PREGUNTA ESCRITA E-3808/02 de Olivier Dupuis (NI) al Consejo. Ampliación de la UE a los países de los Balcanes y del Cáucaso.
Diario Oficial n° 222 E de 18/09/2003 p. 0109 - 0111
PREGUNTA ESCRITA E-3808/02 de Olivier Dupuis (NI) al Consejo (7 de enero de 2003) Asunto: Ampliación de la UE a los países de los Balcanes y del Cáucaso Los Jefes de Estado de Macedonia, Yugoslavia, Croacia, Albania y Bosnia han dirigido a las autoridades de la UE una carta conjunta en la que piden a la Unión Europea que ofrezca, con ocasión de la Cumbre de Copenhague, una perspectiva clara y concreta a sus esfuerzos por unirse a la Unión Europea. Los Presidentes de estos cinco países expresan su esperanza de que el documento final de la Cumbre de Copenhague contenga una referencia a las propuestas relativas a la adhesión de sus países, como mensaje y como impulso fuerte para ayudarles a continuar su camino hacia la integración en la UE, se muestran plenamente conscientes del duro trabajo que aún tienen por delante para alcanzar este objetivo y expresan asimismo su convencimiento de que su objetivo común obra en favor de la realización de su noble visión: la unificación de Europa, siendo la apertura de la perspectiva de su adhesión a la UE muy importante para la profundización de los procesos democráticos y de reformas en curso, así como para el reforzamiento de la estabilidad en la región. En el mismo momento, más de 300 parlamentarios de Albania, Armenia, Azerbaiyán, Croacia, Georgia, Kosovo, Macedonia (FYROM) y Yugoslavia (Serbia-Montenegro) ya han suscrito un llamamiento a la Convención, al Consejo, a la Comisión y al Parlamento Europeo en el que solicitan el estatuto de países candidatos a la Unión Europea. Estos 311 parlamentarios, que celebran el acontecimiento histórico que constituye la ampliación a diez países de la Europa Central, constatan que, aunque trabajan duramente y en medio de mil dificultades para arraigar la libertad, la democracia y el Estado de Derecho, se les continúa manteniendo al margen de Europa y excluyendo del verdadero proceso de unificación europea. Concluyen afirmando que saben que la adhesión de cada uno de sus países dependerá de su capacidad para satisfacer plenamente los criterios políticos llamados de Copenhague y los criterios económicos fijados por los Tratados y el acervo comunitario. No piden ningún trato de favor, ningún privilegio, ninguna preferencia indebida: únicamente poder trabajar para poder alcanzar este objetivo fundamental. ¿Cuáles son las iniciativas políticas concretas que tiene la intención de adoptar el Consejo a fin de dar un curso concreto a la voluntad de estos países de reintegrar la familia europea y de realizar por fin su legítima ambición de convertirse en miembros de la Unión Europea? ¿Es consciente el Consejo de que, sin una perspectiva clara de adhesión a la UE, los esfuerzos realizados por estos países para reforzar la democracia y el Estado de Derecho y garantizar un fuerte desarrollo económico corren el riesgo de ser vanos y de abrir la vía a la inestabilidad o incluso a situaciones todavía más graves? ¿Tiene el Consejo la intención de decidir la inclusión de Albania, Armenia, Azerbaiyán, Bosnia, Croacia, Georgia, Kosovo, Macedonia (FYROM), Moldavia y Yugoslavia (Serbia-Montenegro) en la lista de los países candidatos a la Unión Europea con ocasión de la próxima Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno en Grecia? Respuesta (13 de mayo de 2003) Como Su Señoría sabe con toda seguridad, la posibilidad de adhesión a la UE se basa en el artículo 49 de Tratado de la Unión Europea, en el que se establece que cualquier Estado europeo que respete los principios enunciados en la apartado 1 del artículo 6 podrá solicitar el ingreso como miembro en la Unión. Dirigirá su solicitud al Consejo, que se pronunciará por unanimidad, después de haber consultado a la Comisión y previo dictamen conforme del Parlamento Europeo. En el citado apartado 1 del artículo 6 se resaltan los principios de libertad, democracia, respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y del Estado de Derecho. Por consiguiente, el Consejo estudiaría cualquier solicitud de ingreso como miembro de acuerdo con el artículo 49 del TUE. Por lo que respecta a los países de los Balcanes occidentales a los que se refiere Su Señoría (Albania, Bosnia y Herzegovina, Croacia, la Ex República Yugoslava de Macedonia y Serbia y Montenegro), en la Cumbre de Zagreb entre la UE y esos países, celebrada en noviembre de 2000, ya se confirmó su perspectiva europea (candidatos potenciales a la adhesión), sobre la base de las conclusiones del Consejo Europeo de Feira del 19 y 20 de junio de 2000, perspectiva que desde entonces se ha reiterado en varias ocasiones. El Proceso de Estabilización y de Asociación (PEA), con sus objetivos estratégicos, sus condiciones políticas y económicas y sus instrumentos, es el eje de la política de la UE con respecto a los Balcanes occidentales. El 24 de noviembre de 2000, la Cumbre de Zagreb consagró el PEA al obtener el acuerdo de la región sobre sus objetivos y condiciones. El Consejo subraya que el PEA constituye un enfoque político de largo plazo de respaldo a una reforma sostenible y compatible con la UE, ya que ayuda a los países de la región a prepararse para la intengración en la UE. El ritmo con el que cada uno de los países supera las diferentes etapas del PEA, asumiendo como tal dicho proceso, depende de su creciente capacidad de satisfacer las obligaciones derivadas de una asociación cada vez más estrecha con la UE, así como del cumplimiento de la política de condicionalidad definida por el Consejo el 29 de abril de 1997. Por lo que respecta al curso concreto que ha de dar el Consejo para realizar la voluntad de estos países de reintegrar la familia europea, como pregunta Su Señoría, los instrumentos del PEA son de tres tipos: en primer lugar, la asistencia de la CE en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento CARDS, centrado cada vez más en el apoyo a las reformas y en la creación de las instituciones necesarias con arreglo a los Acuerdos de Estabilización y Asociación; en segundo lugar, preparación y aplicación de los Acuerdos de Estabilización y Asociación (AES) que constituyen una piedra angular del proceso. La celebración de Acuerdos de Estabilización y de Asociación representa el compromiso de sus signatarios de concluir, después de un período transitorio, una asociación formal con la UE. Esta asociación se basa en la realización progresiva de una zona de libre comercio y en la aplicación de reformas concebidas en particular para lograr la adopción o bien del acervo de la UE en un limitado número de ámbitos o de las normas de la UE, de tal forma que los países de la región puedan iniciar el proceso de integración en las estructuras de la UE. Es probable que las diferencias entre los distintos acuerdos se reflejen sobre todo en el período transitorio establecido hasta la plena realización de la asociación con la UE y en las fases concretas y la articulación de las obligaciones. Pero se cuenta con que el punto de llegada de todos los países sea el mismo: la plena realización de una asociación, previo período transitorio y una vez cumplidas las mismas obligaciones fundamentales. Ya se han celebrado acuerdos de este tipo con la Ex República Yugoslava de Macedonia y con Croacia. El 21 de octubre de 2002 el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con Albania para celebrar un AES. El tercer instrumento es la concesión desde diciembre de 2000 de un régimen comercial altamente preferencial para todos los países incluidos en el proceso de Estabilización y de Asociación. La apertura de los mercados de la UE a casi todos los productos de los países del Proceso de Estabilización y de Asociación, supeditada al cumplimiento de las condiciones pertinentes del PAE, pretende fomentar la inversión extranjera, desarrollar las capacidades de exportación y contribuir a la estabilidad política y económica general de la zona. El Consejo evalúa anualmente el avance logrado por cada país del Proceso de Estabilización y Asociación. El 13 de mayo de 2002 realizó la última evaluación. El Consejo Europeo celebrado en Copenhague los días 12 y 13 de diciembre de 2002 recordó los criterios para el ingreso como miembro de la UE definidos en el Consejo Europeo de Copenhague de 1993 y reafirmó la perspectiva europea de los países de los Balcanes occidentales en el Proceso de Estabilización y Asociación, que se estableció en el Consejo Europeo de Feira, y subrayó su determinación de apoyarles en su esfuerzo por acercarse a la UE. Por todo ello, el Consejo Europeo acogió con satisfacción la decisión de la Presidencia griega entrante de organizar una cumbre el 21 de junio en Salónica entre los Estados miembros de la UE y los países del Proceso de Estabilización y Asociación. Por lo que respecta a Kosovo, la Unión Europea tiene un papel importante en la reconstrucción de Kosovo. La Unión Europea es, con diferencia, el mayor donante individual que provee asistencia a Kosovo y al conjunto de la región de la Europa suroriental y está en el primer plano del esfuerzo de reconstrucción. En relación con los países del Cáucaso meridional a los que se refiere Su Señoría (Armenia, Azerbayán y Georgia) y Moldova, la UE y sus Estados miembros están vinculados con estos países a través de Acuerdos de Colaboración y Cooperación. La UE se ha comprometido a contribuir al establecimiento del Estado de Derecho, la reforma económica, la paz, la seguridad y la estabilidad en estos países. Los Acuerdos de Colaboración y Cooperación tienen que ser aplicados plena y eficazmente, ya que el desarrollo permanente de la democracia y de los derechos humanos es un factor fundamental para promover la estabilidad en la región del Cáucaso meridional. Por lo que se refiere a Moldova, la consolidación de la democracia y la estabilidad política interior, la solución del conflicto transitorio, firmes avances en las reformas económicas y buenas relaciones con los países vecinos aumentarían las oportunidades de Moldova de beneficiarse de relaciones más estrechas con la futura UE ampliada. El Consejo Europeo de Copenhague subrayó que deseaba mejorar sus relaciones, entre otros, con Moldova, sobre la base de un planteamiento a largo plazo de promoción de reformas democráticas y económicas, el desarrollo sostenible y el comercio y que se estaban elaborando nuevas iniciativas a tal efecto. Queda por señalar que ninguno de estos países ha solicitado el ingreso en la UE. Además, el Consejo no puede permitirse especular sobre la decisión que haya de adoptar el Consejo Europeo en una de sus próximas reuniones. En conclusión, se vuelven a recordar a Su Señoría las conclusiones del Consejo Europeo de Copenhague y se resalta que el proceso de ampliación en curso dará un nuevo dinamismo a la integración europea. El Consejo Europeo subrayó que dicha ampliación ofrecería una gran oportunidad para estrechar las relaciones con los países vecinos a partir de unos mismos valores políticos y económicos y destacó que la Unión estaba decidida a evitar nuevas líneas divisorias en Europa y a promover la estabilidad y la prosperidad dentro de las nuevas fronteras de la Unión y más allá de ellas.