27.8.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 222/1 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 842/2011 DE LA COMISIÓN
de 19 de agosto de 2011
por el que se establecen los formularios normalizados para la publicación de anuncios en el ámbito de la contratación pública y se deroga el Reglamento (CE) no 1564/2005
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 89/665/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, relativa a la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de los contratos públicos de suministros y de obras (1), y, en particular, su artículo 3 bis,
Vista la Directiva 92/13/CEE del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativa a la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de las normas comunitarias en los procedimientos de formalización de contratos de las entidades que operen en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones (2), y, en particular, su artículo 3 bis,
Vista la Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales (3), y, en particular, su artículo 44, apartado 1, y su artículo 63, apartado 1,
Vista la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios (4), y, en particular, su artículo 36, apartado 1, su artículo 58, apartado 2, su artículo 64, apartado 2, y su artículo 70, apartado 1,
Vista la Directiva 2009/81/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de determinados contratos de obras, de suministro y de servicios por las entidades o poderes adjudicadores en los ámbitos de la defensa y la seguridad, y por la que se modifican las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE (5) y, en particular, su artículo 32, apartado 1, su artículo 52, apartado 2, y su artículo 64,
Previa consulta al Comité Consultivo de Contratos Públicos,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Las Directivas 89/665/CEE y 2004/18/CE exigen que la contratación pública de suministros, obras y servicios se publique en el Diario Oficial de la Unión Europea. Los anuncios de esas publicaciones deben incluir la información que se establece en las citadas Directivas. |
(2) |
Las Directivas 92/13/CEE y 2004/17/CE exigen que los contratos públicos en los sectores del agua, la energía, los transportes y las telecomunicaciones se publiquen en el Diario Oficial de la Unión Europea. Los anuncios de esas publicaciones deben incluir la información que se establece en las citadas Directivas. |
(3) |
La Directiva 2009/81/CE exige que determinados contratos de obras, de suministro y de servicios en los ámbitos de la defensa y la seguridad se publiquen en el Diario Oficial de la Unión Europea. Los anuncios de esa publicación deben incluir la información expuesta en la citada Directiva. |
(4) |
En el Reglamento (CE) no 1564/2005 de la Comisión, de 7 de septiembre de 2005, por el que se establecen los formularios normalizados para la publicación de anuncios en el marco de los procedimientos de adjudicación de contratos públicos (6), se establecen los formularios normalizados previstos en las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE y en las Directivas 89/665/CEE y 92/13/CEE. |
(5) |
Para cumplir lo dispuesto en la Directiva 2009/81/CE y asegurar la plena efectividad de las Directivas 89/665/CEE, 92/13/CEE, 2004/17/CE y 2004/18/CE, es necesario adaptar y complementar los formularios normalizados anexos al Reglamento (CE) no 1564/2005. Conviene también actualizar determinados elementos de los formularios normalizados para tener en cuenta el progreso técnico. Habida cuenta de la cantidad y la magnitud de los ajustes necesarios, el Reglamento (CE) no 1564/2005 debe ser sustituido. |
(6) |
Las medidas establecidas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Las entidades adjudicadoras utilizarán los formularios normalizados que se establecen en los anexos IV a IX, XII y XIII del presente Reglamento para la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea de los anuncios a los que se hace referencia en los artículos 41 a 44 y 63 de la Directiva 2004/17/CE.
Artículo 2
Los poderes adjudicadores utilizarán los formularios normalizados que se establecen en los anexos I, II, III y VIII a XIII del presente Reglamento para la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea de los anuncios a los que se hace referencia en los artículos 35, 36, 58, 64, 69 y 70 de la Directiva 2004/18/CE.
Artículo 3
Los poderes adjudicadores y las entidades adjudicadoras utilizarán el formulario normalizado que se establece en el anexo XIV del presente Reglamento para la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea del anuncio al que se hace referencia en el artículo 3 bis de las Directivas 89/665/CEE y 92/13/CEE.
Artículo 4
Los poderes adjudicadores y las entidades adjudicadoras utilizarán los formularios normalizados que se establecen en los anexos XV a XVIII del presente Reglamento para la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea de los anuncios a los que se hace referencia en los artículos 30, 32, 52 y 64 de la Directiva 2009/81/CE.
Artículo 5
Queda derogado el Reglamento (CE) no 1564/2005.
Artículo 6
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 19 de agosto de 2011.
Por la Comisión
El Presidente
José Manuel BARROSO
(1) DO L 395 de 30.12.1989, p. 33.
(2) DO L 76 de 23.3.1992, p. 14.
(3) DO L 134 de 30.4.2004, p. 1.
(4) DO L 134 de 30.4.2004, p. 114.
(5) DO L 216 de 20.8.2009, p. 76.
(6) DO L 257 de 1.10.2005, p. 1.
Lista de anexos
Anexo I: |
: |
Formulario normalizado no 1 |
: |
«Anuncio de información previa» |
Anexo II: |
: |
Formulario normalizado no 2 |
: |
«Anuncio de licitación» |
Anexo III: |
: |
Formulario normalizado no 3: |
: |
«Anuncio de adjudicación de contrato» |
Anexo IV: |
: |
Formulario normalizado no 4 |
: |
«Anuncio periódico indicativo – Sectores especiales» |
Anexo V: |
: |
Formulario normalizado no 5 |
: |
«Anuncio de licitación – Sectores especiales» |
Anexo VI: |
: |
Formulario normalizado no 6 |
: |
«Anuncio de adjudicación de contrato – Sectores especiales» |
Anexo VII: |
: |
Formulario normalizado no 7 |
: |
«Sistema de clasificación – Sectores especiales» |
Anexo VIII: |
: |
Formulario normalizado no 8 |
: |
«Anuncio de perfil de comprador» |
Anexo IX: |
: |
Formulario normalizado no 9 |
: |
«Anuncio de licitación simplificado en el marco de un sistema dinámico de adquisición» |
Anexo X: |
: |
Formulario normalizado no 10 |
: |
«Concesión de obras públicas» |
Anexo XI: |
: |
Formulario normalizado no 11 |
: |
«Anuncio de licitación - Adjudicación de contrato por un concesionario que no es un poder adjudicador» |
Anexo XII: |
: |
Formulario normalizado no 12 |
: |
«Anuncio de concurso de proyectos» |
Anexo XIII: |
: |
Formulario normalizado no 13 |
: |
«Resultados del concurso de proyectos» |
Anexo XIV: |
: |
Formulario normalizado no 15 |
: |
«Anuncio de transparencia previa voluntaria» |
Anexo XV: |
: |
Formulario normalizado no 16 |
: |
«Anuncio de información previa – Defensa y seguridad» |
Anexo XVI: |
: |
Formulario normalizado no 17 |
: |
«Anuncio de licitación – Defensa y seguridad» |
Anexo XVII: |
: |
Formulario normalizado no 18 |
: |
«Anuncio de adjudicación de contrato – Defensa y seguridad» |
Anexo XVIII: |
: |
Formulario normalizado no 19 |
: |
«Anuncio de subcontratación – Defensa y seguridad» |
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III
ANEXO IV
ANEXO V
ANEXO VI
ANEXO VII
ANEXO VIII
ANEXO IX
ANEXO X
ANEXO XI
ANEXO XII
ANEXO XIII
ANEXO XIV
ANEXO XV
ANEXO XVI
ANEXO XVII
ANNEXO XVIII