32003D0599

2003/599/CE: Decisión de la Comisión, de 13 de noviembre de 2002, relativa a la ayuda de tesorería concedida por Francia a la empresa Bull [notificada con el número de documento C(2002) 4366] (Texto pertinente a efectos del EEE.)

Diario Oficial n° L 209 de 19/08/2003 p. 0001 - 0011


Decisión de la Comisión

de 13 de noviembre de 2002

relativa a la ayuda de tesorería concedida por Francia a la empresa Bull

[notificada con el número de documento C(2002) 4366]

(El texto en lengua francesa es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2003/599/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, el primer párrafo del apartado 2 de su artículo 88,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y, en particular, la letra a) del apartado 1 de su artículo 62,

Después de haber emplazado a los interesados para que presenten sus observaciones de conformidad con los citados artículos(1),

Considerando lo que sigue:

I. PROCEDIMIENTO

(1) El 20 de noviembre de 2001 la Comisión se enteró a través de distintas fuentes de que Francia se disponía a conceder una ayuda de tesorería amortizable de 100 millones de euros (EUR) a la empresa Bull. Inmediatamente se envió a Francia una solicitud de información mediante la carta n° D/54828 de 22 de noviembre de 2001 y, el 21 de diciembre de 2001, un recordatorio mediante la carta n° D/55337. Por correo con fecha de 19 de diciembre, el Ministro francés de Economía informó a la Comisión de este proyecto de ayuda. Por fax de 7 de enero de 2002, registrado el 8 de enero de 2002 con el número A/30093, la Comisión recibió una respuesta provisional de las autoridades francesas, indicando que se había pagado una ayuda de tesorería de 100 millones EUR y que la información solicitada se enviaría a la Comisión cuanto antes. Al no haber recibido dicha información, la Comisión envió un recordatorio a Francia, mediante la carta n° D/50581 de 11 de febrero, indicando que de no recibirse la información solicitada en el plazo de diez días laborables, se adoptaría una decisión de requerimiento de información, con arreglo al apartado 3 del artículo 10 del Reglamento (CE) n° 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE(2).

(2) Francia respondió por fax de 4 de marzo de 2002, registrado el 5 de marzo de 2002 con el número A/31700, solicitando una prórroga de 20 días laborables del plazo de respuesta. Por carta n° D/50983 de 7 de marzo de 2002, la Comisión informó a Francia de que el asunto se había registrado como ayuda no notificada (NN 23/2002). En el mismo correo se concedía una prórroga del plazo, hasta el 18 de marzo de 2002, para suministrar la información solicitada.

(3) Por fax de 14 de marzo de 2002, registrado el 15 de marzo de 2002 con el número A/32004, Francia notificó las ayudas en cuestión. Por fax con fecha de 20 de marzo de 2002, registrado el 22 de marzo de 2002 con el número A/32201, las autoridades francesas enviaron a la Comisión una nota relativa a las cuentas anuales auditadas de la empresa Bull. Por carta con fecha de 20 de marzo de 2002, registrada por la Comisión el 2 de abril de 2002 con el número A/32431, las autoridades francesas transmitieron el informe anual de Bull para el año 2000.

(4) El 9 de abril de 2002, la Comisión tomó la decisión de incoar el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado y de requerir que Francia suministrase información relativa a la medida en cuestión. Esta decisión se comunicó a Francia mediante una carta de 12 de abril de 2002, registrada con el número SG/2002/229344/D. La publicación de dicha carta en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas(3) no dió lugar a reacciones de terceros.

(5) Por carta de 3 de mayo de 2002, registrada el mismo día con el número A/33270, Francia informó a la Comisión de los elementos confidenciales de la Decisión que convenía retirar antes de la publicación. Por correo registrado el mismo día con el número A/33300, también solicitó una ampliación de un mes del plazo para suministrar la información solicitada al incoarse el procedimiento. La Comisión respondió favorablemente a esta solicitud mediante una carta con fecha de 13 de mayo de 2002, registrada con el número D/52321. Por correo de 5 de junio de 2002, registrado el 6 de junio de 2002 con el número A/34118, Francia transmitió sus observaciones en cuanto a la incoación del procedimiento, así como la información adicional solicitada en el requerimiento de información.

(6) El 10 de junio de 2002, se celebró una reunión entre la Comisión y el Director General de Bull. El 4 de julio de 2002, por carta registrada con el número D/53522, la Comisión envió un recordatorio a Francia en el que se pedía a dicho país que presentase cuanto antes a la Comisión el plan de reestructuración exigido en la letra d) del apartado 23 de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis(4) (en lo sucesivo "las Directrices"). Francia transmitió este plan a la Comisión por carta con fecha de 17 de julio de 2002, registrada el 18 de julio de 2002 con el número A/35380.

(7) Por carta de 26 de agosto de 2002, registrada con el número D/54766, la Comisión hizo algunas preguntas adicionales a Francia, a las que ésta contestó mediante la carta de 23 de septiembre de 2002, registrada el 24 de septiembre de 2002 con el número A/36914. Los documentos anejos a la carta llegaron por correo el 2 de octubre de 2002, correo que se registró el mismo día con el número A/37167.

II. DESCRIPCIÓN DEL BENEFICIARIO

1. Decisiones anteriores de la Comisión sobre Bull

(8) Bull ya ha sido objeto de varias decisiones de la Comisión. En efecto, en 1992, la Comisión decidió que ciertas aportaciones de capital público por importe de 4000 millones de francos franceses (FRF) (609 millones EUR) contenían elementos de ayuda, pero que tal ayuda era compatible con el mercado común(5). En la misma Decisión, la Comisión consideró que otra ayuda de 2680 millones de FRF (408 millones EUR) para investigación y desarrollo también era compatible con el mercado común.

(9) En 1993 y 1994, Francia concedió nuevas ayudas a la empresa Bull. Sobre este tema, la Comisión decidió que la ayuda contenida en la ayuda de 2500 millones FRF (381 millones EUR) concedida a Bull por Francia en febrero de 1993, así como una aportación de capital público de 8600 millones FRF (1311 millones EUR) en 1993 y 1994, eran compatibles con el mercado común(6), no obstante, siempre y cuando se cumpliesen las condiciones previstas en el plan de reestructuración de privatizar la empresa y no pagar más ayudas al grupo Bull no conformes al Derecho comunitario.

2. El beneficiario y su evolución desde 1994

(10) El accionariado del grupo informático francés Bull está formado por el Estado francés con el 16,3 % y France Télécom, Motorola y NEC, que disponen del 16,9 % cada uno. Los otros accionistas son: accionistas institucionales con el 14 %, particulares y empleados con el 7 % para cada una de estas categorías, y Dai Nippon Printing (DNP)(7) con el 5 %. Bull es una sociedad anónima de Derecho francés.

(11) Bull es un grupo informático internacional, con sede en Europa, que realiza operaciones en más de 100 países. El grupo Bull es especialmente activo en dos ámbitos:

- Servidores informáticos profesionales de gama alta:

(12) Bull diseña y propone una gama de ordenadores centrales de uso profesional, desarrollados en torno al sistema operativo propietario GCOS. Al margen de esta gama, Bull comercializa servidores de tecnología IBM y servidores de tecnología NEC. Además, Bull presta a sus clientes servicios de mantenimiento directamente relacionados con los servidores. En este primer ámbito, las autoridades francesas indican que la cuota europea de mercado de Bull se estima en el 3 %. Sus principales competidores en este sector son IBM (46,6 % de cuotas de mercado), Fujitsu (11,75 %), y Sun (11,07 %).

- Servicios especializados de ingeniería informática:

(13) La oferta de Bull en el sector de la ingeniería informática (desarrollo e integración de distintas aplicaciones, ingeniería de arquitecturas informáticas, etc.) está concentrada en la división Integris. En este ámbito, los principales competidores de Bull son Xerox, Compaq, IBM, Hewlett Packard, Oracle y SAP. Según las autoridades francesas, la cuota de mercado de Bull a escala europea es del 2 %.

(14) En 2001, el volumen de negocios de Bull se distribuyó del modo siguiente entre sus distintas actividades:

- el 44 % en los servicios de integración de sistemas y gestión de la información,

- el 17 % en los servidores propietarios,

- el 20 % en los servidores estándar,

- el 19 % en servicios y productos de infraestructura varios.

(15) En cuanto a la clientela de Bull, el 40 % de ésta pertenece al sector público, el 20 % al sector de telecomunicaciones, el 8 % al sector energético y de transportes, el 20 % a bancos y seguros y el resto a distintos sectores.

(16) Desde 1994, Bull ha aplicado las medidas preconizadas en la Decisión 94/1073/CE. Tras esta reestructuración, Bull volvió a ser beneficiaria en 1995; en 1996 empleaba 21400 personas en 85 países y su volumen de negocios ascendía a 24000 millones FRF. Por otra parte, y de acuerdo con las recomendaciones del experto independiente nombrado por la Comisión, Francia procedió a privatizar Bull abriendo su capital a DNP, France Télécom, Motorola y NEC en 1995-1996. En 1997 la sociedad se introdujo en el mercado bursátil.

(17) Sin embargo, en 1999, el resultado del ejercicio de Bull arroja pérdidas de nuevo, principalmente debido a la depreciación de determinados activos financieros. En 2000, el resultado de explotación sigue siendo negativo. Por consiguiente, Bull se ve obligada a ceder parte de sus activos (véase el cuadro 1), y a despedir personal mediante la aplicación de un plan social. A finales de 2001, Bull ya sólo empleaba unas 9500 personas en toda Europa(8).

CUADRO 1

Bull: cesión de activos durante los dos últimos años((Según Les Echos del 20 de noviembre de 2001.))

>SITIO PARA UN CUADRO>

(18) El 19 de diciembre de 2001, Bull volvió a comprarle a Steria las actividades italianas(9) de Integris Europa a cambio de una reducción de la recompra de deuda por Steria de 11 millones EUR (en lugar de los 21 millones previstos)(10).

(19) Según la información a disposición de la Comisión, en noviembre de 2000 se decidió un plan de saneamiento y desarrollo para 2001-2003(11) (llamado "plan estratégico"), que se aplica desde principios de 2001. Dicho plan prevé una reducción estratégica de la diversificación de servicios y servidores y la conversión en filiales de ambos sectores. También se prevé una operación de desinversión y de cesión de activos no estratégicos, así como la reducción de los costes y la adaptación del personal.

(20) Según las autoridades francesas, en 2001 Bull sufrió varios reveses: por una parte, el plan estratégico fue un fracaso. Uno de sus objetivos era, en parte, ceder las actividades de servicios francesas, sumamente deficitarias. Había negociaciones en curso con un consorcio francés de inversores y se preveía la posibilidad de introducir Integris en Bolsa. Sin embargo, la crisis bursátil de los valores tecnológicos hizo fracasar este plan. Por otra parte, el vuelco brutal en Bolsa de los valores tecnológicos a partir de marzo de 2000 gravó la financiación de las actividades de tecnologías de Internet en las que Bull había invertido mucho, al orientar su oferta comercial hacia los conceptos de "e-servicios" y de "net-infraestructura".

(21) En diciembre de 2001 comenzó una nueva fase de la reestructuración con el nombramiento, el 2 de diciembre de 2001, de un nuevo Presidente cuyo mandato consistía en proceder al análisis de la situación financiera y evaluar las perspectivas de Bull. Tras dicho análisis, el 14 de marzo de 2002 el Consejo de administración de Bull adoptó los principios de una estrategia de rectificación en tres fases. Esta estrategia de rectificación se presentó a la Comisión en julio de 2002 (véase la sección V).

(22) Bull ha previsto otras cesiones de activos: venta en el mercado del segundo tramo de acciones Steria recibidas como pago de la cesión de las actividades de servicios al Reino Unido, cobro de los saldos de la venta de Louveciennes y de la transacción con Steria. También se ha previsto la cesión de otros activos inmobiliarios. Bull prevé asimismo la externalización de la gestión de repuestos y terminar el plan de pensiones de Bull HN Information Systems Inc.

(23) El informe financiero de 2001 indicaba pérdidas para 2001 por importe de 253 millones EUR (contra 243 millones EUR en 2000), mientras que el capital suscrito ascendía a 340 millones EUR y los capitales propios a - 158 millones EUR (contra 86 millones EUR en 2000). Las pérdidas netas consolidadas ascendían a - 544 millones EUR (contra - 292 millones EUR en 2000).

(24) En cuanto a las últimas cifras de la empresa, las cuentas del primer semestre de 2002 indican, en primer lugar, la supresión de 2160 puestos de trabajo, de los cuales 1240 se sitúan en Francia. Según las autoridades francesas, el plan de reducción de la plantilla se financió íntegramente mediante cesiones de activos(12). Por otra parte, el plan del 14 de marzo de 2002 prevé la reducción de los gastos administrativos y generales. Según los resultados presentados el 25 de julio de 2002, el conjunto de los costes de distribución y administración se redujeron al 18 % del volumen de negocios el segundo semestre de 2002, en lugar del 25 % de 2001. El informe presentado indica asimismo un volumen de negocios de 780 millones EUR(13), un margen bruto de 170 millones EUR y un resultado neto de - 524,2 millones EUR(14). Las pérdidas, sin contar impuestos ni intereses, ascienden a 151 millones EUR. No obstante, la actividad comercial se mantuvo durante el primer trimestre de 2002 y el grupo contabilizó 713 millones EUR de pedidos(15).

III. DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS DE AYUDA

(25) El Gobierno francés concedió ayuda a Bull por importe de 450 millones EUR. Esta cifra abarca un primer tramo de 100 millones EUR que se concedió a finales de 2001 y no se notificó y una segunda parte de 350 millones EUR que se concedió durante el primer semestre de 2002. La ayuda estaba sujeta a varias condiciones, que se recogen en la notificación:

- la ayuda se aportó mediante un crédito en forma de anticipo de accionista amortizable,

- el crédito se concedió con un interés al tipo anual del 5,23 %, igual al tipo de referencia de la Comisión, aplicable a partir del primer pago de la ayuda de tesorería,

- el crédito debía reembolsarse a más tardar 12 meses después del último pago,

- la ayuda se abonaba durante un plazo máximo no superior a 6 meses,

- Francia se comprometió a presentar a la Comisión, el 30 de junio de 2002, un plan de reestructuración,

- el importe máximo del préstamo ascendía a 450 millones EUR. Para justificar los 450 millones EUR de ayuda de tesorería las autoridades francesas se apoyaron en el plan de tesorería que figura en el cuadro 2(16), así como en un margen de 7 millones EUR, concedido por considerarse que la necesidad de tesorería de la empresa podría exceder los 443 millones EUR hasta junio de 2002(17). En cuanto a las perspectivas de tesorería para el período incluido entre el 31 de diciembre de 2001 y el 30 de junio de 2002, las autoridades francesas las presentaron del modo siguiente:

CUADRO 2

Plan de tesorería

>SITIO PARA UN CUADRO>

IV. RAZONES QUE CONDUJERON A INCOAR EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN EL APARTADO 2 DEL ARTÍCULO 88 DEL TRATADO

(26) Las razones que impulsaron a la Comisión a incoar el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado se articulan en torno a cinco grandes ejes y se basan en el examen de la compatibilidad de las medidas de ayuda con las Directrices.

(27) En primer lugar, la Comisión albergaba ciertas dudas en cuanto al carácter excepcional de la ayuda en cuestión que, según el punto 25 de las Directrices, debe tener exclusivamente por objeto mantener la actividad un período de tiempo limitado durante el cual puede evaluarse el futuro de la empresa. En efecto, en el presente caso y en esta fase, parecía que la empresa había iniciado un proceso de reestructuración de larga duración.

(28) En segundo lugar, la Comisión no conocía con certeza la fecha exacta en que se concedió el primer tramo de 100 millones EUR. La importancia de conocer exactamente dicha fecha se debe a que, según las Directrices, en un plazo de seis meses a partir de la autorización de la Comisión el Estado miembro debe presentar un plan de reestructuración, un plan de liquidación o la prueba de que el préstamo se ha reembolsado íntegramente.

(29) En tercer lugar, la duración de la ayuda no quedaba perfectamente clara. Según las Directrices, ésta debe abarcar un período máximo de seis meses. Ahora bien, según la notificación, existe el riesgo de que la ayuda concedida haya tenido una duración superior a estos seis meses.

(30) En cuarto lugar, la Comisión albergaba ciertas dudas en cuanto a la ausencia de efecto de spillover de la ayuda, como afirmaba Francia, debido al hecho de que Bull despliega actividades en otros Estados miembros(18).

(31) En quinto lugar, la Comisión albergaba ciertas dudas en cuanto al origen de las necesidades de tesorería. En efecto puesto que, como se indica en la sección II, la empresa ya estaba en proceso de reestructuración desde hacía algunos años, era posible que el objeto de la ayuda fuese financiar la reestructuración en curso. Como Bull ya había recibido ayuda con fines de reestructuración en 1993-1994, una nueva ayuda de reestructuración hubiese sido contradictoria con el principio de "ayuda única" ("primera y última vez"), a que se refiere el punto 2.3 de la sección 3 de las Directrices.

V. COMENTARIOS DE FRANCIA

(32) Una vez incoado el procedimiento, las autoridades francesas aportaron las precisiones siguientes.

(33) Por lo que se refiere a la calificación de la ayuda como excepcional y a la situación actual de reestructuración de larga duración de la empresa, las autoridades francesas destacan que, a raíz de la evolución del mercado informático, Bull se halla inmersa en un proceso de adaptación permanente tal como ocurre con los demás operadores del mercado(19). Este proceso de adaptación condujo a Bull a desarrollarse en el ámbito de servicios, considerado como un sector con menor proporción de capital. Estos esfuerzos de adaptación(20) incluidos, entre otras cosas, en el plan estratégico de finales de 2000-2001, fueron autofinanciados por la empresa. Sin embargo, el desarrollo del sector de servicios no pudo llevarse a cabo en buenas condiciones debido a la ausencia de financiación de determinados productos, lo que supuso una degradación de la situación de la empresa. Las autoridades francesas indican que ciertos factores externos, como la difícil coyuntura del mercado de la informática y el hundimiento del valor bursátil de las empresas informáticas, fueron causa de que fracasara el plan estratégico de Bull en 2001. Las autoridades francesas destacan, entre otras cosas, el hecho de que el precio de la cesión de las actividades europeas de servicios de Bull se revisó varias veces a la baja entre mayo y noviembre. A raíz del fracaso del plan estratégico, la empresa se encontró en situación de crisis y Bull tuvo grandes dificultades para encontrar créditos a corto plazo. Esta es la razón por la que Bull pidió al Estado francés una ayuda de salvamento a finales de diciembre de 2001.

(34) Por lo que se refiere a la fecha exacta en que se concedió el primer tramo de 100 millones EUR, las autoridades francesas indican que se concedió el 31 de diciembre de 2001. En efecto, la ayuda de tesorería se concedió sobre la base del artículo 24 de la Ley de finanzas rectificativa francesa de 2001(21). Con arreglo al Decreto de 5 de diciembre de 1870 relativo a la promulgación de leyes y decretos, esta Ley de 28 de diciembre entró en vigor un día hábil después de su publicación en el Journal officiel (Boletín Oficial de la República Francesa), es decir, el 31 de diciembre de 2001. Los 100 millones EUR se pagaron efectivamente a Bull el 2 de enero de 2002.

(35) En cuanto a la duración total de la ayuda, las autoridades francesas indican que después del primer tramo de ayuda de 100 millones EUR, que se concedió el 31 de diciembre de 2001, el 2 de mayo de 2002 se concedió un segundo tramo de 150 millones EUR y el 17 de junio de 2002 un tercer tramo de 200 millones EUR. Francia indica que, con arreglo a el punto 1 de la sección 3 de las Directrices, la ayuda se pagó efectivamente durante un período máximo de seis meses a partir de su concesión.

(36) En cuanto a la inexistencia de efecto de spillover de la ayuda de salvamento concedida a Bull, Francia indica que las cuotas de mercado de Bull en el ámbito de servicios y en el de servidores son muy escasas(22) y que Bull se sitúa muy a la zaga de sus principales competidores. Francia concluye que los efectos de la ayuda en el comercio intracomunitario y en el ámbito de la competencia son insignificantes. Francia indica también que la desaparición de Bull puede contribuir a debilitar el juego de la competencia en Europa, puesto que dicha empresa ofrece a sus clientes una libertad de elección que de otro modo no existiría. Además, Francia destaca que Bull se considera una empresa especialista de los entornos heterogéneos y abiertos, y que por este motivo concurre a la libertad de competencia.

(37) En cuanto al origen de las necesidades de tesorería y las dudas expresadas por la Comisión al incoar el procedimiento de que quizás la ayuda sirvió para financiar los sucesivos planes de reestructuración, Francia proporcionó una relación detallada del uso de los 450 millones EUR de ayuda de tesorería:

- 134 millones EUR se destinaron a financiar pérdidas de explotación a partir del 1 de enero de 2002. Las autoridades francesas destacan que estas necesidades desaparecerán el segundo trimestre con motivo de la disminución de los costes de gestión,

- 106 millones EUR se utilizaron para reembolsar las líneas de crédito a corto plazo. Según las autoridades francesas, Bull tuvo que hacer frente a la retirada de la mayoría de las ayudas bancarias de que disponía sin poder movilizar ningún nuevo crédito bancario,

- 91 millones EUR se destinaron al reembolso de un empréstito obligacionista,

- 37 millones EUR se utilizaron para el reembolso de obligaciones en yenes que habían dado lugar a una inversión privada. Dicho reembolso fue contractualmente obligatorio como consecuencia de la insuficiencia de fondos propios de Bull a 31 de diciembre de 2001,

- 85 millones EUR se utilizaron para el reembolso previsto de un crédito bancario, adosado a créditos, al que el prestamista decidió poner un término a corto plazo a la vez que aceptó prolongar su utilización de un mes para otro, situación que se mantiene hasta la fecha. Las autoridades francesas indican que la empresa debe disponer de recursos suficientes para poder amortizar este empréstito en cualquier momento.

(38) Las autoridades francesas concluyen que la ayuda estatal permitió a Bull mantener su explotación durante el primer semestre de 2002, cuando la empresa tuvo que enfrentarse a un movimiento de efectivos negativo de - 134 millones EUR y a la obligación de amortizar rápidamente 319 millones EUR de financiaciones bancarias u obligacionistas.

(39) Por lo que se refiere a la financiación de los costes de reestructuración, Francia indica que, el primer semestre de 2002, el coste del plan de reestructuración ascendía a 55 millones EUR y que se financió mediante cesión de activos: cesión de las instalaciones de Louveciennes (50 millones EUR), cesión de Lottomatica (11 millones EUR), de SOFOM (5 millones EUR), y venta en el mercado del primer tramo de acciones Steria recibidas en pago de la cesión a Steria de las actividades de servicios de Bull en Europa, así como de sus filiales escandinava y suiza (29 millones EUR). Las ventas de estos activos permitieron a Bull obtener un saldo de 95 millones EUR, lo que representa un excedente de 40 millones EUR sobre los costes del plan de reducción de la plantilla durante el primer semestre de 2002. Este excedente, junto con la cesión de activos decidida por el Consejo de administración, pero aún no realizada(23), por importe de [...](24), debiera permitir financiar el resto del plan de reestructuración.

(40) Las autoridades francesas también presentaron un plan de reestructuración, que puede resumirse como sigue:

Fase de salvamento - 1.1.2002-30.6.2002

- El objetivo de esta fase es conseguir una explotación equilibrada.

- Reducción de la plantilla: unas 1500 personas, de las cuales 1200 en Francia.

- Reducción de los gastos generales (del 25 % en 2001 al 18 % en 2002)(25).

- Consolidación de los resultados positivos de Bull en el ámbito de los servidores propietarios y su mantenimiento, rectificación de los resultados negativos en los demás ámbitos.

- Financiación del plan de reducción de la plantilla mediante el producto de las cesiones de activos realizadas por Bull: cesiones de terrenos y edificios, cesión de acciones Steria, cesión a IBM de la actividad de gestión de los repuestos de mantenimiento y de las existencias correspondientes.

Estrategia de saneamiento sostenible - 2002-2005

- El objetivo de esta fase consiste en reunir las fuerzas del grupo para que juntas aporten a sus clientes servicios de desarrollo de las aplicaciones y de la gestión de la información, combinados con prestaciones de asesoramiento en arquitectura de sistemas informáticos y de ayuda para el máximo aprovechamiento de las infraestructuras físicas correspondientes.

- En el ámbito de los servidores, reducción del alcance de la oferta de servidores, concentración en los servidores que utilizan los nuevos componentes Itanium 2 de Intel. Se trata principalmente de servidores de gama alta. Bull se propone retirarse del desarrollo y comercialización de [...]*.

- En el ámbito de los servicios de infraestructura, el objetivo de Bull consiste en aumentar el valor añadido de los servicios que propone. Con este fin, se promocionará un número reducido de servicios mediante la utilización de los productos específicos de Bull en los sectores de seguridad y administración de sistemas, soluciones open source o herramientas de un número reducido de socios de gran prestigio. Se ha previsto una sinergia entre los distintos equipos con el fin de mejorar la productividad de todos ellos.

- En el ámbito de los servicios aplicativos y de los productos de seguridad, el objetivo de Bull consiste en restablecer la rentabilidad de las actividades de integración de sistemas, mediante una gestión profesional y la optimización progresiva de las competencias, todo ello basado en la experiencia adquirida en el sector de telecomunicaciones, el sector público y el sector energético. Bull tiene asimismo intención de desarrollarse en el sector de defensa, habida cuenta de las ocasiones de cooperación que pueden esperarse del desarrollo de nuevos sectores científicos. Actualmente, Bull propone ya servicios competitivos, especialmente en los sectores de mensajería, gestión de llamadas las 24 horas del día, pórticos para móviles y facturación de llamadas telefónicas. Bull piensa también optimizar la presentación de sus herramientas y competencias en el sector de seguridad de los sistemas de información. Estas competencias se propondrán [...]*.

- En cifras, el objetivo de Bull para 2005 consiste en obtener que su actividad se distribuya entre los servicios [...]*, y una oferta de productos, [...]*. Esta oferta consistirá en servidores propietarios, grandes servidores abiertos y productos de seguridad.

Recapitalización del grupo - 9.2002-30.6.2003

- Sobre la base de las actividades anteriormente mencionadas, Bull debería lograr un resultado equilibrado a partir del segundo semestre de 2002 y debería volver a ser beneficiaria a partir de 2003. Aunque Bull vuelva a ser beneficiaria, es dudoso que para el 17 de junio de 2003 la empresa esté en condiciones de amortizar por sus propios medios la ayuda de tesorería de 450 millones EUR.

- Por este motivo, Bull necesitará una recapitalización. La empresa tiene intención de proceder a esta recapitalización recurriendo a uno o varios grandes accionistas privados deseosos de participar en un aumento de capital, o mediante la participación de otros inversores privados que se declaren interesados en adquirir participaciones de Bull.

- Esta fase de búsqueda de capital comenzará [...]*, cuando Bull haya demostrado haber recuperado su capacidad de mantener una explotación equilibrada.

VI. APRECIACIÓN DE LA AYUDA

1. Existencia de ayuda

(41) El apartado 1 del artículo 87 del Tratado declara "incompatibles con el mercado común en la medida en que afecten a los intercambios comerciales entre Estados miembros, las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones".

(42) En el presente caso, el Estado francés concedió el anticipo de accionista sobre la base del artículo 24 de la Ley de finanzas rectificativas de 2001. La medida consiste en una ayuda de tesorería amortizable concedida por el Estado francés, accionista de Bull. Dicha ayuda se otorgó en beneficio de una empresa determinada, es decir, Bull. La ayuda concedida por el Estado francés no se ajusta al principio del inversor privado en economía de mercado, puesto que los demás accionistas de Bull no manifestaron intenciones de conceder un anticipo a la empresa y que Bull, habida cuenta de su situación financiera, no estaba en condiciones de obtener dicho anticipo en el mercado. Por otra parte, al reforzar la posición de la empresa permitiéndole hacer frente a sus gastos normales de explotación, la ayuda falsea o amenaza falsear la competencia debido al hecho de que Bull es una sociedad internacional y sus productos son objeto de intercambios comerciales a escala internacional. Además, Bull tiene competidores extranjeros, como IBM, Fujitsu, y Sun.

(43) De lo que precede cabe concluir que el anticipo de accionista concedido por el Estado francés a Bull constituye una ayuda según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 87 del Tratado.

2. Obligación de notificación

(44) Con arreglo al apartado 3 del artículo 88 del Tratado, el Estado miembro está obligado a informar de los proyectos dirigidos a conceder o modificar ayudas. El Estado miembro interesado no puede llevar a cabo las medidas proyectadas antes de que este procedimiento haya dado lugar a una decisión final.

(45) En el presente caso, es patente que la ayuda se otorgó y se abonó antes de que Francia procediera a la notificación formal de ésta y que, por consiguiente, la Comisión no pudo emitir un dictamen acerca de su compatibilidad con el mercado común. En efecto, la ayuda se concedió el 31 de diciembre de 2001 y se abonó el 2 de enero de 2002, mientras que la notificación formal no llegó a la Comisión hasta el 14 de marzo de 2002.

(46) La Comisión constata que al actuar de este modo, Francia otorgó ilegalmente la ayuda en cuestión, incumpliendo así sus obligaciones en virtud del apartado 3 del artículo 88 del Tratado.

3. Compatibilidad de la ayuda con el mercado común

(47) Las excepciones previstas en el apartado 2 del artículo 87 del Tratado no son aplicables a esta ayuda puesto que no constituye ni una ayuda de carácter social concedida a los consumidores individuales, ni una ayuda destinada a reparar los perjuicios ocasionados por desastres naturales, ni una ayuda destinada a compensar desventajas económicas causadas por la división de Alemania.

(48) Las excepciones previstas en las letras a), b) y d) del apartado 3 del artículo 87 tampoco se aplican puesto que la ayuda no está destinada a compensar las desventajas económicas de determinadas regiones, ni a fomentar la realización de proyectos importantes de interés europeo y ni a promover la cultura y la conservación del patrimonio.

(49) Queda, pues, por examinar si la ayuda en cuestión puede o no acogerse a la excepción prevista en la letra c) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado por estar destinada a facilitar el desarrollo de determinadas actividades, siempre que no altere las condiciones de los intercambios en forma contraria al interés común.

(50) La Comisión adoptó las Directrices precisamente en relación con esta disposición del Tratado, Directrices por las que se guía para apreciar las ayudas en el ámbito de las ayudas de salvamento y de reestructuración. La ayuda de salvamento es precisamente la excepción que alegan las autoridades francesas.

4. Evaluación de la ayuda con arreglo a las Directrices

(51) Según las cifras proporcionadas por las autoridades francesas que se exponen en el punto 2 de la sección II, Bull debe considerarse como una empresa en crisis según las Directrices.

(52) En efecto, habida cuenta de su estatuto de sociedad anónima, Bull puede considerarse en crisis con arreglo a la letra a) del punto 5 de las Directrices si "ha desaparecido más de la mitad de su capital suscrito y se ha perdido más de una cuarta parte del mismo en los últimos 12 meses". En el presente caso, las pérdidas del ejercicio 2001 ascendían a 253 millones EUR (contra 243 millones EUR en 2000), y el capital suscrito en dicha fecha a 340 millones EUR. Los capitales propios de Bull ascendían a - 158 millones EUR (contra 86 millones EUR en 2000), cifra inferior a la mitad del capital social. Por otra parte, más de la cuarta parte del capital ha desaparecido en los últimos 12 meses.

(53) El examen de estas cifras conduce a concluir que Bull se encuentra efectivamente en situación de empresa en crisis según las Directrices, lo que también confirman el importe creciente de las pérdidas y la necesaria cesión de un gran número de activos.

(54) El examen de la ayuda con arreglo al punto 1 de la sección 3 de las Directrices permite la evaluación siguiente.

(55) Con arreglo a la letra a) del punto 23 de las Directrices, la ayuda consiste en una ayuda de tesorería con un tipo de interés que corresponde al tipo de referencia adoptado por la Comisión. En el presente caso, este tipo es del 5,23 %, lo que corresponde al tipo de referencia en la fecha en que se concedió el primer tramo de ayuda, es decir a 31 de diciembre de 2001.

(56) La letra b) del punto 23 de las Directrices estipula que la ayuda debe corresponder a préstamos cuyo plazo de amortización tras el último pago a la empresa de las cantidades prestadas no sea superior a 12 meses. En el presente caso, al haberse concedido el último tramo de ayuda el 17 de junio de 2002, el reembolso deberá finalizar el 17 de junio de 2003. La Comisión observa que según las autoridades francesas Bull no estará en condiciones reembolsar esta cantidad con sus propios fondos y que tiene previsto efectuar una recapitalización. La Comisión tiene intención de comprobar esta condición más adelante, e insiste en que el reembolso debe efectuarse cuanto antes y, a más tardar, el 17 de junio de 2003.

(57) Con arreglo a la letra c) del punto 23 de las Directrices, la ayuda debe estar justificada por razones sociales serias y no ser susceptibles de provocar un desequilibrio de la situación económica reinante en otros Estados miembros. Esta condición parecía dudosa al incoarse el procedimiento, debido al hecho de que Bull ejerce actividades en otros Estados miembros. No obstante, Francia presentó elementos suficientes para que la Comisión llegara a la conclusión de que la ayuda no es susceptible de provocar tales desequilibrios, con lo que se disiparon las dudas de la Comisión a este respecto. En efecto, las cuotas de mercado de Bull son escasas. Además, Bull ha cedido la mayor parte de sus actividades situadas fuera de Francia, lo que limita las repercusiones negativas de la ayuda en los otros Estados miembros.

(58) La letra d) del punto 23 de las Directrices impone a Francia, en un plazo de seis meses a partir de la autorización de la ayuda de salvamento, la obligación de presentar un plan de reestructuración, un plan de liquidación o la prueba de que se ha reembolsado íntegramente el préstamo o de que se ha puesto fin a la garantía. Al incoarse el procedimiento, este punto planteaba dificultades debido a que la Comisión no tenía conocimiento de la fecha exacta en que se había concedido el primer tramo de ayuda. Francia indicó que el primer tramo de ayuda se había concedido el 31 de diciembre de 2001. Por consiguiente, Francia debía haber presentado un plan de reestructuración el 30 de junio de 2002, tal como se comprometió a hacerlo en la notificación. Francia transmitió dicho plan de reestructuración, con cierto retraso, seis meses y medio después del pago de la primera ayuda. La Comisión lamenta que Francia no transmitiese el plan de reestructuración en los plazos previstos, pero concluye que la presentación del plan de reestructuración cumple las obligaciones impuestas por las Directrices.

(59) La letra e) del punto 23 de las Directrices indica que la ayuda de salvamento debe limitarse al importe necesario para mantener a la empresa en funcionamiento. Este punto planteó dudas a la Comisión al incoarse el procedimiento. En efecto, al estar Bull en proceso de reestructuración desde hace varios años, era posible que la ayuda se utilizara para financiar la reestructuración de la empresa. Ahora bien, en 1993-1994, Bull ya había recibido una ayuda de reestructuración. Razón ésta por la que una nueva ayuda destinada a la reestructuración hubiese sido contraria al principio de "ayuda única", que se menciona en el punto 2.3 de la sección 3 de las Directrices. La Comisión considera que las precisiones aportadas por Francia al incoarse el procedimiento son suficientes para concluir que la ayuda de tesorería se destinó exclusivamente al reembolso de líneas de crédito, empréstitos obligacionistas y créditos bancarios, así como a financiar pérdidas de explotación. Por otra parte, Francia presentó datos suficientes para confirmar que los gastos de reestructuración y, en particular el plan de despidos, se financiaron íntegramente mediante la cesión de activos (véase la sección V). Por esta razón, la Comisión concluye que el importe de la ayuda se utiliza de manera conforme a la letra e) del punto 23 de las Directrices, ya que se limita a lo estrictamente necesario para mantener a la empresa en funcionamiento durante los seis meses para los que se concedió la ayuda de salvamento.

(60) Sin embargo, la Comisión indica que Francia deberá respetar estrictamente el principio de "ayuda única" y no conceder ninguna ayuda de reestructuración a Bull antes del 31 de diciembre de 2004. Por consiguiente, cualquier recapitalización de Bull deberá llevarse a cabo según el principio del inversor privado.

(61) El punto 24 de las Directrices estipula que la ayuda de salvamento abarca un período máximo de seis meses. Al incoarse el procedimiento la situación en cuanto a este requisito no estaba clara, ya que la Comisión no conocía la fecha del pago del primer tramo de ayuda ni la duración total de la ayuda. Las explicaciones aportadas por Francia permiten concluir que la ayuda concedida respeta este requisito, ya que el primer tramo de ayuda se concedió el 31 de diciembre de 2001(26) y el último tramo el 17 de junio de 2002, es decir un período inferior a seis meses. Por consiguiente, se han disipado las dudas de la Comisión sobre este punto.

(62) Con arreglo al punto 25 de las Directrices, la ayuda de salvamento debe ser una operación excepcional destinada a mantener la actividad durante un período limitado, a lo largo del cual se puede evaluar el futuro de la empresa. La situación en cuanto a esta exigencia suscitó ciertas dudas cuando se incoó el procedimiento, debido a que la empresa se hallaba inmersa en un proceso de reestructuración de larga duración, de modo que la ayuda de tesorería hubiese podido servir para cubrir estos costes de reestructuración. De la información presentada por Francia se desprende que en efecto, la ayuda de salvamento permitió a la empresa hacer balance y elaborar una estrategia de recuperación que se aplicó a partir de principios de 2002. Además, Francia suministró la prueba de que la ayuda de tesorería se había destinado a tesorería y que los costes de reestructuración se financiaron mediante la venta de activos. Por consiguiente, se disiparon las dudas de la Comisión.

(63) Sin embargo, la Comisión recalca que, debido al carácter excepcional de la ayuda de salvamento, posteriormente no será posible conceder de nuevo una ayuda de salvamento.

VII. CONCLUSIÓN

(64) La ayuda de tesorería concedida por Francia a Bull constituye una ayuda con arreglo al apartado 1 del artículo 87 del Tratado.

(65) La ayuda concedida por Francia en incumplimiento de las obligaciones a que se refiere el apartado 2 del artículo 88 del Tratado constituye una ayuda ilegal.

(66) La excepción prevista en el apartado 3 del artículo 87 del Tratado es aplicable, siempre que la ayuda de tesorería cumpla los criterios a que se refieren las Directrices. Por consiguiente, la Comisión ha evaluado la ayuda en relación con dichas Directrices.

(67) Habida cuenta de la información presentada por las autoridades francesas, la Comisión concluye que la ayuda de tesorería se concedió a una empresa en crisis, que ésta consiste en una ayuda de tesorería, con el tipo de referencia de la Comisión, vinculada a un crédito cuyo plazo de amortización tras el último pago de la ayuda no supera 12 meses y que la ayuda no producirá desequilibrios en los otros Estados miembros.

(68) No obstante, la Comisión debe cerciorarse de que la obligación de amortización se cumple en el plazo de 12 meses tras el pago del último tramo de ayuda, es decir el 17 de junio de 2003. Por este motivo, Francia deberá presentar a la Comisión la prueba de que Bull ha amortizado íntegramente la ayuda de tesorería y los intereses correspondientes en el plazo más breve posible y, a más tardar, el 17 de junio de 2003.

(69) La Comisión deberá también cerciorarse de que la ayuda de salvamento constituye una operación excepcional. Por este motivo y con el fin de mantener el carácter excepcional de la ayuda, Francia no podrá conceder a Bull ninguna otra ayuda de salvamento en el futuro.

(70) Con el fin de respetar el principio de "ayuda única", la Comisión indica que Francia no podrá conceder ninguna ayuda de reestructuración a Bull durante diez años a partir del pago de la última ayuda de reestructuración, es decir hasta el 31 de diciembre de 2004.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La ayuda ejecutada por Francia en favor de la sociedad Bull en forma de una ayuda de tesorería de 450 millones EUR es compatible con el mercado común en las condiciones que se establecen en el artículo 2.

Artículo 2

Francia deberá presentar cuanto antes y, a más tardar, el 17 de junio de 2003, la prueba de la amortización por Bull de la ayuda de tesorería de 450 millones EUR y de los intereses correspondientes.

Artículo 3

Francia informará a la Comisión, en un plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la presente Decisión, de las medidas adoptadas en cumplimiento de la misma.

Artículo 4

La destinataria de la presente Decisión será la República Francesa.

Hecho en Bruselas, el 13 de noviembre de 2002.

Por la Comisión

Mario Monti

Miembro de la Comisión

(1) DO C 128 de 30.5.2002, p. 8.

(2) DO L 83 de 27.3.1999, p. 1.

(3) DO C 128 de 30.5.2002, p. 8.

(4) DO C 288 de 9.10.1999, p. 2.

(5) DO C 244 de 23.9.1992, p. 2.

(6) Decisión 94/1073/CE de la Comisión (DO L 386 de 31.12.1994, p. 1).

(7) DNP es un grupo japonés.

(8) 1026 de estos empleados trabajan en Italia, 498 en el Reino Unido, 316 en Alemania, 234 en los Países Bajos, 441 en España y Portugal y los demás (o sea, cerca de 6800) en Francia.

(9) Obsérvese que las actividades italianas de servicios de Bull son deficitarias.

(10) Véase: "Bull piensa recomprar inmediatamente a Steria su división italiana", La Tribune, 28 de diciembre de 2001.

(11) A finales de 2000, Bull ya hablaba de una cesión de activos que debía permitir "apurar la deuda de Bull".

(12) El coste total del plan de reducción de la plantilla asciende a 210 millones EUR, lo que corresponde al producto total de las cesiones realizadas o decididas en septiembre de 2002.

(13) Mientras que el objetivo previsto en marzo de 2002 era de 700 millones EUR, un año antes el volumen de negocios ascendía a 1257 millones EUR.

(14) Entre otras cosas, esta pérdida se debe a provisiones para la reestructuración por importe de 225 millones EUR.

(15) C. Jay, "Bull ha saneado su balance pero tiene que demostrar la validez de su gestión", La Tribune de 29 de julio de 2002.

(16) La ayuda de tesorería se divide en dos partes: un primer anticipo de 100 millones EUR concedido a finales de 2001 y otro anticipo de 350 millones EUR concedido el 14 de marzo de 2002.

(17) Las autoridades francesas emiten la hipótesis de que, por ejemplo, la capacidad de autofinanciación pudiera deteriorarse más de lo previsto.

(18) Véase el punto de la sección II.

(19) Fue, por ejemplo, el caso de otros fabricantes europeos de servidores informáticos como ICL, Siemens, Nixdorf, Olivetti y Philips, que tuvieron que cesar o ceder sus actividades en este ámbito.

(20) Se trata de una evolución de la cartera de actividades y de reducción o reorientación del personal.

(21) Ley n° 2001-1276 de 28 de diciembre de 2001 [Journal officiel de la République française (Boletín Oficial de la República Francesa) n° 302 de 29.12.2001].

(22) Francia indica que en el ámbito de los servidores de gama alta la cuota de mercado de Bull a escala europea era inferior al 3 %, y la cuota de mercado en el ámbito de los servicios informáticos inferior al 2 %.

(23) [...]*.

(24) Se han suprimido determinadas partes del presente texto con objeto de garantizar que no se haya pública ninguna información confidencial; estas partes se señalan mediante corchetes y un asterisco.

(25) El presupuesto de Bull se elaboró reduciendo los gastos generales al 17,5 % aproximadamente, sin contar los costes del plan de reducción de la plantilla.

(26) Véase la sección V.