/90/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre equipos marinos.




ANEXO XXV

Lista de artículos de lujo a que se refiere el artículo 1 octies bis

NOTA EXPLICATIVA

Los códigos de la nomenclatura se han tomado de los de la Nomenclatura Combinada, conforme a lo definido en el artículo 1, apartado 2, del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común, y según lo establecido en su anexo I, válidos en el momento de la publicación del presente Reglamento y, mutatis mutandis, en su versión modificada por la legislación posterior.

1)   Caballos



ex

0101 21 00

Reproductores de raza pura

ex

0101 29 90

Los demás

2)   Caviar y sus sucedáneos



ex

1604 31 00

Caviar “huevas de esturión”

ex

1604 32 00

Sucedáneos del caviar

3)   Trufas y elaboraciones a base de trufa



ex

0709 56 00

Trufas

ex

0710 80 69

Las demás

ex

0711 59 00

Los demás

ex

0712 39 00

Los demás

ex

2001 90 97

Los demás

ex

2003 90 10

Trufas

ex

2103 90 90

Los demás

ex

2104 10 00

Sopas y caldos y sus preparados

ex

2104 20 00

Preparaciones alimenticias compuestas homogeneizadas

ex

2106 00 00

Preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte

4)   Cigarros puros y cigarritos



ex

2402 10 00

Cigarros (puros), incluso despuntados, y cigarritos (puritos), que contengan tabaco

ex

2402 90 00

Los demás

5)   Alfombras y tapicerías tejidas a mano o no



ex

5701 00 00

Alfombras de nudo de materia textil, incluso confeccionadas

ex

5702 10 00

Alfombras llamadas “kelim” o “kilim”, “schumacks” o “soumak”, “karamanie” y alfombras similares tejidas a mano

ex

5702 20 00

Revestimientos para el suelo de fibras de coco

ex

5702 31 80

Los demás

ex

5702 32 00

De materias textiles sintéticas o artificiales

ex

5702 39 00

De otras materias textiles

ex

5702 41 90

Los demás

ex

5702 42 00

De materias textiles sintéticas o artificiales

ex

5702 50 00

Las demás, sin aterciopelar ni confeccionar

ex

5702 91 00

De lana o pelo fino

ex

5702 92 00

De materias textiles sintéticas o artificiales

ex

5702 99 00

De otras materias textiles

ex

5703 00 00

Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil, con mechón insertado, incluso confeccionados

ex

5704 00 00

Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de fieltro (excepto los de mechón insertado y los flocados), incluso confeccionados

ex

5705 00 00

Las demás alfombras y revestimientos para el suelo, de materia textil, incluso confeccionados

ex

5805 00 00

Tapicería tejida a mano (gobelinos, Flandes, Aubusson, Beauvais y similares) y tapicería de aguja (por ejemplo: de petit point, de punto de cruz), incluso confeccionadas

6)   Monedas y billetes que no sean de curso legal



ex

4907 00 30

Billetes de banco

ex

7118 10 00

Monedas sin curso legal (excepto las de oro)

ex

7118 90 00

Las demás

7)   Cuberterías de metales preciosos o revestidas o chapadas con metales preciosos



ex

8214 00 00

Los demás artículos de cuchillería (por ejemplo máquinas de cortar el pelo o de esquilar, cuchillas de picar carne, tajaderas de carnicería o cocina y cortapapeles); herramientas y juegos de herramientas de manicura o pedicura (incluidas las limas para uñas)

ex

8215 00 00

Cucharas, tenedores, cucharones, espumaderas, palas para tarta, cuchillos para pescado o mantequilla, pinzas para azúcar y artículos similares

ex

9307 00 00

Sables, espadas, bayonetas, lanzas y demás armas blancas, sus partes y fundas

8)   Dispositivos eléctricos, electrónicos y ópticos para grabación y reproducción de sonido o de imagen de valor superior a 1 000  EUR



ex

8519 00 00

Aparatos de grabación de sonido; aparatos de reproducción de sonido; aparatos de grabación y reproducción de sonido

ex

8521 00 00

Aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido (vídeos), incluso con receptor de señales de imagen y sonido incorporado

ex

8527 00 00

Aparatos receptores de radiodifusión, incluso combinados en la misma envoltura con grabador o reproductor de sonido o con reloj

ex

8528 71 00

No concebidos para incorporar un dispositivo de visualización (display) o pantalla de vídeo

ex

8528 72 00

Los demás, en colores

ex

9006 00 00

Cámaras fotográficas; aparatos y dispositivos, incluidos las lámparas y tubos, para la producción de destellos en fotografía, excepto las lámparas y tubos de descarga de la partida 8539

ex

9007 00 00

Cámaras y proyectores cinematográficos, incluso con grabador o reproductor de sonido incorporados

9)   Vehículos destinados al transporte de personas por tierra, aire o mar cuyo valor supere los 50 000  EUR por unidad, teleféricos, telesillas, telesquíes y mecanismos de tracción para funiculares y motocicletas, así como sus recambios y accesorios, cuyo valor supere los 5 000  EUR por unidad



ex

4011 10 00

De los tipos utilizados en automóviles de turismo, incluidos los de tipo familiar (break o station wagon) y los de carreras

ex

4011 40 00

De los tipos utilizados en motocicletas

ex

4011 90 00

Los demás

ex

7009 10 00

Espejos retrovisores para vehículos

ex

8411 00 00

Turborreactores, turbopropulsores y demás turbinas de gas

ex

8512 20 00

Los demás aparatos de alumbrado o señalización visual

ex

8512 30 10

Aparatos de señalización acústica de los tipos utilizados para vehículos automóviles

ex

8512 30 90

Los demás

ex

8603 00 00

Automotores para vías férreas y tranvías autopropulsados, excepto los de la partida 8604

ex

8605 00 00

Vagones de pasajeros de ferrocarriles o tranvías, excepto los autopropulsados; Coches de viajeros, furgones de equipajes, coches correo y demás coches especiales, para vías férreas o similares (excepto los coches de la partida 8604)

ex

8607 00 00

Partes de vehículos para vías férreas o similares

ex

8702 00 00

Vehículos automóviles para transporte de diez o más personas, incluido el conductor

ex

8706 00 00

Chasis de vehículos automóviles de las partidas 8701 a 8705, equipados con su motor

ex

8707 00 00

Carrocerías de vehículos automóviles de las partidas 8701 a 8705, incluidas las cabinas

ex

8708 00 00

Partes y accesorios de vehículos automóviles de las partidas 8701 a 8705

ex

8711 00 00

Motocicletas (incluidos los ciclomotores) y velocípedos con motor auxiliar, con sidecar o sin él; sidecares

ex

8712 00 00

Bicicletas y demás velocípedos, incluidos los triciclos de reparto, sin motor

ex

8714 00 00

Partes y accesorios de vehículos de las partidas 8711 a 8713

ex

8901 10 00

Transatlánticos, barcos para excursiones (de cruceros) y barcos similares concebidos principalmente para transporte de personas; transbordadores

ex

8901 90 00

Los demás barcos para transporte de mercancías y los demás barcos concebidos para transporte mixto de personas y mercancías

10)   Artículos y equipos ópticos de cualquier valor



ex

9004 90 90

Equipos de visión nocturna o equipos de visión térmica

ex

9013 80 90

Miras réflex




ANEXO XXVI

Lista de programas informáticos a que se refiere el artículo 1 undecies quater, apartado 4

Programas informáticos para la gestión de empresas, es decir, sistemas que representan y dirigen digitalmente todos los procesos que tienen lugar en una empresa, en particular:

— 
planificación de recursos empresariales (PRE),
— 
gestión de relaciones con los clientes (CRM),
— 
inteligencia empresarial (BI),
— 
gestión de la cadena de suministro (SCM),
— 
almacén de datos empresariales (EDW),
— 
sistema informatizado de gestión del mantenimiento (CMMS),
— 
programas informáticos de gestión de proyectos,
— 
gestión del ciclo de vida de los productos (PLM),
— 
componentes típicos de las mencionadas combinaciones, incluidos los programas informáticos de contabilidad, gestión de la flota, logística y recursos humanos.

Programas informáticos de diseño y fabricación utilizados en los ámbitos de la arquitectura, la ingeniería, la construcción, la fabricación, los medios de comunicación, la educación y el entretenimiento, incluidos:

— 
modelización de la información sobre edificios (BIM),
— 
diseño asistido por ordenador (CAD),
— 
fabricación asistida por ordenador (CAM),
— 
ingeniería por encargo (ETO),
— 
componentes típicos de las combinaciones mencionadas anteriormente.




ANEXO XXVII

Lista de productos que permiten a Bielorrusia diversificar sus fuentes de ingresos a que se refiere el artículo 1 novodecies bis



Código NC

Denominación del producto

0306

Crustáceos, incluso pelados, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; crustáceos ahumados, incluso pelados, incluso cocidos antes o durante el ahumado; crustáceos sin pelar, cocidos en agua o vapor, incluso refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera

1604 31 00

Caviar “huevas de esturión”

1604 32 00

Sucedáneos del caviar

2208

Alcohol etílico sin desnaturalizar con un grado alcohólico volumétrico inferior al 80 % vol.; aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas

2303

Residuos de la industria del almidón y residuos similares, pulpa de remolacha, bagazo de caña de azúcar y demás desperdicios de la industria azucarera, heces y desperdicios de cervecería o de destilería, incluso en pellets

2402

Cigarros (puros), incluso despuntados, cigarritos (puritos) y cigarrillos, de tabaco o de sucedáneos del tabaco

2701

Hullas; briquetas, ovoides y combustibles sólidos similares, obtenidos de la hulla

2702

Lignitos, incluso aglomerados, excepto el azabache

2703

Turba, incluida la utilizada para cama de animales y la aglomerada

2704

Coques y semicoques de hulla, lignito o turba, incluso aglomerados; carbón de retorta

2705

Gas de hulla, gas de agua, gas pobre y gases similares, excepto el gas de petróleo y demás hidrocarburos gaseosos

2706

Alquitranes de hulla, lignito o turba y demás alquitranes minerales, aunque estén deshidratados o descabezados, incluidos los alquitranes reconstituidos

2708

Brea y coque de brea de alquitrán de hulla o de otros alquitranes minerales

2714

Betunes y asfaltos naturales; pizarras y arenas bituminosas; asfaltitas y rocas asfálticas

2803

Carbono (negros de humo y otras formas de carbono no expresadas ni comprendidas en otra parte)

2804 29 10

 

2811

Ácidos inorgánicos y compuestos oxigenados inorgánicos de los elementos no metálicos (excepto cloruro de hidrógeno “ácido clorhídrico”, ácido clorosulfúrico, ácido sulfúrico, óleum, ácido nítrico, ácidos sulfonítricos, pentaóxido de difósforo, ácido fosfórico, ácidos polifosfóricos, óxidos de boro y ácidos bóricos)

2818

Corindón artificial, aunque no sea de constitución química definida; óxido de aluminio; hidróxido de aluminio

ex  28 25

Hidrazina e hidroxilamina y sus sales inorgánicas; las demás bases inorgánicas; los demás óxidos, hidróxidos y peróxidos de metales, excepto los de los códigos NC 2825 20 00 y 2825 30 00

2834

Nitritos; nitratos

ex  28 35

Fosfinatos (hipofosfitos), fosfonatos (fosfitos) y fosfatos; polifosfatos, aunque no sean de constitución química definida, excepto los del código NC 2835 26 00

2836

Carbonatos; peroxocarbonatos (percarbonatos); carbonato de amonio comercial que contenga carbamato de amonio

2845 40

 

ex  29 01

Hidrocarburos acíclicos, excepto los del código NC 2901 10 00

2902

Hidrocarburos cíclicos

2903

Derivados halogenados de los hidrocarburos

2905

Alcoholes acíclicos y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados

2907

Fenoles; fenoles-alcoholes

2909

Éteres, éteres-alcoholes, éteres-fenoles, éteres-alcoholes-fenoles, peróxidos de alcoholes, peróxidos de éteres, peróxidos de acetales y de semiacetales, peróxidos de cetonas (aunque no sean de constitución química definida), y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados

2914

Cetonas y quinonas, incluso con otras funciones oxigenadas, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados

2915

Ácidos monocarboxílicos acíclicos saturados y sus anhídridos, halogenuros, peróxidos y peroxiácidos; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados

2917

Ácidos policarboxílicos, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos y peroxiácidos; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados

2922

Compuestos aminados con funciones oxigenadas

2923

Sales e hidróxidos de amonio cuaternario; lecitinas y demás fosfoaminolípidos, aunque no sean de constitución química definida

2931

Compuestos órgano-inorgánicos de constitución química definida presentados aisladamente (excepto tiocompuestos orgánicos y los de mercurio)

2933

Compuestos heterocíclicos con heteroátomo(s) de nitrógeno exclusivamente

3301

Aceites esenciales (desterpenados o no), incluidos los “concretos” o “absolutos”; resinoides; oleorresinas de extracción; disoluciones concentradas de aceites esenciales en grasas, aceites fijos, ceras o materias análogas, obtenidas por enflorado o maceración; subproductos terpénicos residuales de la desterpenación de los aceites esenciales; destilados acuosos aromáticos y disoluciones acuosas de aceites esenciales

3304

Preparaciones de belleza, maquillaje y para el cuidado de la piel, incluidas las preparaciones antisolares y las bronceadoras (excepto los medicamentos); preparaciones para manicuras o pedicuras

3305

Preparaciones capilares

3306

Preparaciones para la higiene bucal o dental, incluidos los polvos y cremas para la adherencia de las dentaduras; hilo utilizado para limpieza de los espacios interdentales (hilo dental), en envases individuales para la venta al por menor

3307

Preparaciones para afeitar o para antes o después del afeitado, desodorantes corporales, preparaciones para el baño, depilatorios y demás preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética, n.c.o.p.; preparaciones desodorantes de locales, incluso sin perfumar, aunque tengan propiedades desinfectantes

3401

Jabón; productos y preparaciones orgánicos tensoactivos utilizados como jabón, en barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas, aunque contengan jabón; productos y preparaciones orgánicos tensoactivos para el lavado de la piel, líquidos o en crema, acondicionados para la venta al por menor, aunque contengan jabón; papel, guata, fieltro y tela sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes

3402

Agentes de superficie orgánicos (excepto el jabón); preparaciones tensoactivas, preparaciones para lavar, incluidas las preparaciones auxiliares de lavado, y preparaciones de limpieza, aunque contengan jabón (excepto las de la partida 3401)

3404

Ceras artificiales y ceras preparadas

3801

Grafito artificial; grafito coloidal o semicoloidal; preparaciones a base de grafito u otros carbonos, en pasta, bloques, plaquitas u otras semimanufacturas

3811

Preparaciones antidetonantes, inhibidores de oxidación, aditivos peptizantes, mejoradores de viscosidad, anticorrosivos y demás aditivos preparados para aceites minerales, incluida la gasolina, u otros líquidos utilizados para los mismos fines que los aceites minerales

3812

Aceleradores de vulcanización preparados; plastificantes compuestos para caucho o plástico, n.c.o.p; preparaciones antioxidantes y demás estabilizantes compuestos para caucho o plástico

3817

Mezclas de alquilbencenos y mezclas de alquilnaftalenos, obtenidas por alquilación del benceno y del naftaleno (excepto mezclas de isómeros de hidrocarburos cíclicos)

3819

Líquidos para frenos hidráulicos y demás líquidos preparados para transmisiones hidráulicas, sin aceites de petróleo ni de mineral bituminoso o con un contenido de dichos aceites < 70 % en peso

3823

Ácidos grasos monocarboxílicos industriales; aceites ácidos del refinado; alcoholes grasos industriales

3824

Preparaciones aglutinantes para moldes o núcleos de fundición; productos químicos y preparaciones de la industria química o de las industrias conexas, incluidas las mezclas de productos naturales, n.c.o.p.

3901

Polímeros de etileno en formas primarias

3902

Polímeros de propileno o de otras olefinas, en formas primarias

3903

Polímeros de estireno en formas primarias

3904

Polímeros de cloruro de vinilo o de otras olefinas halogenadas, en formas primarias

3907

Poliacetales, los demás poliéteres y resinas epoxi, en formas primarias; policarbonatos, resinas alcídicas, poliésteres alílicos y demás poliésteres, en formas primarias

3908

Poliamidas en formas primarias

3916

Monofilamentos cuya mayor dimensión de la sección transversal sea superior a 1 mm, barras, varillas y perfiles, incluso trabajados en la superficie pero sin otra labor, de plástico

3917

Tubos y accesorios de tubería [por ejemplo: juntas, codos, empalmes (racores)], de plástico

3919

Placas, láminas, hojas, cintas, tiras y demás formas planas, autoadhesivas, de plástico, incluso en rollos (excepto revestimientos para suelos, paredes o techos de la partida 3918)

3920

Placas, láminas, hojas y tiras, de plástico no celular y sin refuerzo, estratificación ni soporte o combinación similar con otras materias, sin trabajar o trabajadas solo en la superficie o solo cortadas en forma cuadrada o rectangular (excepto autoadhesivas, así como los revestimientos para suelos, paredes o techos de la partida 3918)

3921

Placas, láminas, hojas y tiras, de plástico, reforzadas, estratificadas o combinadas de forma similar con otras materias o de plástico celular, sin trabajar o trabajadas solo en la superficie o solo cortadas en forma cuadrada o rectangular (excepto autoadhesivas, así como los revestimientos para suelos, paredes o techos de la partida 3918)

3923

Artículos para el transporte o envasado, de plástico; tapones, tapas, cápsulas y demás dispositivos de cierre, de plástico

3925

Artículos para la construcción, de plástico, n.c.o.p.

3926

Manufacturas de plástico y manufacturas de las demás materias de las partidas 3901 a 3914, n.c.o.p.

4002

Caucho sintético y caucho facticio derivado de los aceites, en formas primarias o en placas, hojas o tiras; mezclas de caucho natural, balata, gutapercha, guayule, chicle y gomas naturales análogas con caucho sintético y caucho facticio derivado de los aceites, en formas primarias o en placas, hojas o tiras

4107

Cueros preparados después del curtido o del secado y cueros y pieles apergaminados, de bovino (incluido el búfalo) o equino, depilados, incluso divididos (excepto cueros y pieles agamuzados, cueros y pieles charolados y sus imitaciones de cueros o pieles chapados, así como cueros y pieles metalizados)

4202

Baúles, maletas (valijas), maletines, incluidos los de aseo y los portadocumentos, portafolios (carteras de mano), cartapacios, fundas y estuches para gafas (anteojos), binoculares, cámaras fotográficas o cinematográficas, instrumentos musicales o armas y continentes similares; sacos de viaje, sacos (bolsas) aislantes para alimentos y bebidas, bolsas de aseo, mochilas, bolsos de mano (carteras), bolsas para la compra, billeteras, portamonedas, portamapas, petacas, pitilleras y bolsas para tabaco, bolsas para herramientas y para artículos de deporte, estuches para frascos y botellas, estuches para joyas, polveras, estuches para orfebrería y continentes similares, de cuero natural o regenerado, hojas de plástico, materia textil, fibra vulcanizada o cartón, o recubiertos totalmente o en su mayor parte con estas materias o papel

4301

Peletería en bruto, incluidas las cabezas, colas, patas y demás trozos utilizables en peletería (excepto las pieles en bruto de las partidas 4101, 4102 o 4103)

4703

Pasta química de madera a la sosa (soda) o al sulfato (excepto la pasta para disolver)

4705

Pasta de madera obtenida por la combinación de tratamientos mecánico y químico

4801

Papel prensa, especificado en la nota 4 del capítulo 48, en bobinas de anchura superior a 28 cm, o en hojas de forma cuadrada o rectangular con un lado superior a 28 cm y el otro superior a 15 cm, medidos sin plegar

4802

Papel y cartón, sin estucar ni recubrir, de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar, sin perforar, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño, así como el papel y cartón hechos a mano (hoja a hoja) (excepto papel prensa de la partida 4801 y papeles de la partida 4803)

4803

Papel del tipo utilizado para papel higiénico, toallitas para desmaquillar, toallas, servilletas o papeles simil. de uso doméstico, de higiene o tocador, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, incluso rizados [“crepés”], plisados, gofrados, estampados, perforados, coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) de anchura superior a 36 cm o en hojas cuadradas o rectangulares en las que sus lados sean superiores a 36 cm y a 15 cm, medidos sin plegar

4804

Papel y cartón Kraft, sin estucar ni recubrir, en bobinas (rollos) o en hojas (excepto el de las partidas 4802 o 4803)

4805

Los demás papeles y cartones, sin estucar ni recubrir, en bobinas (rollos) de anchura superior a 36 cm o en hojas de forma cuadrada o rectangular en las que sus lados sean superiores a 36 cm y a 15 cm, medidos sin plegar, que no hayan sido sometidos a trabajos complementarios o tratamientos distintos de los especificados en la Nota 3 de este capítulo, n.c.o.p.

4810

Papel y cartón estucados por una o las dos caras con caolín u otras sustancias inorgánicas, con aglutinante o sin él, excluido cualquier otro estucado o recubrimiento, incluso coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular de cualquier tamaño (excepto papel y cartón con cualquier otro estucado o recubrimiento)

4811

Papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, estucados, recubiertos, impregnados o revestidos, coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño (excepto productos de las partidas 4803, 4809 o 4810)

4818

Papel del tipo utilizado para papel higiénico y papeles similares, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa, de los tipos utilizados para fines domésticos o sanitarios, en bobinas (rollos) de una anchura ≤ 36 cm o cortados en formato; pañuelos, toallitas de desmaquillar, toallas, manteles, servilletas, sábanas y artículos similares para uso doméstico, de tocador, higiénico o de hospital, prendas y complementos (accesorios), de vestir, de pasta de papel, papel, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa

4819

Cajas, sacos (bolsas), bolsitas, cucuruchos y demás envases de papel, cartón, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa, n.c.o.p.; cartonajes de oficina, tienda o similares

4823

Papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibra de celulosa, en tiras o en bobinas (rollos) de anchura ≤ 36 cm o en hojas de forma cuadrada o rectangular en las que no haya ningún lado > 36 cm, medidos sin plegar, o cortados en forma distinta de la cuadrada o rectangular, así como artículos de pasta de papel, de papel, de cartón, de guata de celulosa o de napa de fibras de celulosa, n.c.o.p.

5402

Hilados de filamentos sintéticos, incluso los monofilamentos sintéticos de título Inferior a 67 decitex (excepto hilos de coser e hilados acondicionados para la venta al por menor)

5601

Guata de materia textil y artículos de esta guata; fibras textiles de longitud ≤ 5 mm (tundizno), nudos y motas de materia textil (exc. guata y artículos de guata impregnados o recubiertos de sustancias farmacéuticas o acondicionados para la venta al por menor con fines médicos, quirúrgicos, odontológicos o veterinarios, así como impregnados, recubiertos o revestidos de perfume, maquillaje, jabón, etc.)

5603

Tela sin tejer, incl. impregnada, recubierta, revestida o estratificada, n.c.o.p.

6204

Trajes sastre, conjuntos, chaquetas (sacos), vestidos, faldas, faldas pantalón, pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts, para mujeres o niñas [excepto de punto, así como cazadoras y artículos similares, combinaciones, enaguas, bragas (bombachas, calzones), prendas de deporte, monos (overoles) y conjuntos de esquí y trajes de baño]

6305

Sacos “bolsas” y talegas, para envasar, de todo tipo de materia textil

6403

Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural (excepto calzado ortopédico, calzado con patines fijos, para hielo o de ruedas, y el calzado que tenga el carácter de juguete)

6806

Lana de escoria, de roca y lanas minerales similares; mezclas y manufacturas de materias minerales para aislamiento térmico o acústico o para la absorción del sonido (excepto manufacturas de hormigón ligero, de amianto, de amiantocemento, de celulosacemento o similares; mezclas y otras manufacturas de amianto o a base de amianto, y productos cerámicos)

6807

Manufacturas de asfalto o de productos simil., p.ej. pez de petróleo o brea

6808

Paneles, placas, losetas, bloques y artículos similares, de fibra vegetal, paja o viruta, de plaquitas o partículas, o de aserrín o demás desperdicios de madera, aglomerados con cemento, yeso fraguable o demás aglutinantes minerales (excepto manufacturas de amiantocemento, celulosacemento y similares)

6814

Mica trabajada y manufacturas de mica, incluida la aglomerada o reconstituida, incl. con soporte de papel, cartón o demás materias (excepto aisladores eléctricos, piezas aislantes, resistencias y condensadores; gafas protectoras de mica y sus lentes; adornos de mica para árboles de Navidad)

6815

Manufacturas de piedra o de otras materias minerales, incluidas las fibras de carbono y sus manufacturas y las manufacturas de turba, n.c.o.p.

6902

Ladrillos, placas, baldosas y demás piezas cerámicas análogas de construcción, refractarios (excepto los de harinas silíceas fósiles o de tierras silíceas análogas)

6907

Placas y baldosas, de cerámica, para pavimentación o revestimiento; cubos, dados y artículos similares, de cerámica, para mosaicos, incluso con soporte (excepto de harinas silíceas fósiles o de tierras silíceas análogas, artículos de cerámica refractarios, azulejos especialmente adaptados como salvamanteles, objetos de adorno y azulejos especiales para hornos y estufas)

7005

Vidrio flotado y vidrio desbastado o pulido por una o las dos caras, en placas u hojas, incluso con capa absorbente, reflectante o antirreflectante, pero sin trabajar de otro modo

7007

Vidrio de seguridad constituido por vidrio templado o contrachapado

7010

Bombonas (damajuanas), botellas, frascos, bocales, tarros, envases tubulares, ampollas y demás recipientes para el transporte o envasado, de vidrio; bocales para conservas, de vidrio; tapones, tapas y demás dispositivos de cierre, de vidrio

7019

Fibra de vidrio (incluida la lana de vidrio) y manufacturas de esta materia (por ejemplo: hilados, rovings, tejidos)

7104

Piedras preciosas o semipreciosas, sintéticas o reconstituidas, incluso trabajadas o clasificadas, sin ensartar, montar ni engarzar; piedras preciosas o semipreciosas, sintéticas o reconstituidas, sin clasificar, ensartadas temporalmente para facilitar el transporte

7106

Plata (incluida la plata dorada y la platinada) en bruto, semilabrada o en polvo

7112

Desperdicios y desechos, de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué); demás desperdicios y desechos que contengan metal precioso o compuestos de metal precioso, de los tipos utilizados principalmente para la recuperación del metal precioso (excepto los desperdicios y desechos que hayan sido fundidos y colados en lingotes, masas o formas similares)

7115

Manufacturas de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué), n.c.o.p.

7408

Alambre de cobre

7604

Barras y perfiles de cobre

7605

Alambre de aluminio

7606

Chapas y tiras, de aluminio, de espesor superior a 0,2  mm

7607

Hojas y tiras, delgadas, de aluminio, incluso impresas o fijadas sobre papel, cartón, plástico o soportes similares, de espesor inferior o igual a 0,2  mm (sin incluir el soporte)

7608

Tubos de aluminio

7801

Plomo en bruto

8207

Útiles intercambiables para herramientas de mano, incluso mecánicas, o para máquinas herramienta [por ejemplo: de embutir, estampar, punzonar, roscar (incluso aterrajar), taladrar, escariar, brochar, fresar, tornear, atornillar], incluidas las hileras de extrudir o de estirar (trefilar) metal, así como los útiles de perforación o sondeo

8212

Navajas y maquinillas no eléctricas de afeitar y sus hojas (incluidos los esbozos en fleje), de metal común

8302

Guarniciones, herrajes y artículos similares, de metal común, para muebles, puertas, escaleras, ventanas, persianas, carrocerías, artículos de guarnicionería, baúles, arcas, cofres y demás manufacturas de esta clase; colgadores, perchas, soportes y artículos similares, de metal común; ruedas con montura de metal común; cierrapuertas automáticos de metal común

8309

Tapones y tapas (incluidas las tapas corona, las tapas roscadas y los tapones vertedores), cápsulas para botellas, tapones roscados, sobretapas, precintos y demás accesorios para envases, de metal común

8407

Motores de émbolo (pistón) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosión)

8408

Motores de émbolo (pistón) de encendido por compresión (motores diésel o semi-diésel)

8409

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de las partidas 8407 u 8408

Ex  84 11

Turborreactores, turbopropulsores y demás turbinas de gas excepto las partes de turborreactores o turbopropulsores del código NC 8411 91 00

8412

Motores y máquinas motrices [excepto turbinas de vapor, motores de émbolo (pistón), turbinas hidráulicas, ruedas hidráulicas, turbinas de gas y motores eléctricos]; sus partes

8413

Bombas para líquidos, incluso con dispositivo medidor incorporado (excepto de cerámica, así como las bombas médicas de aspiración, utilizadas para aspirar secreciones, y las bombas médicas de mano, para llevar sobre la persona o para su implantación); elevadores de líquidos (excepto bombas); sus partes

8414

Bombas de aire o de vacío (excepto bombas de emulsión y aparatos elevadores o transportadores neumáticos); compresores de aire u otros gases y ventiladores; campanas aspirantes para extracción o reciclado, con ventilador incorporado, incluso con filtro; sus partes

8418

Refrigeradores, congeladores y demás material, máquinas y aparatos para producción de frío, aunque no sean eléctricos; bombas de calor; sus partes (excepto las máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire de la partida 8415)

8419

Aparatos y dispositivos, aunque se calienten eléctricamente (excepto los hornos y demás aparatos de la partida 8514), para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, cocción, torrefacción, destilación, rectificación, esterilización, pasteurización, baño de vapor de agua, secado, evaporación, vaporización, condensación o enfriamiento (excepto los aparatos domésticos); calentadores de agua de calentamiento instantáneo o de acumulación (exc. eléctricos); sus partes

8421

Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrífugas (excepto los aparatos para la separación de isótopos); aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases; sus partes (excepto los riñones artificiales)

8422

Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsular botellas, tarros, tubos y continentes análogos; las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías, incluidas las de envolver con película termorretráctil; máquinas y aparatos para gasear bebidas; sus partes

8424

Aparatos mecánicos, incl. de mano, para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo, n.c.o.p.; extintores, incluso cargados (excepto bombas y granadas extintores); pistolas aerográficas y aparatos similares (excepto aparatos eléctricos para proyectar en caliente metales o carburos metálicos sinterizados de la partida 8515); máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares; sus partes, n.c.o.p.

8426

Grúas y aparatos de elevación sobre cable aéreo (excepto camiones grúa y aparatos para la red de ferrocarriles); puentes rodantes, pórticos de descarga o manipulación, puentes grúa, carretillas puente y carretillas grúa

8431

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a las máquinas o aparatos de las partidas 8425 a 8430

8450

Máquinas para lavar ropa, incluso con dispositivo de secado sus partes

8455

Laminadores para metal y sus cilindros componentes de laminadoras de metales

8466

Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas de las partidas 8456 a 8465, incluidos los portapiezas y portaútiles, dispositivos de roscar de apertura automática, divisores y demás dispositivos especiales para montar en estas máquinas, n.c.o.p.; portaútiles para herramientas de mano de cualquier tipo

8467

Herramientas neumáticas, hidráulicas o con motor incorporado, incluso eléctrico, de uso manual; sus partes

8471

Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, máquinas para registro de datos sobre soporte en forma codificada y máquinas para tratamiento o procesamiento de estos datos, n.c.o.p.

8474

Máquinas y aparatos de clasificar, cribar, separar, lavar, quebrantar, triturar, pulverizar, mezclar, amasar o sobar, tierra, piedra u otra materia mineral sólida (incluidos el polvo y la pasta); máquinas de aglomerar, formar o moldear combustibles minerales sólidos, pastas cerámicas, cemento, yeso o demás materias minerales en polvo o pasta; formadoras de moldes de arena para fundición; sus partes

8477

Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plástico o para fabricar productos de estas materias, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo; sus partes

8479

Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo; sus partes

8480

Cajas de fundición; placas de fondo para moldes; modelos para moldes; moldes para metal (excepto las lingoteras), carburos metálicos, vidrio, materia mineral, caucho o plástico (excepto moldes de grafito u otros carbonos, moldes de materia cerámica o vidrio y matrices o moldes para linotipias)

8481

Artículos de grifería y órganos similares para tuberías, calderas, depósitos, cubas o continentes similares, incluidas las válvulas reductoras de presión y las válvulas termostáticas; sus partes

8482

Rodamientos de bolas, de rodillos o de agujas (excepto bolas de acero de la partida 7326); sus partes

8483

Árboles de transmisión (incluidos los de levas y los cigüeñales) y manivelas; cajas de cojinetes y cojinetes para máquinas; engranajes y ruedas de fricción; engranajes y ruedas de fricción; reductores, multiplicadores y variadores de velocidad, incluidos los convertidores de par; reductores, multiplicadores y variadores de velocidad, incluidos los convertidores de par; sus partes

8487

Partes de máquinas o aparatos, n.c.o.p. del capítulo 84 (excepto partes con conexiones eléctricas, partes aisladas eléctricamente, bobinados, contactos u otras características eléctricas)

8501

Motores y generadores, eléctricos (exc. grupos electrógenos)

8502

Grupos electrógenos y convertidores rotativos eléctricos

8503

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a motores y generadores eléctricos, a grupos electrógenos o a convertidores rotativos eléctricos, n.c.o.p.

8504

Transformadores eléctricos, convertidores eléctricos estáticos (por ejemplo, rectificadores) y bobinas de reactancia (autoinducción); sus partes

8511

Aparatos y dispositivos eléctricos de encendido o de arranque, para motores de encendido por chispa o por compresión (por ejemplo, magnetos, dinamomagnetos, bobinas de encendido, bujías de encendido, bujías de calentamiento y motores de arranque); generadores (por ejemplo, dínamos y alternadores) y reguladores disyuntores utilizados con estos motores; sus partes

8516

Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión; aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos; aparatos electrotérmicos para el cuidado del cabello (por ejemplo, secadores, rizadores y calientatenacillas) o para secar las manos; planchas eléctricas; los demás aparatos electrotérmicos de uso doméstico; resistencias calentadoras (excepto las de la partida 8545); sus partes

8517

Teléfonos, incluidos los teléfonos móviles (celulares) y los de otras redes inalámbricas; los demás aparatos de transmisión o recepción de voz, imagen u otros datos, incluidos los de comunicación en red con o sin cable [tales como redes locales (LAN) o extendidas (WAN)]; sus partes (excepto los aparatos de emisión, transmisión o recepción de las partidas 8443, 8525, 8527 u 8528)

8523

Discos, cintas, dispositivos de almacenamiento permanente de datos a base de semiconductores, tarjetas inteligentes (smart cards) y demás soportes para grabar sonido o grabaciones análogas, grabados o no, incluso las matrices y moldes galvánicos para fabricación de discos, excepto los productos del capítulo 37:

8525

Aparatos emisores de radiodifusión o televisión, incluso con aparato receptor o de grabación o reproducción de sonido incorporado; cámaras de televisión, cámaras fotográficas digitales y videocámaras

8526

Timbres, sirenas, tableros indicadores, avisadores de protección contra robo o incendio y demás aparatos eléctricos de señalización acústica o visual;

8531

Aparatos eléctricos de señalización acústica o visual, por ejemplo, timbres, sirenas, tableros indicadores, avisadores de protección contra robo o incendio (excepto del tipo utilizado en velocípedos, vehículos automóviles y vías de circulación); sus partes

8535

Aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos (por ejemplo: interruptores, conmutadores, cortacircuitos, pararrayos, limitadores de tensión, supresores de sobretensión transitoria, tomas de corriente y demás conectores, cajas de empalme), para una tensión > 1 000  V (excepto armarios, paneles, etc., de control de la partida 8537)

8536

Aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos [por ejemplo: interruptores, conmutadores, relés, cortacircuitos, supresores de sobretensión transitoria, clavijas y tomas de corriente (enchufes), portalámparas y demás conectores, cajas de empalme], para una tensión ≤ 1000 V (excepto armarios y paneles de interruptores, controles, etc. de la partida 8537)

8537

Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes equipados con varios aparatos de las partidas 8535 u 8536, para control o distribución de electricidad, incluidos los que incorporen instrumentos o aparatos del capítulo 90, así como los aparatos de control numérico (exc. aparatos de conmutación para telefonía o telegrafía con hilos)

8538

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 8535, 8536 u 8537, n.c.o.p.

8539

Lámparas y tubos eléctricos de incandescencia o de descarga, incluidos los faros o unidades “sellados” y las lámparas y tubos de rayos ultravioletas o infrarrojos; lámparas de arco; fuentes luminosas de diodos emisores de luz (LED); sus partes

8541

Diodos, transistores y dispositivos de material semiconductor similares; dispositivos semiconductores fotosensibles, incluidas las células fotovoltaicas, aunque estén ensambladas en módulos o paneles (excepto los generadores fotovoltaicos); diodos emisores de luz (LED); cristales piezoeléctricos montados; sus partes

8542

Circuitos electrónicos integrados; sus partes

8543

Máquinas y aparatos eléctricos, con función propia, n.c.o.p. del capítulo 85, y sus partes

8544

Hilos, cables (incluidos los coaxiales) y demás conductores aislados para electricidad, aunque estén laqueados, anodizados o provistos de piezas de conexión; cables de fibras ópticas constituidos por fibras enfundadas individualmente, incluso con conductores eléctricos o provistos de piezas de conexión

8545

Electrodos y escobillas de carbón, carbón para lámparas o pilas y demás artículos de grafito u otros carbonos, incluso con metal, para usos eléctricos

8603

Automotores para vías férreas y tranvías autopropulsados (excepto los de la partida 8604):

8606

Vagones para transporte de mercancías, sobre carriles (rieles) (excepto furgones autopropulsados y de equipajes y coches correo)

8701

Tractores (excepto las carretillas tractor de la partida 8709)

8703

Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles diseñados principalmente para el transporte de hasta diez personas, incluidos los de tipo familiar (breakstation wagon) y los de carreras (excepto los de la partida 8702)

8704

Vehículos automóviles para transporte de mercancías, incluidos los chasis con motor y las cabinas

8716

Remolques y semirremolques para cualquier vehículo; los demás vehículos no automóviles [excepto los vehículos sobre carriles (rieles)]; sus partes, n.c.o.p.

8802

Aeronaves propulsadas con motor (por ejemplo, helicópteros y aviones); vehículos espaciales (incluidos los satélites) y sus vehículos de lanzamiento y vehículos suborbitales

8901

Transatlánticos, barcos para excursiones (de cruceros), transbordadores, cargueros, gabarras (barcazas) y barcos similares para transporte de personas o mercancías

8903

Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte; barcas (botes) de remo y canoas

8904

Remolcadores y barcos empujadores

8905

Barcos faro, barcos bomba, dragas, pontones grúa y demás barcos en los que la navegación sea accesoria en relación con la función principal; diques flotantes; plataformas de perforación o explotación, flotantes o sumergibles

9001

Fibras ópticas y haces de fibras ópticas; cables de fibras ópticas, excepto los constituidos por fibras enfundadas individualmente de la partida 8544; hojas y placas de materia polarizante; lentes, incluso de contacto, prismas, espejos y demás elementos de óptica de cualquier materia, sin montar (excepto los de vidrio sin trabajar ópticamente);

9006

Cámaras fotográficas; aparatos y dispositivos, incluidos las lámparas y tubos, para la producción de destellos en fotografía (excepto lámparas y tubos de descarga de la partida 8539)

9013

Dispositivos de cristal líquido que no constituyan artículos comprendidos más específicamente en otra parte; láseres (excepto diodos láser); los demás aparatos e instrumentos de óptica, no expresados ni comprendidos en otra parte del capítulo 90

9014

Brújulas, incluidos los compases de navegación; los demás instrumentos y aparatos de navegación (excepto equipo de radionavegación)

9026

Instrumentos y aparatos para medida o control del caudal, nivel, presión u otras características variables de líquidos o gases (por ejemplo: caudalímetros, indicadores de nivel, manómetros, contadores de calor), excepto los instrumentos y aparatos de las partidas 9014, 9015, 9028 o 9032

9027

Instrumentos y aparatos para análisis físicos o químicos (por ejemplo: polarímetros, refractómetros, espectrómetros, analizadores de gases o de humos); instrumentos y aparatos para ensayos de viscosidad, porosidad, dilatación, tensión superficial o similares o para medidas calorimétricas, acústicas o fotométricas (incluidos los exposímetros); micrótomos

9030

Osciloscopios, analizadores de espectro y demás instrumentos y aparatos para medida o control de magnitudes eléctricas, excepto los de la partida 9028; instrumentos y aparatos para la medida o detección de radiaciones alfa, beta, gamma, X, cósmicas u demás radiaciones ionizantes

9031

Instrumentos, máquinas y aparatos para medida o control, no expresados ni comprendidos en otra parte del capítulo 90; proyectores de perfiles

9032

Instrumentos y aparatos automáticos para regulación o control automáticos (excepto artículos y órganos de la partida 8481)

9401

Asientos, incluso los transformables en cama, y sus partes, n.c.o.p. (excepto el mobiliario para medicina, cirugía, odontología o veterinaria de la partida 9402)

9403

Los demás muebles y sus partes

9404

Somieres (excepto muelles metálicos para asientos); artículos de cama y artículos similares (por ejemplo, colchones, cubrepiés, edredones, cojines, pufs, almohadas), bien con muelles (resortes), bien rellenos o guarnecidos interiormente con cualquier materia, incluidos los de caucho o plástico celulares, recubiertos o no (excepto colchones, almohadas y cojines neumáticos o de agua, mantas y cobertores)

9405

Luminarias y aparatos de alumbrado (incluidos los proyectores), y sus partes, n.c.o.p.; anuncios, letreros y placas indicadoras luminosos y artículos similares, con fuente de luz inseparable, y sus partes, n.c.o.p.:

9406

Construcciones prefabricadas, incl. incompletas o sin montar.




ANEXO XXVIII

Lista de productos y tecnología a que se refiere el artículo 8 octies



Código NC

Designación de la mercancía

8407 10

Motores de émbolo (pistón) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosión), de aviación

8409 10

Partes identificables como destinadas exclusiva o principalmente a motores de émbolo (pistón) de aviación

 

Carburorreactores (excepto el petróleo lampante):

2710 12 70

Carburorreactores tipo gasolina (aceites ligeros)

2710 19 29

Distintos del petróleo lampante (aceites medios)

2710 19 21

Carburantes de tipo queroseno para aviones de reacción (aceites medios)

2710 20 90

Carburorreactores de tipo petróleo lampante mezclados con biodiésel ()

 

Inhibidores de oxidación

Inhibidores de oxidación utilizados en aditivos para aceites lubricantes:

3811 21 00

— inhibidores de oxidación que contengan aceites de petróleo

3811 29 00

— los demás inhibidores de oxidación

3811 90 00

Inhibidores de oxidación utilizados para otros líquidos utilizados para los mismos fines que los aceites minerales

 

Aditivos disipadores estáticos

Aditivos disipadores estáticos para aceites lubricantes:

8112100

— que contengan aceites de petróleo

3811 29 00

— los demás

3811 90 00

Aditivos disipadores estáticos para otros líquidos utilizados para los mismos fines que los aceites minerales

 

Inhibidores de corrosión

Inhibidores de corrosión para aceites lubricantes:

3811 21 00

— que contengan aceites de petróleo

3811 29 00

— los demás

3811 90 00

Inhibidores de corrosión para otros líquidos utilizados para los mismos fines que los aceites minerales

 

Inhibidores de congelación del sistema de carburante (aditivos anticongelación)

Inhibidores de congelación del sistema de carburante para aceites lubricantes:

3811 21 00

— que contengan aceites de petróleo

3811 29 00

— los demás

3811 90 00

Inhibidores de congelación del sistema de carburante para otros líquidos utilizados para los mismos fines que los aceites minerales

 

Desactivadores de metales

Desactivadores de metales para aceites lubricantes:

3811 21 00

— que contengan aceites de petróleo

3811 29 00

— los demás

3811 90 00

Desactivadores de metales para otros líquidos utilizados para los mismos fines que los aceites minerales

 

Aditivos biocidas

Aditivos biocidas para aceites lubricantes:

3811 21 00

— que contengan aceites de petróleo

3811 29 00

— los demás

3811 90 00

Aditivos biocidas para otros líquidos utilizados para los mismos fines que los aceites minerales

 

Aditivos que mejoran la estabilidad térmica

Mejorador de la estabilidad térmica para aceites lubricantes:

3811 21 00

— que contengan aceites de petróleo

3811 29 00

— los demás

3811 90 00

Mejorador de la estabilidad térmica para otros líquidos utilizados para los mismos fines que los aceites minerales

(1)   

Siempre que sigan conteniendo el 70 % o más en peso de aceites de petróleo o aceites de minerales bituminosos.




ANEXO XXIX

Lista de bienes y productos a que se refiere el artículo 1 novodecies quater

Parte A



 

Código NC

Designación de la mercancía

 

7102 10

Diamantes sin clasificar

 

7102 31

Diamantes no industriales, en bruto o simplemente aserrados, exfoliados o desbastados

 

7102 39

Diamantes no industriales, distintos de los simplemente aserrados, exfoliados o desbastados o en bruto

Parte B



 

Código NC

Designación de la mercancía

 

7104 21

Diamantes sintéticos o reconstituidos, en bruto o simplemente aserrados o desbastados

 

7104 91

Diamantes sintéticos o reconstituidos, excepto los diamantes en bruto o simplemente aserrados o desbastados

Parte C



 

Código NC

Designación de la mercancía

Ex

7113

Artículos de joyería y sus partes, de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué), con diamantes

Ex

7114

Artículos de orfebrería y platería y sus partes, de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué), con diamantes

Ex

7115 90

Las demás manufacturas de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué), con diamantes, no expresadas en otra parte, excepto los catalizadores de platino en forma de tela o enrejado

Ex

7116 20

Manufacturas de perlas finas (naturales) o cultivadas, de piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas), con diamantes

Ex

9101

Relojes de pulsera, bolsillo y similares, incluidos los contadores de tiempo de los mismos tipos, con diamantes, con caja de metal precioso o chapado de metal precioso (plaqué)




ANEXO XXX

Lista de productos y tecnología comunes de alta prioridad a que se refiere el artículo 8 octies



Código NC

Designación de la mercancía

8457 10

Centros de mecanizado, para trabajar metal

8458 11

Tornos horizontales, incluidos los centros de torneado, que operen por arranque de metal, de control numérico

8458 91

Tornos, incl. los centros de torneado, que operen por arranque de metal, de control numérico (exc. tornos horizontales)

8459 61

Máquinas de fresar para metal, de control numérico (excepto los tornos y centros de torneado de la partida 8458, unidades de mecanizado de correderas, taladradoras, escariadoras, fresadoras y fresadoras de consola)

8466 93

Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas de las partidas 8456 a 8461, n.c.o.p.

8471 50

Unidades de proceso, excepto las de las subpartidas 8471 41 u 8471 49 , aunque incluyan en la misma envoltura uno o dos de los tipos siguientes de unidades: unidad de memoria, unidad de entrada y unidad de salida

8471 80

Unidades de máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos (excluidas las unidades de proceso, de entrada, de salida y de memoria)

8482 10

Rodamientos de bolas

8482 20

Rodamientos de rodillos cónicos, incluidos los ensamblajes de conos y rodillos cónicos

8482 30

Rodamientos de rodillos en forma de tonel

8482 50

Los demás rodamientos de rodillos cilíndricos, incluidos los ensamblajes de jaulas y rodillos

8486 10

Máquinas y aparatos para la fabricación de semiconductores en forma de monocristales periformes u obleas (wafers)

8486 20

Máquinas y aparatos para la fabricación de dispositivos semiconductores o circuitos electrónicos integrados

8486 40

Máquinas y aparatos descritos en la nota 11 C) de este capítulo

8504 40

Convertidores estáticos

8517 62

Aparatos para la recepción, conversión, emisión y transmisión o regeneración de voz, imagen u otros datos, incluidos los de conmutación y encaminamiento (switching and routing apparatus)

8517 69

Los demás aparatos de emisión, transmisión o recepción de voz, imagen u otros datos, incluidos los de comunicación en red con o sin cable

8525 89

Las demás cámaras de televisión, cámaras fotográficas digitales y videocámaras

8526 91

Aparatos de radionavegación

8529 10

Antenas y reflectores de antena de cualquier tipo; partes identificables para ser utilizadas con dichos artículos

8529 90

Las demás partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 8524 a 8528

8532 21

Los demás condensadores fijos: condensadores de tantalio

8532 24

Los demás condensadores fijos: con dieléctrico de cerámica, multicapas

8534 00

Circuitos impresos

8536 69

Clavijas y tomas de corriente (enchufes) para una tensión inferior o igual a 1 000  V

8536 90

Aparatos para corte, seccionamiento, empalme o conexión de circuitos eléctricos para una tensión inferior o igual a 1 000  V [excepto fusibles y cortacircuitos de fusible, disyuntores y los demás aparatos para la protección de circuitos eléctricos, relés y los demás interruptores, seccionadores y conmutadores, portalámparas, clavijas y tomas de corriente (enchufes)]

8541 10

Diodos, excepto los fotodiodos y los diodos emisores de luz (LED)

8541 21

Transistores (excepto los fototransistores), con una capacidad de disipación inferior a 1 W

8541 29

Los demás transistores (excepto los fototransistores)

8541 30

Tiristores, diacs y triacs (excluidos los dispositivos semiconductores fotosensibles)

8541 49

Dispositivos semiconductores fotosensibles (excluidos los generadores y células fotovoltaicos)

8541 51

Los demás dispositivos semiconductores: Transductores basados en semiconductores

8541 59

Los demás dispositivos semiconductores

8541 60

Cristales piezoeléctricos montados

8542 31

Circuitos electrónicos integrados: Procesadores y controladores, incluso combinados con memorias, convertidores, circuitos lógicos, amplificadores, relojes y circuitos de sincronización, u otros circuitos

8542 32

Circuitos electrónicos integrados: Memorias

8542 33

Circuitos electrónicos integrados: Amplificadores

8542 39

Circuitos electrónicos integrados: Los demás

8543 20

Generadores de señales

8548 00

Partes eléctricas de máquinas o aparatos, no expresadas ni comprendidas en otra parte del capítulo 85

8807 30

Las demás partes de aviones, helicópteros o aeronaves no tripuladas

9013 10

Miras telescópicas para armas; periscopios; visores para máquinas, aparatos o instrumentos de este capítulo o de la sección XVI

9013 80

Los demás dispositivos, aparatos e instrumentos ópticos

9014 20

Instrumentos y aparatos para navegación aérea o espacial (excepto las brújulas)

9014 80

Los demás instrumentos y aparatos de navegación

9027 50

Los demás instrumentos y aparatos que utilicen radiaciones ópticas (ultravioletas, visibles, infrarrojas)

9030 20

Osciloscopios y oscilógrafos

9030 32

Multímetros, con dispositivo registrador

9030 39

Instrumentos y aparatos para medida o control de tensión, intensidad, resistencia o potencia eléctrica, con dispositivo registrador

9030 82

Instrumentos y aparatos para medida o control de obleas (wafers) o dispositivos semiconductores



( 1 ) Reglamento (UE) 2021/821 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021, por el que se establece un régimen de la Unión de control de las exportaciones, el corretaje, la asistencia técnica, el tránsito y la transferencia de productos de doble uso (DO L 206 de 11.6.2021, p. 1).

( 2 ) Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la mejora de la liquidación de valores en la Unión Europea y los depositarios centrales de valores y por el que se modifican las Directivas 98/26/CE y 2014/65/UE y el Reglamento (UE) n.o 236/2012 (DO L 257 de 28.8.2014, p. 1).

( 3 ) Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/61/UE ((DO L 173 de 12.6.2014, p. 349).

( 4 )  DO C 86 de 18.3.2011, p. 1.

( 5 ) Reglamento (UE) n.o 258/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, por el que se aplica el artículo 10 del Protocolo de las Naciones Unidas contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia transnacional organizada, y por el que se establecen autorizaciones de exportación y medidas de importación y tránsito para las armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones (DO L 94 de 30.3.2012, p. 1).

( 6 ) Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO L 229 de 31.7.2014, p. 1).

( 7 )  DO L 285 de 17.10.2012, p. 1.

( 8 ) Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).

( 9 ) Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión (DO L 269 de 10.10.2013, p. 1).

( 10 ) Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 648/2012 (DO L 176 de 27.6.2013, p. 1).

( 11 ) Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifica el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2006/70/CE de la Comisión (DO L 141 de 5.6.2015, p. 73).

( 12 )  DO C 86 de 18.3.2011, p. 1.

( 13 ) Reglamento (CE) n.o 428/2009 del Consejo, de 5 de mayo de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control de las exportaciones, la transferencia, el corretaje y el tránsito de productos de doble uso (DO L 134 de 29.5.2009, p. 1).

( 14 ) IMSI: International Mobile Subscriber Identity (Identidad Internacional del Abonado del Servicio Móvil). Se trata de un código único de identificación para cada aparato de telefonía móvil, integrado en la tarjeta SIM, que permite identificar esa SIM a través de las redes GSM y UMTS.

( 15 ) MSISDN: Mobile Subscriber Integrated Services Digital Network Number (Número de Abonado Móvil de la Red Digital de Servicios Integrados). Es un número que únicamente identifica una suscripción a una red móvil GSM o UMTS. En términos sencillos, es el número de teléfono de la tarjeta SIM en los teléfonos móviles, y por ello identifica al abonado igual que la IMSI, pero para desviar las llamadas a través de él.

( 16 ) IMEI: International Mobile Equipment Identity (Identidad Internacional del Equipo Móvil). Se trata de un número, habitualmente único, que permite identificar los teléfonos móviles GSM, WCDMA e IDEN, así como algunos teléfonos por satélite. Por regla general se encuentra impreso dentro del compartimento de la batería del teléfono. Puede especificarse la interceptación (grabación) por sus números IMEI, IMSI y MSISDN.

( 17 ) TMSI: Temporary Mobile Subscriber Identity (Identidad Temporal del Abonado Móvil). Se trata de la identidad más comúnmente transmitida entre el móvil y la red.

( 18 ) Reglamento (UE) 2021/821 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021, por el que se establece un régimen de la Unión de control de las exportaciones, el corretaje, la asistencia técnica, el tránsito y la transferencia de productos de doble uso (DO L 206 de 11.6.2021, p. 1).

( 19 ) SMS: Short Message System (Sistema de Mensajes Cortos).

( 20 ) GSM: Global System for Mobile Communications (Sistema Global de Comunicaciones Móviles).

( 21 ) GPS: Global Positioning System (Sistema de Posicionamiento Global).

( 22 ) GPRS: General Package Radio Service (Servicio General de Radiocomunicaciones por Paquetes).

( 23 ) UMTS: Universal Mobile Telecommunication System (Sistema Universal de Telecomunicaciones Móviles).

( 24 ) CDMA: Code Division Multiple Access (Acceso Múltiple por División de Código).

( 25 ) PSTN: Public Switch Telephone Networks (Red Telefónica Pública Conmutada).

( 26 ) DHCP: Dynamic Host Configuration Protocol (Protocolo Dinámico de Configuración del Anfitrión).

( 27 ) SMTP: Simple Mail Transfer Protocol (Protocolo Simple de Transmisión de Correo).

( 28 ) GTP: GPRS Tunneling Protocol (Protocolo de Canalización GPRS).

( 29 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 30 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 31 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 32 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 33 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 34 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 35 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 36 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.