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ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 292A |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
63.° año |
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Sumario |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS |
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Comisión Europea |
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2020/C 292 A/01 |
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ES |
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V Anuncios
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Comisión Europea
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3.9.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CA 292/1 |
Dirección General de Justicia y Consumidores
Publicación del puesto de director general (grado AD 15)
(Artículo 29, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios)
COM/2020/10395
(2020/C 292 A/01)
Quiénes somos
La Unión Europea es una comunidad de Derecho, basada en la protección de los derechos y libertades individuales, que garantiza que la Unión sea un lugar de igualdad, equidad y justicia social. Las políticas de la DG de Justicia y Consumidores se basan en estos valores y principios fundamentales. Se centran en la búsqueda de justicia social en su sentido más amplio, desde el Estado de Derecho a la prevención de la delincuencia, la cooperación judicial y la protección de los consumidores, e indicando y reforzando los derechos de las personas que viven en la Unión Europea, tanto si actúan como ciudadanos, como empresarios, como consumidores o como trabajadores, dondequiera que se encuentren en la Unión Europea.
Más concretamente, la DG de Justicia y Consumidores:
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coordina los trabajos para garantizar el respeto del Estado de Derecho en toda la Unión Europea y dirige la contribución de la Comisión al mecanismo europeo para el Estado de Derecho, en estrecha colaboración con los Estados miembros y el Parlamento Europeo; |
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refuerza la cooperación en materia de Estado de Derecho con el Consejo de Europa y otras organizaciones internacionales, en particular la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico; |
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dirige los trabajos sobre protección de los consumidores, en particular en relación con las transacciones transfronterizas y en línea, empoderando a los consumidores para que tomen decisiones con conocimiento de causa y desempeñen un papel activo en las transiciones ecológica y digital; |
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facilita y mejora la cooperación judicial entre los Estados miembros, mejorando el intercambio de información y desarrollando el espacio de justicia, gracias al aprovechamiento de las nuevas tecnologías digitales para mejorar la eficiencia y el funcionamiento de los sistemas judiciales de la UE; |
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apoya la creación de la Fiscalía Europea, al tiempo que trabaja en la ampliación de sus competencias para investigar y perseguir el terrorismo transfronterizo; garantiza la plena aplicación y cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (1); |
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promueve el enfoque europeo como modelo mundial y contribuye a la legislación sobre un enfoque coordinado de las implicaciones éticas y humanas de la inteligencia artificial, garantizando que los derechos fundamentales están plenamente protegidos en la era digital; |
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realiza un seguimiento de la protección de los derechos conferidos por la ciudadanía europea e interviene cuando resulta necesario. |
La DG de Justicia y Consumidores también mantiene el compromiso de Europa con la inclusión y la igualdad en todos sus sentidos, sensibilizando acerca de la igualdad en toda la Unión y promoviéndola. Participa en la lucha contra la discriminación allí donde existe, propone nueva legislación contra la discriminación, refuerza el apoyo a las víctimas —así como a su protección y derechos— y actúa enérgicamente contra la violencia de género.
La DG de Justicia y Consumidores consta de cinco Direcciones y veintiuna unidades. El número total de efectivos es de alrededor de 500 personas. Las oficinas de la DG de Justicia y Consumidores se encuentran en Bruselas.
Qué proponemos
El cargo de director general de la DG de Justicia y Consumidores, bajo la orientación política del comisario REYNDERS (responsable de Justicia y Consumidores) y de la comisaria DALLI (responsable de Igualdad), será responsable de:
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llevar a efecto la dirección global, la gestión y la gobernanza estratégicas de la DG de Justicia y Consumidores y dirigir la elaboración de políticas en el ámbito de la justicia y los consumidores; |
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garantizar la planificación y gestión efectivas de las actividades de la Dirección General, proporcionar directrices y supervisar y controlar su ejecución; |
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garantizar la coherencia y consistencia de las políticas de la Dirección General con los objetivos y prioridades generales de la Comisión. |
Qué buscamos (criterios de selección)
El candidato seleccionado deberá ser un profesional dinámico y brillante que demuestre las siguientes cualidades:
Cualidades personales
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probadas habilidades interpersonales, decisorias y negociadoras a alto nivel (en particular en el ámbito de la política) y muy buena capacidad para comunicarse de forma eficaz y eficiente con todos los interlocutores, tanto pertenecientes a la Comisión como externos, y para construir relaciones de confianza con ellos. |
Capacidades especializadas y experiencia
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excelente capacidad para definir prioridades estratégicas y centrarse en ellas, evaluar los avances y supervisar la puesta en práctica; |
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muy buen conocimiento de las actividades que entran en las competencias de la DG de Justicia y Consumidores. |
Experiencia en cargos de dirección
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capacidad probada de pensar de forma estratégica y creativa con el fin de crear una visión y una política claras para la Dirección General, al tiempo que se garantiza la coherencia con los objetivos generales de la Comisión; |
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un sólido historial como líder, gestor y comunicador, que incluya la gestión de grandes equipos y recursos financieros a alto nivel, y capacidad de dirigir y motivar a profesionales altamente cualificados. |
El/la candidato/a seleccionado/a deberá poseer, o estar en condiciones de obtener, un certificado válido de habilitación de seguridad de su autoridad nacional de seguridad. Una habilitación personal de seguridad es una decisión administrativa al término de un cribado de seguridad realizado por la autoridad nacional de seguridad competente de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias nacionales de seguridad aplicables, por la que se certifica que el interesado puede ser autorizado a acceder a información clasificada hasta un nivel determinado. (Obsérvese que el procedimiento necesario para la obtención de una habilitación de seguridad solo puede iniciarse a petición del empleador, no del/de la candidato/a).
Requisitos de admisibilidad de los candidatos
Solamente podrán ser admitidos a la fase de selección los candidatos que cumplan los requisitos formales siguientes antes de la fecha límite para la presentación de candidaturas:
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Nacionalidad: los candidatos deben ser ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea. |
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Diploma o título universitario: los candidatos deberán tener:
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Experiencia profesional: los candidatos deberán tener como mínimo quince años de experiencia profesional posterior a la obtención del título (2) a un nivel al que den acceso las cualificaciones antes mencionadas; |
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Experiencia en cargos de dirección: al menos cinco de los años de experiencia profesional posterior a la obtención del título deben haberse adquirido en un puesto de dirección de alto nivel (3) en un ámbito pertinente para este puesto. |
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Lenguas: los candidatos deberán tener un conocimiento profundo de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea (4) y un conocimiento satisfactorio de otra de ellas. Los tribunales de selección comprobarán durante la entrevista o entrevistas si los candidatos cumplen el requisito de poseer un conocimiento satisfactorio de otra lengua oficial de la UE. Para ello, (parte de) la entrevista podrá realizarse en esa otra lengua. |
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Límite de edad: los candidatos no deberán haber alcanzado la edad preceptiva de jubilación, que para los funcionarios de la Unión Europea se define como el último día del mes durante el cual la persona en cuestión haya cumplido los 66 años de edad [véase el artículo 52, letra a), del Estatuto de los funcionarios (5)]. |
Además, los candidatos deberán encontrarse en situación regular respecto a las leyes de reclutamiento al servicio militar que les sean aplicables; ofrecer las garantías de moralidad requeridas para el ejercicio de sus funciones y reunir las condiciones de aptitud física requeridas para desempeñarlas.
Selección y nombramiento
La Comisión Europea seleccionará y nombrará al director general con arreglo a sus procedimientos de selección y contratación de personal [véase el documento «Document on Senior Officials Policy» (documento sobre la política relativa a los altos funcionarios (6))].
Como parte de ese procedimiento de selección, la Comisión Europea constituye un tribunal de preselección. Ese tribunal analiza todas las candidaturas, realiza una primera verificación de la admisibilidad y determina qué candidatos tienen el mejor perfil a tenor de los criterios de selección mencionados anteriormente, y quiénes pueden ser invitados a una entrevista con el propio tribunal de preselección.
Tras las entrevistas, el tribunal de preselección elabora sus conclusiones y propone una lista de candidatos que pueden ser convocados a una nueva entrevista con el Comité Consultivo Europeo para los Nombramientos (CCN). Teniendo en cuenta las conclusiones del tribunal de preselección, el CCN decidirá qué candidatos podrán ser invitados a la entrevista.
Los candidatos convocados a la entrevista con el CCN participan durante una jornada completa en un centro de evaluación de directivos dirigido por consultores externos de contratación de personal, a menos que ya hayan sido evaluados a través de un centro de evaluación organizado a petición de la Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad de la Comisión Europea para un tipo de puesto del mismo nivel de aquel para el que actualmente presentan candidatura, durante los dos años anteriores a la fecha de la entrevista con el CCN. Teniendo en cuenta los resultados de la entrevista y el informe del centro de evaluación, el CCN confeccionará una lista restringida con los candidatos que considera aptos para ejercer la función de director general.
Los candidatos incluidos en la lista por el CCN serán entrevistados por el presidente, por el miembro de la Comisión responsable de Recursos Humanos y por los miembros de la Comisión responsables de la DG de Justicia y Consumidores (7).
Tras las entrevistas, la Comisión Europea toma la decisión del nombramiento.
Hasta que el Estado miembro de que se trate haya concedido la habilitación personal de seguridad y se haya completado el procedimiento de habilitación de seguridad con la sesión informativa a cargo de la Dirección de Seguridad de la Comisión Europea exigida por la ley, el candidato no podrá acceder a información clasificada de la UE (ICUE) de nivel CONFIDENTIEL UE/EU CONFIDENTIAL o superior, ni asistir a ninguna reunión en la que se discuta ICUE.
Por razones prácticas y con objeto de finalizar el procedimiento de selección en el plazo más breve posible, en interés tanto de los candidatos como de la institución, dicho procedimiento se realizará únicamente en francés o inglés (8).
Igualdad de oportunidades
La Unión Europea aplica una política de igualdad de oportunidades y no discriminación con arreglo al artículo 1 quinquies del Estatuto de los funcionarios. Dada la escasa representación de mujeres en funciones directivas, la Comisión acogerá muy favorablemente las candidaturas de mujeres.
Condiciones de empleo
Los sueldos y las condiciones de empleo figuran en el Estatuto de los funcionarios.
El candidato seleccionado será contratado como funcionario de grado AD 15 y, dependiendo de la duración de su experiencia profesional anterior, será clasificado en el escalón 1 o 2 dentro del grado.
Los candidatos deberán tener en cuenta la exigencia impuesta por el Estatuto de los funcionarios a todo personal de nueva contratación, consistente en superar con éxito un período de prueba de nueve meses.
El lugar de trabajo es Bruselas, donde tiene su sede la DG de Justicia y Consumidores.
Independencia y declaración de intereses
Antes de asumir sus funciones, el director general deberá hacer una declaración por la que se comprometa a actuar con independencia en pro del interés público y deberá declarar cualquier interés que pudiera considerarse perjudicial para su independencia.
Procedimiento de candidatura
Antes de presentar su candidatura, los candidatos deberán comprobar cuidadosamente si cumplen todos los requisitos de admisibilidad (véase «Requisitos de admisibilidad de los candidatos»), especialmente en lo que respecta a los tipos de titulación y a la experiencia profesional, así como a los requisitos lingüísticos. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos de admisibilidad supondrá la exclusión automática del procedimiento de selección.
Quienes deseen presentar su candidatura deberán inscribirse a través de Internet en el siguiente sitio web y seguir las instrucciones para las diferentes etapas del procedimiento:
https://ec.europa.eu/dgs/human-resources/seniormanagementvacancies/
Los candidatos deberán tener una dirección de correo electrónico válida. Esa dirección se utilizará para confirmar la inscripción, así como para estar en contacto con los candidatos durante las diferentes fases del procedimiento. Por tanto, los candidatos deberán comunicar a la Comisión Europea cualquier cambio en su dirección de correo electrónico.
Para finalizar la presentación de su candidatura, los candidatos deberán adjuntar un currículum en formato PDF y redactar, en línea, una carta de motivación (8 000 caracteres como máximo). El currículum y la carta de motivación podrán presentarse en cualquier lengua oficial de la Unión Europea.
Una vez finalizada la inscripción en línea, los candidatos recibirán un correo electrónico de confirmación de que su candidatura ha sido registrada. Si el candidato no recibe un correo electrónico de confirmación, la candidatura no ha quedado registrada.
Téngase en cuenta que no es posible realizar el seguimiento en línea de la tramitación de las candidaturas. La Comisión Europea se pondrá en contacto directamente con los candidatos para informarles del estado de su candidatura.
Para más información o en caso de problemas técnicos, los candidatos podrán enviar un correo electrónico a: HR-MANAGEMENT-ONLINE@ec.europa.eu
Fecha límite
La fecha límite para la inscripción es el 1 de octubre de 2020, a las 12.00 horas del mediodía (hora de Bruselas), momento a partir del cual ya no será posible inscribirse.
Es responsabilidad de los candidatos cumplimentar a tiempo la inscripción en línea. Recomendamos encarecidamente no esperar a los últimos días para presentar la candidatura, ya que un tráfico intenso en Internet o problemas de conexión podrían interrumpir la inscripción antes de finalizarla, lo cual obligaría a repetir todo el proceso. Una vez finalizado el plazo de inscripción, ya no se podrá introducir ningún dato. No se aceptarán las candidaturas presentadas fuera de plazo.
Información importante para los candidatos
Se recuerda a los candidatos que la labor de los diferentes tribunales de selección es confidencial. Está prohibido que los candidatos se pongan en contacto directo o indirecto con sus miembros o que cualquier otra persona lo haga en su nombre. Todas las consultas deberán dirigirse a la secretaría del tribunal correspondiente.
Protección de los datos personales
La Comisión garantizará que los datos personales de los candidatos se traten conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (9). Este principio se aplica, en particular, a la confidencialidad y a la seguridad de esos datos.
(1) DO L 119 de 4.5.2016, p. 1.
(2) La experiencia profesional solo se tendrá en cuenta si refleja una relación laboral real definida como trabajo efectivo y genuino y remunerada, en calidad de empleado (con cualquier tipo de contrato) o de proveedor de servicios. Las actividades profesionales realizadas a tiempo parcial se prorratearán en función del porcentaje certificado de horas trabajadas a tiempo completo. Los permisos por maternidad, paternidad o adopción se tendrán en cuenta si se producen en el marco de un contrato de trabajo. Los doctorados se asimilan a experiencia profesional, incluso si no están remunerados, si bien su duración máxima es de tres años y el doctorado debe haberse completado con éxito. Únicamente puede computarse un período determinado una sola vez.
(3) Los candidatos deberán indicar claramente en su currículo, en relación con todos los años exigidos de experiencia en cargos de dirección, la siguiente información: 1) denominación de los cargos de dirección ocupados y las funciones desempeñadas; 2) número de empleados bajo sus órdenes en esos puestos; 3) volumen de los presupuestos gestionados; 4) número de niveles jerárquicos superiores e inferiores; y 5) número de personas con responsabilidades del mismo nivel.
(4) http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:01958R0001-20130701&qid=1408533709461&from=ES
(5) https://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:1962R0031:20140101:ES:PDF
(6) https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/compilation-of-the-senior-official-policy-at-the-european-commission_en.pdf
(7) A menos que el miembro de la Comisión en cuestión, en consonancia con la Decisión de la Comisión de 5 de diciembre de 2007 [PV(2007)1811], haya delegado esa tarea en otro miembro de la Comisión.
(8) Los tribunales de selección garantizarán que no se conceda ninguna ventaja indebida a los hablantes nativos de dichos idiomas.
(9) Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).