23.8.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 306/8


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto M.8173 — CPPIB/OTPP/IDEAL/Arco Norte)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2016/C 306/08)

1.

El 16 de agosto de 2016, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas Canada Pension Plan Investment Board (CPPIB, Canadá), Ontario Teachers’ Pension Plan Board (OTPP, Canadá) e Impulsora del Desarrollo y el Empleo en América Latina, S.A.B. de C.V. (IDEAL, México) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la empresa Autopista Arco Norte, SA de C.V. (Arco Norte, México) mediante suscripción de acciones. En la actualidad, Arco Norte es controlada únicamente por IDEAL.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

—   CPPIB: organismo de gestión de inversiones que invierte los fondos del Canada Pension Plan, principalmente en valores cotizados y no cotizados, bienes raíces, infraestructuras y renta fija;

—   OTPP: organismo de gestión de inversiones que invierte los activos del plan de pensiones por cuenta de profesores en activo y jubilados en la provincia canadiense de Ontario;

—   IDEAL: empresa pública que gestiona una cartera de activos estratégicos en varios sectores de infraestructuras que promueven el desarrollo social y el crecimiento económico mediante el diseño, el desarrollo, la financiación y la gestión de diferentes proyectos de infraestructura en México y en Panamá, así como la gestión a largo plazo, la prestación de servicios, el mantenimiento y la operación de las concesiones y proyectos en los que participa;

—   Arco Norte: titular de una concesión para la explotación, la operación y el mantenimiento de una carretera de peaje en México, conocida como «Libramiento Norte de la Ciudad de México».

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del n.o de referencia M.8173 — CPPIB/OTPP/IDEAL/Arco Norte, a la siguiente dirección:

European Commission

Directorate-General for Competition

Merger Registry

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («el Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.