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Diario Oficial |
ES Serie L |
2024/469 |
22.2.2024 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 247/2021
de 24 de septiembre de 2021
por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE [2024/469]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Directiva 2012/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, por la que se establece un espacio ferroviario europeo único (1), corregida en el DO L 67 de 12.3.2015, p. 32, debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
(2) |
La Directiva (UE) 2016/2370 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, que modifica la Directiva 2012/34/UE, en lo que atañe a la apertura del mercado de los servicios nacionales de transporte de viajeros por ferrocarril y a la gobernanza de las infraestructuras ferroviarias (2), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
(3) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2015/171 de la Comisión, de 4 de febrero de 2015, relativo a determinados aspectos del procedimiento de concesión de licencias a las empresas ferroviarias (3), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
(4) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2015/429 de la Comisión, de 13 de marzo de 2015, por el que se establecen las modalidades que hay que seguir para la aplicación de la tarifación del coste de los efectos sonoros (4), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
(5) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2015/909 de la Comisión, de 12 de junio de 2015, relativo a las modalidades de cálculo de los costes directamente imputables a la explotación del servicio ferroviario (5), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
(6) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1100 de la Comisión, de 7 de julio de 2015, sobre las obligaciones de información de los Estados miembros en el marco de la supervisión del mercado ferroviario (6), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
(7) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/545 de la Comisión, de 7 de abril de 2016, sobre los procedimientos y criterios relativos a los acuerdos marco de adjudicación de capacidad de infraestructura ferroviaria (7), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
(8) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2177 de la Comisión, de 22 de noviembre de 2017, relativo al acceso a las instalaciones de servicio y a los servicios ferroviarios conexos (8), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
(9) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1795 de la Comisión, de 20 de noviembre de 2018, por el que se establecen el procedimiento y los criterios para la aplicación de la prueba de equilibrio económico con arreglo al artículo 11 de la Directiva 2012/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (9), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
(10) |
La Decisión Delegada (UE) 2017/2075 de la Comisión, de 4 de septiembre de 2017, por la que se sustituye el anexo VII de la Directiva 2012/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se establece un espacio ferroviario europeo único (10), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
(11) |
La Directiva 2012/34/UE deroga las Directivas 91/440/CEE (11) y 95/18/CE (12) del Consejo y la Directiva 2001/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (13), que están incorporadas al Acuerdo EEE y, en consecuencia, deben eliminarse de dicho Acuerdo. |
(12) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1795 deroga el Reglamento de Ejecución (CE) n.o 869/2014 de la Comisión (14), que está incorporado al Acuerdo EEE y, en consecuencia, debe eliminarse de dicho Acuerdo. |
(13) |
Procede, por tanto, modificar el anexo XIII del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo XIII del Acuerdo EEE se modifica como sigue:
1. |
El texto del punto 37 (Directiva 91/440/CEE del Consejo) se sustituye por el texto siguiente:
A efectos del presente Acuerdo, las disposiciones de la Directiva se entenderán con las adaptaciones siguientes:
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2. |
Después del punto 37ai [Reglamento (UE) n.o 1304/2014 de la Comisión], se insertan los puntos siguientes:
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3. |
Se suprime el texto de los puntos 41b (Directiva 2001/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) y 42a (Directiva 95/18/CE del Consejo). |
4. |
Se suprime el texto del punto 42aa [Reglamento de Ejecución (UE) n.o 869/2014 de la Comisión]. |
Artículo 2
Los textos de las Directivas 2012/34/UE, corregida en el DO L 67 de 12.3.2015, p. 32, y (UE) 2016/2370, los Reglamentos de Ejecución (UE) 2015/171, (UE) 2015/429, (UE) 2015/909, (UE) 2015/1100, (UE) 2016/545, (UE) 2017/2177 y (UE) 2018/1795 y la Decisión Delegada (UE) 2017/2075 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 25 de septiembre de 2021, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 24 de septiembre de 2021.
Por el Comité Mixto del EEE,
El Presidente
Rolf Einar FIFE
(1) DO L 343 de 14.12.2012, p. 32.
(2) DO L 352 de 23.12.2016, p. 1.
(3) DO L 29 de 5.2.2015, p. 3.
(4) DO L 70 de 14.3.2015, p. 36.
(5) DO L 148 de 13.6.2015, p. 17.
(6) DO L 181 de 9.7.2015, p. 1.
(7) DO L 94 de 8.4.2016, p. 1.
(8) DO L 307 de 23.11.2017, p. 1.
(9) DO L 294 de 21.11.2018, p. 5.
(10) DO L 295 de 14.11.2017, p. 69.
(11) DO L 237 de 24.8.1991, p. 25.
(12) DO L 143 de 27.6.1995, p. 70.
(13) DO L 75 de 15.3.2001, p. 29.
(14) DO L 239 de 12.8.2014, p. 1.
(*1) Se han indicado preceptos constitucionales.
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/469/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)