11.1.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 8/15


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 10 de enero de 2008

por la que se autoriza la comercialización de bebidas de arroz con fitoesteroles o fitoestanoles añadidos como nuevo alimento con arreglo al Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo

[notificada con el número C(2008) 6]

(Los textos en lenguas finesa y sueca son los únicos auténticos)

(2008/36/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero de 1997, sobre nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios (1), y, en particular, su artículo 7,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 12 de octubre de 2004, la empresa Teriaka Ltd. Paulig Group presentó a las autoridades competentes de Finlandia una solicitud relativa a la comercialización de bebidas de arroz con fitoesteroles añadidos como un nuevo alimento o nuevo ingrediente alimentario.

(2)

El 12 de enero de 2005, el organismo competente en materia de evaluación de los alimentos en Finlandia emitió su informe de evaluación inicial. En dicho informe se llegó a la conclusión de que las bebidas de arroz con fitoesteroles añadidos eran seguras para el consumo humano.

(3)

El 31 de enero de 2005, la Comisión transmitió a todos los Estados miembros el informe de evaluación inicial.

(4)

Durante el plazo de 60 días previsto en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (CE) no 258/97, se presentaron objeciones fundamentadas a la comercialización del producto, con arreglo a lo establecido en dicho apartado.

(5)

Por consiguiente, el 28 de octubre de 2005 se consultó a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).

(6)

El 15 de febrero de 2006, la EFSA aprobó el dictamen de la Comisión Técnica Científica de Productos Dietéticos, Nutrición y Alergias que había solicitado la Comisión con respecto a una petición relativa a bebidas de arroz con fitoesteroles añadidos como nuevo alimento.

(7)

En el dictamen se llegaba a la conclusión de que no había razones para creer que la introducción de bebidas de arroz con fitoesteroles o fitoestanoles añadidos incrementaría el riesgo de consumo excesivo de fitoesteroles.

(8)

Sobre la base de la evaluación científica se ha determinado que las bebidas de arroz con fitoesteroles o fitoestanoles añadidos se ajustan a los criterios establecidos en el artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) no 258/97.

(9)

El Reglamento (CE) no 608/2004 de la Comisión, de 31 de marzo de 2004, relativo al etiquetado de los alimentos e ingredientes alimentarios con fitoesteroles, ésteres de fitoesterol, fitoestanoles y ésteres de fitoestanol añadidos (2), garantiza que los consumidores reciban la información necesaria a fin de evitar una ingesta excesiva de fitoesteroles añadidos.

(10)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Las bebidas de arroz con fitoesteroles o fitoestanoles añadidos especificadas en el anexo podrán comercializarse en la Comunidad como nuevo alimento.

Artículo 2

1.   Las bebidas de arroz mencionadas en el artículo 1 se presentarán de forma que puedan dividirse fácilmente en porciones que contengan bien 3 g como máximo (en el caso de una porción diaria), o bien 1 g como máximo (en el caso de tres porciones diarias) de fitoesteroles o fitoestanoles añadidos.

2.   La cantidad de fitoesteroles o fitoestanoles añadidos presentes en los envases de bebidas de arroz no excederá de 3 g.

Artículo 3

El destinatario de la presente Decisión será Teriaka Ltd., Siirakuja 3, 01490 Vantaa, Finlandia.

Hecho en Bruselas, el 10 de enero de 2008.

Por la Comisión

Markos KYPRIANOU

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 43 de 14.2.1997, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1882/2003 (DO L 284 de 31.10.2003, p. 1).

(2)  DO L 97 de 1.4.2004, p. 44.


ANEXO

Especificaciones de los fitoesteroles y los fitoestanoles que pueden añadirse a las bebidas de arroz

Definición:

Los fitoesteroles y los fitoestanoles son esteroles y estanoles extraídos de plantas que pueden presentarse como esteroles y estanoles libres o esterificados con ácidos grasos de grado alimentario.

Composición (con el método GC-FID o equivalente):

< 80 % β-sitoesterol

< 15 % β-sitoestanol

< 40 % campesterol

< 5 % campestanol

< 30 % estigmaesterol

< 3 % brasicaesterol

< 3 % otros esteroles y estanoles

Contaminación/pureza (con el método GC-FID o equivalente):

Los fitoesteroles y fitoestanoles extraídos de otras fuentes distintas de los aceites vegetales adecuados para la alimentación deberán estar libres de contaminantes; la mejor manera de garantizarlo es que el ingrediente fitoesterol/fitoestanol tenga una pureza superior al 99 %.