Bruselas, 16.6.2021

COM(2021) 322 final

2021/0156(NLE)

Propuesta de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO

relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España

{SWD(2021) 147 final}


2021/0156 (NLE)

Propuesta de

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO

relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia 1 , y en particular su artículo 20,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)La pandemia de COVID-19 ha tenido un efecto perturbador en la economía de España. En 2019, el producto interior bruto per cápita (PIB per cápita) de España ascendió al 84,8 % de la media de la UE. Según las previsiones de primavera de 2021 de la Comisión, el PIB real de España descendió un 10,8 % en 2020 y se espera que se contraiga un 5,6 % acumulativamente en 2020 y 2021. Entre los factores de mayor arraigo que repercuten en los resultados económicos a medio plazo se encuentran la elevada tasa de desempleo y la gran proporción de trabajadores con contratos temporales; los grandes volúmenes de deuda externa, privada y pública; un crecimiento estructuralmente bajo de la productividad; y una inversión insuficiente.

(2)El 9 de julio de 2019 y el 20 de julio de 2020, el Consejo dirigió recomendaciones a España en el contexto del Semestre Europeo. En particular, en el ámbito de las finanzas públicas, el Consejo recomendó preservar la sostenibilidad del sistema de pensiones; reforzar los marcos fiscal y de contratación pública a todos los niveles de la Administración; adoptar todas las medidas necesarias para hacer frente a la pandemia de manera eficaz y reforzar la resiliencia y la capacidad del sistema sanitario; apoyar la economía y la recuperación subsiguiente y, cuando las condiciones económicas lo permitan, aplicar políticas fiscales destinadas a lograr situaciones fiscales prudentes a medio plazo y garantizar la sostenibilidad de la deuda, al tiempo que se fomenta la inversión. En lo que respecta al empleo, el Consejo recomendó fomentar la transición hacia contratos indefinidos; apoyar el empleo mediante acuerdos para preservar los puestos de trabajo, incentivos efectivos a la contratación y el desarrollo de capacidades, y reforzar la capacidad de los servicios sociales y de empleo, así como la protección contra el desempleo, en particular para los trabajadores atípicos. En el ámbito de la educación y las capacidades, el Consejo recomendó mejorar el acceso al aprendizaje digital, reducir el abandono escolar prematuro, mejorar los resultados educativos y aumentar la cooperación entre los centros educativos y las empresas con vistas a mejorar la oferta de capacidades y cualificaciones demandadas en el mercado laboral, en particular en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación. En cuanto a las políticas sociales, el Consejo recomendó mejorar el apoyo a las familias, subsanar las carencias en la cobertura de los regímenes de renta mínima y reducir la fragmentación de la asistencia nacional al desempleo. En el ámbito de la inversión, el Consejo recomendó a España concentrar en su fase inicial los proyectos maduros de inversión pública, promover la inversión privada y centrar la inversión en la transición ecológica y digital, en particular en el fomento de la investigación y la innovación, una producción y utilización de energía limpias y eficientes, las infraestructuras energéticas y las interconexiones con el resto de la Unión, la infraestructura ferroviaria de mercancías, la gestión de los recursos hídricos y de los residuos y el transporte sostenible. En lo relativo al clima empresarial, el Consejo recomendó que se siguiera aplicando la Ley de garantía de la unidad de mercado y se garantizara la aplicación efectiva de medidas para proporcionar liquidez a las pymes y a los trabajadores por cuenta propia, entre otras cosas evitando la morosidad. Por último, en el ámbito de la Administración Pública, el Consejo recomendó a España mejorar la coordinación entre sus distintos niveles competenciales. Tras evaluar los avances en la aplicación de estas recomendaciones específicas por país en el momento de la presentación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Comisión considera que se han logrado avances sustanciales con respecto a las recomendaciones relativas a todas las medidas necesarias, en consonancia con la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, para hacer frente a la pandemia de manera eficaz y a apoyar la economía y la recuperación subsiguiente.

(3)El 2 de junio de 2021, la Comisión publicó un examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.º 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo 2 en relación con España. El análisis de la Comisión la llevó a concluir que España está experimentando desequilibrios macroeconómicos, en particular vulnerabilidades relacionadas con la elevada deuda externa e interna, tanto pública como privada, en un contexto de elevada tasa de desempleo, y que estos desequilibrios presentan relevancia transfronteriza.

(4)[La Recomendación del Consejo relativa a la política económica de la zona del euro recomendó a los Estados miembros de la zona del euro que tomaran medidas, también a través de sus planes de recuperación y resiliencia, orientadas entre otras cosas a garantizar una orientación política que respalde la recuperación y a seguir mejorando la convergencia, la resiliencia y el crecimiento sostenible e integrador. La recomendación del Consejo también hacía referencia al refuerzo de los marcos institucionales, la garantía de la estabilidad macrofinanciera y la culminación de la unión económica y monetaria, así como al incremento del papel internacional del euro.] [If the Council recommendation is not adopted by the time of the CID adoption, please remove the recital]. 

(5)El 30 de abril de 2021, España presentó su Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a la Comisión, de conformidad con el artículo 18, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/241. Dicha presentación se realizó tras un proceso de consulta de las autoridades locales y regionales, los interlocutores sociales, organizaciones de la sociedad civil, organizaciones juveniles y otras partes interesadas pertinentes, llevado a cabo de conformidad con el marco jurídico nacional. La apropiación nacional de los planes de recuperación y resiliencia contribuye a que su aplicación sea exitosa, su impacto sea duradero a nivel nacional y su credibilidad a nivel europeo sea mayor. De conformidad con el artículo 19 del citado Reglamento, la Comisión ha evaluado la pertinencia, la eficacia, la eficiencia y la coherencia del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con arreglo a las directrices de evaluación del anexo V del Reglamento.

(6)Los planes de recuperación y resiliencia deben perseguir los objetivos generales del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 y del Instrumento de Recuperación de la UE establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo 3 , a fin de apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19. Deben promover la cohesión económica, social y territorial de la Unión contribuyendo a los seis pilares mencionados en el artículo 3 del Reglamento (UE) 2021/241.

(7)La aplicación de los planes de recuperación y resiliencia de los Estados miembros constituirá un esfuerzo coordinado de inversión y reformas en toda la Unión. Mediante la aplicación coordinada y simultánea de estas reformas e inversiones y la ejecución de proyectos transfronterizos, estas reformas e inversiones se reforzarán recíprocamente y generarán efectos indirectos positivos en toda la Unión. Por lo tanto, alrededor de un tercio del impacto del Mecanismo en el crecimiento y la creación de empleo de los Estados miembros se derivará de los efectos indirectos de otros Estados miembros.

Respuesta equilibrada que contribuye a los seis pilares

(8)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra a), y el anexo V, sección 2.1, del Reglamento (UE) 2021/241, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia representa en gran medida (Calificación A) una respuesta integral y adecuadamente equilibrada ante la situación económica y social, y contribuye así de forma adecuada a la totalidad de los seis pilares a que se refiere el artículo 3 del Reglamento (UE) 2021/241, teniendo en cuenta los retos específicos y la asignación financiera del Estado miembro correspondiente.

(9)Los pilares ecológico y digital son, junto con la cohesión social y territorial y el equilibrio de género, las líneas de acción transversales clave del Plan, y se sustentan en reformas e inversiones pertinentes. Entre los componentes ecológicos del Plan se incluyen medidas pertinentes para apoyar la movilidad sostenible, la rehabilitación de edificios, la biodiversidad (incluida la transformación de los sistemas agroalimentario y pesquero y la preservación de los ecosistemas mediante la integración de la adaptación al cambio climático), la economía circular, la gestión de los recursos hídricos y de los residuos, las infraestructuras energéticas y de transporte y las energías renovables, incluido el hidrógeno renovable, entre otras. La transición ecológica está presente a lo largo de todo el Plan, desde ámbitos como la modernización del sistema fiscal (que incluye medidas sobre fiscalidad ecológica) hasta medidas de apoyo a las capacidades y los empleos para la transición ecológica. En relación con el pilar digital, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye una serie de componentes que deben contribuir directamente a la transformación digital del país con un impacto duradero. Una serie de inversiones sustanciales deben apoyar las infraestructuras digitales (incluidas la conectividad, la ciberseguridad y la red 5G), el proceso de digitalización y modernización de los sectores productivos, incluidas las pymes, la digitalización de la Administración Pública, incluidos los sistemas de justicia y salud, y la adquisición de capacidades digitales (que abarcan la educación reglada, la educación y formación profesionales y el aprendizaje permanente).

(10)Se espera que la mayoría de los componentes del Plan contribuya al pilar del crecimiento inteligente, sostenible e integrador, con una amplia gama de medidas destinadas a reforzar la competitividad y la productividad y a mejorar la investigación, el desarrollo y la innovación. Entre los componentes pertinentes en el ámbito del crecimiento inteligente, sostenible e integrador figuran los relativos a la política industrial, el apoyo a las pymes, al sector turístico, y a la investigación, el desarrollo y la innovación. De los treinta componentes del Plan, se espera que dieciocho contribuyan específicamente al pilar de cohesión social y territorial, con medidas que refuerzan la movilidad interregional sostenible, las oportunidades educativas en las zonas rurales a través de medios digitales, las inversiones en vivienda social, la modernización y el refuerzo de los servicios sociales y las políticas de inclusión, y la modernización de las políticas activas del mercado de trabajo. Se espera que las medidas destinadas a ampliar el uso de los contratos indefinidos en el mercado laboral o a lograr una fiscalidad más equitativa tengan un impacto positivo en la cohesión social. A fin de aprovechar el pilar de cohesión territorial contemplado en el artículo 3 del Reglamento, la aplicación del Mecanismo debe tener por objeto reducir las diferencias entre los niveles de desarrollo de las diversas comunidades autónomas españolas y compensar el retraso de las menos favorecidas. La contribución del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia al desarrollo de las islas Canarias, una región ultraperiférica de la UE con limitaciones permanentes que deben abordarse mediante medidas específicas, requiere una atención especial en consonancia con el artículo 349 del TFUE.

(11)Varios de los componentes del Plan deben apoyar el pilar de la salud y la resiliencia económica, social e institucional. Por ejemplo, los componentes relativos al refuerzo del sistema sanitario y a la modernización de la Administración Pública pretenden reforzar la resiliencia en estos dos ámbitos, mientras que las reformas que aspiran a modernizar el sistema tributario, valiéndose entre otros medios de una prevención más eficaz del fraude fiscal, y a mejorar la eficacia del gasto, pretenden impulsar la resiliencia económica y social. Otras medidas mejoran la capacidad del país para preservar su capital natural y reaccionar ante catástrofes naturales. El pilar de las políticas para la próxima generación recibe apoyo a través de medidas destinadas al sistema educativo (como, por ejemplo, la ampliación de la oferta en educación infantil y atención a la infancia y en educación y formación profesionales), las capacidades digitales (por ejemplo, medidas destinadas a colmar la brecha digital para los estudiantes vulnerables) y el mercado laboral (por ejemplo, a través de un nuevo plan de acción contra el desempleo juvenil). Asimismo, prevé la aprobación de una ley sobre diversidad familiar que incluya una revisión de las prestaciones familiares con el objetivo de reducir la pobreza infantil.

Abordar la totalidad o un subconjunto significativo de los retos señalados en las recomendaciones específicas por país

(12)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra b), y el anexo V, sección 2.2, del Reglamento (UE) 2021/241, se espera que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia contribuya a abordar eficazmente la totalidad o un subconjunto significativo de los retos (Calificación A) señalados en las recomendaciones específicas por país pertinentes, incluidos sus aspectos fiscales y las recomendaciones realizadas de conformidad con el artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 1176/2011 dirigidas a España, o los retos señalados en otros documentos pertinentes adoptados oficialmente por la Comisión en el contexto del Semestre Europeo.

(13)Puede considerarse que las recomendaciones relativas a la respuesta inmediata de la política fiscal a la pandemia quedan fuera del ámbito de aplicación del Plan de España, a pesar de que, en general, el Estado miembro ha respondido adecuada y suficientemente a la necesidad inmediata de apoyar la economía a través de recursos fiscales en 2020 y 2021, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula general de salvaguardia. Por otra parte, la recomendación de avanzar suficientemente hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en 2020 ya no es pertinente, debido tanto a la expiración del período presupuestario correspondiente como a la activación, en marzo de 2020, de la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento en el contexto de la crisis pandémica.

(14)El Plan incluye un amplio conjunto de reformas e inversiones que se refuerzan mutuamente y que contribuyen a abordar eficazmente un subconjunto significativo de los retos económicos y sociales esbozados en las recomendaciones específicas por país dirigidas a España por el Consejo, en el contexto del Semestre Europeo, en 2019 y en 2020, en particular en los ámbitos relacionados con el empleo, como la segmentación del mercado laboral, las políticas activas del mercado de trabajo y la capacidad de los servicios públicos de empleo; la educación y las capacidades, como el abandono escolar prematuro y las capacidades pertinentes para el mercado laboral, incluidas las digitales; las políticas sociales, como los regímenes de renta mínima, la ayuda al desempleo y el apoyo a las familias; la inversión, como la transición ecológica y digital, los sectores estratégicos y la investigación e innovación; el clima empresarial, como la Ley sobre la unidad de mercado, la morosidad y el marco de insolvencia; la Administración Pública y la contratación pública.

(15)El Plan incluye reformas legislativas para reducir el recurso a los contratos temporales en los sectores público y privado, simplificando la tipología de contratos y generalizando el uso de los contratos indefinidos, entre otras cosas. Las reformas y las inversiones en el ámbito de las políticas activas del mercado laboral deben dar prioridad a los grupos vulnerables, en particular a través del plan de acción contra el desempleo juvenil y la racionalización de los incentivos a la contratación. Estas acciones deben contar con el apoyo de la digitalización de los servicios públicos de empleo, con el objetivo de prestar un apoyo más eficaz a los demandantes de empleo y a los trabajadores en transición.

(16)Sobre la base de la experiencia adquirida con los expedientes de regulación temporal de empleo, el Plan también pretende establecer un nuevo mecanismo de flexibilidad y estabilización para proporcionar flexibilidad interna a las empresas y estabilidad a los trabajadores frente a las perturbaciones cíclicas o estructurales, con especial atención a la formación. El mecanismo debe garantizar una mejora de las capacidades y un reciclaje profesional eficaces y facilitar la movilidad voluntaria de los trabajadores, dentro de las empresas y entre ellas, con vistas a responder a las recomendaciones específicas por país sobre el mantenimiento del empleo.

(17)Varias reformas del mercado laboral que figuran en el Plan siguen dependiendo de los resultados del proceso de diálogo social, por lo que aún no se ha perfilado su diseño definitivo. Estas reformas deben formar parte de un paquete global que apoye la creación y la redistribución del empleo y aborde la segmentación del mercado laboral. Los hitos deben especificar que estas reformas han de llevarse a cabo respetando el diálogo social y en el contexto de un enfoque global que equilibre la necesidad de flexibilidad y seguridad en el mercado laboral. Esto se aplica, en particular, al nuevo mecanismo de flexibilidad y estabilización y a la reforma de la negociación colectiva.

(18)La creación de 135 000 nuevos puestos de educación y formación profesionales y la acreditación formal de las capacidades profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y la formación no reglada, entre otras inversiones y reformas en el ámbito de las capacidades, tienen por objeto contribuir a aportar al mercado laboral capacidades y cualificaciones pertinentes que acompañen la transición ecológica y digital del país. En el ámbito de la educación, la creación de 1 000 unidades de acompañamiento para apoyar al alumnado vulnerable y la ejecución de un programa destinado a apoyar y orientar a los alumnos con bajo rendimiento aspiran a prevenir el abandono escolar prematuro. Además, se espera que el acceso al aprendizaje digital reciba un impulso significativo mediante inversiones en dispositivos y capacidades, así como mediante el desarrollo de cursos en línea.

(19)El Plan incluye una reforma para seguir mejorando el diseño del régimen nacional de renta mínima y prevé invertir en proyectos piloto para apoyar la integración social y en el mercado laboral de sus beneficiarios a través de vías de activación. Ambas medidas tienen por objeto responder a las recomendaciones específicas por país pertinentes. Se espera que otras reformas, como la nueva ley sobre las familias, la modernización de los servicios sociales y la simplificación y mejora de la asistencia al desempleo, apoyen el seguimiento de las recomendaciones específicas a largo plazo en materia de políticas sociales.

(20)Se espera que la inversión pública facilitada por el Plan movilice la inversión privada en varios sectores, como la energía y el transporte sostenibles y limpios, la rehabilitación de edificios, el sector agroalimentario, la pesca y la salud y las tecnologías digitales clave, contribuyendo así a atender las recomendaciones específicas por país en el ámbito de la inversión. Se espera que reformas como la Ley de creación, crecimiento empresarial y mejora del clima de negocios, que deberían fomentar una cultura de pago anticipado y eliminar las barreras reglamentarias innecesarias y desproporcionadas, mejoren el clima empresarial. Mientras tanto, la adopción de la Estrategia Nacional de Contratación Pública pretende aumentar la eficiencia en ese ámbito. También se espera que el Plan contribuya a aumentar la eficacia de las políticas de investigación e innovación con medidas que traten de reforzar la gobernanza de la investigación y la innovación a todos los niveles y reorganizar la investigación pública desarrollada en el sistema universitario y los organismos públicos de investigación, entre otras medidas. Las medidas también tienen por objeto reforzar la coordinación entre los distintos niveles de la Administración, entre otras cosas garantizando la interoperabilidad entre las plataformas informáticas de la Administración central y de las autonómicas.

(21)Para hacer frente a los retos en el ámbito de las finanzas públicas, el Plan incluye medidas destinadas a reforzar la gobernanza del sistema de revisión del gasto y se compromete a aplicar reformas resultantes de anteriores revisiones del gasto y una reforma del sistema tributario. Esta última debe tener lugar después de las recomendaciones de un comité de expertos en materia fiscal sobre el modo de potenciar la sostenibilidad de las finanzas públicas y mejorar su eficiencia. En este contexto, debe revisarse el sistema de apoyo a las familias con el fin de mejorar su eficacia. Además, el Plan incluye medidas significativas en el ámbito de la asistencia sanitaria, incluidas inversiones en equipos de alta tecnología, para contribuir al cumplimiento de las recomendaciones específicas por país en materia de resiliencia y capacidad del sistema sanitario.

(22)Por último, el Plan incluye una reforma del sistema de pensiones con el fin de preservar su adecuación y su sostenibilidad a largo plazo. Algunas de las medidas, como un sistema de indización revisado, incentivos para la demora de la jubilación y cambios normativos relativos a la jubilación anticipada, deben debatirse en el contexto del diálogo social. El diseño final de esta y otras reformas que se están debatiendo con los interlocutores sociales, como el nuevo mecanismo de flexibilidad y estabilidad en el mercado laboral, debe ser compatible con la sostenibilidad fiscal a medio y largo plazo de las finanzas públicas.

(23)Al abordar los retos mencionados, se espera que el Plan contribuya también a corregir los desequilibrios 4 que está experimentando España, en particular en lo que respecta a la elevada deuda externa e interna, tanto pública como privada, en un contexto de elevada tasa de desempleo.

Contribución al potencial de crecimiento, a la creación de empleo y a la resiliencia económica, social e institucional

(24)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra c), y el anexo V, sección 2.3, del Reglamento (UE) 2021/241, se espera que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incida muy significativamente (Calificación A) en el refuerzo del potencial de crecimiento, la creación de empleo y la resiliencia económica, social e institucional del Estado miembro, contribuyendo a la aplicación del Pilar Europeo de Derechos Sociales, también a través del fomento de políticas destinadas a la infancia y la juventud, y en la mitigación del impacto económico y social de la crisis de la COVID-19, reforzando así la cohesión económica, social y territorial y la convergencia en la Unión.

(25)Las simulaciones realizadas por los servicios de la Comisión muestran que el Plan tiene el potencial para aumentar el PIB de España entre un 1,8 % y un 2,5 % de aquí a 2024 5 . La combinación de inversiones y reformas presentada por España aspira a estimular el crecimiento económico a través de múltiples canales, en particular mediante la mejora de la productividad total de los factores, el impulso de la capacidad de negociación y las capacidades en esta materia, la eliminación de los obstáculos a la inversión y el aumento de la eficiencia en el mercado laboral. En particular, se espera que las reformas y las inversiones en los ámbitos de la educación y las capacidades, la digitalización y la investigación y la innovación contribuyan en la máxima medida al crecimiento económico y a la creación de empleo.

(26)Las reformas e inversiones esbozadas en el Plan tienen el potencial de superar las vulnerabilidades significativas de la economía española relacionadas con el sector exterior. Así, por ejemplo, las inversiones en investigación e innovación, en reciclaje y mejora de las capacidades de la mano de obra y en apoyo a la internacionalización de las pymes pueden aumentar la competitividad de las empresas. Además, las inversiones en energías renovables y eficiencia energética pueden reducir las importaciones de energía. El Plan contribuye en parte a resolver las actuales vulnerabilidades del país desde el punto de vista fiscal. Se espera que las políticas previstas destinadas a combatir y prevenir el fraude fiscal y a garantizar un gasto público más eficiente, en particular mediante reformas en el ámbito de la contratación pública y de la fiscalidad, sienten las bases para reforzar los marcos fiscal y de contratación pública También se espera que el Plan reduzca eficazmente las disparidades territoriales mediante reformas e inversiones para hacer frente al reto demográfico en las zonas rurales y los pequeños municipios, como inversiones específicas para mejorar la eficiencia energética en los municipios de menos de 5 000 habitantes, implantar la banda ancha ultrarrápida, impulsar el emprendimiento en las zonas rurales y apoyar una transición justa en los territorios que se enfrentan a problemas derivados del proceso de transición hacia una economía climáticamente neutra.

(27)El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia presentado por España incluye medidas destinadas a abordar los retos de la cohesión social señalados en anteriores informes y recomendaciones específicas por país a España, y supervisados a través del cuadro de indicadores sociales. Las medidas específicas pretenden resolver las vulnerabilidades del sistema de protección social, como la simplificación y mejora de la asistencia al desempleo, la racionalización del sistema de prestaciones no contributivas y la revisión del sistema de prestaciones familiares, con el fin de reducir la pobreza infantil. La plena aplicación del régimen nacional de renta mínima, adoptado en junio de 2020, debe apoyarse en la realización de proyectos piloto para contribuir a la inclusión socioeconómica de los beneficiarios del régimen. Además, el Plan tiene por objeto reforzar la cohesión social y el sistema de protección social mediante el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas a lo largo del tiempo, en consonancia con las prácticas de otros Estados miembros.

(28)El Plan presenta una serie de reformas e inversiones que pueden contribuir a la aplicación del Pilar Europeo de Derechos Sociales y del Plan de Acción, adoptado en la Cumbre de Oporto de 7 de mayo de 2021. Entre ellas, se incluyen medidas específicas destinadas a mejorar la empleabilidad de los jóvenes, reducir la tasa de abandono escolar prematuro y aumentar la asistencia en la educación y cuidados de la primera infancia, así como medidas destinadas a reforzar la protección social como se describe anteriormente. Las reformas previstas en el ámbito de las políticas activas del mercado laboral incluyen la revisión de los incentivos a la contratación, el refuerzo del aprendizaje de adultos y la reforma y digitalización de los servicios públicos de empleo. Se complementan con las reformas en el ámbito de la educación y la formación profesionales y las capacidades digitales, y se espera que mejoren la empleabilidad de los trabajadores, elevando así las tasas de empleo y reduciendo las de desempleo. España espera que el Plan conduzca a una reducción significativa de la desigualdad de ingresos a medio y largo plazo, gracias a la creación de empleo y a la calidad del empleo creado, a una fiscalidad más justa, a una protección social más eficaz y a inversiones significativas en educación y cuidados de la primera infancia, cuidados de larga duración, servicios sociales y vivienda social.

No causar un perjuicio significativo

(29)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra d), y el anexo V, sección 2.4, del Reglamento (UE) 2021/241, se espera que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia garantice que ninguna de las medidas de ejecución de las reformas y los proyectos de inversión incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia cause un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales (Calificación A) en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo 6 (principio de «no causar un perjuicio significativo»). De conformidad con el Reglamento (UE) 2021/241 y la Guía técnica de la Comisión sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» 7 , España ha presentado una evaluación completa según la cual no se espera que ninguna medida de ejecución de las reformas y proyectos de inversión incluidos en el Plan cause un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales..

(30)En vista de que las medidas seleccionadas contribuyen sustancialmente a los objetivos medioambientales, o bien pueden causar un impacto insignificante o nulo en tales objetivos, se espera que muchas de las medidas del Plan no causen un perjuicio significativo desde el primer momento, como las relativas a educación y formación, mercado laboral, Administración Pública, y cultura y deporte. La evaluación llevada a cabo en relación con otras medidas demuestra que están concebidas para garantizar el cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo». Entre ellas se incluyen amplios regímenes de apoyo que abarcan distintos sectores y actividades, como la investigación, el desarrollo y la innovación, y el apoyo a la industria y a las pymes). España ha proporcionado pruebas y garantías que demuestran que las medidas no deben perjudicar significativamente a ninguno de los seis objetivos medioambientales, a saber, la mitigación del cambio climático, la adaptación al mismo, el uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos, la economía circular, la prevención y el control de la contaminación, y la protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas. En los casos necesarios, España ha propuesto la aplicación de medidas de mitigación o ha incluido elementos específicos en el diseño de las medidas para evitar perjuicios significativos, que deben acreditarse mediante hitos y objetivos pertinentes. Este es el caso, en particular, de las medidas de apoyo a proyectos estratégicos que abarcan instalaciones en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE, actividades específicas de tratamiento de residuos, irrigación para la producción agrícola y regímenes de apoyo amplios que abarcan diversos sectores y actividades.

Contribución a la transición ecológica, incluida la biodiversidad

(31)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra e), y el anexo V, sección 2.5, del Reglamento (UE) 2021/241, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia contiene medidas que contribuyen en gran medida (Calificación A) a la transición ecológica, incluida la biodiversidad, o a hacer frente a los retos derivados de esa transición. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye medidas de apoyo a los objetivos climáticos por un importe que representa el 39,7 % de la asignación total del Plan, calculado de conformidad con la metodología del anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241. De conformidad con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2021/241, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es coherente con la información incluida en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 8 (PNEC).

(32)El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye reformas e inversiones relacionadas con la transición ecológica, con una contribución particularmente importante a los objetivos climáticos derivados de los componentes relativos a la renovación energética de viviendas y zonas urbanas, la movilidad sostenible y las energías renovables. De este modo, la contribución financiera destinada a España permite concentrar anticipadamente las inversiones necesarias para alcanzar la mayor ambición climática de la UE de reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero de aquí a 2030 en al menos un 55 % con respecto a las de 1990, con la vista puesta en lograr la neutralidad climática de la UE para 2050, según lo acordado provisionalmente por el Parlamento Europeo y el Consejo en el marco de la Ley Europea del Clima 9 . En cuanto a la eficiencia energética, la contribución de España a alcanzar el objetivo a nivel de la UE, que figura en su Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNEC 2021-2030), consiste en reducir su consumo de energía primaria en un 39,5 %. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia establece el objetivo de rehabilitar, para el 31 de agosto de 2026, al menos 355 000 viviendas únicas en el contexto de al menos 510 000 intervenciones de rehabilitación, al menos 600 hectáreas de zonas urbanas, un equivalente de al menos 40 000 edificios residenciales y 690 000 m2 de edificios no residenciales, al menos 26 000 edificios residenciales en municipios y zonas urbanas con menos de 5 000 habitantes, y al menos 1 230 000 m2de edificios públicos. Las inversiones en la renovación energética de edificios residenciales recogidas en el Plan representan una parte importante del apoyo público previsto en el PNEC en este ámbito. Contribuirán al objetivo de ahorro energético de aquí a 2030 y al objetivo establecido en el PNEC en términos del número de viviendas que deben rehabilitarse. Sin embargo, seguirá siendo necesaria financiación pública adicional para movilizar el volumen total de inversiones necesario para alcanzar el objetivo establecido en el PNEC para 2030, y garantizar un factor de apalancamiento relativamente más elevado que permita atraer inversiones privadas. Las reformas y las inversiones en energías renovables deben aumentar sustancialmente el desarrollo y la implantación de las fuentes de energía renovables en España y contribuir a la consecución de su objetivo de lograr una cuota de energías renovables del 42 % para 2030, tal como se establece en el PNEC. El Plan incluye el apoyo a fuentes de energía renovables innovadoras en la industria y los edificios (cerca de 4 GW) y a las energías renovables en las islas. Las medidas relativas a la infraestructura eléctrica tienen por objeto la promoción de las redes inteligentes y la implantación de medidas de flexibilidad y almacenamiento. Con este fin, las reformas prevén establecer un marco propicio para facilitar la integración de las energías renovables en el sistema energético y el despliegue del almacenamiento de energía, así como la gestión de la demanda y los servicios de flexibilidad. El Plan también invertirá en hidrógeno renovable y contribuirá al objetivo general de España de instalar, de aquí a 2030, 4 GW de capacidad de electrólisis de hidrógeno a fin de generar hidrógeno renovable y hasta 200 estaciones de repostaje de hidrógeno. Esto debe contribuir a la descarbonización de sectores con emisiones difíciles de reducir, como la industria y el transporte.

(33)Las medidas del Plan contribuyen a que España alcance el objetivo fijado actualmente para 2030, de una reducción en las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) del 26 % en comparación con 2005 en los sectores contemplados en el Reglamento (UE) 2018/842 10 de reparto del esfuerzo, incluidos el transporte, la agricultura, los residuos y los edificios. Las inversiones en movilidad sostenible tienen por objeto reducir las emisiones de GEI del transporte, sector en el que más siguen creciendo. El Plan contribuirá a la aspiración general de España de instalar de 80 000 a 110 000 puntos de recarga y alcanzar una flota de al menos 250 000 vehículos eléctricos enchufables de aquí a 2023. También ofrecerá incentivos a las empresas privadas para que sustituyan sus flotas de transporte de pasajeros y mercancías por vehículos más limpios. Además, el Plan creará zonas de bajas emisiones en los municipios y fomentará el uso de modos de transporte activos, como caminar y la bicicleta, y mejorará y promoverá el uso del transporte público urbano, incluido el ferrocarril, con el objetivo de contribuir a reducir el tráfico privado en un 35 % de aquí a 2030 y a minimizar la contaminación atmosférica. El Plan también incluye inversiones en el cambio modal de la carretera al ferrocarril en el contexto del transporte de mercancías, incluida la finalización de 1 400 kilómetros de los corredores atlántico y mediterráneo de la red transeuropea de transporte (RTE-T), inversiones en equipos tractores ferroviarios para pasar al hidrógeno o a la electricidad, y el desarrollo de centros intermodales y un mejor acceso del ferrocarril a los puertos.

(34)Por lo que se refiere a la biodiversidad, el Plan incluye medidas acordes con la nueva Estrategia de la UE sobre la biodiversidad, por ejemplo, para preservar los valiosos sumideros de carbono forestales mediante acciones de prevención de incendios y una mayor protección contra ellos, y aumentando la absorción de CO2 a través de mejores acciones de gestión forestal sostenible. Las inversiones en la conservación de la biodiversidad de 50 000 hectáreas de aquí al 30 de junio de 2026, incluidos humedales, y la restauración de ecosistemas, con un objetivo de restauración de 30 000 hectáreas para el 31 de diciembre de 2024, también contribuirán tanto a la mitigación del cambio climático como a la adaptación al mismo. Las medidas también se refieren a la protección, conservación y restauración de los ecosistemas marinos y terrestres y su biodiversidad. Además, el Plan apoya la conectividad ecológica y promueve la infraestructura verde, también en las zonas urbanas.

(35)Además, incluye medidas para mejorar la legislación en materia de gestión de residuos y va acompañado de inversiones que fomentan la economía circular. Las medidas también tienen por objeto mejorar la gestión hídrica mediante la reducción de las fugas de aguas residuales y el aumento de la reutilización del agua. El Plan también prevé inversiones en la mitigación del riesgo de inundaciones y la adaptación del litoral, en la recuperación y mejora de la situación de las aguas subterráneas y los acuíferos, en la eficiencia hídrica en la agricultura y en la reducción de la contaminación por nitratos.

Contribución a la transición digital

(36)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra f), y el anexo V, sección 2.6, del Reglamento (UE) 2021/241, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia contiene medidas que contribuyen eficazmente en gran medida (Calificación A) a la transición digital o a hacer frente a los retos derivados de esa transición. Estas medidas contribuyen al objetivo digital por un importe que representa el 28,2 % de la asignación total del Plan, calculado de conformidad con la metodología del anexo VII del Reglamento (UE) 2021/241.

(37)El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye inversiones y reformas de las que se espera un impacto duradero en la transformación digital de los sectores económicos y sociales y una contribución significativa a la superación de los retos derivados de la transición digital. En particular, se espera que España invierta en ámbitos tales como las capacidades digitales, la digitalización de las empresas y la integración de las tecnologías avanzadas en el sector empresarial. Las acciones horizontales que benefician al conjunto de la economía y la población (como la mejora de la conectividad) se complementan con medidas específicas destinadas a determinados sectores (como los del turismo, las pymes, la cultura y los medios de comunicación) o segmentos específicos de la población (como estudiantes, funcionarios y desempleados). El Plan incluye el desarrollo de los siete planes estratégicos en el marco de la Agenda Digital para España 2025: el Plan para la Conectividad, la Estrategia de impulso a la tecnología 5G, la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, el Plan Nacional de Competencias Digitales, el Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas, el Plan de Digitalización de Pymes y el Plan «España, Hub Audiovisual de Europa». Las medidas digitales previstas tienen en cuenta la Estrategia Digital de la UE, la Estrategia Industrial Europea, la Agenda de Capacidades de la UE, el Pilar Europeo de Derechos Sociales, el Espacio Europeo de Educación y el Plan «España, Hub Audiovisual de Europa».

(38)El Plan incluye inversiones para colmar la brecha digital entre las zonas urbanas y rurales y desarrollar todo el potencial de la conectividad 5G. Se prevén inversiones en el despliegue de banda ancha ultrarrápida en determinadas zonas que carecen de este tipo de infraestructuras, como las zonas rurales o los centros urbanos históricos. Se espera que la red 5G se despliegue a lo largo de determinadas zonas transfronterizas con Francia y Portugal, a lo largo de los principales corredores nacionales de transporte, en determinadas zonas no cubiertas por operadores móviles y en determinados puntos críticos como parques empresariales, zonas industriales y servicios públicos prioritarios. Se presta apoyo a los servicios de conectividad para los grupos vulnerables y las pymes con el fin de ampliar la proporción de personas y empresas conectadas a internet. El Plan incluye medidas para aumentar el nivel de capacidades digitales de la población, medidas específicas para el sistema educativo (como la digitalización de la educación y la formación de los docentes y de la formación profesional) e inversiones en el reciclaje profesional y la mejora de las capacidades de los trabajadores y los demandantes de empleo. Además, el Plan incluye ayudas a la digitalización de las empresas y la integración de las tecnologías avanzadas, con un apoyo específico para las pymes mediante la implantación sustancial de un «conjunto de herramientas digitales». Además, el Plan incluye reformas e inversiones en capacidades digitales avanzadas, incluidas la inteligencia artificial y la ciberseguridad, de las que se espera que aumenten la confianza en los servicios y las tecnologías digitales, y ayuden a la adopción de tales tecnologías digitales avanzadas de forma duradera. Por último, el Plan incluye un paquete completo de reformas e inversiones para mejorar la digitalización de la Administración Pública en todos sus niveles, prestando especial consideración a la interconexión y la interoperabilidad. Este paquete abarca el sistema judicial, la Administración tributaria, los servicios públicos de empleo, la contratación pública digital, la salud pública, el sector del transporte, la conservación de los ecosistemas y la biodiversidad, la preservación del espacio litoral y la gestión del agua, y las redes eléctricas.

Impacto duradero

(39)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra g), y el anexo V, sección 2.7, del Reglamento (UE) 2021/241, se espera que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia tenga un impacto duradero en gran medida (Calificación A) en España.

(40)Se espera que las reformas esbozadas en el Plan traigan consigo un cambio estructural en las políticas pertinentes y en la Administración, en particular reforzando el mercado laboral, modernizando la protección social y mejorando el funcionamiento de la Administración, a través de su digitalización entre otros medios. Por lo que se refiere al mercado de trabajo, el Plan presenta un amplio abanico de reformas destinadas a luchar contra el desempleo y la segmentación del mercado laboral, también en la Administración Pública. Se espera que estas medidas tengan un impacto duradero, ya que, en particular, fomentan la creación de empleo de calidad y contribuyen a reducir la elevada tasa de desempleo que se viene registrando desde hace tiempo, contribuyendo al mismo tiempo a reforzar la cohesión social de manera sostenible. El Plan también incluye reformas pertinentes en el ámbito de las capacidades, en particular las digitales, con especial atención a la mejora de las capacidades de las personas poco cualificadas y al reciclaje profesional de la mano de obra en consonancia con las necesidades del mercado laboral. Los esfuerzos por modernizar y mejorar la eficacia de la protección social pueden tener un efecto duradero en el apoyo a una mayor participación en el mercado laboral, la estabilización de los ingresos a lo largo del ciclo económico, la mejora de la integración social y económica de todos y la reducción de las desigualdades. La digitalización de la Administración Pública debe ir acompañada de medidas que garanticen que las políticas públicas estén sujetas a análisis y evaluaciones de impacto, también en relación con el gasto. Además, se espera que las reformas previstas del sistema de contratación pública y del marco de insolvencia contribuyan a una asignación más eficaz de los fondos y activos en el país. 

(41)El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye numerosas inversiones que apoyan la innovación e impulsan la modernización y la competitividad de la industria, en particular de las pymes, con vistas a lograr un impacto duradero. Las medidas deben ayudar a España a adoptar con mayor rapidez los principios de sostenibilidad y digitalización. La plena ejecución de las inversiones previstas en estos ámbitos tiene el potencial de situar a las empresas españolas en una mejor posición para competir en los mercados que surgirán de la transición digital y ecológica, descarbonizar la industria tradicional e impulsar una nueva economía eficiente y sostenible. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia invierte en la renovación energética de edificios en España. Además, el Plan también pretende contribuir a la consecución de los objetivos de descarbonización y calidad del aire acordados a escala internacional a través de acciones para transformar los entornos urbanos. Se espera que todas estas medidas apoyen la transición energética de España y reduzcan la dependencia de las importaciones de energía a medio plazo, protegiendo al mismo tiempo el capital natural y los ecosistemas. El impacto duradero del Plan también puede potenciarse mediante sinergias entre el propio Plan y otros programas financiados por los fondos de la política de cohesión, en particular abordando de manera sustantiva los problemas territoriales profundamente arraigados y promoviendo un desarrollo equilibrado.

Seguimiento y ejecución

(42)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra h), y el anexo V, sección 2.8, del Reglamento (UE) 2021/241, las disposiciones propuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia son adecuadas (Calificación A) para garantizar un seguimiento y una ejecución efectivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, incluidos el calendario, los hitos y objetivos previstos y los indicadores correspondientes.

(43)Las disposiciones nacionales para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia están recogidas en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. La Comisión para la Recuperación, Transformación y Resiliencia, que aúna a todos los ministros competentes en relación con el Plan, se encarga de establecer las directrices políticas, y estará encabezada por el presidente del Gobierno. La nueva Secretaría General de Fondos Europeos, dependiente del Ministerio de Hacienda, actuará como autoridad responsable del Plan. Este organismo debe elaborar solicitudes de pago para su envío a la Comisión, una vez que los organismos responsables de la consecución de los hitos y objetivos pertinentes declaren que estos se han alcanzado, y que la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) haya llevado a cabo una verificación razonable de su cumplimiento. En términos generales, los hitos y objetivos que se proponen son claros y realistas, y los indicadores propuestos para esos hitos y objetivos son pertinentes, aceptables y sólidos. Además, la secuenciación de los hitos y objetivos es lo suficientemente clara como para permitir los pagos y hacer un seguimiento de los avances y refleja una fuerte concentración de las medidas en la fase inicial, con la mayoría de los hitos y objetivos agrupados en el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023. Los hitos y objetivos también son pertinentes para las medidas ya completadas que cumplen los requisitos para recibir subvenciones con arreglo al artículo 17, apartado 2, del Reglamento. Es necesario que esos hitos y objetivos se alcancen de manera satisfactoria para que una solicitud de desembolso esté justificada. Se creará un sistema de información integrado y se compartirá entre todas las Administraciones pertinentes.

(44)Los Estados miembros deben garantizar que el apoyo financiero en el marco del Mecanismo se comunica y reconoce en consonancia con el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241. Se podrá solicitar apoyo técnico en el marco del Instrumento de Apoyo Técnico para ayudar a los Estados miembros en la ejecución de su plan.

Costes

(45)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra i), y el anexo V, sección 2.9, del Reglamento (UE) 2021/241, la justificación proporcionada en el Plan sobre el importe de los costes totales estimados del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es, en una medida moderada (Calificación B), razonable y verosímil, está en consonancia con el principio de coste-eficacia y guarda proporción con las repercusiones económicas y sociales previstas a escala nacional.

(46)España ha facilitado estimaciones individuales de costes para todas las inversiones y reformas que tienen asociado un coste en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, justificándolas a partir de varias fuentes. Entre ellas se incluyen las convocatorias de manifestaciones de interés publicadas específicamente a los efectos del Plan, las referencias externas proporcionadas por organizaciones internacionales y los contratos públicos relativos a servicios similares o inversiones anteriores de naturaleza similar, entre otros. Como consecuencia de ello, las estimaciones de costes de la mayoría de las medidas del Plan se consideran razonables. España ha utilizado opciones de costes simplificados con respecto tanto a las cantidades a tanto alzado como a los costes unitarios. La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), mediante una validación independiente, ha considerado razonable una parte significativa de las estimaciones de costes del Plan. El importe de los costes totales estimados del Plan está en consonancia con la naturaleza y el tipo de las reformas e inversiones previstas. Por tanto, las estimaciones de costes de la mayoría de las medidas del Plan se consideran plausibles. España ha facilitado información y pruebas suficientes de que el importe de los costes totales estimados no está cubierto por financiación de la Unión, ya sea actual o prevista. Finalmente, el importe de los costes totales estimados del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es proporcional al impacto social y económico nacional esperado.

Protección de los intereses financieros

(47)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra j), y el anexo V, sección 2.10, del Reglamento (UE) 2021/241, las disposiciones propuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y las medidas adicionales incluidas en la presente Decisión son adecuadas (Calificación A) para prevenir, detectar y corregir la corrupción, el fraude y los conflictos de intereses en la utilización de los fondos proporcionados en el marco de dicho Reglamento, y se espera que las disposiciones eviten de manera eficaz la doble financiación en virtud del Reglamento y de otros programas de la Unión. Esto se entiende sin perjuicio de la aplicación de otros instrumentos y herramientas para promover y asegurar el cumplimiento del Derecho de la Unión, incluido el destinado a prevenir, detectar y corregir la corrupción, el fraude y los conflictos de intereses y el destinado a proteger las finanzas de la Unión de conformidad con el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2092 del Parlamento Europeo y del Consejo.

(48)El sistema de control interno descrito en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se basa en procesos y estructuras sólidos, desarrollados previamente para el seguimiento de los Fondos Estructurales. Identifica claramente a los agentes y sus funciones y responsabilidades en la ejecución de las tareas de control interno. La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) es el órgano de auditoría, que también coordinará el trabajo de los organismos regionales. La IGAE y las unidades de control interno de las diferentes autoridades son los principales agentes responsables del control y la auditoría del Plan. En conjunto, el sistema de control y otras disposiciones pertinentes, en particular para la recogida y puesta a disposición de datos sobre los beneficiarios finales, son adecuados para prevenir, detectar y corregir la corrupción, el fraude y los conflictos de intereses al utilizar los fondos proporcionados en el marco del Reglamento (UE) 2021/241 y evitar la doble financiación en virtud de dicho Reglamento y de otros programas de la Unión. Debe incluirse un hito específico para garantizar la aplicación del sistema de información integrado, incluido el cumplimiento de la obligación de recoger y almacenar datos sobre los beneficiarios finales, contratistas, subcontratistas y titulares reales de conformidad con el artículo 22 del mencionado Reglamento.

(49)España ha indicado que se está desarrollando un sistema integrado para la gestión y la notificación de los hitos y objetivos con el fin de cumplir los requisitos específicos de gestión y presentación de informes descritos en el Plan. De conformidad con el artículo 20, apartado 5, letra e), del Reglamento (UE) 2021/241, España debe aplicar esta medida a fin de cumplir lo dispuesto en el artículo 22 de dicho Reglamento y confirmar el estado de su ejecución con la primera solicitud de pago mediante un informe de auditoría específico. El informe debe analizar cualquier deficiencia conexa detectada y las medidas correctoras adoptadas o previstas.

(50)Además, el establecimiento del procedimiento y el formato de la información que deben facilitar las entidades del sector público estatal, autonómico y local para el seguimiento de los proyectos y la ejecución contable de los gastos imputados a los proyectos en el marco del Plan debe establecerse como un hito específico que debe cumplirse a más tardar en el momento de la presentación de la primera solicitud de pago. 

Coherencia del Plan

(51)De conformidad con el artículo 19, apartado 3, letra k), y el anexo V, sección 2.11, del Reglamento (UE) 2021/241, el Plan incluye en gran medida (Calificación A) medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión pública que constituyen actuaciones coherentes.

(52)El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia presenta un paquete completo y equilibrado de reformas e inversiones. Las medidas incluidas en los componentes se respaldan mutuamente, puesto que todos los componentes constan de un conjunto equilibrado de reformas e inversiones. Además, las medidas también se respaldan mutuamente y se complementan entre los distintos componentes. Por último, el Plan propone una amplia batería de reformas que, en general, deben facilitar la aplicación de todas sus medidas mediante la mejora de la regulación sectorial y del clima empresarial. Se espera que el fortalecimiento de las instituciones públicas, con un conjunto de reformas destinadas a mejorar el funcionamiento y la interoperabilidad de la Administración Pública, facilite la realización efectiva de reformas e inversiones y mejore la rendición de cuentas ante la sociedad civil. También se espera que las medidas destinadas a apoyar unas instituciones y sistemas sólidos del sector público contribuyan a unas finanzas públicas saneadas y sostenibles. El hecho de que muchas de las reformas deban concentrarse anticipadamente en los dos primeros años del Plan, entre el 1 de enero de 2021 y 31 de diciembre de 2022, debe permitir una ejecución eficaz de las inversiones.

Igualdad

(53)España ha facilitado amplia información sobre la contribución prevista del Plan a la igualdad de género, la igualdad de oportunidades para todos y la integración de estos objetivos. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se centra en gran medida en el equilibrio de género, que es una de las cuatro líneas de acción transversales del Plan. Existen diferentes medidas en el Plan que tienen un impacto directo en la reducción de la brecha de género, como la promoción entre las mujeres de las vocaciones especializadas en tecnologías de la información y la comunicación, las medidas para impulsar la aplicación de planes de transparencia salarial y de igualdad de género en las empresas, el aumento de la oferta de educación y cuidados de la primera infancia, las inversiones en apoyo del emprendimiento femenino y la integración social y laboral de las mujeres pertenecientes a grupos vulnerables.

Autoevaluación de la seguridad

(54)España ha facilitado una autoevaluación de la seguridad para las inversiones en capacidades digitales y conectividad, de conformidad con el artículo 18, apartado 4, letra g), del Reglamento (UE) 2021/241. En el componente 15 (Conectividad digital) del Plan, España explica que, como parte de las dos reformas previstas en el componente, aplicará la Recomendación de la Comisión Europea sobre Conectividad 11 y la Ley sobre requisitos para garantizar la seguridad de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas de quinta generación, y esta Ley incluirá las recomendaciones clave de la Comunicación de la Comisión Europea, de 29 de enero de 2020, «Despliegue seguro de la 5G en la UE - Aplicación de la caja de herramientas de la UE» 12 .

Proyectos transfronterizos y multinacionales

(55)El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye medidas que deben permitir avanzar en los proyectos transfronterizos o multinacionales existentes en materia de transporte (RTE-T: conexiones ferroviarias en los corredores mediterráneo y atlántico y entre los Pirineos Centrales) y conectividad digital (mediante cables submarinos). El Plan también incluye medidas que se espera que faciliten la participación de empresas españolas en posibles proyectos transfronterizos o multinacionales, incluidos posibles proyectos importantes de interés común europeo en ámbitos como los microprocesadores, el hidrógeno renovable, la comunicación segura vía satélite y la próxima generación de computación en la nube y en el borde.

Proceso de consulta

(56)De conformidad con el artículo 18, apartado 4, letra q), del Reglamento (UE) 2021/241, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España incluye un resumen del proceso de consulta llevado a cabo para su preparación y aplicación. En la preparación del Plan, España llevó a cabo consultas específicas con los interlocutores sociales, las partes interesadas y los consejos consultivos. España también recurrió a convocatorias de manifestación de interés para ponerse en contacto con empresas a propósito del diseño de las inversiones. A través de estas convocatorias, las autoridades recopilaron una amplia gama de propuestas que debían servir de base a los proyectos estratégicos que contarían con el apoyo del Plan.

(57)Para garantizar la apropiación por parte de los actores pertinentes, es fundamental implicar a todas las autoridades autonómicas y locales y a todas las partes interesadas, incluidos los interlocutores sociales, a lo largo de toda la ejecución de las inversiones y reformas incluidas en el Plan. Garantizar una apropiación más amplia de la ejecución del Plan contribuiría a mejorar su eficacia y el impacto previsible a largo plazo. El Reglamento sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia reconoce que las comunidades autónomas y las entidades locales son socios importantes para la aplicación de las reformas y las inversiones. Para la aplicación del Plan, España ha creado una nueva Conferencia Sectorial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para coordinar a las comunidades autónomas, las entidades locales y el Gobierno central. Además, las conferencias sectoriales existentes en diversos ámbitos políticos deben apoyar la aplicación de medidas específicas dentro de su ámbito de competencia. El Plan destaca que se consultará a los interlocutores sociales en el diseño final de una serie de medidas pertinentes anunciadas en el Plan, como las reformas del mercado laboral y del sistema de pensiones.

Evaluación positiva

(58)A raíz de la evaluación positiva de la Comisión en relación con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España en la que se constate que cumple satisfactoriamente los criterios de evaluación establecidos en el Reglamento (UE) 2021/241, de conformidad con el artículo 20, apartado 2, y el anexo V de dicho Reglamento, la presente Decisión debe establecer las reformas y los proyectos de inversión necesarios para la ejecución del Plan, los hitos, objetivos e indicadores pertinentes y el importe puesto a disposición por la Unión para su ejecución en forma de ayuda financiera no reembolsable.

Contribución financiera

(59)El coste total estimado del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España asciende a 69 528 050 000 EUR. Dado que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia cumple satisfactoriamente los criterios de evaluación establecidos en el Reglamento (UE) 2021/241 y que, además, el importe de los costes totales estimados del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es superior a la contribución financiera máxima disponible para España, la contribución financiera asignada al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España debe ser igual al importe total de la contribución financiera disponible para España.

(60)De conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/241, el cálculo de la contribución financiera máxima para España debe actualizarse a más tardar el 30 de junio de 2022. Como consecuencia de ello, de conformidad con el artículo 23, apartado 1, de dicho Reglamento, ahora debe ponerse a disposición de España un importe de cara a la firma de un compromiso jurídico a más tardar el 31 de diciembre de 2022. En caso necesario, a raíz de la actualización de la contribución financiera máxima, el Consejo, a propuesta de la Comisión, debe modificar la presente Decisión para incluir la contribución financiera máxima actualizada sin demora indebida.

(61)Las ayudas que se otorguen se financiarán mediante empréstitos de la Comisión en nombre de la Unión sobre la base del artículo 5 de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo 13 . Las ayudas deben abonarse en tramos una vez que España haya cumplido satisfactoriamente los hitos y objetivos pertinentes señalados en relación con la aplicación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

(62)España ha solicitado una prefinanciación del 13 % de la contribución financiera. Dicho importe debe ponerse a disposición de España a reserva de la entrada en vigor del acuerdo de financiación previsto en el artículo 23, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/241, y de conformidad con dicho acuerdo.

(63)La presente Decisión debe entenderse sin perjuicio del resultado de cualquier procedimiento relativo a la concesión de fondos de la Unión en el marco de cualquier otro programa de la Unión distinto del Reglamento (UE) 2021/241 o de los procedimientos relativos a las distorsiones del funcionamiento del mercado interior que puedan incoarse, en particular en virtud de los artículos 107 y 108 del Tratado. No exime a los Estados miembros de la obligación de notificar a la Comisión los posibles casos de ayudas estatales con arreglo al artículo 108 del Tratado.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1
Aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Queda aprobada la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España sobre la base de los criterios establecidos en el artículo 19, apartado 3, del Reglamento (UE) 2021/241. En el anexo de la presente Decisión se establecen las reformas y los proyectos de inversión en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las disposiciones tomadas para el seguimiento y la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y su correspondiente calendario, incluidos los hitos y objetivos pertinentes, los indicadores pertinentes en relación con el cumplimiento de los hitos y objetivos previstos, y las disposiciones adoptadas para facilitar a la Comisión acceso completo a los correspondientes datos subyacentes.

Artículo 2
Contribución financiera

1.La Unión pondrá a disposición de España una contribución financiera en forma de ayuda no reembolsable por un importe de 69 512 589 611 EUR 14 . Se desembolsará un importe de 46 592 869 727 EUR para ser objeto de un compromiso jurídico a más tardar el 31 de diciembre de 2022. A reserva de la actualización prevista en el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/241, que calcula un importe para España igual o superior a dicho importe, se desembolsará un importe adicional de 22 919 719 884 EUR para ser objeto de un compromiso jurídico desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.

2.La Comisión pondrá a disposición de España la contribución financiera de la Unión en tramos de conformidad con el anexo. Se desembolsará un importe de 9 036 636 649 EUR en concepto de pago de prefinanciación, equivalente al 13 % de la contribución financiera. La Comisión podrá desembolsar la prefinanciación y los tramos en una o varias cuotas. La cuantía de las cuotas dependerá de la disponibilidad de financiación.

3.La prefinanciación se desembolsará a reserva de la entrada en vigor del acuerdo de financiación previsto en el artículo 23, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/241 y de conformidad con dicho acuerdo. La prefinanciación se liquidará mediante deducción proporcional del pago de los tramos.

4.El desembolso de los tramos de conformidad con el acuerdo de financiación estará supeditado a la disponibilidad de fondos y a una decisión de la Comisión, adoptada de conformidad con el artículo 24 del Reglamento (UE) 2021/241, en la que se acredite que España ha cumplido satisfactoriamente los hitos y objetivos pertinentes determinados en relación con la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. A reserva de la entrada en vigor de los compromisos jurídicos a que se refiere el apartado 1, para poder optar al pago, los hitos y objetivos deberán alcanzarse a más tardar el 31 de agosto de 2026.

Artículo 3
Destinatario

El destinatario de la presente Decisión es el Reino de España.

Hecho en Bruselas, el

   Por el Consejo

   El Presidente

(1)    DO L 57 de 18.2.2021, p. 17.
(2)    Reglamento (UE) n.º 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).
(3)    Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19 (DO L 433I de 22.12.2020, p. 23).
(4)    Estos desequilibrios macroeconómicos se refieren a las recomendaciones formuladas de conformidad con el artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 1176/2011 en 2019 y 2020.
(5)    Estas simulaciones reflejan el impacto global de NextGenerationEU, que también incluye financiación para ReactEU, y una mayor financiación para Horizon, InvestEU, FTJ, desarrollo rural y rescEU. Estas simulaciones no incluyen el posible impacto positivo de las reformas estructurales, que puede ser sustancial.
(6)    Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (DO L 198 de 22.6.2020, p. 13).
(7)    Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, COM (2021) C58/01.
(8)    https://ec.europa.eu/energy/sites/ener/files/documents/es_final_necp_main_es.pdf.
(9)    Sobre la base de la propuesta modificada de la Comisión [COM (2020) 563 final] de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se modifica el Reglamento (UE) 2018/1999 («Ley Europea del Clima»).
(10)    Reglamento (UE) 2018/842 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre reducciones anuales vinculantes de las emisiones de gases de efecto invernadero por parte de los Estados miembros entre 2021 y 2030 que contribuyan a la acción por el clima, con objeto de cumplir los compromisos contraídos en el marco del Acuerdo de París, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 525/2013 (DO L 156 de 19.6.2018, p. 26).
(11)    C (2020) 6270
(12)    COM/2020/50
(13)    DO L 424 de 15.12.2020, p. 1.
(14)    Este importe corresponde a la asignación financiera previa deducción de la parte proporcional de España de los gastos contemplados en el artículo 6, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/241, calculada de conformidad con él método expuesto en el artículo 11 de dicho Reglamento.

Bruselas, 16.6.2021

COM(2021) 322 final

ANEXO

de la

Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo

relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España

{SWD(2021) 147 final}


SECCIÓN 1: REFORMAS E INVERSIONES EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

1.Descripción de las reformas e inversiones

A. COMPONENTE 1: PLAN DE CHOQUE DE MOVILIDAD SOSTENIBLE, SEGURA Y CONECTADA EN ENTORNOS URBANOS Y METROPOLITANOS

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español trata cuestiones relativas a la calidad del aire, que afecta sobre todo a las mayores áreas metropolitanas y que en 2018 estuvo detrás de la muerte prematura de más de 20 000 personas en España. El objetivo general de las reformas e inversiones de este componente es lograr la transición a una movilidad urbana limpia, segura e inteligente. Los objetivos específicos de este componente son:

·acelerar la penetración de la movilidad eléctrica y la delimitación de zonas de bajas emisiones en todos los municipios de más de 50 000 habitantes y en las capitales de provincia;

·fomentar la movilidad activa, así como otras medidas para ayudar a reducir el uso de coches privados; 

·impulsar la transformación digital y sostenible del sector del transporte público como verdadera alternativa a la utilización del vehículo privado;

·mejorar la calidad y fiabilidad de los servicios ferroviarios de corta distancia para aumentar su uso efectivo en entornos metropolitanos, en detrimento del vehículo privado;

·optimizar la gestión del tráfico y facilitar la toma de decisiones para promover una movilidad más limpia.

El componente da repuesta a las recomendaciones específicas para España relativas al fomento de la inversión pública y privada y de la transición ecológica (recomendación específica por país 3 de 2020), al fomento de las inversiones en innovación y eficiencia energética (recomendación específica por país 3 de 2019) y al refuerzo de la cooperación entre las Administraciones (recomendación específica por país 4 de 2019).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

A.1.    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C1.R1): Plan de despliegue de la infraestructura de recarga y de impulso del vehículo eléctrico

El objetivo de esta medida es reforzar el marco operativo y normativo para facilitar el despliegue de las infraestructuras de recarga para el impulso del vehículo eléctrico.

La reforma consiste en la adopción del siguiente marco normativo, destinado a eliminar los obstáculos que dificultan actualmente la difusión de los puntos de recarga:

-un Real Decreto que regule los servicios de recarga de acceso público y garantice el funcionamiento adecuado y fiable de los puntos instalados;

-el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, que contribuye a acelerar la tramitación de las infraestructuras de recarga al otorgar la declaración de utilidad pública a las infraestructuras de recarga con potencia superior a 250 kW;

-la Orden TMA/178/2020, que reduce la carga administrativa para la aprobación y el despliegue de instalaciones de recarga eléctrica en las estaciones de servicio;

-una modificación del Código Técnico de la Edificación por la que se aumente el número mínimo de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos tanto en los aparcamientos residenciales como terciarios, para así satisfacer los requisitos mínimos de la Directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios; y

-una modificación del Reglamento electrotécnico para baja tensión que incorpore obligaciones para las infraestructuras de recarga en los aparcamientos que no pertenezcan a un edificio.

La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2022.

Reforma 2 (C1.R2): Ley de Movilidad Sostenible y Financiación del Transporte

El objetivo de esta medida, que se materializará por medio de una Ley, es proporcionar el marco normativo de base para la nueva política de movilidad en España, basada en la mejora de la sostenibilidad y la dimensión digital.

La Ley que se promulgue contemplará, como mínimo:

·La creación de un mecanismo de pago por el uso de las carreteras del Estado, que comenzará a funcionar a partir de 2024, con arreglo al principio de «quien contamina paga». El objetivo de esta medida es internalizar los costes externos del transporte por carretera, creando a tal fin incentivos para lograr una mayor eficiencia en este sector y propiciando una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.

·Una serie de guías metodológicas y obligaciones aplicables a municipios y empresas de cierta envergadura para incentivar la ejecución de un plan de movilidad urbana sostenible y de planes de movilidad laboral sostenible, respectivamente.

·La creación de un mecanismo para aumentar el rigor en la planificación de infraestructuras en consonancia con las recomendaciones formuladas por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), incorporando consideraciones sobre la sostenibilidad y el análisis de costes y beneficios sociales. 

·La implantación de un sistema de financiación previsible del transporte urbano en los municipios estatales basado en criterios de distribución uniforme de los fondos estatales.

·La introducción de un sandbox regulatorio que facilite las innovaciones en el sector de la movilidad y el transporte y su implantación en el mercado.

·La mejora de la gobernanza en consonancia con las recomendaciones de la AIReF mediante la creación de: i) un sistema nacional de movilidad para fomentar la coordinación y la cooperación entre los tres niveles territoriales de la Administración competentes en materia de transporte y movilidad; ii) un consejo superior del transporte y la movilidad, como órgano de asesoramiento y debate en el que se definan las políticas de transporte y movilidad y tengan representación los sectores productivos, el mundo académico y la sociedad civil; y iii) una plataforma integrada de información sobre transporte y movilidad que compendie información de diferentes Administraciones y fuentes externas sobre transporte y movilidad que permita a las Administraciones optimizar la elaboración de las políticas públicas y mejorar su capacidad para responder a crisis y emergencias.

La medida se publicará en el BOE a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 1 (C1.I1): Zonas de bajas emisiones y transformación digital y sostenible del transporte urbano y metropolitano

El objetivo de esta medida es fomentar la transformación digital y sostenible de los servicios de transporte, con el objetivo de contribuir a reducir el uso de vehículos privados en entornos urbanos en un 35 % a más tardar en 2030. La medida también cubrirá los incentivos para la transición a flotas de transporte más limpias, tanto de viajeros como de mercancías, de las empresas que prestan servicios de transporte. Esta inversión será ejecutada por las Entidades Locales, las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA).

Los proyectos de inversión que emprenderán las Comunidades Autónomas podrán referirse a: a) la transformación de las flotas de transporte público para lograr los objetivos de la Directiva de vehículos limpios, con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1); b) la delimitación y gestión de zonas de bajas emisiones; c) la digitalización del transporte público, su gestión administrativa y la mejora de su accesibilidad; d) medidas para priorizar el transporte colectivo y la movilidad activa, incluidos carriles peatonales e infraestructuras ciclistas; e) el incentivo de la penetración en España de tecnologías de cero emisiones en el ámbito del transporte; f) aparcamientos disuasorios a las afueras de dichos municipios y capitales de provincia que reduzcan el tráfico en el centro urbano; y g) la ampliación o actualización de la red de transporte ferroviario (metro o tren); h) proyectos de digitalización, siempre que sean complementarios a medidas que redunden en el fomento de un transporte más sostenible, como, por ejemplo, la implantación de sistemas digitales públicos de información en tiempo real sobre los servicios de transporte, implantación de proyectos de movilidad como servicio, proyectos de mejora del ticketing intermodal o interservicio y proyectos de ayuda a la gestión de la movilidad y el tráfico, y el análisis de la información para mejorar la eficiencia del sistema de transporte; y i) cualquier otro proyecto que: 1) suponga una mejora en la calidad del aire, especialmente en zonas urbanas; 2) facilite la reducción de necesidad de uso de vehículo privado en zonas urbanas y metropolitanas; 3) suponga un incremento de uso de transporte público; y 4) incentive la movilidad activa y saludable.

Los proyectos de las Entidades Locales consistirán en, por ejemplo: a) la transformación de las flotas de transporte público para lograr los objetivos de la Directiva de vehículos limpios, con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1); b) la delimitación y gestión de zonas de bajas emisiones; c) la digitalización del transporte público, su gestión administrativa y la mejora de su accesibilidad; y d) medidas para priorizar el transporte colectivo y la movilidad activa.

Esta ayuda se asignará a municipios de más de 50 000 habitantes y a capitales de provincia y, en determinadas condiciones, también podrá asignarse a municipios de entre 20 000 y 50 000 habitantes.

Los proyectos de inversión del MITMA se centrarán en la humanización y la organización del tráfico en las carreteras urbanas de su ámbito. Las inversiones contribuirán a fomentar la movilidad de los peatones y ciclistas y otras nuevas formas de movilidad (patinetes) o a reducir los espacios para automóviles y la velocidad de los vehículos, con el objetivo de reducir tanto las emisiones atmosféricas como la contaminación acústica.

Los incentivos para transformar las flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas consistirán en las siguientes líneas de ayuda: a) ayudas para la adquisición de vehículos de pasajeros y mercancías de cero emisiones y de bajas emisiones; b) ayudas para el despliegue de infraestructuras de repostaje para vehículos comerciales con combustibles alternativos (electricidad, gas natural licuado o «GNL», gas natural comprimido o «GNC» y biometano); c) ayudas a las empresas para la adquisición o adaptación de remolques y semirremolques al transporte intermodal; y d) ayudas a las empresas para el desguace de vehículos antiguos.

Se espera que esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, el apoyo a la línea de ayuda a) solo cubrirá los autobuses «de plataforma baja» eléctricos y de hidrógeno (categorías M2 y M3; autobuses urbanos y suburbanos por lo general); los autobuses de «plataforma alta», inclusive los de GNL/GNC, los híbridos, los híbridos y los de hidrógeno, conformes con EURO VI-E (categorías M2 y M3; autocares interurbanos por lo general); y los camiones de cero emisiones 1 , de bajas emisiones 2 y de GNL/GNC que funcionan con biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa 3 . En cuanto a la línea de ayuda b), la infraestructura de repostaje de vehículos comerciales cumplirá las condiciones para los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa 4 .

Los criterios de selección garantizarán que al menos 310 000 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 2 195 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Las inversiones de esta medida estarán terminadas a más tardar el 31 de diciembre de 2025.

Inversión 2 (C1.I2): Plan de incentivos a la instalación de puntos de recarga, a la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible y a la innovación en electro movilidad, recarga e hidrógeno verde

Esta medida tiene por objeto apoyar el cumplimiento del Marco de Acción Nacional de Energías Alternativas en el Transporte, acelerar la ejecución del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima y apoyar la cohesión territorial mediante la electrificación de la movilidad en las zonas rurales. La inversión se articula en diferentes regímenes de ayuda que incentivarán la adquisición del vehículo eléctrico y el vehículo con pila de combustible, fomentando al mismo tiempo proyectos singulares de innovación relacionados con la cadena de valor de la electromovilidad y la renovación del parque automovilístico en general, incluida la explotación de la tecnología del hidrógeno verde. La inversión también incluirá la instalación de puntos de recarga públicos en zonas residenciales, así como en la red nacional de carreteras. Los criterios de selección utilizados en las convocatorias de propuestas para asignar las ayudas serán: i) la reducción del impacto medioambiental, ii) la viabilidad económico-técnica, iii) el nivel de desarrollo e innovación tecnológicos, iv) la reproducibilidad y extensibilidad, v) la generación de empleo directo e indirecto ligada al proyecto, y vi) repercusión en la cadena de valor y sinergia con otros sectores, sobre todo el industrial.

La inversión estará terminada a más tardar el 31 de agosto de 2025.

Inversión 3 (C1.I3): Actuaciones de mejora de la calidad y fiabilidad en el servicio de Cercanías

El objetivo de esta medida es mejorar el atractivo y la accesibilidad de la red de Cercanías, para que se convierta en la columna vertebral de la movilidad en las zonas urbanas y sustituya al vehículo privado en las áreas metropolitanas. Los proyectos serán ejecutados por ADIF y RENFE.

ADIF realizará inversiones de infraestructura en los ferrocarriles de la red de Cercanías, incluidas la renovación de vías, la actualización de estaciones y la mejora del sistema de electrificación y la señalización. Además, RENFE será responsable de las inversiones de modernización de la gestión del transporte ferroviario público. Las inversiones se canalizarán principalmente en cinco ejes: a) digitalización de los sistemas de seguridad en las estaciones; b) sistemas de información a los pasajeros; c) mejora del control del acceso; d) adaptación de las máquinas expendedoras a las nuevas tecnologías; y e) acondicionamiento de las instalaciones en las estaciones de la red de Cercanías.

La implementación estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.

A.2.    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha que se tiene en cuenta para el valor de referencia de todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, salvo que se indique otra cosa en la descripción de la actuación. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito / Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

1

C1.R1

Hito

Orden TMA/178/2020 y Real Decreto-ley 23/2020

Disposición de la Orden y del Real Decreto-ley por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q4

2020

Entrada en vigor de: i) la Orden TMA/178/2020, que reduce la carga administrativa de la instalación de puntos de recarga eléctrica en las estaciones de servicio y define el tiempo necesario para la retirada de las instalaciones, ii) el Real Decreto-ley 23/2020, de junio de 23, que otorga la declaración de utilidad pública a las infraestructuras de recarga con potencia superior a 250 kW con el fin acelerar el despliegue de este tipo de instalaciones.

2

C1.R1

Hito

Modificación del Código Técnico de la Edificación (pendiente de confirmación) y del Reglamento electrotécnico para baja tensión y aprobación de un Real Decreto para regular los servicios públicos de recarga.

Disposición del Código, del Reglamento y del Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q2

2022

Entrada en vigor de:

i) modificaciones del Código Técnico de la Edificación (pendientes de confirmación) que dispongan: a) la obligación de prever la preinstalación de puntos de recarga en el 100 % de las nuevas plazas de aparcamiento en edificios residenciales y el 20 % de las nuevas plazas de aparcamiento en edificios comerciales y de otro tipo, b) la obligación de instalar un punto de recarga por cada 40 plazas de aparcamiento nuevas (y uno por cada 20 plazas de aparcamiento en los edificios de la Administración General del Estado) y c) la obligación de que los aparcamientos no residenciales ya existentes de más de 20 plazas de aparcamiento se adapten al requisito anterior (es decir, instalar un punto de recarga por cada 40 plazas de aparcamiento) a más tardar en 2023;

ii) modificaciones del Reglamento electrotécnico para baja tensión que incorporen obligaciones para las infraestructuras de recarga en los aparcamientos que no pertenezcan a un edificio; y

iii) un Real Decreto que regule los servicios públicos de recarga, incluida la relación de quienes participan en la prestación del servicio (operadores de puntos de recarga y prestadores de servicios de movilidad eléctrica), y que establezca sus derechos y obligaciones.

3

C1.R2

Hito

Promulgación de una Ley de Movilidad Sostenible y Financiación del Transporte

Disposición de la Ley por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q4

2023

Entrada en vigor de una Ley de Movilidad Sostenible y Financiación del Transporte para mejorar la planificación, la coordinación y la eficiencia de las políticas de transporte público, apoyar la digitalización del transporte y el uso del transporte público y establecer un sistema de financiación para la conservación y el mantenimiento de las infraestructuras públicas y que internalice los costes medioambientales.

4

C1.I1

Objetivo

Presupuesto invertido en adquisiciones o concedido por los municipios destinado a fomentar la movilidad sostenible.

 

En millones EUR

0

400

Q4

2022

Publicación de la adjudicación de proyectos o subvenciones en el BOE o en la plataforma de contratación pública o de la ejecución de gastos relacionados con adquisiciones por parte de municipios que contribuyan a fomentar la movilidad sostenible en los municipios de más de 50 000 habitantes y capitales de provincia; en determinadas condiciones, también podrán asignarse a municipios de entre 20 000 y 50 000 habitantes. Los proyectos apoyarán, por ejemplo: a) la transformación de las flotas de transporte público para lograr los objetivos de la Directiva de vehículos limpios, con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1); b) la delimitación y gestión de zonas de bajas emisiones; c) la digitalización del transporte público, su gestión administrativa y la mejora de su accesibilidad; y d) medidas para priorizar el transporte colectivo y la movilidad activa.

Los criterios de selección garantizarán que, del objetivo presupuestario total de 1 500 000 000 EUR, al menos 310 000 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 1 190 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

5

C1.I1

Objetivo

Presupuesto invertido en adquisiciones o concedido por las Comunidades Autónomas de al menos 900 millones EUR destinado a fomentar la movilidad sostenible.

En millones EUR

0

900

Q4

2023

Publicación de la adjudicación de proyectos o subvenciones en el BOE o en la plataforma de contratación pública o de la ejecución de gastos asociados a adquisiciones por parte de las Comunidades Autónomas. Los proyectos y subvenciones adjudicados y las adquisiciones realizadas por las Comunidades Autónomas deberán:

1) contribuir a fomentar la movilidad sostenible proporcionando subvenciones a empresas privadas para: a) desguazar los vehículos pesados antiguos, b) renovar sus flotas pesadas de pasajeros y mercancías para que sus vehículos sean más limpios, c) comprar o adaptar sus remolques o semirremolques para el transporte intermodal o d) instalar puntos de repostaje con combustibles alternativos (electricidad, GNL, GNC y biometano); las subvenciones deben concederse con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1);

o

2) contribuir a fomentar la movilidad sostenible en los municipios de más de 50 000 habitantes y capitales de provincia apoyando a) la transformación de las flotas de transporte público para lograr los objetivos de la Directiva de vehículos limpios, con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1); b) la delimitación y gestión de zonas de bajas emisiones; c) la digitalización del transporte público, su gestión administrativa y la mejora de su accesibilidad; d) medidas para priorizar el transporte colectivo y la movilidad activa; e) el incentivo de la penetración en España de tecnologías de cero emisiones en el ámbito del transporte; f) aparcamientos disuasorios a las afueras de dichos municipios y capitales de provincia que reduzcan el tráfico en el centro urbano; g) la ampliación o actualización de la red de transporte ferroviario (metro o tren); h) proyectos de digitalización, siempre que sean complementarios a medidas que redunden en el fomento de un transporte más sostenible, como, por ejemplo, la implantación de sistemas digitales públicos de información en tiempo real sobre los servicios de transporte, implantación de proyectos de movilidad como servicio, proyectos de mejora del ticketing intermodal o interservicio y proyectos de ayuda a la gestión de la movilidad y el tráfico, y el análisis de la información para mejorar la eficiencia del sistema de transporte; y i) cualquier otro proyecto que: 1) suponga una mejora en la calidad del aire, especialmente en zonas urbanas; 2) facilite la reducción de necesidad de uso de vehículo privado en zonas urbanas y metropolitanas; 3) suponga un incremento de uso de transporte público; y 4) incentive la movilidad activa y saludable. Los criterios de selección garantizarán que al menos 900 000 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

6

C1.I1

Objetivo

Proyectos finalizados de fomento de la movilidad sostenible, especialmente en zonas urbanas y metropolitanas

Número

0

25

Q4

2023

Al menos 25 proyectos de fomento de la movilidad sostenible finalizados, en 150 zonas urbanas o metropolitanas de más de 50 000 habitantes y, en determinadas condiciones, en zonas urbanas de entre 20 000 y 50 000 habitantes.

Son proyectos de fomento de la movilidad sostenible los siguientes:

i) Proyectos desarrollados por municipios que contribuyan a fomentar la movilidad sostenibles en municipios de más de 50 000 habitantes y capitales de provincia; en determinadas condiciones, también podrán concederse a municipios de entre 20 000 y 50 000 habitantes. Los proyectos apoyarán, por ejemplo: a) la transformación de las flotas de transporte público para lograr los objetivos de la Directiva de vehículos limpios, con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1); b) la delimitación y gestión de zonas de bajas emisiones; c) la digitalización del transporte público, su gestión administrativa y la mejora de su accesibilidad; y d) medidas para priorizar el transporte colectivo y la movilidad activa. Un proyecto es un conjunto de actividades definidas, interrelacionadas y coordinadas, realizadas con un objetivo común dentro de determinados plazos y límites presupuestarios, para las que se solicita una subvención. Un municipio puede desarrollar más de un proyecto.

ii) Proyectos de fomento de la movilidad sostenible en zonas urbanas y metropolitanas desarrollados por las Comunidades Autónomas. Concierne a las tipologías a) a i) especificadas en la inversión 1 del componente 1. Las zonas urbanas y metropolitanas se definen como municipios con más de 50 000 habitantes, capitales de provincia y, en determinadas condiciones, municipios de más de 20 000 habitantes. Cada Comunidad Autónoma puede desarrollar más de un proyecto.

iii) Proyectos de subvención a empresas privadas para: a) desguazar vehículos antiguos, b) renovar sus flotas pesadas de pasajeros y mercancías para que sus vehículos sean más limpios, c) comprar o adaptar sus remolques o semirremolques para el transporte intermodal o d) instalar puntos de repostaje con combustibles alternativos (electricidad, GNL, GNC y biometano). Deben subvencionarse al menos 8 500 vehículos pesados o puntos de repostaje para considerar que se ha finalizado un proyecto de fomento de la movilidad sostenible. Las subvenciones deben concederse de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

7

C1.I1

Objetivo

Presupuesto invertido en adquisiciones o concedido por los municipios destinado a fomentar la movilidad sostenible.

 

En millones EUR

400

1 500

Q4

2024

Publicación de la adjudicación de proyectos o subvenciones en el BOE o en la plataforma de contratación pública o de la ejecución de gastos relacionados con adquisiciones por parte de municipios que contribuyan a fomentar la movilidad sostenible en los municipios de más de 50 000 habitantes y capitales de provincia; en determinadas condiciones, también podrán asignarse a municipios de entre 20 000 y 50 000 habitantes. Los proyectos apoyarán, por ejemplo: a) la transformación de las flotas de transporte público para lograr los objetivos de la Directiva de vehículos limpios, con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1); b) la delimitación y gestión de zonas de bajas emisiones; c) la digitalización del transporte público, su gestión administrativa y la mejora de su accesibilidad; y d) medidas para priorizar el transporte colectivo y la movilidad activa.

Los criterios de selección garantizarán que al menos 310 000 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 1 190 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

(Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2022).

8

C1.I1

Objetivo

Adjudicación en proyectos de mejora de nuevas formas de movilidad en las carreteras estatales.

 

En millones EUR

0

105

Q4

2024

Publicación en el BOE o en la plataforma de contratación pública de la adjudicación por parte del MITMA de al menos 105 millones EUR en proyectos de mejora de las carreteras estatales en las zonas urbanas. Los proyectos consistirán en la construcción de nuevos carriles bici, la ampliación de las zonas peatonales, la reducción de las zonas de aparcamiento o la mejora de la seguridad en los cruces.

9

C1.I1

Objetivo

Proyectos finalizados de fomento de la movilidad sostenible, especialmente en zonas urbanas y metropolitanas

 

Número

25

280

Q4

2025

Al menos 280 proyectos de fomento de la movilidad sostenible finalizados en zonas urbanas y metropolitanas, para contribuir a la movilidad sostenible en 150 zonas urbanas o metropolitanas de más de 50 000 habitantes y, en determinadas condiciones, en zonas urbanas de entre 20 000 y 50 000 habitantes.

Son proyectos de fomento de la movilidad sostenible los siguientes:

i) Proyectos desarrollados por municipios que contribuyan a fomentar la movilidad sostenibles en municipios de más de 50 000 habitantes y capitales de provincia; en determinadas condiciones, también podrán concederse a municipios de entre 20 000 y 50 000 habitantes. Los proyectos apoyarán, por ejemplo: a) la transformación de las flotas de transporte público para lograr los objetivos de la Directiva de vehículos limpios, con arreglo a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1); b) la delimitación y gestión de zonas de bajas emisiones; c) la digitalización del transporte público, su gestión administrativa y la mejora de su accesibilidad; y d) medidas para priorizar el transporte colectivo y la movilidad activa. Un proyecto es un conjunto de actividades definidas, interrelacionadas y coordinadas, realizadas con un objetivo común dentro de determinados plazos y límites presupuestarios, para las que se solicita una subvención. Un municipio puede desarrollar más de un proyecto.

ii) Proyectos de fomento de la movilidad sostenible en zonas urbanas y metropolitanas desarrollados por las Comunidades Autónomas. Concierne a las tipologías a) a i) especificadas en la inversión 1 del componente 1. Las zonas urbanas y metropolitanas se definen como municipios con más de 50 000 habitantes, capitales de provincia y, en determinadas condiciones, municipios de más de 20 000 habitantes. Cada Comunidad Autónoma puede desarrollar más de un proyecto.

iii) Proyectos de subvención a empresas privadas para: a) desguazar vehículos antiguos, b) renovar sus flotas pesadas de pasajeros y mercancías para que sus vehículos sean más limpios, c) comprar o adaptar sus remolques o semirremolques para el transporte intermodal o d) instalar puntos de repostaje con combustibles alternativos (electricidad, GNL, GNC y biometano). Deben subvencionarse al menos 3 000 vehículos pesados o puntos de repostaje o de recarga para considerar que se ha finalizado un proyecto de fomento de la movilidad sostenible. Las subvenciones deben concederse de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

(Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2023).

10

C1.I1

Objetivo

Carreteras estatales mejoradas en zonas urbanas para fomentar nuevas tipos de movilidad

 

Número

0

34

Q4

2025

Al menos 34 carreteras estatales mejoradas mediante la construcción de nuevos carriles bici, la ampliación de las zonas peatonales, la reducción de las zonas de aparcamiento o la mejora de la seguridad en los cruces. Esta inversión la emprenderá el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en las carreteras de su competencia en zonas urbanas.

11

C1.I2

Objetivo

Adjudicación de proyectos innovadores de fomento de la electromovilidad

 

En millones EUR

0

250

Q2

2023

Publicación en el BOE de la concesión de al menos 250 millones EUR en convocatorias de apoyo a proyectos innovadores de fomento de la electromovilidad. Los criterios de selección utilizados en las convocatorias de propuestas para asignar las ayudas serán: i) la reducción del impacto medioambiental, ii) la viabilidad económico-técnica, iii) el nivel de desarrollo e innovación tecnológicos, iv) la reproducibilidad y extensibilidad, v) la generación de empleo directo e indirecto ligada al proyecto, y vi) repercusión en la cadena de valor y sinergia con otros sectores, sobre todo el industrial.

12

C1.I2

Objetivo

Vehículos eléctricos y puntos de recarga desplegados

 

Número

0

238 000

Q4

2023

Al menos 238 000 vehículos eléctricos (vehículos eléctricos a batería, vehículos eléctricos de autonomía extendida, vehículos híbridos enchufables y vehículos eléctricos de hidrógeno) y puntos de recarga subvencionados.

13

C1.I2

Objetivo

Finalización de proyectos innovadores de fomento de la electromovilidad

 

Número

0

85

Q4

2025

Finalización de al menos 85 proyectos en el marco del programa de ayudas MOVES Proyectos Singulares.

14

C1.I3

Objetivo

Líneas ferroviarias de Cercanías

 

Número (en km)

0

200

Q4

2023

Al menos 200 km de líneas ferroviarias de Cercanías actualizadas en el marco de alguno de los subsistemas siguientes: andenes, vías, electrificación, seguridad e comunicaciones/señalización.

La longitud de las líneas ferroviarias de Cercanías que se actualicen debe interpretarse como el tramo situado en zonas urbanas o metropolitanas en el que se haya llevado a cabo una intervención significativa que no represente todo lo que se ha de realizar o reparar. Las intervenciones podrán consistir en electrificación, renovación de vías, mejora de los sistemas de señalización y seguridad y mejoras en las estaciones que vayan más allá del mantenimiento y las reparaciones, y se ejecutarán en el territorio nacional en todos los centros de población a los que llegue la red de Cercanías.

15

C1.I3

Objetivo

Estaciones mejoradas con la digitalización

 

Número

0

420

Q4

2023

Al menos 420 estaciones mejoradas con la totalidad o parte de los proyectos desarrollados por RENFE como operador de operaciones comerciales especializadas, enumerados a continuación:

• Digitalización de los sistemas de seguridad en las estaciones (como análisis inteligente de vídeos, ciberseguridad y control del fraude)

• Sistema de información al pasajero

• Mejora del control del acceso a las estaciones

• Proyectos de máquinas de venta de billetes

• Adaptación de instalaciones

16

C1.I3

Objetivo

Estaciones de Cercanías mejoradas

 

Número

0

20

Q4

2023

Al menos 20 estaciones de Cercanías mejoradas por ADIF, principalmente en términos de obras de accesibilidad y vías férreas nuevas o renovadas.

17

C1.I3

Objetivo

Presupuesto acumulado concedido para inversiones en líneas ferroviarias de corta distancia.

 

En millones EUR

0

1 619

Q4

2024

Publicación en el BOE de la presupuesto acumulado concedido para inversiones en líneas ferroviarias de corta distancia; al menos: 1 619 000 000 EUR

18

C1.I3

Objetivo

Líneas ferroviarias de Cercanías actualizadas

 

Número (en km)

200

700

Q2

2026

Al menos 700 km de líneas ferroviarias de Cercanías actualizadas en el marco de alguno de los subsistemas siguientes: andenes, vías, electrificación, seguridad e comunicaciones/señalización.

La longitud de las líneas ferroviarias de Cercanías que se actualicen debe interpretarse como el tramo situado en zonas urbanas o metropolitanas en el que se haya llevado a cabo una intervención significativa que no represente todo lo que se ha de realizar o reparar. Las intervenciones podrán consistir en electrificación, renovación de vías, mejora de los sistemas de señalización y seguridad y mejoras en las estaciones que vayan más allá del mantenimiento y las reparaciones, y se ejecutarán en el territorio nacional en todos los centros de población a los que llegue la red de Cercanías.

(Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2023).

19

C1.I3

Objetivo

Estaciones mejoradas con la digitalización

 

Número

420

850

Q2

2026

Al menos 850 estaciones mejoradas con la totalidad o parte de los proyectos desarrollados por RENFE como operador de operaciones comerciales especializadas, enumerados a continuación:

• Digitalización de los sistemas de seguridad en las estaciones (como análisis inteligente de vídeos, ciberseguridad y control del fraude)

• Sistema de información al pasajero

• Mejora del control del acceso a las estaciones

• Proyectos de máquinas de venta de billetes

• Adaptación de instalaciones

(Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2023).

20

C1.I3

Objetivo

Estaciones de Cercanías mejoradas

 

Número

20

70

Q2

2026

Al menos 70 estaciones de Cercanías mejoradas por ADIF, principalmente en términos de obras de accesibilidad y vías férreas nuevas o renovadas.

(Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2023).



B. COMPONENTE 2: Implementación de la Agenda Urbana Española: Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español tratará la rehabilitación energética del parque edificado, su descarbonización y la mejora de su calidad y comodidad. También tratará cuestiones como las viviendas de alquiler social: aumentará el parque de vivienda en alquiler social y velará por una recuperación más justa e inclusiva. Además, el componente trata de hacer frente a la pobreza energética mediante las ayudas para el alquiler de viviendas sociales o a precio asequible. Se incluyen asimismo actividades de digitalización. Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español apoya la aplicación del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima de España, que prevé la renovación de 1 200 000 edificios residenciales a más tardar en 2030 y de los sistemas de calefacción y refrigeración de una media de 300 000 edificios residenciales al año. En este contexto, España propone:

a)desarrollar y ejecutar medidas de reforma, incluida la Agenda Urbana Española, la estrategia española a largo plazo de rehabilitación energética, una Ley de Vivienda, una Ley de Calidad de la Arquitectura y del Entorno Construido y la creación de una ventanilla única para la rehabilitación de edificios;

b)rehabilitar al menos 355 000 viviendas unifamiliares como parte de al menos 510 000 actuaciones de rehabilitación, al menos 600 hectáreas de zonas urbanas, un equivalente de al menos 40 000 edificios residenciales y 690 000 m² de edificios no residenciales, al menos 26 000 edificios residenciales en municipios y zonas urbanas con menos de 5 000 habitantes y al menos 1 230 000 m² de edificios públicos a más tardar en 2026, con un ahorro medio de energía primaria de más del 30 %, en particular renovando y mejorando los sistemas de calefacción y refrigeración;

c)construir al menos 20 000 viviendas nuevas para alquiler social a precios asequibles con una demanda de energía primaria al menos un 20 % inferior a los requisitos de los edificios de consumo de energía casi nulo; y

d)ejecutar al menos 100 proyectos piloto locales que apoyen la eficiencia energética y la implementación de la Agenda Urbana Española.

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español apoya la transición ecológica (recomendación específica por país 3 de 2019) y, en particular, las mejoras de la eficiencia energética (recomendación específica por país 3 de 2020). También mejora el apoyo a las familias (recomendación específica por país 2 de 2019 y 2 de 2020) y ayuda anticipar los fondos para aplicar proyectos de inversión pública en fase avanzada y promover la inversión privada para impulsar la recuperación económica (recomendación específica por país 3 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

B.1.    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C2.R1): Implementación de la Agenda Urbana Española y su plan de acción

El objetivo de esta medida es la elaboración y aprobación de la Agenda Urbana Española, que será un documento estratégico y no normativo que integrará la sostenibilidad en las políticas de desarrollo urbano. También será un método de trabajo que guíe a todas las partes interesadas públicas y privadas para lograr un desarrollo equitativo, justo y sostenible en sus zonas concretas y servir a la Administración local, las ciudades y los pueblos, independientemente de su población, como herramienta con una perspectiva estratégica, integrada y global, tal como exigen la agenda urbana para la UE y la Nueva Carta de Leipzig.

La Agenda Urbana Española incluirá un diagnóstico de las deficiencias y las dificultades a las que se enfrentan las ciudades y pueblos españoles, con el fin de lograr un desarrollo urbano sostenible desde el punto de vista medioambiental, socialmente cohesivo y económicamente viable. Incluirá un marco estratégico estructurado en torno a los diez objetivos estratégicos siguientes: problemas demográficos; medioambientales; económicos y sociales, la situación del parque inmobiliario, su vulnerabilidad a los efectos del cambio climático, su alta dependencia del turismo y todos los riesgos relacionados con la contaminación.

La Agenda Urbana también incluirá un plan de acción específico para la Administración General del Estado e incluirá directrices para apoyar a las Entidades Locales en la elaboración de sus propios planes de acción locales de acuerdo con la metodología propuesta por la Administración General del Estado, comprometiéndose a mejorar las gobernanzas pública y público-privada. La inversión 6 complementará esta reforma apoyando la elaboración de al menos 100 planes de acción locales.

Como parte de la Agenda Urbana Española y para dar cumplimiento a la Directiva (UE) 2018/844, relativa a la eficiencia energética de los edificios y a la eficiencia energética, España establecerá una estrategia a largo plazo para apoyar la renovación de los parques nacionales de edificios residenciales y no residenciales. Comprenderá edificios privados y públicos y tiene por objetivo lograr un inmobiliario con alta eficiencia energética y descarbonizado antes de 2050, facilitando la transformación económicamente rentable de los edificios existentes en edificios de consumo de energía casi nulo.

La implementación de la medida concluirá a más tardar el 30 de junio de 2020.

Reforma 2 (C2.R2): Actualización de 2020 de la Estrategia a largo plazo para la Rehabilitación Energética en el Sector de la Edificación en España (ERESEE) y su plan de acción

El objetivo de esta medida es la implementación de la Estrategia a largo plazo para la Rehabilitación Energética en el Sector de la Edificación en España (ERESEE). Esto incluirá acciones para preparar, debatir en grupos de trabajo específicos, aprobar y difundir el documento estratégico del plan de acción de la ERESEE. El plan de acción se ajustará a las actuaciones incluidas en la ERESEE. Con el fin de implementar la ERESEE, se crearán varios grupos de trabajo con el fin de elaborar recomendaciones claras para la ejecución del plan de acción de rehabilitación y regeneración urbanas. Se publicarán informes con las recomendaciones de los grupos de trabajo.

En la parte III de la ERESEE, «Implementación», la ERESEE incluirá un conjunto de actuaciones, que supondrán un conjunto de reformas como parte de una hoja de ruta que promueva la rehabilitación y renovación urbanas y fomente las transiciones ecológica y digital. La hoja de ruta se estructurará en torno a once ejes y actuaciones destinados a mejorar la gobernanza, la normativa y la financiación. Esta hoja de ruta se incluirá en el documento estratégico como paso principal hacia la implementación de la ERESEE. Destacan especialmente:

·la rehabilitación los edificios de la Administración Pública (en consonancia con el componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español);

·las medidas de financiación aspectos susceptibles de mejora, incluidos nuevos impuestos favorables a la rehabilitación, tanto en el sector residencial como en el terciario;

·el fomento y movilización de la financiación privada;

·la lucha contra la pobreza energética;

·el despliegue de un nuevo modelo energético en el sector de la construcción para fomentar las energías renovables en los edificios;

·la activación y agregación de la demanda de rehabilitación;

·la mejora de las condiciones en el lado de la oferta impulsando la modernización del sector de la rehabilitación a través de la I+D+i, la digitalización, la supervisión, la mejor de las capacidades y la formación;

·la información a los ciudadanos y a las empresas y el intercambio de buenas prácticas entre las Administraciones; y

·el desarrollo de estadísticas e indicadores para supervisar las actuaciones financiadas con fondos públicos, de modo que puedan evaluarse adecuadamente las políticas públicas.

Este documento estratégico permitirá la implementación del ERESE, en el marco de la Agenda Urbana española, integrando las distintas Administraciones (central, regional y local).

La implementación de la medida concluirá a más tardar el 30 de junio de 2023.

Reforma 2 (C2.R3): Ley de Vivienda

El objetivo de esta medida es introducir, a través de la Ley de la Vivienda, una regulación pionera en España de los distintos instrumentos públicos de planificación, programación y colaboración existentes para apoyar el derecho a una vivienda digna y adecuada. Tratará la rehabilitación y mejora del parque de viviendas existente, tanto públicas como privadas, y la regeneración y renovación de los entornos residenciales en los que se encuentran, con el fin de mejorar la calidad de vida. Se propone lograr un objetivo numérico suficiente de viviendas para alquilar a precios asequibles.

La Ley regulará diversos instrumentos de planificación, programación y colaboración para garantizar el cumplimiento del derecho a una vivienda digna y adecuada e incluirá, como una de sus prioridades, la rehabilitación y mejora del parque de viviendas existente, así como la regeneración y renovación de los entornos residenciales en los que se encuentran.

Además, fomentará un aumento de la oferta de viviendas asequibles y sociales velando por el cumplimiento de los requisitos actualmente establecidos para los edificios de consumo de energía casi nulo de acuerdo con el Documento Básico de Ahorro de Energía (DB-HE) del Código Técnico de la Edificación e impedirá que se adopten medidas que puedan obstaculizar la oferta de vivienda a medio plazo.

La ejecución de la reforma estará terminada a más tardar el 30 de septiembre de 2022.

Reforma 3 (C2.R4): Ley de Calidad de la Arquitectura y del entorno construido y nueva estrategia nacional de arquitectura

El objetivo de esta Ley es declarar la calidad de la arquitectura y los edificios como bien de interés general para la mejora de la calidad de vida, fomentar las raíces sociales de la arquitectura, promover el desarrollo sostenible de las zonas urbanas y los núcleos urbanos, contribuir al desarrollo económico y social y salvaguardar el patrimonio cultural y natural.

Para ello, articulará diversas iniciativas y actuaciones estrechamente relacionadas con los programas de rehabilitación y regeneración de este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español. En particular, dispondrá: i) medidas de cooperación interadministrativa en el ámbito de la contratación pública de proyectos y obras de arquitectura, ingeniería y urbanismo; ii) herramientas para difundir buenas prácticas y formación, prestar ayuda y propiciar asociaciones público-privadas; y iii) el fomento de la rehabilitación desde una perspectiva integral, como la descrita anteriormente.

La ejecución de la reforma estará terminada a más tardar el 30 de septiembre de 2022.

Reforma 4 (C2.R5): Oficinas de Rehabilitación («ventanilla única»)

El objetivo de esta medida es promover y ampliar las oficinas locales de rehabilitación establecidas en algunos municipios para acompañar a los hogares y las comunidades de propietarios en el proceso sumamente complejo de rehabilitar un edificio residencial.

A tal fin, esta medida seguirá fomentando y extendiendo este enfoque mediante el establecimiento de un proceso que garantice una colaboración y cooperación eficaces entre las Administraciones central, regionales y locales. Para ello se reforzará la coordinación de todas las ayudas públicas (a nivel central, regional o local). Todos los niveles de la Administración participarán en estas ventanillas únicas para maximizar la eficacia de las actuaciones de rehabilitación.

La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 30 de septiembre de 2021.

Reforma 5 (C2.R6): Mejora de la financiación de las actuaciones de rehabilitación

El objetivo de esta medida es solucionar uno de los principales impedimentos al inicio de las actuaciones de rehabilitación, a saber, el acceso a la financiación en condiciones favorables. Para obtener la aprobación de un préstamo de renovación es necesario, en ocasiones, conceder un préstamo personal a cada uno de los propietarios de un edificio. Esto ha supuesto un obstáculo para la rehabilitación integral y completa de los edificios.

Para tratar esta cuestión, la medida:

·establece una nueva línea de garantía ICO para cubrir parcialmente el riesgo de los préstamos concedidos por entidades financieras privadas para la rehabilitación de edificios residenciales;

·promueve la adopción de disposiciones normativas específicas, incluida la reforma de la Ley sobre propiedad horizontal, para mejorar el acceso de las comunidades de propietarios a la financiación; y

·fomentar la implantación de la financiación ecológica por parte de las entidades financieras.

La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 30 de septiembre de 2022.

Inversión 1 (C2.I1): Programas de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales

El objetivo de esta medida es apoyar las renovaciones de eficiencia energética en edificios residenciales y barrios. En el marco de esta medida se ejecutarán al menos 510 000 acciones de renovación en al menos 355 000 viviendas únicas, con una reducción media de la demanda de energía primaria de al menos el 30 %, que se acreditará mediante certificados de eficiencia energética. Se apoyarán las actuaciones siguientes:

a)Un programa de apoyo a las renovaciones energéticas en los barrios, mediante la concesión de subvenciones y otras ayudas; la media será de 20 000 EUR por vivienda. El programa renovará al menos 600 hectáreas de suelo urbano, con una reducción media de la demanda de energía primaria de al menos el 30 %, que se acreditará mediante certificados de eficiencia energética. Se incluyen actuaciones como la mejora de la eficiencia energética, el despliegue de infraestructuras para la movilidad eléctrica, la mejora de la accesibilidad de los edificios y la eliminación de sustancias peligrosas. Un máximo del 15 % de la medida se dedicará a mejoras en los barrios, como la mejora de la iluminación exterior, los carriles para bicicletas, las infraestructuras verdes y el alcantarillado, teniendo en cuenta las características socioeconómicas del barrio.

b)Un programa de apoyo a las renovaciones energéticas en los edificios residenciales, mediante la concesión de subvenciones; la media será de 15 000 EUR por vivienda. La ayuda será mayor para los hogares con renta baja y para las actuaciones en las que la reducción de la demanda de energía primaria sea mayor. Se incluyen actuaciones como la mejora de la eficiencia energética, el despliegue de infraestructuras para la movilidad eléctrica, la mejora de la accesibilidad de los edificios y la eliminación de sustancias peligrosas.

c)Un conjunto de actuaciones tratará los incentivos para la renovación energética. Integran estas, entre otras actuaciones, i) la posibilidad de deducirse del IRPF las renovaciones si se logra una reducción de la demanda de energía primaria de al menos el 30 %, y ii) la mejora del marco de financiación mediante el fomento de asociaciones público-privadas.

Mediante Real Decreto se establecerán los requisitos técnicos para garantizar el cumplimiento de la reducción media del 30 % de la demanda de energía primaria. Las modificaciones del IRPF se aprobarán mediante Real Decreto-ley y tendrán por objeto definir los incentivos fiscales para las renovaciones de edificios con el fin de mejorar la eficiencia energética.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 2 (C2.I2): Programa de construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes

El objetivo de esta medida es construir al menos 20 000 viviendas nuevas para alquiler social o a precio asequible que cumplan los criterios de eficiencia energética. Estas se construirán, en particular, en zonas en las que la vivienda social es actualmente insuficiente y en predios de dominio público.

La demanda de energía primaria de las viviendas sociales será como mínimo un 20 % inferior a los requisitos de los edificios de consumo de energía casi nulo. A tal efecto, mediante Real Decreto se establecerán los requisitos técnicos para limitar el valor de la demanda de energía primaria al 80 % del límite establecido en el apartado HE 0 del Documento Básico de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 3 (C2.I3): Programa de rehabilitación energética de edificios (PREE)

El objetivo de esta medida es apoyar la rehabilitación energética del equivalente a un mínimo de 40 000 edificios residenciales y 690 000 m² de edificios no residenciales, mediante mejoras de la eficiencia energética y la incorporación de las energías renovables. El programa solo apoya las energías renovables, excluidos los combustibles fósiles, proporciona una mayor ayuda a las comunidades de energía y permite la prefinanciación de las actuaciones de renovación. Las actuaciones específicas abarcan la mejora de la eficiencia energética mediante el aislamiento térmico, el uso de energías renovables en los sistemas de calefacción y refrigeración y la mejora del sistema de iluminación. Se prevé un criterio de admisibilidad: debe lograrse una reducción media de la demanda de energía primaria de al menos el 30 %, que se acreditará mediante certificados de eficiencia energética.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 4 (C2.I4): Programa de regeneración y reto demográfico

El objetivo de esta medida es apoyar la renovación de edificios en municipios y zonas urbanas con menos de 5 000 habitantes. Entre las actuaciones figuran la mejora de la eficiencia energética de los edificios, los equipos e infraestructuras públicos, la generación y el consumo de energías renovables, el autoconsumo y las comunidades locales de energía de propietarios, y la movilidad sostenible (como las estaciones de recarga eléctrica). Se llevarán a cabo dos tipos de actuaciones:

a)En lo que respecta a la eficiencia energética, se llevarán a cabo al menos 26 000 renovaciones energéticas en edificios residenciales, con una reducción media de la demanda de energía primaria de al menos el 30 %, que se acreditará mediante certificados de eficiencia energética.

b)Al menos 250 proyectos singulares de energía limpia se ejecutarán mediante licitaciones o inversiones de las Entidades Locales en los ámbitos siguientes: i) instalación de electricidad o calefacción y refrigeración renovables en edificios o infraestructuras públicos (incluido al menos un 80 % de autoconsumo); ii) renovaciones energéticas de edificios o infraestructuras públicos (con un ahorro de energía primaria de al menos el 30 %, acreditada mediante certificados de eficiencia energética); iii) movilidad sostenible (proyectos de cambio modal o electromovilidad); iv) reducción de la contaminación lumínica mediante la mejora de la iluminación pública; y v) comunidad local de energía u otros proyectos dirigidos por las comunidades locales en estos municipios.

A tal fin, se publicarán en el BOE las bases y la convocatoria de ayudas a la inversión extendidas a las Entidades Locales.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 5 (C2.I5): Programa de impulso a la rehabilitación de edificios públicos (PIREP)

El objetivo de esta medida es apoyar las renovaciones energéticas de edificios públicos y, en particular, en la Administración Pública, la educación, la asistencia social, el deporte, la salud, la cultura y los servicios públicos. Se rehabilitarán al menos 1 230 000 m² de edificios públicos, con una reducción media de la demanda de energía primaria de al menos el 30 %, que se acreditará mediante certificados de eficiencia energética. La medida apoya: i) mejoras en el uso del agua, los materiales, la gestión de residuos y la adaptación al cambio climático; ii) mejoras en la accesibilidad de los edificios; iii) la eliminación de sustancias peligrosas y la mejora de la calidad del aire en interiores; y iv) la conservación de edificios.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 6 (C2.I6): Programa de ayudas para la elaboración de proyectos piloto de planes de acción local de la Agenda Urbana Española

El objetivo de esta medida es apoyar a las Entidades Locales a logar los diez objetivos estratégicos de la Agenda Urbana Española mediante la aprobación de al menos 100 planes de acción locales. Los diez objetivos estratégicos de la Agenda Urbana Española son los siguientes: i) planificar el uso del suelo y usarlo de forma más racional, conservarlo y protegerlo; ii) evitar la expansión urbana y revitalizar las ciudades existentes; iii) prevenir y reducir los efectos del cambio climático y la resiliencia; iv) utilizar de forma sostenible los recursos y fomentar la economía circular; v) fomentar la proximidad y la movilidad sostenible; vi) fomentar la cohesión social y la igualdad; vii) fomentar y promocionar la economía urbana; viii) garantizar el acceso a la vivienda; ix) liderar y promover la innovación digital; y x) mejorar los instrumentos de participación y gobernanza.

La medida: i) servirá de paradigma y guía para otras Entidades Locales a la hora de elaborar sus propios planes de acción; ii) ejecutar la Agenda Urbana Española con planes de acción a nivel local; y iii) ejecutar proyectos concretos como parte de los planes de acción locales para poner de relieve el potencial de la Agenda Urbana Española. La ayuda se concede mediante licitación, dirigida, en particular, a proyectos transversales e integrados con una visión estratégica, y a través de un modelo de gobernanza que garantice la mayor participación posible.

Las inversiones de esta medida estarán terminadas a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

B.2.    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha que se tiene en cuenta para el valor de referencia de todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, salvo que se indique otra cosa en la descripción de la actuación. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito / Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

21

C2.R1

Hito

Entrada en vigor de la Agenda Urbana Española y de la Estrategia a largo plazo para la Rehabilitación Energética en el Sector de la Edificación en España.

Publicación en el BOE.

 

 

 

Q2

2020

Entrada en vigor de la Agenda Urbana Española, como política urbana nacional que garantizará una planificación estratégica integrada y global de las ciudades y los pueblos, y la actualización de 2020 de la Estrategia a largo plazo para la Rehabilitación Energética en el Sector de la Edificación en España (ERESEE). El objetivo de la ERESEE es hacer un diagnóstico del parque inmobiliario en España y eliminar obstáculos y generar nuevos enfoques para impulsar la renovación de edificios, fomentar la inversión en el sector, aumentar el ahorro energético y reducir las emisiones de carbono en consonancia con los objetivos climáticos.

21bis

C2.R2

Hito

Publicación de recomendaciones de los grupos de trabajo para la implementación de la ERESEE.

Publicación de las recomendaciones de los grupos de trabajo.

Q2

2023

Publicación de recomendaciones pormenorizadas de los grupos de trabajo para implementar la actualización de 2020 de la ERESEE. El objetivo de la ERESEE es hacer un diagnóstico del parque inmobiliario en España y eliminar obstáculos y generar nuevos enfoques para impulsar la renovación de edificios, fomentar la inversión en el sector, aumentar el ahorro energético y reducir las emisiones de carbono en consonancia con los objetivos climáticos. Con el fin de implementar la ERESEE, se crearán varios grupos de trabajo con el fin de elaborar recomendaciones claras para la ejecución del plan de acción de rehabilitación y regeneración urbanas. Las recomendaciones pormenorizadas incluirán una hoja de ruta y guías metodológicas para cada medida que deba realizarse, dirigidas a todos los interlocutores implicados (Administración pública, partes interesadas, etc.).

22

C2.R3

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Vivienda, incluidas acciones de apoyo al aumento de la oferta de viviendas que cumplan los requisitos de los edificios de consumo de energía casi nulo.

Disposición de la Ley de Vivienda por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q3

2022

La Ley de Vivienda regulará diversos instrumentos de planificación, programación y colaboración para garantizar el cumplimiento efectivo del derecho a una vivienda digna y adecuada e incluirá, como una de sus prioridades, la rehabilitación y mejora del parque de viviendas existente, así como la regeneración y renovación de los entornos residenciales en los que se encuentran. Fomentará un aumento de la oferta de viviendas asequibles y sociales velando por el cumplimiento de los requisitos actualmente establecidos para los edificios de consumo de energía casi nulo de acuerdo con el Documento Básico de Ahorro de Energía (DB-HE) del Código Técnico de la Edificación.

23

C2.R4

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Calidad de la Arquitectura y del entorno construido.

Disposición de la Ley de Calidad de la Arquitectura y del entorno construido por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q3

2022

Promulgación de la Ley de Calidad de la Arquitectura y del entorno construido, incluido un enfoque integrado de la rehabilitación que impulsará el crecimiento del parque de edificios de consumo de energía casi nulo, no solo de edificios nuevos, sino también de edificios existentes. La Ley establecerá el principio de calidad de la arquitectura y el entorno construido, estableciendo la sostenibilidad medioambiental y la contribución a la consecución de los objetivos de eficiencia energética como uno de los criterios clave de evaluación, y orientando la necesaria rehabilitación del parque hacia un enfoque integrado de la rehabilitación.

24

C2.R5

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto sobre Oficinas de Rehabilitación («ventanillas únicas»)

Disposición del Real Decreto sobre Oficinas de Rehabilitación («ventanillas únicas») por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q3

2021

Promulgación de un Real Decreto por el que se establezca el ámbito de competencia de las oficinas de rehabilitación («ventanillas únicas») y su financiación. Se celebrará la Conferencia Sectorial de Vivienda y se completará la fase de información al público y demás procedimientos legales antes de la ultimación del Real Decreto.

25

C2.R6

Hito

Entrada en vigor de las modificaciones de la Ley sobre propiedad horizontal para facilitar la financiación de la rehabilitación.

Disposición de la Ley sobre propiedad horizontal por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q3

2022

Modificaciones de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, con el fin de promover la realización de reformas y mejoras en los edificios por parte de las comunidades de propietarios, así como el acceso a la financiación. El objetivo de la modificación es facilitar la toma de decisiones por parte de las comunidades de propietarios para llevar a cabo obras de renovación de edificios que contribuyan a mejorar la eficiencia energética y facilitar el acceso a la financiación bancaria.

26

C2.I1

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto del marco normativo de la ejecución del programa de renovación y del Real Decreto-ley que regule los incentivos en el IRPF para apoyar el programa.

Disposición del Real Decreto y del Real Decreto-ley («ventanillas únicas») por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q3

2021

Promulgación de un Real Decreto sobre el marco normativo de la ejecución del programa de renovación y un Real Decreto-ley que regule los incentivos en el IRPF para apoyar el programa. El Real Decreto que fije el marco normativo establecerá los requisitos técnicos para garantizar el cumplimiento de la reducción media del 30 % del consumo de energía primaria no renovable. Se celebrará la Conferencia Sectorial de Vivienda y se completará la fase de información al público y demás procedimientos legales antes de la ultimación del Real Decreto.

27

C2.I1

Objetivo

Finalización de las actuaciones de renovación de viviendas, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (al menos 231 000 actuaciones en al menos 160 000 viviendas únicas).

 

Número

0

231 000

Q4

2023

Al menos 231 000 actuaciones de renovación de viviendas completadas en al menos 160 000 viviendas únicas, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (acumulada). A efectos de este indicador, el concepto de vivienda será compatible con la definición de Eurostat («Una vivienda es una habitación o conjunto de habitaciones —incluidos sus accesos, vestíbulos y pasillos— en un edificio permanente o una parte estructuralmente separada de un edificio que, por el modo en que se ha construido, reconstruido o transformado, está destinada a ser usada como vivienda por una familia durante todo el año») y puede incluir, en su caso, viviendas sociales o públicas. Los indicadores de mejora de la eficiencia energética utilizados se acreditarán mediante el correspondiente certificado de eficiencia energética en el marco de la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios. El número de actuaciones de rehabilitación de viviendas será la suma de todas las actuaciones de mejora y rehabilitación (dentro de los barrios delimitados, ya sea en el edificio o en una vivienda) llevadas a cabo mediante la aplicación de una de las líneas de ayuda (rehabilitación completa o solo parte de la construcción) o de incentivos fiscales. El porcentaje medio de ahorro del consumo de energía primaria no renovable a efectos del cumplimiento del mínimo del 30 % se calculará ponderando el conjunto de actuaciones de rehabilitación por el importe de ayuda o financiación desembolsado en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este indicador incluye las actuaciones de mejora y rehabilitación en todos los municipios, independientemente de su tamaño. Para justificar el ahorro energético, se exigen certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas, que luego se agregan para calcular el ahorro energético medio.

28

C2.I1

Objetivo

Hectáreas en zonas o barrios renovadas, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria.

 

Número (en hectáreas)

0

600

Q2

2026

Al menos 600 hectáreas en zonas o barrios renovadas. Esta cifra incluye la superficie de los distritos o zonas urbanos que han sido objeto de actuaciones derivadas de acuerdos en el marco del programa. Las actuaciones se llevarán a cabo disponiendo requisitos técnicos para garantizar el cumplimiento de la reducción media del 30 % del consumo de energía primaria no renovable en la renovación de los edificios. Para justificar el ahorro energético, se exigen certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas, que luego se agregan para calcular el ahorro energético medio.

29

C2.I1

Objetivo

Finalización de las actuaciones de renovación de viviendas, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (al menos 510 000 actuaciones en al menos 355 000 viviendas únicas).

 

Número

231 000

510 000

Q2

2026

Al menos 510 000 actuaciones de renovación de viviendas completadas en al menos 355 000 viviendas únicas, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (acumulada). A efectos de este indicador, el concepto de vivienda será compatible con la definición de Eurostat («Una vivienda es una habitación o conjunto de habitaciones —incluidos sus accesos, vestíbulos y pasillos— en un edificio permanente o una parte estructuralmente separada de un edificio que, por el modo en que se ha construido, reconstruido o transformado, está destinada a ser usada como vivienda por una familia durante todo el año») y puede incluir, en su caso, viviendas sociales o públicas. Los indicadores de mejora de la eficiencia energética utilizados se acreditarán mediante el correspondiente certificado de eficiencia energética en el marco de la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios. El número de actuaciones de rehabilitación de viviendas será la suma de todas las actuaciones de mejora y rehabilitación (dentro de los barrios delimitados, ya sea en el edificio o en una vivienda) llevadas a cabo mediante la aplicación de una de las líneas de ayuda (rehabilitación completa o solo parte de la construcción) o de incentivos fiscales. El porcentaje medio de ahorro del consumo de energía primaria no renovable a efectos del cumplimiento del mínimo del 30 % se calculará ponderando el conjunto de actuaciones de rehabilitación por el importe de ayuda o financiación desembolsado en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este indicador incluye las actuaciones de mejora y rehabilitación en todos los municipios, independientemente de su tamaño. Para justificar el ahorro energético, se exigen certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas, que luego se agregan para calcular el ahorro energético medio. (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2023).

30

C2.I2

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto del marco regulador para la ejecución del programa de viviendas de alquiler social energéticamente eficientes que cumplan los criterios de eficiencia energética.

Disposición del Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q3

2021

Promulgación del Real Decreto del marco regulador para la ejecución del programa de viviendas de alquiler social energéticamente eficientes que cumplan los criterios de eficiencia energética. El Real Decreto establecerá los requisitos técnicos para garantizar que en la construcción de edificios se logra una demanda de energía primaria al menos un 20 % inferior al requisito de los edificios de consumo de energía casi nulo con arreglo a las directrices nacionales. A tal efecto, un requisito será limitar el valor del consumo de energía primaria no renovable al 80 % del límite establecido en el apartado HE 0 del Documento Básico de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación. Se celebrará la Conferencia Sectorial de Vivienda y se completará la fase de información al público y demás procedimientos legales antes de la ultimación del Real Decreto.

31

C2.I2

Objetivo

Nuevas viviendas construidas para alquiler social o a precios asequibles que cumplan los criterios de eficiencia energética.

 

Número

0

20 000

Q2

2026

Al menos 20 000 viviendas construidas para alquiler social o a precios asequibles que cumplan los criterios de eficiencia energética. Esta cifra corresponde al número de viviendas cuya construcción deberá completarse y ofrecerá alquiler social a precios asequibles, lo que se acreditará por un certificado o acta de finalización y utilización de las viviendas por parte de la autoridad competente. Además, el cumplimiento del requisito de limitar el valor del consumo de energía primaria no renovable al 80 % del límite establecido en el apartado HE 0 del Documento Básico de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación se asegurará con un certificado de eficiencia energética.

32

C2.I3

Hito

Adjudicación de renovaciones de viviendas y edificios no residenciales, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria.

Suma de las decisiones de concesión de las Comunidades Autónomas.

 

 

 

Q4

2023

Un equivalente de al menos 40 000 renovaciones de viviendas y 690 000 m² de edificios no residenciales adjudicados, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. La equivalencia se definirá en relación con el ahorro energético medio respectivo por m² de cada tipo de intervención. A efectos de este indicador, el concepto de vivienda será compatible con la definición de Eurostat («Una vivienda es una habitación o conjunto de habitaciones —incluidos sus accesos, vestíbulos y pasillos— en un edificio permanente o una parte estructuralmente separada de un edificio que, por el modo en que se ha construido, reconstruido o transformado, está destinada a ser usada como vivienda por una familia durante todo el año») y puede incluir, en su caso, viviendas sociales o públicas. Los indicadores de mejora de la eficiencia energética utilizados se acreditarán mediante el correspondiente certificado de eficiencia energética en el marco de la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios.

33

C2.I3

Hito

Finalización de las renovaciones de viviendas y edificios no residenciales, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria.

Suma de los certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas.

 

 

 

Q2

2026

Un equivalente de al menos 40 000 de viviendas y 690 000 m² de edificios no residenciales renovados, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. La equivalencia se definirá en relación con el ahorro energético medio respectivo por m² de cada tipo de intervención. A efectos de este indicador, el concepto de vivienda será compatible con la definición de Eurostat («Una vivienda es una habitación o conjunto de habitaciones —incluidos sus accesos, vestíbulos y pasillos— en un edificio permanente o una parte estructuralmente separada de un edificio que, por el modo en que se ha construido, reconstruido o transformado, está destinada a ser usada como vivienda por una familia durante todo el año») y puede incluir, en su caso, viviendas sociales o públicas. Los indicadores de mejora de la eficiencia energética utilizados se acreditarán mediante el correspondiente certificado de eficiencia energética en el marco de la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios. Para justificar el ahorro energético, se exigen certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas, que luego se agregan para calcular el ahorro energético medio.

34

C2.I4

Objetivo

Finalización de la renovación de viviendas en municipios con menos de 5 000 habitantes, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria.

 

Número

0

26 000

Q2

2026

Al menos 26 000 viviendas renovadas en municipios con menos de 5 000 habitantes, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. Para justificar el ahorro energético, se exigen certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas, que luego se agregan para calcular el ahorro energético medio.

35

C2.I4

Objetivo

Proyectos de energía limpia en municipios con menos de 5 000 habitantes.

 

Número

0

250

Q2

2026

Al menos 250 proyectos singulares locales de energía limpia completados en municipios con menos de 5 000 habitantes. Características: Se incluyen proyectos adjudicados en licitaciones o inversiones por las Entidades Locales en uno o varios de los siguientes.

- Instalación de electricidad o calefacción y refrigeración renovables en edificios o infraestructuras públicos (incluido al menos un 80 % de autoconsumo). Puede incluir la calefacción/refrigeración por barrio.

- Renovaciones energéticas de edificios o infraestructuras públicos (con un ahorro de energía primaria de al menos el 30 %).

- Movilidad sostenible (proyectos de cambio modal o electromovilidad).

- Reducción de la contaminación lumínica mediante la mejora de la iluminación pública.

- Comunidad local de energía u otros proyectos dirigidos por las comunidades locales en estos municipios.

36

C2.I5

Objetivo

Finalización de las renovaciones de edificios públicos, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (al menos 290 000 m²).

 

Número (en metros cuadrados)

0

290 000

Q4

2024

Al menos 290 000 m² (acumulados) de edificios públicos renovados, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. Los certificados finales de obra o las actas de recepción de obra (Comunidades Autónomas) o la documentación justificativa de cada municipio destinatario, tal y como se establece en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, serán verificados al finalizar la obra. Para justificar el ahorro energético, se exigen certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas, que luego se agregan para calcular el ahorro energético medio.

37

C2.I5

Objetivo

Finalización de las renovaciones de edificios públicos, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (al menos 1 230 000 m²).

 

Número (en metros cuadrados)

290 000

1 230 000

Q2

2026

Al menos 1 230 000 m² (acumulados) de edificios públicos renovados, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. Los certificados finales de obra o las actas de recepción de obra (Comunidades Autónomas) o la documentación justificativa de cada municipio destinatario, tal y como se establece en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, serán verificados al finalizar la obra. Para justificar el ahorro energético, se exigen certificados de eficiencia energética de las obras finalizadas, que luego se agregan para calcular el ahorro energético medio. (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2024).

38

C2.I6

Objetivo

Planes de acción en el marco de la Agenda Urbana Española.

 

Número

0

100

Q4

2022

Al menos 100 municipios habrán aprobado su plan de acción local (estrategia urbana) y adoptado los criterios establecidos en la Agenda Urbana Española, inclusive una evaluación y ejes de actuación de acuerdo con sus diez objetivos estratégicos.

C. COMPONENTE 3: Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español mejorará la sostenibilidad, la competitividad y la resiliencia de los sectores agroalimentario y pesquero desde el punto de vista económico, medioambiental y social. Para alcanzar este objetivo, las inversiones y reformas de este componente se centran en los elementos siguientes:

a)mejorar la eficiencia y la sostenibilidad del regadío;

b)impulsar la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería;

c)adoptar una estrategia para fomentar la digitalización del sector agroalimentario y del medio rural en su conjunto; y

d)impulsar la sostenibilidad, la investigación, la innovación y la digitalización del sector pesquero.

El componente da repuesta a las recomendaciones específicas para España relativas al fomento de las inversiones en innovación y eficiencia energética (recomendación específica por país 3 de 2019), a la mejora del acceso al aprendizaje digital (recomendación específica por país 2 de 2020) y al fomento de la inversión pública y privada y de la transición ecológica (recomendación específica por país 3 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

C.1.    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C3.R1): Modificación de la normativa reguladora de las relaciones comerciales en la cadena alimentaria, incluida la Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria

El objetivo de esta medida es mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria modificando la ley estatal que regula las relaciones comerciales en la cadena alimentaria (Ley 12/2013); se transpone la Directiva (UE) 2019/633 y se va aún más allá. Esta medida abarcará como mínimo:

a)la ampliación del ámbito de aplicación de la Ley mediante la inclusión de: i) las relaciones comerciales tanto con los Estados miembros como con terceros países siempre que un operador esté ubicado en España y ii) las materias primas y otros productos contemplados en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

b)la ampliación del contenido mínimo de los contratos alimentarios mediante la inclusión de: i) sanciones contractuales, ii) excepciones por motivos de fuerza mayor y iii) una referencia a la solicitud de mediación de las partes implicadas en caso de falta de acuerdo;

c)la ampliación de la lista de prácticas comerciales desleales, como la modificación unilateral de los contratos en términos de volumen o la devolución de productos no vendidos; y

d)el reconocimiento de la Agencia de Información y Control Alimentarios como organismo responsable de establecer y desarrollar el sistema de control necesario para comprobar el cumplimiento de la normativa nacional y como punto de contacto para la cooperación entre las autoridades competentes, así como con la Comisión Europea y las Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos territoriales.    

La medida complementa: i) al Real Decreto-ley 5/2020, de 25 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, y ii) a la Ley 8/2020 de modificación de la Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2021.

Reforma 2 (C3.R2): Desarrollo y revisión del marco regulatorio en materia de sostenibilidad ambiental de la ganadería

Esta medida mejorará la sostenibilidad ambiental de la ganadería mediante el desarrollo y la revisión del marco legislativo como sigue.

a)Desarrollo del registro general de Mejores Técnicas Disponibles (MTD) para facilitar el cálculo de las emisiones gases contaminantes y de efecto invernadero en las granjas de porcino y aves, así como la inclusión de otros datos medioambientales. Posibilitará una mejor evaluación del cumplimiento por parte de los ganaderos de los compromisos en materia de emisiones de gases de efecto invernadero y de gases contaminantes.

b)Revisión gradual de la normativa de ordenación en los sectores ganaderos que establece requisitos en materia de ubicación, distancia, tamaño, condiciones sanitarias e infraestructuras de bioseguridad, medioambientales y de bienestar animal en las granjas en los sectores que ya cuenta con ella (porcino), así como el establecimiento de un nuevo marco regulatorio en sectores (avicultura) que por el momento no contaban con dicha regulación. Establecerá compromisos sectoriales individuales de reducción de emisiones, fijando requisitos en función de su contribución a la generación de gases contaminantes, con arreglo al principio de proporcionalidad.

La medida incluye disposiciones normativas, que se publicarán a más tardar a finales de 2022. También prevé que el registro general de MTD está operativo para las granjas de porcino y aves a más tardar el 31 de diciembre de 2023. La aplicación de la normativa de ordenación modificada se llevará a cabo progresivamente en un plazo aproximado de dos años a partir de su publicación.

La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Reforma 3 (C3.R3): Marco legislativo sobre la nutrición sostenible en los suelos agrícolas. Normativa sobre contaminación de origen agrario

El objetivo de esta medida es regular la fertilización agraria para poder abordar de forma coherente las diferentes fuentes de aporte de nutrientes a los suelos agrícolas. Además, proporcionará asesoramiento técnico a los agricultores para ayudarles a cumplir los requisitos legales y racionalizar la fertilización. En particular: i) hará frente al cambio climático; ii) reducirá la contaminación de aguas por nitratos y fosfatos de origen agrario; y iii) mejorará la calidad del aire.

El marco legislativo propuesto está ligado a otro instrumento legal: el proyecto de Real Decreto sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias (que sustituirá al Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero). También está relacionado con la elaboración de un plan de acción para prevenir, corregir y reducir la contaminación difusa producida por nitratos, especialmente los procedentes de fuentes agrarias. Este Real Decreto incorporará al ordenamiento nacional la Directiva 91/676/CEE, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos de origen agrícola, impondrá objetivos más ambiciosos que la Directiva sobre los Nitratos y aumentará la convergencia con los objetivos de planificación hidrológica de la Directiva marco sobre el agua.

La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de marzo de 2023.

Reforma 4 (C3.R4): Impulso a la gobernanza y a la sostenibilidad de las inversiones en los regadíos españoles

El objetivo de esta medida es establecer un mecanismo de gobernanza a nivel nacional que permita a todos los sectores y autoridades públicas afectados cooperar en todos los aspectos relacionados con el regadío, como la sostenibilidad medioambiental, los criterios de ejecución y los aspectos relacionados con toda la normativa que le es de aplicación. La medida creará un observatorio de la sostenibilidad del regadío en España que proporcione datos sobre el impacto del regadío a nivel económico, social y ambiental sobre el territorio.

La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Reforma 5 (C3.R5): Ejecución del II Plan de Acción de la Estrategia de digitalización del sector agroalimentario y del medio rural

Esta medida tiene por objeto dar continuidad a la implementación de la Estrategia española de digitalización del sector agroalimentario y del medio rural, adoptada por el Gobierno de España en marzo de 2019. La medida establecerá un segundo plan de acción que dan respuesta a los tres objetivos estratégicos de la estrategia: i) reducción de la brecha digital; ii) fomento del uso de datos; e iii) impulso al desarrollo empresarial y nuevos modelos de negocio.

La medida continuará apoyando la adopción e incorporación de procesos y habilidades digitales en la actividad económica vinculada al medio rural y en todo su tejido social. La medida diseñará, elaborará y ejecutará el segundo plan de acción de la Estrategia de digitalización del sector agroalimentario y del medio rural.

La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Reforma 6 (C3.R6): Revisión del marco normativo nacional para la regulación de la pesca sostenible

Los objetivos de la medida son los siguientes: i) impulsar que la sostenibilidad económica y social sea también un integrante de peso en la gestión pesquera; ii) garantizar y lograr una mayor seguridad jurídica para todos los agentes del sector pesquero; y iii) asegurar una mayor transparencia, modernización y digitalización en la gestión pesquera en su conjunto. La medida tendrá en cuenta los objetivos de las grandes políticas y retos de la UE como la reforma de la Política Pesquera Común, la Estrategia de Biodiversidad 2030, Estrategias Marinas o los ODS entre otros.

Para alcanzar estos objetivos, la medida deberá lograr lo siguiente:

a)revisión de la actual Ley de Pesca para adaptarla a los nuevos criterios de sostenibilidad y necesidades de investigación en materia pesquera;

b)actualización de la ordenación de los diferentes artes, modalidades y censos de los caladeros nacionales a través de un Real Decreto; y

c)promulgación de la Ley de modernización del control e inspección y régimen sancionador en el ámbito de la actividad pesquera.

La publicación del Real Decreto sobre la actualización de la ordenación de los diferentes artes, modalidades y censos de los caladeros nacionales está prevista para el 30 de junio de 2022.

La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Inversión 1 (C3.I1): Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos

El objetivo de esta medida es mejorar la eficiencia y sostenibilidad en regadíos a través de una serie de actuaciones seleccionadas, con el objetivo de promover el ahorro de agua y la eficiencia energética en los regadíos. Entre estas actuaciones se incluyen:

a)actuaciones de modernización, y como mínimo: i) actuaciones en zonas que sustituyan aguas superficiales y/o subterráneas por aguas no convencionales [como son las aguas regeneradas, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2020/741, y las aguas desalinizadas, de acuerdo con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1)], con motivo de la modernización; y ii) actuaciones que generen mayor ahorro de agua o consigan una mayor disminución de la demanda de agua o un mayor ahorro energético;

b)actuaciones de modernización de regadíos con impacto energético, entre otras: i) actuaciones que no necesiten energía eléctrica para su funcionamiento serán preferidas sobre las que la necesiten o haya que instalar energías renovables; y ii) actuaciones de modernización que faciliten el autoabastecimiento eléctrico contemplando el uso de energías renovables; y

c)actuaciones con inclusión de nuevas tecnologías, entre otras: i) actuaciones que permitan mayores grados de implementación de nuevas tecnologías e innovación para conseguir un riego más eficiente; y ii) actuaciones que propongan un mayor grado de intensidad en la modernización.

La ejecución de la medida correrá a cargo de la Empresa Pública SEIASA (Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias). Para ello, se redactará un Convenio entre el MAPA y SEIASA para definir claramente las condiciones en las que se llevarán a cabo las inversiones de modernización de regadíos, los criterios de selección de proyectos, los procedimientos de ejecución del plan y la lista de actuaciones a realizar. Esta lista de acciones incluirá, como mínimo:

a)la sustitución del uso de aguas subterráneas o superficiales por usos no convencionales de los recursos hídricos [aguas regeneradas o aguas desalinizadas, de acuerdo con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1)];

b)la implantación de sistemas de regulación del agua (balsas) que permitan el riego por gravedad;

c)la sustitución de acequias a cielo abierto por tuberías enterradas;

d)la construcción de estaciones de filtrado y bombeo; y

e)la instalación de contadores y sistemas de telegestión.

Se espera que esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, se producirá agua desalinizada utilizando la mejor tecnología disponible con el menor impacto ambiental en el sector. Todas las actividades de regadío se realizarán con arreglo a la Directiva marco sobre el agua, las evaluaciones de impacto ambiental necesarias se realizarán de acuerdo con las Directivas 2009/147/CE y 92/43/CEE, y se llevarán a cabo las actuaciones mitigadoras necesarias para proteger el medioambiente.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 2 (C3.I2): Plan de Impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (I): Modernización de laboratorios de salud animal y vegetal

Esta medida mejorará la seguridad alimentaria en el conjunto del sector agrícola y ganadero consiguiendo actuaciones rápidas ante brotes de enfermedades animales, zoonosis y plagas vegetales, mediante la construcción de instalaciones con nivel 3 de bioseguridad. En concreto, la medida garantizará la entrada en funcionamiento de las instalaciones siguientes:

a)el Laboratorio Central de Sanidad Animal de Santa Fe (nivel 3);

b)el Laboratorio Central de Veterinaria de Algete (nivel 3);

c)el Laboratorio Nacional de Sanidad Vegetal, en Lugo.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 3 (C3.I3): Plan de Impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (II): Refuerzo de los sistemas de capacitación y bioseguridad en viveros y centros de limpieza y desinfección

Esta medida fortalecerá la prevención y la protección frente a las enfermedades animales y las plagas de los vegetales cuya incidencia se ve incrementada por efecto del cambio climático, mejorando la capacitación y los sistemas de bioseguridad en los viveros y los centros de limpieza y desinfección. Reforzará los sistemas de bioseguridad en las instalaciones de producción de material vegetal de reproducción, que cumplen un papel fundamental para la obtención de materiales libres de plagas, con la consiguiente reducción del uso de productos fitosanitarios.

La ayuda adoptará la forma de ayuda a la inversión destinada a las explotaciones agrícolas de material vegetal de reproducción y a los centros de limpieza y desinfección de medios de transporte de animales vivos. En concreto, se prevén subvenciones para la mejora tecnológica de estas instalaciones mediante la automatización, la robotización y la instalación de nuevos sistemas de limpieza y desinfección, como la desinfección térmica.

La medida incluye el refuerzo de al menos 465 centros de limpieza y desinfección y centros de producción de material vegetal de reproducción, con un aumento de los sistemas de formación y bioseguridad.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 4 (C3.I4): Plan de Impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III): Inversiones en agricultura de precisión, eficiencia energética y economía circular en el sector agroalimentario y forestal

Esta medida promoverá la sostenibilidad y la competitividad del sector agrícola y ganadero mediante inversiones en: i) agricultura de precisión; ii) eficiencia energética; iii) economía circular; y iv) el uso de energías renovables.

Más concretamente, las inversiones se refieren a lo siguiente:

a)la implementación de nuevos sistemas de gestión de los residuos agrícolas y las deyecciones ganaderas y sus subproductos que incluyen reformas estructurales;

b)la modernización integral de invernaderos, tanto en las instalaciones como en los equipos;

c)el impulso del aprovechamiento de gases y energías renovables; y

d)la recogida de datos en tiempo real mediante sensores que posibiliten utilizar la agricultura de precisión y la tecnología 4.0 en las explotaciones agrarias, incluida la implementación de sistemas de navegación por satélite (GNSS) y geolocalización en ganadería.

La medida se ejecutará en forma de inversiones individuales o colectivas en explotaciones agrarias o empresas de servicios agrícolas. Al menos 5 000 explotaciones deberán haber completado proyectos relacionados con la agricultura de precisión, la eficiencia energética, la economía circular y el uso de energías renovables.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 5 (C3.I5): Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio Rural: Desarrollo de actuaciones para dar apoyo a la digitalización y el emprendimiento del sector agroalimentario y forestal y del medio rural

Esta medida incluirá actuaciones en el marco de la Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio Rural, adoptada por el Gobierno de España en marzo de 2019, y su segundo Plan de Acción 2021-2023. Las actuaciones incluirán:

a)una línea específica de apoyo financiero para las pymes del sector agroalimentario a fin de incentivar proyectos de empresariales innovadores y digitales, mediante la concesión de préstamos participativos;

b)un hub de innovación digital para las empresas del sector agroalimentario, que se articulará mediante un contrato interno y contratación pública mediante licitación;

c)un observatorio de la digitalización en el sector agroalimentario, a través de un convenio de colaboración entre el MAPA y la entidad colaboradora;

d)una plataforma de asesores del Sistema de Conocimiento e Información Agrícola (AKIS, por sus siglas en inglés), que funcione como una herramienta que impulse la transferencia de conocimientos e información entre los actores del AKIS, que se articulará mediante un contrato interno y contratación pública mediante licitación.

Como parte de la medida, al menos 60 pymes del sector agroalimentario ejecutarán, a más tardar a finales de 2023, proyectos empresariales innovadores y digitales que cumplirán la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) y se financiarán mediante préstamos participativos.

A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), el acuerdo jurídico entre el MAPA y la Empresa Nacional de Innovación (ENISA) y la subsiguiente política de inversión del instrumento financiero:

I.exigirán la aplicación de la Guía técnica de la Comisión en cuanto a la prueba de sostenibilidad para el Fondo InvestEU; y

II.excluirán de la subvencionabilidad la lista siguiente de actividades y activos: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 5 ; ii) las actividades y activos en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 6 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 7 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 8 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente;

III.exigirán la verificación del cumplimiento de la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente de los proyectos por parte de ENISA respecto de todas las transacciones, incluidas las exentas de la prueba de sostenibilidad.

No se apoyará ninguna actividad relacionada con la captura y el almacenamiento de carbono.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 6 (C3.I6): Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (I): Modernización de la Red de Reservas Marinas de Interés Pesquero

El objetivo de esta medida es modernizar la Red de Reservas Marinas de Interés Pesquero mediante las actuaciones siguientes:

a)la adquisición de dos embarcaciones de apoyo especializadas, para permitir el control y la vigilancia de las actividades realizadas en las reservas;

b)la implantación de la tecnología de la información y la comunicación para permitir el control y el seguimiento de las reservas, mediante la adquisición de i) al menos cuatro equipos de visión nocturna para detectar actividades no permitidas; y ii) drones con potencia suficiente para poder realizar actividades de control y seguimiento y optimizar los medios existentes;

c)la ampliación de la Red de Reservas mediante la creación de una nueva Reserva Marina; y

d)la actualización de una Reserva Marina, el Faro de Alborán, y su entorno con el objeto de facilitar el acceso y mejorar su eficiencia energética y contar con las instalaciones adecuadas (un radioenlace radar con la Península) para seguir y controlar la reserva.

La adquisición de las dos embarcaciones de apoyo especializadas y la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación para permitir el control y el seguimiento se llevarán a cabo a través de procedimientos de contratación pública.

Se espera que esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, las dos embarcaciones de apoyo especializadas utilizarán la mejor tecnología disponible con el menor impacto ambiental en el sector. La inversión relativa a la ampliación de la Red de Reservas Marinas consistirá en un estudio de espacios candidatos para poder establecer al menos una nueva Reserva Marina, que está previsto que se ejecute mediante un contrato interno. Lo mismo ocurre con las obras programadas para la actualización del Faro de Alborán y su entorno, que incluirán un estudio necesario sobre la construcción y la optimización energética.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2024.

Inversión 7 (C3.I7): Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (II): Impulso a la investigación y formación en el sector

Esta medida mejorará la cantidad y la calidad de los conocimientos científicos que informan la toma de decisiones en materia de gestión de las pesquerías. La medida comprende: i) la adquisición de al menos dos sondas acústicas para dos de los buques de investigación pesquera y oceanográfica existentes, con el fin de garantizar la calidad de los datos obtenidos para la evaluación científica de los diferentes stocks de especies pelágicas, y ii) el fomento de la investigación pesquera y acuícola para garantizar un enfoque ecosistémico en la toma de decisiones en materia de gestión de las pesquerías.

La adquisición de las dos sondas acústicas se hará por un procedimiento de contratación pública en el que la licitación se producirá por exclusividad. El impulso a la investigación pesquera y acuícola se producirá mediante la firma de convenios con Organismos Públicos de Investigación y, en su caso, a través de encargos a medios propios para la contratación de observadores a bordo, o licitación.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2022.

Inversión 8 (C3.I8): Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (III): Fomento del desarrollo tecnológico y la innovación en el sector pesquero y acuícola

El objetivo de esta medida es hacer del sector pesquero y acuícola un sector más sostenible desde el punto de vista medioambiental, económico y social mediante dos líneas de actuación:

a)la creación de partenariados público-privados para impulsar el crecimiento azul en el sector, con el fin de poner en marcha proyectos que sirvan de catalizadores de procesos de economía azul; y

b)el apoyo al desarrollo tecnológico y a la innovación en el sector

La medida prevé la finalización de al menos veinte proyectos de I+D+i para la adopción de nuevas tecnologías que favorezcan la resiliencia y la sostenibilidad del sector pesquero y acuícola.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 9 (C3.I9): Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (IV): Digitalización de los medios para la vigilancia de la flota pesquera

Esta medida tiene por objeto mejorar la vigilancia de la actividad pesquera para garantizar la sostenibilidad medioambiental y la viabilidad a medio y largo plazo del sector pesquero. La medida se divide en dos líneas de acción:

a)un plan de ayudas para la digitalización del sector pesquero y acuícola, que incluya: i) ayudas para dispositivos para el envío electrónico de las capturas y para su geolocalización, respecto de buques de menos de 12 m; y ii) ayudas para la flota pesquera española de buques mayores de 24 metros para la instalación de un sistema de vigilancia mediante cámaras para la vigilancia remota de pesquerías y la lucha contra los descartes; y

b)soluciones TIC modernas para la vigilancia pesquera, incluido: i) un sistema de registro de capturas con posibilidad de seguimiento de embarcaciones de menos de 12 metros; ii) el establecimiento de un servicio de vuelo de drones para control y vigilancia pesquera y de un sistema de Vigilancia Remota de las capturas de buques pesqueros mayores de 24 metros; y iii) un refuerzo informático de la seguridad del Sistema de Información Pesquero Español (SIPE), a través de la compra de dispositivos y de software (instalación de un segundo cortafuegos).

La digitalización del sector español pesquero y acuícola se llevará a cabo en forma de subvenciones por concurrencia competitiva, mientras que la implantación de soluciones TIC modernas para la vigilancia pesquera se llevará a cabo mediante contratación pública abierta y centralizada.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2024.

Inversión 10 (C3.I10): Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (V): Apoyo a la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada

Esta medida apoyará la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, que sigue siendo una amenaza para los ecosistemas marinos. Con este fin, la medida apoya las inversiones siguientes:

a)adquisición de cuatro patrulleras ligeras; y

b)modernización de tres patrulleros de altura que se utilizarán para luchar contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.

La medida se ejecutará a través de un procedimiento de contratación pública para la construcción de las patrulleras ligeras y a través de la modificación de un Convenio con la Armada española en el caso de las patrulleras de altura, que dará cobertura legal a la transferencia a la Armada, que gestionará las citadas obras de modernización.

Se espera que esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, la adquisición y modernización de las embarcaciones buscará solo la mejor tecnología disponible con el menor impacto ambiental en el sector.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Inversión 11 (C3.I11): Plan de impulso a la sostenibilidad, investigación, innovación y digitalización del sector pesquero (VI): Apoyo a la financiación del Sector Pesquero

Esta medida financiará proyectos de inversión en el sector pesquero mediante la concesión de un préstamo a la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA). El objetivo de la medida es crear una línea de financiación destinada a financiar proyectos relacionados con la pesca sostenible, que incluya: i) la mejora de las condiciones laborales y de seguridad de la actividad; ii) la digitalización de procesos y sistemas; iii) la mejora de la valorización y trazabilidad de sus productos; iv) la búsqueda de nuevos productos y presentaciones, incluyendo envases; y v) el impulso de la innovación, de la mejora y eficiencia energética y de la transición hacia energías de menos impacto sobre el cambio climático.

La medida se ejecuta mediante un acuerdo entre el MAPA y SAECA para apoyar la financiación de proyectos de inversión en el sector pesquero. El mecanismo se basa en un préstamo a SAECA para la creación de una línea de financiación destinada a reafianzar proyectos con actuaciones relativas a la actividad pesquera sostenible. El acuerdo incluirá una condición que garantice que las inversiones realizadas con esta financiación se ajustan a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), el acuerdo jurídico entre el MAPA y SAECA y la subsiguiente política de inversión del instrumento financiero:

I.exigirán la aplicación de la Guía técnica de la Comisión en cuanto a la prueba de sostenibilidad para el Fondo InvestEU; y

II.excluirán de la subvencionabilidad la lista siguiente de actividades y activos: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 9 ; ii) las actividades y activos en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 10 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 11 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 12 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente; y

III.exigirán la verificación del cumplimiento de la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente de los proyectos por parte de SAECA respecto de todas las transacciones, incluidas las exentas de la prueba de sostenibilidad.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2022.

C.2.    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha que se tiene en cuenta para el valor de referencia de todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, salvo que se indique otra cosa en la descripción de la actuación. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito / Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

39

C3.R1

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2020, de 25 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, y de la Ley 8/2020 de modificación de la Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

Disposición del Real Decreto-Ley 5/2020, de la Ley 8/2020 y de la Ley 12/2013 por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q4

2020

Entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2020, de 25 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, con el fin de mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria mediante la modificación de la legislación nacional que regula las relaciones comerciales en la cadena alimentaria. Los objetivos principales son garantizar que los precios de los productos alimenticios cubren los costes de producción, evitar la pérdida de valor en la cadena alimentaria y prohibir las promociones comerciales que pretendan confundir a los consumidores acerca del precio y la imagen de los productos.

Entrada en vigor de la Ley 8/2020 de modificación de la Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, para convalidar por ley el Real Decreto-ley antes mencionado.

40

C3.R1

Hito

Entrada en vigor de la segunda modificación de la Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

Disposición de la Ley 12/2013 por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q4

2021

Entrada en vigor de la segunda modificación de la Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, más allá de los requisitos mínimos de la Directiva (UE) 2019/633. Esta modificación legal promueve diferentes actuaciones para lograr una cadena de valor alimentaria más transparente y equilibrada, lo que conlleva cambios: i) el ámbito de aplicación de la Ley se extiende a las relaciones comerciales; ii) el contenido mínimo de los contratos alimentarios se amplía a prácticamente todas las transacciones.

41

C3.R2

Hito

Entrada en vigor del marco normativo para desarrollar un registro general de Mejores Técnicas Disponibles en las granjas a fin de informar sobre las emisiones de gases contaminantes y de efecto invernadero, y reformar la legislación de planificación con criterios sobre explotaciones de diferentes sectores.

Disposición del marco normativo por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q4

2022

El marco normativo del desarrollo del registro general de Mejores Técnicas Disponibles facilitará el cálculo de las emisiones gases contaminantes y de efecto invernadero en las granjas de porcino y aves, así como la anotación de otros datos medioambientales. La modificación gradual de la legislación de planificación en los sectores ganaderos regulará los requisitos de ubicación, tamaño, infraestructuras y condiciones sanitarias en las granjas, modificando los requisitos de las granjas de porcino y creando un nuevo marco normativo para el sector avícola.

42

C3.R3

Hito

Entrada en vigor del marco normativo sobre nutrición sostenible en suelos agrícolas.

Disposición del marco normativo por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q1

2023

Este marco normativo tiene por objeto regular las labores de fertilización y promover el asesoramiento técnico a los agricultores para racionalizar la fertilización y cumplir los requisitos legales.

43

C3.R4

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto sobre el mecanismo de gobernanza para mejorar el sistema de regadío español.

Disposición del Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q4

2022

El Real Decreto establecerá un mecanismo de gobernanza estatal para que los sectores afectados puedan cooperar en aspectos relacionados con el regadío español, como la sostenibilidad, los criterios de ejecución, la regulación, etc. También pretende crear un observatorio de la sostenibilidad del regadío en España.

44

C3.R5

Hito

Adopción del segundo plan de acción de la Estrategia de digitalización del sector agroalimentario y del medio rural.

Publicación en la página web del Ministerio de Agricultura.

 

 

 

Q4

2022

La medida dará continuidad a la Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio Rural con un segundo plan, con el objetivo de reducir la brecha digital, fomentar el uso de datos y promover el desarrollo empresarial y nuevos modelos de negocio.

45

C3.R6

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto de ordenación de los caladeros nacionales.

Disposición del Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q2

2022

El Real Decreto armonizará la ordenación de los diferentes artes, modalidades y censos de los caladeros nacionales, facilitando una mejor gestión empresarial y teniendo en cuenta los objetivos de las principales políticas y retos de la UE, como la reforma de la Política Pesquera Común, la Estrategia de Biodiversidad 2030, las Estrategias Marinas o los ODS, entre otros.

46

C3.I1

Objetivo

Entrada en vigor del convenio entre el MAPA y SEIASA de apoyo a la mejora y la sostenibilidad de las zonas de regadío (fase 1).

En millones EUR

0

260

Q3

2021

El convenio entre el MAPA y SEIASA (fase 1; ejecución presupuestaria de 260 000 000 EUR) aplicará las condiciones del plan de mejora de la eficiencia y sostenibilidad del regadío que se está llevando a cabo con este proyecto de inversión. Regulará, entre otros aspectos, el régimen de financiación pública/privada para de inversiones de modernización del regadío, los criterios de selección de los proyectos, los procedimientos de ejecución del plan y la lista de actuaciones que deben llevarse a cabo en relación con la ejecución del presupuesto en el marco de esta medida.

47

C3.I1

Objetivo

Implementación del convenio entre el MAPA y SEIASA de apoyo a la mejora y la sostenibilidad de las zonas de regadío (fase 2).

En millones EUR

0

303

Q4

2022

El convenio entre el MAPA y SEIASA (fase 2; ejecución presupuestaria de 303 000 000 EUR) aplicará las condiciones del plan de mejora de la eficiencia y sostenibilidad del regadío que se está llevando a cabo con este proyecto de inversión. Regulará, entre otros aspectos, el régimen de financiación pública/privada para de inversiones de modernización del regadío, los criterios de selección de los proyectos, los procedimientos de ejecución del plan y la lista de actuaciones que deben llevarse a cabo en relación con la ejecución del presupuesto en el marco de esta medida.

48

C3.I1

Objetivo

Modernización de los sistemas de regadío en términos de ahorro de agua y eficiencia energética.

Número (en hectáreas)

0

100 000

Q2

2026

Al menos 100 000 hectáreas de sistemas de regadío modernizadas en términos de ahorro de agua y eficiencia energética. La superficie modernizada con las inversiones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como la tipología de las actuaciones llevadas a cabo, se reflejarán en los convenios firmados por SEIASA con las Comunidades de Regantes afectadas y las entidades que gestionan los recursos hídricos en las Islas Canarias. Estos convenios establecerán las actuaciones específicas que deberán llevarse a cabo para garantizar el ahorro de agua y la eficiencia energética en los sistemas de regadío modernizados. Algunas de las actuaciones que se llevarán a cabo en el marco de este plan son las siguientes: i) sustitución del uso de aguas subterráneas o superficiales por usos no convencionales de los recursos hídricos [aguas regeneradas o desaladas, de acuerdo con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1)]; ii) implantación de sistemas de regulación de aguas que permitan el riego por gravedad (utilizando la diferencia de elevación para que el transporte del agua no requiera energía); iii) sustitución de energías de fuentes fósiles necesarias para los bombeos por fuentes de energía renovable (fundamentalmente fotovoltaica); iv) sustitución de acequias a cielo abierto de hormigón o tierra por tuberías enterradas; v) construcción de estaciones de filtrado y bombeo; e vi) instalación de contadores y sistemas de telegestión. A más tardar en el segundo trimestre de 2026, deben haberse modernizado al menos 100 000 hectáreas de sistemas de regadío en términos de ahorro de agua y eficiencia energética, verificables por medio de los convenios entre SEIASA y las Comunidades de Regantes.

49

C3.I2

Objetivo

Entrada en funcionamiento de dos laboratorio de salud animal, ambos con un nivel 3 de bioseguridad, y un Laboratorio Nacional de Sanidad Vegetal.

Número

0

3

Q4

2023

Las tres instalaciones son el Laboratorio Central de Sanidad Animal de Santa Fe (nivel 3), el Laboratorio Central de Veterinaria de Algete (nivel 3) y el Laboratorio Nacional de Sanidad Vegetal, en Lugo.

50

C3.I3

Objetivo

Mejora de los centros de limpieza y desinfección y de los centros de producción de material vegetal de reproducción, con un refuerzo de los sistemas de formación y bioseguridad.

Número

0

465

Q4

2023

Al menos 465 centros de limpieza y desinfección y centros de producción de material vegetal de reproducción, con un aumento de los sistemas de formación y bioseguridad. La capacitación incluye la mejora y construcción de instalaciones de limpieza y desinfección en toda España, y la bioseguridad consiste en disponer de instalaciones de limpieza y desinfección accesibles, modernas y equipadas. La limpieza y desinfección es un pilar clave de las medidas de bioseguridad, por lo que la mejora tecnológica de estas instalaciones es esencial, como la automatización, la robotización o la instalación de nuevos sistemas de limpieza y desinfección, como la desinfección térmica o la instalación de sistemas.

51

C3.I4

Objetivo

Plan de inversión para el fomento de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería.

En millones EUR

0

307

Q2

2022

Finalización del plan de inversiones para promover la sostenibilidad y la competitividad de las actividades agrícolas y ganaderas en la agricultura de precisión, la eficiencia energética y la economía circular (ejecución presupuestaria de 307 000 000 EUR). Las bases reguladoras determinarán quiénes son los beneficiarios, los requisitos que deben cumplir, el tipo de inversiones subvencionables y los criterios de admisibilidad de las inversiones en: agricultura de precisión, eficiencia energética, economía circular y uso de energías renovables.

52

C3.I4

Objetivo

Proyectos completados relacionados con la agricultura de precisión, la eficiencia energética, la economía circular y el uso de energías renovables.

Número

0

5 000

Q2

2026

Al menos 5 000 explotaciones han completado proyectos relacionados con la agricultura de precisión, la eficiencia energética, la economía circular y el uso de energías renovables. La agricultura de precisión incluye los sistemas de geolocalización y navegación por satélite (GNSS), la recogida de datos en tiempo real mediante sensores e imágenes por satélite y aerotransportadas, junto con los sistemas de información geográfica (SIG), la cartografía, la comunicación y la conectividad; la eficiencia energética incluye el acondicionamiento y aislamiento de edificios (almacenes y edificios auxiliares) y los sistemas que optimizan el control climático de los gases de efecto invernadero y el consumo energético y térmico de las explotaciones agrícolas y ganaderas; la economía circular incluye estructuras para el uso y recuperación de los restos agrícolas y subproductos del ganado; y el uso de energías renovables incluye la instalación de infraestructuras de producción de energía de múltiples fuentes renovable para apoyar las necesidades eléctricas y de energía térmica.

53

C3.I5

Objetivo

Firma de convenios entre el MAPA y ENISA.

En millones EUR

0

30

Q2

2023

Firma de tres convenios (uno al año) entre el MAPA y ENISA para apoyar la transformación digital de las pymes agroalimentarias a través de una línea de apoyo al emprendimiento innovador o basado en la tecnología en el sector agroalimentario español (ejecución presupuestaria: 30 000 000 EUR; 10 000 000 EUR cada año). Los acuerdos de colaboración entre el MAPA y ENISA establecerán las condiciones de la línea de apoyo al emprendimiento basado en la tecnología para apoyar a las pymes del sector agroalimentario que presenten proyectos empresariales innovadores y digitales, mediante la concesión de préstamos participativos, la política de inversión y los criterios de admisibilidad. Los convenios mencionados incluirán una cláusula que garantice que las inversiones realizadas con esta financiación se ajusten a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) de las operaciones subvencionadas en el marco de esta medida mediante el uso de pruebas de sostenibilidad, una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. El objetivo de esta inversión es responder a varios de los objetivos de la Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio Rural, así como de sus planes de acción.

54

C3.I5

Objetivo

Pymes agroalimentarias apoyadas para que ejecuten proyectos empresariales innovadores y digitales.

Número

0

60

Q4

2023

Préstamos para la ejecución de proyectos empresariales innovadores y digitales concedidos a al menos 60 pymes agroalimentarias. El objetivo de esta línea de ayuda es conceder préstamos participativos para fomentar que las empresas desarrollen proyectos viables e innovadores, relacionados con el comercio electrónico y la consolidación de la industria 4.0, entre otros muchos vectores de cambio en los modelos empresariales digitales de la industria alimentaria.

Se garantizará, especialmente mediante criterios de selección, que las transacciones amparadas por esta inversión que hagan las pymes gracias a los préstamos deberán cumplir la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) de las operaciones subvencionadas en el marco de esta medida mediante el uso de pruebas de sostenibilidad, una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

55

C3.I6

Hito

Adquisición de equipo TIC para las Reservas Marinas de Interés Pesquero y contratos para la adquisición de embarcaciones especializadas para las Reservas Marinas.

Publicación en la plataforma de contratación pública de la adjudicación del contrato.

 

 

 

Q4

2022

Publicación en la plataforma de contratación pública del contrato adjudicado para la adquisición de equipo TIC para las Reservas Marinas de Interés Pesquero y la adjudicación de dos contratos para la adquisición de dos embarcaciones especializadas para las Reservas Marinas. El equipo TIC para las Reservas Marinas consiste en: i) un radioenlace radar del Faro de Alborán con la Península, ii) la adquisición de al menos cuatro equipos de visión nocturna para detectar actividades no permitidas; y iii) la adquisición de drones con potencia suficiente para poder realizar actividades de control y seguimiento y optimizar los medios existentes, lo que también reducirá el impacto ambiental. Para la adquisición de una embarcación especializada para una nueva Reserva Marina, se buscará la mejor tecnología que permita el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

56

C3.I7

Hito

Convenios con Organismos Públicos de Investigación.

Firma de convenios con Organismos Públicos de Investigación.

 

 

 

Q4

2021

Firma de acuerdos con Organismos Públicos de Investigación para promover la investigación en el ámbito pesquero y acuícola, garantizando un enfoque ecosistémico en la toma de decisiones sobre gestión pesquera.

57

C3.I7

Objetivo

Adquisición de sondas acústicas para la investigación en el sector pesquero

Número

0

2

Q2

2022

Publicación en la plataforma de contratación pública del contrato adjudicado para la adquisición de dos sondas acústicas dedicadas a la investigación pesquera. El objetivo de adquirir dos sondas para dos buques de investigación pesquera ya existentes es garantizar la calidad de los datos obtenidos y, en consecuencia, favorecer las evaluaciones científicas de los diferentes stocks de especies pelágicas, lo que contribuirá a la sostenibilidad pesquera y a la toma de decisiones en materia de gestión pesquera basada en los mejores conocimientos científicos disponibles.

58

C3.I8

Objetivo

Proyectos de I+D+i para apoyar la resiliencia y la sostenibilidad del sector pesquero y acuícola.

Número

0

20

Q4

2023

Finalización de al menos veinte proyectos de I+D+i para la adopción de nuevas tecnologías que favorezcan la resiliencia y la sostenibilidad del sector pesquero y acuícola.

59

C3.I9

Hito

Refuerzo informático del SIPE y del sistema de vigilancia pesquera.

Instalación de un segundo cortafuegos.

 

 

 

Q4

2023

Refuerzo informático de la información y vigilancia pesqueras, incluida la instalación de un segundo cortafuegos para aumentar la seguridad del SIPE, siguiendo los requisitos establecidos en el sistema nacional de seguridad para lograr un nivel de seguridad alto, y la digitalización de los buques pesqueros.

60

C3.I10

Hito

Adquisición de patrulleras ligeras y patrulleros de altura para luchar contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.

Publicación en la plataforma de contratación pública de la adjudicación del contrato.

 

 

 

Q4

2022

Publicación en la plataforma de contratación pública de la adjudicación del contrato para la adquisición de cuatro nuevas patrulleras ligeras y tres nuevos patrulleros de altura que se utilizarán para luchar contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, que sigue siendo una de las mayores amenazas existentes para los ecosistemas marinos. Se buscará la mejor tecnología que permita el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

61

C3.I11

Objetivo

Financiación de proyectos de inversión en el sector pesquero.

En millones EUR

0

5

Q2

2022

Aprobación del convenio entre el MAPA y SAECA para apoyar la financiación de proyectos de inversión en el sector pesquero concediendo un préstamo de al menos 5 000 000 EUR a SAECA para la creación de una línea de financiación destinada a reafianzar proyectos con actuaciones relativas a la actividad pesquera sostenible, mejorar las condiciones de trabajo y la seguridad de la actividad, y digitalizar los procesos y sistemas. El convenio mencionado incluirá una cláusula que garantice que las transacciones apoyadas con esta inversión se ajusten a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) de las operaciones subvencionadas en el marco de esta medida mediante el uso de pruebas de sostenibilidad, una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

D. COMPONENTE 4: Ecosistemas y biodiversidad

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia abordará la vulnerabilidad de España a los efectos adversos directos e indirectos del cambio climático debido a su situación biogeográfica y geomorfológica mediante la mejora del estado de conservación de los ecosistemas mediante su restablecimiento ecológico cuando sea necesario y la inversión de la pérdida de biodiversidad, garantizando el uso sostenible de los recursos naturales y preservando y mejorando sus servicios ecosistémicos. Este componente también contribuirá a la adaptación de los ecosistemas a los efectos adversos del cambio climático mediante la adopción de medidas para minimizar sus efectos, centrándose en los incendios forestales. Se hará hincapié adicional en la protección, conservación y restauración de los ecosistemas marinos.

La ejecución de este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español permitirá i) poner en marcha la agenda azul para la mejora de los mares y su biodiversidad, ii) aumentar el número de espacios marinos protegidos, llegar a proteger el 18 % del territorio español a finales de 2025 y proteger a las especies, la fauna y la flora, e iii) implantar por primera vez en España un operativo para la gestión marina.

Además, también preservará y gestionará de forma sostenible el medio rural, sus ecosistemas, la biodiversidad y los bosques. El medio rural, donde la despoblación tiene una especial incidencia, alberga gran parte del rico patrimonio natural de España y, por lo tanto, es una fuente de riqueza local, lo que ofrece oportunidades para revertir el declive demográfico.

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español apoya la inversión en la transición ecológica y digital (recomendación específica por país 3 de 2020). También apoya una gestión adecuada de la tierra, en particular una gestión forestal, protección y restauración de la naturaleza que estén alineadas con los objetivos del Pacto Verde Europeo y la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030.

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

D.1.    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C4.R1): Conservación de la biodiversidad terrestre y marina

Esta reforma actualizará la normativa y planificación en materia de biodiversidad y patrimonio natural para dar cumplimiento a los compromisos derivados del Convenio sobre la Diversidad Biológica y de la recientemente adoptada Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030.

La actuación clave de esta reforma es la elaboración, aprobación y desarrollo del Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (previsto en la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad), que tendrá un efecto duradero en la conservación y gestión de todos los sistemas naturales españoles y en los servicios que prestan a la sociedad. La reforma incluirá también las actuaciones siguientes:

a)Adopción de la Estrategia de biodiversidad, ciencia y conocimiento, que determinará las principales lagunas de investigación y establecerá ámbitos específicos en los que sea necesaria la investigación sobre biodiversidad.

b)Adopción del Real Decreto por el que se apruebe el Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas, que promoverá una red ecológicamente coherente que contribuya a la conservación de las áreas de patrimonio natural y de la biodiversidad marina, fomentando una gestión planificada, eficaz y coherente de las áreas marinas protegidas.

c)La Estrategia Nacional para la Conservación de los Polinizadores definirá las medidas necesarias para mejorar la situación de los polinizadores. Dicha Estrategia se centrará especialmente en i) la promoción de hábitats favorables para los polinizadores; ii) la mejora de la gestión de los polinizadores y la reducción de los riesgos derivados de especies invasoras; iii) los productos fitosanitarios; y iv) el fomento de investigaciones en relación con la conservación de los polinizadores y la divulgación de los hallazgos.

d)La adopción de un Real Decreto para la actualización de las autoridades, administrativas y científicas, del Convenio CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres), que garantizará la aplicación de las medidas derivadas del Convenio CITES y que ese comercio no perjudica al estado de conservación de las especies y su supervivencia a largo plazo.

e)El Plan de Conservación y Restauración de Humedales, que garantizará la preservación y el uso racional de los humedales.

El desarrollo de estas actuaciones en el marco de esta medida contará con el apoyo directo de la inversión 1 y la inversión 2 de este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español (descritas a continuación). También complementará las otras dos reformas e inversiones descritas en este componente del Plan.

La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Reforma 2 (C4.R2): Restauración de ecosistemas e infraestructura verde

El objetivo de esta reforma es el desarrollo y la implantación de la Estrategia Estatal de Infraestructura Verde, Conectividad y Restauración Ecológica, con el objetivo de restaurar los ecosistemas dañados y consolidar una red de zonas naturales y seminaturales terrestres y marinas totalmente funcionales y conectadas en España para el año 2050.

Esta reforma incorpora siete líneas de actuación diferentes: i) reducir los efectos de la fragmentación y de la pérdida de conectividad ecológica; ii) restaurar los hábitats y ecosistemas de áreas clave; iii) mantener y mejorar la provisión de servicios de los ecosistemas de los elementos de la Infraestructura Verde; iv) mejorar la resiliencia de los elementos vinculados a la infraestructura verde; v) garantizar la coherencia territorial; vi) incorporar de forma efectiva la Infraestructura Verde; y vii) asegurar la adecuada comunicación, educación y participación de los grupos de interés y la sociedad en el desarrollo de la Infraestructura Verde.

Esta reforma cuenta también con el apoyo de la inversión 3 de este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español, que da respuesta, en particular, a las recomendaciones de la Estrategia Europea de Biodiversidad 2030 de incorporación de corredores ecológicos, de plantación de arbolado a gran escala, de progresión significativa en la rehabilitación de terrenos contaminados y la meta de conseguir que las ciudades de al menos 20 000 habitantes cuenten con un plan de ecologización urbana ambicioso. También guarda relación con la reforma 1 y la inversión 1 de este componente del Plan.

La implementación de la medida concluirá a más tardar el 30 de junio de 2021.

Reforma 3 (C4.R3): Gestión forestal sostenible

Esta reforma actualizará la Estrategia Forestal Española de 1999 junto con su Plan Forestal Español 2002-2032, desarrollando un paquete de actuaciones para impulsar el sector forestal que abarque el conjunto del bosque español: protección de especies y zonas, incendios, propiedad, evolución, situación actual y tendencias en las zonas y recursos forestales, entre otros. La reforma buscará la revitalización económica y social de las grandes zonas rurales, que se enfrentan a graves problemas de despoblación, y estará bien alineada con el Pacto Verde Europeo.

La Estrategia Forestal Española tendrá cinco ejes estratégicos de intervención:

1)Conservación y mejora del patrimonio natural, la biodiversidad y conectividad.

2)Protección, sanidad, seguridad y defensa del monte, prevención y adaptación ante riesgos naturales y ambientales.

3)Bioeconomía forestal: economía y empleo verde, movilización de recursos forestales y desarrollo socioeconómico sostenible del sector forestal

4)Desarrollo y mejora del conocimiento y la cultura forestal.

5)Modelo de gobernanza forestal: marco normativo, administrativo e instrumental de la política forestal española.

Existen dos instrumentos principales en la Estrategia Forestal Española, que son necesarios para reformar el sector forestal en su conjunto. El primero es la adopción de las Directrices Básicas de Gestión Forestal Sostenible. Estas Directrices cubrirán cuestiones como la biodiversidad, el cambio climático y la bioeconomía circular. En segundo lugar, las Orientaciones Estratégicas para la Gestión de Incendios Forestales en España, que marcarán los objetivos a seguir, definirán las principales líneas de trabajo y determinarán los estamentos de la sociedad con algún grado de responsabilidad. Estas Orientaciones Estratégicas son cruciales para controlar los incendios forestales y mejorar la posición estratégica del sector forestal en el contexto de la transición ecológica.

La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2022.

Inversión 1 (C4.I1): Digitalización y conocimiento del patrimonio natural

La inversión creará un sistema para digitalizar la gestión, el control y la vigilancia del patrimonio natural, tanto en los ámbitos terrestre y marino. Esta inversión mejorará sustancialmente el conocimiento de las especies y los hábitats, así como la información cartográfica del patrimonio natural, incluido el geológico. La inversión se centra en la adquisición de información y su gestión, en particular:

1)Un programa de mejora de conocimiento y digitalización de la gestión de la biodiversidad y patrimonio natural a nivel nacional con desarrollo de redes de seguimiento, con implantación de sensores o utilización de sistemas digitales de adquisición de información tanto fijos como móviles.

2)Desarrollo de sistemas o plataformas de gestión de la información a nivel nacional con capacidades adicionales de análisis y difusión.

Se actualizarán los sistemas de aviónica de la flota de aviones anfibios. Esta inversión mejorará la operatividad del dispositivo contra incendios con actualizaciones tecnológicas, como mejoras de las cámaras y los sensores de los aviones de coordinación y observación de incendios forestales, que harán que las aeronaves sean más seguras y eficientes en la lucha contra los incendios.

Se espera que esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, la mejora de los sistemas de aviónica de la flota de aviones anfibios se incorporará únicamente a los aviones existentes y no aumentará la vida útil o la capacidad de dichas aeronaves. Solo garantizará la seguridad y las condiciones de vuelo durante las operaciones en las que se utilicen para extinguir incendios forestales.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 2 (C4.I2): Conservación de la biodiversidad terrestre y marina

Esta inversión comprenderá un conjunto de inversiones directas y líneas de subvención para la conservación de la biodiversidad terrestre y marina. Incluirá cinco líneas de actuación, que estarán en consonancia con la reforma 1:

1)Conservación de la biodiversidad terrestre, mejorando el estado de conservación de especies y hábitats, previniendo la mortalidad y realizando actuaciones de control y erradicación de especies exóticas invasoras.

2)Mejora de infraestructuras, con actuaciones como la dotación, renovación y mejora de las instalaciones e infraestructuras asociadas a la gestión del patrimonio natural, así como actuaciones de sensibilización, puesta en valor y difusión de la importancia de la conservación de la biodiversidad para la salud y bienestar del ser humano.

3)Conservación de la biodiversidad marina, para lo que se establecerá un plan de conservación para el 30 % de la superficie marina para 2030. Esta inversión protegerá el 18 % del territorio marítimo español para 2025.

4)Recuperación de humedales, mediante actuaciones de conservación, mejora y restauración de humedales y en particular las ligadas al Plan de Conservación y Restauración de Humedales previsto en la reforma 2.

5)Control del comercio internacional para mejorar y consolidar la red de centros de rescate CITES y reforzar el Plan de Acción contra el Tráfico Ilegal y el Furtivismo Internacional de Especies Silvestres.

Se espera que esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). Para la adquisición de embarcaciones especializadas, los criterios de selección de la inversión garantizarán que se utilicen únicamente las mejores tecnologías disponibles con el menor impacto ambiental en el sector, teniendo en cuenta la finalidad especial a la que estén destinados.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 3 (C4.I3): Restauración de ecosistemas e infraestructura verde

Esta inversión incluye un conjunto de actuaciones en apoyo a la implementación de la reforma 2. El objetivo es restaurar los ecosistemas naturales y las zonas degradadas por actividades mineras, así como otras iniciativas en entornos urbanos destinadas al fomento de la conectividad y el reverdecimiento urbano.

La inversión fija un objetivo de restauración de al menos 30 000 hectáreas de ecosistemas naturales. Las actuaciones de restauración se centrarán en los territorios o ecosistemas degradados mediante la eliminación de elementos artificiales, la mejora del suelo y la morfología y el reverdecimiento y la naturalización. En lo que respecta a la minería, la inversión rehabilitará al menos 30 antiguas emplazamientos mineros. La rehabilitación de antiguos emplazamientos mineros incluye la descontaminación del suelo, la recuperación de la morfología y el reverdecimiento y la naturalización de los antiguos emplazamientos mineros que ya no estén en funcionamiento.

Por último, la inversión fomentará la infraestructura verde, cubriendo las necesidades de las autoridades locales, en particular: i) estrategias de planificación y regeneración urbanas con el objetivo de crear y regenerar infraestructuras verdes y azules y liberar espacio urbano para aumentar la biodiversidad, la permeabilidad del suelo y la conectividad natural en las ciudades; ii) actuaciones y proyectos que abarquen procesos de gobernanza y participación, gestión de espacios verdes y azules y proyectos de metabolismo urbano relacionados con la biodiversidad; iii) apoyo a proyectos de equipo e infraestructuras para la planificación urbana.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 4 (C4.I4): Gestión Forestal Sostenible

Esta inversión comprenderá inversiones en gestión forestal sostenible:

1)Actuaciones que mejoren la gestión forestal incluyendo un especial esfuerzo en la lucha contra los incendios y otras intervenciones de gestión forestal; soporte técnico a los propietarios y Administraciones forestales para la consolidación de la propiedad pública; planes de gestión forestal para promover la biodiversidad y el uso sostenible.

2)Actuaciones de protección y de adaptación al cambio climático, incluida la renovación de al menos 100 medios de extinción de incendios con fines especiales, bases de brigadas contra incendios y avances en las actuaciones de mejora de los bosques.

3)Un conjunto de actuaciones prestará apoyo al sector forestal como recurso clave para afrontar el reto demográfico, incidiendo especialmente en el emprendimiento verde y la bioeconomía local. Esta parte de la inversión incluirá subvenciones a las autoridades locales y a otros agentes públicos y privados para promover la competitividad, el emprendimiento y la sostenibilidad del sector forestal y de su industria. Estas actuaciones se centrarán especialmente en la creación de empleo verde, apoyando especialmente la participación de la mujer y los jóvenes en el sector forestal y el emprendimiento verde.

Se espera que esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, la medida evitará y excluirá explícitamente el apoyo a las plantaciones de monocultivos, especialmente de eucalipto, para minimizar el estrés hídrico y los riesgos de incendio. Para la adquisición de medios aéreos (aviones o helicópteros) y la adquisición de nuevos equipos terrestres de extinción de incendios, solo se prestará apoyo a las mejores tecnologías disponibles con el menor impacto ambiental en el sector, teniendo en cuenta la finalidad especial a la que estén destinados.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

D.2.    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha que se tiene en cuenta para el valor de referencia de todos los indicadores es el 1 de febrero, salvo que se indique otra cosa en la descripción de la actuación. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito / Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

62

C4.R1

Hito

Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas

Publicación en el BOE.

 

 

 

Q4

2022

Adopción del Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (Real Decreto) y del Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas (Real Decreto), incluida la creación de al menos nueve bases de gestión marina.

63

C4.R2

Hito

Adopción de la Estrategia Estatal de Infraestructura Verde, Conectividad y Restauración Ecológica.

Publicación en el BOE.

 

 

 

Q2

2021

Adopción de la Estrategia Estatal de Infraestructura Verde, Conectividad y Restauración Ecológica. La Estrategia incorporará un conjunto de líneas de actuación para lograr las metas siguientes: i) reducir los efectos de la fragmentación y de la pérdida de conectividad ecológica; ii) restaurar ecosistemas de áreas clave; iii) mantener y mejorar la provisión de servicios de los ecosistemas; iv) mejorar la resiliencia; v) definir un modelo de gobernanza; y vi) asegurar la comunicación, educación y participación de los grupos de interés.

64

C4.R3

Hito

Aprobación de la Estrategia Forestal Española y el plan de apoyo.

Publicación en el BOE.

 

 

 

Q4

2022

Adopción de la Estrategia Forestal Española y el plan de apoyo, incluidas las Directrices Básicas de Gestión Forestal Sostenible.

65

C4.I1

Hito

Adjudicación de contratos para aeronaves de extinción de incendios con fines especiales y establecimiento del sistema de seguimiento y gestión del conocimiento de la biodiversidad.

Adjudicación de contratos.

 

 

 

Q2

2022

Adjudicación de contratos de actualización y modernización de al menos diez aeronaves de extinción (Canadair) de incendios con fines especiales, y puesta en funcionamiento del sistema de seguimiento y gestión del conocimiento de la biodiversidad. El sistema incluye un mayor conocimiento de las especies y los hábitats y una plataforma digital. La inversión garantizará el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) modernizando únicamente las aeronaves existentes, que no incrementarán su vida útil o su capacidad.

66

C4.I1

Hito

Finalización de las actualizaciones y modernizaciones de las aeronaves de extinción de incendios, y puesta en funcionamiento del sistema de seguimiento y gestión del conocimiento de la biodiversidad.

Acta de recepción.

 

 

 

Q2

2026

Al menos diez aeronaves de extinción de incendios con fines especiales (Canadair) actualizadas y modernizadas, y se ha completado y hecho operativo el sistema de seguimiento y gestión del conocimiento de la biodiversidad (incluida la plataforma digital).

67

C4.I2

Objetivo

Áreas marinas protegidas

% del territorio marítimo español-

13

15

Q4

2023

Conseguir un área marina protegida de al menos el 15 % del territorio marítimo español. Un área marina protegida es un territorio marino incluido en la Red Natura 2000 u otras categorías de espacios naturales protegidos, tal como establece la Ley 42/2007; las zonas protegidas por instrumentos internacionales y las Reservas Marinas se incluirán en la RAMPE (Red de Áreas Marinas Protegidas de España). (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2020).

68

C4.I2

Objetivo

Áreas marinas protegidas

% del territorio marítimo español-

15

18

Q4

2025

Conseguir un área marina protegida de al menos el 18 % del territorio marítimo español. Un área marina protegida es un territorio marino incluido en la Red Natura 2000 u otras categorías de espacios naturales protegidos, tal como establece la Ley 42/2007; las zonas protegidas por instrumentos internacionales y las Reservas Marinas se incluirán en la RAMPE (Red de Áreas Marinas Protegidas de España). (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2023).

69

C4.I2

Objetivo

Actuaciones de conservación de la biodiversidad.

Número (en hectáreas)

0

50 000

Q2

2026

Al menos 50 000 hectáreas cubiertas por actuaciones finalizadas de conservación de la biodiversidad. Las medidas de conservación incluyen lo siguiente: i) actuaciones destinadas a prevenir la mortalidad de especies endémicas de fauna y flora, ii) actuaciones para la detección precoz, el control y la eliminación de especies invasoras, iii) medidas de gestión y recuperación de hábitats adoptadas en relación con especies amenazadas, iv) actuaciones de restauración de humedales, tales como la mejora de la dinámica natural, la cantidad y la calidad del agua y la fauna y la flora naturales; y v) actuaciones destinadas a crear, renovar y mejorar las instalaciones e infraestructuras asociadas a la gestión del patrimonio natural y, en particular, a la mejora de las zonas protegidas (Red Natura 2000 y espacios naturales protegidos), y a mejorar y consolidar la infraestructura de CITES, incluido un nuevo centro de rescate de referencia. Para la adquisición de embarcaciones especializadas, los criterios de selección de la inversión garantizarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) apoyando únicamente las mejores tecnologías disponibles con el menor impacto ambiental en el sector, teniendo en cuenta la finalidad especial a la que estén destinados.

70

C4.I3

Objetivo

Rehabilitación de antiguos emplazamientos mineros (al menos 20 antiguos emplazamientos mineros).

Número de emplazamientos mineros

0

20

Q2

2023

Rehabilitación del 50 % de cada emplazamiento minero, dirigida al menos a 20 emplazamientos mineros, incluidos la descontaminación del suelo, la recuperación de la morfología y el reverdecimiento y la naturalización.

71

C4.I3

Objetivo

Actuaciones de restauración de ecosistemas.

Número (en hectáreas)

0

30 000

Q4

2024

Al menos 30 000 hectáreas cubiertas por actuaciones finalizadas de restauración de ecosistemas en territorios o ecosistemas degradados mediante la eliminación de elementos artificiales, la mejora del suelo y la morfología y el reverdecimiento y la naturalización.

72

C4.I3

Objetivo

Finalización de la rehabilitación de antiguos emplazamientos mineros (al menos 30 antiguos emplazamientos mineros).

Número de emplazamientos mineros

0

30

Q2

2026

Al menos 30 antiguos emplazamientos mineros rehabilitados, incluyendo la descontaminación del suelo, la recuperación de la morfología y la restauración y la naturalización de los antiguos emplazamientos mineros que ya no estén en funcionamiento.

73

C4.I4

Hito

Actuaciones en materia de gestión forestal sostenible.

Certificados firmados por el MITERD.

 

 

 

Q2

2023

Finalización de actuaciones de gestión forestal sostenible, incluida la renovación de al menos 100 medios de extinción de incendios con fines especiales y bases de brigadas contra incendios, y la finalización de actuaciones de mejora de los bosques, incluida la planificación de prácticas adaptativas de gestión forestal sostenible y el enriquecimiento de especies. Los criterios de selección de la inversión garantizarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) apoyando únicamente las mejores tecnologías disponibles con el menor impacto ambiental en el sector, teniendo en cuenta la finalidad especial a la que estén destinados.

E. COMPONENTE 5: Espacio litoral y recursos hídricos

Este componente tendrá por objeto mejorar la gestión de los recursos hídricos, aplicar una política de adaptación de la costa española a los efectos adversos del cambio climático y consolidar la implementación de las estrategias marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo.

Para mejorar la gestión de los recursos hídricos, España debe tratar aspectos tales como la identificación de nuevos contaminantes emergentes (como los microplásticos), el déficit de inversión existente en la planificación, la adaptación de la costa a los efectos del cambio climático, el control y la gestión del Dominio Público Hidráulico, el dominio público marítimo-terrestre y el tratamiento de las aguas, y el retraso en la implantación de nuevas tecnologías y tecnologías TIC en la gestión del agua. Para hacer frente a estas cuestiones, España mejorará la eficiencia del sector. También pondrá su sistema de gestión de los recursos hídricos en consonancia con los objetivos medioambientales, como los fijados en el Pacto Verde Europeo, la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 y el Plan de Acción de la UE para reducir la contaminación a cero. A tal fin, se aplicarán diferentes estrategias, como la digitalización de la Administración Pública para tener acceso a información como la calidad de las aguas y el cumplimiento de caudales ecológicos, la provisión y la mejora de infraestructuras ambientales, la seguridad de las infraestructuras o la mejora de la situación hídrica de las aguas subterráneas y la recuperación de los acuíferos.

Los efectos de la erosión y las inundaciones costeras se han visto agravados por el cambio climático. Por lo tanto, este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español también aplicará una política de adaptación de la costa española a los efectos adversos del cambio climático. Para combatir la erosión y reducir el riesgo de inundación, se adoptarán una serie de medidas de adaptación: la recuperación ambiental de espacios degradados, la mejora de la accesibilidad ordenada y correcta al dominio público marítimo terrestre o la redacción y ejecución de soluciones basadas en la naturaleza, etc. Esta línea de actuación hará el litoral más resiliente a los efectos del cambio climático y también preparará mejor el sector turístico y otros sectores que dependen de la buena condición de las zonas costeras. Además, esto reforzará aún más el papel del programa Copernicus, que es crucial para la prevención y la evaluación de los daños y la repercusión de fenómenos meteorológicos extremos.

Como parte de este componente del Plan, España promoverá un desarrollo óptimo sostenible de los sectores marítimos y protegerá el medio marino con el objetivo de lograr su buen estado medioambiental mediante la transposición de la Directiva marco sobre la estrategia marina al ordenamiento jurídico español y el refuerzo de su aplicación.

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español contribuye a centrar la política económica de inversión en la eficiencia energética y el uso de los recursos (recomendación específica por país 3 de 2019). También centra la inversión en la transición ecológica y digital, y particularmente en el fomento de la investigación e innovación, en la producción y utilización de fuentes de energía limpias y eficientes, la infraestructura energética, la gestión de los recursos hídricos y de los residuos y el transporte sostenible (recomendación específica por país 3 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

E.1.    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C5.R1): Planes y estrategias en materia de agua y cambios normativos

La reforma abordará la revisión y actualización de la Ley de Aguas, sus reglamentos y demás normativa derivada, de modo que se garantice un marco legal favorable al incremento de las inversiones. La reforma incluirá la adopción y modificación de una serie de planes y estrategias que constituyen la base de las inversiones y la gestión en materia de agua y con las que se pretenden fortalecer e incrementar las inversiones. Estos cambios normativos estarán en consonancia con el Pacto Verde Europeo.

Esta reforma tratará numerosas cuestiones relativas a todos los tipos de agua, como un marco financiero mejorado para la reutilización de las aguas residuales, una estrategia del agua para la transición ecológica, la adopción de normas técnicas para la seguridad de las presas y sus embalses, la adopción de un plan nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro y reutilización del agua (plan DSEAR), la revisión de tercer ciclo de los planes hidrológicos de cuenca y la revisión de segundo ciclo de los planes de gestión de los riesgos de inundación.

La medida estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2023.

Inversión 1 (C5.I1): Materialización de actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras (DSEAR)

Con esta inversión se pretende llevar a cabo las siguientes actuaciones:

1)Actuaciones de depuración, saneamiento y reutilización del agua. El objetivo de esta línea de actuación es mejorar la recogida y el tratamiento de las aguas residuales urbanas. En determinados casos, incorporarán la reutilización de las aguas residuales urbanas, reduciendo con ello las actuales presiones por extracción. Las nuevas actuaciones de depuración deberán lograr un consumo de energía neto nulo del sistema completo de tratamiento de las aguas residuales. Las infraestructuras deberán ser como mínimo infraestructuras nuevas o mejoradas de tratamiento de aguas residuales con capacidad adicional para el tratamiento de aguas residuales. El tratamiento se diseñará ex novo o modernizará para tenga un nivel que se ajuste a la Directiva 91/271/CEE, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas. La mejora y renovación de las infraestructuras existentes dará lugar a una reducción del consumo medio de energía de al menos un 10 %. Estos ahorros se lograrán con la aplicación de medidas de eficiencia energética (cogeneración, recuperación de energía y de calor, paneles fotovoltaicos, iluminación led, etc.) en la redacción de los proyectos y con la introducción de cláusulas y criterios de eficiencia energética en convocatorias de proyecto y obra.

2)Actuaciones para la mejora de la eficiencia y reducción de pérdidas en el uso del agua. Las actuaciones pondrán en marcha un régimen de subvenciones para la mejora de la eficiencia en las redes de abastecimiento de municipios medianos y pequeños, que permita a los municipios u organismos públicos con competencias asumidas en abastecimiento mejorarlo mediante la reducción de pérdidas en redes de distribución y actuaciones de reparación y mejora en depósitos e instalaciones de potabilización en municipios medianos y pequeños. Los habitantes atendidos por estas infraestructuras corresponderán a los atendidos por el sistema de distribución de agua.

3)Inversiones para mejorar la seguridad de presas y embalses. Estas actuaciones garantizarán la seguridad de las grandes presas de titularidad estatal mediante la implantación de los correspondientes planes de emergencia y otras acciones complementarias. No se construirán presas nuevas ni se ampliarán presas existentes.

La inversión estará terminada a más tardar el 30 de septiembre de 2023.

Inversión 2 (C5.I2): Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación

Los objetivos de la inversión son los siguientes:

1)Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales y Reservas Naturales Fluviales. Esta línea abarca una serie de actuaciones concretas dirigidas a la restauración del espacio fluvial, a la ampliación de las redes de seguimiento y a la mejora de los inventarios de las presiones hidromorfológicas que lo amenazan.

2)Actuaciones para mitigar el riesgo de inundación. Esta línea de actuación incluye los planes de gestión del riesgo de inundación vigentes, incluidas medidas de prevención en materia de ordenación del territorio y urbanismo, la elaboración de guías técnicas para reducir la vulnerabilidad de los elementos expuestos en las zonas inundables y promover la adaptación al riesgo de inundación de distintos sectores económicos. Además, los municipios deberán abordar la ejecución de medidas de restauración fluvial en los entornos urbanos, la implantación de sistemas de drenaje sostenibles, la mejora de la permeabilidad de los entornos urbanos y la conexión de los mismos con los valores medioambientales de los ríos en las zonas urbanas, sobre la base de las guías técnicas elaboradas y los objetivos de la planificación hidrológica.

3)Medidas de reducción de la extracción de agua subterránea (recuperación de acuíferos) con la utilización de recursos alternativos. Estas medidas reducirán las extracciones que se registran en algunas masas de agua subterránea —en particular las que amenazan al espacio de Doñana y a determinados acuíferos del Sureste de España— y ampliarán las redes de control piezométrico.

La inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 3 (C5.I3): Transición digital en el sector del agua (vigilancia y control del entorno digital)

La transición digital puede desempeñar un papel crucial en la mejora de la eficiencia del sector del agua. Con el fin de mejorar la digitalización de la gestión del agua, habrá tres líneas de actuación en esta inversión.

1)Mejora del conocimiento y el uso de los recursos hídricos, a raíz de actuaciones como la mejora digital de los sistemas de control de las aguas, el refuerzo de la vigilancia y el control del dominio público hidráulico e infraestructuras conexas y la implementación de sistemas eficaces de previsión y alerta para reducir los efectos negativos de las inundaciones.

2)Actuaciones de seguimiento de las precipitaciones en cuencas hidrográficas y en el litoral. Esta línea de acción impulsará la renovación de la red de radares meteorológicos y su completado con nuevas instalaciones de banda corta, como la renovación y mejora de estaciones meteorológicas automáticas para la calibración radar en tiempo real y el diseño, desarrollo e implantación de un centro radar nacional.

3)Mejora de la observación y vigilancia meteorológica y la prevención de riesgos climáticos, lo que incluirá un nuevo sistema integrado de ayudas meteorológicas, herramientas de observación meteorológica para la alerta temprana, incluida la aplicación del sistema WIGOS (Integrated Global Observing System), el establecimiento de crowdsourcing, el control de calidad automático y la labelización del dato meteorológico mediante el empleo de técnicas de inteligencia artificial, la profundidad de los datos NoSQL para la efectiva implantación de tratamientos de datos basados en volúmenes ingentes de datos (big data).

La inversión abarcará la puesta en funcionamiento de 26 herramientas o infraestructuras renovadas para mejorar el conocimiento y el uso de los recursos hídricos, y para registrar las precipitaciones y otros datos meteorológicos para prevenir los riesgos climáticos.

La inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 4 (C5.I4): Adaptación de la costa al cambio climático e implementación de las Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo

El cambio climático está teniendo y se espera que tenga fuertes efectos adversos en la costa española. Esta inversión implementará la Estrategia para la Adaptación de la Costa a los Efectos del Cambio Climático, con el objetivo de incrementar la resiliencia de la costa española al cambio climático y a la variabilidad climática e integrar la adaptación al cambio climático en la planificación y gestión de la costa española. Esto incluirá la creación de escolleras, playas artificiales, superficies inundables, la gestión de sedimentos, soluciones basadas en la naturaleza, la restauración del sistema de playas y dunas, la creación de infraestructuras de protección costera, la implantación de redes inteligentes para la vigilancia remota de la erosión costera, o actuaciones con efectos similares.

Esta inversión protegerá y restablecerá los ecosistemas costeros o los espacios degradados. Esto se conseguirá por medio de distintas actuaciones: i) reubicación de las instalaciones que se verían afectadas por los efectos del cambio climático; ii) delimitación del dominio público marítimo terrestre; iii) recuperación del dominio público marítimo terrestre indebida o inadecuadamente ocupado; iv) gestión y evaluación de riesgos o actuaciones similares; v) recuperación ambiental de ecosistemas y espacios costeros degradados, conservación y gestión del litoral; y vi) actuaciones con efectos similares.

La medida también mejorará la accesibilidad ordenada y correcta al dominio público marítimo terrestre, recuperando terrenos para proporcionar acceso al dominio público, y la planificación, gestión y restauración del acceso o actuaciones con efectos similares. La inversión se dirigirá a la aplicación de los Planes de ordenación del espacio marítimo. Esto se aplicará mediante la ordenación del espacio marítimo, las Estrategias Marinas, el asesoramiento científico en materia de océanos, clima y costa y el desarrollo de una aplicación web georreferenciada para los usuarios del mar.

La inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

E.2.    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha que se tiene en cuenta para el valor de referencia de todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, salvo que se indique otra cosa en la descripción de la actuación. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito / Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

74

C5.R1

Hito

Entrada en vigor de las modificaciones del Reglamento de la planificación hidrológica

Disposición del Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q4

2021

Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de la planificación hidrológica (BOE). Las modificaciones se referirán a aspectos relacionados con la sequía y la escasez de agua, los requisitos de transposición de la Directiva marco sobre el agua y las normas pertinentes en el marco de la Estrategia Común de Implantación de las directivas del agua.

75

C5.R1

Hito

Entrada en vigor de la modificación de la Ley de Aguas y del nuevo Reglamento que sustituye al Real Decreto 1620/2007.

Disposición de la Ley de Aguas por la que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

Q2

2023

Modificación de la Ley de Aguas para incluir una modificación del canon de control de vertidos de aguas residuales y del sistema de recuperación de los costes de las infraestructuras hídricas en consonancia con los principios de «quien contamina paga» y de «recuperación de costes». El nuevo Reglamento que sustituye al Real Decreto 1620/2007 modificará el marco normativo y financiero para la reutilización de las aguas residuales en consonancia con los principios de «quien contamina paga» y de «recuperación de costes», mejorando el control y la protección de las masas de agua, incluidas las aguas subterráneas, y dará respuesta a los aspectos relacionados con la sequía y la escasez.

76

C5.I1

Objetivo

Infraestructuras de tratamiento de aguas y aguas residuales mejoradas

Número

(población)

0

175 000

Q2

2023

Puesta en funcionamiento de infraestructuras de tratamiento de aguas y aguas residuales que presten servicio al equivalente de un mínimo de 175 000 habitantes, con el fin de garantizar el cumplimiento de la Directiva 91/271/CEE y cumplir los criterios de eficiencia energética, o de mejorar la eficiencia y reducir las pérdidas de agua en los sistemas de distribución de agua.

77

C5.I2

Hito

Restauración de las protecciones de cauces y riberas contra los riesgos de inundación.

Certificados firmados por el MITERD.

 

 

 

Q4

2022

Al menos 200 km de cauces y riberas restaurados y al menos 40 000 habitantes protegidos contra los riesgos de inundación.

78

C5.I2

Objetivo

Reducción del volumen de agua extraída de acuíferos.

Número

(en hm3/año)

510

470

Q4

2023

Reducción del volumen anual de agua extraída de acuíferos ubicados en Doñana, Segura-Mar Menor, Mancha Oriental, y reducción de la norma de 510 hm3/año a 470 hm3/año.

79

C5.I3

Hito

Puesta en funcionamiento de herramientas para mejorar el conocimiento y el uso de los recursos hídricos, y para registrar las precipitaciones y otros datos meteorológicos.

Certificación de gastos.

 

 

 

Q4

2023

Puesta en funcionamiento de 26 herramientas o infraestructuras renovadas para mejorar el conocimiento y el uso de los recursos hídricos, y para registrar las precipitaciones y otros datos meteorológicos para prevenir los riesgos climáticos. Las actuaciones estarán relacionadas principalmente con el diseño y la implantación del registro electrónico de aguas (gestión de datos hidrológicos y calidad del agua, digitalización del tratamiento de archivos y modernización de la red de vigilancia meteorológica aeronáutica).

80

C5.I4

Objetivo

Restauración de zonas y ecosistemas degradados en al menos 50 kilómetros de litoral.

Número (en km)

0

50

Q4

2022

Finalización de obras en al menos 50 kilómetros de litoral para la restauración de zonas y ecosistemas degradados, protección y aumento de la accesibilidad a las zonas costeras, mitigación de la erosión, mejora de los conocimientos y mejora de la resiliencia de las zonas costeras y adaptación a los efectos del cambio climático, vigilancia remota y aplicación de Planes de ordenación del espacio marítimo. Las actuaciones deberán contemplar los siguientes aspectos.

i) Aumento de la resiliencia de la costa española frente a los efectos adversos del cambio climático con actuaciones de lucha contra la erosión y de fortalecimiento del litoral. Esto incluirá la creación de escolleras, playas artificiales, superficies inundables, la gestión de sedimentos, soluciones basadas en la naturaleza, la restauración del sistema de playas y dunas, la creación de infraestructuras de protección costera, la implantación de redes inteligentes para la vigilancia de la erosión costera, o actuaciones con efectos similares.

ii) Proteger y restablecer los ecosistemas costeros o los espacios degradados. Esto se conseguirá por medio de: a) la reubicación de las instalaciones que se verían afectadas por los efectos del cambio climático; b) la delimitación del dominio público marítimo terrestre; c) la recuperación del dominio público marítimo terrestre indebida o inadecuadamente ocupado; d) la gestión y evaluación de riesgos o actuaciones similares; e) la recuperación ambiental de ecosistemas y espacios costeros degradados; f) la conservación y gestión del litoral; y g) actuaciones con efectos similares.

iii) Mejora de la accesibilidad ordenada y correcta al dominio público marítimo terrestre. Esto se hará expropiando terrenos para facilitar el acceso al dominio público, la planificación, la gestión y la restauración del acceso o actuaciones con efectos similares.

iv) Aplicación de los Planes de ordenación del espacio marítimo. Esto se logrará mediante la ordenación del espacio marítimo, las Estrategias Marinas, el asesoramiento científico en materia de océanos, clima y costa y el desarrollo de una aplicación web georreferenciada para los usuarios del mar.

81

C5.I4

Objetivo

Restauración de zonas y ecosistemas degradados en al menos 100 kilómetros de litoral.

Número (en km)

50

100

Q4

2023

Finalización de obras en al menos 100 kilómetros de litoral para la restauración de zonas y ecosistemas degradados, protección y aumento de la accesibilidad a las zonas costeras, mitigación de la erosión, mejora de los conocimientos y mejora de la resiliencia de las zonas costeras y adaptación a los efectos del cambio climático, vigilancia remota y aplicación de Planes de ordenación del espacio marítimo. Las obras incluirán los siguientes aspectos.

i) Aumento de la resiliencia de la costa española frente a los efectos adversos del cambio climático con actuaciones de lucha contra la erosión y de fortalecimiento del litoral. Esto incluirá la creación de escolleras, playas artificiales, superficies inundables, la gestión de sedimentos, soluciones basadas en la naturaleza, la restauración del sistema de playas y dunas, la creación de infraestructuras de protección costera, la implantación de redes inteligentes para la vigilancia de la erosión costera, o actuaciones con efectos similares.

ii) Proteger y restablecer los ecosistemas costeros o los espacios degradados. Esto se conseguirá por medio de: a) la reubicación de las instalaciones que se verían afectadas por los efectos del cambio climático; b) la delimitación del dominio público marítimo terrestre; c) la recuperación del dominio público marítimo terrestre indebida o inadecuadamente ocupado; d) la gestión y evaluación de riesgos o actuaciones similares; e) la recuperación ambiental de ecosistemas y espacios costeros degradados; f) la conservación y gestión del litoral; y g) actuaciones con efectos similares.

iii) Mejora de la accesibilidad ordenada y correcta al dominio público marítimo terrestre. Esto se hará expropiando terrenos para facilitar el acceso al dominio público, la planificación, la gestión y la restauración del acceso o actuaciones con efectos similares.

iv) Aplicación de los Planes de ordenación del espacio marítimo. Esto se logrará mediante la ordenación del espacio marítimo, las Estrategias Marinas, el asesoramiento científico en materia de océanos, clima y costa y el desarrollo de una aplicación web georreferenciada para los usuarios del mar. (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2022).

F. COMPONENTE 6: Movilidad sostenible (larga distancia)

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español trata las cuestiones siguientes: 1) Acompañar la transición hacia modos de transporte más sostenibles; 2) reducir las emisiones del sector del transporte; 3) hacer que el sector del transporte sea más seguro, accesible, sostenible e inclusivo.

Los objetivos del componente son desarrollar la red ferroviaria española (en particular, los corredores principales de la RTE-T y otras infraestructuras de la RTE-T); hacer más interoperable la red de transportes (ferrocarriles, carreteras, puertos) con el objetivo de reducir su huella de carbono; mejorar las conexiones transfronterizas con Francia y Portugal; y modernizar el sector del transporte con la introducción de tecnologías digitales avanzadas.

Este componente da repuesta a las recomendaciones específicas para España relativas al fomento de la inversión en eficiencia energética y en el uso de los recursos y al desarrollo de las infraestructuras ferroviarias para el transporte de mercancías (recomendación específica por país 3 de 2019) y a la inversión en la transición ecológica y digital y el transporte sostenible (recomendación específica por país 3 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

F.1.    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C6.R1): Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada

Los objetivos de la medida son los siguientes:

a)aumentar la seguridad de la red de movilidad garantizando una mejor protección de las personas y los bienes, mejorando las normas y reduciendo los accidentes;

b)aumentar la sostenibilidad dando prioridad a la movilidad cotidiana, la equidad económica y social, la eficiencia energética y la lucha contra el cambio climático;

c)mejorar la conectividad con la digitalización, el progreso tecnológico y la conectividad multimodal.

La Estrategia se desglosará en actuaciones específicas en los nueve ejes siguientes:

I.movilidad para todos (garantizar accesibilidad universal a un coste razonable);

II.nuevas políticas de inversión (garantizar una financiación adecuada de las infraestructuras y servicios de transporte);

III.movilidad segura (dar prioridad a la inversión en supervisión, mantenimiento y ciberseguridad);

IV.movilidad de bajas emisiones (aumentar la eficiencia y reducir el consumo de energía);

V.movilidad inteligente (impulsar la I+D y la innovación en movilidad y construir y gestionar infraestructuras inteligentes);

VI.cadenas logísticas intermodales (priorizar el transporte de mercancías por ferrocarril en las agendas públicas y privadas);

VII.conectando Europa y conectados al mundo (conectar los puertos a las terminales logísticas intermodales e intensificar la cooperación con los países vecinos para coordinar la construcción y/o mejora de infraestructuras transfronterizas);

VIII.aspectos sociales y laborales (equilibrio de género y acciones de formación y reciclaje profesional de la mano de obra del sector del transporte);

IX.evolución y transformación del MITMA para conseguir una transición digital completa y lograr que sea más abierto e innovador.

La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2021.

Reforma 2 (C6.R2): Estrategia Indicativa Ferroviaria

Los objetivos de la reforma son dotarse de instrumentos que garanticen que la red ferroviaria satisfaga las necesidades futuras de movilidad de manera coherente y eficaz. La estrategia fijará un marco de planificación claro para el modo de transporte ferroviario y permitirá alinear las prioridades de inversión a la Estrategia de Movilidad segura, sostenible y conectada (R1).

La reforma constará de varias líneas de actuación, como son:

a)consolidar un escenario de planificación claro de las actuaciones en el sector ferroviario, especialmente orientadas a la movilidad cotidiana;

b)mejorar el mantenimiento de la red;

c)garantizar la sostenibilidad económica de la red ferroviaria;

d)asignación eficiente de los recursos, con una evaluación ex ante y ex post de los proyectos de inversión;

e)mejorar la intermodalidad y la interoperabilidad de la red, especialmente en los corredores transeuropeos;

f)impulsar el tráfico ferroviario de mercancías;

g)mejorar la seguridad del transporte ferroviario; y

h)fomentar la digitalización del transporte y la innovación para lograr una movilidad conectada.

La implementación de la medida concluirá a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Inversión 1 (C6.I1): Red Transeuropea de Transporte: Corredores europeos

Los objetivos de esta medida son construir nuevas infraestructuras ferroviarias en los principales corredores europeos de la RTE-T y modernizar y mejorar las existentes.

La inversión consistirá en líneas de actuación en las dimensiones principales siguientes:

a)Plataforma: proyectos que permiten configurar la infraestructura que soportará las vías y que incluye terraplenes, desmontes, viaductos, túneles, etc. Se trata principalmente de construcción de nueva infraestructura.

b)Reposición de servicios: actuaciones encaminadas a la reposición de servicios existentes (luz, riego, agua, etc.) que se vean afectados durante la ejecución de las obras ferroviarias.

c)Vía: actuaciones para el montaje y suministro de los materiales de vía (balasto, traviesas, carril, desvíos y aparatos de dilatación) en nuevas secciones ferroviarias, así como la renovación de vías existentes.

d)Electricidad: actuaciones destinadas a la electrificación de líneas, incluyendo: líneas aéreas de contacto, subestaciones de tracción, centros de transformación, telemando de energía y líneas de alta tensión.

e)Señalización y control de tráfico: proyectos encaminados a la implementación de nuevos sistemas señalización y control de tráfico.

f)Telecomunicaciones: proyectos relacionados con las telecomunicaciones fijas y móviles en líneas ferroviarias.

g)Estaciones: mejora y rehabilitación de estaciones existentes, así como la construcción de nuevas estaciones.

Las obras se llevarán a cabo en al menos 1 400 km de red incluidos en los Corredores Atlántico y Mediterráneo, incluyendo actuaciones tanto de mejora de secciones en servicio, como inversiones que permitan avanzar en la construcción de nuevos tramos.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 2 (C6.I2): Red Transeuropea de Transporte. Otras actuaciones

Los objetivos de la medida son mejorar la red nacional de transporte, lo que cubre todos los modos de transporte (por aire, ferrocarril y carretera), con el fin de hacerla más fiable, sostenible, segura y resiliente.

La inversión consistirá en las actuaciones siguientes:

a)Modernización de la red ferroviaria en relación con la red no básica de la RTE-T con obras en al menos 900 kilómetros.

b)Hacer que la red de carreteras sea más segura de acuerdo con la normativa nacional y europea.

c)Impulsar el desarrollo del Cielo Único Europeo (veinte proyectos).

d)Apoyar la transformación digital del MITMA.

Los criterios de selección garantizarán que al menos 1 010 000 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 301 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 3 (C6.I3): Intermodalidad y logística

El objetivo de la medida es desarrollar el eje 6 de la Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada (reforma 1), sobre Cadenas Logísticas Intermodales Inteligentes.

La inversión consiste en tres líneas de actuación:

a)desarrollo o mejora de nueve estratégicas intermodales y logísticas terminales para, en algunos casos, hacer que converjan las terminales intermodales con la zona logística y, en todos los casos, impulsar la transferencia modal de mercancías de la carretera al ferrocarril;

b)mejorar el acceso ferroviario y por carretera a los puertos españoles para impulsar el transporte de mercancías por ferrocarril, mejorando la conexión de los puertos a la red ferroviaria (dos puertos) y a la red de carreteras (un puerto);

c)mejora de la accesibilidad (diecinueve proyectos) y sostenibilidad en los puertos (proyectos en veinticinco autoridades portuarias).

Los criterios de selección garantizarán que al menos 584 000 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 217 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 4 (C6.I4): Programa de apoyo para un transporte sostenible y digital

Los objetivos de la medida son mejorar la eficiencia del sistema de transporte mediante la digitalización e introducción de nuevas tecnologías en el sector, y el apoyo a los medios de transporte más sostenibles, en particular el ferrocarril. Esta inversión está en consonancia con las iniciativas del programa de trabajo del Mecanismo «Conectar Europa» (MCE) y apoya el desarrollo de la Red Transeuropea de Transporte.

La inversión consistirá en un paquete de quince líneas de actuación en los ámbitos siguientes:

Línea de actuación 1. Interoperabilidad en transporte ferroviario de mercancías

1. Sistema Europeo de Gestión del Tráfico Ferroviario (ERTMS) a bordo.

2. Acciones que eliminen las barreras para la interoperabilidad ferroviaria.

3. Innovación y desarrollo del eje de ancho variable en locomotoras.

Línea de actuación 2. Fomento de la intermodalidad del transporte

4. Construcción, adaptación o mejora de cargaderos y terminales intermodales ferrocarril-carretera, y sus conexiones terrestres.

5. Apoyo al transporte sostenible de mercancías (ferroviario y marítimo) basado en ECO-INCENTIVOS a la oferta y a la demanda.

Línea de actuación 3. Modernización de material ferroviario de mercancías

6. Acciones de apoyo a la renovación o adecuación de vagones para el transporte ferroviario de mercancías, incluido el necesario para el establecimiento de servicios de autopistas ferroviarias.

7. Acciones de apoyo a la renovación o adecuación de material tractor ferroviario con otro material que utilice combustibles alternativos como el hidrógeno o la electricidad.

Línea de actuación 4. Transporte por carretera seguro, sostenible y conectado

8. Construcción y mejora de zonas de aparcamiento seguras para vehículos comerciales, así como la provisión de servicios de información.

9. Servicios Inteligentes de Transporte para el sector de carreteras (ITS) en concesiones de autopistas de peaje y otros servicios relacionados con la seguridad y conservación de las carreteras.

10. Acciones de apoyo a la implantación de la infraestructura de reabastecimiento de combustibles alternativos para vehículos pesados en la red de carreteras. Los criterios de elegibilidad de esta medida asegurarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) fijando como condición que la infraestructura de transición y distribución permita en el momento de su construcción el suministro de gases renovables y bajos en carbono.

11. Acciones de apoyo a la renovación o adecuación de medios y maquinaria para conseguir pavimentos sostenibles: disminución de huella de carbono y sonorreductores.

Línea de actuación 5. Sostenibilidad del transporte marítimo y aéreo

12. Apoyo al despliegue de combustibles alternativos en puertos y aeropuertos. Los criterios de elegibilidad de esta medida asegurarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) fijando como condición que la infraestructura de transición y distribución permita en el momento de su construcción el suministro de gases renovables y bajos en carbono.

13. Apoyo a la adopción de tecnologías propulsivas con energías alternativas en el sector marítimo.

Línea de actuación 6. Digitalización del transporte

14. Proyectos para la digitalización de los servicios de transporte de pasajeros y mercancías en el ámbito nacional.

Transferencia a Comunidades Autónomas

15. Proyectos para la digitalización de los servicios de transporte de pasajeros y mercancías en el ámbito autonómico y local.

Los criterios de selección garantizarán que al menos 63 500 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 210 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

La implementación de la inversión concluirá a más tardar el 30 de junio de 2026.

F.2.    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha que se tiene en cuenta para el valor de referencia de todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, salvo que se indique otra cosa en la descripción de la actuación. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito / Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

82

C6.R1

Hito

Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada (consulta pública).

Anuncio de fin de la consulta.

 

 

 

Q4

2020

Finalización del proceso de consulta pública sobre la Estrategia con cambios normativos en los nueve ejes siguientes:

1) Movilidad para todos (garantizar accesibilidad universal a un coste razonable);

2) Nuevas políticas inversoras (garantizar una financiación adecuada de las infraestructuras y servicios de transporte);

3) Movilidad segura (dar prioridad a la inversión en supervisión, mantenimiento y ciberseguridad);

4) Movilidad de bajas emisiones (aumentar la eficiencia y reducir el consumo de energía);

5) Movilidad inteligente (impulsar la I+D y la innovación en movilidad y construir y gestionar infraestructuras inteligentes);

6) Cadenas Logísticas Intermodales Inteligentes (priorizar el transporte de mercancías por ferrocarril en las agendas públicas y privadas);

7) Conectando Europa y conectados al mundo (conectar los puertos a las terminales logísticas intermodales e intensificar la cooperación con los países vecinos para coordinar la construcción y/o mejora de infraestructuras transfronterizas);

8) Aspectos sociales y laborales (equilibrio de género y acciones de formación y reciclaje profesional de la mano de obra del sector del transporte);

9) Digitalización del MITMA.

83

C6.R1

Hito

Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada (aprobación).

Aprobación por el Consejo de Ministros.

 

 

 

Q4

2021

Aprobación por el Consejo de Ministros de la Estrategia con actuaciones en los nueve ejes siguientes: 1

) Movilidad para todos (garantizar accesibilidad universal a un coste razonable);

2) Nuevas políticas inversoras (garantizar una financiación adecuada de las infraestructuras y servicios de transporte);

3) Movilidad segura (dar prioridad a la inversión en supervisión, mantenimiento y ciberseguridad);

4) Movilidad de bajas emisiones (aumentar la eficiencia y reducir el consumo de energía);

5) Movilidad inteligente (impulsar la I+D y la innovación en movilidad y construir y gestionar infraestructuras inteligentes);

6) Cadenas Logísticas Intermodales Inteligentes (priorizar el transporte de mercancías por ferrocarril en las agendas públicas y privadas);

7) Conectando Europa y conectados al mundo (conectar los puertos a las terminales logísticas intermodales e intensificar la cooperación con los países vecinos para coordinar la construcción y/o mejora de infraestructuras transfronterizas);

8) Aspectos sociales y laborales (equilibrio de género y acciones de formación y reciclaje profesional de la mano de obra del sector del transporte);

9) Digitalización del MITMA.

84

C6.R2

Hito

Estrategia Indicativa Ferroviaria

Publicación en el BOE.

 

 

 

Q4

2022

Publicación en el BOE de la resolución por la que se apruebe la Estrategia Indicativa Ferroviaria con cambios normativos en:

a) consolidar un escenario de planificación claro de las actuaciones en el sector ferroviario, especialmente orientadas a la movilidad cotidiana;

b) mejorar el mantenimiento de la red;

c) garantizar la sostenibilidad económica de la red ferroviaria;

d) asignación eficiente de los recursos, con una evaluación ex ante y ex post de los proyectos de inversión;

e) mejorar la intermodalidad y la interoperabilidad de la red, especialmente en los corredores transeuropeos;

f) impulsar el tráfico ferroviario de mercancías;

g) mejorar la seguridad del transporte ferroviario; y

h) fomentar la digitalización del transporte y la innovación para lograr una movilidad conectada.

En lo que respecta a todas las actuaciones de la Estrategia Indicativa Ferroviaria, garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 21/2013, sobre evaluaciones de impacto ambiental, y la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, de modificación de la Ley 21/2013, y ejecutar las actuaciones mitigadoras de protección del medioambiente requeridas por la evaluación de impacto ambiental.

85

C6.I1

Hito

Red básica de la RTE-T: adjudicación de proyectos.

Notificación oficial de la adjudicación del proyecto.

 

 

 

Q4

2022

Al menos 1 400 000 000 EUR de presupuesto asignado a la red básica de la RTE-T en los corredores siguientes: CORREDOR ATLÁNTICO
• Y Vasca: Vitoria-Bilbao-San Sebastián/Astigarraga-Irún

• Valladolid/Palencia-León

• León-La Robla-Pola de Lena

• Zaragoza-Castejón-Pamplona

• Ourense-Monforte

• Talayuela-Plasencia-Cáceres-Mérida-Badajoz

CORREDOR MEDITERRÁNEO • Frontera francesa-Barcelona/Tarragona-Vandellós

• Sagunto-Teruel- Zaragoza

• Zaragoza-Tarragona

• Castellón-Valencia-La Encina-Alicante

• Murcia-Cartagena

• Murcia-Almería

CORREDOR ATLÁNTICO/MEDITERRÁNEO

• Conexión LAV Barcelona-LAV Levante

• Alcázar de San Juan-Manzanares

• Madrid-Sevilla

Las obras incluyen los siguientes tipos de actuaciones:

• Plataforma. Incluye proyectos que permiten configurar la infraestructura que soportará las vías y que incluye terraplenes, desmontes, viaductos, túneles, etc. Se trata principalmente de construcción de nueva infraestructura.

• Reposición de servicios. Incluye actuaciones encaminadas a la reposición de servicios existentes (luz, riego, agua, etc.) que se vean afectados durante la ejecución de las obras ferroviarias.

• Vía. Incluye actuaciones para el suministro de materiales y el montaje de las vías férreas (balasto, traviesas, carriles, agujas y aparatos de dilatación) en nuevos tramos ferroviarios, así como la renovación de las vías férreas existentes.

• Electricidad. Incluye actuaciones destinadas a la electrificación de líneas, incluyendo: líneas aéreas de contacto, subestaciones de tracción, centros de transformación, telemando de energía, líneas de alta tensión, etc.
• Señalización y control de tráfico. Incluye proyectos encaminados a la implementación de nuevos sistemas señalización y control de tráfico (ERTMS).

• Telecomunicaciones. Incluye los proyectos relacionados con las telecomunicaciones fijas y móviles en líneas ferroviarias (fibra óptica, GSM-R, etc.).
• Estaciones. Incluye la mejora y rehabilitación de estaciones existentes, así como la construcción de nuevas estaciones.

86

C6.I1

Objetivo

Red principal de la RTE-T: progreso de las obras.

-

Número (en km)

0

335

Q4

2024

Al menos 335 kilómetros de obras completadas en la red principal de la RTE-T en los corredores y con las características definidas en el objetivo 85, del cuatro trimestre de 2022.

87

C6.I1

Objetivo

Red principal de la RTE-T: finalización de las obras.

-

Número (en km)

335

1 400

Q2

2026

Al menos 1 400 kilómetros de obras completadas en la red principal de la RTE-T en los corredores y con las características definidas en el objetivo 85, del cuatro trimestre de 2022. (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2024).

88

C6.I2

Hito

Distintos modos de transporte de la red RTE-T (ferrocarril y carretera): adjudicación presupuestaria parcial.

Notificación oficial de la adjudicación del proyecto.

 

 

 

Q4

2022

Presupuesto acumulado adjudicado de al menos 1 000 000 000 EUR (presupuesto total de 1 717 000 000 EUR) para intervenciones en la red no básica RTE-T en diferentes modos de transporte (ferrocarril y carretera). Los proyectos se seleccionarán con arreglo a los criterios de selección siguientes:
a) Hacer la red ferroviaria más interoperable fundamentalmente en relación con la RTE-T con obras que abarquen al menos 900 km de la red (1 010 000 000 EUR). Incluirá las intervenciones siguientes:

• mejora de la infraestructura tecnológica para la gestión del tráfico ferroviario;
• seguridad (ciberseguridad, instalación de detectores de caída de obstáculos, etc.);

• protecciones acústicas / mapas de ruido;

• desarrollo de la tecnología satélite aplicada a la señalización ferroviaria ERTMS;

• electrificación de secciones (p. ej., Monforte-Lugo);

• renovación de vía (p. ej., Soria-Torralba, Xátiva-Ontinyent y Monforte-Lugo);

• mejora del subsistema control mando y señalización (p. ej., Soria-Torralba y Ávila-Salamanca);

• creación de nuevas secciones o variantes (p. ej., Palencia-Santander, variante de Rincón de Soto y Variante de Ourense).

b) Hacer la red de carreteras más segura con arreglo a la normativa nacional y europea (707 000 000 EUR).

• Mejora de la seguridad viaria (incluidas actuaciones de seguridad en al menos 80 túneles) y protección de fauna y usuarios vulnerables (357 000 000 EUR).
• Sostenibilidad y eficiencia energética y acción contra el ruido (302 000 000 EUR).

• Digitalización: implementación de sistemas de monitorización de puentes, túneles, etc., empleando Big Data y el internet de las cosas; digitalización de las carreteras para el seguimiento y el mantenimiento (35 000 000 EUR).

• Implementación de Sistemas Inteligentes de Transporte en carriles BUS-VAO (13 000 000 EUR).
• Actualización del anteproyecto primario del enlace fijo a través del Estrecho de Gibraltar (2 300 000 EUR).

Los criterios de selección garantizarán que en el segundo cuatrimestre de 2026 al menos 1 010 000 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 301 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

89

C6.I2

Objetivo

Red no principal de la RTE-T: progreso de las obras ferroviarias.

-

Número (en km)

0

347

Q4

2024

Al menos 347 kilómetros de obras finalizadas con el objetivo de hacer la red ferroviaria más interoperable fundamentalmente en relación con la RTE-T; el objetivo final es que el total de las obras represente al menos 900 kilómetros de red. Las obras están relacionadas con los ámbitos definidos en el documento de adjudicación del proyecto del cuarto trimestre de 2022, letra a) (hito 88).

90

C6.I2

Objetivo

Cielo Único Europeo: proyectos adjudicado y avances en la finalización de los proyectos.

-

Número

0

15

Q4

2024

Un total de quince proyectos finalizados (el objetivo final es veinte proyectos) en materia de digitalización y seguridad para el desarrollo del Cielo Único Europeo, de entre la lista siguiente de criterios de selección: Un total de quince proyectos finalizados (el objetivo final es veinte proyectos) en materia de digitalización y seguridad para el desarrollo del Cielo Único Europeo, de entre la lista siguiente de criterios de selección:

• Inversiones directas a través de ENAIRE (gestor de navegación aérea en España) encaminadas al desarrollo del Cielo Único Europeo, relacionadas con la modernización de los sistemas de control de tráfico aéreo y de los sistemas de vigilancia, la transformación digital y sistemas de Información y con la evolución de los sistemas de comunicaciones.

• Digitalización de la documentación aeronáutica (datos y cartografía) a disposición de los usuarios para la realización de vuelos.
• Ampliación de la cobertura Tierra/Aire y digitalización de la voz en las comunicaciones piloto-controlador. Mejorar la cobertura a baja cota en determinadas zonas del espacio aéreo modernizando las infraestructuras terrestres de comunicaciones.

• Evolución del sistema de comunicaciones voz en los centros de control de tráfico aéreo mediante la digitalización y tecnología avanzada, proporcionando una mejora de la calidad, una mayor seguridad, disponibilidad de la información y un aumento de la capacidad de contingencia.

• Modernización tecnológica de la red de radares primarios, mejorando las prestaciones y orientando los sistemas a una completa digitalización de los mismos utilizando todos los avances tecnológicos disponibles para aumentar la eficiencia en la explotación.

• Evolución de los sistemas de radares secundarios a la tecnología Modo S. que proporcionan información al sistema de control de tráfico aéreo.

• Sustitución del equipamiento hardware de los diferentes sistemas de ENAIRE.

• Desarrollo de diferentes aplicaciones de gestión y operación para la gestión de ENAIRE.

• Modernización tecnológica de los sistemas de navegación primando una completa digitalización de los mismos y la implantación de soluciones de monitorización y control remoto de los sistemas.

• Creación de infraestructuras para la implantación de los nuevos sistemas de control de tráfico aéreo. Esencial para garantizar la implantación de los nuevos conceptos operacionales en España. Además, se incluyen modernizaciones de las instalaciones para asegurar la resiliencia frente a fallos

• Digitalización y automatización de la gestión de explotación técnica para la mejora de las herramientas de supervisión remota de los sistemas de manera integrada.
• Modernización del sistema de control de tráfico aéreo para su adecuación a criterios reglamentarios, incorporando mejoras en capacidad, seguridad operacional, ciberseguridad y conceptos de digitalización todos ellos dimanados del Cielo Único Europeo.

91

C6.I2

Hito

Digitalización del MITMA.

Notificación oficial de la finalización de las obras.

 

 

 

Q4

2024

Finalización de los proyectos siguientes: • Building Information Modeling (BIM): puesta en marcha de una plataforma colaborativa para gestión de información y modelos digitales.

• Impulso de la Movilidad como Servicio (MaaS), ofreciendo datos abiertos y utilizando nuevas tecnologías para el análisis y optimización de la movilidad.

• Implementación de un sistema de análisis, seguimiento, vigilancia, control de necesidades, ejecución de servicio e implantación y aplicación de nuevas tecnologías en el transporte terrestre.

• Plan de Digitalización de la Dirección General de Carreteras.

• Desarrollo de nuevos servicios y mejora de la gestión en los ámbitos aéreos, marítimo y de información geográfica, entre otros.

92

C6.I2

Objetivo

RTE-T nueva o mejorada, otras obras.

-

Número (en km)

347

900

Q2

2026

Al menos 900 kilómetros de obras finalizadas con el objetivo de hacer la red ferroviaria más interoperable fundamentalmente en relación con la RTE-T, por medio de obras. Las obras están relacionadas con los ámbitos definidos en los criterios de selección del documento de adjudicación del proyecto del cuarto trimestre de 2022, letra a) (hito 88). (Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2024).

93

C6.I2

Objetivo

Cielo Único Europeo: finalización del proyecto.

-

Número

15

20

Q2

2026

Al menos 20 proyectos finalizados en materia de digitalización y seguridad para el desarrollo del Cielo Único Europeo; los proyectos deben estar seleccionados en consonancia con los criterios de selección del documento de adjudicación del proyecto (hito 90).
(Fecha para el valor de referencia: 31 de diciembre de 2024).

94

C6.I2

Hito

RCE adaptada a la normativa actual.

Finalización del proyecto.

 

 

 

Q2

2026

Finalización de obras para hacer la RCE más segura con arreglo a la normativa nacional y europea.
Las obras están relacionadas con los ámbitos definidos en los criterios de selección del documento de adjudicación del proyecto del cuarto trimestre de 2022, letra b) (hito 88), y comprenden obras en al menos 80 túneles, obras de mejora de cerramientos y señalización para reducir la probabilidad de atropello de fauna salvaje, ejecución de actuaciones que permitan mejorar las condiciones de seguridad de los usuarios más vulnerables como peatones y ciclistas (pasarelas, carriles bici), acción contra el ruido, digitalización (implementación de sistemas de monitorización de puentes, túneles, etc., empleando Big Data y el internet de las cosas; digitalización de las carretera para el seguimiento y el mantenimiento) e implementación de Sistemas Inteligentes de Transporte en carriles BUS-VAO.

95

C6.I3

Hito

Infraestructuras intermodales y logísticas: adjudicación presupuestaria parcial.

Notificación oficial de la adjudicación del proyecto.

 

 

 

Q4

2022

Presupuesto acumulado adjudicado de al menos 330 000 000 EUR (presupuesto total de 974 000 000 EUR) para intervenciones de mejoras de las infraestructuras intermodales y logísticas.
Los proyectos se seleccionarán con arreglo a los criterios de selección siguientes:

a) Desarrollo y mejora de nueve estratégicas intermodales y logísticas terminales (TILOS) (217 000 000 EUR) para, en algunos casos, hacer que converjan las terminales intermodales con la zona logística y, en todos los casos, impulsar la transferencia modal de mercancías de la carretera al ferrocarril. Estas terminales e instalaciones logísticas son:

• Vicálvaro en Madrid;
• La Llagosta en Barcelona;

• San Luis en Valencia;

• Júndiz en Álava;

• instalación logística de Can Tunis (Barcelona);
• terminal de Orduña (Bizkaia);

• instalación logística de Lezo (Gipuzkoa);

• Muriedas (Santander);

• terminal de Escombreras (Murcia).

b) Mejora del acceso ferroviario a dos puertos españoles (407 700 000 EUR) y del acceso por carretera a un puerto (43 000 000 EUR):

• acceso ferroviario al puerto de A Coruña;
• acceso ferroviario al puerto de Castellón;

• acceso al puerto de Algeciras;

• construcción de apartaderos de 750 metros.

c) Mejora de la accesibilidad (diecinueve proyectos) y sostenibilidad (veinticinco proyectos) de los puertos (306 000 000 EUR):

• Accesibilidad (176 000 000 EUR): obras de acceso ferroviario incluyendo trabajos de remodelación y mejora, así como obras de nuevo acceso y de mejora del tránsito interno en los puertos, mediante la adaptación de las infraestructuras que dan continuidad a sus accesos terrestres externos.

• Sostenibilidad: adecuación de sistemas de abastecimiento y saneamiento de agua; planes de mejora de calidad del aire; instalación de redes de energía más eficientes; instalaciones de energía solar fotovoltaica; renovación de redes de alumbrado e instalación de tecnología LED; sistemas de control de consumo eléctrico; renovación de sistemas de transformación.
El objetivo de la medida es desarrollar el eje 6 de la Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada (reforma 1), sobre Cadenas Logísticas Intermodales Inteligentes.

Los criterios de selección garantizarán que, del objetivo presupuestario total de 974 000 000 EUR, al menos 584 000 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 217 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

96

C6.I3

Hito

Ejecución presupuestaria de la infraestructura intermodal y logística.

Notificación oficial de ejecución presupuestaria.

 

 

 

Q4

2024

Presupuesto acumulado ejecutado de al menos 590 000 000 EUR para las estructuras de infraestructura intermodal y logística. Las obras están relacionadas con los ámbitos definidos en los criterios de selección del documento de adjudicación del proyecto del cuarto trimestre de 2022, letras a), b) y c) (hito 95).

97

C6.I3

Objetivo

Infraestructura intermodal y logística.

-

Número

0

12

Q2

2026

Finalización de las obras en nueve terminales estratégicas intermodales y logísticas (Tilos) y tres accesos portuarios nuevos o mejorados para impulsar el transporte ferroviario de mercancías. Las obras están relacionadas con los ámbitos definidos en los criterios de selección del documento de adjudicación del proyecto del cuarto trimestre de 2022, letras a) y b) (hito 95).

98

C6.I3

Objetivo

Finalización de proyectos de accesibilidad ferroviaria y de proyectos de sostenibilidad en los puertos.

-

Número

0

44

Q2

2026

Finalización de 44 actuaciones (19+25): al menos 19 proyectos de accesibilidad ferroviaria y finalización de proyectos de sostenibilidad en los puertos en 25 autoridades portuarias diferentes. Las obras están relacionadas con los ámbitos definidos en los criterios de selección del documento de adjudicación del proyecto del cuarto trimestre de 2022, letra c) (hito 95).

99

C6.I4

Hito

Apoyo al programa de transporte sostenible y digital.

Publicación en el BOE.

 

 

 

Q4

2022

Publicación en el BOE de la concesión de 800 000 000 EUR en el marco del programa de transporte sostenible y digital.

Se aprobarán proyectos para las quince líneas de actuación siguientes.

Línea de actuación 1. Interoperabilidad en transporte ferroviario de mercancías (45 000 000 EUR).
1. Sistema Europeo de Gestión del Tráfico Ferroviario (ERTMS) a bordo.

2. Acciones que eliminen las barreras para la interoperabilidad ferroviaria de conformidad con las Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad (ETI). Sistemas de reducción de ruido en material rodante.
Adaptación de locomotoras a varias tensiones de trabajo.

Instalación de ejes de ancho variable en vagones de transporte de mercancías.

3. Innovación y desarrollo del eje de ancho variable en locomotoras.

Línea de actuación 2. Fomento de la intermodalidad del transporte (195 000 000 EUR).
4. Construcción, adaptación o mejora de cargaderos y terminales intermodales ferrocarril-carretera, y sus conexiones terrestres.

5. Apoyo al transporte sostenible de mercancías (ferroviario y marítimo) basado en ECO-INCENTIVOS a la oferta y a la demanda.

Línea de actuación 3. Modernización de material ferroviario de mercancías (125 000 000 EUR).

6. Acciones de apoyo a la renovación o adecuación de vagones para el transporte ferroviario de mercancías, incluido el necesario para el establecimiento de servicios de autopistas ferroviarias.

7. Acciones de apoyo a la renovación o adecuación de material tractor ferroviario con otro material que utilice combustibles alternativos como el hidrógeno o la electricidad.

Línea de actuación 4. Transporte por carretera seguro, sostenible y conectado (56 500 000 EUR).
8. Construcción y mejora de zonas de aparcamiento seguras para vehículos comerciales, así como la provisión de servicios de información [Reglamento Delegado (UE) n.º 885/2013].

9. Servicios Inteligentes de Transporte para el sector de carreteras (ITS) en concesiones de autopistas de peaje y otros servicios relacionados con la seguridad y conservación de las carreteras.

10. Acciones de apoyo a la implantación de la infraestructura de reabastecimiento de combustibles alternativos para vehículos pesados en la red de carreteras.
11. Acciones de apoyo a la renovación o adecuación de medios y maquinaria para conseguir pavimentos sostenibles: disminución de huella de carbono y sonorreductores.

Línea de actuación 5. Sostenibilidad del transporte marítimo y aéreo (111 000 000 EUR).

12. Apoyo al despliegue de combustibles alternativos en puertos y aeropuertos.

13. Apoyo a la adopción de tecnologías propulsivas con energías alternativas en el sector marítimo.

Línea de actuación 6. Digitalización del transporte (47 500 000 EUR).
14. Proyectos para la digitalización de los servicios de transporte de pasajeros y mercancías en el ámbito nacional.

Transferencia a Comunidades Autónomas (220 000 000 EUR).
15. Proyectos para la digitalización de los servicios de transporte de pasajeros y mercancías en el ámbito autonómico y local.

Respecto de las medidas 10 y 12, los criterios de elegibilidad asegurarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), garantizando que la infraestructura permita en el momento de su construcción el suministro de gases renovables y bajos en carbono.

Los criterios de selección garantizarán que al menos 63 500 000 EUR contribuyan a los objetivos de cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y que al menos 210 000 000 EUR lo hagan con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

100

C6.I4

Hito

Transporte sostenible y digital: inicio de las obras.

Notificación oficial de inicio de las obras.

 

 

 

Q4

2024

Inicio de las obras en todos los proyectos adjudicados en el cuarto trimestre de 2022 (hito 99) para promover el transporte sostenible y digital. Las obras están relacionadas con los ámbitos definidos en los criterios de selección del documento de adjudicación del proyecto del cuarto trimestre de 2022 (hito 99).

101

C6.I4

Hito

Transporte sostenible y digital: finalización de las obras.

Notificación oficial de la finalización de las obras.

 

 

 

Q2

2026

Finalización de todos los proyectos adjudicados en el cuarto trimestre de 2022 (hito 99) para promover el transporte sostenible y digital. Las obras están relacionadas con los ámbitos definidos en los criterios de selección del documento de adjudicación del proyecto del cuarto trimestre de 2022.

Respecto de las medidas 10 y 12, los criterios de elegibilidad asegurarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), garantizando que la infraestructura permita en el momento de su construcción el suministro de gases renovables y bajos en carbono.

G. COMPONENTE 7: Despliegue e integración de energías renovables

El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) (2021-2030) de España prevé un crecimiento significativo de la penetración de las energías renovables en España, llegando en 2030 al 74 % en el ámbito eléctrico y al 42 % sobre el uso final. En este contexto, el objetivo de este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español es aumentar el uso de energías renovables mediante los siguientes elementos:

a)el desarrollo de un marco regulador claro y predecible que promueva la inversión en energías renovables;

b)el establecimiento y la consolidación de la cadena de valor industrial en el ámbito de las renovables;

c)el apoyo a fuentes innovadoras de tecnologías de generación renovable, incluida su integración en los usos finales; así como

d)el desarrollo de competencias ecológicas.

Además, el componente pretende específicamente promover el despliegue de las energías renovables en las islas españolas, así como la participación de los ciudadanos a través de comunidades de energías renovables.

El componente está relacionado con la promoción de las inversiones en innovación y eficiencia energética (recomendación específica por país 3 de 2019). También fomenta la inversión pública y privada, así como la transición ecológica (recomendación específica por país 3 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

G.1    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C7.R1): Marco normativo para el fomento de la generación renovable

El objetivo de esta medida es reforzar el marco normativo para el fomento de la generación renovable, con el fin de aumentar la seguridad y fomentar la inversión privada en energías renovables, eliminar los obstáculos al despliegue de las energías renovables y mejorar su integración en el medio ambiente, el sistema eléctrico y en los distintos sectores.

La medida incluirá una serie de medidas legislativas y reglamentarias, entre ellas:

-la adopción del Real Decreto-ley 23/2020, de junio de 2020, que establece un nuevo sistema de subastas para la generación renovable y mejora el mecanismo de acceso de la generación renovable a la red eléctrica;

-la adopción del Real Decreto 960/2020, de noviembre de 2020, que mejora la previsibilidad de los ingresos que se obtendrán mediante la generación renovable en las nuevas subastas;

-el Real Decreto 1183/2020, de diciembre de 2020, por el que se regulan las condiciones de acceso y conexión para la generación renovable, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 23/2020; así como

-la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, cuya adopción está prevista para el primer semestre de 2021, que blinda con rango de Ley los objetivos en materia de energías renovables para 2030 y el objetivo de neutralidad climática para 2050 (incluido un sistema de electricidad renovable del 100 %). Esta Ley también incluye elementos pertinentes para otros componentes del Plan (como la reducción de las barreras administrativas y los requisitos para la instalación de puntos públicos de recarga).

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Reforma 2 (C7.R2): Estrategia Nacional de Autoconsumo

El objetivo de esta medida es impulsar el autoconsumo como forma alternativa de generación renovable, establecer objetivos en este ámbito para el período 2021-2030 e identificar y desarrollar medidas para mitigar los principales obstáculos a su despliegue. El autoconsumo contribuye a la integración de la generación renovable en edificios y entornos urbanos e impulsa el empleo local.

La medida incluirá la adopción por parte del Gobierno español de una Estrategia Nacional de Autoconsumo durante el segundo semestre de 2021 con el fin de reducir los obstáculos administrativos al autoconsumo. La estrategia diagnosticará la situación actual y potencial en España e identificará medidas destinadas a: a) una mejor coordinación entre las Administraciones; b) la difusión de información a los consumidores y la sensibilización; c) determinar las competencias pertinentes existentes, así como otras oportunidades de formación relacionadas con el despliegue del autoconsumo.

La medida abordará la aplicación de elementos clave de la Estrategia Nacional de Autoconsumo, incluso mediante la publicación de orientaciones sobre cómo fomentar el autoconsumo y la finalización de actividades de formación destinadas a mejorar las competencias requeridas.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2023.

Reforma 3 (C7.R3): Desarrollo de las comunidades energéticas

Esta medida tiene por objetivo desarrollar comunidades energéticas para impulsar la participación de los ciudadanos en la transición energética, a través de comunidades de energías renovables y comunidades energéticas ciudadanas. La medida apoyará la formación, los procesos participativos y de creación de comunidades y el apoyo a proyectos específicos.

La medida adjudicará un primer proyecto piloto para las comunidades energéticas sobre la base de una licitación competitiva, con el fin de demostrar la viabilidad de este modelo. Ejecutará 37 proyectos piloto con la participación de la comunidad local a finales de 2023, con una hoja de ruta de las acciones llevadas a cabo y la determinación de las medidas futuras adecuadas. Estos proyectos se basarán en las energías renovables.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Reforma 4 (C7.R4): Marco para la innovación y desarrollo tecnológico de las energías renovables

Esta medida reforzará el marco para la innovación y el desarrollo tecnológico de una serie de fuentes de energía renovables y contribuirá a avanzar hacia el objetivo del 100 % de energías renovables en la demanda de energía. Las fuentes renovables cubiertas por esta medida incluyen la energía eólica marina y el biogás. La medida también facilitará la I+D en tecnologías renovables.

La medida incluirá la publicación de una Hoja de Ruta de la energía eólica marina y otras energías del mar. El objetivo de esta Hoja de Ruta es reducir los obstáculos administrativos para el desarrollo de esta fuente de energía renovable. En concreto, la Hoja de Ruta tendrá por objeto: a) impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación mediante un marco normativo más ágil y el refuerzo de los centros tecnológicos y plataformas de prueba de nuevos prototipos; b) identificar oportunidades y sinergias con sectores industriales clave; c) desarrollar un marco normativo apropiado para el despliegue en España, especialmente de tecnología flotante; y d) identificar medidas para minimizar los efectos medioambientales (procurando al mismo tiempo simplificar los procedimientos administrativos). La medida aplicará las principales medidas reglamentarias identificadas en la Hoja de Ruta para promover los parques eólicos marinos, impulsar la investigación y el desarrollo, y apoyar el despliegue de tecnologías flotantes.

El segundo elemento de esta medida es la publicación de una Hoja de Ruta del Biogás, en la que se analizarán las herramientas reguladoras y sectoriales adecuadas para promover el biogás, centrándose en el uso eficiente de esta fuente de energía (por ejemplo, en aplicaciones agroindustriales y para vehículos pesados en los que la electrificación aún no es una alternativa). Esta parte de la reforma abordará la ejecución de actividades clave de la Hoja de Ruta del Biogás, en particular: a) el establecimiento de un sistema de garantías de origen para los gases renovables, destinado a fomentar la inversión en biogás y a descarbonizar sectores como la industria y el transporte; b) el desarrollo de una herramienta para calcular la contribución del biogás a la descarbonización; y c) estudios previos de viabilidad para promover la implantación de instalaciones de producción de biogás.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 1 (C7.I1): Desarrollo de energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos productivos

El objetivo de esta medida es fomentar el desarrollo de energías renovables innovadoras, así como las que deben integrarse en los edificios y en los procesos productivos. Apoyará el autoconsumo de energías renovables y tecnologías que aún no son plenamente competitivas, incluidas las fuentes de energía renovables eléctricas y térmicas en el sector agrícola, las fuentes renovables destinadas a los requisitos de refrigeración/calefacción del sector residencial y de servicios, la energía térmica procedente de fuentes renovables para procesos industriales, la bioenergía y las energías renovables marinas. La ayuda adoptará la forma de ayuda a la inversión, que se adjudicará a través de licitaciones que garanticen un resultado rentable, o de ayudas directas de capital a proyectos de energías renovables. La inversión también respaldaría el reciclaje profesional y la mejora de las capacidades en el ámbito de la generación renovable.

Se instalarán al menos 3 800 MW de generación renovable innovadora o de valor añadido en el marco de esta inversión para el primer semestre de 2026.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 2 (C7.I2): Energía sostenible en las islas

Esta inversión apoyará la energía sostenible en las islas españolas (Canarias y Baleares) como parte de una estrategia más amplia de apoyo a la transición energética en las islas, en particular mediante el apoyo a proyectos de penetración e integración de las energías renovables en islas y sistemas no peninsulares. Esto está en consonancia con el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima de España, que incluye medidas para descarbonizar las islas y reducir su dependencia del petróleo.

Las inversiones específicas que deben apoyarse incluirán fuentes de electricidad renovables, soluciones de almacenamiento y proyectos inteligentes (como parte del programa Smart Islands). Parte de las actividades en el marco de esta inversión se basará en los conocimientos adquiridos a través del programa Clean Energy for EU Islands o «Energía Limpia para las Islas de la UE».

Se instalarán como mínimo 200 MW de generación renovable innovadora en el marco de esta inversión, así como aproximadamente 200 intervenciones en el marco del programa Smart Islands o del programa Energía Limpia para las Islas de la UE, y aproximadamente 400 proyectos de almacenamiento.

La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.

G.2    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito/objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos para los hitos

Indicadores cuantitativos para los objetivos

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

102

C7.R1

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto-ley 23/2020 (medidas energéticas)

Disposición del Real Decreto-ley 23/2020 sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2020

El Real Decreto-ley 23/2020 aprueba medidas energéticas destinadas a establecer la base jurídica de un nuevo sistema de subastas, definir nuevos participantes en el sector de la energía, como agregadores independientes y comunidades de energías renovables, y contribuir a racionalizar los permisos de acceso y conexión.

103

C7.R1

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto 960/2020 (régimen económico de las energías renovables)

Disposición del Real Decreto 960/2020 sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2020

El Real Decreto 960/2020 regula el régimen económico de las energías renovables.

104

C7.R1

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto 1183/2020 (conexión de las energías renovables a la red eléctrica)

Disposición del Real Decreto 1183/2020 sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2020

El Real Decreto 1183/2020 regula la hibridación y la orden de acceso y conexión de las energías renovables a la red eléctrica.

105

C7.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética.

Disposición de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética sobre la entrada en vigor

 

 

 

T2

2021

La Ley de Cambio Climático y Transición Energética proporcionará estabilidad reglamentaria alternativa al desarrollo de los recursos renovables, reducción de las barreras administrativas y requisitos mínimos para la instalación de puntos públicos de recarga en servicio.

106

C7.R1

Objetivo

Capacidad adicional de producción de energía renovable

-

Número (MW)

0

8 500

T4

2023

Capacidad de producción adicional acumulada de energía renovable apoyada en el nuevo marco legislativo facilitador, incluido en la reforma C7.R1 (incluido el mecanismo de subasta establecido mediante el RD 960/2020, la nueva reglamentación sobre permisos de acceso y conexión, e hibridación): al menos 8 500 MW adjudicados

107

C7.R1

Objetivo

Capacidad adicional acumulada de energía renovable instalada en España

-

Número (MW)

0

1 500

T4

2023

Capacidad adicional acumulada de energía renovable instalada en España durante el período T1 2020-T4 2023, en el marco del nuevo marco legislativo habilitante incluido en la reforma C7.R1 (incluido el mecanismo de subasta establecido mediante el RD 960/2020, la nueva reglamentación sobre permisos de acceso y conexión, e hibridación): al menos 1 500 MW construidos

108

C7.R2

Hito

Estrategia Nacional de Autoconsumo

Publicación en la página web

 

 

 

T4

2021

Adopción por el Consejo de Ministros y publicación en el sitio web del Gobierno de la Estrategia Nacional de Autoconsumo, para reducir los obstáculos administrativos al autoconsumo.

109

C7.R2

Hito

Finalización de las medidas de la Estrategia Nacional de Autoconsumo

Publicación de los resultados en la página web

 

 

 

T2

2023

Finalización de las medidas clave de la Estrategia Nacional de Autoconsumo, en particular: la publicación en el sitio web del Ministerio para la Transición Ecológica de orientaciones técnicas y la orientación a los municipios sobre cómo fomentar el autoconsumo y la finalización de cursos de formación para mejorar las competencias técnicas requeridas en materia de fuentes renovables de autoconsumo de energías renovables para al menos 500 profesionales.

110

C7.R3

Hito

Proyecto piloto para las comunidades energéticas

Publicación en la página web

 

 

 

T2

2022

Adjudicación del primer proyecto piloto para las comunidades de energía sobre la base de una licitación, con el fin de demostrar la viabilidad de este modelo.

111

C7.R3

Objetivo

Finalización de proyectos piloto relacionados con la energía en las comunidades locales.

-

Número

0

37

T4

2023

Finalización de al menos 37 proyectos piloto relacionados con la energía, con la participación de la comunidad local, sobre la base de una hoja de ruta en la que se detallen las acciones llevadas a cabo y los próximos pasos. Estos proyectos piloto podrán incluir procesos participativos, apoyo a la creación de comunidades locales de energía o el despliegue de los propios proyectos de energías renovables.

112

C7.R4

Hito

Hoja de Ruta de la energía eólica marina y otras energías del mar

Publicación en la página web

 

 

 

T4

2021

Publicación de la Hoja de Ruta de la energía eólica marina y otras energías del mar, con el fin de reducir las barreras administrativas al desarrollo de esta fuente de energía renovable

113

C7.R4

Hito

Entrada en vigor de las medidas reglamentarias identificadas en la Hoja de Ruta de la energía eólica marina y otras energías del mar

Disposiciones de las medidas reglamentarias sobre la entrada en vigor

 

 

 

T2

2023

Entrada en vigor de las principales medidas reglamentarias identificadas en la Hoja de Ruta de la energía eólica marina y otras energías del mar, para promover la investigación y la innovación, así como apoyar el despliegue de tecnologías flotantes. Dichas medidas clave incluirán lo siguiente: la aprobación definitiva de los planes de ordenación del espacio marítimo, la mejora de la coordinación de la planificación de la red y de la estrategia marina, y la actualización del marco reglamentario.

114

C7.R4

Hito

Finalización de las medidas definidas en la Hoja de Ruta del Biogás

Publicación en la página web

 

 

 

T4

2023

Finalización de las medidas clave identificadas en la Hoja de Ruta del Biogás, incluido el establecimiento de un sistema de garantías de origen para los gases renovables, para mejorar la competitividad del biogás y fomentar las inversiones en la producción de biogás, garantizando una descarbonización más rápida en sectores como la industria y el transporte.

115

C7.I1

Hito

Licitación para el apoyo a la inversión en capacidad renovable innovadora o de valor añadido

Publicación en el BOE

 

 

 

T2

2022

Publicación en el BOE de la primera licitación para el apoyo a la inversión en capacidad renovable innovadora o de valor añadido.

116

C7.I1

Hito

Nuevos proyectos, tecnologías o instalaciones de infraestructuras de energías renovables marinas

Decisión de adjudicación / decisión de la autoridad sobre inversión

 

 

 

T3

2023

Al menos seis avances adjudicados que fomenten nuevos proyectos, tecnologías o instalaciones de infraestructuras de energías renovables marinas. Los seis avances deben contribuir a la ejecución de proyectos de energías renovables marinas en España. Los avances podrán incluir a pymes con actividades de energías renovables marinas que reciban subvenciones, préstamos o inversiones en capital, participen en la contratación pública precomercial, así como subvenciones concedidas directamente a proyectos marinos de energías renovables o a un prototipo de una nueva tecnología de producción o un despliegue de energías renovables marinas.

117

C7.I1

Objetivo

Capacidad adicional de producción de energías renovables innovadoras o de valor añadido

-

Número (MW)

0

3 800

T2

2026

Capacidad de producción adicional acumulada de energía renovable adquirida mediante licitaciones de capacidad renovable innovadora o de valor añadido (al menos 3 800 MW instalados)

118

C7.I2

Hito

Oficina de Energía Limpia y Proyectos Inteligentes para las Islas

Publicación en la página web

 

 

 

T3

2023

Creación de la Oficina de Energía Limpia y Proyectos Inteligentes para las Islas, con el objetivo de gestionar los programas de apoyo en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. La Oficina coordinará la dinamización y el desarrollo de la transición energética en las islas.

119

C7.I2

Objetivo

Finalización de proyectos de apoyo a la transición energética en las islas

-

Número

0

500

T3

2024

Al menos 500 acciones, proyectos o programas apoyados o realizados, en particular; programas u oficinas de dinamización, hojas de ruta insulares, proyectos de inversión o de ayuda, vinculados al programa Smart Islands y al programa «Energía Limpia para las Islas de la UE», energía renovable o proyectos de almacenamiento sostenible.

120

C7.I2

Objetivo

Capacidad adicional de producción de energía renovable en las islas

-

Número (MW)

0

180

T2

2026

Capacidad de producción adicional acumulada de energía renovable adquirida mediante licitaciones de capacidad renovable en las islas (al menos 180 MW instalados)

H. COMPONENTE 8: Infraestructuras eléctricas, promoción de redes inteligentes y despliegue de la flexibilidad y el almacenamiento

El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) de España tiene como objetivo en 2030 disponer de una cuota del 42 % de energías renovables en el consumo de energía final. La integración de una cantidad cada vez mayor de generación de electricidad renovable (se prevé que alcance el 74 % de la demanda en 2030 y el 100 % en 2050) requiere una serie de inversiones complementarias en digitalización de la red, almacenamiento y gestión de la demanda. En particular, la intermitencia y la previsibilidad parcial de las tecnologías renovables significa que el almacenamiento de energía tiene un papel importante que desempeñar, para proporcionar flexibilidad al sistema y garantizar la estabilidad de la red.

En este contexto, este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español perseguirá los siguientes objetivos:

a)el desarrollo de un sistema energético más flexible, descentralizado y dinámico, capaz de absorber de forma eficiente y segura mayores niveles de generación renovable;

b)el desarrollo de nuevos modelos de negocio innovadores; así como

c)la participación de nuevos actores en el sistema eléctrico (productores, suministradores y consumidores, además de los operadores de almacenamiento y agregadores) y un marco normativo más ágil y capaz de adaptarse a nuevas necesidades a través de los bancos de pruebas regulatorios (sandboxes).

El componente promoverá las inversiones en innovación y eficiencia energética, y fomentará la adopción de políticas eficientes para fomentar la innovación (recomendación específica por país 3 de 2019). También fomentará la inversión pública y privada, así como la transición ecológica (recomendación específica por país 3 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

H.1    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C8.R1): Marco habilitador para la integración de renovables en el sistema energético: redes, almacenamiento e infraestructuras

El objetivo de esta medida es generar un marco normativo transparente y estable que genere certidumbre y permita aumentar la integración de renovables en el sistema energético, mediante inversiones en redes, almacenamiento e infraestructuras.

La reforma incluirá la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo 2050 («ELP 2050»). El objetivo de esta estrategia es sentar las bases de un marco estratégico y reglamentario para la integración efectiva de las energías renovables en un sistema de energía flexible e inteligente. Entre los objetivos de la ELP 2050 figuran los siguientes: a) la reducción de las emisiones de GEI en un 90 % con respecto a 1990 (neutralidad climática); b) la consecución del 97 % de las energías renovables en el consumo final de energía; y c) un sistema de electricidad renovable del 100 %.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de marzo de 2021.

Reforma 2 (C8.R2): Estrategia de almacenamiento energético y adaptación del marco regulatorio para el despliegue del almacenamiento energético

Esta medida tiene por objeto elaborar, aprobar y desplegar un marco normativo y estratégico para fomentar el almacenamiento de energía. La reforma proporcionará el marco necesario para las inversiones previstas en C8.I1 y C8.I3, relativas al despliegue del almacenamiento energético y a los nuevos modelos de negocio en la transición energética, respectivamente.

La reforma incluirá la aprobación por el Gobierno español de la Estrategia de Almacenamiento Energético. El objetivo de esta estrategia es disponer de 20 GW de almacenamiento de energía en 2030 y 30 GW en 2050.

La reforma incluirá tres actos legislativos y reglamentarios: i) el Real Decreto 1183/2020, que regula el acceso a la red para las instalaciones de almacenamiento; ii) la Circular 1/2021 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de producción de energía eléctrica; iii) la Resolución de 10 de diciembre de 2020 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que regula la participación de las instalaciones de almacenamiento de energía en la prestación de servicios auxiliares.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2022.

Reforma 3 (C8.R3): Desarrollo del marco normativo para la agregación, gestión de la demanda y servicios de flexibilidad

Esta medida tiene por objeto el desarrollo del marco normativo necesario para desarrollar un sistema energético inteligente y dinámico, que incluye: i) la regulación de la gestión de la demanda y los servicios de flexibilidad en el marco regulatorio nacional, ii) el desarrollo del marco normativo para recoger los distintos servicios de flexibilidad y iii) el desarrollo de un marco que garantice el acceso de los consumidores a sus datos de consumo de energía.

La reforma estará en consonancia con el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, que reconoce explícitamente la necesidad de determinar los requisitos técnicos para la participación en los mercados existentes y en desarrollo de los participantes que ofrecen energía procedente de fuentes renovables, los operadores de almacenamiento de energía y los que prestan servicios de respuesta a la demanda.

El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima también destaca la necesidad de desarrollar la figura de los agregadores, en particular de los agregadores independientes, para facilitar su participación en el mercado. A tal fin, la reforma preverá la creación de la figura de agregador independiente de la demanda, mediante el Real Decreto-ley 23/2020, con el fin de permitir la entrada de nuevos operadores en el mercado minorista.

Además de apoyar el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, la reforma transpondrá la Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, que establece la obligación de garantizar la participación de los consumidores en los mercados, incluida la respuesta a la demanda, de promover la participación de los consumidores de forma individual o agregada o a través de agregadores independientes, y de permitir el uso de la flexibilidad en las redes de distribución.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Reforma 4 (C8.R4): Sandboxes o bancos de pruebas regulatorios 

Esta medida tiene por objeto desarrollar bancos de pruebas regulatorios (sandboxes) en el marco regulador nacional, que permitan la introducción de nuevos productos o soluciones tecnológicas, excepciones o salvaguardas regulatorias que contribuyan a facilitar la investigación e innovación en el sector de la energía. La reforma está directamente relacionada con la reforma C8.R3 y la inversión C8.I3.

Los bancos de pruebas regulatorios permitirán a la industria probar nuevas tecnologías, sistemas y servicios relacionados con la flexibilidad, la respuesta a la demanda y el almacenamiento de energía en un entorno seguro, en el que las partes interesadas puedan experimentar soluciones innovadoras sin estar sujetas a requisitos reglamentarios. Además, los bancos de pruebas regulatorios establecerán un diálogo normativo bidireccional entre la Administración y el regulador, que acelerará y facilitará la revisión de la normativa vigente y la adaptará a la entrada de nuevos agentes en el mercado. Se espera que esto facilite la creación de empresas tecnológicas emergentes, dándoles la oportunidad de probar sus modelos de negocio.

La reforma incluirá la adopción de un Real Decreto para el desarrollo de los sandboxes regulatorios que permita el desarrollo de nuevos proyectos piloto, con el objetivo de fomentar la investigación y la innovación en el sector eléctrico.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2023.

Inversión 1 (C8.I1): Despliegue del almacenamiento energético

El objetivo de esta medida es desplegar el almacenamiento energético mediante la puesta en marcha de iniciativas de apoyo e inversión en tres ámbitos principales:

a)el desarrollo del almacenamiento a gran escala. El almacenamiento a gran escala es necesario para integrar mayores cantidades de generación renovable y aportar servicios al sistema, desde regulación de frecuencia, apoyo en las rampas (flexibilidad) o para el arranque autónomo (black start);

b)el impulso del almacenamiento detrás del contador e integrado sectorialmente. Las tecnologías detrás del contador pueden incluir instalaciones de autoconsumo, baterías de litio y sistemas de almacenamiento de calor; así como

c)una iniciativa pública de creación de un cluster verde para el desarrollo tecnológico e industrial del almacenamiento en España, con el fin de movilizar e integrar a diferentes empresas del sector energético y otros sectores industriales en torno al almacenamiento, impulsando las capacidades industriales y tecnológicas del país.

La inversión propuesta se apoyará en el marco definido por las reformas de este componente, en particular las reformas C8.R1 y C8.R2, que proporcionan la base jurídica y estratégica para un despliegue eficaz del almacenamiento de energía.

La medida se aplicará a través de proyectos innovadores de almacenamiento que contribuyan a la transición energética, específicamente para proporcionar una nueva flexibilidad al sector de la energía, incluida la integración de las fuentes de energía renovables. Deberán estar operativos al menos cinco proyectos de almacenamiento innovadores, o se instalará una capacidad agregada de al menos 600 MW [o un suministro de energía total equivalente (MWh)].

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 2 (C8.I2): Digitalización de las redes

Esta medida apoyará las inversiones en digitalización de las redes de distribución para su adecuación a los requerimientos necesarios para acometer la transición energética. La necesidad de digitalización de las redes eléctricas forma parte de la Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, que recoge que los Estados miembros deben fomentar la modernización de las redes, por ejemplo mediante la introducción de redes inteligentes. La digitalización de las redes es necesaria para avanzar en la transformación del sistema energético con una mayor presencia de energías renovables, con el objeto de contar con un sistema eléctrico seguro y resiliente. Reviste especial importancia en los territorios no peninsulares caracterizados por una mayor vulnerabilidad y dependencia energética.

El objetivo general de la medida es aumentar la competitividad de la electricidad, acelerando la electrificación de la economía. A tal fin, la medida establecerá un mecanismo inicial de apoyo para maximizar el potencial que ofrece la digitalización de las redes mediante: i) la reducción de las pérdidas y vertidos de generación renovable; ii) el fomento de la participación de la demanda en la gestión del sistema eléctrico; y iii) la optimización de la configuración de la red.

La medida preverá la concesión de al menos 35 proyectos innovadores de digitalización (para la distribución inteligente de electricidad) a las empresas distribuidoras.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 3 (C8.I3): Nuevos modelos de negocio en la transición energética

Esta medida incluirá inversiones y mecanismos de apoyo dirigidos al impulso de nuevos modelos de negocio para la transición relacionados con el despliegue del almacenamiento energético, así como la gestión de su segunda vida y reciclado, la gestión de la demanda, agregadores, servicios de flexibilidad, acceso al dato y bancos de pruebas regulatorios. En particular, la medida incluirá:

a)Apoyo a la implantación de agregadores en el mercado eléctrico nacional, con especial atención a los agregadores independientes, mediante la instalación de equipos de medida en tiempo real (submetering), centros del control y comunicación y plataformas de agregación;

b)Despliegue del almacenamiento a lo largo de toda la cadena de valor;

c)Apoyo a proyectos de gestión de demanda en distintos perfiles de consumidores (gran industria, pymes, comunidades de energías renovables/comunidades ciudadanas de energía, agregadores, etc.);

d)Convocatoria para llevar a cabo bancos de pruebas regulatorios, en forma de ayudas directas, competitivas, o convenios de colaboración; así como

e)Apoyo a start-ups o iniciativas innovadoras en el ámbito energético.

La inversión está estrechamente vinculada a la reforma C8.R4, cuyo objetivo es desarrollar bancos de pruebas regulatorios para proyectos innovadores. También se basa en el marco estratégico y reglamentario definido por las demás reformas, en particular la reforma C8.R3.

Se espera que se adjudiquen aproximadamente 20 proyectos para la promoción de nuevos modelos de negocio en la transición energética, incluidos contadores inteligentes, almacenamiento, respuesta a la demanda, servicios de flexibilidad y datos.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

H.2    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito/objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos para los hitos

Indicadores cuantitativos para los objetivos

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

121

C8.R1

Hito

Aprobación de la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo («ELP2050»).

Aprobación en Consejo de Ministros.

 

 

 

T1

2021

Aprobación de la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo («ELP2050»). La ELP50 sienta las bases para la definición del marco estratégico y reglamentario para la integración efectiva de las energías renovables en un sistema de energía inteligente y flexible, que debe leerse en el contexto del enfoque más amplio establecido en el PNIEC.

122

C8.R2

Hito

Entrada en vigor de reformas de planificación, legislativas y reglamentarias para promover el desarrollo de soluciones de almacenamiento de energía.

Disposiciones de las medidas legislativas y reglamentarias sobre la entrada en vigor

 

 

 

T2

2021

Adopción y entrada en vigor de las siguientes reformas de planificación, legislativas y reglamentarias para promover el desarrollo de soluciones de almacenamiento de energía:

a) Aprobación en el Consejo de Ministros de la Estrategia de Almacenamiento Energético, con el objetivo de fomentar el despliegue del almacenamiento de energía a través de 66 medidas específicas agrupadas en las 10 líneas de actuación incluidas en la Estrategia; el objetivo es disponer de 20 GW de almacenamiento de energía en 2030 y 30 GW en 2050.

b) Publicación en el BOE del Real Decreto 1183/2020, que regula el acceso a la red para las instalaciones de almacenamiento.

c) Publicación en el BOE de la Circular 1/2021 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de producción de energía eléctrica.

d) Publicación en el BOE de la Resolución de 10 de diciembre de 2020, que regula la participación de las instalaciones de almacenamiento de energía en la prestación de servicios auxiliares.

123

C8.R3

Hito

Entrada en vigor de medidas reglamentarias para la integración de la flexibilidad y la respuesta a la demanda.

Disposiciones de las medidas legislativas y reglamentarias sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2023

Desarrollo del marco reglamentario para la integración de la flexibilidad y la respuesta a la demanda, a través de las siguientes acciones:

a) Publicación de la Resolución de 10 de diciembre de 2020 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que adapta determinados procedimientos de operación para la participación en los servicios de balance,

b) Adopción de legislación por la que se transpone plenamente la Directiva 2019/944,

c) Adopción del RDL 23/2020 para crear la figura de agregador independiente

124

C8.R4

Hito

Entrada en vigor de medidas para promover los bancos de pruebas regulatorios para fomentar la investigación y la innovación en el sector eléctrico.

Disposiciones del Real Decreto sobre la entrada en vigor

 

 

 

T2

2022

Publicación y entrada en vigor de un Real Decreto para el desarrollo de los sandboxes regulatorios que permita el desarrollo de nuevos proyectos piloto, con el objetivo de fomentar la investigación y la innovación en el sector eléctrico.

La legislación permitirá a la industria probar nuevas tecnologías, sistemas y servicios relacionados con la flexibilidad, la respuesta a la demanda y el almacenamiento de energía en un entorno seguro y conductivo, en el que las partes interesadas puedan experimentar soluciones innovadoras sin estar sujetas a los requisitos reglamentarios vigentes. Además, esto proporcionará un diálogo normativo bidireccional entre la Administración y el regulador, que acelerará y facilitará la revisión de la normativa vigente y la adaptará a la entrada de nuevos agentes en el mercado, fomentando la creación de nuevas empresas tecnológicas, dándoles la oportunidad de probar sus modelos de negocio.

125

C8.I1

Objetivo

Proyectos de almacenamiento innovadores adjudicados

-

Número

0

5

T4

2023

Al menos cinco proyectos de almacenamiento innovadores adjudicados, equivalentes a una capacidad instalada agregada de al menos 600 MW o un suministro de energía total equivalente (MWh).

126

C8.I1

Objetivo

Proyectos de almacenamiento innovadores operativos

-

Número

0

5

T2

2026

Al menos cinco proyectos de almacenamiento innovadores operativos, equivalentes a una capacidad instalada agregada de al menos 600 MW o un suministro de energía total equivalente (MWh).

127

C8.I2

Objetivo

Proyectos innovadores de digitalización para la distribución de electricidad

-

Número

0

35

T4

2023

Al menos 35 proyectos innovadores de digitalización (incluida la automatización de la red) adjudicados a las empresas distribuidoras, de acuerdo con las características y definiciones establecidas en la Circular 6/2019 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. 

128

C8.I3

Objetivo

Proyectos para fomentar nuevos modelos de negocio en la transición energética

-

Número

0

18

T4

2023

Al menos 18 proyectos adjudicados para la promoción de nuevos modelos de negocio en la transición energética, incluidos contadores inteligentes, almacenamiento, respuesta a la demanda, servicios de flexibilidad y datos.

I. COMPONENTE 9: Hidrógeno renovable

El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima de España para 2021-2030 pretende reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en un 23 % con respecto a 1990. En este contexto, el objetivo principal del componente 9 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español es desarrollar tecnologías de hidrógeno de energías renovables:

a.Como medio de almacenar energía para gestionar las diferencias entre la oferta y la demanda de electricidad, proporcionando flexibilidad al sistema eléctrico.

b.Promoviendo su desarrollo y consolidación a lo largo de la cadena de valor industrial, dado que estas tecnologías actualmente no están preparadas para operar en condiciones de mercado;

c.Apoyando su integración en los usos finales, incluida la sustitución del hidrógeno de origen fósil en la industria; así como

d.Desarrollando competencias ecológicas.

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español aborda las recomendaciones específicas por país de promover las inversiones en innovación y eficiencia energética (recomendación específica por país 3 de 2019) e impulsar la transición ecológica (recomendación específica por país 3 de 2020).

El componente forma parte de la estrategia de energías renovables que sustentan el componente 1 y el componente 6 (uso del hidrógeno para fines de movilidad y transporte), el componente 7 (generación de energía renovable) y el componente 8 (almacenamiento y redes inteligentes) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español.

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

I.1    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C9.R1): Hoja de Ruta del Hidrógeno

Esta medida proporcionará un marco para desarrollar el hidrógeno renovable en España (la «Hoja de Ruta del Hidrógeno»). A tal fin, define los objetivos que deben alcanzarse para 2030 en términos de capacidad instalada por sector (industria y transporte). La Hoja de Ruta del Hidrógeno fue aprobada por el Consejo de Ministros en octubre de 2020. La medida también establece un medio concreto para apoyar la aplicación de la Hoja de Ruta garantizando el suministro de energía renovable a los electrolizadores de hidrógeno. Las medidas reglamentarias conexas incluirán: i) el establecimiento de un instrumento regulador que incluya la designación y la gobernanza de los organismos nacionales que expidan garantías de origen para gases renovables, incluido el hidrógeno renovable; y ii) un mecanismo reglamentario que establezca cómo se verifica el origen renovable del hidrógeno.

Esta reforma estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2022.

Inversión 1 (C9.I1): Hidrógeno renovable: un proyecto país

Esta medida tiene por objeto contribuir a la aplicación de la Hoja de Ruta del Hidrógeno mediante cuatro líneas de actuación.

La primera es impulsar el conocimiento y la cadena de valor innovadora de España, con especial referencia a las pymes. Debido al nivel temprano de preparación tecnológica de esta tecnología, esta medida prevé la necesidad de apoyar al menos a diez pymes para mejorar y reforzar la actual cadena de valor española mediante el refuerzo de una o varias de las siguientes actividades: capacidades de producción, capacidades, competitividad, transferencia de conocimientos y tecnología o dimensión internacional. La medida también se centrará en cinco avances tecnológicos o prototipos (como electrolizadores, compresores, recipientes de almacenamiento, pilas de combustible y sistemas de transporte basados en H2), incluidos los «primeros de un tipo» para apoyar la validación de nuevos diseños o prototipos mejorados asociados a la producción, la logística de distribución o el consumo de hidrógeno. Además, la medida preverá al menos diez intervenciones dirigidas a la mejora de las instalaciones de ensayo o a la implantación de nuevas líneas de fabricación de tecnologías o sistemas facilitadores esenciales dentro de la cadena de suministro de hidrógeno, como electrolizadores o pilas de combustible. Deberán: i) mejorar las instalaciones o laboratorios de ensayo de la I+D+i o el equipo relacionado; o ii) mejorar las instalaciones o la adquisición de nuevos equipos (como máquinas herramienta) para fabricar sistemas, equipos o componentes relacionados con el hidrógeno y las pilas de combustible.

La segunda línea de actuación tiene por objeto establecer dos clusters de hidrógeno renovable para la integración de la producción, la transformación y el consumo a gran escala. El objetivo de al menos uno de estos clusters es integrar un electrolizador de hidrógeno renovable de gran capacidad para su suministro directo a consumidores industriales locales. El electrolizador deberá estar abastecido por electricidad renovable. El hidrógeno generado resultante se integrará en los procesos industriales y en las cadenas de aprovisionamiento de las empresas (e incluirá la adaptación y el cambio de modelos de negocio, desplazando consumos de hidrógeno de origen fósil) para sustituir al menos el 5 % de su consumo anual de hidrógeno a base de combustibles fósiles. La capacidad de producción total de todos los electrolizadores ascenderá, como mínimo, a 500 MW.

La tercera línea de actuación prevé apoyar el despliegue del hidrógeno en una serie de (al menos diez) otros proyectos pioneros de menor tamaño que el cluster. Estos introducirán el hidrógeno renovable más allá de un único centro industrial en sistemas energéticos aislados que permitan integrar el hidrógeno renovable en ámbitos como el transporte. Se espera que estas intervenciones abarquen la producción, distribución y consumo de hidrógeno renovable, fomentando la cobertura en diferentes sectores y partes del territorio español.

Por último, la medida pretende promover el hidrógeno como parte de una estrategia más amplia de la UE para desarrollar una cadena de valor de la Unión. Como consecuencia de ello, algunas empresas que reciban apoyo de la medida podrían participar en un previsto proyecto IPCEI de hidrógeno, junto con empresas de otros Estados miembros, sobre la base de un marco adecuado para colaborar dentro de la Unión a fin de integrar las cadenas de valor nacionales para competir a escala mundial.

Se espera esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de la medida y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, la integración del hidrógeno renovable promoverá la electrificación de los procesos industriales.

Las acciones de esta inversión estarán terminadas a más tardar el 30 de junio de 2026.

I.2    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito/objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos para los hitos

Indicadores cuantitativos para los objetivos

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

129

C9.R1

Hito

Hoja de Ruta del Hidrógeno

Aprobación en Consejo de Ministros.

 

 

 

T4

2020

Aprobación de la Hoja de Ruta del Hidrógeno por el Consejo de Ministros. La Hoja de Ruta del Hidrógeno establece las directrices definidas por España para el desarrollo del sector del hidrógeno renovable. A tal fin, define los objetivos que deben alcanzarse para 2030 en términos de capacidad instalada, industria y movilidad.

130

C9.R1

Hito

Entrada en vigor de la normativa que establece garantías de origen para los gases renovables

Disposición reglamentaria por la que se establece la entrada en vigor del acto

 

 

 

T2

2022

Entrada en vigor de la normativa que establece un sistema nacional de garantías de origen para los gases renovables, incluido el hidrógeno renovable, que garantice el 100 % de energías renovables. El sistema que establecerá el instrumento normativo incluirá la designación de los organismos emisores nacionales y la adopción de su gobernanza; así como un mecanismo reglamentario que establezca cómo se verifica el origen renovable del hidrógeno.

131

C9.I1

Objetivo

Financiación de pymes para reforzar la cadena de valor del hidrógeno

Número

0

10

T2

2023

Al menos diez pymes financiadas para mejorar y reforzar la actual cadena de valor española del hidrógeno mediante la mejora de una o varias de las siguientes características: capacidades de producción, capacidades, competitividad, transferencia de conocimientos y tecnología, dimensión internacional.

132

C9.I1

Objetivo

Avances tecnológicos en la cadena de valor del hidrógeno renovable

Número

0

5

T4

2023

Al menos cinco avances tecnológicos o prototipos de la cadena de valor del hidrógeno renovable financiados. Estos avances (por ejemplo, electrolizadores, compresores, recipientes de almacenamiento, pilas de combustible y sistemas de transporte basados en hidrógeno) pueden incluir avances que sean «primeros de un tipo» que permitan validar un nuevo diseño o prototipo actualizado asociado a la producción, la logística y el consumo de hidrógeno.

133

C9.I1

Objetivo

Clusters (o valles) de hidrógeno renovable

Número

0

2

T4

2023

Al menos dos clusters (o valles) de hidrógeno renovable para la integración sectorial financiados. Los clusters o grandes valles de hidrógeno concentran e integran localmente el suministro, la distribución (logística) y la demanda de hidrógeno renovable, en lugares específicos para desplazar el hidrógeno gris y los combustibles fósiles.

134

C9.I1

Objetivo

Proyectos pioneros de hidrógeno

Número

0

10

T4

2023

Al menos diez proyectos pioneros singulares financiados. Entre ellos se incluyen proyectos integrados que abarquen la producción, distribución y consumo de hidrógeno renovable, en ubicaciones distintas de las de los clusters. Los proyectos podrán incluir la integración de otras actividades necesarias, como la investigación y la capacitación basadas en el conocimiento.

135

C9.I1

Objetivo

Instalaciones de ensayo o nuevas líneas de fabricación.

Número

0

10

T4

2023

Al menos diez intervenciones financiadas para la mejora de las instalaciones de ensayo o la implantación de nuevas líneas de fabricación. Las intervenciones deberán: 1) mejorar las instalaciones o laboratorios de ensayo de I+D+i conexos o el equipo relacionado; o 2) mejorar las instalaciones o la adquisición de nuevos equipos (como máquinas herramienta) o técnicas para fabricar sistemas, equipos o componentes relacionados con el hidrógeno y las pilas de combustible.

136

C9.I1

Objetivo

Capacidad de electrólisis autorizada

Número

(MW)

0

500

T2

2026

Al menos 500 MW de capacidad total de electrólisis autorizada, incluida la infraestructura complementaria. Acreditación por uno de los tres medios siguientes: inclusión en el registro del sistema nacional de garantías de origen de gases renovables o autorización administrativa de la planta expedida por el organismo competente o decisión final de inversión proporcionada por el beneficiario.

J. COMPONENTE 10: Transición Justa

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español aborda el impacto económico y social en las zonas geográficas afectadas por el cese de actividades como la minería del carbón, las centrales térmicas de carbón o las centrales nucleares, que se ha visto agravado por el impacto de la pandemia de COVID-19 y el cierre de centrales térmicas. Otro objetivo es cambiar el modelo productivo e impulsar transformaciones que permitan un nuevo modelo económico y social más resiliente para las zonas en el futuro. La estrategia se ha diseñado en paralelo a la definición del Plan Territorial Español del Fondo de Transición Justa (FTJ), que pretende tener un alcance más amplio, una mayor duración y un enfoque más estratégico en el desarrollo y el apoyo a las empresas.

El componente contribuye a abordar las recomendaciones específicas por país relacionadas con el apoyo al empleo a través de medidas para preservar los puestos de trabajo, incentivos eficaces para la contratación, y el desarrollo de capacidades (recomendación específica por país 2 de 2020); fomentar la inversión pública y privada, así como la transición ecológica (recomendación específica por país 3 de 2020); y reforzar la cooperación entre los distintos niveles de la Administración (recomendación específica por país 4 de 2019).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

J.1    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C10.R1): Convenios de transición justa

En febrero de 2020, el Gobierno aprobó la Estrategia para la Transición Justa, tal como se refleja en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC). En el contexto de esta estrategia y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español, esta reforma establecerá 12 Protocolos de Transición Justa para cada una de las zonas afectadas por el cierre de minas de carbón y centrales de carbón. Cada uno de los Protocolos del Fondo de Transición Justa cubrirá al menos una zona afectada por el cierre de una central de carbón. Los Protocolos establecerán planes de acción territoriales completos y detallados como instrumentos para la sostenibilidad medioambiental, económica y social de los territorios afectados. La atención se centrará, entre otras cosas, en el mantenimiento y la creación de empleo, el fomento de la diversificación y la especialización, el aumento del atractivo de las zonas para luchar contra la despoblación y la restauración medioambiental del terreno. Estos Protocolos incorporarán la cooperación de los agentes locales pertinentes (públicos y privados, incluidas las empresas, los interlocutores sociales, el sector educativo, las ONG, etc.).

Esta reforma también incluirá la creación del Instituto para la Transición Justa. El objetivo del Instituto será identificar y adoptar medidas que garanticen un tratamiento equitativo y solidario de los trabajadores y territorios afectados por la transición hacia una economía baja en carbono, minimizando los impactos negativos sobre el empleo y la despoblación de estos territorios y optimizando las oportunidades del proceso de transformación. Las principales funciones del Instituto son impulsar el diseño de políticas industriales, de investigación y desarrollo, de promoción de actividad económica, de empleo y de formación profesional.

La medida también incluirá la creación de un Consejo Asesor, integrado por representantes de Departamentos Ministeriales, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y representantes de la sociedad civil, cuya función principal es dar asesoramiento y evaluar el impacto de las políticas de transición justa.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2023.

Inversión 1 (C10.I1): Inversiones en Transición Justa

Los Protocolos de Transición Justa irán acompañados de inversiones en los territorios con el fin de:

a)crear empleo y actividad a corto plazo;

b)acelerar el cambio centrándose en proyectos piloto a menor escala que, si se consideran satisfactorios, se ampliarían en el contexto del FTJ; así como

c)impulsar el desarrollo económico, contribuyendo a la cohesión social y territorial.

Los proyectos se centrarán en cuatro ámbitos específicos:

I.Planes de restauración ambiental (por ejemplo, reforestación o revegetación) para emplazamientos mineros cerrados o abandonados y terrenos deteriorados adyacentes a centrales térmicas o nucleares, que cubran al menos 2 000 hectáreas de tierras rehabilitadas. Como parte de estos planes, se desmantelarán las instalaciones de las plantas y las minas, se rehabilitarán los suelos y se llevarán a cabo procesos de reforestación o revegetación, instalaciones de energías renovables o un desarrollo económico ecoalternativo;

II.Al menos 100 proyectos de infraestructura medioambiental, digital y social en municipios y territorios en transición a una economía hipocarbónica, para una inversión financiera total de al menos 91 000 000 EUR. Los proyectos abarcarán una serie de ámbitos, entre los que se incluyen: rehabilitación de infraestructuras y edificios públicos; proyectos innovadores para la comunicación entre municipios o núcleos aislados de población basados en nuevas soluciones de movilidad sostenible y la recuperación y uso alternativo de infraestructuras de transporte existente; rehabilitación de infraestructuras públicas de apoyo a la economía circular, incluidas instalaciones de compostaje comunitario y centros de gestión de residuos; proyectos medioambientales de rehabilitación y puesta en valor de zonas de dominio público como reservas, paseos fluviales o embarcaderos y áreas de interpretación de la naturaleza; infraestructuras y servicios digitales para el desarrollo de cooperativas de productos ecológicos o sistemas comunitarios para compras y ventas conjuntas por internet.

III.Apoyo a dos proyectos de I+D+i en el ámbito del almacenamiento de energía y el hidrógeno verde. Los proyectos adaptarán las instalaciones y laboratorios de CIUDEN (Ciudad de la Energía), fundación gubernamental de I+D+i creada en El Bierzo (León), adscrita al Instituto para la Transición Justa y dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, para dos proyectos de I+D+i sobre producción de hidrógeno verde y almacenamiento de energía; así como

IV.Apoyo al reciclaje profesional y mejora de la empleabilidad de los trabajadores y las personas afectadas por la transición a una economía hipocarbónica, con el que al menos 4 000 personas reciban asistencia personalizada en la búsqueda de empleo y vías de reciclaje profesional. La ayuda a la recualificación debe abarcar, como mínimo, los siguientes ámbitos: instalación y mantenimiento en energías renovables (eólica y fotovoltaica), restauración y gestión medioambiental y rehabilitación integral y energética de viviendas.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.

J.2    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito/objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos para los hitos

Indicadores cuantitativos para los objetivos

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

137

C10.R1

Hito

Creación del Instituto para la Transición Justa

Publicación en el BOE

 

 

 

T1

2020

Por el Real Decreto 500/2020, se crea el Instituto para la Transición Justa. El objetivo del Instituto es identificar y adoptar medidas, basadas en la solidaridad, que garanticen un tratamiento equitativo y solidario de los trabajadores y territorios afectados por la transición hacia una economía baja en carbono, minimizando los impactos negativos sobre el empleo y la despoblación de estos territorios y optimizando las oportunidades del proceso de transformación.

138

C10.R1

Objetivo

Protocolos de Transición Justa

-

Número

0

12

T2

2023

Tras un proceso participativo, publicación en el sitio web de Transición Justa de 12 Protocolos de Transición Justa, que incluyan compromisos en materia de empleo, restauración medioambiental y desarrollo económico y social para la población local en 12 zonas afectadas. Cada uno de los Protocolos del Fondo de Transición Justa cubrirá al menos una zona afectada por el cierre de una central de carbón.

139

C10.I1

Hito

Programa de ayuda a la formación de «transición justa» y concesión de ayudas para el desarrollo económico de las zonas de transición justa.

Publicación en el BOE

 

 

 

T4

2021

Publicación en el BOE de: a) la Orden por la que se aprueba el marco reglamentario del programa de ayuda a la formación en «transición justa», en la que se especifique el plan de apoyo a la cualificación profesional y a la integración en el mercado laboral de los trabajadores y las personas afectadas por la transición hacia una economía hipocarbónica; y b) la Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al desarrollo económico de las zonas de transición justa, mediante el desarrollo de infraestructuras medioambientales, digitales y sociales en los municipios y territorios en transición hacia una economía hipocarbónica.

140

C10.I1

Objetivo

Apoyo a proyectos de infraestructura medioambiental, digital y social.

-

Número

0

100

T4

2022

Publicación en el BOE de la adjudicación de un mínimo de 91 000 000 EUR para al menos 100 proyectos de infraestructura medioambiental, digital y social en municipios y territorios en transición a una economía hipocarbónica. Los 100 proyectos de infraestructura medioambiental, digital y social se ubicarán en municipios y territorios de zonas de transición justa.

141

C10.I1

Objetivo

Ayuda a la búsqueda de empleo y reciclaje profesional de los desempleados

-

Número

0

4 000

T3

2023

Al menos 4 000 personas beneficiarias de asistencia personal en la búsqueda de empleo y de vías individuales de reciclaje profesional para desempleados de zonas de transición justa. Las vías de recualificación deben abarcar, como mínimo, los siguientes ámbitos: instalación y mantenimiento en energías renovables (eólica y fotovoltaica), restauración y gestión medioambiental y rehabilitación integral y energética de viviendas.

142

C10.I1

Objetivo

Proyectos de inversión para adaptar las instalaciones industriales al hidrógeno verde y al almacenamiento de energía.

-

Número

0

2

T4

2023

Finalización de dos proyectos de inversión para adaptar las instalaciones industriales a la futura Infraestructura Científica y Técnica Singular (ICTP) para la validación de la producción de hidrógeno verde y el almacenamiento de energía. Los proyectos adaptarán las instalaciones y laboratorios de la Ciudad de la Energía (CIUDEN) a dos proyectos de I+D+i sobre producción de hidrógeno verde y almacenamiento de energía.

143

C10.I1

Objetivo

Terrenos rehabilitados en minas de carbón cerradas o zonas adyacentes a centrales eléctricas.

-

Número (hectáreas)

0

2 000

T2

2026

Al menos 2 000 hectáreas de terrenos rehabilitados en minas de carbón cerradas o zonas adyacentes a centrales térmicas o nucleares. Superficie de terrenos rehabilitados en zonas contaminadas, en particular emplazamientos mineros de carbón o terrenos contiguos a centrales térmicas o nucleares, en los que se desmantelen instalaciones de las plantas y las minas, se rehabiliten los suelos y se lleven a cabo procesos de reforestación o revegetación, instalaciones de energías renovables o un desarrollo económico ecoalternativo.

K. COMPONENTE 11: Modernización de las Administraciones Públicas

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español abordará retos relacionados con la Administración Pública, como la eficiencia del sistema judicial, la capacidad administrativa y la cooperación entre los distintos niveles de la Administración. Su objetivo es modernizar las Administraciones Públicas españolas mediante la reforma de los procesos administrativos, la contratación pública, la justicia y el empleo público, incluidas las políticas de recursos humanos; aumentar la accesibilidad y la eficiencia de los servicios públicos mediante una mayor digitalización de los mismos; promover el ahorro energético, el uso de energías renovables en los edificios e infraestructuras públicos e impulsar la movilidad sostenible de los funcionarios públicos; y reforzar la capacidad administrativa de las Administraciones Públicas para supervisar, controlar y aplicar las políticas públicas. Las medidas clave para alcanzar estos objetivos serán las siguientes:

a)Reformar las Administraciones Públicas centrales, regionales y locales mejorando la cooperación entre ellas, reforzando el marco de contratación pública, evaluando las políticas públicas y fomentando la transición hacia contratos de trabajo indefinidos;

b)Digitalizar las Administraciones y procesos con cinco proyectos prioritarios en ámbitos estratégicos: justicia, servicios públicos de empleo, datos de salud pública, gestión de consulados y Administraciones territoriales;

c)Plan de Transición Energética en la Administración General del Estado;

d)mejorar la capacidad administrativa

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español aborda las recomendaciones específicas por país sobre el refuerzo del marco de contratación pública (recomendaciones específicas por país 1 de 2019 y 4 de 2020), el fomento de la transición hacia contratos de trabajo por tiempo indefinido (recomendación específica por país 2 de 2019), la anticipación de los proyectos de inversión pública y la concentración de la inversión en la transición ecológica y digital (recomendaciones específicas por país 3 de 2019 y 3 de 2020) y la mejora de la cooperación entre las Administraciones (recomendaciones específicas por país 4 de 2019 y de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

K.1    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C11.R1): Reforma para la modernización y digitalización de la Administración

Esta medida se articulará en múltiples líneas de actuación para abordar las deficiencias de las políticas de empleo de las Administraciones Públicas, reforzar la cooperación y la coordinación entre los distintos niveles de la Administración y mejorar la forma en que la Administración central aplica las políticas públicas. Por lo que se refiere a las políticas de empleo, el objetivo es reducir la tasa de trabajadores temporales en las Administraciones Públicas y reforzar las capacidades de empleo público avanzando hacia un modelo de recursos humanos basado en las competencias, también a efectos de contratación. La segunda línea de acción es seguir desarrollando la evaluación ex ante de las políticas y aumentar la transparencia y la participación de los ciudadanos en la elaboración de las políticas públicas. Por último, la reforma reforzará los instrumentos existentes para la cooperación entre los distintos niveles de la Administración en España. Esto reforzará el papel de las Conferencias Sectoriales, los organismos existentes de cooperación con las regiones, aclarando cuándo pueden llegar a acuerdos de cumplimiento obligatorio. La reforma también reforzará la Conferencia de Presidentes (en la que se reúnen al más alto nivel el Presidente del Gobierno y los Presidentes de las Comunidades Autónomas). La reforma también afecta a los instrumentos mediante los cuales es posible la cooperación entre las Administraciones Públicas y establecerá la interconexión e interoperabilidad interadministrativas digitales entre las plataformas informáticas de la Administración central y autonómica.

La implementación de esta medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2024.

Reforma 2 (C11.R2): Reforma para el impulso del Estado de Derecho y la eficiencia del servicio público de justicia

La Ley 3/2020, de 18 de septiembre, y el programa Justicia 2030 establecen una hoja de ruta para reformar la administración de justicia en España. En este contexto, esta medida modernizará el sistema judicial, mediante la entrada en vigor (teniendo en cuenta la vacatio legis establecida en cada ley),

a más tardar el 31 de diciembre de 2022, de:

(a)la Ley de eficiencia procesal, a fin de acortar la duración de los procedimientos en todas las jurisdicciones, preservando al mismo tiempo las garantías procesales de los ciudadanos, así como el establecimiento de medios alternativos adecuados de solución de controversias;

(b)una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con el fin de asignar la dirección de la investigación judicial a los fiscales, en lugar de estar dirigida por jueces de instrucción;

a más tardar el 31 de diciembre de 2023, de:

(c)la Ley de eficiencia digital, que promueve una arquitectura basada en datos para gestionar la información;

(d)la Ley de eficiencia organizativa del servicio público de Justicia, para modificar la organización del mapa judicial. La medida sustituirá al elevado número de tribunales unipersonales de primera instancia por 431 órganos colegiados (Tribunales de Instancia) e implantará la Oficina Judicial.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Reforma 3 (C11.R3): Reforma para la modernización de la arquitectura institucional de gobernanza económica

Esta medida reformará aspectos del marco institucional de gobernanza económica, en particular acelerando y promoviendo la digitalización de los procesos. Esto incluirá: a) la reforma del modo en que la Caja General de Depósitos gestiona las garantías para hacerlas electrónicas; b) la creación de la Autoridad de Protección del Cliente Financiero, orientada a garantizar los derechos de los clientes financieros; c) la mejora del marco institucional de resolución de entidades financieras mediante una ley que modifique el actual marco institucional de resolución; y d) la modernización de la supervisión en el ámbito financiero y de auditoría mediante la Reforma del Plan General de Contabilidad y la Reforma del Reglamento de Auditoría.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Reforma 4 (C11.R4): Estrategia Nacional de Contratación Pública

Esta reforma finalizará la aplicación de la reforma de la contratación pública prevista en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (como principal acto de transposición de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE, texto pertinente a efectos del EEE). Se establecerá así una estructura de gobernanza para abordar la necesidad de un marco coherente de contratación pública que garantice transparencia, unos mecanismos de control eficaces, la interconexión de las bases de datos de contratación pública entre todos los niveles de la Administración y la coordinación entre los distintos niveles administrativos para: i) hacer plenamente operativa la Oficina Nacional de Evaluación y ii) adoptar la Estrategia Nacional de Contratación Pública.

España ya ha creado la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación Pública y la Oficina Nacional de Evaluación. Esta reforma también abordará los problemas relacionados con el suministro limitado de información y bases de datos sobre contratación pública, así como las deficiencias en la estructura de la contratación pública. A tal fin, la reforma: a) mejorará la eficiencia de la contratación pública (procesos, resultados, datos e información); b) promoverá la profesionalización de los agentes (en consonancia con la Recomendación de la Comisión de octubre de 2017); c) mejorará el acceso para las pymes; y d) reforzará el marco jurídico de la contratación pública digital.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Reforma 5 (C11.R5): Capacidades administrativas

Esta reforma modernizará el funcionamiento interno de las Administraciones Públicas para mejorar la aplicación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español, con vistas a tener un impacto duradero en la aplicación de futuras reformas e inversiones por parte de la Administración Pública española. En general, deberá reformar, junto con la inversión 5, la capacidad de las Administraciones Públicas para garantizar la correcta aplicación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Esto implica la creación de un sistema integrado de información y gestión; desarrollar actividades de formación para los participantes en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y desplegar actividades de comunicación dirigidas a los posibles participantes y beneficiarios del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como a las empresas y los hogares en general, para que sean conscientes de las posibilidades que ofrece el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La gobernanza, la presentación de informes y el seguimiento de las acciones incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se desplegarán a través de un nuevo modelo de gestión administrativa y financiera para garantizar la correcta ejecución de las acciones establecidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este modelo uniforme se centralizará en la Secretaría General de Fondos Europeos y se desplegará en los ministerios informadores, sus correspondientes unidades de TIC y, en su caso, las administraciones homólogas de las Comunidades Autónomas. A tal fin, la Administración General del Estado aprobó el Real Decreto-ley 36/2020.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de septiembre de 2021.

Inversión 1 (C11.I1): Modernización de la Administración General del Estado

Las acciones en el marco de las inversiones en C11.I1 y C11.I3 se desarrollan con arreglo a los mismos principios, con la I1 dirigida a la Administración central y la I3 a las autoridades regionales y locales. Para todas estas entidades se llevará a cabo lo siguiente:

a)Una Administración orientada al ciudadano, con la mejora de los servicios públicos digitales prestados a los ciudadanos y las empresas, y la aplicación de medidas en consonancia con la Agenda España Digital 2025;

b)Gestión de datos y operaciones inteligentes, mejorando la calidad y la eficiencia de la gestión de los servicios de las Administraciones Públicas (es decir, la contratación pública), incluido el flujo de datos, mediante el uso de tecnologías de automatización inteligentes e infraestructuras digitales;

c)Ciberseguridad e infraestructuras digitales, con el objetivo de proporcionar a la Administración Pública española la infraestructura tecnológica necesaria para su modernización. Por lo que respecta a la ciberseguridad, esta medida creará un Centro de Operaciones de Ciberseguridad para toda la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, para la protección frente a amenazas de ciberseguridad.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2025.

Inversión 2 (C11.I2): Proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado

Esta inversión dará lugar a una adopción más generalizada de la digitalización y el desarrollo de los servicios digitales en toda la Administración Pública. Los ámbitos políticos para llevar a cabo una transformación digital son los siguientes:

a)Sistema sanitario. La inversión mejorará la interoperabilidad entre la Administración central y las Comunidades Autónomas, así como el fomento del análisis de datos;

b)Sistema de justicia. La inversión proporcionará a los ciudadanos y a los operadores jurídicos herramientas digitales para gestionar mejor su relación con la administración de justicia;

c)Servicios públicos de empleo. La inversión actualizará los sistemas informáticos en los que se basa la gestión de las políticas activas del mercado de trabajo;

d)Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La inversión dotará al Ministerio competente de herramientas digitales que faciliten la aplicación de las políticas pertinentes para los grupos más desfavorecidos, así como el uso de información para desarrollar medidas correctoras o paliativas adicionales;

e)Servicios consulares. La inversión mejorará el acceso a los servicios digitales de la Administración Pública española tanto para los españoles residentes en el extranjero como para los ciudadanos extranjeros que residen en España;

f)Iniciativas piloto en los ámbitos de la seguridad y la agricultura.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2025.

Inversión 3 (C11.I3): Transformación Digital y Modernización del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales

Las acciones en el marco de esta inversión siguen los mismos principios descritos en el apartado C11.I1, dirigidas a las administraciones regionales y locales.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 4 (C11.I4): Plan de Transición Energética en la Administración General del Estado

La medida promoverá el ahorro de energía y la eficiencia energética en los edificios e infraestructuras de la Administración central. La medida logrará, por término medio, una reducción de la demanda de energía primaria de al menos un 30 %, verificada mediante certificados de eficiencia energética. La inversión contribuirá a la renovación de la superficie de los edificios con el fin de aumentar el número de instalaciones con una elevada calificación energética y, en particular, de edificios de consumo de energía casi nulo. La inversión también promoverá la implantación de sistemas solares fotovoltaicos u otras energías renovables en las instalaciones de la Administración General del Estado. La medida también fomentará la transformación del parque de vehículos públicos en vehículos con emisiones cero o bajas emisiones 13 .

Se espera esta medida no cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de la medida y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). En particular, la transformación del parque de vehículos públicos solo apoyará los vehículos con emisiones cero o bajas emisiones 14 .

La inversión incluirá tanto la inversión en capital fijo (infraestructuras y edificios públicos) como en capital natural (todas las acciones contribuyen a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero).

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 5 (C11.I5): Transformación de la Administración para la Ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español

Esta inversión está vinculada a la reforma R5 de este componente. Adaptará el funcionamiento de la Administración Pública para hacer frente a los retos que plantea la aplicación y el seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. La medida modernizará el sistema de información y los canales de comunicación para compartir información entre los distintos niveles de la Administración y con los ciudadanos, las empresas y los beneficiarios potenciales. La medida también incluirá formación específica para el personal de la Administración Pública General que se estima que llegará al menos a 3 150 personas a lo largo de la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de agosto de 2026.

K.2    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito/objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos para los hitos

Indicadores cuantitativos para los objetivos

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

144

C11.R1

Hito

Entrada en vigor del acto legislativo para reducir el empleo temporal en las Administraciones Públicas

Disposición en el acto legislativo por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T2

2021

Entrada en vigor de un acto legislativo que establezca medidas para reducir el empleo temporal en el empleo público y disposiciones eficaces para prevenir y sancionar los abusos, incluida la obligación de publicar todas las peticiones de procedimientos de estabilización del personal temporal a más tardar el 31 de diciembre de 2022. Dicho acto legislativo será aplicable a las Administraciones Públicas estatales, regionales y locales.

145

C11.R1

Hito

Entrada en vigor de las modificaciones de la Ley 40/2015 por la que se refuerza la cooperación interterritorial

Disposición en el acto jurídico por la que se establece la entrada en vigor de la reforma

 

 

 

T4

2022

Entrada en vigor de las modificaciones de la Ley 40/2015 para reforzar la cooperación interterritorial, con los objetivos de i) permitir la creación de Conferencias Multisectoriales, ii) especificar los procedimientos de toma de decisiones en las Conferencias Sectoriales, en particular cuando generen acuerdos de cumplimiento obligatorio; iii) reforzar la Conferencia de Presidentes mediante la creación de una secretaría permanente; iv) prever la elaboración, aprobación y publicación obligatorias de los objetivos políticos plurianuales y de los indicadores de resultados, así como mecanismos transparentes de seguimiento y evaluación; y v) establecer la interconexión e interoperabilidad interadministrativas digitales entre las plataformas informáticas de la Administración central y regional.

146

C11.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de refuerzo de la evaluación de las políticas públicas

Disposición por la que se establece la entrada en vigor de la Ley

 

 

 

T4

2022

Entrada en vigor de la Ley de Evaluación con un conjunto de acciones para reforzar las políticas públicas basadas en la evaluación ex ante. Los objetivos son los siguientes: i) reforzar el régimen del actual Instituto de Evaluación de Políticas Públicas para concederle independencia organizativa y funcional; ii) proporcionar al Instituto la capacidad y los medios para ejercer sus funciones; iii) incluir el principio de evaluación sistemática ex ante de las políticas; y iv) preservar el mandato de otros organismos y agencias, incluida la AIReF.

147

C11.R1

Hito

Entrada en vigor de la reforma de la Ley 7/1985, de Regímenes Administrativos Locales

Disposición en el acto que implementa la reforma por la que se establece la entrada en vigor de la reforma

 

 

 

T4

2022

Entrada en vigor de la reforma de la Ley 7/1985, de Regímenes Administrativos Locales Esto tendrá como objetivos i) acelerar y ampliar el despliegue de los servicios públicos locales, también a través de medios digitales como las aplicaciones, ii) apoyar a las ciudades pequeñas en su prestación de servicios públicos. La reforma irá acompañada de una evaluación de impacto, que incluirá aspectos de sostenibilidad presupuestaria.

148

C11.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Función Pública de la Administración del Estado.

Disposición en el acto que implementa la reforma por la que se establece la entrada en vigor de la reforma

 

 

 

T4

2022

Entrada en vigor de la Ley de Función Pública de la Administración del Estado. Reforzará la capacidad de la Administración para atraer y retener el talento necesario para llevar a cabo sus tareas actuales, en particular en los ámbitos de la información y las telecomunicaciones. Asimismo incluirá los elementos siguientes: i) la revitalización de los instrumentos de planificación, organización y gestión de los recursos humanos; ii) la garantía de la eficacia de los principios de igualdad, mérito y capacidad de acceso, así como la transparencia y agilidad de los procesos de selección; iii) la regulación de la evaluación y el rendimiento con arreglo a un marco basado en las competencias, en particular para la nueva contratación; y iv) un acceso a puestos de altos funcionarios (a saber, directores generales y subdirectores generales) en función del mérito y de la competencia.

149

C11.R1

Hito

Estatutos del nuevo organismo público de Evaluación

Disposición en el Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T3

2023

Entrada en vigor de un Real Decreto con los estatutos del nuevo organismo público de Evaluación nacional. Los objetivos de este Real Decreto serán: i) dotar al organismo público de Evaluación nacional de la capacidad y los medios para ejercer sus funciones en materia de normalización metodológica para la evaluación ex ante de las políticas públicas; ii) llevar a cabo evaluaciones de las políticas públicas; y iii) incluir el principio sistemático de evaluación ex ante de las políticas, con las excepciones previstas en la Ley.

150

C11.R1

Objetivo

Estabilización del empleo público

 

Número

0

300 000

T4

2024

Finalización de los procedimientos de contratación para estabilizar el empleo (mediante contratos indefinidos o puestos de personal estatutario) de al menos 300 000 puestos (incluidos los derivados de los procedimientos de estabilización de 2017 y 2018)

151

C11.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley 3/2020 de medidas procesales y organizativas en el ámbito de la Justicia

Disposición por la que se establece la entrada en vigor de la Ley

 

 

 

T3

2020

Entrada en vigor de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia

152

C11.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley de mejora de la eficacia de los procedimientos judiciales

Disposición por la que se establece la entrada en vigor de la Ley

 

 

 

T4

2022

Entrada en vigor de la Ley de mejora de la eficiencia de los procedimientos en el sistema judicial nacional (Ley de Eficiencia Procesal), en particular mediante: i) un uso más intensivo de la tecnología para prestar un servicio público eficiente y de alta calidad; ii) la introducción de reformas en la legislación procesal para aumentar la rapidez de los procedimientos; iii) la introducción de medios alternativos de resolución de litigios; iv) la introducción de reformas en las leyes procesales que resolverán los litigios antes de llegar a los tribunales; v) lograr una gestión más eficiente y una respuesta más rápida a las demandas de los ciudadanos y las empresas; vi) en general, lograr una Administración de Justicia más ágil, eficiente, adaptada a los ciudadanos, sostenible y transparente.

153

C11.R3

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto 937/2020, sobre el Reglamento de la Caja General de Depósitos

Disposición en el Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T4

2020

Entrada en vigor del Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos, para la implantación de la gestión digital de garantías y depósitos depositados en la Caja, eliminando la documentación física. El Real Decreto actualizará el procedimiento de constitución, cancelación y ejecución de las garantías y depósitos presentados ante la Caja. También promoverá la aplicación de procedimientos electrónicos en el Caja, mediante la definición de las normas y canales para la presentación de documentos electrónicos, y proporcionará el marco jurídico necesario para la digitalización del procedimiento.

154

C11.R3

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrolla la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.

Disposición en el Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T1

2021

Entrada en vigor del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrolla la Ley 22/2015, de 20 de julio de 2015, de Auditoría de Cuentas. Esta reforma tendrá como objetivo proporcionar el marco jurídico para la actividad de auditoría con mayor seguridad jurídica, de modo que se logre una calidad adecuada de la actividad de auditoría. Por lo tanto, los auditores, las sociedades de auditoría y todas las materias afectadas por dicho Reglamento gozarán de una mayor garantía y seguridad a la hora de interpretar y aplicar las disposiciones incluidas en la Ley de Auditoría, al tiempo que se mejora la ejecución de las auditorías y se cumplen las obligaciones incluidas en la legislación.

155

C11.R4

Hito

Entrada en vigor de la Orden de la Ministra de Hacienda por la que se crea la Oficina Nacional de Evaluación

Disposición en la Orden de la Ministra de Hacienda por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T4

2021

Entrada en vigor de la Orden de la Ministra de Hacienda por la que se crea la Oficina Nacional de Evaluación dentro de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación Pública (OIReScon). De conformidad con el artículo 333 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, dicha Oficina evaluará la sostenibilidad financiera de los contratos de concesión, tal como se definen en los artículos 14 y 15 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público. La Orden de la Ministra de Hacienda dará a la Oficina la capacidad y los medios para ejercer sus funciones.

156

C11.R4

Hito

Estrategia Nacional de Contratación Pública

Adopción, por la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación Pública, de la Estrategia Nacional de Contratación Pública

 

 

 

T4

2022

En consonancia con los requisitos establecidos en el artículo 334 de la Ley 9/2017, la Estrategia Nacional de Contratación Pública tendrá como objetivo mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la contratación pública. La Estrategia incluirá los elementos siguientes: i) la promoción de la contratación pública estratégica; ii) la profesionalización; iii) la facilitación del acceso de las pymes a la contratación pública; iv) la mejora de los datos disponibles; v) el fomento de la eficiencia en la contratación pública; vi) la plena transformación digital de la contratación pública; vii) la mejora de la seguridad jurídica; y viii) la mejora de la supervisión y el control de la contratación pública, incluida la prevención de la corrupción sobre la base de un mapa de riesgos identificados.

157

C11.R5

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto-ley 36/2020, sobre la aplicación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Disposición en el Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T1

2021

Entrada en vigor del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que dota a las Administraciones Públicas españolas de los medios, incluidos los instrumentos jurídicos, para aplicar el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de manera oportuna y de conformidad con el Derecho de la UE, incluido el Reglamento del MRR. El Real Decreto-ley introducirá reformas reglamentarias que aceleren la ejecución de los proyectos y permitan una mayor eficiencia del gasto público, manteniendo en todo momento las garantías y controles exigidos por el marco normativo de la UE.

158

C11.R5

Hito

Creación de nuevos órganos en el seno de la Administración central para el seguimiento de la ejecución, control y auditoría del Plan

Publicación en el BOE

 

 

 

T2

2021

Creación de la Secretaría General de Fondos Europeos y de nuevas divisiones de la Oficina de Informática Presupuestaria y de la Oficina Nacional de Auditoría de la Intervención General de la Administración del Estado, para fomentar una cultura administrativa de planificación y control a largo plazo basada en el rendimiento, a través de la experiencia en la gestión y control del Plan y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1182/2020.

159

C11.R5

Hito

Entrada en vigor de la Orden por la que se definen los procedimientos y el formato de la información que debe compartirse para el seguimiento del PRR y la ejecución contable del gasto

Disposición en la Orden por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T3

2021

Entrada en vigor de la Orden por la que se definen los procedimientos y el formato de la información que debe compartirse para el seguimiento del PRR y la ejecución contable del gasto

160

C11.I1

Hito

Interconexión de las plataformas nacionales de contratación pública

Las Administraciones Públicas centrales y regionales proporcionan certificados firmados que confirman las funcionalidades de la plataforma

 

 

 

T4

2023

Mayor interconexión (intercambio de datos) entre todas las plataformas de contratación pública existentes (Administración central y regional): al menos 142 campos de datos abiertos y 52 datos agregados en la plataforma de la Administración central.

Número de campos de datos abiertos en la plataforma de la Administración central en enero de 2021: 119

Número de datos agregados en la plataforma de la Administración central en enero de 2021: 43

161

C11.I1

Objetivo

Adjudicación de proyectos de apoyo a la transformación digital de la Administración General del Estado

 

Millones EUR

0

960

T4

2023

Publicación en el BOE o en la plataforma de contratación pública de la adjudicación de al menos 960 000 000 EUR en proyectos que abarquen los siguientes ámbitos:

- Transformación digital en términos de proactividad, movilidad, experiencia del usuario;

- Transformación digital en términos de automatización y Administración Pública centrada en los datos;

- Transformación digital en términos de infraestructuras físicas y lógicas y programas informáticos;

- Transformación digital en términos de ciberseguridad.

162

C11.I1

Hito

Finalización de proyectos de apoyo a la transformación digital de la Administración General del Estado

Certificados firmados por la autoridad competente que certifiquen que los proyectos han sido finalizados y están operativos

 

 

 

T4

2025

Finalización de los proyectos adjudicados en consonancia con el objetivo prioritario 161

163

C11.I2

Hito

Plataformas interoperables para intercambiar datos sobre Seguridad Social y salud

Las administraciones de la Seguridad Social centrales y regionales proporcionan certificados firmados que confirman las funcionalidades de la plataforma

 

 

 

T3

2023

La Administración central y las regiones contarán con plataformas plenamente interoperables que permitan el intercambio de datos e información sobre Seguridad Social en los siguientes ámbitos: i) atención primaria, ii) hospitalizaciones, iii) profesionales sanitarios, prescripción/dispensación farmacéutica.

164

C11.I2

Objetivo

Procedimiento judicial electrónico

 

%

0

70

T4

2023

Al menos el 70 % de los 4 056 órganos judiciales existentes dispondrá de la infraestructura necesaria para poder celebrar electrónicamente al menos el 30 % de los procedimientos. Esto implica llevar a cabo acciones judiciales telemáticas en los diferentes órganos jurisdiccionales con plena seguridad jurídica. Para alcanzar este objetivo, todos los participantes deben poder acceder a las salas de audiencia por videoconferencia. Además, permitirá la creación de salas de audiencia totalmente virtuales, a las que todos los participantes podrán acceder por videoconferencia. Se creará una plataforma inmediata para establecer nuevos modelos de relaciones y tratamientos no presenciales. Esto mejorará el acceso a distancia de los ciudadanos a los servicios prestados por la Administración Pública.

165

C11.I2

Objetivo

Adjudicación de proyectos de apoyo a los proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado

 

Millones EUR

0

1 205

T4

2023

Publicación en el BOE o en la plataforma de contratación pública de la adjudicación de proyectos que abarquen los siguientes ámbitos:

- Transformación digital en el sector salud;

- Transformación digital de la Administración de Justicia;

- Transformación digital en términos de empleo;

- Transformación digital en materia de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones;

- Plan de digitalización consular;

- Transformación digital en otros ámbitos de la Administración General del Estado.

166

C11.I2

Hito

Finalización de proyectos de apoyo a los proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado

Certificados firmados por la autoridad competente que certifiquen que los proyectos han sido finalizados y están operativos

 

 

 

T4

2025

Finalización de los proyectos adjudicados en consonancia con el objetivo prioritario 165

167

C11.I3

Hito

Digitalización de las Entidades Regionales y Locales

El Ministerio de Política Territorial y Función Pública proporciona un certificado firmado que confirma que se ha alcanzado el objetivo

 

 

 

T4

2023

Las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales han completado proyectos dentro de las líneas estratégicas de la Estrategia Digital 2025, el Plan de Digitalización de la Administración Pública y las demás actuaciones de modernización previstas para el sector público. En particular: a) Cada Comunidad Autónoma ha completado al menos un proyecto en una de las cinco líneas estratégicas (1. Administración orientada al ciudadano, 2. Operaciones inteligentes, 3. Gobierno del Dato, 4. Infraestructuras digitales, o 5. Ciberseguridad); b) el 60 % de los procedimientos digitales de las Comunidades Autónomas permiten su uso por móvil (Actualmente: 48 %).

168

C11.I3

Objetivo

Adjudicación de proyectos de apoyo a la transformación digital del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de los Entes Locales

 

Millones EUR

0

1 000

T2

2025

Publicación en el BOE o en la plataforma de contratación pública de la adjudicación de proyectos que abarquen los siguientes ámbitos:

- Transformación digital en términos de proactividad, movilidad, experiencia del usuario;

- Transformación digital en términos de automatización y Administración Pública centrada en los datos;

- Transformación digital en términos de infraestructuras físicas y lógicas y programas informáticos;

- Transformación digital en términos de ciberseguridad.

169

C11.I3

Hito

Finalización de todos los proyectos de apoyo a la transformación digital del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de los Entes Locales

Certificados firmados por la autoridad competente que certifiquen que los proyectos han sido finalizados y están operativos

 

 

 

T2

2026

Finalización de todos los proyectos que abarcan los siguientes ámbitos (en consonancia con el objetivo 168)

- Transformación digital en términos de proactividad, movilidad, experiencia del usuario;

- Transformación digital en términos de automatización y Administración Pública centrada en los datos;

- Transformación digital en términos de infraestructuras físicas y lógicas y programas informáticos.

- Transformación digital en términos de ciberseguridad.

170

C11.I4

Objetivo

Renovación de vehículos en la Administración Pública

 

Número

0

7 000

T3

2024

Como mínimo 7 000 vehículos con emisiones cero o bajas de CO2 (BEV, REEV, PHEV, FCEV), que sustituyen a los vehículos basados en combustibles fósiles utilizados en la Administración Pública.

171

C11.I4

Objetivo

Renovación energética en edificios públicos (140 000 m²)

 

Número (m2)

0

140 000

T4

2024

Al menos 140 000 m² de renovaciones energéticas completadas en edificios públicos, que logren por término medio una reducción de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria.

172

C11.I4

Objetivo

Renovación energética en edificios públicos (1 000 000 m²)

 

Número (m2)

140 000

1 000 000

T2

2026

Al menos 1 000 000 m² de renovaciones energéticas completadas en edificios públicos, que logren por término medio una reducción de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria. (valor de referencia: 31 de diciembre de 2024).

173

C11.I5

Hito

Sistema Integrado de Información del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Informe de auditoría

 

 

 

T3

2021

Aplicación de un sistema que permita a) cargar el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la información sobre la aplicación y el seguimiento de la consecución de los hitos y los objetivos; b) preparar las declaraciones de gestión y el resumen de auditoría, así como las solicitudes de pago, y c) recopilar y almacenar datos sobre beneficiarios, contratistas, subcontratistas y beneficiarios efectivos, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Se elaborará un informe de auditoría específico sobre el sistema utilizado. En caso de que el informe identifique deficiencias, el informe de auditoría recomendará medidas correctoras.

174

C11.I5

Objetivo

Nuevas herramientas y actividades de comunicación

 

Número

0

4

T4

2022

Como mínimo dos gestores de comunidad contratados con el fin de aumentar la presencia de las redes sociales, y así aumentar el número de participantes y beneficiarios potenciales del Plan y mejorar el conocimiento de las posibilidades que ofrece el Plan; y dos sitios web operativos para contribuir a maximizar la absorción de recursos.

175

C11.I5

Objetivo

Personal de la Administración Pública formado

 

Número

0

3 150

T3

2026

Al menos 3 150 empleados de la Administración Pública formados en ámbitos relacionados con la aplicación, el control y la auditoría del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

L. COMPONENTE 12: Política industrial

El objetivo del componente 12 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español es impulsar la modernización y la productividad del ecosistema español de industria-servicios, mediante una adopción más rápida de la transición digital y ecológica.

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español contribuye a abordar la recomendación específica por país 3 de 2019, sobre la promoción de las inversiones en innovación y eficiencia energética. También está en consonancia con la recomendación específica por país 3 de 2020 (mediante el fomento de la inversión pública y privada, y de la transición ecológica). El componente también ayudará a abordar la recomendación específica por país 2 de 2019, sobre el incremento de la cooperación entre los sectores educativo y empresarial con vistas a mejorar las capacidades y cualificaciones demandadas en el mercado laboral, y la recomendación específica por país 1 de 2020, sobre el refuerzo de la resiliencia del sistema sanitario.

Uno de los objetivos de las medidas incluidas en el componente es facilitar la participación de las empresas españolas en los proyectos importantes de interés común europeo (PIICE) previstos.

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

L.1    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C12.R1): Estrategia Española de Impulso Industrial 2030

El objetivo de la Estrategia Española de Impulso Industrial 2030 será adaptar el marco reglamentario para ayudar a la industria a hacer frente a los retos de la terciarización, la digitalización, la sostenibilidad medioambiental y la economía circular. La Estrategia incluirá, en particular, una reforma de la Ley de Industria, que data de 1992. El objetivo de la medida será mejorar los mecanismos de coordinación entre los distintos niveles de la Administración en materia de política industrial y mejorar la calidad y la seguridad industriales mediante un sistema reforzado de vigilancia del mercado, en consonancia con el Reglamento (UE) 2019/1020 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos y por el que se modifican la Directiva 2004/42/CE y los Reglamentos (CE) n.º 765/2008 y (UE) n.º 305/2011 15 . Por último, se revisará la definición de infracciones en la política industrial y se actualizará el nivel de las sanciones que pueden aplicarse.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Reforma 2 (C12.R2): Política de residuos e impulso a la economía circular

El objetivo de la medida será impulsar modelos de producción y consumo en los que el valor de productos, materiales y recursos se mantengan en la economía durante el mayor tiempo posible. El objetivo es reducir al mínimo la generación de residuos y garantizar la plena explotación de los residuos que no puedan evitarse. Esta reforma incluirá la aprobación de una Estrategia Española de Economía Circular en junio de 2020, en consonancia con el Plan de Acción de la UE para la Economía Circular.

La medida también incluirá un paquete de actos sobre la economía circular para regular el traslado y la eliminación de residuos y para gestionar los neumáticos al final de su vida útil, así como medidas sobre los vehículos al final de su vida útil. A tal fin, se aprobaron los Reales Decretos 553/2020, de 2 de junio de 2020, 646/2020, de 7 de julio de 2020, y 731/2020, de 4 de agosto de 2020, y los Reales Decretos 27/2021, de 19 de enero, y 265/2021, de 13 de abril. Además, la reforma incluirá la aprobación por el Consejo de Ministros en 2022 de medidas reglamentarias sobre envases y residuos de envases.

Por último, la medida incluirá la entrada en vigor de una nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados a más tardar el 31 de diciembre de 2022. La Ley incluirá:

a)La aplicación de la Directiva marco sobre residuos y la Directiva sobre plásticos de uso único, así como una actualización de la normativa española a la luz de la experiencia de los últimos diez años;

b)La introducción de los objetivos de la UE en materia de residuos y las obligaciones en materia de recogida separada derivadas de la normativa de la UE, anticipándose a su implementación en biorresiduos en municipios con más de 5 000 habitantes. Además, la medida introducirá obligaciones de recogida separada que van más allá de los requisitos establecidos por el Derecho de la Unión;

c)La revisión de la regulación de la responsabilidad ampliada del productor, que establecerá un nuevo marco regulador (exigido por los reglamentos de la UE y otros adicionales); así como

d)La introducción de impuestos estatales sobre los residuos (incluidos el depósito en vertederos, la incineración y la coincineración, y los envases de plástico de un solo uso).

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Inversión (C12.I1): Espacios de datos sectoriales de digitalización de los sectores productivos estratégicos

El objetivo de esta medida será crear espacios de datos seguros y amplios en sectores industriales estratégicos, como el sector agroalimentario, el sector de la movilidad sostenible, el sector salud y el sector comercio. Se fomentará la innovación, la eficiencia y las economías de escala mediante el desarrollo de componentes comunes (componentes elementales) y el intercambio de infraestructuras y datos comunes (plataformas en nube, redes de supercomputación y almacenamiento, análisis de macrodatos e inteligencia artificial).

Se potenciarán los esquemas de gobernanza para articular la cooperación público-privada en el desarrollo de los espacios de datos. Además, se definirán mecanismos para asegurar la interoperabilidad y se desarrollarán las reglas y mecanismos adecuados para impulsar la compartición de datos entre empresas. La inversión se llevará a cabo en consonancia con la Comunicación de la Comisión Europea «Una Estrategia Europea de Datos» [ 16 ] y con las acciones previstas en ella, en particular la futura Ley de Datos y el Reglamento sobre la gobernanza [ 17 ], así como la Federación europea en la Nube. Las sinergias garantizarán la complementariedad con el programa Europa Digital [ 18 ]. La inversión también se ajustará a las principales referencias y normas, como las promovidas por la Asociación de Espacios Internacionales de Datos (IDS).

Se apoyarán al menos cuatro espacios de datos sectoriales e interoperables de alto valor antes del 31 de diciembre de 2023, en el sector agroalimentario, el sector de la movilidad sostenible, el sector salud y el sector comercio. 

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 2 (C12.I2): Programa de Impulso de la Competitividad y Sostenibilidad Industrial

El objetivo de esta medida es promover la transformación de sectores estratégicos que son clave para la transición industrial de España, como los vehículos automovilísticos y eléctricos, la agroalimentación, la sanidad, los sectores aeronáutico y naval, los sectores industriales vinculados a las energías renovables, así como las capacidades de diseño y producción de tecnologías de procesadores y semiconductores. Al menos grandes proyectos estratégicos recibirán apoyo en el marco de esta acción (denominados «PERTEs»), que abarcarán toda la cadena de valor del sector pertinente, e incluirán el apoyo a las pymes.

Esta medida también financiará proyectos de menor escala, como la simulación industrial, los materiales avanzados, la realidad virtual, y la robótica colaborativa y cognitiva. La medida seguirá apoyando infraestructuras industriales sostenibles, como parques industriales o zonas logísticas. Como parte de este elemento de la medida, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español financiará al menos 78 proyectos innovadores que impliquen una transformación industrial sustancial en términos de eficiencia energética, sostenibilidad y transformación digital.

Previa aprobación de un PERTE por el Consejo de Ministros, el Ministerio correspondiente pondrá en marcha una licitación competitiva con el objetivo de recibir propuestas específicas que se desarrollarán en el marco del PERTE aprobado. La ejecución de las medidas de apoyo que puedan constituir ayuda estatal de conformidad con el artículo 107 del TFUE y que puedan requerir una notificación a la Comisión no podrá tener lugar antes de que España haya obtenido de la Comisión la aprobación de la ayuda estatal.

La resolución del Consejo de Ministros por la que se apruebe el PERTE contendrá criterios de selección detallados para garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). A fin de garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 19 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 20 ; iii) la compensación de los costes indirectos del RCDE; iv) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 21 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 22 ; y v) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

Se considerará que las siguientes acciones de I+D+i en el marco de esta inversión cumplen lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1): las acciones de I+D+i en el marco de esta inversión dedicadas a aumentar sustancialmente la sostenibilidad medioambiental de las empresas (como la descarbonización, la reducción de la contaminación y la economía circular) si el objetivo principal de las acciones de I+D+i en el marco de esta inversión es desarrollar o adaptar alternativas con el menor impacto medioambiental posible en el sector.

Los criterios de selección garantizarán que al menos 455 000 000 EUR contribuyan a los objetivos relacionados con el cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y al menos 1 500 000 000 EUR con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia [ 23 ]. Como alternativa, si está bien justificado explicando las razones por las que el enfoque alternativo no puede ser viable, los criterios de selección garantizarán que al menos 2 531 500 000 EUR contribuyan a los objetivos relacionados con el cambio climático con, en promedio, un coeficiente climático de al menos el 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.

Inversión 3 (C12.I3): Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular

El objetivo de esta medida será contribuir al fomento de la economía circular en España, mediante la financiación de proyectos destinados a aplicar el marco nacional de regulación de residuos y a alcanzar los objetivos de la UE en el ámbito de los residuos, así como proyectos innovadores de economía circular en el sector privado para facilitar la transición hacia la economía circular.

La medida apoyará la mejora de los sistemas de recogida selectiva existentes y las inversiones en los puntos de recogida para mejorar el reciclado, la construcción de nuevas plantas de tratamiento de residuos y el aumento de la eficiencia en el uso de los recursos en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, sin aumentar su vida útil o su capacidad, que deberán verificarse a nivel de planta. El objetivo de la medida abarcará también las soluciones digitales en este ámbito y la promoción de la economía circular a nivel de la empresa. El objetivo propuesto es haber completado al menos 30 de los proyectos previstos. La medida alcanzará un mínimo del 30 % de recogida selectiva de los residuos municipales como porcentaje del total de residuos municipales generados en 2024 (datos de 2024 disponibles en 2026), de conformidad con la Directiva 2008/98/CE.

A fin de garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 24 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 25 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 26 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 27 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.

L.2    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito/objetivo

Nombre

Indicadores cuantitativos para los objetivos

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Indicadores cualitativos para los hitos

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

176

C12.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Industria

Disposición por la que se establece la entrada en vigor de la Ley

 

 

 

T4

2023

Los objetivos de la Ley serán mejorar los mecanismos de coordinación entre los distintos niveles de la Administración en materia de política industrial y mejorar la calidad y la seguridad industriales mediante un sistema reforzado de vigilancia del mercado, en consonancia con el Reglamento (UE) 2019/1020 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos y por el que se modifican la Directiva 2004/42/CE y los Reglamentos (CE) n.º 765/2008 y (UE) n.º 305/2011. Por último, se revisará la definición de infracciones en este ámbito y se actualizará el nivel de las sanciones que pueden aplicarse.

177

C12.R2

Hito

Estrategia Española de Economía Circular (EEEC)

Aprobación en Consejo de Ministros.

 

 

 

T2

2020

Aprobación de la Estrategia Española de Economía Circular (EEEC). Sienta las bases para promover un nuevo modelo de producción y consumo en el que se mantenga el valor de los productos, materiales y recursos durante el mayor tiempo posible, se minimice la generación de residuos y se aprovechen plenamente los residuos que no puedan evitarse.

178

C12.R2

Hito

Entrada en vigor de los actos que forman parte del paquete de medidas sobre la economía circular

Disposiciones en los Reales Decretos por las que se establecen la entrada en vigor de los actos

 

 

 

T4

2022

El paquete de política de economía circular incluye:

El Real Decreto 731/2020, de 4 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso.

El Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.

El Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.

Los Reales Decretos 27/2021, de 19 de enero, y 265/2021, de 13 de abril.

La próxima aprobación por el Consejo de Ministros en 2022 de medidas reglamentarias sobre envases y residuos de envases.

179

C12.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados

Disposición por la que se establece la entrada en vigor de la Ley

 

 

 

T4

2022

La Ley incluirá:

i) La aplicación de la Directiva marco sobre residuos y la Directiva sobre plásticos de uso único, así como una actualización de la normativa española a la luz de la experiencia de los últimos diez años;

ii) La introducción de los objetivos de la UE en materia de residuos y las obligaciones en materia de recogida separada derivadas de la normativa de la UE, anticipándose a su implementación en biorresiduos en municipios con más de 5 000 habitantes. Además, la medida introducirá obligaciones de recogida separada que van más allá de los requisitos establecidos por el Derecho de la Unión;

iii) La revisión de la regulación de la responsabilidad ampliada del productor, que establecerá una nueva que va más allá de los requisitos establecidos por el Derecho de la Unión;

iv) La introducción de impuestos estatales sobre los residuos (incluidos el depósito en vertederos, la incineración y la coincineración, y los envases de plástico de un solo uso).

180

C12.I1

Objetivo

Espacios de datos sectoriales e interoperables de alto valor

-

Número

0

4

T2

2026

Grandes espacios de datos sectoriales e interoperables de alto valor creados en sectores estratégicos. Al menos cuatro en el sector agroalimentario, el sector de la movilidad sostenible, el sector salud y el sector comercio, de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. La ejecución presupuestaria movilizada con este fin ascenderá, como mínimo, a 400 000 000 EUR.

181

C12.I2

Hito

Plan para impulsar la cadena de valor de la industria del automóvil hacia una movilidad sostenible y conectada

Aprobación en Consejo de Ministros.

 

 

 

T2

2020

Aprobación en Consejo de Ministros del Plan para impulsar la cadena de valor de la industria del automóvil hacia una movilidad sostenible y conectada

182

C12.I2

Hito

PERTE en el ámbito de los vehículos eléctricos

Aprobación en Consejo de Ministros.

 

T3

2022

Aprobación en Consejo de Ministros de un Proyecto Estratégico para la Recuperación y la Transformación Económica (PERTE) en el ámbito estratégico de los vehículos eléctricos, y asignación de al menos 400 000 000 EUR de presupuesto en concepto de ayuda. La resolución por la que se apruebe el PERTE contendrá criterios de selección detallados para garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Los criterios de selección reflejarán además los requisitos de los ámbitos de intervención aplicables a los objetivos relacionados con el cambio climático, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

183

C12.I2

Hito

PERTEs en ámbitos estratégicos definidos en el Plan

Aprobación en Consejo de Ministros.

 

T4

2022

Aprobación por el Consejo de Ministros de al menos dos PERTEs y asignación total de al menos 400 000 000 EUR de presupuesto en ayudas para cada uno de ellos, en otros ámbitos estratégicos, como la agroalimentación, la sanidad, los sectores aeronáutico y naval, los sectores industriales vinculados a las energías renovables, así como las capacidades de diseño y producción de tecnologías de procesadores y semiconductores. La resolución por la que se apruebe el PERTE contendrá criterios de selección detallados para garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Los criterios de selección reflejarán además los requisitos de los ámbitos de intervención aplicables a los objetivos relacionados con el cambio climático, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

184

C12.I2

Objetivo

Proyectos innovadores para la transformación de la industria en términos de eficiencia energética, sostenibilidad y digitalización

-

Número

0

78

T4

2022

Concesión por el Ministerio de Industria de al menos 1 200 000 000 EUR al menos a 78 proyectos innovadores, incluidos los relacionados con PERTEs aprobados (al menos 3), que impliquen una transformación sustancial de la industria en términos de eficiencia energética, sostenibilidad y transformación digital. Selección de proyectos tras una convocatoria publicada en el BOE y sobre la base de criterios de selección para garantizar que se cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Los criterios de selección reflejarán además los requisitos de los ámbitos de intervención aplicables a los objetivos relacionados con el cambio climático, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

185

C12.I2

Objetivo

Ejecución presupuestaria de PERTEs y proyectos innovadores para la transformación de la industria

-

EUR

0

2 531 500 000

T4

2024

Ejecución presupuestaria de al menos 2 531 500 000 EUR movilizados en 210 proyectos innovadores, incluidos los relacionados con PERTEs aprobados (al menos 3), que impliquen una transformación real de la industria en términos de eficiencia energética, sostenibilidad y transformación digital, de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Los criterios de selección garantizarán que al menos 455 000 000 EUR contribuyan a los objetivos relacionados con el cambio climático con un coeficiente climático del 100 % y al menos 1 500 000 EUR con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Como alternativa, si está bien justificado explicando las razones por las que el enfoque alternativo no puede ser viable, los criterios de selección garantizarán que al menos 2 531 500 000 EUR contribuyan a los objetivos relacionados con el cambio climático con, en promedio, un coeficiente climático de al menos el 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Se movilizarán al menos 3 800 000 000 EUR de inversión privada con los fondos del MRR y el efecto multiplicador de la financiación adicional a estos fondos en la inversión privada será similar en la fecha del hito, también de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Este objetivo no se considerará cumplido en caso de que alguna de las medidas para las que se haya comprometido el presupuesto constituya ayuda estatal de conformidad con el artículo 107 del TFUE deba notificarse a la Comisión y no haya sido aprobada por la Comisión a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

186

C12.I2

Objetivo

Finalización de PERTEs y proyectos innovadores para la transformación de la industria

-

Número

0

3

T2

2026

Finalización de al menos 210 proyectos innovadores, incluidos los relacionados con PERTEs aprobados (al menos tres), que impliquen una transformación real de la industria en términos de eficiencia energética, sostenibilidad y transformación digital, de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

187

C12.I3

Objetivo

Finalización de proyectos de apoyo a la aplicación de la legislación sobre residuos y fomento de la economía circular en la empresa

-

Número

0

30

T4

2023

Finalización de al menos 30 proyectos aprobados por el MITERD de apoyo a la aplicación de la legislación sobre residuos y fomento de la economía circular en la empresa, que se ajusten a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Las acciones en el marco de esta inversión relacionadas con plantas de tratamiento mecánico-biológico solo se llevarán a cabo en plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil, que se verificará a nivel de planta.

188

C12.I3

Objetivo

Aumento de los residuos municipales recogidos selectivamente

-

% de los residuos municipales recogidos selectivamente

21

30

T2

2026

Alcanzar un mínimo del 30 % de recogida selectiva de los residuos municipales como porcentaje del total de residuos municipales generados en 2024 (datos de 2024 disponibles en 2026), de conformidad con la Directiva 2008/98/CE. Por «recogida separada» se entenderá la recogida en la que un flujo de residuos se mantendrá separado, por tipo y naturaleza, para facilitar un tratamiento específico. Los datos se recopilarán de conformidad con el desglose material con arreglo al anexo V de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1004 de la Comisión. (valor de referencia: 31 de diciembre de 2018).

M. COMPONENTE 13: Impulso a la pyme

Las pequeñas y medianas empresas (pymes) desempeñan un papel clave en la economía de la UE y de España, en particular dado que las pymes contribuyen en mayor medida al PIB nacional y que el tamaño medio de las empresas es menor que la media de la UE.

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español aborda los retos a los que se enfrentan las pequeñas y medianas empresas (pymes) (incluidos los autónomos) con el objetivo de impulsar la competitividad de la economía española y promover el crecimiento y el empleo. Estos retos son: la dificultad de acceso a la financiación para el emprendimiento, el crecimiento empresarial y la innovación; la falta de competencias digitales y la falta de adopción de las tecnologías digitales, que obstaculizan la productividad y la competitividad de las pymes; el pequeño tamaño de las empresas, que dificulta el aprovechamiento de economías de escala y la internacionalización; y la elevada vulnerabilidad a shocks externos y las bajas economías de escala que dificultan la inversión y la innovación.

Los objetivos de este componente son introducir reformas e inversiones destinadas a facilitar la creación, el crecimiento y la reestructuración de empresas, mejorar el clima de negocios (en particular reforzando el funcionamiento del mercado interior español), así como seguir impulsando los importantes procesos de aumento de la productividad a través de la digitalización, la innovación y la internacionalización. Este componente se centra significativamente en la digitalización, con una aproximación horizontal para proporcionar un paquete básico de digitalización a un porcentaje importante de pymes, y vertical para impulsar la digitalización de procesos y la innovación tecnológica en determinadas pymes.

Este componente aborda parcialmente las recomendaciones específicas por país sobre los avances en la aplicación de la Ley de garantía de la unidad de mercado (recomendación específica por país 4 de 2019) y sobre la garantía de la aplicación efectiva de medidas destinadas a proporcionar liquidez a las pymes y a los trabajadores por cuenta propia, en particular evitando la morosidad (recomendación específica por país 3 de 2020). También aborda las recomendaciones específicas por país sobre la concentración de la inversión en la transición ecológica y digital (recomendación específica por país 3 de 2020) y sobre la mejora del acceso al aprendizaje digital (recomendación específica por país 2 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). 

M.1    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C13.R1): Mejora de la regulación y del clima de negocios

Los objetivos de la reforma son mejorar el marco en que se desarrolla la actividad económica, procurando una regulación y un clima de negocios más adecuados y que faciliten la creación y el crecimiento de las empresas, así como su reestructuración si fuera necesario, mediante la adopción de una serie de medidas.

La reforma consistirá en:

a)Adopción de la Ley de creación y crecimiento empresarial. El objetivo de esta Ley es:

I.Simplificar los trámites para la constitución de una empresa. Esto se conseguirá mediante la reducción del requisito de capital mínimo para la creación de una empresa y el refuerzo de las plataformas de financiación participativa y los distintos instrumentos de financiación pública;

II.Medidas jurídicas para fomentar una cultura de pago dentro de plazo. Esta Ley mejorará la eficacia de la aplicación de la Directiva 2011/7/UE, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Se espera que la Ley reduzca los plazos medios de pago de las operaciones comerciales. Esto ayudaría a abordar los problemas de liquidez a los que se enfrentan las pymes acreedoras que no reciben pagos a su debido tiempo, con efectos indirectos positivos en sus actividades y crecimiento. Entre los ejemplos de medidas que deben aplicarse para fomentar una cultura de pago dentro de plazo figuran directrices sobre publicidad y transparencia de los plazos de pago, mejores prácticas empresariales y mecanismos para una mejor tutela del cumplimiento, como un sistema extrajudicial de resolución de litigios;

III.Modificar determinadas disposiciones de la Ley de garantía de la unidad de mercado, para aportar mayor claridad en los ámbitos en los que las ambigüedades han generado problemas de aplicación. El objetivo de la Ley de garantía de la unidad de mercado es eliminar los obstáculos innecesarios, desproporcionados o discriminatorios al acceso a las actividades económicas y su ejercicio, así como a la libertad de establecimiento en todo el territorio. El objetivo de esta reforma también será aumentar la eficiencia y transparencia de los mecanismos previstos en la Ley de garantía de la unidad de mercado para proteger a los operadores cuya actividad se vea afectada por obstáculos impuestos por la Administración Pública. Además, la reforma reforzará la cooperación para promover una mejor reglamentación en todo el país.

b)Se creará una nueva Conferencia sectorial de Mejora Regulatoria y Clima de Negocios. Su objetivo será facilitar la correcta aplicación de los principios de buena regulación por parte de todas las Administraciones Públicas y garantizar una óptima cooperación interadministrativa, incluso en las medidas que acompañarán a la recuperación. La Conferencia sectorial también hará un seguimiento del trabajo de otras Conferencias sectoriales, lo que permitirá coordinar, monitorizar e impulsar mejor las distintas medidas de mejora de la regulación, tanto de carácter horizontal como sectorial.

c)Reforma de la legislación sobre insolvencia para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 (Directiva sobre reestructuración e insolvencia). La reforma incluirá el establecimiento de un procedimiento de segunda oportunidad para personas naturales más eficaz, que permita una exoneración de las deudas sin liquidación previa de los activos de la parte insolvente. Además, se introducirán los planes de reestructuración exigidos por la Directiva (UE) 2019/1023 de insolvencia, como un nuevo instrumento pre-concursal que mejore la eficacia de los instrumentos pre-concursales actualmente aplicables, con el objeto de prevenir la insolvencia y el concurso subsiguiente. También se introducirá un procedimiento especial para las micropymes, que reducirá la duración y el coste del procedimiento y que se tramitará íntegramente por medios electrónicos.

d)Por último, esta reforma también conllevará la adopción de una Ley que modifica tres textos legislativos, en particular la Ley 34/2006, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales. Un nuevo sistema supondrá el acceso único a las profesiones de abogado y procurador, de tal modo que se exigirá la misma capacitación para ambas profesiones. Las sociedades profesionales multidisciplinares podrán ofertar un servicio integral simultáneo, de defensa y representación en juicio. También se modificará el marco arancelario aplicable a los servicios de procuradores: se establecerán importes máximos pero sin que puedan fijarse límites mínimos, garantizando con ello que el consumidor pueda acceder a los servicios a precios competitivos. Con esta reforma, España velará por que la legislación en este ámbito se ajuste a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 25 de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior, y a los artículos 49 y 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Por lo que se refiere a esta reforma, el Consejo de Ministros aprobó en septiembre de 2020 el proyecto de ley que modifica los textos legislativos antes mencionados.

Esta reforma también se complementará con la adopción de una Ley de transposición de la Directiva (UE) 2019/1151, sobre digitalización, que promueve la innovación y la digitalización tanto en la Administración como en el entorno empresarial y prevé la digitalización de todo el proceso de creación de una empresa. Esta Ley es uno de los instrumentos reguladores necesarios para la aplicación del componente 11 (reforma C11.R2 para el impulso del Estado de Derecho y la eficiencia del servicio público de justicia).

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Reforma 2 (C13.R2): Estrategia España Nación Emprendedora

El objetivo de la medida es promover la Estrategia España Nación Emprendedora. La reforma consistirá en la adopción de una Ley de startups, a fin de crear un marco favorable para la constitución y crecimiento de empresas emergentes altamente innovadoras, y un fondo público-privado NEXT-TECH para escalar las start-ups en tecnologías disruptivas.

La adopción de una Ley de startups, a más tardar a finales de 2022, deberá: proporcionar una definición jurídica de «start-ups»; identificar incentivos fiscales para fomentar su creación y atraer talentos; establecer medidas para facilitar la atracción de inversores y emprendedores extranjeros; y adoptar mecanismos para facilitar la implementación de la legislación y la relación con las medidas relativas al ecosistema de emprendedores digitales.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Inversión 1 (C13.I1): Emprendimiento

Los objetivos de la inversión son potenciar el ecosistema emprendedor, para hacerlo más resiliente y competitivo, abordando los retos de la transición ecológica y digital.

La inversión consta de cuatro acciones principales:

1) reforzar las capacidades empresariales, incluida la formación y el reciclaje profesional, y apoyar a los emprendedores en consonancia con las prioridades de la UE en materia de transición ecológica y digital. Como parte de esta acción, al menos 6 900 emprendedores se beneficiarán del Programa de capacidades emprendedoras, y al menos 800 emprendedores recibirán apoyo del Programa de atracción de talento de mujeres;

2) ofrecer herramientas para apoyar la creación y la gestión de empresas y reforzar a las pymes, incluido el apoyo de al menos 12 000 usuarios activos en la plataforma virtual ONE-Oficina Nacional de Emprendimiento, en el marco del Marco Estratégico en Política de PYME 2030, la Estrategia España Nación Emprendedora y la Agenda España Digital 2025;

3) realizar campañas de difusión y comunicación para la creación, desarrollo o atracción a España de eventos internacionales centrados en las empresas innovadoras y un programa de atracción de talento de mujeres. Esto incluirá al menos 20 eventos sobre emprendimiento desarrollados en el marco del Programa Bandera; y al menos 260 acciones de comunicación (200 apariciones en los medios de comunicación y 60 eventos) bajo la marca España Nación Emprendedora; así como

4) financiar una línea de apoyo a la actividad emprendedora y de las pymes, mediante el programa de apoyo al emprendimiento de mujeres. Esto incluirá el apoyo de al menos 200 mujeres emprendedoras a través de préstamos participativos concedidos por la Empresa Nacional de Innovación, S.A.

En el caso de los instrumentos financieros, a fin de garantizar que la medida se ajusta a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), el convenio entre las autoridades españolas y la entidad encargada o el intermediario financiero encargado del instrumento financiero y la subsiguiente política de inversión del instrumento financiero deberá:

I.exigir la aplicación de la Guía técnica de la Comisión sobre la prueba de sostenibilidad para el Fondo InvestEU;

II.excluir de la elegibilidad la siguiente lista de actividades y activos: i) las actividades y los activos relacionados con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 28 ; ii) las actividades y los activos en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con los cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 29 ; iii) las actividades y los activos relacionados con vertederos de residuos, incineradoras 30 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 31 ; y iv) las actividades y los activos en los que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente; así como

III.exigir la verificación del cumplimiento de la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente de los proyectos, por parte de la entidad encargada o del intermediario financiero, para todas las transacciones, incluidas las exentas de la verificación de la sostenibilidad.

Para las licitaciones, a fin de garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 32 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 33 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 34 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 35 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 2 (C13.I2): Crecimiento

El objetivo de la medida es promover el crecimiento de las pymes.

La inversión consistirá en acciones sobre:

1) El apoyo a 11 000 pymes individuales en el marco del Programa de capacidades para el crecimiento de las pymes. El objetivo de este programa es proporcionar las capacidades necesarias a las empresas para que puedan crecer y ser más competitivas, evolucionando sus modelos de negocio y contribuyendo a la doble transición.

2) El apoyo financiero a largo plazo a 1 500 proyectos industriales desarrollados por pymes, para acciones en el marco de esta inversión, en nuevas instalaciones industriales o ampliación de las existentes, teniendo en cuenta el potencial de contribución a la mitigación o adaptación al cambio climático.

3) La mejora del acceso de las pymes a la financiación mediante la prestación de apoyo en forma de garantías financieras, comerciales y técnicas a través del refuerzo de la Compañía Española de Reafianzamiento SME S.A. (CERSA), en consonancia con los criterios de admisibilidad del Reglamento sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, tal como se establece en las orientaciones para los Estados miembros de 21 de enero de 2021. Como parte de esta línea de actuación, CERSA prestará apoyo a largo plazo a través de su cobertura de contragarantía a las Sociedades de Garantía Recíproca regionales, respaldando el riesgo que asumen. CERSA promoverá la competitividad y la resiliencia de las pymes también a través de tres nuevas líneas específicas que permitan el acceso a operaciones de financiación a largo plazo y de capital circulante para las acciones en el marco de esta inversión en el ámbito de: la digitalización; la sostenibilidad; el crecimiento y la recuperación (reforzando la resiliencia, principalmente de las pymes afectadas por la pandemia de COVID-19 que están dispuestas a emprender planes de transformación y crecimiento significativos).

Además, para implementar el instrumento financiero de garantía, se deberá establecer un acuerdo entre el Ministerio responsable de la inversión con el socio implementador o la entidad encargada. El acuerdo traducirá como obligaciones la información incluida en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Además, cualquier rendimiento (es decir, intereses sobre el préstamo, rendimiento del capital o principal reembolsado, menos los costes asociados) relacionado con el instrumento financiero tendrá que reinvertirse para los mismos objetivos políticos, incluso después de 2026. A fin de garantizar que la medida se ajusta a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), el convenio entre las autoridades españolas y la entidad encargada o el intermediario financiero encargado del instrumento financiero y la subsiguiente política de inversión del instrumento financiero deberá:

I.exigir la aplicación de la Guía técnica de la Comisión sobre la prueba de sostenibilidad para el Fondo InvestEU;

II.excluir de la elegibilidad la siguiente lista de actividades y activos: i) las actividades y los activos relacionados con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 36 ; ii) las actividades y los activos en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con los cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 37 ; iii) las actividades y los activos relacionados con vertederos de residuos, incineradoras 38 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 39 ; y iv) las actividades y los activos en los que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente; así como

III.exigir la verificación del cumplimiento de la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente de los proyectos, por parte de la entidad encargada o del intermediario financiero, para todas las transacciones, incluidas las exentas de la verificación de la sostenibilidad.

Para las licitaciones, a fin de garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 40 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 41 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 42 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 43 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 3 (C13.I3): Digitalización e innovación

El objetivo de esta inversión es dotar a las pymes de las capacidades y herramientas necesarias para contribuir a la transición digital y hacer frente a los retos que se derivan de ella. Está en consonancia con la Agenda España Digital 2025 y se complementa con acciones del componente 15 sobre conectividad y del componente 19 sobre competencias digitales.

La inversión se centrará en las acciones siguientes:

1) Programa Digital Toolkit: Esta es la principal acción en el marco de esta medida, que impulsará la digitalización de las pequeñas empresas (diez a 49 empleados), las microempresas (uno a nueve empleados) y los trabajadores autónomos de cualquier sector de actividad económica, elevando su nivel de madurez digital. El Programa se basa en la concesión de subvenciones para apoyar la integración de la tecnología digital a fin de adoptar eficazmente el comercio electrónico, digitalizar las relaciones con la Administración Pública y con los clientes, desarrollar procesos internos digitales e introducir la facturación electrónica y el marketing digital; y promover soluciones especialmente orientadas a los servicios. El programa subvencionará parcialmente los costes de adopción de paquetes de soluciones digitales básicas (DTK) como presencia en Internet, venta electrónica, oficina en la nube, puesto de trabajo digital, digitalización procesos básicos, gestión de clientes, marketing digital, ciberseguridad, entre otros. Cada paquete de digitalización DTK tendrá asignado un importe de subvención fija, que se determinará en cada convocatoria en función del tamaño de la empresa y del sector de actividad. Se espera que la ayuda llegue a 1 000 000 pymes.

2) Programa Agentes del Cambio: se trata de un programa que apoyará al menos a 15 000 pequeñas y medianas empresas (de diez a 249 empleados) en sus procesos de transformación digital.

3) Programa Acelera PYME 2.0: se trata de una acción en el marco de esta inversión que ampliará la infraestructura de apoyo a la digitalización de las pymes con servicios de asesoramiento y formación.

5) Programa de Apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras: esta medida dará apoyo a proyectos de digitalización de la cadena de valor de los diferentes sectores industriales, con el objetivo de modernizarlos e incluir a las pymes en la cadena de valor.

6) Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH): se trata de un programa de apoyo al desarrollo de centros de innovación digital (Digital Innovation Hubs) en España. Los Digital Innovation Hubs son estructuras que ayudan a las empresas a responder a los retos digitales y a ser más competitivas, a través de la mejora de sus procesos de negocio y productivos a través del uso intensivo de las tecnologías digitales. Como parte de esta submedida, se prestará apoyo a 25 Digital Innovation Hubs.

A fin de garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 44 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 45 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 46 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 47 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2025.

Inversión 4 (C13.I4): Apoyo al comercio

El objetivo de la medida es ayudar a las pequeñas empresas a adaptarse a la digitalización del sector comercial y al cambio de comportamiento de los consumidores.

La inversión tendrá dos líneas de acción principales.

1.Los proyectos en el sector del pequeño comercio tienen por objeto incorporar nuevas tecnologías que permitan que el comercio local responda a los nuevos hábitos de consumo, en el marco del Fondo Tecnológico (200 proyectos). Los proyectos subvencionables en el marco de este Fondo incluyen:

a.Proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra;

b.Proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión;

c.Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la entrega de última milla;

d.Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos.

La inversión se completará con la creación de una plataforma digital (Plataforma Comercio Conectado) para incentivar la digitalización del sector.

2.Proyectos presentados por las autoridades locales para mejorar la modernización de mercados municipales, áreas comerciales, mercados de venta no sedentaria y canales cortos de comercialización, en el marco del Programa Mercados Sostenibles (130 proyectos). Los proyectos subvencionables en el marco de este Programa incluirán:

a.Proyectos para la adopción de herramientas de información de clientes basadas en macrodatos u otras tecnologías;

b.Proyectos de transformación digital de mercados que mejoren el mercado omnicanal y la experiencia de compras;

c.Proyectos destinados a la transformación digital del comercio callejero y los canales cortos de comercialización;

d.Proyectos de obras y reacondicionamiento para mejorar las instalaciones, su accesibilidad, equipamiento y adecuación, de las zonas ocupadas por los mercados municipales, áreas comerciales y mercados no sedentarios, así como sus zonas adyacentes;

e.Proyectos para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y la sustitución de estos por alternativas respetuosas con el medio ambiente;

f.Instalación de puntos de entrega inteligentes;

g.Proyectos de mejora de la eficiencia energética;

h.Acciones que promuevan el reciclado o la reutilización de residuos;

i.Sensibilización y formación en competencias tecnológicas.

A fin de garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 48 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 49 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 50 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 51 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2024.

Inversión 5 (C13.I5): Internacionalización

El objetivo de la medida es reforzar las capacidades e instrumentos del sistema español de apoyo a la exportación, internacionalización e inversión exterior.

La inversión consistirá en un conjunto de once acciones, a saber:

1.Línea de financiación de estudios de viabilidad, factibilidad, pre factibilidad y modernización sectorial e institucional;

2.El Programa INNOVAInvest, de apoyo a la inversión extranjera en I+D;

3.El Programa VIVES, de ayudas económicas para contratar empleados en prácticas en empresas que participan en actividades de exportación;

4.El Programa de formación Mentoring internacional;

5.Programa de fortalecimiento de los sistemas de comunicación, servicios telemáticos y digitalización de las asociaciones y federaciones exportadoras y de las Cámaras de Comercio españolas en el extranjero y sus federaciones;

6.El Programa de Ampliación de la Base Exportadora, para asegurar un apoyo ágil y personalizado por parte de ICEX a la internacionalización de las empresas, en particular, de las pymes;

7.Programa de Fortalecimiento del ecosistema español de empresas de rápido crecimiento;

8.Ayudas a la apertura y consolidación de mercados mediante subvenciones para gastos derivados de inspecciones y auditorias de autoridades de países terceros, así como para aquellos gastos jurídicos y de consultoría para la defensa comercial;

9.Programa de incentivos financieros de COFIDES (una institución financiera de propiedad estatal que proporciona financiación a medio y largo plazo para apoyar proyectos de inversión en internacionalización de empresas) a fin de promover inversiones de impacto. Su principal objetivo es generar un impacto medible, social o medioambiental junto con un rendimiento financiero;

10.Impulso a la digitalización de los servicios de la Administración para el apoyo a la internacionalización;

11.Digital ICEX (entidad empresarial pública nacional que promueve la internacionalización de las empresas españolas).

A fin de garantizar que la medida cumple lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 52 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 53 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 54 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 55 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

En el caso de los instrumentos financieros, a fin de garantizar que la medida se ajusta a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), el convenio entre las autoridades españolas y la entidad encargada o el intermediario financiero encargado del instrumento financiero y la subsiguiente política de inversión del instrumento financiero deberá:

I.exigir la aplicación de la Guía técnica de la Comisión sobre la prueba de sostenibilidad para el Fondo InvestEU; así como

II.excluir de la elegibilidad la siguiente lista de actividades y activos: i) las actividades y los activos relacionados con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 56 ; ii) las actividades y los activos en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con los cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 57 ; iii) las actividades y los activos relacionados con vertederos de residuos, incineradoras 58 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 59 ; y iv) las actividades y los activos en los que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente; así como

III.exigir la verificación del cumplimiento de la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente de los proyectos, por parte de la entidad encargada o del intermediario financiero, para todas las transacciones, incluidas las exentas de la verificación de la sostenibilidad.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2024.

M.2    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito/objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos para los hitos

Indicadores cuantitativos para los objetivos

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

189

C13.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley por la que se modifica la Ley 34/2006, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales

Disposición por la que se establece la entrada en vigor de la Ley

 

 

 

T4

2021

La entrada en vigor de la Ley por la que se modifica la Ley 34/2006, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales deberá:

— Reformar el sistema actual de honorarios mínimos en un sistema de honorarios máximos e introducir la nueva obligación de presentar una estimación de costes al cliente en asesoramiento.

— Permitir actividades multidisciplinares de las profesiones de abogado y procurador dentro de la misma entidad jurídica.

— Contemplar el acceso único a las profesiones de abogado y procurador.

190

C13.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de reforma de la Ley Concursal

Disposición por la que se establece la entrada en vigor de la Ley

 

 

 

T2

2022

Entrada en vigor de la reforma de la Ley Concursal. La reforma de la Ley Concursal más allá de los requisitos de la Directiva deberá:

— establecer un procedimiento de segunda oportunidad para personas naturales más eficaz, que permita una exoneración de las deudas sin liquidación previa de los activos de la parte insolvente;

— introducir un procedimiento especial para las micropymes, que reduzca la duración y el coste y se tramite íntegramente por medios electrónicos.

191

C13.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de creación y crecimiento empresarial

Disposición por la que se establece la entrada en vigor de la Ley

 

 

 

T4

2022

Entrada en vigor de la nueva Ley de creación y crecimiento empresarial para simplificar los procedimientos de creación de empresas y promover fuentes diversificadas de financiación para el crecimiento empresarial. La Ley de creación y crecimiento empresarial también incluirá medidas para fomentar una cultura de pago dentro de plazo, en particular para proporcionar liquidez a las pymes y a los autónomos evitando la morosidad. Entre las medidas que deben aplicarse para fomentar una cultura de pago dentro de plazo figuran directrices sobre publicidad y transparencia de los plazos de pago, mejores prácticas empresariales y mecanismos para una mejor tutela del cumplimiento, como un sistema extrajudicial de resolución de litigios. La Ley de creación y crecimiento empresarial también incluirá modificaciones de la Ley de garantía de la unidad de mercado para facilitar su aplicación y reforzar los mecanismos a disposición de los operadores del mercado afectados por las barreras del mercado.

192

C13.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley de startups

Disposición por la que se establece la entrada en vigor de la Ley

 

 

 

T4

2022

Entrada en vigor de la Ley de startups, que crea un marco favorable para la creación y el crecimiento de startups altamente innovadoras. La Ley de startups introducirá reformas fiscales en forma de incentivos para fomentar y facilitar el desarrollo de startups, así como la atracción de emprendedores e inversores extranjeros, en consonancia con los objetivos de consolidación fiscal.

193

C13.I1

Objetivo

Emprendedores o pymes que se benefician de medidas para potenciar el ecosistema emprendedor

-

Número

0

6 900

T4

2023

Al menos 6 900 emprendedores deberán haber completado un programa destinado a potenciar el ecosistema emprendedor, en el marco del Marco Estratégico en Política de PYME 2030, la Estrategia España Nación Emprendedora y la Agenda España Digital 2025, que incluya al menos a 2 000 mujeres empresarias / pymes dirigidas o participadas por mujeres, de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), de las operaciones subvencionadas en el marco de esta medida mediante el uso de la prueba de sostenibilidad, el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

194

C13.I1

Objetivo

Usuarios que se benefician de medidas para potenciar el ecosistema emprendedor

-

Número

0

12 000

T4

2023

Al menos 12 000 usuarios deberán beneficiarse de medidas destinadas a impulsar el ecosistema emprendedor, en el marco del Marco Estratégico en Política de PYME 2030, la Estrategia España Nación Emprendedora y la Agenda España Digital 2025; y de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), de las operaciones subvencionadas en el marco de esta medida mediante el uso de la prueba de sostenibilidad, el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

195

C13.I1

Objetivo

Otras acciones de difusión, comunicación y financiación

-

Número

0

480

T4

2023

Al menos 480 acciones completadas de difusión y comunicación para la creación, desarrollo o atracción a España de eventos internacionales centrados en las empresas innovadoras y programas de atracción de talento de mujeres. Esto incluirá al menos 20 eventos sobre emprendimiento desarrollados en el marco del Programa Bandera; y al menos 260 acciones de comunicación (200 apariciones en los medios de comunicación y 60 eventos) bajo la marca España Nación Emprendedora. Financiación de una línea de apoyo a la actividad emprendedora y de las pymes, mediante el programa de apoyo al emprendimiento de mujeres. Esto incluirá el apoyo al menos a 200 mujeres emprendedoras a través de préstamos participativos concedidos por la Empresa Nacional de Innovación, S.A. y de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) de las operaciones subvencionadas en el marco de esta medida mediante el uso de la prueba de sostenibilidad, el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

196

C13.I2

Objetivo

Garantía CERSA

-

En millones EUR

0

1 000

T4

2023

Garantía CERSA: Al menos un importe de 1 000 000 000 EUR de garantías concedidas por CERSA que permitan a las pymes obtener garantías para inversiones a largo plazo y capital circulante. Los criterios de selección garantizarán la conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) de las operaciones subvencionadas en el marco de esta medida mediante el uso de la prueba de sostenibilidad, el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

197

C13.I2

Objetivo

Pymes apoyadas por el Programa de capacidades para el crecimiento de las pymes

-

Número

0

11 000

T4

2023

Al menos 11 000 pymes deberán haber completado el Programa de capacidades para el crecimiento de las pymes. Los criterios de selección garantizarán la conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) de las operaciones subvencionadas en el marco de esta medida mediante el uso de la prueba de sostenibilidad, el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

198

C13.I2

Objetivo

Emprendedores y pymes apoyados por el Programa de Apoyo al Emprendimiento Industrial

-

Número

0

1 500

T4

2023

Se proporcionará financiación a largo plazo a emprendedores y pymes para proyectos de inversión industrial en el marco del Programa de Apoyo al Emprendimiento Industrial. Se proporcionará financiación para la creación de empresas industriales o la ampliación de instalaciones existentes.

Al menos 1 500 operaciones deberán haber recibido financiación desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023. Los criterios de selección garantizarán la conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) de las operaciones subvencionadas en el marco de esta medida mediante el uso de la prueba de sostenibilidad, el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

(valor de referencia: 1 de enero de 2021).

199

C13.I3

Hito

Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025

Publicación

 

 

 

T1

2021

Aprobación por el Consejo de Ministros del Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025, que contempla un conjunto de instrumentos para incorporar en las micropymes y autónomos las herramientas digitales ya disponibles, impulsar la digitalización de pequeñas empresas y promover la innovación tecnológica

200

C13.I3

Objetivo

Presupuesto comprometido para el Programa Digital Toolkit

-

%

0

30

T4

2022

Al menos el 30 % del presupuesto de 3 067 000 000 comprometido, destinado a acciones para digitalizar las pymes a través del Programa Digital Toolkit, que se ajusten a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

201

C13.I3

Objetivo

Presupuesto comprometido para el Programa Agentes del Cambio

-

%

0

30

T4

2022

Al menos el 30 % del presupuesto de 300 000 000 EUR comprometido, destinado a las pymes en el Programa Agentes del Cambio. Las convocatorias de propuestas con pliegos de condiciones incluirán criterios de admisibilidad que garanticen que los proyectos seleccionados se ajustan a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

202

C13.I3

Objetivo

Presupuesto comprometido para el Programa de Apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras

-

%

0

30

T4

2022

Al menos el 30 % del presupuesto de 115 000 000 EUR comprometido, destinado a pymes en el Programa de Apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras. Las convocatorias de propuestas con pliegos de condiciones incluirán criterios de admisibilidad que garanticen que los proyectos seleccionados se ajustan a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

203

C13.I3

Objetivo

Presupuesto comprometido para el Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH)

-

%

0

30

T4

2022

Al menos el 30 % del presupuesto de 37 590 000 EUR comprometido, destinado a pymes en el Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH). Las convocatorias de propuestas con pliegos de condiciones incluirán criterios de admisibilidad que garanticen que los proyectos seleccionados se ajustan a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

204

C13.I3

Objetivo

Pymes apoyadas por el Programa Digital Toolkit

-

Número

0

800 000

T4

2023

Al menos 800 000 pymes deberán haber recibido apoyo del Programa Digital Toolkit, de conformidad con lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

205

C13.I3

Objetivo

Ejecución presupuestaria del Programa Agentes del Cambio

-

%

30

100

T4

2023

El 100 % del presupuesto de 300 000 000 EUR comprometido, adjudicado a pymes en el Programa Agentes del Cambio. Se trata de un programa que pretende apoyar al menos a 15 000 pequeñas y medianas empresas (de diez a 249 empleados) en sus procesos de transformación digital. Los criterios de selección garantizarán la conformidad con lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. (valor de referencia: 31 de diciembre de 2022).

206

C13.I3

Objetivo

Ejecución presupuestaria del Programa de Apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras

-

%

30

100

T4

2023

El 100 % del presupuesto de 115 000 000 EUR comprometido, destinado a pymes en el Programa de Apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras. El objetivo de esta medida es dar apoyo a proyectos de digitalización de la cadena de valor de los diferentes sectores industriales, con el objetivo de modernizarlos e incluir a las pymes en la cadena de valor. Las convocatorias de propuestas con pliegos de condiciones incluirán criterios de admisibilidad que garanticen que los proyectos seleccionados se ajustan a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. (valor de referencia: 31 de diciembre de 2022).

207

C13.I3

Objetivo

Ejecución presupuestaria del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH)

-

%

30

100

T4

2023

El 100 % del presupuesto de 37 590 000 EUR comprometido, destinado a pymes en el Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH). Es un programa que ayuda a las empresas a ser más competitivas, a través de la mejora de sus procesos de negocio y productivos a través del uso intensivo de las tecnologías digitales. Como parte de esta submedida, se prestará apoyo a 25 Digital Innovation Hubs. Las convocatorias de propuestas con pliegos de condiciones incluirán criterios de admisibilidad que garanticen que los proyectos seleccionados se ajustan a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. (valor de referencia: 31 de diciembre de 2022).

208

C13.I3

Objetivo

Finalización del Programa Digital Toolkit

-

Número

800 000

1 000 000

T4

2024

Al menos 1 000 000 pymes deberán haber recibido apoyo del Programa Digital Toolkit, de conformidad con lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. El Programa se basa en la concesión de subvenciones para apoyar la integración de la tecnología digital a fin de adoptar eficazmente el comercio electrónico, digitalizar las relaciones con la Administración y con los clientes, desarrollar procesos internos digitales e introducir la facturación electrónica y el marketing digital; y promover soluciones especialmente orientadas a los servicios. El programa subvencionará parcialmente los costes de adopción de paquetes de soluciones digitales básicas (DTK) como presencia en Internet, venta electrónica, oficina en la nube, puesto de trabajo digital, digitalización procesos básicos, gestión de clientes, marketing digital y ciberseguridad. (valor de referencia: 31 de diciembre de 2023).

209

C13.I3

Objetivo

Pymes que han completado acciones destinadas a aumentar su uso de las tecnologías digitales (excepto Digital Toolkit)

-

Número

0

171 000

T4

2025

Al menos 171 000 pymes deberán haber completado acciones destinadas a aumentar su uso de las tecnologías digitales, con el apoyo de los siguientes programas: Programa Agentes del Cambio, Acelera PYME 2.0; Programa de Apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras y Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH). Las convocatorias de propuestas con pliegos de condiciones incluirán criterios de admisibilidad que garanticen que los proyectos seleccionados se ajustan a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

1) Programa Agentes del Cambio: se trata de un programa que apoyará al menos a 15 000 pequeñas y medianas empresas (de diez a 249 empleados) en sus procesos de transformación digital.

2) Programa Acelera PYME 2.0: se trata de una acción en el marco de esta inversión que ampliará la infraestructura de apoyo a la digitalización de las pymes con servicios de asesoramiento y formación.

3) Programa de Apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras: dará apoyo a proyectos de digitalización de la cadena de valor de los diferentes sectores industriales, con el objetivo de modernizarlos e incluir a las pymes en la cadena de valor.

4) Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH): es un programa que ayuda a las empresas a ser más competitivas, a través de la mejora de sus procesos de negocio y productivos a través del uso intensivo de las tecnologías digitales.

210

C13.I4

Objetivo

Pymes y asociaciones empresariales que han recibido ayuda del Fondo Tecnológico

-

Número

0

200

T4

2023

Al menos 200 pymes o asociaciones empresariales del sector comercial deberán haber recibido subvenciones del Fondo Tecnológico, de conformidad con lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Los proyectos en el sector del pequeño comercio tienen por objeto incorporar nuevas tecnologías que permitan que el comercio local responda a los nuevos hábitos de consumo, en el marco del Fondo Tecnológico (200 proyectos). Los proyectos subvencionables en el marco de este Fondo incluyen:

a. Proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra.

b. Proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a nuevos modelos de gestión.

c. Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la entrega de última milla.

d. Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos.

La inversión se completará con la creación de una plataforma digital (Plataforma Comercio Conectado) para incentivar la digitalización del sector.

211

C13.I4

Objetivo

Acciones de modernización en mercados municipales o áreas comerciales

-

Número

0

30

T4

2024

Al menos 30 acciones de modernización completadas en mercados municipales o áreas comerciales, de conformidad con lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Proyectos presentados por las autoridades locales para mejorar la modernización de mercados municipales, áreas comerciales, mercados de venta no sedentaria y canales cortos de comercialización, en el marco del Programa Mercados Sostenibles (30 proyectos). Los proyectos subvencionables en el marco de este Programa incluyen:

a. Proyectos para la adopción de herramientas de información de clientes basadas en macrodatos u otras tecnologías.

b. Proyectos de transformación digital de mercados que mejoren el mercado omnicanal y la experiencia de compras.

c. Proyectos destinados a la transformación digital del comercio callejero y los canales cortos de comercialización.

d. Proyectos de obras y reacondicionamiento para mejorar las instalaciones, su accesibilidad, equipamiento y adecuación, de las zonas ocupadas por los mercados municipales, áreas comerciales y mercados no sedentarios, así como sus zonas adyacentes.

e. Proyectos para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y la sustitución de estos por alternativas respetuosas con el medio ambiente.

f. Instalación de puntos de entrega inteligentes.

g. Proyectos para mejorar la eficiencia energética de los mercados municipales, áreas comerciales y mercados no sedentarios.

h. Acciones que promuevan el reciclado o la reutilización de residuos.

i. Sensibilización y formación en competencias tecnológicas de los mercados municipales, áreas comerciales y mercados no sedentarios.

212

C13.I4

Objetivo

Modernización de la infraestructura comercial en municipios pequeños

-

Número

0

100

T4

2024

Al menos 100 acciones finalizadas de modernización de la infraestructura comercial en municipios pequeños aprobadas e iniciadas, de conformidad con lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

Proyectos presentados por municipios pequeños para mejorar la modernización de mercados municipales, áreas comerciales, mercados de venta no sedentaria y canales cortos de comercialización, en el marco del Programa Mercados Sostenibles (30 proyectos). Los proyectos subvencionables en el marco de este Programa incluyen:

a. Proyectos para la adopción de herramientas de información de clientes basadas en macrodatos u otras tecnologías. b. Proyectos de transformación digital de mercados que mejoren el mercado omnicanal y la experiencia de compras.

c. Proyectos destinados a la transformación digital del comercio callejero y los canales cortos de comercialización.

d. Proyectos de obras y reacondicionamiento para mejorar las instalaciones, su accesibilidad, equipamiento y adecuación, de las zonas ocupadas por los mercados municipales, áreas comerciales y mercados no sedentarios, así como sus zonas adyacentes.

e. Proyectos para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y la sustitución de estos por alternativas respetuosas con el medio ambiente.

f. Instalación de puntos de entrega inteligentes.

g. Proyectos para mejorar la eficiencia energética de los mercados municipales, áreas comerciales y mercados no sedentarios.

h. Acciones que promuevan el reciclado o la reutilización de residuos.

i. Sensibilización y formación en competencias tecnológicas de los mercados municipales, áreas comerciales y mercados no sedentarios.

213

C13.I5

Objetivo

Empresas que participan en proyectos de apoyo a su internacionalización

-

Número

0

3 000

T4

2024

Al menos 3 000 empresas, de las cuales al menos 2 500 pymes, deberán haber participado y completado proyectos de apoyo a su internacionalización en el marco de los Planes de Acción para la Internacionalización de la Economía Española 2021-2022 y 2023-2024. Las acciones horizontales de apoyo a la digitalización de la asociación de exportación, las Cámaras de Comercio y los servicios administrativos beneficiarán a todos los exportadores y promoverán la internacionalización de nuevas empresas, de conformidad con lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

Las acciones en el marco de la inversión se seleccionarán a partir de la siguiente lista de proyectos/ámbitos:

1. Línea de financiación de estudios de viabilidad, factibilidad, pre factibilidad y modernización sectorial e institucional.

2. Programa INNOVAInvest, de apoyo a la inversión extranjera en I+D.

3. El Programa VIVES, de ayudas económicas para contratar empleados en prácticas en empresas que participan en actividades de exportación.

4. El Programa de formación Mentoring internacional.

5. Programa de fortalecimiento de los sistemas de comunicación, servicios telemáticos y digitalización de las asociaciones y federaciones exportadoras y de las Cámaras de Comercio españolas en el extranjero y sus federaciones.

6. Programa de Ampliación de la Base Exportadora, para asegurar un apoyo ágil y personalizado por parte de ICEX a la internacionalización de las empresas, en particular, de las pymes.

7. Programa de Fortalecimiento del ecosistema español de empresas de rápido crecimiento.

8. Ayudas a la apertura y consolidación de mercados mediante subvenciones para gastos derivados de inspecciones y auditorias de autoridades de países terceros, así como para aquellos gastos jurídicos y de consultoría para la defensa comercial.

9. Programa de incentivos financieros de COFIDES (una institución financiera de propiedad estatal que proporciona financiación a medio y largo plazo para apoyar proyectos de inversión en internacionalización de empresas) a fin de promover inversiones de impacto.

10. Impulso a la digitalización de los servicios de la Administración para el apoyo a la internacionalización.

11. Digital ICEX (entidad empresarial pública nacional que promueve la internacionalización de las empresas españolas), y creación del Campus Virtual. Los criterios de selección garantizarán la conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) de las operaciones subvencionadas en el marco de esta medida mediante el uso de la prueba de sostenibilidad, el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

N. COMPONENTE 14: Plan de modernización y competitividad del sector turístico

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español abordará los retos que se exponen a continuación.

·Como consecuencia de la crisis provocada por la pandemia de COVID-19, el sector turístico español se enfrenta a una situación muy delicada; es necesario por tanto actuar urgentemente para aumentar su sostenibilidad y competitividad.

·Canarias y Baleares, motores de la industria turística española, necesitan actuaciones singulares para mitigar las externalidades y su elevada dependencia de la actividad vacacional.

·España ocupa el vigésimo séptimo puesto en el apartado «preparación en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación» (“ICT readiness”), con arreglo al informe sobre competitividad turística del Foro Económico Mundial. Por otro lado, su inversión pública y privada en I + D es relativamente baja. Además, muchos informes señalan que el sector de los viajes es el que dispone de mayor potencial para beneficiarse de la inteligencia artificial (aumento del 128 % del valor añadido de la actividad a través de la aplicación de IA).

El objetivo de este componente es transformar y modernizar el sector turístico en España aumentando su competitividad y resiliencia.

El componente responde a las recomendaciones específicas por país sobre fomento de la inversión en innovación y en eficiencia energética, y mejora de la eficacia de las políticas de apoyo a la investigación y la innovación (recomendación específica por país 3 de 2019), sobre el sostenimiento de la economía (recomendación específica por país 1 de 2020), sobre el respaldo del empleo a través de medidas para preservar el empleo y el desarrollo de capacidades y la mejora del acceso al aprendizaje digital (recomendación específica por país 2 de 2020), sobre el fomento de la inversión pública y privada y el fomento de las transiciones ecológica y digital (recomendación específica por país 3 de 2020), y sobre la mejora de la coordinación entre los distintos niveles de la administración (recomendación específica por país 4 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

N.1    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C14.R1) — Real Decreto por el que se desarrolla el Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Turística (FOCIT)

El objetivo de la reforma es mejorar la competitividad del sector turístico fomentando la innovación y apoyando la eficiencia energética y la economía circular.

Mediante la reforma, se modificarán los actos jurídicos vigentes que regulan los objetivos, la naturaleza, las operaciones y los proyectos subvencionables del FOCIT.

El acto jurídico modificado permitirá al FOCIT financiar a las empresas del sector turístico para que mejoren su eficiencia energética, reduzcan el nivel de consumo de recursos y la producción de residuos e incrementen la reutilización y el reciclaje de residuos. En el ámbito de la eficiencia energética y la economía circular, el Fondo financiará proyectos de innovación.

El instrumento de financiación podrá utilizar sistemas mixtos que combinen los préstamos con otros tipos de ayuda. El instrumento se financiará con cargo al presupuesto nacional.

La reforma incluirá también las siguientes medidas específicas:

-un plan de promoción del sector turístico en el que se contemplan medidas para impulsar el sector turístico y se define el marco para la aplicación de las medidas relacionadas con el turismo.

-la puesta en marcha de un sitio web que recopila datos procedentes de diversas fuentes de estadísticas sobre el turismo, incluidos organismos públicos y privados como el INE, Turespaña, el Banco de España, AENA y RENFE.

La implementación de la reforma estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2021.

Inversión 1 (C14.I1) — Transformación del modelo turístico hacia la sostenibilidad

La inversión tiene por objeto reforzar la sostenibilidad medioambiental, socioeconómica y territorial del turismo y va dirigida a los destinos turísticos, a los agentes sociales y a los operadores privados del sector.

La inversión constará de cuatro submedidas:

1.Elaboración de la Estrategia de Turismo Sostenible España 2030, que constituirá una agenda nacional de turismo para hacer frente a los retos del sector a medio y largo plazo, impulsando los tres pilares de la sostenibilidad: socioeconómica, medioambiental y territorial.

2.Planes de Sostenibilidad Turística en Destino. Esta submedida se implementará siguiendo la siguiente lógica secuencial:

a.Elaboración de la Estrategia de Sostenibilidad del Turismo en Destino, que sentará las bases para la estructuración, la planificación, el desarrollo y la evaluación de la actuación de la administración turística para transformar los destinos, de acuerdo con criterios sostenibles y alineados con los ODS de la Agenda 2030.

b.Preparación del Programa de Planes de Sostenibilidad Turística en Destino. En este programa se establecerán las condiciones de participación de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales, el ámbito de aplicación, los umbrales mínimos de inversión, el procedimiento de presentación de las propuestas y las reglas para su aprobación, ejecución y justificación.

c.Elaboración y aplicación de los Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en Destinos. Estos se desarrollarán a través de un proceso participativo y de colaboración entre las tres Administraciones Públicas competentes y los diferentes actores públicos y privados del ecosistema turístico del destino. Permitirán a cada territorio y destino responder a los retos que plantea la sostenibilidad turística, en el ejercicio de sus competencias en materia de ordenación del turismo y en el marco de la Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destino aprobada por el Gobierno de España. Estos planes consistirán en actuaciones en los siguientes ámbitos:

I.Transición verde, incluidas las actuaciones en el marco de esta inversión relativas a la restauración ambiental, la gestión del uso público en espacios naturales protegidos, la implantación de sistemas de certificación turística, la implantación de medidas de economía circular en los servicios públicos y el trazado de caminos rurales para el senderismo y el ciclismo.

II.Eficiencia energética, incluidas las actuaciones en el marco de esta inversión para la reducción de las emisiones de CO2 en la edificación y en infraestructuras y servicios públicos, para la mitigación del cambio climático, la implantación de tecnologías ambientales, la descarbonización y el fomento de la movilidad sostenible o la mejora del entorno urbano.

III.Transformación digital, incluidas las actuaciones en el marco de esta inversión para digitalizar los servicios a los turistas en destino, desarrollar la huella digital del destino o la información sobre el mercado y la gestión de la demanda turística.

IV.Transformación de la competitividad, incluidas las actuaciones en el marco de esta inversión destinadas a ampliar la accesibilidad en destino, mejorar las infraestructuras turísticas públicas locales o fomentar la creación de empleo mediante el desarrollo de nuevos productos turísticos en los ámbitos de la cultura, la naturaleza, la gastronomía o la artesanía tradicional y la industria.

3.Elaboración de Planes de Sostenibilidad Social del sector turístico.

4.Transformación del actual Sistema de Calidad Turística Español en Destino (SICTED) en un Sistema de Sostenibilidad Turística Integral para destinos turísticos que incluirá el desarrollo de nuevos procesos y orientaciones, la modernización de la plataforma informática existente, la formación de nuevos agentes de sostenibilidad turística y el desarrollo de un mecanismo de agregación de datos para analizar y supervisar el mercado de la vivienda turística en toda España.

Las actuaciones en el marco de esta inversión se llevarán a cabo entre el 1 de enero de 2021 y el 30 de junio de 2026, con un periodo de desembolso a las Entidades Locales comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023, y un periodo de ejecución que se prolongará hasta 2026. Los proyectos destinados a promover la sostenibilidad de los destinos turísticos en el marco de esta inversión deberán estar terminados a más tardar el 30 de junio de 2026.

A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 60 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 61 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 62 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 63 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente. Los criterios de selección garantizarán además que solo puedan recibir apoyo las actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente. Los criterios de selección deberán garantizar que 511 millones EUR, como mínimo, contribuyan al cumplimiento de los objetivos relacionados con el cambio climático con un coeficiente climático del 100 %, y 140 millones EUR, como mínimo, a los relacionados con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2026.

Inversión 2 (C14.I2) - Programa de digitalización e inteligencia para destinos y sector turístico

El objetivo de las actuaciones en el marco de esta inversión es desarrollar una plataforma inteligente de destino que dote de interoperabilidad a la oferta de servicios públicos y privados al turista. Esto se complementará con el desarrollo de un Sistema de Inteligencia Turística y un conjunto de iniciativas para impulsar la Red Española de Destinos Inteligentes. Las acciones en el marco de esta inversión también respaldarán las soluciones digitales basadas en la inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras en las empresas del sector turístico, y aportarán financiación para el desarrollo de espacios de datos industriales y la promoción de la innovación digital en el sector turístico. 

Las actuaciones en el marco de esta inversión se llevarán a cabo mediante licitaciones e inversiones directas. Al menos 1 000 empresas o agrupaciones de empresas deberán haber recibido financiación en el marco de los proyectos de inversión relacionados con la inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras y deberá haberse puesto en marcha una Plataforma Inteligente de Destino a más tardar el 30 de junio de 2025.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2025.

Inversión 3 (C14.I3) - Estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares

La inversión, que se destina a Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, tiene por objeto responder a los retos específicos a los que se enfrenta el sector turístico en esos territorios. Las medidas mejorarán la competitividad y la capacidad de los territorios mencionados para adaptarse a la evolución de los mercados internacionales y se orientarán a:

·las infraestructuras públicas, con especial atención a la mejora del atractivo de los espacios públicos para promover el turismo, la gestión medioambiental y el tratamiento de residuos, así como a la recualificación de infraestructura turística obsoleta;

·el refuerzo de los servicios públicos en zonas de especial influencia turística, en particular, los servicios administrativos, de seguridad y sanitarios;

·la formación, haciendo especial hincapié en la formación juvenil vinculada al sector turístico;

·el desarrollo de productos turísticos alternativos y la modernización de la oferta turística;

·la creación de incentivos para facilitar la conectividad con esos territorios y para que las empresas turísticas operen fuera de la temporada alta;

·la promoción de los territorios extrapeninsulares nacionales e internacionales como destinos turísticos de interés histórico-cultural; así como

·las promociones estratégicas adaptadas a las distintas estaciones del año, con especial énfasis en las estrategias de comercialización en línea, la accesibilidad lingüística, la capacidad proactiva en herramientas multimedia y la gestión de las relaciones con los clientes institucionales.

Al menos 400 agentes económicos y sociales deberían haberse beneficiado de las inversiones en las regiones extrapeninsulares de aquí a junio de 2025.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2025.

Inversión 4 (C14.I4) - Actuaciones especiales en el ámbito de la competitividad

La inversión incluye un conjunto de medidas destinadas a mejorar la competitividad del sector turístico. Entre las actuaciones específicas que se apoyarán en el marco de esta inversión se incluirán las siguientes:

·el desarrollo de productos turísticos en consonancia con la estrategia de desarrollo de productos turísticos sostenibles, que abarca, entre otras, las siguientes categorías indicativas: el turismo gastronómico, el turismo cultural, el turismo urbano, el ecoturismo, el turismo de negocios, el turismo deportivo, como el ciclismo, el patrimonio y el turismo religioso;

·los proyectos destinados a reducir los residuos o el consumo de energía anuales de los establecimientos del sector turístico. Entre las medidas específicas para reducir el consumo de energía cabe citar la instalación de sensores para monitorizar y optimizar dicho consumo, el fomento del uso de sistemas de gestión energética (como el sistema de certificación según la ISO 500001), la utilización de materiales que favorezcan el aislamiento térmico, el uso de tecnologías más eficientes en materia energética, y el recurso a elementos exteriores, como sombras o jardines. Las medidas específicas para reducir los residuos incluyen planes para su segregación en origen y acciones para fomentar su reutilización y reciclado. Entre otras medidas, conviene señalar también las campañas de sensibilización y la formación en cuestiones relacionadas con la eficiencia energética y la gestión de residuos destinadas al personal de las instalaciones turísticas, así como la promoción de la producción y obtención de suministros de proximidad;

·el mantenimiento y la rehabilitación del patrimonio histórico con uso turístico, incluida i) la reducción y compensación de la huella de carbono mediante la elaboración de planes de actuación para la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, ii) la rehabilitación ecológica del patrimonio, iii) la mejora de la eficiencia energética a través de la sustitución de las calderas diésel o de combustible por calderas de gas natural, iv) las acciones para la adaptación al cambio climático, v) la introducción de mejoras en los sistemas de tratamiento de aguas grises, vi) la modernización de los sistemas de gestión de residuos, vii) la rehabilitación y el uso de espacios con tecnologías inteligentes, acciones para mejorar la accesibilidad de los lugares y viii) las acciones para la reducción del consumo de agua y la energía; así como

·la introducción de mejoras en las zonas comerciales de áreas locales de gran afluencia turística, incluidas actuaciones en el marco de esta inversión en nuevas tecnologías; la aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia energética; procesos eficientes desde el punto de vista ecológico y reciclado y reutilización de residuos; la formación del personal; una firma digital integrada adaptada a los visitantes extranjeros; y la adaptación de los espacios públicos para mejorar la accesibilidad y la movilidad.

Al menos 60 proyectos en zonas comerciales situadas en áreas locales con alta afluencia turística deberán estar terminados a más tardar el 31 de diciembre de 2024. Las inversiones realizadas a más tardar el 30 de junio de 2025 darán lugar a: i) la disponibilidad de 45 nuevos productos turísticos, como mínimo, y ii) la finalización por parte de 3 400 establecimientos del sector turístico, como mínimo, de proyectos destinados a reducir sus residuos o su consumo de energía anuales. Al menos 50 proyectos dirigidos al patrimonio histórico con interés turístico deberán estar terminados a más tardar el 30 de junio de 2026.

A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 64 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 65 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 66 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 67 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2026.

N.2    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito/Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Referencia

Meta

Trimestre

Año

214

C14.R1

Hito

Plan de promoción del sector turístico

Página web de la publicación

 

 

 

T2

2020

El Plan describirá las medidas para impulsar el sector turístico y definirá el marco para la aplicación de las medidas relacionadas con el turismo.

215

C14.R1

Hito

Puesta en marcha de la página web «DATAESTUR» que recopila datos sobre el turismo

Enlace al sitio web de Dataestur

 

 

 

T4

2020

El sitio web recopilará datos sobre el turismo en España procedentes de diversas fuentes de estadísticas, incluidos organismos públicos y privados como el INE, Turespaña, el Banco de España, AENA y RENFE, y deberá ser operativo.

216

C14.R1

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto por el que se desarrolla el Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Turística (FOCIT)

Disposición del Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T4

2021

El Real Decreto por el que se desarrolla Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Turística facilitará el acceso de las empresas a financiación pública en los ámbitos de la economía circular y la eficiencia energética.

217

C14.I1

Objetivo

Adjudicación del presupuesto para los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos

-

En millones EUR

0

561

T4

2021

Publicación en el BOE de la adjudicación a las Entidades Locales de ayuda para la aplicación de los «Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en Destinos», por un importe mínimo de 561 000 000 EUR, de los cuales, el 35 % se destinará a medidas que aborden la transición verde, la sostenibilidad y la eficiencia energética/electromovilidad en los destinos. Los criterios de selección garantizarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), de una lista de exclusiones y del acervo medioambiental pertinente de la UE y nacional. Los criterios de selección deberán garantizar que del presupuesto total definitivo concedido para financiar la medida, 511 000 000 EUR, como mínimo, contribuyan al cumplimiento de los objetivos relacionados con el cambio climático con un coeficiente climático del 100 %, y 140 000 000 EUR, como mínimo, a los relacionados con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

218

C14.I1

Objetivo

Adjudicación del presupuesto para los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos

-

En millones EUR

561

1 173

T4

2022

Publicación en el BOE de la adjudicación a las Entidades Locales de ayuda para la aplicación de los «Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en Destinos», por un importe mínimo de 1 173 000 000 EUR (valor de referencia: 31 de diciembre de 2021), de los cuales, el 35 % se destinará a medidas que aborden la transición verde, la sostenibilidad y la eficiencia energética/electromovilidad en los destinos. Los criterios de selección garantizarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), de una lista de exclusiones y del acervo medioambiental pertinente de la UE y nacional. Los criterios de selección deberán garantizar que del presupuesto total definitivo concedido para financiar la medida, 511 000 000 EUR, como mínimo, contribuyan al cumplimiento de los objetivos relacionados con el cambio climático con un coeficiente climático del 100 %, y 140 000 000 EUR, como mínimo, a los relacionados con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

219

C14.I1

Objetivo

Adjudicación del presupuesto para los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos

-

En millones EUR

1 173

1 788,6

T4

2023

Publicación en el BOE de la adjudicación a las Entidades Locales de ayudas para la aplicación de los «Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en Destinos» por un importe mínimo de 1 788 600 000 EUR (valor de referencia: 31 de diciembre de 2022), de los cuales, el 35 % se destinará a financiar medidas que aborden la transición verde, la sostenibilidad y la eficiencia energética/electromovilidad en los destinos. Los criterios de selección garantizarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), de una lista de exclusiones y del acervo medioambiental pertinente de la UE y nacional. Los criterios de selección deberán garantizar que del presupuesto total definitivo concedido para financiar la medida, 511 000 000 EUR, como mínimo, contribuya al cumplimiento de los objetivos relacionados con el cambio climático con un coeficiente climático del 100 %, y 140 000 000 EUR, como mínimo, a los relacionados con un coeficiente climático del 40 %, de conformidad con el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241 sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

220

C14.I1

Hito

Finalización de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos

Informe de la Comisión de Seguimiento por el que se valida el umbral de progreso

 

 

 

T4

2024

Las Comisiones de Seguimiento se asegurarán de que todos los destinos beneficiarios logren como mínimo los siguientes porcentajes de ejecución de cada Plan de Sostenibilidad Turística.

- Ejecución del 75 % en el caso de los destinos adjudicados en 2021.

- Ejecución del 50 % en el caso de los destinos adjudicados en 2022.

- Ejecución del 25 % en el caso de los destinos adjudicados en 2023.

221

C14.I1

Hito

Finalización de los proyectos de promoción de la sostenibilidad turística en destinos

Certificación de la ejecución

 

 

 

T2

2026

Finalización de todos los proyectos incluidos en los «Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en Destinos» y adjudicados en consonancia con los objetivos 211, 212 y 212, el 35 % de cuyos fondos se destinarán a financiar medidas que aborden la transición verde, la sostenibilidad y la eficiencia energética/electromovilidad en los destinos, de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación de principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1) mediante el uso de una lista de exclusiones y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.

222

C14.I2

Hito

Puesta en marcha de la Plataforma Inteligente de Destino en el sector turístico

Enlace a la plataforma

 

 

 

T2

2025

Implementación y puesta en marcha de una Plataforma Inteligente de Destino plenamente operativa. La plataforma pondrá a disposición de los turistas servicios públicos y privados interoperables.

223

C14.I2

Objetivo

Beneficiarios de proyectos basados en tecnologías innovadoras relacionados con la IA y otras tecnologías habilitadoras

-

Número

0

1 000

T2

2025

Al menos 1 000 beneficiarios (empresas o agrupaciones de empresas) deberán haber completado proyectos innovadores basados en la tecnología para el sector turístico relacionados con la inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras, como el internet de las cosas, la tecnología 5G, los macrodatos, la ciberseguridad y las aplicaciones móviles.

224

C14.I3

Objetivo

Finalización, por parte de los beneficiarios en los territorios extrapeninsulares, de proyectos para mejorar su competitividad y capacidad de adaptación a los cambios en los mercados internacionales

-

Número

0

400

T2

2025

Al menos 400 beneficiarios de los territorios extrapeninsulares (Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla) deberán haber completado proyectos para mejorar su competitividad y capacidad de adaptación a los cambios en los mercados internacionales.

225

C14.I4

Objetivo

Proyectos destinados a zonas comerciales situadas en áreas locales de gran afluencia turística

 

Número

0

60

T4

2024

Finalización de 60 proyectos, como mínimo, destinados a áreas comerciales situadas en zonas locales de gran afluencia turística, que deberán cumplir la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), una lista de exclusiones y el acervo medioambiental pertinente de la UE y nacional.

226

C14.I4

Objetivo

Entrega de productos turísticos en consonancia con la Estrategia pertinente

-

Número

0

45

T2

2025

Entrega de 45 nuevos productos turísticos, como mínimo, en consonancia con la Estrategia de Desarrollo de Producto Turístico Sostenible, que deberán cumplir la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), una lista de exclusiones y el acervo medioambiental pertinente de la UE y nacional.

227

C14.I4

Objetivo

Reducción, por parte de establecimientos del sector turístico, de sus residuos o su consumo de energía anuales

-

Número

0

3 400

T2

2025

Finalización, por parte de 3 400 establecimientos del sector turístico, como mínimo, de proyectos destinados a reducir sus residuos o su consumo de energía anuales, que deberán cumplir la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), una lista de exclusiones y el acervo medioambiental pertinente de la UE y nacional.

228

C14.I4

Objetivo

Proyectos de rehabilitación del patrimonio histórico con uso turístico actual o futuro

-

Número

0

50

T2

2026

Finalización de 50 actuaciones de rehabilitación del patrimonio histórico, como mínimo, que deberán cumplir la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), una lista de exclusiones y el acervo medioambiental pertinente de la UE y nacional.

O. COMPONENTE 15: Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

La conectividad digital es un factor esencial para el desarrollo de la actividad económica, el aumento de la productividad, el impulso de la innovación y la cohesión territorial y social. El acceso a las redes digitales es cada vez más necesario para poder acceder a los servicios públicos, ejercer actividades económicas y participar activamente en la sociedad.

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español aborda los retos de la conectividad a la hora de lograr la cobertura de redes fijas ultrarrápidas, con más de 100 Mbps/s, y de la red 5G en España, en particular, en las zonas rurales y en los corredores de transporte transfronterizos clave. Desde la perspectiva de la ciberseguridad, el principal reto que aborda el componente es crear un entorno fiable y seguro para que los ciudadanos y las empresas contribuyan al proceso de digitalización e hiperconectividad asociado a la aplicación de la tecnología 5G y a los servicios que esta última propiciará, como las aplicaciones relacionadas con el internet de las cosas.

Los objetivos de este componente son adaptar el sector de las telecomunicaciones a los requisitos de la Estrategia Digital Europea y reforzar la cohesión económica, social y territorial mediante la eliminación de las brechas digitales y el aumento del acceso a la cobertura ultrarrápida en todo el territorio nacional. El componente apoya la implantación acelerada de la tecnología 5G: 1) mediante la puesta a disposición de los recursos de espectro necesarios en las bandas prioritarias de 5G; 2) mediante el desarrollo de un entorno de implantación fiable y seguro y 3) mediante el fomento del desarrollo de aplicaciones de tecnología 5G. También tiene por objeto apoyar una cultura de ciberseguridad sostenible en favor de ciudadanos y empresas.

El componente responde a las recomendaciones específicas por país sobre la focalización de la política económica de inversión en el fomento de la innovación (recomendación específica por país 3 de 2019), y sobre la consignación anticipada de proyectos de inversión pública maduros y la concentración de las inversiones en la transición digital (recomendación específica por país 3 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

O.1    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C15.R1) — Reforma del marco normativo de telecomunicaciones: Ley General, Instrumentos Regulatorios e Instrumentos de Aplicación

Los objetivos de la medida son la trasposición de la Directiva 2018/1972, por la que se establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas, el desarrollo de las mejores prácticas para la implantación de redes de 5G fijas y móviles de alta capacidad, y la realización de las acciones necesarias con vistas a aplicar a escala nacional el conjunto de instrumentos a que se refiere la Recomendación de la Comisión Europea sobre conectividad [C (2020) 6270].

Aquellos elementos del conjunto de instrumentos derivado de la aplicación de la Recomendación de la Comisión Europea sobre la conectividad que requieran rango de Ley se incorporarán al ordenamiento jurídico español mediante la Ley General de Telecomunicaciones.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2022. 

Reforma 2 (C15.R2) — Hoja de ruta 5G: Gestión y asignación del espectro, reducción de cargas al despliegue, Ley de Ciberseguridad, 5G y Apoyo a Entidades Locales

Los objetivos de la medida son los siguientes: 1) completar el «Segundo Dividendo Digital» y el procedimiento de licitación por subasta de la banda de frecuencias de 700 MHz y de la banda de frecuencias de 26 GHz; 2) reducir temporalmente las cargas impositivas relativas al espectro en favor de los operadores de telecomunicaciones en 2022 y 2023 a fin de acelerar el despliegue de la 5G; 3) incorporar el conjunto de instrumentos de la UE para la ciberseguridad de las redes de 5G al ordenamiento jurídico nacional; y 4) difundir buenas prácticas entre las administraciones públicas locales en materia de telecomunicaciones y reglamentación urbanística.

Por lo que respecta a la aplicación, se identifican las siguientes etapas:

Finalización del Segundo Dividendo Digital

Estrategia de impulso de la tecnología 5G

Subasta de la banda de 700 MHz

Licitación de la banda de 26 GHz

Reducción temporal de la fiscalidad del espectro

Ley de Ciberseguridad 5G

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2022. 

Inversión 1 (C15.I1) - Favorecer la vertebración territorial mediante el despliegue de redes: Extensión de banda ancha ultrarrápida

Los objetivos de la medida son los siguientes: 1) ampliar la cobertura de las redes de acceso a la banda ancha ultrarrápida a las zonas que carecen de ella, con el objetivo de alcanzar el 100 % de la población; y 2) emprender acciones específicas para la extensión de la cobertura en los centros urbanos históricos con consideración de zona blanca.

La inversión se destinará a proporcionar conectividad de banda ancha ultrarrápida (de más de 100 Mbps) a aquellas zonas, principalmente rurales y cascos históricos, que actualmente no disponen de ella. A finales de 2021 se adoptará un plan de ejecución pormenorizado, y el 100 % del presupuesto se adjudicará antes de finales de 2023. El plan fijará asimismo los objetivos finales (en términos de cobertura adicional en unidades) que deben alcanzarse y garantizará la neutralidad tecnológica y el mantenimiento de los mecanismos de competencia en el mercado y el acceso de todos los operadores a la infraestructura desplegada. Las zonas de intervención quedarán definidas en dicho plan. El plan de ejecución también establecerá las medidas legales y reglamentarias necesarias, incluidas las que deben adoptarse para garantizar el cumplimiento de las normas pertinentes de la UE en materia de ayudas estatales. El objetivo es garantizar velocidades simétricas de 300 Mbps, actualizables a simétricas de 1 Gbps (gigabit por segundo) en áreas blancas y en áreas grises.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2025.

Inversión 2 (C15.I2) Refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial

Los objetivos de la medida son los siguientes: 1) mejorar la conectividad y el equipamiento de los centros que proporcionan acceso a los servicios asistenciales esenciales y sociales básica, tales como hospitales, centros de salud y centros de educación y formación; y 2) proporcionar ultraconectividad a los principales motores socioeconómicos del país y a las áreas con alta demanda de capacidad (islas tecnológicas).

La inversión se destinará a ampliar la conectividad de 1-Gigabit a los principales centros de actividad social y económica de todo el país. Los sitios seleccionados abarcarán polígonos industriales, centros de datos, agroindustria, centros de investigación, nodos de transporte, nodos logísticos o empresas intensivas en el uso de datos, así como centros de salud, como hospitales, y centros de formación.

Entre las acciones específicas se incluirán las siguientes: a) proyectos de refuerzo de conectividad en centros de referencia y servicios públicos; b) proyectos de conectividad de 1-Gigabit y apoyo a sectores clave, incluidos proyectos innovadores de digitalización sectorial (salud, agroalimentario, movilidad, turismo, industria, comercio, etc.) y proyectos de conectividad para polígonos industriales y empresariales en áreas blancas o grises.

La inversión deberá haberse implementado a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 3 (C15.I3) — Bonos de conectividad para pymes y colectivos vulnerables

La inversión consistirá en proporcionar:

bonos a las pymes para financiar inversiones en conectividad (incluida la conectividad básica a 100 Mbps, como mínimo, y un conjunto de servicios de valor añadido como la VPN y la ciberseguridad); así como

bonos para permitir a las personas o familias vulnerables adquirir paquetes de conexión de banda ancha con la tecnología más adecuada.

La inversión deberá haberse implementado a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 4 (C15.I4) — Renovación y sostenibilidad de infraestructuras

La inversión consistirá en el equipamiento de parte del parque inmobiliario existente con infraestructuras que faciliten un despliegue óptimo de redes de muy alta capacidad en la última milla de acceso. Se espera que esta inversión, además de coordinar y optimizar el despliegue de las redes de acceso de nueva generación de manera sostenible, optimice el consumo energético de las redes desplegadas.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 5 (C15.I5) — Despliegue de infraestructuras digitales transfronterizas

La inversión constará de tres proyectos:

1) Mejora de la conectividad de las Infraestructuras Digitales Transfronterizas: supone la participación de empresas españolas en consorcios de empresas para proyectos de interconexiones de infraestructuras de datos y cable submarino del Mecanismo «Conectar Europa» (MCE2 Digital) y nuevo RGEC.

2) Participación en proyectos multipaís de Infraestructura Digitales Transfronterizas: los proyectos candidatos serían los Proyectos Importantes de Interés Común Europeo (IPCEI, por sus siglas en inglés) previstos, relacionados con los Servicios e Infraestructuras de Nueva Generación en la nube y en de borde (edge); y participación en los IPCEI previstos sobre procesadores avanzados y semiconductores. En caso de que no se creasen IPCEI multipaís, podrían crearse otros programas como los programas de I + D + i para el refuerzo de las capacidades en estos ámbitos.

3) Otros proyectos de I + D + i relacionados con las Infraestructuras Digitales Transfronterizas, incluidas las inversiones en un sistema satelital de comunicaciones seguras y el desarrollo de capacidades en comunicaciones cuánticas.

Antes del 31 de diciembre de 2022, se presentará un plan de ejecución pormenorizado sobre estas inversiones, que tendrá como objetivo definir claramente los proyectos seleccionados y alcanzar el 100 % de la ejecución presupuestaria antes del 30 de junio de 2023.

El plan describirá los criterios técnicos (características esenciales de los proyectos y beneficiarios) y las medidas legales y reglamentarias necesarias, incluidas las requeridas para el control de las ayudas de Estado. El plan también establecerá un objetivo final para el cuarto trimestre de 2025.

La inversión deberá estar terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2025.

Inversión 6 (C15.I6) — Despliegue del 5G: redes, cambio tecnológico e innovación

La inversión constará de cuatro subproyectos diferentes:

1) Se impulsará y acelerará el despliegue del 5G en los principales corredores de transporte (carreteras y ferrocarriles) tanto nacionales (corredores secundarios en determinadas zonas) como transfronterizos (corredores primarios). Estas iniciativas están en consonancia con los corredores 5G definidos por la Comisión Europea y potenciarán los corredores entre España y Portugal y España y Francia para un total de 4 000 emplazamientos, como mínimo, incluidas las conexiones de retroceso. Esta medida abarca las rutas secundarias que no estarán cubiertas por las obligaciones impuestas en las ofertas de espectro.

2) Despliegue del 5G en determinadas zonas con el objetivo de lograr la cobertura del 75 % de la población para el 31 de diciembre de 2025 en las bandas de preferencia 5G. A fin de facilitar este despliegue, se emprenderán asimismo acciones para aumentar la capacidad de la red existente de modo que pueda responder a la elevada demanda de ancho de banda y a la densidad de estaciones de base que requerirá el despliegue del 5G (habilitación de al menos 7 000 nuevos emplazamientos con capacidad de retroceso y 5G; y al menos 3 500 emplazamientos existentes con acciones para aumentar la capacidad de su red de retroceso y la instalación de equipos 5G). Esta medida proporciona cobertura a zonas que no estarán cubiertas por las obligaciones impuestas en las ofertas de espectro.

3) Despliegue del 5G en actividades económicas clave (entornos de producción industrial en empresas estratégicas de determinados sectores de producción clave y de gran impacto) y en servicios esenciales (entornos de producción en los ámbitos educativo, asistencial y sociosanitario). Se esperan al menos 43 proyectos de conectividad.

4) apoyo a la I + D relacionada con las redes 5G y 6G para ecosistemas de innovación (al menos 200 proyectos) y los ecosistemas de ciberseguridad 5G (creación de un centro, con capacidad para albergar a unos 300 ingenieros, para la ciberseguridad 5G, excluidos los costes relacionados con las obras de construcción o renovación).

Se facilitará un plan de ejecución pormenorizado en relación con todos los proyectos mencionados a más tardar el 30 de junio de 2022, con el objetivo de definir claramente los proyectos seleccionados y adjudicar el 100 % del presupuesto el 30 de septiembre de 2023, como muy tarde, y lograr la finalización de los proyectos el 30 de junio de 2025, como muy tarde.

El plan incluirá un plan de ejecución para el despliegue del 5G con actuaciones en los siguientes ámbitos: 1) corredores 5G; 2) despliegue de redes de acceso 5G y retroceso móvil en otras áreas determinadas; 3) proyectos de despliegue del 5G para la conectividad y digitalización de las actividades económicas clave y de los servicios esenciales; y 4) apoyo a aplicaciones innovadoras para el ecosistema 5G y 6G. El plan describirá asimismo los criterios técnicos (características esenciales de los proyectos y ámbitos cubiertos, cuando resulte pertinente) y las medidas legales y reglamentarias necesarias, incluidas las requeridas para cumplir las normas de la UE pertinentes en materia de ayudas estatales. El plan establecerá asimismo los objetivos finales que deberán alcanzarse antes del 31 de diciembre de 2025.

La inversión deberá estar terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2025.

Inversión 7 (C15.I7) - Ciberseguridad: Fortalecimiento de las capacidades de ciberseguridad de ciudadanos, pymes y profesionales; impulso del ecosistema del sector

La inversión constará de una serie de actuaciones destinadas a desarrollar las capacidades de ciberseguridad tanto de los ciudadanos como de las empresas e impulsar el ecosistema español de ciberseguridad. Las acciones se articulan en torno a tres ejes:

1) Fortalecimiento de las capacidades de ciberseguridad de ciudadanos, pymes y profesionales. Se dota a los ciudadanos y a las empresas, en particular a las pymes, de las competencias necesarias para identificar los riesgos en el uso cotidiano de la tecnología digital. Los programas en este ámbito incluyen actividades de sensibilización que se espera lleguen al mayor número posible de personas, a través de campañas de comunicación, acciones de proximidad y el desarrollo de recursos específicos para tales fines. Esto incluye también un aumento de los mecanismos de respuesta a través de servicios y acciones coordinadas de respuesta, como la Línea de Ayuda en Ciberseguridad, que aumentará su capacidad hasta 20 000 llamadas al mes.

2) Impulso del ecosistema industrial de ciberseguridad. Esta parte de la medida incluye acciones específicas relacionadas con: la industria nacional de ciberseguridad con vistas al surgimiento, el crecimiento y el desarrollo de nuevas empresas en este sector; I + D + i en ciberseguridad que permita el desarrollo de soluciones y servicios de elevado valor añadido; formación y desarrollo del talento para satisfacer la demanda de profesionales del sector. Además, permitirá el establecimiento de un centro demostrador para el desarrollo de la infraestructura de ciberseguridad y la creación de nuevos servicios de ciberseguridad, incluidos laboratorios de pruebas y simuladores de ciberataques, así como el desarrollo de certificaciones de la etiqueta de ciberseguridad. 3) creación de un centro internacional de ciberseguridad para impulsar el sector en Europa mediante la participación activa en la Red Europea de Centros de Ciberseguridad. En esta última actividad se enmarca la puesta en marcha del centro espejo del Centro Europeo de Competencias (CECRE).

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2026.

O.2    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito/Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Referencia

Meta

Trimestre

Año

229

C15.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Telecomunicaciones

Disposición de la Ley por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T2

2022

La Ley de Telecomunicaciones también transpondrá la Directiva 2018/1972 por la que se establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas (CECE). La Ley incorporará además las recomendaciones sobre la caja de herramientas de conectividad de la UE, que debe figurar en una ley de conformidad con el ordenamiento jurídico español. Además de la transposición de la Directiva 2018/1972, por la que se establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas, la Ley incluirá: i) disposiciones en relación con el inventario de cables submarinos e IXP/centros de datos; ii) así como un régimen fiscal simplificado para los impuestos locales sobre el despliegue de la red; y iii) la implantación de un punto de contacto único para la solicitud de licencias y permisos concedidos para el despliegue de redes por los diferentes niveles de las Administración.

230

C15.R2

Hito

Plan España Digital 2025 y Estrategia de Impulso de la Tecnología 5G.

Publicación

 

 

 

T4

2020

Publicación del Plan España Digital 2025 y aprobación por el Consejo de Ministros de la Estrategia de Impulso de la Tecnología 5G

231

C15.R2

Hito

Liberación de la banda de frecuencias de 700 MHz

Notificación a la Comisión Europea

 

 

 

T4

2020

Finalización del proceso de liberación de la banda de frecuencias de 700 MHz, en consonancia con la Decisión (UE) 2017/899 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, sobre el uso de la banda de 470-790 MHz en la Unión.

232

C15.R2

Hito

Asignación de la banda del espectro de 700 MHz

Publicación en el BOE

 

 

 

T4

2021

Publicación en el BOE de la adjudicación de la banda del espectro de 700 MHz como resultado de la subasta.

233

C15.R2

Hito

Entrada en vigor del acto jurídico sobre la reducción de la fiscalidad del espectro 5G

Disposición del acto jurídico por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T4

2021

Adopción de un acto jurídico para la reducción de la fiscalidad del espectro 5G a fin de acelerar el despliegue de la 5G, definiendo la correspondiente aceleración del despliegue de la 5G que se espera de cada beneficiario. El acto jurídico establecerá las medidas legales y reglamentarias necesarias para el despliegue del proyecto. 

234

C15.R2

Hito

Asignación de la banda del espectro de 26 GHz

Publicación en el BOE

 

 

 

T4

2022

Publicación en el BOE de la adjudicación de la banda del espectro de 26 GHz como resultado de la subasta.

235

C15.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Ciberseguridad 5G

Disposición de la Ley Ciberseguridad 5G por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T4

2022

La Ley de Ciberseguridad 5G incorpora y aplica la recomendación sobre la caja de herramientas de la UE para la ciberseguridad 5G.

La Ley abarcará, como mínimo, los siguientes aspectos:

- imposición a los operadores de telecomunicaciones de obligaciones en materia de evaluación y gestión del riesgo en lo relativo a la seguridad ;

- imposición de obligaciones en materia de diversificación de la cadena de suministro con el fin de evitar la dependencia tecnológica;

- medios para identificar a los vendedores de alto riesgo y de riesgo medio y posibles limitaciones del recurso a los mismos.

236

C15.I1

Hito

Extensión de la banda ancha ultrarrápida: adjudicación

Adjudicación de proyectos

 

 

 

T4

2023

Adjudicación de todos los contratos y subvenciones (presupuesto total de 812 000 000 EUR) y transferencia de fondos para ejecutar acciones destinadas a proporcionar conectividad ultrarrápida de banda ancha en áreas blancas y grises con velocidades simétricas de 300 Mbps, actualizables a simétricas de 1 Gbps, excepto en zonas rurales remotas, que para lograr cobertura necesitan proyectos específicos, en las que se garantizarían al menos 100 Mbps.

237

C15.I1

Hito

Extensión de la banda ancha ultrarrápida: finalización del proyecto

Finalización de los proyectos adjudicados

 

 

 

T4

2025

Finalización de los proyectos de extensión de la banda ancha ultrarrápida, de conformidad con los criterios establecidos para la adjudicación del programa (Hito #236).

238

C15.I2

Objetivo

Mejora de la conectividad en centros y sectores clave

Número

0

16 100

T4

2023

Número de entidades que gracias a esta mejora alcanzan una velocidad de conectividad de 1-Gigabit:

- al menos 9 000 centros de referencia y servicios públicos, como centros de salud, centros de educación y formación y centros de I + D públicos;

- al menos 1 600 pequeños polígonos industriales y ámbitos empresariales;

- al menos 5 500 proyectos de digitalización (en los ámbitos de la salud, la agroalimentación, la movilidad, el turismo, la industria, el comercio, etc.).

239

C15.I3

Objetivo

Bonos de conectividad para pymes y colectivos vulnerables

Número

0

136 000

T4

2023

Concesión de al menos 125 000 bonos de conectividad para personas o familias calificadas de «vulnerables» (para adquirir un paquete de conexión de banda ancha con la tecnología más adecuada) y de al menos 11 000 bonos de conectividad para pymes (los bonos constarán de dos elementos distintos, la conectividad a 100 Mbps y un conjunto de servicios de valor añadido, VPN y ciberseguridad).

240

C15.I4

Objetivo

Adaptación de la infraestructura de telecomunicaciones en los edificios

Número

0

13 600

T4

2023

Finalización en 13 600 edificios, como mínimo, de las obras para la mejora de la infraestructura común de redes de conectividad a fin de convertirlas en redes de muy alta capacidad.

241

C15.I5

Hito

Mejora de la conectividad de la infraestructura digital transfronteriza: adjudicación

Publicación oficial de la adjudicación de los proyectos

 

 

 

T2

2023

Adjudicación de todos los contratos y subvenciones para los proyectos (con un presupuesto total de la convocatoria de proyectos de 500 000 000  EUR) y transferencia de fondos para ejecutar las acciones relativas a: a) cables submarinos e interconexión de la infraestructura de nube/datos; b) proyectos de infraestructuras y servicios de nueva generación en la nube y de borde (edge); c) proyectos para procesadores avanzados y semiconductores; y d) proyectos de I + D + i para reforzar las capacidades en materia de comunicaciones cuánticas y comunicaciones satelitales seguras.

242

C15.I5

Hito

Mejora de la conectividad de la infraestructura digital transfronteriza: finalización del proyecto

Finalización de los proyectos adjudicados

 

 

 

T4

2025

Finalización de los proyectos (adjudicados en el Hito #241) para a) cables submarinos e interconexión de la infraestructura de nube/datos; b) proyectos de infraestructuras y servicios de nueva generación en la nube y en el borde; c) proyectos para procesadores avanzados y semiconductores; y d) proyectos de I + D + i para reforzar las capacidades en materia de comunicaciones cuánticas y comunicaciones satelitales seguras.

243

C15.I6

Hito

Despliegue de la tecnología 5G: adjudicación

Publicación oficial de la adjudicación de los proyectos

 

 

 

T4

2023

Adjudicación de todos los contratos y subvenciones para los proyectos (presupuesto total para los proyectos de 1 405 000 000 EUR) y transferencia de fondos para ejecutar las acciones relacionadas con: a) el despliegue de la 5G en los principales corredores de transporte nacionales (en determinadas zonas) y transfronterizos (4 000 emplazamientos); b) el despliegue de la 5G en determinadas zonas con el objetivo de alcanzar una cobertura de la población del 75 % para 2025 en las bandas de preferencia 5G (7 000 nuevos emplazamientos 5G y 3 500 emplazamientos mejorados para la conectividad 5G); c) el despliegue de la 5G en actividades económicas clave y en servicios esenciales (43 proyectos de conectividad); y d) el apoyo a la I + D relacionada con las redes 5G y 6G para los ecosistemas de innovación (200 proyectos) y los ecosistemas de ciberseguridad 5G.

244

C15.I6

Hito

Despliegue de la tecnología 5G: finalización del proyecto

Finalización de los proyectos adjudicados

 

 

 

T4

2025

Finalización de los proyectos para a) el despliegue de la 5G en el territorio nacional (en determinadas zonas) y de los corredores de transporte transfronterizos (4 000 emplazamientos); b) el despliegue de la 5G en determinadas zonas con el objetivo de alcanzar una cobertura de la población del 75 % para 2025 en las bandas de preferencia 5G (7 000 nuevos emplazamientos 5G y 3 500 emplazamientos mejorados para la conectividad 5G); c) el despliegue de la 5G en actividades económicas clave y en servicios esenciales (43 proyectos de conectividad); y d) el apoyo a la I + D relacionada con las redes 5G y 6G para los ecosistemas de innovación (200 proyectos) y los ecosistemas de ciberseguridad 5G. Los proyectos se finalizarán de conformidad con los criterios establecidos en la adjudicación del programa (Hito 243).

245

C15.I7

Hito

Puesta en marcha del Programa de Impulso a la Industria de la Ciberseguridad Nacional, del Programa Global de Innovación en Seguridad y de las acciones conexas

Publicación de los programas

 

 

 

T4

2022

Puesta en marcha del Programa de Impulso a la Industria de la Ciberseguridad Nacional y del Programa Global de Innovación en Seguridad y de otras acciones conexas (con la adjudicación de un presupuesto total de 418 000 000 EUR), que incide en aspectos clave de esta industria, tales como:

- el impulso de la industria de ciberseguridad nacional con vistas al surgimiento, el crecimiento y el desarrollo de nuevas empresas en este sector;

- el desarrollo de soluciones y servicios de elevado valor añadido en el ámbito de la ciberseguridad;

- la formación y capacitación de personas con talento especializadas en el ámbito de la ciberseguridad;

- las acciones de internacionalización en el ámbito de la ciberseguridad;

- la implantación de un centro demostrador para el desarrollo de infraestructura de ciberseguridad y la creación de nuevos servicios de ciberseguridad, incluidos laboratorios de ensayo y simuladores de ciberataques;

- el desarrollo de certificaciones para la etiqueta de ciberseguridad.

246

C15.I7

Objetivo

Fortalecimiento y mejora de las capacidades de ciberseguridad: recursos

Número

0

100

T4

2023

Fortalecimiento y mejora de las capacidades de ciberseguridad mediante la aportación de al menos 100 recursos para actuaciones de sensibilización y comunicación en el ámbito de la ciberseguridad. Las competencias digitales en ciberseguridad se desarrollarán en todos los niveles educativos, mediante el desarrollo de recursos, herramientas y materiales específicos. Además, se creará un nodo internacional en ciberseguridad que estará integrado en la Red Europea de Centros de Ciberseguridad.

247

C15.I7

Objetivo

Fortalecimiento y mejora de las capacidades de ciberseguridad: línea de ayuda en ciberseguridad

 

Número

5 000

20 000

T4

2023

Fortalecimiento de las capacidades de ciberseguridad mediante la mejora de la línea de ayuda en ciberseguridad del Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE), con una capacidad mensual de tramitación de 20 000 llamadas. Esta línea de ayuda también apoyará la retirada de material sobre abusos sexuales a menores de los recursos web (CSAM).

248

C15.I7

Hito

Finalización de los proyectos del Programa de Impulso a la Industria de la Ciberseguridad Nacional, del Programa Global de Innovación en Seguridad y de las acciones conexas

Notificación de la finalización de los proyectos de inversión

 

 

 

T2

2026

Finalización de los proyectos incluidos en el Programa de Impulso a la Industria de la Ciberseguridad Nacional y el Programa Global de Innovación en Seguridad , y otras acciones conexas en los siguientes ámbitos (adjudicados en el Hito 245):

- el impulso de la industria de ciberseguridad nacional con vistas al surgimiento, el crecimiento y el desarrollo de nuevas empresas en este sector;

- el desarrollo de soluciones y servicios de elevado valor añadido en el ámbito de la ciberseguridad;

- la formación y capacitación de personas con talento especializadas en el ámbito de la ciberseguridad;

- las acciones de internacionalización en el ámbito de la ciberseguridad;

- la implantación de un centro demostrador para el desarrollo de infraestructura de ciberseguridad y la creación de nuevos servicios de ciberseguridad, incluidos laboratorios de ensayo y simuladores de ciberataques;

- el desarrollo de certificaciones para la etiqueta de ciberseguridad.

P. COMPONENTE 16: Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial

La inteligencia artificial (IA) genera un importante potencial de transformación desde el punto de vista tecnológico, económico y social, dada su penetración intersectorial, su elevado impacto, su rápido crecimiento y su contribución a la mejora de la productividad y la competitividad.

Los principales retos a los que se hace frente con este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español están relacionados con: i) el uso limitado de la IA en las empresas, en particular en las pymes, ii) la creación de repositorios de datos ampliamente accesibles, y iii) el fomento de las inversiones pública y privada en innovación en IA. El componente está articulado en torno a la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA), que es uno de los principales planes de la agenda digital del Gobierno español (España Digital 2025). Este componente contribuirá también a abordar los retos de la sociedad, en particular la reducción de la brecha de género (a través de acciones dirigidas a las mujeres), la brecha digital, la transición ecológica y la cohesión territorial.

Desde esta perspectiva, el objetivo de este componente es:

a)situar a España como un país puntero en términos de excelencia científica e innovación en materia de IA de forma interdisciplinar;

b)liderar a escala mundial el desarrollo de instrumentos, tecnologías y aplicaciones para la proyección y el uso de la lengua española en la IA;

c)Fomentar la creación de puestos de trabajo cualificados, impulsando la formación y la educación, estimulando el talento español y atrayendo el talento mundial;

d)incorporar la IA como factor de mejora de la productividad del sector privado español y la eficiencia de la Administración Pública, y como motor de un crecimiento económico sostenible e inclusivo;

e)generar un entorno de confianza en relación con la IA, tanto en términos de desarrollo tecnológico como de regulación e impacto social;

f)estimular el debate mundial en torno al humanismo tecnológico creando y participando en foros y actividades de divulgación con vistas al desarrollo de un marco ético que garantice los derechos individuales y colectivos de los ciudadanos;

g)Potenciar la IA como vector transversal para hacer frente a los grandes retos de la sociedad y, específicamente, para reducir la brecha de género y la brecha digital, y apoyar la transición ecológica y la cohesión territorial.

Este componente responde a las recomendaciones específicas por país sobre el fomento de las inversiones en innovación (recomendación específica por país 3 de 2019), sobre la mejora del acceso al aprendizaje digital (recomendación específica por país 2 de 2020) y sobre la promoción de la inversión pública y privada y el fomento de la transición digital (recomendación específica por país 3 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). 

P.1    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C16.R1) — Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial

El objetivo de esta medida general es establecer el marco para la aplicación de una estrategia nacional fiable, transparente e integradora en materia de IA que garantice el cumplimiento de los principios y valores fundamentales y tenga en cuenta las aspiraciones colectivas de los ciudadanos. A tal fin, la medida incluirá tres reformas legislativas destinadas a establecer el marco normativo y ético de la IA y nueve proyectos de inversión para apoyar el desarrollo y la adopción de tecnologías basadas en la IA en la economía y la sociedad españolas, como por ejemplo, proyectos en capacidades, talentos e infraestructuras.

Estas acciones se agrupan en torno a cinco ejes de acción:

·Un marco normativo y ético (actos jurídicos):

a)la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial (ENIA): un plan nacional de actuaciones y reformas para la introducción y extensión de las tecnologías basadas en la IA a la economía y la sociedad españolas mediante la creación del Consejo Asesor de Inteligencia Artificial.

b)Los entornos de pruebas (sandboxes) regulatorios: desarrollar los actos legislativos necesarios para permitir los entornos de pruebas regulatorios para la aplicación de la IA. Se utilizarán entornos seguros o entornos de pruebas para la introducción de nuevos procesos y servicios basados en datos, tanto en el ámbito público como en el privado. Los organismos gubernamentales, los usuarios de la inteligencia artificial y los creadores de repositorios de datos podrán explotar entornos seguros y entornos de pruebas, eventualmente integrados en una red de nodos de innovación digital a fin de introducir y regular nuevos productos y aplicaciones.

c)Observatorio de la IA y certificación de confianza: incluido el desarrollo de i) un plan de protección de los colectivos vulnerables respecto de la IA, que incluye los derechos laborales y sociales y las necesidades de las mujeres, ii) un plan para aumentar la sensibilización y la confianza en la IA, iii) observatorios del impacto ético y normativo de los algoritmos que incorporen IA, iv) una arquitectura de certificación y sello fiable para productos y servicios de IA, y v) la elaboración y promoción de la Carta de Derechos Digitales.

·Impulso de la I + D +i en IA (proyectos):

d)Misiones de I + D + i: financiar proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental en el ámbito de la IA para hacer frente a los principales retos sociales o misiones de país mencionados en la ENIA (es decir, brecha de género, transición ecológica, estructura territorial y brecha digital) en sectores de gran relevancia y gran capacidad de disrupción e impacto (es decir, energía, movilidad, biomedicina, clima, sector agroalimentario, salud, turismo y hostelería).

e)Instituto Multidisciplinar de Inteligencia Artificial: creación de un centro de investigación multidisciplinar que integre la IA junto con otras ciencias, con especial atención a las neurotecnologías.

f)Red de Excelencia en IA: creación de una Red Española de Excelencia en IA, con programas y mecanismos interdisciplinarios de formación y alta especialización para la captación y retención de personas con talento que trabajen de manera integrada para coordinar la investigación a nivel nacional.

·Captación de talentos (proyectos):

g)Nodo de Talento Español: la creación de un nodo de información para captar y retener el talento en el ámbito de la IA, denominado el Nodo de Talento Español, que se espera sirva de punto de referencia para la contratación y la mejora del talento y las inversiones extranjeras, con especial atención a las necesidades de las mujeres, y las inversiones con impacto social.

h)Cátedras universitarias: la financiación, con carácter temporal, de la creación de entre 10 y 15 cátedras universitarias entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023, que se centrarán en temas esenciales como el impacto de la IA en la democracia, las tendencias emergentes en IA, las evaluaciones de los sistemas de IA, la hibridación de IA con cerebro y la IA biomédica.

·Infraestructuras de datos y tecnología (proyectos):

i)Plan de Tecnologías de Lenguaje Natural: su objetivo es desarrollar la industria del procesamiento del lenguaje natural, así como la traducción automática y los sistemas conversacionales en España, especialmente, en lengua española y en las lenguas cooficiales.

j)Refuerzo de las capacidades estratégicas de supercomputación: desarrollar un programa que facilite el acceso y la utilización por parte de las pymes y el tejido empresarial de los centros de supercomputación en diferentes Comunidades Autónomas (como Extremadura, Galicia y Aragón), así como la adopción de la computación cuántica en proyectos en diferentes temas, como la movilidad y el cambio climático.

·Integración de la IA en las cadenas de valor (proyectos):

k)Convocatoria de subvenciones para la integración de la IA en las cadenas de valor: programa de ayuda que financiará proyectos de desarrollo experimental cuya madurez tecnológica corresponda a los niveles de desarrollo de la tecnología 6, 7 y 8. La financiación de proyectos en esos niveles de madurez tecnológica representa un fuerte apoyo a los productos que podrían estar a punto de ser adoptados por el mercado y, por tanto, transferidos a la cadena de valor.

l)Programa Nacional de Algoritmos Verdes: un programa de apoyo al desarrollo de algoritmos verdes para maximizar la eficiencia energética y reducir el impacto medioambiental de los modelos de IA, apoyando al mismo tiempo el uso de esta tecnología para responder a los diferentes retos medioambientales.

Las reformas e inversiones se ejecutarán a través de i) convocatorias de ayudas, en el caso de las misiones de I + D + i y de la integración de la IA en las cadenas de valor; ii) convenios, en el caso de las infraestructuras de datos y tecnológicas; iii) contratación pública, en relación con el marco normativo y ético, el Programa Nacional de Algoritmos Verdes y el Plan de Tecnologías del Lenguaje Natural; y iv) consorcios, en el caso del Instituto Multidisciplinar de Inteligencia Artificial.

La implementación de la reforma estará terminada, a más tardar, el 31 de marzo de 2026.

P.2    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito/Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Referencia

Meta

Trimestre

Año

249

C16.R1

Hito

Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial

Publicación en el BOE

 

 

 

T3

2020

Publicación de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial. La Estrategia persigue los siguientes objetivos:

-1. Situar a España como un país comprometido con la excelencia científica e la innovación en materia de IA.

-2. Proyección de la lengua española en la IA.

-3. Creación de empleo cualificado, estímulo y captación de talentos, con especial atención a las mujeres.

-4. Incorporación de la IA al sistema productivo para mejorar la productividad de la empresa española.

-5. Creación de un entorno de confianza en relación con la IA.

-6. Desarrollo de un marco ético que garantice los derechos individuales y colectivos de los ciudadanos respecto de la inteligencia artificial.

-7. Refuerzo de una inteligencia artificial integradora y sostenible; en concreto, reducción de la brecha de género y la brecha digital, y apoyo a la transición ecológica y la cohesión territorial.

250

C16.R1

Hito

Carta de Derechos Digitales

Publicación en el BOE

 

 

 

T4

2021

Adopción por el Gobierno español y publicación en la página web oficial de la Carta de Derechos Digitales. La Carta carece de carácter normativo, y tiene por objeto reconocer los nuevos retos de aplicación e interpretación que plantea la adaptación de los derechos al entorno digital y sugerir principios y políticas al respecto en este contexto. Paralelamente, propondrá un marco de referencia para la actuación de las autoridades públicas, aprovechando y desarrollando todas las potencialidades y oportunidades del actual entorno digital, y evitando al mismo tiempo sus riesgos.

251

C16.R1

Hito

Apoyo a proyectos sobre inteligencia artificial

Publicación y financiación de las ayudas del programa

 

 

 

T4

2023

Al menos 500 000 000 EUR de presupuesto comprometidos para ayudas a proyectos de I+D en inteligencia artificial, al Nodo de Talento Español en IA, a becas de investigación sobre IA, al instituto multidisciplinar sobre IA, a los observatorios, a la computación cuántica y al programa nacional de algoritmos verdes. Las subvenciones se concederán a través de licitaciones competitivas.

252

C16.R1

Objetivo

Realización de misiones de país

-

Número

0

7

T1

2026

Financiación de al menos 7 proyectos para abordar misiones específicas de país con soluciones innovadoras impulsadas por la IA para solucionar los problemas detectados en estas misiones: salud, industria, medio ambiente, sociedad, energía, agricultura y economía. Los proyectos serán implementados con una financiación para proyectos colaborativos de entre 10 000 000 EUR y 15 000 000 EUR.

253

C16.R1

Hito

Finalización de proyectos sobre inteligencia artificial

Notificación de la finalización de los proyectos de inversión

 

 

 

T1

2026

Finalización de proyectos sobre I+D en inteligencia artificial, el Nodo de talento español en IA, las becas de investigación sobre IA, el instituto multidisciplinar de IA, los observatorios, la computación cuántica y los algoritmos verdes, según los criterios establecidos en las licitaciones (Hito #251).

Q. COMPONENTE 17: Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación

La Estrategia de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027 de España prevé un crecimiento significativo de la inversión en investigación, desarrollo e innovación («I + D + i») en el país, que alcanzará el 2,12 % del PIB en 2027. En este contexto, el principal objetivo de este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es mejorar el sistema español de ciencia, tecnología e innovación mediante la reforma su gobernanza, el refuerzo de la coordinación entre los diversos actores que participan en él, el incremento de su eficacia y la aceleración de la inversión en I + D + i a través de los siguientes elementos:

e)el desarrollo de un marco regulador claro y previsible que refuerce la gobernanza del sector, aumente la eficacia de las políticas públicas de I + D + i, mejore la transferencia de conocimientos y promueva la inversión en I + D + i;

f)la inversión en infraestructuras, equipos y capital humano;

g)la inversión en transferencia de conocimientos, proyectos regionales de I + D + i, proyectos nacionales de I + D + i y asociaciones público-privadas; así como

h)la inversión en I + D + i en los sectores estratégicos de la salud, el medio ambiente, el cambio climático y la energía, la automoción sostenible y el sector aeroespacial.

Este componente responde a las recomendaciones específicas por país sobre el fomento de las inversiones en innovación y en eficiencia energética y sobre la mejora de la eficacia de las políticas de apoyo a la investigación y la innovación (recomendación específica por país 3 de 2019), sobre el fomento de la inversión pública y privada, y de la investigación y la innovación (recomendación específica por país 3 de 2020), y sobre la mejora de la coordinación entre los distintos niveles de gobierno (recomendación especifica por país 4 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

Q.1    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C17.R1): Reforma de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación 

El objetivo de esta medida es reforzar el marco regulador del sector de la ciencia, la tecnología y la innovación, con el fin de mejorar la gobernanza y la coordinación del sector, lograr una carrera científica atractiva y mejorar la transferencia de conocimientos del ámbito de la investigación al de la aplicación a productos y servicios en beneficio de la sociedad. En particular, España actualizará la Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, a través de la coordinación de las políticas en estos tres ámbitos, del refuerzo de la gobernanza y la coordinación del sistema español de tecnología e innovación científicas, de la introducción de una nueva carrera científica y de la mejora de la transferencia de conocimientos. 

Esta medida está relacionada con las inversiones incluidas en los apartados C17.I1, C17.I4 y C17.I5 que se describen más adelante.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2022. 

Reforma 2 (C17.R2): Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027 y Desarrollo Avanzado del Sistema de Información sobre Ciencia, Tecnología e Innovación

La medida incluye la adopción por el Gobierno español de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027. Dicha estrategia establece los objetivos generales para el sector durante el período 2021-2027. Con el fin de mejorar la transferencia de conocimientos, la nueva estrategia fusiona las estrategias en materia de ciencia y tecnología y en materia de innovación, que antes eran independientes. La estrategia proporciona un marco general para orientar los planes nacionales y autonómicos de I + D + i. A tal fin, se ha adoptado la Estrategia Española de Especialización Inteligente, en el marco del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), que proporciona la estructura de las próximas Estrategias Regionales de Especialización Inteligente.

Dicha estrategia ha sido desarrollada por el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación, presidido por el Ministerio de Ciencia e Innovación, con representación de ministerios y regiones clave, y consultada con las principales partes interesadas, como el sector privado, los organismos públicos de investigación y la sociedad civil. Para el seguimiento y la evaluación de la estrategia, se ha creado un comité en el que están representados el Gobierno central, las Comunidades Autónomas, los agentes económicos y sociales, la comunidad científica e innovadora y la sociedad civil.

La estrategia incluirá informes anuales de seguimiento, una evaluación intermedia (a más tardar en diciembre de 2023) y una evaluación final de la estrategia que se publicará. Las evaluaciones también abordarán los avances hacia el cumplimiento de las recomendaciones específicas por país formuladas a España en el ámbito de la investigación y el desarrollo. Además, esta medida se propone específicamente mejorar el sistema de información sobre ciencia, tecnología e innovación, a fin de mejorar la recopilación y el análisis de datos para el seguimiento de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2023. 

Reforma 3 (C17.R3): Reorganización de los Organismos Públicos de Investigación (OPIs) y racionalización de su estructura y funcionamiento

El objetivo de esta medida es aumentar la eficacia de los Organismos Públicos de Investigación (OPIs), tras un análisis de los retos existentes, mediante la reorganización de los mismos, incluida la estructura de su gobernanza. A principios de 2021, tras llevar a cabo un análisis de los OPIs, un comité de expertos llegó a la conclusión de que las agencias de investigación de mayor tamaño y dotadas de independencia y flexibilidad cuentan con mejores estructuras para competir.

A raíz de este análisis, España integrará en el Centro Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) tres OPIs: el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria (INIA), el Instituto Español de Oceanografía (IEO) y el Instituto Geológico Minero de España (IGME). Esta reorganización reforzará la capacidad de asesoramiento experto de España en política pesquera y agroalimentaria así como en transición ecológica. Los tres OPIs tendrán el régimen jurídico de agencia estatal, lo que aporta una mayor flexibilidad y un marco basado en el rendimiento establecido en un contrato de gestión plurianual. Además, España introducirá una presupuestación basada en el rendimiento. La reforma reforzará la gobernanza, la evaluación del rendimiento y el control de las entidades resultantes.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2022.

Inversión 1 (C17.I1): Planes Complementarios de Investigación y Desarrollo con las Comunidades Autónomas

El objetivo de esta medida es impulsar la coordinación entre el Estado y las Comunidades Autónomas en el ámbito de la I + D + i mediante el establecimiento de planes complementarios de I + D + i cofinanciados por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y las Comunidades Autónomas. Este nuevo instrumento también intensificará la colaboración entre las Comunidades Autónomas, ya que estas establecen prioridades comunes en el marco de sus respectivas Estrategias Regionales de Especialización Inteligente (RIS3).

En consonancia con la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027, los planes complementarios mejorarán la generación de conocimientos y la innovación tecnológica, así como la coordinación en los diferentes niveles de la Administración e impulsarán la transformación económica territorial en las siguientes áreas estratégicas: comunicación cuántica, energía e hidrógeno verde, agroalimentación, biodiversidad, astrofísica y física de altas energías, ciencias marinas, ciencia de materiales y biotecnología en salud. Con el fin de crear sinergias territoriales, los planes complementarios contemplan la participación de varias Comunidades Autónomas en un programa, y la posibilidad de participar en varios programas. Así pues, es posible incluir y potenciar capacidades regionales específicas en varios planes. Los planes tendrán una duración de dos o tres años y requerirán la adopción de compromisos de cofinanciación por parte de las Comunidades Autónomas.

Las acciones en el marco de la medida incluirán la firma de ocho convenios de financiación entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y las Comunidades Autónomas.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2025. 

Inversión 2 (C17.I2): Fortalecimiento de las capacidades, infraestructuras y equipamientos de los agentes del SECTI

Esta inversión se centrará en el suministro, la mejora y la actualización del equipo científico-técnico y la infraestructura del sistema de I + D + i, con el fin de facilitar la excelencia en la investigación y mejorar la competitividad del sistema.

Esta inversión apoyará las infraestructuras y equipamientos del sector de la ciencia, la tecnología y la innovación a través de convocatorias de propuestas. La inversión también financiará la adecuación, la actualización o la creación de nuevas infraestructuras estratégicas nacionales, como: las infraestructuras de la Instalación BSL3 para afrontar los nuevos retos provocados por patógenos trasmisibles, la construcción de una nueva estructura fitogenética, la creación de un nuevo centro de óptica avanzada y la mejora de la infraestructura del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) con la infraestructura necesaria para la investigación en energías renovables. Entre las acciones específicas en el marco de esta inversión cabe mencionar las destinadas a las Grandes Infraestructuras Científicas con sede en España, en particular, de las incluidas en el Mapa de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS). Además, la inversión apoyará infraestructuras europeas e internacionales tales como CERN y Deep Underground Neutrino Experiment, entre otras.

Por otro lado, la inversión abarca una serie de convocatorias de ayudas para potenciar la capacidad de internacionalización del sistema español de I + D + i, que incluye: la convocatoria para la gestión de proyectos europeos, la convocatoria Europa Investigación 2020 y las convocatorias Europa Excelencia 2020, 2022 y 2023. También está previsto que la inversión se destine a la digitalización de la gestión de la I + D.

La ayuda en el marco de esta inversión adoptará la forma de ayudas a la inversión y de inversión pública directa. Las actuaciones en el marco de esta inversión se llevarán a cabo mediante convocatoria de propuestas e inversión pública directa.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2026. 

Inversión 3 (C17.I3): Nuevos proyectos I+D+i Publico Privados, Interdisciplinares, Pruebas de concepto y concesión de ayudas consecuencia de convocatorias competitivas internacionales. I+D de vanguardia orientada a retos de la sociedad Compra pública pre-comercial

El objetivo de las acciones en el marco de esta inversión es reforzar la generación y la transferencia de conocimientos así como la asociación público-privada en I + D + i. A través de estas acciones se intensificarán las actividades de investigación e innovación en el sector privado y se reforzará la colaboración entre los organismos públicos de investigación y el sector privado. La medida también pretende aumentar la actividad de I + D + i en ámbitos estratégicos tales como la transición verde y digital, así como aumentar la internacionalización de los grupos de investigación españoles.

Hay siete convocatorias de propuestas previstas en el marco de esta inversión: 1) una convocatoria de proyectos de prueba de concepto destinada a financiar proyectos en las etapas iniciales del desarrollo precompetitivo a fin de acelerar la transformación de los conocimientos científicos en productos o servicios, 2) una convocatoria de proyectos interdisciplinares para financiar proyectos realizados por consorcios público-privados que reforzarán la competitividad española en I + D + i, 3) una convocatoria de proyectos de I + D + i vinculados a la transición verde y digital, 4) una convocatoria de proyectos de colaboración público-privada para financiar proyectos dotados de un elevado nivel de preparación a la tecnología y orientados a lograr unos resultados más cercanos al mercado, 5) una convocatoria de proyectos de colaboración internacional para financiar proyectos de grupos de investigación públicos españoles integrados en proyectos seleccionados para su financiación por las asociaciones de Horizonte Europa y Horizonte 2020, 6) una convocatoria de proyectos de I+D de vanguardia orientada a retos de la sociedad, como, por ejemplo, una energía o una ciberseguridad segura, eficiente y limpia, y 7) una convocatoria para financiar la contratación pública precomercial denominada Alianza para la Innovación.

Las inversiones en el marco de esta medida se llevarán a cabo durante el período 2020-2026: mientras las convocatorias de propuestas y la contratación pública precomercial se concentrarán en el período 2020-2023, la ejecución de algunas de las inversiones más complejas se prolongará hasta 2026. En el primer semestre de 2024 podrían financiarse al menos 3 000 proyectos de investigación y desarrollo en el marco de esta inversión.

A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 68 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 69 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 70 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 71 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

Las siguientes acciones de I + D + i deberán considerarse conformes con la Guía Técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo » (DO C 58 de 18.2.2021, p.1): i) las acciones de I + D + i que den lugar a resultados tecnológicamente neutros a nivel de su aplicación; ii) las acciones de I + D + i en el marco de esta inversión que apoyen alternativas con bajo impacto ambiental, siempre que dichas alternativas existan; o iii) las acciones de I + D + i en el marco de esta inversión que se centren principalmente en el desarrollo de alternativas con el menor impacto ambiental posible en el sector para aquellas actividades para las que no exista ninguna alternativa de bajo impacto viable tecnológica y económicamente.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2026. 

Inversión 4 (C17.I4): Nueva carrera científica

El objetivo de esta inversión es promover la estabilidad de la carrera científica. Está relacionada con la reforma C17.R1. La Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación actualizada incorporará una nueva carrera científica en España, que proporcionará un marco para todo el personal investigador, incluido el personal universitario. El sistema proporcionará transparencia en la contratación de personal, flexibilidad, movilidad y estabilidad en la carrera investigadora.

La inversión adoptará forma de ayuda, que se concederá a través de convocatorias competitivas en los siguientes programas: 1) Convocatoria de ayuda «Doctores Industriales», un programa de cuatro años para estudiantes de doctorado en empresas (50 plazas), 2) convocatoria de ayuda «Torres Quevedo», un programa de tres años para investigadores doctorandos en empresas (170 plazas), 3) convocatoria de ayuda a la formación «Juan de la Cierva», un programa de dos años para doctores en instituciones académicas, incluye una beca de movilidad (1 200 plazas) y 4) de ayuda a la incorporación «Juan de la Cierva», un programa de tres años de doctorado en instituciones académicas, incluye una beca de investigación (650 plazas). Esta medida incluye también una dotación adicional para la investigación (start-up package) para 750 investigadores con contratos estables en instituciones académicas u organismos públicos de investigación.

Las acciones en el marco de esta inversión se llevarán a cabo mediante convocatorias de ayudas competitivas.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2026. 

Inversión 5 (C17.I5): Transferencia de conocimiento

El objetivo de esta inversión es promover la transferencia de tecnología y apoyar la transferencia de los resultados de la investigación sobre tecnologías innovadoras. Esta inversión está vinculada a la reforma C17.R1; la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación actualizada apoyará la transferencia de conocimiento mediante el fomento de la movilidad de los investigadores, la creación de un instrumento jurídico flexible para coinvertir en start-ups tecnológicas y la reconfiguración de la estructura de incentivos para que, a efectos de retribución del investigador, la transferencia de conocimiento tenga un reconocimiento adecuado idéntico al de la actividad investigadora tradicional.

Estas medidas incluyen seis acciones específicas para mejorar la transferencia de conocimiento: 1) convocatoria «Ecosistemas de Innovación basados en las Redes de Excelencia Cervera», 2) mejora de las capacidades y de la orientación de las Oficinas de Transferencia de Resultados de la Investigación, 3) convocatorias de ayudas Cervera a centros tecnológicos, centros de investigación y pymes y empresas de capitalización media para llevar a cabo I + D en tecnologías prioritarias, 4) convocatoria de ayudas a pymes españolas con sello de excelencia europeo 5) medidas de capital riesgo, coinversión e inversión en empresas con tecnologías estratégicas a través de un fondo de transferencia de tecnología y 6) ayuda a NEOTEC, un programa marco de I+ D en curso para apoyar la creación y consolidación de empresas de base tecnológica.

Las acciones en el marco de esta inversión se llevarán a cabo principalmente mediante convocatoria de propuestas.

A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 72 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 73 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 74 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 75 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

Las siguientes acciones de I + D + i deberán considerarse conformes con la Guía Técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo » (DO C 58 de 18.2.2021, p.1): i) las inversiones de I + D + i que den lugar a resultados tecnológicamente neutros a nivel de su aplicación; ii) las acciones de I + D + i en el marco de esta inversión que apoyen alternativas con bajo impacto ambiental, siempre que dichas alternativas existan; o iii) las acciones de I + D + i en el marco de esta inversión que se centren principalmente en el desarrollo de alternativas con el menor impacto ambiental posible en el sector para aquellas actividades para las que no exista ninguna alternativa de bajo impacto viable tecnológica y económicamente.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2026.

Inversión 6 (C17.I6): Salud

El objetivo de esta medida es fomentar el desarrollo de la investigación y la innovación en el sector sanitario. La medida incluye cuatro líneas de acción específicas: 1) inversión en terapias avanzadas, medicamentos emergentes y medicina personalizada, 2) medidas para fortalecer las capacidades estratégicas e internacionalización del Sistema Nacional de Salud, 3) acciones de apoyo a las capacidades de lucha contra las enfermedades infecciosas y las amenazas mundiales del Instituto de Salud Carlos III, en particular el Centro Nacional de Microbiología, el Centro Nacional de Epidemiología y la Escuela Nacional de Medicina Laboral y la Escuela Nacional de Salud, 4) participación en el proyecto plurinacional «The Genome of Europe», en el marco de la iniciativa «1 Million Genomes», y 5) medidas de refuerzo de las capacidades vinculadas a la investigación en enfermedades infecciosas, otras amenazas globales a la salud y el envejecimiento.

Las acciones en el marco de esta inversión se llevarán a cabo mediante convocatoria de propuestas, inversiones públicas y privadas de capital riesgo e inversión pública directa.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2026. 

Inversión 7 (C17.I7): Medio ambiente, cambio climático y energía

El objetivo de esta medida es fomentar el desarrollo de la investigación y la innovación en los ámbitos del medioambiente, el cambio climático y la energía. La medida apoyará: 1) proyectos de I + D + i relacionados con el plástico sostenible para una economía circular, la producción de plásticos alternativos y la gestión sostenible de residuos plásticos , 2) un proyecto sobre el cambio climático y el impacto en las reservas de agua, 3) un proyecto sobre componentes de alta tecnología en la transición energética, centrado en particular en el almacenamiento de energía y el desarrollo de plantas prototipo para la captura de CO2 de las emisiones de procesos industriales en industrias intensivas energéticamente, por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). Cuando se trate de instalaciones incluidas en el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE), las emisiones previstas de gases de efecto invernadero serán al menos inferiores a los parámetros de referencia pertinentes 76 , y se excluirán las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluso para usos de transformación ulterior 77 ; 4) un proyecto de investigación sobre metales estratégicos críticos para la transición energética; y 5) la creación de un centro de I + D de almacenamiento de energía en Extremadura con el objetivo de estimular la respuesta tecnológica y científica a la gestión de la producción de energía verde, en particular en lo que se refiere a las aplicaciones industriales del hidrógeno, así como a la producción, almacenamiento y transporte de hidrógeno verde. La medida también apoyará la creación de capacidades en el centro a fin de formar a científicos e investigadores en materia de energía e industrias de almacenamiento de energía.

Las acciones en el marco de esta inversión se llevarán a cabo mediante licitaciones.

A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 78 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 79 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 80 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 81 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

Las siguientes acciones de I + D + i deberán considerarse conformes con la Guía Técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo » (DO C 58 de 18.2.2021, p.1): i) las inversiones de I + D + i que den lugar a resultados tecnológicamente neutros a nivel de su aplicación; ii) las acciones de I + D + i en el marco de esta inversión que apoyen alternativas con bajo impacto ambiental, siempre que dichas alternativas existan; o iii) las acciones de I + D + i en el marco de esta inversión que se centren principalmente en el desarrollo de alternativas con el menor impacto ambiental posible en el sector para aquellas actividades para las que no exista ninguna alternativa de bajo impacto viable tecnológica y económicamente.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, en junio de 2026. 

Inversión 8 (C17.I8): I + D + i en automoción sostenible 

El objetivo de esta medida es fomentar el desarrollo de la investigación y la innovación en el sector de la automoción sostenible. En particular, la medida tiene por objeto: 1) apoyar el desarrollo de componentes y plataformas exclusivamente para vehículos eléctricos, híbridos enchufables, y propulsados por hidrógeno, 2) fomentar la investigación y el desarrollo en la conducción autónoma y la movilidad conectada mediante el desarrollo de nuevas arquitecturas hardware y software de vehículos, y 3) adaptar entornos productivos de componentes y sistemas exclusivamente para vehículos eléctricos, híbridos enchufables y propulsados por hidrógeno. Los proyectos serán implementados por consorcios empresariales de entre tres y ocho empresas participantes (al menos una de las cuales será una pyme), y tendrán una duración máxima de tres años.

Las acciones en el marco de esta inversión se llevarán a cabo mediante convocatoria de propuestas.

A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 82 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 83 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 84 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 85 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

Las siguientes acciones de I + D + i deberán considerarse conformes con la Guía Técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo » (DO C 58 de 18.2.2021, p.1): i) las inversiones de I + D + i que den lugar a resultados tecnológicamente neutros a nivel de su aplicación; ii) las acciones de I + D + i en el marco de esta inversión que apoyen alternativas con bajo impacto ambiental, siempre que dichas alternativas existan; o iii) las acciones de I + D + i en el marco de esta inversión que se centren principalmente en el desarrollo de alternativas con el menor impacto ambiental posible en el sector para aquellas actividades para las que no exista ninguna alternativa de bajo impacto viable tecnológica y económicamente.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2024. 

Inversión 9 (C17.I9): Sector aeroespacial

El objetivo de esta medida es fomentar el desarrollo de la investigación y la innovación en el sector aeroespacial, centrándose principalmente en las acciones en el marco de esta inversión relacionadas con las tecnologías aeroespaciales y la aeronáutica con bajas o nulas emisiones de carbono. La medida tendrá por objeto mejorar las capacidades industriales relacionadas con los futuros aviones de bajas o nulas emisiones, los avances tecnológicos críticos relacionados con las aeronaves no tripuladas, los sistemas embarcados, las aeronaves multipropósito y los sistemas de fabricación avanzada que incluyan el desarrollo de gemelos digitales, la promoción de la eficiencia y un menor consumo de recursos o un menor impacto medioambiental. La medida apoyará también ciertos ámbitos de tecnología espacial como el acceso al espacio, la observación de la Tierra y los sistemas de comunicaciones ópticas y de seguridad. Los proyectos serán implementados por consorcios de entre dos y seis empresas (al menos una de las cuales será una pyme), y tendrán una duración de entre dos y cuatro años. 

Las acciones en el marco de esta inversión se llevarán a cabo mediante convocatoria de propuestas y contratación pública.

A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica para la aplicación del principio de «no ocasionar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), los criterios de admisibilidad contenidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos o licitaciones públicas excluirán la siguiente lista de actividades: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 86 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 87 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 88 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 89 ; y iv) las actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

Las siguientes acciones de I + D + i deberán considerarse conformes con la Guía Técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo » (DO C 58 de 18.2.2021, p.1): i) las inversiones de I + D + i que den lugar a resultados tecnológicamente neutros a nivel de su aplicación; ii) las acciones de I + D + i en el marco de esta inversión que apoyen alternativas con bajo impacto ambiental, siempre que dichas alternativas existan; o iii) las acciones de I + D + i en el marco de esta inversión que se centren principalmente en el desarrollo de alternativas con el menor impacto ambiental posible en el sector para aquellas actividades para las que no exista ninguna alternativa de bajo impacto viable tecnológica y económicamente.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2026. 

Q.2    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito/Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Referencia

Meta

Trimestre

Año

254

C17.R1

Hito

Entrada en vigor de la modificación de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación

Disposición de la Ley por la que se establece la entrada en vigor

 

 

 

T2

2022

Entrada en vigor de la modificación de Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, por la que se mejora la coordinación entre los diferentes niveles de la Administración en lo relativo a las políticas en estos tres ámbitos, se refuerza la gobernanza y la coordinación del sistema español de tecnología e innovación científicas, se introduce una nueva carrera científica y se mejora la transferencia de conocimiento.

255

C17.R2

Hito

Publicación de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027

Publicación de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027

 

 

 

T4

2020

La Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación (EECTI) establece la estrategia global que deben seguir en el ámbito de la investigación, el desarrollo y la innovación todas las Administraciones Públicas, incluidos los niveles autonómico y local. Se trata de la Estrategia de Especialización Inteligente para España. Se crea un comité de seguimiento de la Estrategia, compuesto por representantes del Estado, las Comunidades Autónomas, los agentes económicos y sociales y la comunidad científica. La estrategia se basa en el principio de coordinación de los diferentes niveles de la Administración y se ha concebido de modo que garantice la incorporación de la perspectiva de género en la I + D + i. Tiene por objeto reforzar la colaboración público-privada, promover la transferencia de conocimiento, retener el talento científico y desarrollar la carrera científica, garantizar incentivos fiscales adecuados para apoyar la I + D + i en el sector privado e incorporar una perspectiva de género.

256

C17.R2

Hito

Evaluación intermedia de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027

Acuerdo en el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación y publicación de la evaluación en la página web del Ministerio de Ciencia e Innovación

 

 

 

T4

2023

La evaluación intermedia realizada por el Comité de Seguimiento de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027 se publicará en diciembre de 2023. Los indicadores que deben utilizarse en la evaluación se acuerdan en el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación (en el que están representadas las 17 Comunidades Autónomas); la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027 incluye una lista indicativa de estos indicadores y la búsqueda de datos. El sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación se utiliza para recopilar datos sobre los progresos realizados en la aplicación de la Estrategia.

257

C17.R3

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto por el que se reorganizan determinados Organismos Públicos de Investigación

Disposición del Real Decreto por la que se establece la entrada en vigor

 

 

 

T1

2021

Entrada en vigor del Real Decreto por el que se reorganizan determinados Organismos Públicos de Investigación (OPIs). Con ello se pretende mejorar la gestión y la capacidad de asesoramiento científico de los tres OPIs, que cuentan con una masa crítica reducida, mediante su integración en un OPI más grande, logrando así: i) la mejora de la posición competitiva del OPI resultante, ii) el refuerzo de su eficiencia, y iii) la flexibilidad desde el punto de vista administrativo.

258

C17.I1

Objetivo

Firma de convenios con las Comunidades Autónomas por el Ministerio de Ciencia e Innovación para la aplicación de los «Planes complementarios de I + D»

-

Número

0

4

T4

2021

Firma de cuatro convenios con las Comunidades Autónomas por el Ministerio de Ciencia e Innovación para la ejecución de «Planes complementarios de I + D» por un importe de 140 000 000 EUR, como mínimo. Los convenios permitirán la coordinación estratégica y la consecución de sinergias entre las Estrategias de Especialización Inteligente estatal y autonómicas.

259

C17.I2

Objetivo

Adjudicaciones para proyectos que fortalezcan las infraestructuras científicas nacionales y la capacidad del Sistema español de Tecnología e Innovación Científica, y firma de acuerdos bilaterales con organizaciones internacionales y otros instrumentos para financiar proyectos en infraestructuras europeas e internacionales

-

En millones EUR

0

300,2

T4

2022

Publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones de la concesión de al menos 255 155 000 EUR para proyectos de mejora de las infraestructuras científicas nacionales y de la capacidad del Sistema español de Tecnología e Innovación Científica, y firma de acuerdos con organismos internacionales y otros instrumentos para financiar proyectos por un importe mínimo de 45 000 000 EUR en infraestructuras europeas e internacionales (CERN, DUNE, HKK, ESS-Lund, Harmony y SKA).

260

C17.I2

Objetivo

Finalización de todos los proyectos de mejora de las infraestructuras científicas y de la capacidad del Sistema español de Tecnología e Innovación Científica, incluidos los proyectos sobre infraestructuras europeas e internacionales

-

%

 

100

T2

2026

Finalización del 100 % de los proyectos de I + D (con un presupuesto total de 439 000 000 EUR) en consonancia con el objetivo de fortalecer las infraestructuras científicas y la capacidad del Sistema español de Tecnología e Innovación Científica mediante la renovación del equipamiento científico, la modernización de la instalación BSL3, la creación de una nueva infraestructura fitogénica, el equipamiento del CIEMAT (Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas) con la infraestructura necesaria para la investigación en energías renovables (incluido el hidrógeno y el almacenamiento), la creación de un Centro de Óptica Avanzada, así como de infraestructura de I + D siguiendo los Planes Estratégicos de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares, y proyectos para apoyar las infraestructuras europeas e internacionales (CERN, DUNE, HKK, ESS-Lund, Harmony and SKA).

261

C17.I3

Objetivo

Adjudicación de nuevos proyectos de I + D + i público-privados, interdisciplinares, pruebas de concepto, convocatorias competitivas internacionales e I + D de vanguardia orientada a retos de la sociedad

En millones EUR

0

897

T4

2022

Publicación en el BOE de la adjudicación de al menos 897 000 000 EUR en el marco de las convocatorias siguientes: convocatoria de proyectos de prueba de concepto (80 000 000 EUR), convocatoria de proyectos interdisciplinares en líneas estratégicas (73 000 000 EUR), convocatoria de proyectos de I + D vinculados a la transición verde y digital (296 000 000 EUR), convocatoria de proyectos de colaboración público-privada (140 000 000 EUR), convocatoria de I + D para abordar retos de la sociedad (230 000 000 EUR) y convocatoria de proyectos de colaboración internacional (78 000 000 EUR). Los criterios de selección para la convocatoria garantizarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), de lo dispuesto en relación con las actividades que no deben seleccionarse ni financiarse y del acervo medioambiental pertinente de la UE y nacional.

262

C17.I3

Objetivo

Aprobación de proyectos de I + D que deberán estar vinculados a la transición verde y digital en una proporción del 35 %, como mínimo

-

Número

0

3 000

T2

2024

Aprobación de al menos 3 000 proyectos de I + D vinculados como mínimo en un 35 % a la transición verde y digital, y cuyos criterios de selección deben garantizar el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), de lo dispuesto en relación con las actividades que no deben seleccionarse ni financiarse y del acervo medioambiental pertinente de la UE y nacional.

263

C17.I4

Objetivo

Apoyo a la carrera de investigación científica mediante becas y subvenciones

-

Número

0

2 070

T2

2024

La carrera de investigación científica española se verá reforzada por el apoyo a 2 070 investigadores, como mínimo, a través del programa de incorporación Juan de la Cierva, el programa de formación Juan de la Cierva, el Programa de Doctores Industriales y el programa Torres Quevedo. Además, al menos 750 investigadores habrán recibido una dotación adicional para la investigación (start-up package) en el marco de un contrato estable similar al de desempeño de un puesto con posibilidad de nombramiento como titular (tenure track).

264

C17.I4

Objetivo

Finalización de becas y subvenciones para apoyar la carrera de investigación científica española

-

Número

0

2 070

T2

2026

Fortalecimiento de la carrera científica española con la incorporación de 2 070 investigadores, como mínimo, que habrán completado el programa de incorporación Juan de la Cierva, el programa de formación Juan de la Cierva, el Programa de Doctores Industriales y el programa Torres Quevedo.

265

C17.I5

Objetivo

Obtención de capital por parte de empresas tecnológicas e innovadoras en el marco del programa INNVIERTE para reforzar sus actividades de investigación en una fase temprana

-

Número

0

45

T4

2023

Obtención de capital en el marco del programa INNVIERTE para el refuerzo de sus actividades de investigación en una fase temprana por al menos 45 empresas tecnológicas e innovadoras con el objetivo de fomentar la transferencia tecnológica y contribuir a la creación de un tejido empresarial innovador basado en las tecnologías innovadoras. Todas estas empresas habrán recibido también inversiones del sector privado. En consonancia con los criterios de selección, los proyectos en el marco de esta inversión garantizarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), de lo dispuesto en relación con las actividades que no deben seleccionarse ni financiarse y del acervo medioambiental pertinente de la UE y nacional.

266

C17.I5

Objetivo

Apoyo a las empresas tecnológicas de reciente creación para llevar a cabo su plan de negocio

-

Número

0

348

T2

2024

Mediante la convocatoria de ayudas NEOTEC, promover la transferencia de tecnología y ayudar a la creación de nuevas empresas basadas en tecnologías innovadoras: concesión de ayudas a al menos 348 nuevas empresas de base tecnológica para llevar a cabo su plan de negocio. Estas empresas deben tener, como máximo, tres años de antigüedad y deben ser empresas innovadoras tal como se definen en el RGEC. En consonancia con los criterios de selección, los proyectos garantizarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), de lo dispuesto en relación con las actividades que no deben seleccionarse ni financiarse, y del acervo medioambiental pertinente de la UE y nacional.

267

C17.I6

Objetivo

Ayudas para proyectos destinados a reforzar las capacidades estratégicas y la internacionalización del Sistema Nacional de Salud, proyectos relacionados con la estrategia de medicina de precisión personalizada y contribución a un instrumento de inversión público-privada en terapias avanzadas

-

En millones EUR

0

351,2

T2

2023

Publicación en el BOE de la concesión de 351 185 000 EUR, como mínimo:

* 174 000 000 EUR en proyectos para reforzar las capacidades estratégicas y la internacionalización del Sistema Nacional de Salud, desglosados del siguiente modo:

- 80 000 000 EUR destinados a la Acción Estratégica en Salud,
- 75 000 000 EUR de ayuda para incrementar las capacidades científicas de los centros de investigación asociados al Sistema Nacional de Salud y de ayuda para propuestas vinculadas a la financiación de equipamiento científico-técnico incluida la renovación del equipamiento científico-técnico en obsolescencia,

- 6 000 000 EUR de ayuda para el Sello de Excelencia del Instituto de Salud Carlos III;

- 13 000 000 EUR de ayuda destinada las asociaciones público-privadas para la incorporación del entorno GMP/LPG a los grupos de investigación del Sistema Nacional de Salud, es decir, ayudas para la internacionalización del Sistema Nacional de Salud
* 140 500 000 EUR en proyectos relacionados con la Estrategia sobre Medicina Personalizada, desglosados del siguiente modo:

- convocatoria general para la adjudicación de 29 500 000 EUR en el ámbito de la Medicina Personalizada
- convocatoria para la adjudicación de 91 500 000 EUR destinados a programas específicos sobre Medicina Personalizada

- convocatoria para la adjudicación de 15 000 000 EUR para el Plan de Terapias y Avanzadas y Personalizadas

- Convocatoria para la adjudicación de 4 500 000 EUR para la internacionalización española en Medicina Personalizada.

-Las medidas para la internacionalización del Sistema de Salud respaldarán el posicionamiento de España en el sector de salud europeo mediante el fomento de la participación española en el Programa EU HEALTH y en Horizonte Europa. Ello permitirá la financiación de agrupaciones de investigación e innovación que participen en proyectos de programación transfronteriza conjunta seleccionados para ser financiados por Horizonte Europa y las asociaciones de Horizonte 2020, como, por ejemplo, la cofinanciación de ERA-Net, las Iniciativas de Programación Conjunta Europeas (PCE) o las Iniciativas de Programación Conjunta Internacionales (PCI), las iniciativas creadas en virtud de los artículos 185 y 187 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y las asociaciones establecidas en el Programa Marco Horizonte Europa.

*Y como mínimo una aportación por valor de 36 685 000 EUR destinada a un instrumento de inversión público-privada en terapias avanzadas.

268

C17.I6

Objetivo

Finalización de todos los proyectos destinados a reforzar el desarrollo de la investigación y la innovación en el sector sanitario

 

%

0

100

T2

2026

Finalización de todos los proyectos por un importe total de 527 126 000 EUR. Los proyectos adjudicados incluyen las siguientes convocatorias:

* Por lo que respecta al refuerzo de las capacidades estratégicas y la internacionalización del Sistema Nacional de Salud:

- la Acción Estratégica en Salud,
- los proyectos para incrementar las capacidades científicas de los centros de investigación asociados al Sistema Nacional de Salud,

- las propuestas vinculadas a la financiación de equipamiento científico-técnico, incluida la renovación del equipamiento científico-técnico en obsolescencia,

- los proyectos para el Sello de Excelencia del Instituto de Salud Carlos III; y

- las asociaciones público-privadas para la incorporación del entorno GMP/LPG a los grupos de investigación del SNS.

* Por lo que respecta a la Estrategia sobre Medicina Personalizada:

- proyectos de la convocatoria general en el ámbito de la Medicina Personalizada - proyectos de la convocatoria para el Plan de Terapias y Avanzadas y Personalizadas

- proyectos de la convocatoria para la internacionalización española en Medicina Personalizada

* Como mínimo dos aportaciones de capital para llevar a cabo ensayos clínicos (fase II y fase III) de medicamentos para terapias avanzadas.

269

C17.I7

Hito

Centro de I + D de almacenamiento de energía

Centro construido y equipado

 

 

 

T4

2023

Construcción y equipamiento de un centro de I + D de almacenamiento de energía en Extremadura con el objetivo de estimular la respuesta tecnológica y científica a la gestión de la producción de energía verde, en particular en lo que se refiere a las aplicaciones industriales del hidrógeno, así como a la producción, almacenamiento y transporte de hidrógeno verde. El centro incluirá instalaciones experimentales de demostración para ensayar y validar soluciones de almacenamiento de energía. Estará dotado del equipamiento científico-técnico necesario. En consonancia con los criterios de selección, los proyectos en el marco de esta inversión garantizarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), de lo dispuesto en relación con las actividades que no deben seleccionarse ni financiarse y del acervo medioambiental pertinente de la UE y nacional.

270

C17.I8

Objetivo

Apoyo a proyectos de I + D + i en el sector de la automoción sostenible

-

Número

0

35

T2

2022

Adjudicación a 35 empresas, como mínimo, de proyectos de I + D + i en el sector de la automoción sostenible destinados a aumentar la capacidad tecnológica de las empresas en los ámbitos relacionados con el desarrollo de sistemas de almacenamiento de energía con emisiones muy bajas y elevada reciclabilidad, sistemas de movilidad de alta eficiencia a partir de hidrógeno, conducción autónoma y movilidad conectada o la adaptación de los entornos productivos con sistemas seguros y robustos para la interacción persona-máquina en el entorno fabril inteligente. Los proyectos garantizarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), de lo dispuesto en relación con las actividades que no deben seleccionarse ni financiarse y del acervo medioambiental pertinente de la UE y nacional. Los proyectos serán los siguientes:

- el desarrollo de componentes y plataformas exclusivamente para vehículos eléctricos, híbridos enchufables, y propulsados por hidrógeno,

- la conducción autónoma y la movilidad conectada,

- el desarrollo de nuevas arquitecturas hardware y software de vehículos,

- la adaptación de entornos productivos de componentes y sistemas exclusivamente para vehículos eléctricos, híbridos enchufables y propulsados por hidrógeno. Los proyectos serán implementados por consorcios empresariales de entre tres y ocho empresas participantes (al menos una de las cuales será una pyme), y tendrán una duración máxima de tres años y un presupuesto mínimo de 5 000 000 EUR por proyecto.

271

C17.I9

Objetivo

Apoyo a proyectos de I + D + i en el ámbito aeroespacial, con especial atención a las emisiones bajas y nulas

-

Número

0

65

T4

2023

Adjudicación a 65 empresas, como mínimo, de proyectos de I + D + i en el ámbito aeroespacial, centrados en las emisiones bajas y nulas, incluidas inversiones relacionadas con las tecnologías aeroespaciales y la aeronáutica, con el apoyo del Plan Aeronáutica. Los proyectos serán implementados por consorcios empresariales de entre tres y seis empresas participantes (al menos una de las cuales será una pyme), y tendrán una duración máxima de tres años. En consonancia con los criterios de selección, los proyectos garantizarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), de lo dispuesto en relación con las actividades que no deben seleccionarse ni financiarse, y del acervo medioambiental pertinente de la UE y nacional.

272

C17.I9

Objetivo

Finalización de los proyectos de I + D + i en el ámbito aeroespacial, centrándose en las emisiones bajas y nulas

-

Número

0

65

T2

2026

Finalización por 65 empresas, como mínimo, de proyectos de I + D + i en el ámbito aeroespacial, centrados en las emisiones bajas y nulas, incluidas inversiones relacionadas con las tecnologías aeroespaciales y la aeronáutica, con el apoyo del Plan Aeronáutica. En consonancia con los criterios de selección, los proyectos garantizarán el cumplimiento de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.1), de lo dispuesto en relación con las actividades que no deben seleccionarse ni financiarse, y del acervo medioambiental pertinente de la UE y nacional.

R. COMPONENTE 18: Renovación y ampliación de las capacidades del Sistema Nacional de Salud

La crisis sanitaria ha dejado patente la fortaleza del Sistema Nacional de Salud español, pero también ha puesto de manifiesto las dificultades a las que se enfrenta a la hora de abordar situaciones que requieren anticipación, respuesta rápida y coordinación. También ha evidenciado la necesidad de corregir los problemas estructurales existentes relacionados con las tendencias demográficas, sociales, tecnológicas o económicas. Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español abordará los siguientes retos: i) la vulnerabilidad ante la crisis sanitaria mundial, ii) la transformación del sistema de salud ante el envejecimiento de la población, iii) la igualdad de género y iv) la sostenibilidad y la resiliencia a largo plazo del sistema.

Los objetivos de este componente son:

·Preparar el sistema de salud para prevenir y hacer frente a posibles amenazas sanitarias globales como la actual, derivada de la pandemia de COVID-19, incrementando las capacidades de salud pública y los sistemas de vigilancia epidemiológica.

·Prestar servicios de salud con la máxima rapidez, calidad y seguridad, independientemente de los recursos económicos de los pacientes, su lugar de residencia, género, origen o edad.

·Mantener a las personas como centro del sistema sanitario, mejorando su participación y rediseñando la atención sanitaria para orientarla hacia las necesidades de las personas y de las comunidades.

·Garantizar sistemas de información que no solo midan la actividad, sino también los resultados finales en materia de salud.

·Promover la salud y el bienestar de forma activa y prevenir la enfermedad y la dependencia a lo largo de toda la vida.

·Atraer y retener a los y las mejores profesionales ofreciéndoles oportunidades de desarrollo individual y colectivo.

·Avanzar hacia un Sistema Nacional de Salud generador de información y conocimiento, digitalizado, y en el que se potencie la investigación y la innovación en el ámbito de la salud, como motor del empleo, el crecimiento, la productividad y la innovación.

·Asegurar una financiación suficiente y sostenible para abordar los nuevos retos en salud propios de una sociedad moderna y desarrollada, y garantizar asimismo la eficiencia del gasto.

·Fortalecer y desarrollar la coordinación y la gobernanza multinivel en la gestión del Sistema Nacional de Salud y potenciar la cohesión territorial. Promover activamente estrategias para alcanzar la igualdad de género en el sistema sanitario.

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español apoyará el cumplimiento de las recomendaciones específicas por país relativas a la lucha eficaz contra la pandemia y el refuerzo de la capacidad y la resiliencia del sistema sanitario, en lo que respecta a la salud de los trabajadores sanitarios y a los productos e infraestructuras médicos esenciales (recomendación específica por país 1 de 2020) y al respaldo del empleo a través de medidas para preservar los puestos de trabajo, incentivos efectivos a la contratación y desarrollo de capacidades (recomendación específica por país 2 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

R.1    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C18.R1) - Fortalecimiento de la atención primaria y comunitaria

El fortalecimiento de la atención primaria es uno de los retos sanitarios más importantes a los que se enfrentará España en los próximos años. Los objetivos de esta reforma son ofrecer respuestas más eficaces a los problemas de salud emergentes, mejorar la experiencia individual de la asistencia y prevenir las enfermedades y potenciar el papel de la atención primaria.

La reforma consistirá en elaborar y ejecutar un Plan de Acción para desarrollar el Marco Estratégico para el refuerzo de la atención primaria y comunitaria adoptado por el Gobierno central y las Comunidades Autónomas en 2019. El Plan de Acción se estructurará en torno a líneas de actuación en las que deberá enmarcarse la ejecución de los proyectos a nivel autonómico. Ello incluye la mejora de los procesos de gestión clínica, la ampliación y renovación de los equipos de diagnóstico en los centros de salud, el desarrollo informático, la formación de profesionales o la mejora de las infraestructuras de los centros de salud y los servicios de salud y emergencia. El Plan de Acción será aprobado por el Consejo Interterritorial. Su aplicación no se financiará con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2023.

Reforma 2 (C18.R2) - Reforma del sistema de salud pública

El objetivo de la reforma es establecer un marco general e integrado para la prestación de servicios de salud pública. Consiste en desarrollar un sistema de salud pública más ambicioso, más integrado y mejor articulado mediante las siguientes acciones:

-    Una Estrategia de Salud Pública que establecerá un marco general e integrado que se tendrá en cuenta en todas las políticas de salud pública y tendrá una duración quinquenal, con evaluaciones intermedias cada dos años en las que se analizará su grado de aplicación. La Estrategia se aprobará mediante acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

-    Una Red de Vigilancia en Salud Pública y un nuevo Centro Estatal de Salud Pública, que se crearán mediante una Ley o un Real Decreto del Gobierno.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2023.

Reforma 3 (C18.R3) - Consolidación de la cohesión, la equidad y la universalidad

El objetivo de esta reforma es seguir reforzando el acceso universal a la sanidad en España, la equidad en el acceso a la prestación sanitaria y la cohesión en la asistencia sanitaria entre los distintos territorios del país. La reforma consta de tres pilares:

-    Ley de medidas para la Equidad, Universalidad y Cohesión del Sistema Nacional de Salud. Los objetivos de la Ley son los siguientes: i) garantizar el acceso a la sanidad de toda la población, ii) integrar a los representantes de los pacientes en los órganos de gobernanza del Sistema Nacional de Salud español, iii) limitar el establecimiento de nuevos copagos, iv) modificar la definición de prestaciones sociosanitarias en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, v) garantizar la coordinación entre las autoridades en los ámbitos sanitario y social, vi) introducir una evaluación de impacto de todos los cambios normativos en el sector y vii) reformar la aportación farmacéutica en el Sistema Nacional de Salud. Esta Ley irá acompañada de una evaluación de impacto detallada en la que se analizarán también sus efectos sobre la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas y que deberá hacerse pública.

-    La reorientación de la atención de la alta complejidad en el sistema de salud mediante la consolidación y el desarrollo de la red de Centros, Servicios y Unidades de Referencia (CSUR) y la reordenación de la atención de alta complejidad no integrada en CSUR.

-    El incremento de la cartera común de servicios sanitarios. Esta reforma ampliará y mejorará los servicios de la cartera común mediante la inclusión de servicios de atención dental, medicina genómica, prestación ortoprotésica y medicina preventiva.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2023.

Reforma 4 C18R4) — Refuerzo de las capacidades profesionales y reducción de la temporalidad

El objetivo de la reforma es hacer frente a la escasez de profesionales de la medicina y la enfermería, reducir su temporalidad, mejorar sus condiciones laborales y potenciar su formación y desarrollo profesional.

La reforma abarcará dos ámbitos:

1.La modificación de la Ley que regula el personal sanitario en España (Estatuto Marco) con el fin de reducir el empleo temporal, garantizar la cobertura de plazas en determinadas zonas geográficas no suficientemente atendidas a través de medidas incentivadoras, mejorar el entorno y las condiciones laborales a través de medidas que contribuyan al desarrollo profesional y retengan el talento en el sistema español, con la introducción de mejoras no solo en las condiciones económicas, sino también mediante la apertura de posibilidades en la docencia y la investigación. En el proceso de modificación de la Ley se elaborarán informes sobre su impacto económico y, en particular, sobre sus efectos a largo plazo sobre la sostenibilidad de las finanzas públicas.

2.La entrada en vigor de un Real Decreto para mejorar el sistema de formación sanitaria especializada. La Ley regulará la formación transversal en especializaciones en ciencias de la salud, las áreas de capacitación específica y el procedimiento para la validación y el reconocimiento de títulos de especialista en ciencias de la salud.

Esta reforma está relacionada con la reforma 1 del componente 11 (C11.R1).

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2023.

Reforma 5 (C18.R5) — Reforma de la regulación de medicamentos y mejora del acceso a medicamentos

El objetivo principal de esta reforma es actualizar el marco regulatorio español en relación con los medicamentos y productos sanitarios mediante la modificación de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios (Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio), que es la norma que establece actualmente el marco regulatorio pertinente en España. En particular, el sistema debe adaptarse para hacer frente a los nuevos avances científicos disruptivos, profundizar en medidas de racionalización del gasto farmacéutico, incentivar el uso racional de medicamentos e introducir cambios en función de la experiencia adquirida durante la pandemia. En el proceso de elaboración de la Ley se redactarán informes sobre su impacto económico y, en particular, sobre sus efectos a largo plazo sobre la sostenibilidad de las finanzas públicas.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2022.

Inversión 1 (C18.I1) — Plan de inversión para equipos de alta tecnología en el Sistema Nacional de Salud

En España, el nivel de obsolescencia de los equipos es superior a la media europea mientras que el nivel de densidad medio de estos equipos por habitante es inferior, si bien con algunas excepciones, como los escáneres IRM. La distribución geográfica de los equipos presenta también desequilibrios. El objetivo de esta inversión es renovar los equipos existentes y proporcionar a España equipos médicos adicionales de alta tecnología.

La inversión se desplegará en dos ámbitos:

-    Renovación del equipo en función de su obsolescencia.

-    Ampliación de la dotación de equipos para equilibrar las diferencias interregionales y alcanzar progresivamente la media de la Unión Europea en cuanto a número por millón de habitantes, con especial atención a las zonas del territorio español que presentan una dotación por habitante inferior a la media nacional.

El plan incluirá los siguientes tipos de equipos: Aceleradores Lineales, Tomografía Axial Computerizada (TAC), incluidos los aceleradores de planificación; Resonancia Magnética, Tomografía de Emisión de Positrones (PET), Tomografía por Emisión de Positrones y TAC (PET-CAT), Cámara Gamma, Equipo de Braquiterapia Digital, Angiografía Vascular, Angiografía Neurorradiológica y Sala de Hemodinámica.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 2 (C18.I2) - Acciones para reforzar la prevención y la promoción de la salud

Esta inversión tiene por objeto reforzar la atención preventiva. Se centra, en particular, en la promoción de estilos de vida y entornos saludables. Abarcará ámbitos como los siguientes: lucha contra el tabaquismo, prevención del consumo de alcohol, promoción de la salud mental, promoción de entornos y estilos de vida saludables, plan de resistencia a los antibióticos, prevención del cáncer y difusión del código europeo contra el cáncer.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 3 (C18.I3) - Aumento de capacidades de respuesta ante crisis sanitarias

La pandemia ha puesto de relieve la necesidad de reforzar las capacidades de vigilancia, detección precoz y respuesta rápida ante situaciones críticas, así como la necesidad de reforzar las capacidades de los laboratorios y las instituciones sanitarias. Esta inversión se compondrá de un conjunto de actuaciones dirigidas a aumentar la capacidad de respuesta ante futuras crisis sanitarias:

1. Equipamiento del nuevo Centro Estatal de Salud Pública.

2. Sistema de Información de Vigilancia en Salud Pública, que ampliará, mejorará e integrará los sistemas de información existentes sobre enfermedades transmisibles y no transmisibles en España.

3. Finalización del Hospital Universitario de Melilla y construcción del nuevo edificio del Centro Nacional de Dosimetría.

4. Aumento de capacidad del laboratorio de ensayo de equipos de protección individual del Centro Nacional de Medios de Protección.

5. Refuerzo del Centro Nacional de Alimentación y Laboratorio de Biotoxinas.

6. Inversiones tecnológicas en la Agencia del Medicamento y la Organización Nacional de Trasplantes.

7. Evaluación del funcionamiento del Sistema Nacional de Salud durante la pandemia.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 4 (C18.I4) — Formación de profesionales sanitarios y recursos para compartir conocimiento

Esta inversión pretende reforzar las capacidades y competencias de los profesionales de la sanidad, prestando especial atención a la formación vinculada a las reformas e inversiones de este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español. También tiene por objeto promover herramientas que permitan a los profesionales de la salud compartir conocimiento con el fin de mejorar la coordinación y la calidad de la asistencia sanitaria, también en aspectos prioritarios recogidos en este componente.

La inversión abarcará cuatro ámbitos:

·Formación continuada en los siguientes ámbitos: utilización de tecnologías sanitarias y sistemas de información, vigilancia de la salud pública y epidemiología, seguridad de los pacientes y profesionales, utilización racional de los recursos diagnósticos y terapéuticos, detección precoz del cáncer, salud mental, salud ambiental, prevención de los factores de riesgo, detección precoz de la violencia de género, detección precoz del maltrato infantil, bioética, atención al final de la vida, comunicación clínica, medicina basada en la evidencia, trabajo en equipo, metodología de la investigación, desarrollo de competencias directivas de los responsables de centros sanitarios, formación de tutores de formación sanitaria especializada y formación de evaluadores de la educación continua.

·El establecimiento de un sistema de evaluación y acreditación de las competencias no reguladas adquiridas por los profesionales del Sistema Nacional de Salud.

·Herramientas colaborativas para hacer frente a condiciones de elevada complejidad.

·Desarrollo de un mapa informatizado para visualizar recursos compartidos y prestaciones de la atención temprana y medicina genómica en España

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 5 (C18.I5) - Plan para la racionalización del consumo de productos farmacéuticos y fomento de la sostenibilidad

Esta inversión consistirá en la implementación de un plan para racionalizar el uso de medicamentos y productos sanitarios. El plan tiene por objeto lograr los siguientes objetivos:

·utilizar medicamentos únicamente cuando sean necesarios y, en caso de utilizarlos, emplear los que resulten más coste-efectivos;

·Reducir la polifarmacia (más de 5 medicamentos) y disminuir el uso innecesario de medicamentos.

·Disminuir la incertidumbre clínica asociada a los nuevos medicamentos para incrementar el conocimiento científico, mejorar la información disponible y reducir la incertidumbre financiera.

El plan incluye la creación o el desarrollo de tres sistemas para mejorar la evaluación de medicamentos y tecnologías sanitarias en España:

1.Creación de la Red de Evaluación de Medicamentos en el Sistema Nacional de Salud. Se desarrollará una plataforma tecnológica para gestionar y compartir los informes de posicionamiento terapéutico (que analizan el valor añadido de los nuevos medicamentos en función de su coste-efectividad) en sus diferentes fases de desarrollo.

2.Ampliación del sistema de valoración de medicamentos de alto impacto (VALTERMED). Esta herramienta se basa en un registro de datos administrativos, clínicos y terapéuticos para rastrear y analizar el estado inicial y la evolución de los pacientes tras el inicio del tratamiento farmacológico. El objetivo perseguido es que esta nueva herramienta se integre en los sistemas de información de las Comunidades Autónomas e incorpore información relacionada con el impacto de la medicación en la calidad de vida de los pacientes.

3.Creación de la Red Española de Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Prestaciones del SNS (RedETS). Esta red desempeña un papel clave en la prestación de asesoramiento científico y técnico para la toma de decisiones sobre la incorporación a la financiación pública de tecnologías y prestaciones sanitarias. La plataforma tecnológica permitirá gestionar y compartir los diferentes productos de RedETS en sus diferentes etapas de desarrollo entre las agencias/unidades de la Red, y controlar el cumplimiento de los plazos definidos para cada una de las etapas.

La inversión incluirá proyectos relacionados con: la promoción del uso de medicamentos genéricos y biosimilares, el desarrollo y la modernización de las prestaciones y productos ortoprotésicos, la formación de los profesionales de la salud sobre el uso racional de los medicamentos y las soluciones para impulsar las innovaciones en los medicamentos.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 6 (C18.I6) - Data Lake sanitario

Esta inversión consiste en la creación de un Data Lake sanitario, que recopile información procedente de diferentes sistemas de información, incluidos los sistemas autonómicos, con el fin de facilitar el análisis masivo de datos en tiempo real para apoyar y mejorar el diagnóstico y el tratamiento, la identificación de factores de riesgo, el análisis de tendencias, la identificación de patrones, la predicción de situaciones de riesgo sanitario y la programación de recursos para su atención, incluido el uso de algoritmos de inteligencia artificial, y nuevas arquitecturas de sistemas escalables y nuevas herramientas para el tratamiento y la identificación de modelos.

La implementación de la inversión estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2023.

R.2    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito/Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Base de referencia

Meta

Trimestre

Año

273

C18.R1

Hito

Plan de Acción para la atención primaria y comunitaria

Aprobación por el Consejo Interterritorial

 

 

 

T4

2021

El principal objetivo del Plan de Acción es reforzar la atención primaria en el Sistema Nacional de Salud, con el fin de ofrecer respuestas más eficaces a los problemas de salud emergentes, mejorar la experiencia individual de la asistencia universal, prevenir las enfermedades y aumentar la capacidad de la atención primaria para resolver problemas de salud.

274

C18.R2

Hito

Aprobación de la Estrategia Española de Salud Pública

Aprobación por el Consejo Interterritorial

 

 

 

T2

2022

La Estrategia de Salud Pública establecerá las directrices estratégicas de actuación en materia de salud pública en España en su conjunto. El objetivo de la estrategia es mejorar la salud de la población española estableciendo las líneas y prioridades esenciales que deben seguir todas las Administraciones sanitarias en sus políticas de promoción, prevención y protección de la salud pública, en las actuaciones dirigidas a grupos de población específicos, en la información a los ciudadanos, en la formación de los profesionales y en la atención a sus necesidades. La Estrategia garantizará que la salud pública y la igualdad de acceso a la asistencia sanitaria se tengan en cuenta en todas las políticas públicas y facilitará la acción intersectorial en este ámbito. Tendrá una duración de cinco años, con evaluaciones intermedias cada dos años en las que se analizará el grado de ejecución. Incluirá medidas y acciones en relación con todos los ámbitos de la salud pública que se implementarán en las políticas, planes y programas de todas las Administraciones sanitarias españolas durante su periodo de vigencia, dentro de los plazos establecidos en ella.

275

C18.R3

Hito

Ley de Medidas para la Equidad, Universalidad y Cohesión del Sistema Nacional de Salud

Entrada en vigor de la Ley

 

 

 

T4

2023

Los objetivos de la Ley son los siguientes: garantizar la homogeneidad en el acceso a la sanidad por parte de la población, integrar a los representantes de los pacientes en los órganos de gobernanza del Sistema Nacional de Salud español, limitar el establecimiento de nuevos copagos, modificar la definición de prestaciones sociosanitarias en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, garantizar la coordinación entre las autoridades en los ámbitos sanitario y social, introducir una evaluación de impacto de todos los cambios normativos en el sector y reformar la aportación farmacéutica en el Sistema Nacional de Salud. Esta Ley irá acompañada de una evaluación de impacto detallada, que también se publicará, en la que se analizarán también sus efectos sobre la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas.

276

C18.R4

Hito

Ley sobre el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud

Entrada en vigor de la reforma de la Ley

 

 

 

T4

2023

El Estatuto marco es la norma básica que regula el acceso a la condición de funcionario sanitario y ordena la provisión de plazas, la promoción, la movilidad y las condiciones de trabajo. Los objetivos de la medida son los siguientes:

- Reducir los contratos temporales.

- Garantizar el despliegue de profesionales en determinadas zonas geográficas no suficientemente atendidas, mediante medidas incentivación.

- Mejorar el entorno y las condiciones laborales a través de medidas que contribuyan al desarrollo profesional y retengan el talento en el sistema español, no solo mejorando las condiciones económicas, sino también abriendo más posibilidades de carrera profesional en la vertiente asistencial, docente e investigadora.

Esta Ley irá acompañada de una evaluación de impacto detallada en la que se analizarán también sus efectos sobre la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas.

277

C18.R5

Hito

Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios

Entrada en vigor de la Ley

 

 

 

T4

2023

Entrada en vigor de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitaros. Esta reforma legal tiene, entre otros, los siguientes objetivos:

- Modificar el sistema de precios de referencia introduciendo elementos que incrementen la competencia.

- Consolidar la dispensación no presencial de medicamentos.

- Posibilitar que los depósitos de medicamentos de los centros sociosanitarios puedan estar vinculados a los servicios de farmacia de atención primaria.

- Modificar el sistema para calcular la aportación cuatrimestral que realizan al Sistema Nacional de Salud los fabricantes, importadores y oferentes de medicamentos y productos sanitarios financiados con fondos públicos.

- Clarificar las competencias en materia de control de publicidad de medicamentos.

- Modificar las tasas que aplica la Agencia del Medicamento.

- Modificar y actualizar el procedimiento sancionador y las infracciones. Esta Ley irá acompañada de una evaluación de impacto detallada en la que se analizarán también sus efectos sobre la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas.

278

C18.I1

Hito

Aprobación del plan de inversión en equipos y distribución de fondos

Aprobación por el Consejo Interterritorial

 

 

 

T4

2021

Aprobación por el Consejo Interterritorial del plan y de la distribución de fondos, estableciendo mecanismos para la concesión de ayudas por valor de 796 100 000 EUR.

279

C18.I1

Objetivo

Instalación, renovación y ampliación de equipos

-

Número

0

750

T4

2023

Puesta en funcionamiento de al menos 750 nuevos equipos mediante renovaciones, ampliaciones o nuevas instalaciones en todo el país.

280

C18.I2

Objetivo

Campañas y actuaciones en el ámbito de la salud pública

-

Número

0

11

T4

2023

Se habrán llevado a cabo al menos 11 campañas de difusión o cribado en materia de salud pública, en ámbitos como los siguientes: lucha contra el tabaquismo, prevención del consumo de alcohol, promoción de la salud mental, promoción de entornos y estilos de vida saludables, plan de resistencia a los antibióticos, prevención del cáncer y difusión del código europeo contra el cáncer. Las campañas tendrán alcance nacional. La difusión se llevará a cabo a través de radio, medios impresos, Internet, mercadotecnia directa y actividades al aire libre.

281

C18.I3

Hito

Sistema de Información de la Red de Vigilancia en Salud Pública

Certificado de entrada en funcionamiento

 

 

 

T4

2023

Estará operativo un sistema de seguimiento para el Gobierno central y las Comunidades Autónomas (Sistema de Información de la Red de Vigilancia en Salud Pública) que permitirá la alerta temprana y la respuesta rápida, con el fin de detectar problemas que puedan plantear un riesgo para la salud, difundir información de las autoridades competentes y facilitar la aplicación de medidas de control.

282

C18.I4

Objetivo

Formación de profesionales sanitarios en el marco de planes de formación continuada

-

Número

0

90 000

T4

2023

Al menos 90 000 profesionales sanitarios habrán completado un total de 360 000 créditos de formación continuada (CFC), lo que equivale a un total de 3,6 millones de horas de formación en el marco de planes de educación continuada diseñados de acuerdo con las prioridades establecidas en la definición de C18.I4. La formación incluirá: utilización de tecnologías sanitarias y sistemas de información, vigilancia de la salud pública y epidemiología, seguridad de los pacientes y profesionales, utilización racional de los recursos diagnósticos y terapéuticos, detección precoz del cáncer, salud mental, salud ambiental, prevención de los factores de riesgo, detección precoz de la violencia de género, detección precoz del maltrato infantil, bioética, comunicación clínica, medicina basada en la evidencia, trabajo en equipo, metodología de la investigación, desarrollo de competencias directivas de los responsables de centros sanitarios y formación de tutores de formación sanitaria especializada. Se habrán impartido cursos de formación presenciales, formatos de aprendizaje en línea y de aprendizaje mixto, a cargo de profesionales sanitarios cualificados y profesionales en el ámbito de la formación profesional en el ámbito de la asistencia sanitaria.

283

C18.I5

Hito

Sistema y plataforma VALTERMED para la Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Prestaciones del Sistema Nacional de Salud

Certificado de entrada en funcionamiento

 

 

 

T4

2023

Operatividad de la red entre el Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas para la evaluación de medicamentos, operatividad del sistema VALTERMED y creación de una plataforma para la Red Española de Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Prestaciones del Sistema Nacional de Salud (SNS RedETS).

284

C18.I6

Objetivo

Operatividad del Data Lake sanitario

-

Número

0

17

T4

2023

Operatividad del Data Lake sanitario a escala estatal e incorporación a él de las 17 Comunidades Autónomas y de las Ciudades Autónomas con el objetivo de permitir el análisis masivo de datos para la identificación y mejora del diagnóstico y los tratamientos.

S. COMPONENTE 19: Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills)

El principal objetivo de este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español es aumentar el nivel de competencias digitales (básicas y avanzadas) mediante acciones dirigidas a diversos grupos de población. La adquisición de estas competencias es fundamental para que España aproveche las oportunidades que ofrece la creciente digitalización de la economía y la sociedad.

Las acciones específicas para la digitalización de las pymes complementan las medidas previstas en el componente 13 del Plan (Apoyo a las Pymes). Las acciones destinadas a aumentar el número de personas altamente cualificadas en el ámbito de las TIC complementan las del componente 15 (Conectividad Digital). Por último, las acciones para la digitalización de las escuelas deberían reforzar las medidas del componente 21 (Educación) y aumentar el impacto de las acciones previstas en el componente 23 (Mercado Laboral).

El componente responde a las recomendaciones específicas por país sobre el fomento de la innovación (recomendación específicas por país 3 de 2019), sobre acceso al aprendizaje digital (recomendación específica por país 2 de 2020), y sobre la anticipación de los proyectos de inversión pública en una fase avanzada de desarrollo, la promoción de la inversión privada para impulsar la recuperación económica, y la focalización de la inversión en la transición ecológica y digital (recomendación específica por país 3 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

S.1    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C19.R1) — Plan Nacional de Competencias Digitales

Esta medida consiste en un plan estratégico cuyos objetivos son los siguientes: i) capacitación digital de la ciudadanía; ii) disminución de la brecha digital de género; iii) digitalización del sistema educativo y desarrollo de las competencias digitales para el aprendizaje en la educación; iv) formación en competencias digitales para personas desempleadas y ocupadas del sector privado con vistas a mejorar sus oportunidades laborales; v) formación en competencias digitales para las personas al servicio de las Administraciones Públicas; vi) desarrollo de competencias digitales para las pymes; y vii) incremento del número de especialistas en TIC. Las inversiones en el marco de este componente contribuirán a la consecución de los objetivos del plan estratégico.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de enero de 2021.

Inversión 1 (C19.I1) - Competencias digitales transversales

El objetivo de esta medida es mejorar el nivel de competencias digitales de la ciudadanía. La medida abarcará: a) el desarrollo de una red de centros de apoyo a la formación en competencias digitales básicas y avanzadas, b) acciones específicas de inclusión digital con vistas a capacitar a las personas mayores o facilitar la formación de la población infantil vulnerable, c) campañas diversas de sensibilización, d) actividades para aumentar las capacidades digitales de la población en general, y e) el desarrollo de recursos digitales para la difusión y enseñanza de la lengua española. La medida también promoverá la capacitación digital de las mujeres y fomentará las vocaciones científicas y tecnológicas en la escuela.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2025.

Inversión 2 (C19-I2) — Transformación digital de la educación

El objetivo de esta medida es mejorar el acceso al aprendizaje digital mediante la dotación de dispositivos portátiles para al menos 300 000 estudiantes de grupos vulnerables en los centros públicos o subvencionados con fondos públicos. Asimismo, se procederá a la instalación, actualización y mantenimiento de sistemas digitales interactivos (SDI) en al menos 240 000 aulas en los centros públicos o subvencionados con fondos públicos a fin de permitir el aprendizaje a distancia y mixto. La medida también apoyará la preparación o revisión de un «Plan Digital de Centro» en al menos 22 000 centros públicos o subvencionados con fondos públicos, e incluirá la formación digital de 700 000 docentes.

Esta medida apoyará asimismo la implementación del Plan de FP digital, que se logrará a través de una herramienta digital de gestión de la acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral (que se espera sirva para la acreditación de 3 500 000 personas), y mediante la creación de herramientas digitales de gestión de la FP para el empleo asociada al Catálogo Nacional de la Cualificaciones y de Registro de la vida formativa profesional. Por último, la medida apoyará la creación de simuladores, gemelos digitales y nodos tecnológicos.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2025.

Inversión 3 (C19.I3) - Competencias digitales para el empleo

El objetivo de esta medida es reforzar las competencias digitales de las personas empleadas y desempleadas, especialmente de la juventud, para mejorar sus oportunidades laborales. La formación también se dirigirá a las Administraciones Públicas (por ejemplo, profesionales sanitarios, personal de tropa y marinería de las FFAA, reservistas de especial disponibilidad, así como las personas empleadas en los ámbitos de la seguridad social y las finanzas). Por último, la medida apoyará la digitalización de las pymes a través de acciones dirigidas a sectores específicos de la economía y la formación de personas que puedan actuar como catalizadores, incluidos expertos y gestores de empresas.

El objetivo de esta inversión es llegar a la fuerza laborar que posee competencias digitales muy limitadas. Según datos procedentes del INE de 2019, esa parte de la fuerza laboral representa el 3,62 % del total, lo que equivale a unas 832 600 personas. La medida tiene por objeto lograr la formación del 60 % de este grupo, lo que equivale a un objetivo de casi 500 000 personas.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2025.

Inversión 4 (C19.I4) - Profesionales digitales

El objetivo de esta medida es adaptar la actual oferta de formación profesional sobre competencias digitales avanzadas y atraer y retener el talento en estos ámbitos. También creará recursos educativos abiertos para la enseñanza digital en materia de inteligencia artificial y ciberseguridad a distintos niveles.

La medida incluye formación especializada para aproximadamente 20 000 expertos en TI, con especial atención a la ciberseguridad, así como la financiación de becas de 4 años para atraer y retener el talento en competencias digitales avanzadas.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2025.

S.2    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el inicio de la acción, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito/Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Referencia

Meta

Trimestre

Año

285

C19.R1

Hito

Aprobación del Plan Nacional de Capacidades Digitales por el Consejo de Ministros

Referencia del Consejo de Ministros

 

 

 

T1

2021

Aprobación del Plan Nacional de Capacidades Digitales por el Consejo de Ministros. El Plan persigue los siguientes objetivos: 1) capacitación digital de la ciudadanía; 2) lucha contra la brecha digital de género; 3) digitalización del sistema educativo y desarrollo de las competencias digitales para el aprendizaje en la educación; 4), 5) dotación de competencias digitales para mejorar las oportunidades laborales de los trabajadores públicos y privados; 6) desarrollo de competencias digitales para las pymes; y (7) aumento del número de especialistas en TIC; este objetivo no será vinculante para las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.

286

C19.I1

Objetivo

Capacitación digital de la ciudadanía

-

%

0

75

T4

2023

Deberá haberse comprometido al menos el 75 % del presupuesto para acciones en el marco de la inversión a fin de formar a la ciudadanía en competencias digitales.

287

C19.I1

Hito

Finalización de las acciones para mejorar las capacidades digitales

Expedición de certificado de cualificación por los centros nacionales de capacitación digital

 

 

 

T4

2024

Creación de una Red Nacional de Competencias Digitales (incluida la reforma de 1 500 centros de formación profesional) y realización de campañas de sensibilización y planes de comunicación

288

C19.I1

Objetivo

Capacitación digital de la ciudadanía

-

Número

0

2 600 000

T4

2025

Formación de 2 600 000 ciudadanos en competencias digitales, de acuerdo con las acciones en el marco de la medida. La formación será de al menos 10 ECTS.

289

C19.I2

Hito

Programa para equipar con herramientas digitales a los centros públicos o subvencionados con fondos públicos

Publicación en el BOE

 

 

 

T4

2021

Aprobación del programa destinado a equipar un mínimo de 240 000 aulas, formar a 700 000 profesores y preparar o revisar la estrategia digital para al menos 22 000 centros públicos o subvencionados con fondos públicos, y equipar con 300 000 dispositivos digitales conectados (ordenadores portátiles, tabletas) a los centros públicos o subvencionados con fondos públicos, en colaboración con las Comunidades Autónomas. El programa será vinculante para las Comunidades Autónomas.

290

C19.I2

Hito

Finalización de las acciones para la transformación digital de la educación

Certificación por las Administraciones Central y Autonómicas.

 

 

 

T3

2024

Finalización de las acciones destinadas a la transformación digital de la educación, incluida la certificación en competencias digitales de al menos el 80 % de los 700 000 profesores formados en competencias digitales; y apoyo a 22 000 centros, como mínimo, en la preparación y revisión de sus estrategias digitales.

291

C19.I2

Objetivo

Dotación con dispositivos digitales conectados a los centros públicos o financiados con fondos públicos para colmar la «brecha digital», y equipamiento de un mínimo de 240 000 aulas

-

Número

0

540 000

T4

2025

Finalización de la dotación con dispositivos digitales conectados e interactivos a al menos 300 000 estudiantes y del equipamiento de al menos 240 000 aulas en centros públicos o subvencionados con fondos públicos para colmar la «brecha digital». Certificaciones por parte de las Administraciones Central y Autonómicas de la adquisición y entrega de los equipos.

292

C19.I3

Objetivo

Competencias digitales para el empleo

-

Número

0

450 000

T4

2025

450 000 personas, como mínimo, deberán haber participado en cursos de formación sobre competencias digitales. Cada formación deberá tener un mínimo de 15 ECTS.

293

C19.I4

Objetivo

Programas de becas para fomentar el talento digital

-

Número

0

300

T4

2024

Adjudicación a 300 beneficiarios, como mínimo, de programas de becas para atraer y retener el talento digital (acumuladas 2021-2024). Cada programa deberá tener un mínimo de 240 ECTS.

294

C19.I4

Objetivo

Formación de profesionales digitales

 

Número

0

18 000

T4

2025

Formación de 18 000 profesionales en el ámbito de las TI, como mínimo, a través de cursos especializados de al menos 250 horas cada uno.

T. COMPONENTE 20: Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español tiene por objeto transformar y modernizar el sistema de formación profesional (FP), adaptándolo para que pueda responder a los cambios que se han producido en los sectores productivos de la economía. A tal fin, el componente pretende contribuir a mejorar la empleabilidad y la movilidad laboral de los trabajadores y, por extensión, aumentar la productividad y la competitividad. 

El plan abordará el problema de inadecuación de las capacidades existentes a fin de mejorar el equilibrio entre el nivel de educación y formación de la ciudadanía y las necesidades del mercado laboral, en particular apoyando la mejora de las capacidades de las personas poco cualificadas de modo que alcancen un nivel intermedio de cualificación y el reciclaje profesional. Se prestará especial atención a las competencias técnicas y digitales, colmando la brecha de género existente en materia de competencias y aumentando el atractivo de los programas de FP de mayor nivel para que se matricule en ellos un mayor número de estudiantes. El componente también contemplará el reconocimiento de las capacidades existentes con vistas a brindar acceso a nuevas oportunidades de formación y nuevas cualificaciones dentro de un sistema de FP más integrado que acompañe a las personas tanto en la educación obligatoria -contribuyendo a reducir el abandono escolar temprano- como a lo largo de su vida laboral.

El componente contribuye al cumplimiento de las recomendaciones específicas por país: relacionadas con la reducción del abandono escolar prematuro (recomendación específica por país 2 de 2019); intensificación de la cooperación entre los sectores educativo y empresarial con vistas a mejorar las capacidades y cualificaciones demandadas en el mercado laboral, especialmente en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación (recomendación específica por país 2 de 2019); respaldo del empleo mediante medidas encaminadas a preservar los puestos de trabajo, incentivos eficaces a la contratación y el desarrollo de las capacidades (recomendación específica por país 2 de 2020); y mejora del acceso al aprendizaje digital (recomendación específica por país 2 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

T.1    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C20.R1) — Plan de Modernización de la Formación Profesional

Esta reforma consistirá en la adopción y aplicación del Plan de Modernización de la Formación Profesional. El plan fue presentado el 22 de julio de 2020. Su objetivo es garantizar que el sistema de formación profesional (FP) responda a un mercado laboral que requiere una cualificación intermedia, cubriendo así a las necesidades del sector productivo (en particular, la necesidad de técnicos/técnicos superiores) y garantizando que la formación profesional y las cualificaciones mejoren las perspectivas de empleabilidad. Identificará la formación profesional como un elemento clave para impulsar el motor económico y social tras la pandemia.

El plan se centrará en la creación de un único sistema integral que proporcione formación y cualificaciones profesionales a todos los estudiantes, es decir, tanto a los del sistema de FP educativo como a los del sistema de FP para el empleo. Convertirá a la FP en un elemento ordinario recurrente de desarrollo profesional al que todos los trabajadores podrán acceder a lo largo de su vida laboral.

El principal instrumento del Plan será el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, que se revisará y actualizará, en particular integrando la aplicación de la transición verde y digital. Ello incluirá el diseño de nuevas titulaciones de formación profesional en todos los sectores, pero haciendo hincapié en doce sectores estratégicos en los que se intensificará la formación profesional, teniendo en cuenta las necesidades regionales.

El plan se implementará mediante la adopción de varios reales decretos, que se corresponden con la creación de nuevos currículos. En total, se prevé la creación gradual de unas 42 nuevas titulaciones durante el período 2021-2023 que cubran títulos de nivel medio, superior y especialista. La reforma también implicará una revisión periódica de los títulos de formación profesional, el diseño de nuevos títulos de formación profesional que respondan a las necesidades de los sectores productivos, centrándose en particular en los sectores prioritarios en el Plan Estratégico de Formación Profesional.

Otros ejes prioritarios del plan serán, entre otros, la integración de la innovación, la investigación aplicada, el emprendimiento, la digitalización y la sostenibilidad como elementos centrales de la formación profesional; y la implicación de las empresas mediante su participación en la formación profesional, y la promoción de la colaboración público-privada dentro del sistema, en particular mediante el fomento del carácter dual de la formación profesional. A tal fin, la reforma se basará en el trabajo conjunto de ministerios, empresas e interlocutores sociales para determinar las necesidades de la economía en materia de capacidades.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2020.

Reforma 2 (C20.R2) — Ley de Ordenación del sistema integral de Formación Profesional vinculado al Sistema Nacional de Cualificaciones

En consonancia con los objetivos del Plan de Modernización de la Formación Profesional y con el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones, España presentará y adoptará una ley para la ordenación del sistema integral de formación profesional. La nueva ley integrará en un único sistema los dos sistemas de formación profesional existentes en la actualidad, a saber, el de formación profesional del sistema educativo y el de formación profesional para el empleo. Establecerá un sistema integral de aprendizaje permanente para la población de cualquier edad y en cualquier situación personal o laboral, ofreciendo cursos complementarios y acumulativos que den lugar a nuevas cualificaciones. También deberá ir acompañada de un proceso de orientación a lo largo de toda la vida.

En una primera fase, el Ministerio de Educación y Formación Profesional deberá elaborar un proyecto de ley, con el consenso de los interlocutores sociales y las Comunidades Autónomas. Se espera que el Consejo de Ministros apruebe el proyecto de ley antes del 31 de diciembre de 2021 y que el Parlamento lo adopte antes del 30 de junio de 2022.

Una vez aprobada, esta ley que unifica los dos sistemas de formación profesional que existían previamente tendrá por objeto modernizar el sistema, en particular:

a)poniendo el énfasis en la mejora de las competencias de las personas poco cualificadas y potenciando su empleabilidad;

b)paliando la falta de adecuación de las cualificaciones;

c)actualizando el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales para adaptarlo a las futuras necesidades de la economía, incluido el apoyo a la transición verde y digital; así como

d)incrementando el atractivo de los programas de formación profesional de mayor nivel, de modo que aumente el número de estudiantes matriculados en ellos.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2022.

Inversión 1 (C20.I1) - Reskilling y upskilling de la población activa ligado a cualificaciones profesionales,

Esta inversión incluirá cuatro acciones destinadas a mantener y mejorar las competencias profesionales de la población activa de edad superior a 16 años (tanto empleada como desempleada):

a)La evaluación y acreditación formal de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y de vías no formales de formación. El objetivo de esta acción es garantizar el reconocimiento formal de las competencias ya adquiridas y facilitar el acceso a formación complementaria y a nuevas cualificaciones. En total, el Plan invertirá en el registro, la evaluación y la acreditación de 3 000 000 de unidades de competencia a lo largo de cuatro años.

b)Una oferta modular digital para empleados asociada a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. La acción se centrará en las personas empleadas y permitirá impartir a 300 000 trabajadores, como mínimo, formación digital para la promoción profesional que les permita adquirir mayores competencias. 

c)La flexibilización y accesibilidad de la formación profesional a través de la creación de «Aulas Mentor». La acción proporcionará formación no formal en consonancia con el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales a las personas que residan en zonas rurales o en riesgo de despoblación. El objetivo es ofrecer en esas zonas acceso a una formación que, pese a no tener carácter formal, supone de todas formas una formación acreditada. Se prestará especial atención a las mujeres con vistas a la apertura de nuevas oportunidades de aprendizaje, creación de empleo y mejora de la economía local.

d)La formación modular destinada al reciclaje y perfeccionamiento de las competencias de ocupados y desempleados. La acción ofrecerá formación en competencias emergentes, de rápida evolución y con prospectiva en la generación de empleo, incluida la transición verde, la economía asistencial y otros sectores estratégicos identificados en el Plan de Modernización. Se dará prioridad a los grupos más vulnerables y se ofrecerá formación destinada a la readaptación profesional y la mejora de las capacidades de al menos 700 000 personas tanto empleadas como desempleadas.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2024.

Inversión 2 (C20.I2): Transformación digital de la Formación Profesional

Esta inversión tendrá por objeto transformar y modernizar la formación profesional a fin de apoyar la digitalización de cada sector productivo, pero también da prioridad a la sostenibilidad medioambiental como una competencia clave. Incluirá las cuatro acciones siguientes:

a)Formación digital y verde de los docentes de formación profesional, de modo que puedan convertirse en pilares clave en el proceso de formación y servir de palanca para la transición digital y verde aplicada a los respectivos sectores productivos correspondientes a la formación profesional. El objetivo es dotar a los docentes de capacidades técnicas, profesionales y pedagógicas para fortalecer la calidad del sistema de educación y formación.

b)Conversión de las aulas en espacios tecnológicos aplicados que recreen entornos de trabajo utilizando recursos tecnológicos y que permitan a los estudiantes acceder a las tecnologías que posteriormente encontrarán en las empresas. La inversión permitirá crear 600 aulas de «tecnología», como mínimo.

c)Creación de aulas de emprendimiento en los centros públicos de formación profesional que ofrezcan a los estudiantes la posibilidad de asimilar el emprendimiento como parte integrante de sus competencias profesionales y les aporte una base para emprender o crear una empresa. España garantizará que la acción sea sostenible desde el punto de vista presupuestario una vez finalizado el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en particular recurriendo a otras fuentes de financiación de la UE.

d)Creación de una red de 50 centros de excelencia que estimulen la investigación y la innovación desde el ámbito de formación profesional.

Las inversiones en aulas tecnológicas y de emprendimiento, y en centros de excelencia orientados a la investigación y la innovación, desempeñarán un papel importante en la modernización del tejido empresarial, el apoyo a la transformación de la economía y la mejora de la competitividad. Además, se considera que dichas inversiones contribuyen a impulsar la creación de empresas en sectores estratégicos y a aumentar el tamaño y la productividad de las pymes.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2024.

Inversión 3 (C20.I3): Innovación e internacionalización de la Formación Profesional

Esta inversión tiene por objeto aumentar la oferta global de formación profesional mediante la creación de un total de 135 000 nuevas plazas (en comparación con las existentes a finales de 2020) hasta 2024, reequilibrando la oferta con las necesidades de las empresas y respondiendo eficazmente a las carencias regionales y locales. La atención se centra en satisfacer la demanda de cualificaciones intermedias en el mercado laboral. La distribución territorial de las nuevas plazas de FP se basará en una evaluación de las necesidades y se llevará a cabo previo debate con las partes interesadas pertinentes a fin de garantizar que la oferta responda eficazmente a las carencias autonómicas o locales. Se espera que esta distribución se acuerde con las Comunidades Autónomas en el marco de las Conferencias Sectoriales de Educación.

Con el fin de promover la comunicación en una lengua extranjera como elemento clave para el desempeño profesional, se incentivará el bilingüismo en el ámbito de la FP como objetivo estratégico. Se prestará atención tanto a la formación de profesorado como del alumnado en una lengua extranjera como parte del ciclo formativo, mediante la conversión de 3 700 ciclos en oferta bilingüe.

Además, la inversión tiene por objeto desarrollar proyectos de innovación y transferencia de conocimientos entre los centros de FP y las empresas con vistas a que dichos proyectos se conviertan en un elemento clave del nuevo modelo de formación profesional. La inversión también se propone convertir los ciclos de formación de nivel medio y alto en ciclos bilingües, como respuesta a la creciente internacionalización de las empresas y a la globalización de las economías.

España garantizará que la acción sea sostenible desde el punto de vista presupuestario una vez finalizado el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en particular recurriendo a otras fuentes de financiación de la UE.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2024.

T.2    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

 

Número

Medida

Hito/Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Base de referencia

Meta

Trimestre

Año

295

C20.R1

Hito

Plan de Modernización de la Formación Profesional y Reales Decretos conexos

Publicación en la página web del PMFP y presentación a cargo del Primer Ministro

 

 

 

T4

2020

Presentación por el Primer Ministro del Plan de Modernización de la Formación Profesional y publicación en el BOE de ocho Reales Decretos para la aplicación del Plan, que se corresponden con cinco cursos de especialización, dos títulos de grado medio y un currículo de grado superior.

296

C20.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley relativa al Sistema Integral de Formación Profesional, destinada a modernizar el sistema existente

Publicación en el BOE

 

 

 

T2

2022

Entrada en vigor de la Ley relativa al Sistema Integral de Formación Profesional, destinada a modernizar el sistema existente. La ley unificará los dos sistemas de formación profesional previamente existentes y los modernizará: i) poniendo el énfasis en la mejora de las competencias de las personas poco cualificadas y potenciando su empleabilidad; ii) paliando la falta de adecuación de las cualificaciones; iii) actualizando el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales para adaptarlo a las futuras necesidades de la economía, incluido el apoyo a la transición ecológica y digital; iv) incrementando el atractivo de los programas de formación profesional de mayor nivel, de modo que aumente el número de estudiantes matriculados en ellos.

297

C20.I1

Objetivo

Nuevas unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales

-

Número

0

3 000 000

T4

2024

Registro, evaluación y acreditación de 3 000 000 unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales adquiridas mediante experiencia laboral e itinerarios de formación no formal.

298

C20.I1

Objetivo

Formación modular destinada al reciclaje y perfeccionamiento de las competencias de personas empleadas y desempleadas

-

Número

0

1 000 000

T4

2024

Impartir formación modular digital para el reciclaje y el perfeccionamiento profesional (con la formación de 300 000 trabajadores, como mínimo) y formación modular destinada a la readaptación profesional y la mejora de las capacidades de personas empleadas y desempleadas (con la formación de 700 000 personas, como mínimo).

299

C20.I2

Objetivo

Centros de excelencia e innovación en la formación profesional

-

Número

0

50

T4

2024

Creación de al menos 50 centros de excelencia e innovación en el ámbito de la formación profesional

300

C20.I3

Objetivo

Dotación de 50 000 nuevas plazas de FP, frente a las existentes a finales de 2020

-

Número

934 204

984 204

T4

2022

Creación acumulada de 50 000 nuevas plazas de FP, como mínimo, frente a las existentes a finales de 2020. La distribución territorial de las nuevas plazas de FP debe basarse en una evaluación de las necesidades y se llevará a cabo previo debate con las partes interesadas pertinentes a fin de garantizar que la oferta responda eficazmente a las carencias autonómicas o locales. Fecha del valor de referencia: 31 de diciembre de 2020.

301

C20.I3

Objetivo

Ciclos de formación profesional bilingüe

-

Número

0

3 700

T4

2024

Al menos 3 700 ciclos de formación profesional (media y alta) convertidos en ofertas bilingües

302

C20.I3

Objetivo

Nuevas plazas de FP frente a las existentes a finales de 2020

-

Número

934 204

1 069 204

T4

2024

Dotación de 135 000 nuevas plazas de FP, frente a las existentes a finales de 2020. Fecha del valor de referencia: 31 de diciembre de 2020.

U. COMPONENTE 21: Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana 0 a 3 años

Este componente del plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español se centra en la modernización del sistema de educación y la mejora de las infraestructuras educativas. Su objetivo es lograr un sistema más flexible e inclusivo que se adapte mejor a las necesidades de cada alumno e introduzca nuevas técnicas de enseñanza y aprendizaje, incluidas las digitales. Los principales objetivos en cada etapa educativa son los siguientes:

a)Educación y cuidado de la primera infancia El componente se propone aumentar progresivamente la inscripción en la educación y el cuidado de la primera infancia dando prioridad a la dotación de nuevas plazas públicas para niños que residan en zonas con mayor riesgo de pobreza o exclusión social y en zonas rurales. La medida se centrará en los niños de entre 0 y 3 años y se prestará atención tanto a la accesibilidad como a la asequibilidad de la educación, en particular a fin de favorecer la integración de las mujeres en el mercado laboral y sentar las bases para la mejora de los resultados educativos y la prevención del abandono escolar prematuro en fases posteriores.

b)Educación primaria y secundaria El componente tiene por objeto mejorar los resultados educativos reduciendo el abandono escolar prematuro y las altas tasas de repetición, mediante un apoyo adicional a los estudiantes con mayores dificultades, y desarrollando un nuevo currículo para las competencias clave (incluidas las digitales) en la educación primaria y secundaria obligatoria y el bachillerato.

c)Sistema universitario El componente tiene por objeto modernizar el sistema universitario adaptando la organización de los cursos universitarios a las necesidades sociales actuales, mejorando la adecuación de la educación superior al mercado laboral y apoyando la transformación tecnológica. También tiene por objeto aumentar el acceso a la educación superior y mejorar su asequibilidad.

El componente contribuye al cumplimiento de las recomendaciones específicas por país relacionadas con la reducción del abandono escolar prematuro y la mejora de los resultados educativos, teniendo en cuenta las disparidades regionales (recomendaciones específicas por país 2 de 2019) y mejorando el acceso al aprendizaje digital (recomendación específica por país 2 de  2020). También contribuye al cumplimiento de las anteriores recomendaciones específicas por país relacionadas con un mayor apoyo a la formación de estudiantes y profesores, así como con la mejora del apoyo a las familias (recomendaciones específicas por país 2 de 2019), incluido el acceso a servicios de guardería de calidad.

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

U.1    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C21.R1) — Aprobación de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se
modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación

Esta reforma incluye la adopción de una nueva ley de educación que abarca la educación infantil, la educación primaria y secundaria obligatoria y el bachillerato. Sentará las bases para aumentar las oportunidades educativas y formativas de la población en su conjunto, en particular mejorando los resultados educativos y la detección temprana de dificultades y reforzando la autonomía de los centros educativos. Se centrará en reducir la segregación de los estudiantes por sus condiciones de origen y en mejorar la capacidad inclusiva del sistema. Además, con ella se pretende reforzar las competencias digitales en todos los niveles educativos, respondiendo así a una economía cada vez más digitalizada. El 29 de diciembre de 2020 se adoptó una nueva Ley (LOMLOE).

El desarrollo normativo de la Ley de Educación se llevará a cabo mediante:

a)la regulación de un nuevo modelo curricular por competencias clave;

b)evaluaciones, en particular la evaluación general del sistema educativo y las evaluaciones diagnósticas;

c)el desarrollo de la profesión docente; así como

d)la regulación del reconocimiento y la acreditación de los títulos y estudios extranjeros no universitarios.

A tal fin, sienta las bases de la reforma 2 y de diversas inversiones incluidas en el componente.

Por último, se espera que la reforma fomente la integración en las escuelas ordinarias de los estudiantes con necesidades educativas especiales, e irá acompañada de un plan evolutivo de 10 años acordado con las autoridades autonómicas con recursos adicionales para apoyar a las escuelas que acojan a estudiantes con necesidades educativas especiales.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de marzo de 2021.

Reforma 2 (C21.R2) — Diseño y aplicación de nuevo modelo curricular por competencias clave, priorizando aprendizajes fundamentales, y regulación de una ordenación académica inclusiva 

Sobre la base de la adopción de la nueva ley de educación mencionada en la reforma 1, esta reforma incluye la adopción de reales decretos sobre los requisitos mínimos para la enseñanza primaria, la secundaria obligatoria y el bachillerato. También incluye la introducción de directrices metodológicas para la enseñanza y el aprendizaje de acuerdo con un currículo basado en competencias, y la incorporación de «aptitudes interpersonales», teniendo en cuenta la Recomendación del Consejo de 22 de mayo de 2018 relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente. El Real Decreto incluirá un marco de evaluación elaborado de conformidad con el currículo y centrado en el nivel de adquisición de las competencias y en la valoración de las medidas que favorezcan el progreso de los estudiantes. El objetivo es diseñar un modelo educativo más flexible y abierto que promueva un aprendizaje en profundidad mediante la aplicación de metodologías colaborativas, contribuyendo así a mejorar los resultados educativos. El nuevo currículo prestará atención a la educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía. El desarrollo de competencias digitales se incluirá en todos los niveles, tanto a través de contenidos específicos como mediante una perspectiva transversal.

En el marco de esta reforma, al menos 100 expertos externos participarán en la elaboración del currículo de los ámbitos y temas de las distintas etapas educativas y de los marcos de evaluación, que servirán de base para la elaboración de los reales decretos relativos al nuevo currículo y al marco común de evaluación.

La reforma incluirá también la preparación del apoyo, la orientación y el material didáctico, así como la formación de los docentes para garantizar que puedan aplicar eficazmente el nuevo currículo. El material se publicará en línea para su utilización por todo el profesorado, junto con la difusión de buenas prácticas. Al menos 4 000 profesionales completarán la formación para la aplicación del nuevo currículo.

El diseño y la aplicación de la reforma se llevarán a cabo en consulta con los órganos consultivos y expertos en educación y con las Comunidades Autónomas.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 30 de septiembre de 2024.

Reforma 3 (C21.R3) — Reforma integral del sistema universitario

La reforma se centra en una nueva ley sobre el sistema universitario destinada a emprender una reforma integra del sistema basada en cuatro objetivos clave:

a)Promover el acceso a la educación superior. Las becas se incrementarán atendiendo a las condiciones socioeconómicas, y se garantizará la igualdad de oportunidades mediante la mejora de las becas para estudiantes con discapacidad. Aunque el sistema de becas se reformó en 2020, seguirá desarrollándose en 2021 y 2022. También se reducirán las tasas de las universidades públicas, en particular mediante la fijación de límites máximos y la reducción de las grandes disparidades regionales.

b)Adecuar la ordenación de las enseñanzas universitarias. Se adoptará un real decreto para reformar la organización de las enseñanzas universitarias y garantizar su calidad y pertinencia para el mercado laboral. A tal fin, se fomentará la cooperación entre la universidad y la empresa en la enseñanza superior mediante la regulación de los grados y másteres con mención dual, que comportan programas de formación en empresas bajo la supervisión de los centros universitarios. En consonancia con los objetivos del Espacio Europeo de Educación, se garantizará el reconocimiento automático de los títulos. También se reforzarán los procesos de verificación, seguimiento y acreditación de la enseñanza semipresencial o no presencial, combinando la garantía de calidad de la oferta de educación universitaria con la reducción de la burocracia en los procedimientos correspondientes. También se fomentará la enseñanza innovadora.

c)Garantizar la buena gobernanza de las instituciones universitarias y fomentar la investigación, la transferencia y la movilidad del personal docente e investigador. El objetivo será garantizar la eficacia, la eficiencia y la autonomía universitaria en la gestión ordinaria de las universidades, aumentar la participación de las partes interesadas en la gobernanza y fomentar la transparencia y la rendición de cuentas. También se garantizará que las universidades cuenten con un profesorado altamente cualificado, que la carrera docente tenga mayor previsibilidad y que se refuerce el vínculo entre docencia e investigación.

d)Garantizar la calidad de las instituciones universitarias. Se adoptará un real decreto por el que se establezcan los criterios de calidad académica para la creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros adscritos, incluidas las universidades a distancia y semipresenciales. El objetivo perseguido es que las universidades dispongan de una oferta académica formativa mínima, garantizando al mismo tiempo la posibilidad de especialización; dispongan de un número mínimo de estudiantes universitarios; dediquen un 5 % de su presupuesto, como mínimo, a financiar programas de investigación; y dispongan de sistemas internos de aseguramiento de la calidad.

Para ello, la reforma tendrá en cuenta las recomendaciones de la Conferencia de Rectores Universitarios de España (CRUE). Contribuirá a mejorar la adecuación de la enseñanza superior al mercado laboral, en particular promoviendo la cooperación con las empresas e introduciendo modelos de financiación basados en resultados en las universidades públicas.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 30 de junio de 2023.

Inversión 1 (C21.I1) - Creación de plazas del Primer Ciclo de Educación Infantil de titularidad pública (prioritariamente de 1 y 2 años). 

En el marco de esta medida, España invertirá en la construcción de nuevas instalaciones de educación y cuidado de la primera infancia, la rehabilitación y renovación de edificios ya existentes y el equipamiento para la creación de al menos 60 000 nuevas plazas de titularidad pública para la educación y el cuidado infantil destinadas a niños y niñas menores de 3 años. La atención se centra en proporcionar plazas públicas asequibles para los niños y niñas que residan en zonas con mayor riesgo de pobreza o exclusión social y en zonas rurales, especialmente los de edades comprendidas entre 1 y 2 años. Los edificios serán propiedad de las Administraciones autonómicas o locales, o del Ministerio de Educación y Formación Profesional en el caso de Ceuta y Melilla.

También se espera que la inversión cubra los gastos de funcionamiento, incluidos los salarios de los profesores, durante el despliegue de la inversión para incentivar a las Administraciones Autonómicas y Locales a la creación de hasta 40 000 nuevas plazas escolares. España garantizará que la acción sea sostenible desde el punto de vista presupuestario una vez finalizado el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en particular recurriendo a otras fuentes de financiación de la UE.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2024.

Inversión 2 (C21.I2): Programa de Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa #PROA+)

Con el fin de proporcionar apoyo y orientación al alumnado en situación de vulnerabilidad educativa y de reducir las tasas de abandono escolar y de abandono escolar temprano, España invertirá en la ampliación del actual programa de orientación, progreso y enriquecimiento educativo (PROA +).

El programa se centra en actividades que garantizan unas condiciones mínimas de educabilidad de los estudiantes en su conjunto, introducen medidas de refuerzo para aquellos que tienen más dificultades de aprendizaje, principalmente en competencias básicas, buscan nuevas formas de organización y gestión en el centro educativo y ofrecen apoyo y formación adicionales a los profesores. Estas actividades deben tener por objeto incrementar el éxito de todo el alumnado en esos centros educativos.

El programa se dirigirá específicamente a los centros que registran una complejidad educativa especial, también en las zonas rurales, con un porcentaje significativo de estudiantes vulnerables que presentan dificultades de aprendizaje en las aulas ordinarias. La selección de los centros correrá a cargo de las Administraciones educativas. Los centros destinatarios están situados, sobre todo, en zonas en las que el alumnado y su familia tienen un bajo nivel socioeconómico y educativo. En total, 2 700 centros, como mínimo, obtendrán apoyo.

La inversión se llevará a cabo en cooperación con las Comunidades Autónomas en el marco de la Conferencia Sectorial de Educación, y la distribución territorial de los fondos se basará en criterios específicos acordados para reflejar las necesidades existentes y contribuir a reducir las disparidades regionales.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2024.

Inversión 3 (C21.I3) - Creación de Unidades de Acompañamiento y Orientación Personal y Familiar del alumnado educativamente vulnerable 

España invertirá en la creación de al menos 1 000 unidades de apoyo, orientación y servicios psicoeducativos para el alumnado vulnerable en los distritos escolares. Con ello se ayudará a los estudiantes y a sus familias a superar los obstáculos educativos, de modo que se reduzca el absentismo y el abandono escolar temprano. Se apoyará la cooperación entre los diferentes marcos de aprendizaje (tanto formales como no formales) para intensificar el desarrollo de capacidades interpersonales, comunicativas y cognitivas esenciales. La inversión se llevará a cabo a través de la cooperación territorial con las Comunidades Autónomas en el marco de la Conferencia Sectorial Educativa, que establecerán los criterios para la distribución territorial de los fondos.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2024.

Inversión 4 (C21.I4) - Formación y capacitación del personal docente e investigador universitario 

Esta medida incluye inversiones en subvenciones a universidades públicas, con el objetivo de fomentar la recualificación del sistema universitario español y promover el desarrollo profesional de su personal docente, así como de brindar oportunidades a los jóvenes doctores para integrarse en el sistema de enseñanza superior en el futuro. Las ayudas financiarán estancias de investigación postdoctoral en universidades y centros de investigación extranjeros de prestigio, así como en universidades españolas y en otros agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. Se espera que las ayudas contribuyan a la atracción de talento internacional y reviertan la baja tasa de internacionalización en las universidades españolas.

Las ayudas se concederán en el marco de tres programas diferentes, aplicando criterios específicos en función del grupo destinatario, centrándose en: i) la formación de jóvenes doctores; ii) ayudas para el profesorado universitario - profesorado permanente y de la categoría «ayudante doctor» con posibilidad de nombramiento como titular; y iii) ayudas destinadas a atraer el talento internacional, mediante la financiación de la formación postdoctoral impartida por universidades españolas de prestigio y otros agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. Los programas tendrán una duración de entre uno y tres años, dependiendo del programa y del grupo destinatario.

Todas las subvenciones se ejecutarán en el período 2021-23, y beneficiarán a 2 600 candidatos, como mínimo. Cada universidad recibirá directamente una asignación presupuestaria a través del Ministerio de Universidades basada en criterios objetivos, como por ejemplo, el número de docentes e investigadores, y el número de tesis doctorales leídas. Sobre la base de las solicitudes, los candidatos serán evaluados por un panel de expertos de prestigio internacional designado por cada universidad, que incluirá un mínimo de tres miembros, de los cuales, la mayoría de ellos ajenos a la universidad de que se trate.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 5 (C21.I5) - Mejora de infraestructuras, el equipamiento, las tecnologías, la docencia y la evaluación digitales universitarios 

Esta inversión incluye una serie de medidas destinadas a mejorar las capacidades y competencias tecnológicas y digitales de las universidades. Entre ellas cabe citar la inversión en recursos e infraestructuras pedagógicos digitales, como redes de servidores de almacenamiento de datos en nube, la ciberseguridad y la incorporación de tecnologías en las aulas para facilitar los cursos en línea; así como las inversiones en formación digital para el personal académico y el estudiantado.

Las acciones de inversión mejorarán el desarrollo tecnológico y los recursos digitales en apoyo de los servicios de enseñanza digital. Se prestará apoyo a las infraestructuras centralizadas y a los servicios TIC, poniendo el énfasis en las redes de fibra óptica y en un despliegue eficiente de servicios de TIC, basado en las economías de escala y en la interoperabilidad. Entre los objetivos clave cabe citar el de que la inversión se destine a reducir la brecha digital entre el personal académico y el estudiantado con el fin de mejorar los servicios y equipos para la enseñanza a distancia. Otros objetivos incluyen la inversión en el fomento de proyectos de innovación digital interuniversitarios que puedan ampliarse y reproducirse a mayor escala, y el apoyo a la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) para potenciar las oportunidades de educación superior en las zonas despobladas.

El objetivo será supervisar y difundir, a través del sitio web del Ministerio de Universidades, la evolución del «Índice de Digitalización de las Universidades», a fin de que en 2023 ese índice se haya incrementado en un 10 %, como mínimo, respecto del sistema universitario en su conjunto, frente al índice de 2019. Este índice deberá tener en cuenta distintos parámetros, en particular, la gestión (como por ejemplo, el número de aulas habilitadas para la enseñanza digital, el número de profesores que utilizan sistemas digitales, el número de procedimientos en línea y el nivel de conectividad en campus, etc.); la innovación (como por ejemplo, los acuerdos digitales interuniversitarios, las acciones de análisis del aprendizaje, los repositorios multimedia, las competencias digitales en el personal docente, los itinerarios personalizados, etc.); y la gobernanza (como por ejemplo, un plan de transformación digital, las carteras de proyectos de digitalización, los planes de formación en competencias digitales, etc.) . 

Las universidades facilitarán anualmente información de seguimiento mediante la certificación de su área de control interno.

La implementación de la medida estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2023.

U.2    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes del cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito/Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Base de referencia

Meta

Trimestre

Año

303

C21.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley Orgánica de Educación

Disposición de la Ley Orgánica por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T1

2021

El objetivo de la Ley Orgánica de Educación (LOMLOE) es establecer un sistema jurídico renovado que, en virtud de los principios de calidad, equidad e inclusión, aumente las oportunidades educativas y formativas de los estudiantes y contribuya a la mejora de los resultados educativos.

304

C21.R2

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto sobre los requisitos mínimos de enseñanza en el sistema educativo

Disposición del Real Decreto por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T1

2022

El Real Decreto sobre los requisitos mínimos de enseñanza para la enseñanza primaria, la enseñanza secundaria obligatoria y el bachillerato incluirá la introducción de directrices metodológicas para la enseñanza y el aprendizaje con arreglo a un currículo basado en las competencias, que incorpore las «aptitudes interpersonales». un marco de evaluación para la adquisición de competencias; el diseño de un modelo curricular más flexible y abierto que promueva un aprendizaje profundo; y la preparación del material didáctico, el apoyo, la orientación y la formación de los profesores para garantizar que puedan aplicar eficazmente el nuevo currículo.

305

C21.R2

Hito

Materiales para orientar y apoyar a los profesores en la aplicación del nuevo currículo y formación de profesionales

Certificados de materiales publicados y formación impartida

 

 

 

T3

2024

Finalización de la preparación de la guía de apoyo y del material didáctico. Todo el material se publicará en línea para su utilización por la totalidad de los docentes. Al menos 4 000 docentes completarán la formación para la aplicación del nuevo currículo. Al menos 100 expertos externos participarán en la elaboración del currículo de los ámbitos y temas de las distintas etapas educativas y de los marcos de evaluación, que servirán de base para la elaboración de los reales decretos relativos al nuevo currículo y al marco común de evaluación.

306

C21.R3

Hito

Entrada en vigor de los Reales Decretos relativos a la organización de las universidades

Disposición de los Reales Decretos por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T3

2021

Los dos Reales Decretos relativos a la organización de las universidades son los siguientes: - Real Decreto por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y el procedimiento de aseguramiento de su calidad - Real Decreto del régimen de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros adscritos

307

C21.R3

Hito

Entrada en vigor de la Ley Orgánica del Sistema Universitario

Disposición de la Ley Orgánica por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T2

2023

La nueva Ley Orgánica tiene por objeto promover el acceso a la enseñanza superior, adaptar la organización de los cursos universitarios, garantizar la buena gobernanza de las instituciones universitarias y fomentar la investigación, la transferencia y la movilidad del personal docente e investigador. La reforma mejorará la adecuación de la enseñanza superior al mercado laboral, incluido el fomento de la cooperación con instituciones del sector privado y público-privado y la introducción de una financiación basada en los resultados de las universidades públicas.

308

C21.I1

Objetivo

Adjudicación de presupuesto para la promoción del primer ciclo de educación infantil

 

EUR

0

670 990 000

T4

2023

Adjudicación a las Entidades Autonómicas/Locales de un presupuesto de 670 990 000 EUR para la promoción del primer ciclo de educación infantil mediante la creación de nuevas plazas de titularidad pública.

309

C21.I1

Objetivo

Nuevas plazas para el primer ciclo de educación infantil

-

Número

0

60 000

T4

2024

Promoción del primer ciclo de educación infantil mediante la creación de nuevas plazas de titularidad pública (nueva construcción o reforma/rehabilitación y equipamiento en al menos 60 000 plazas en comparación con finales de 2020, y de estos gastos operativos hasta 40 000 plazas hasta 2024).

310

C21.I2

Objetivo

Apoyo a las escuelas en el marco del programa PROA +

-

Número

0

2 700

T4

2024

Apoyo a través del programa PROA + de al menos 2 700 centros escolares en todo el país, en consonancia con los requisitos del programa

311

C21.I3

Objetivo

Unidades de acompañamiento y orientación para estudiantes vulnerables

-

Número

0

1 000

T4

2024

Al menos 1 000 unidades de acompañamiento y orientación para estudiantes vulnerables estarán operativas en todo el país.

312

C21.I4

Objetivo

Becas y subvenciones para estudiantes de postdoctorado, profesores ayudantes e investigadores

-

Número

0

2 600

T4

2023

Concesión de becas y subvenciones para estudiantes de postdoctorado, profesorado auxiliar e investigadores a un mínimo de 2 600 candidatos. Entre los objetivos de estas becas figura el fomento del desarrollo profesional del personal docente, que podría ser integrado en el sistema en el futuro. Las ayudas financiarán estancias de investigación en universidades y centros de investigación extranjeros de prestigio, así como en universidades españolas y en otros agentes públicos. A tal fin, las subvenciones contribuirán a atraer el talento internacional. Las subvenciones se concederán en el marco de tres programas diferentes, aplicando criterios específicos en función del objetivo y del grupo destinatario, y tendrán una duración de entre uno y tres años en función del programa y del grupo destinatario.

313

C21.I5

Hito

Aumento del «Índice de Digitalización de las Universidades»

Publicación del índice en el sitio web del Ministerio de Universidades

 

 

 

T4

2023

Consecución de un aumento del «Índice de digitalización de las Universidades» de al menos un 10 % desde 2019 respecto del sistema universitario en su conjunto, y que abarque diferentes parámetros de madurez: Gestión, Innovación y Gobernanza. Los proyectos subvencionables deberán haberse iniciado a partir de febrero de 2020. El «Índice de Digitalización de las Universidades» es una versión abreviada del «Modelo de madurez digital para universidades» (MD4U), un marco de indicadores utilizado por el sector informático de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas para su encuesta anual con objeto de caracterizar el nivel de digitalización de las universidades españolas en los ámbitos de la gestión, la innovación y la gobernanza. El «Índice de Digitalización de las Universidades» es un «panel de control» para supervisar la evolución del nivel digital de las universidades. El valor de referencia para el impacto del programa son los valores del nivel de digitalización del sistema universitario en 2019. Fecha del valor de referencia: 31de diciembre de 2019.

V. COMPONENTE 22: Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión

El principal objetivo de este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español es modernizar y reforzar los servicios sociales y las políticas de inclusión social. Se estructura especialmente en torno al modelo de cuidados de larga duración, con el objetivo de responder a la creciente demanda de diferentes servicios de cuidados de larga duración debido al envejecimiento de la población, y de promover la innovación y un modelo de atención centrado en las personas y en una estrategia de desinstitucionalización.

En el ámbito de otros servicios sociales y de la inclusión social, los objetivos incluyen la modernización y el refuerzo de los servicios sociales, promoviendo la innovación y las nuevas tecnologías para garantizar la prestación en todo el territorio, determinar mejor las necesidades y mejorar su calidad. En el ámbito del apoyo a las familias, las acciones tienen por objeto mejorar la protección jurídica y el apoyo material (en efectivo y en especie) a las familias, con el fin de reducir la pobreza infantil. Otro objetivo del componente es modernizar otras prestaciones sociales no contributivas para mejorar sus funciones de protección y activación. Se prevén acciones específicas con el objetivo de apoyar a las víctimas de la violencia machista, promover la accesibilidad a los servicios públicos y mejorar la capacidad del sistema de acogida de solicitantes de protección internacional. 

El componente contribuye a dar respuesta a las recomendaciones específicas por país relacionadas con garantizar que los servicios sociales y de empleo sean capaces de proporcionar un apoyo efectivo (recomendación específica por país 2 de 2019); mejorar el apoyo a las familias (recomendación específica por país 2 de 2019); reducir la fragmentación del sistema nacional de asistencia al desempleo y subsanar las carencias en la cobertura de los regímenes autonómicos de renta mínima (recomendación específica por país 2 2019); y mejorar la cobertura y la adecuación de los regímenes de renta mínima y de apoyo a la familia (recomendación específica por país 2 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

V.1.    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C22.R1) - Reforzar la atención a la dependencia y promover el cambio de modelo de apoyos y cuidados de larga duración

La reforma tiene por objeto un modelo de apoyos centrado en las personas y basado en los derechos. Se espera mejorar el Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia (SAAD) introduciendo reformas que simplifiquen los procedimientos administrativos, agilicen la tramitación de las solicitudes y reduzcan las listas de espera para las personas dependientes que no reciben los servicios a los que tienen derecho, así como reduciendo las diferencias en todo el territorio. También pretende reforzar la calidad de los servicios profesionales, mejorar las condiciones laborales y aumentar la cobertura de los diferentes tipos de prestaciones económicas. A medio plazo, la reforma se centra en la aplicación de una estrategia nacional de desinstitucionalización, un modelo orientado a la asistencia comunitaria que responda a las necesidades y preferencias de las personas que necesitan apoyo, garantizando al mismo tiempo la rentabilidad y apoyando a las familias que se ocupan de los cuidados.

La base de la reforma de los cuidados de larga duración se basará en una evaluación del SAAD en el transcurso de 2021 para comprender en profundidad los avances del proceso de reforma de estos cuidados iniciado en 2020 y sus repercusiones. Las conclusiones de esta evaluación se presentarán al Consejo Territorial en el primer semestre de 2022.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2022.

Reforma 2 (C22.R2) - Modernizar los servicios sociales públicos y dotarlos de un nuevo marco normativo

La reforma tiene por objeto reforzar el sistema público de servicios sociales mediante la aprobación de legislación que garantice una cartera de servicios mínima común y estándares comunes para su prestación en todo el territorio, garantizando la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de sus derechos, como se establece en el artículo 149, apartado 1, de la Constitución Española. Con este fin, contribuirá a reducir las disparidades y desigualdades por lo que respecta al tipo, el nivel y la calidad de los servicios prestados. El marco normativo se consensuará con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales y abarcará también la organización del sistema público y su coordinación interna y con otros sistemas de protección social (educación, sanidad, justicia, vivienda y urbanismo, empleo, etc.); la participación de la iniciativa social en la prestación de los servicios sociales; el régimen competencial y de financiación. Además, su objetivo es impulsar la innovación, mejorar la capacitación de los profesionales de los servicios sociales e implantar un nuevo sistema de información sobre los servicios sociales.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2023.

Reforma 3 (C22.R3) - Aprobar una nueva ley de protección de las familias y de reconocimiento de su diversidad

Se aprobará una nueva ley de protección de las familias y reconocimiento de su diversidad, con el fin de responder a las transformaciones demográficas y sociales que se han producido en las últimas décadas. El objetivo de esta nueva ley será proporcionar reconocimiento jurídico a los diversos tipos de estructuras familiares existentes y determinar las prestaciones y los servicios a los que tienen derecho según sus características y niveles de ingresos. A tal fin, las reformas comprenderán la sistematización, la actualización y la mejora del marco legal y de la acción protectora que la Administración General del Estado reconoce a las familias atendiendo a su diversidad, tanto en términos de protección social (prestaciones, servicios sociales) como jurídica (reformas en el Derecho Civil en relación con determinados colectivos: parejas no casadas, familias reconstituidas) y económica (fiscalidad, becas, etc.). Incluirá también una revisión de la Ley de Familias Numerosas. 

Un objetivo general de la reforma es reducir la pobreza infantil. Por lo tanto, se prestará especial atención a la reducción de las desigualdades proporcionando protección a las familias con necesidades especiales o en situaciones de vulnerabilidad, como las familias monoparentales, o aquellas en riesgo de pobreza o de exclusión social. Además, la ley establecerá principios y objetivos compartidos para garantizar la coherencia y la complementariedad con otras políticas públicas, incluida la fiscalidad, y mejorar la intensidad protectora en términos subjetivos.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2023.

Reforma 4 (C22.R4) - Reformar el sistema de acogida humanitaria y de solicitantes de protección internacional en España

Se reforzará el actual sistema de acogida de migrantes y solicitantes de protección internacional en España para mejorar su capacidad, adaptándolo a las necesidades actuales y estimadas de cara al futuro y contribuyendo a hacerlo más eficiente. La atención se centra, en particular, en reducir los prolongados tiempos de espera y las bajas tasas de reconocimiento de los solicitantes de protección internacional. Se espera que un sistema más sólido y que funcione mejor contribuya a facilitar la gestión de futuras crisis migratorias.

Las políticas de acogida se adaptarán a las necesidades de las personas vulnerables y los solicitantes de asilo, así como a los objetivos de integración de la UE, para hacer que todo el sistema sea más resiliente. Se establecerá también el nivel de las prestaciones para los servicios básicos destinados a los solicitantes que carezcan de recursos económicos y para los que presenten un perfil más vulnerable que requiera de mayor protección, con el fin de reducir la oferta de condiciones de acogida en forma de prestaciones económicas. Además, se adaptará el sistema que cubre los servicios e itinerarios de acompañamiento. Se abordará la organización del sistema de acogida desde un punto de vista territorial, con el fin de acelerar la asunción de competencias por parte de las Comunidades Autónomas, según lo establecido por la jurisprudencia, a través del desarrollo de un proyecto piloto con algunas de ellas. Por último, los parámetros de distribución territorial de los solicitantes en cooperación se acordarán con las Comunidades Autónomas.

Para garantizar la puesta en práctica, se utilizará un sistema de indicadores que incluirá elementos como la nacionalidad, el sexo, el origen étnico, la vulnerabilidad, las condiciones en el país de origen, etc., en una fórmula ponderada que permitirá calcular de manera objetiva la probabilidad de que se conceda la protección. Mientras se tramitan las solicitudes, el resultado de la fórmula permitirá a las autoridades responsables de la acogida dirigir a los solicitantes hacia la vía de acogida básica o reforzada. Esto se aplicará también a las prestaciones correspondientes. De este modo se podrán aplicar las condiciones básicas de acogida a todos los solicitantes de asilo y unas condiciones de acogida reforzadas a aquellos con una alta probabilidad de reconocimiento.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de marzo de 2022.

Reforma 5 (C22.R5) - Mejorar el sistema de prestaciones económicas no contributivas de la Administración General del Estado

Esta reforma incluye la aprobación del nuevo régimen de ingreso mínimo vital (IMV) en mayo de 2020, el establecimiento de un único sistema nacional de prestaciones económicas no contributivas y un nivel mínimo de prestaciones económicas no contributivas para los hogares más vulnerables.

Tomando el régimen del IMV como punto de partida, se adoptará un plan para reorganizar y simplificar el sistema de prestaciones económicas no contributivas de la Administración General del Estado. El plan tiene por objeto integrar y racionalizar las prestaciones no contributivas sobre la base del régimen del IMV, con el fin de mejorar la eficacia y la eficiencia de los recursos públicos y centrarlos en las personas vulnerables y en riesgo de pobreza o de exclusión social. La atención se centrará en garantizar una cobertura adecuada en función de las circunstancias que den lugar a la vulnerabilidad y un apoyo a la renta adecuado, contribuyendo así a reducir la pobreza. Para ello se tendrán en cuenta las necesidades estructurales de los hogares, en particular de las familias con hijos y de las personas con discapacidad. La ayuda a la renta se vinculará también a la búsqueda activa de empleo, con el fin de fomentar la integración socioeconómica y evitar la «trampa de la pobreza».

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 1 (C22.I1): Plan de apoyos y cuidados de larga duración: desinstitucionalización, equipamientos y tecnología 

En consonancia con la reforma 1 del presente componente, España invertirá en seis ámbitos de actuación.

I.En un plan de apoyos de larga duración que analiza la situación actual de las políticas asistenciales y trata de determinar las necesidades de mejora y formular propuestas para la reforma de la actual Ley de Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. También evaluará la situación y los proyectos en curso en los distintos territorios;

II.una Estrategia Nacional de Desinstitucionalización, incluida la realización de campañas de sensibilización y difusión;

III.cuatro proyectos piloto destinados a impulsar la desinstitucionalización y extraer enseñanzas para la transformación de los apoyos y cuidados de larga duración, incluidos los destinados a las personas con discapacidad intelectual; 

IV.construcción y renovación de centros residenciales, no residenciales y centros de día e inversión en su equipamiento para mejorar la calidad de los servicios asistenciales. Estos proyectos de inversión serán ejecutados por las Comunidades Autónomas con arreglo a la evaluación de las necesidades territoriales; y garantizando que las plazas residenciales nuevas y renovadas se ajusten a lo dispuesto en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad;

V.reforma de centros de día integrados en la comunidad, también en las zonas rurales, gestionados por el Imserso (Instituto de Mayores y Servicios Sociales, dependiente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030). Se reformarán y adaptarán al nuevo modelo de cuidados de larga duración centrado en las personas con discapacidad física once centros, correspondientes a 1 209 plazas. Se dedicarán también inversiones a proyectos innovadores en los mismos centros; y

VI.se invertirá en nuevas tecnologías para favorecer la teleasistencia con el fin de promover la autonomía personal, la prestación de cuidados y un entorno asistencial inclusivo. Al menos el 90 % de las personas incluidas en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) tendrá a su disposición una lista mínima de servicios de teleasistencia a domicilio como resultado de esta inversión. Esto incluye la prestación de servicios a través de la línea telefónica y con equipos de comunicación e informáticos específicos situados en un centro asistencial y en los hogares de los usuarios.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 2 (C22.I2): Plan de Modernización de los Servicios Sociales: Transformación tecnológica, innovación, formación y refuerzo de la atención a la infancia 

En consonancia con la reforma 2 del presente componente, España invertirá en cinco ámbitos de actuación.

I.Nuevas tecnologías para mejorar tanto la eficacia de los servicios sociales (menores tiempos de espera) como su calidad (mejores resultados de las intervenciones sociales), en concreto promoviendo la atención integrada.

II.Herramientas tecnológicas para mejorar los sistemas de información y la gestión de los servicios sociales, incluida una plataforma en línea para centralizar la información de que disponen las Administraciones nacional y autonómicas. Esto incluye específicamente la plena implantación del Sistema de Información Estatal de Servicios Sociales (SIESS). Se espera que este nuevo sistema de información permita también la interoperabilidad con otros sistemas (empleo, salud y tercer sector). Incluye también una herramienta en línea para analizar los proyectos desarrollados por entidades del tercer sector, para gestionar los diversos programas presupuestarios relacionados con los servicios sociales y la atención a la familia, la infancia y determinados colectivos vulnerables, así como una plataforma en línea para centralizar la información sobre la asistencia disponible en la Administración General del Estado y en las Comunidades Autónomas.

III.Proyectos piloto para promover la innovación en el marco de los servicios sociales.

IV.Formación del personal del sistema público de servicios sociales que participe en la aplicación y el apoyo del nuevo modelo de cuidados de larga duración.

V.Mejora de las infraestructuras residenciales y otros aspectos de los centros de atención a la infancia y la adolescencia, teniendo más en cuenta las necesidades emocionales, personales, educativas y profesionales.

La mayor parte de la inversión consistirá en proyectos ejecutados por los gobiernos autonómicos para la transformación tecnológica de los servicios sociales y para la modernización de las infraestructuras y los servicios asociados a la protección residencial y a las familias de acogida.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 3 (C22.I3): Plan España País Accesible

España invertirá en mejorar la accesibilidad de las personas con discapacidad a los servicios públicos, centrándose en mejorar la accesibilidad cognitiva en la comunicación con la Administración Pública (incluidos los sitios web) y el acceso físico a los edificios y espacios públicos; adecuación de los espacios físicos dedicados a servicios sanitarios; accesibilidad en los centros educativos; y adaptación del transporte público, incluida la accesibilidad entre zonas urbanas y rurales. Se proporcionará ayuda económica a los municipios para la realización de obras y la adquisición de equipamientos, dando prioridad al entorno rural. También se invertirá en campañas de comunicación y sensibilización, así como en proyectos de investigación de I+D+i en el ámbito de la accesibilidad cognitiva.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de marzo de 2023.

Inversión 4 (C22.I4): Plan España te protege contra la violencia machista 

España invertirá en servicios de atención telefónica y telemática para apoyar a las víctimas de la violencia contra las mujeres, incluidas las víctimas de trata y explotación sexual. Incluye centros de asistencia urgente durante las veinticuatro horas en todas las provincias, incluidas las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, que tienen en cuenta las dificultades relacionadas con la preservación del anonimato y los aspectos demográficos. La creación de estos centros forma parte del compromiso de España con el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica, ratificado por España en 2014. La inversión proporcionará también diversos tipos de servicios, incluidos el asesoramiento jurídico, el apoyo psicológico y emocional y ayuda para la integración en el mercado laboral. La teleasistencia incluye también la protección de las víctimas, incluidos dispositivos de control de las medidas de alejamiento.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 5 (C22.I5): Incremento de la capacidad y eficiencia del sistema de acogida de solicitantes de asilo 

España invertirá en el incremento de la capacidad del sistema de acogida aumentando la participación directa del Estado en los recursos de la red de acogida. Esto contribuirá a garantizar una mayor estabilidad de los servicios de alojamiento y acogida prestados. La inversión incluye una evaluación de las necesidades del sistema durante los próximos tres años, el apoyo a la rehabilitación y la renovación de centros existentes y procedimientos administrativos para la adquisición y construcción de nuevos edificios y la posible renovación de los ya existentes, garantizando la eficiencia energética. Sobre la base de una evaluación de buenas prácticas, España articulará también la gestión de centros de acogida por terceros. Por último, la inversión cubrirá la digitalización de los centros y el desarrollo de una nueva arquitectura digital para mejorar su gestión y facilitar la asignación de plazas a los solicitantes entre las Comunidades Autónomas.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2024.

V.2.    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes que figuran en el cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito / Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

314

C22.R1

Hito

Aprobación por el Consejo Territorial de la evaluación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).

Publicación de la evaluación

 

 

 

T2

2022

La evaluación se realizará en el transcurso de 2021 para adquirir un conocimiento detallado de los avances del proceso de reforma de los cuidados de larga duración iniciado en 2020 y de sus repercusiones. Las conclusiones de esta evaluación se presentarán al Consejo Territorial en el primer semestre de 2022.

315

C22.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Servicios Sociales y de la normativa ministerial correspondiente

Disposición de la legislación y la normativa ministerial por la que se establece su entrada en vigor 

 

 

 

T2

2023

La aprobación de la Ley de Servicios Sociales irá seguida de la aprobación de la normativa ministerial que sea necesaria. Los objetivos de la Ley son mejorar el actual sistema de prestaciones y regular las condiciones básicas de prestación de los servicios sociales en España.

316

C22.R3

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Diversidad Familiar

Disposición legal que indica la entrada en vigor de la Ley

 

 

 

T2

2023

La Ley de Diversidad Familiar tiene como objetivos i) el reconocimiento jurídico de los diversos tipos de estructuras familiares existentes; ii) la determinación de las prestaciones y los servicios a los que tienen derecho según sus características y niveles de ingresos; y iii) la reducción de la pobreza infantil teniendo en cuenta los resultados de una evaluación del impacto redistributivo.

317

C22.R4

Hito

Entrada en vigor de la reforma legislativa del sistema de acogida de migrantes y solicitantes de protección internacional en España

Disposición de la Orden por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T1

2022

Mediante orden ministerial del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se reformará el sistema de acogida de migrantes y solicitantes de protección internacional en España. Los objetivos de la reforma son desarrollar nuevos procedimientos de acogida para todos los centros de la red de acogida y reconocer unas condiciones de acogida básicas para todos los solicitantes de asilo y unas condiciones de acogida reforzadas para aquellos con una alta probabilidad de reconocimiento.

318

C22.R5

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital

Disposición legal que indica la entrada en vigor de la Ley

 

 

 

T2

2020

Entrada en vigor del ingreso mínimo vital (Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo).

319

C22.R5

Hito

Publicación del Plan para la reordenación y simplificación del sistema de prestaciones económicas no contributivas de la Administración General del Estado.

Publicación del Plan en el Boletín Oficial del Estado.

 

 

 

T3

2022

Adopción de un Plan para la reordenación y simplificación del sistema de prestaciones económicas no contributivas de la Administración General del Estado (publicación en el Boletín Oficial del Estado). El objetivo del Plan será integrar las prestaciones no contributivas en torno a un instrumento de cobertura de los ingresos, con el fin de mejorar la eficacia y la eficiencia de los recursos públicos y centrarlos en las personas vulnerables y en riesgo de exclusión social. Este plan se centrará en cubrir adecuadamente las diversas circunstancias que llevan a las personas a una situación de vulnerabilidad y en garantizar un apoyo a la renta adecuado. A tal fin, tendrá en cuenta, por una parte, necesidades estructurales como las de los hogares con hijos y las personas con discapacidad y, por otra, vinculará el apoyo a la renta con la búsqueda activa de empleo para favorecer la inclusión y evitar la «trampa de la pobreza». El Plan considerará todas las prestaciones no contributivas existentes para ir integrándolas gradualmente en un único sistema nacional que garantice la plena realización de sus objetivos.

320

C22.R5

Hito

Entrada en vigor de legislación para reorganizar y simplificar el sistema de prestaciones económicas no contributivas

Disposición legal que indica la entrada en vigor de la Ley

 

 

 

T4

2023

La reforma reorganizará y simplificará el sistema de prestaciones económicas no contributivas. El objetivo de la reforma es incluir en el instrumento de cobertura constituido en torno al régimen de ingreso mínimo (IMV) las principales prestaciones no contributivas proporcionadas por la Administración General del Estado, para reorganizar y simplificar el sistema de prestaciones económicas no contributivas en consonancia con los objetivos del Plan para la reordenación y simplificación del sistema de prestaciones económicas no contributivas de la Administración General del Estado.

321

C22.I1

Objetivo

Proyectos ejecutados por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030

 

Número

0

4

T2

2023

Realización de cuatro proyectos piloto sobre desinstitucionalización de los cuidados, uno de ellos centrado en el apoyo y la atención a las personas con discapacidad intelectual, y reforma de centros correspondientes como mínimo a 1 100 plazas del Imserso.

322

C22.I1

Objetivo

Servicios de teleasistencia a domicilio en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD)

 

%

26

90

T4

2023

Que al menos el 90 % de las personas acogidas al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) se beneficien de una lista mínima de servicios de teleasistencia a domicilio, en particular a través de líneas telefónicas y mediante equipos específicos de comunicaciones e informáticos ubicados en un centro asistencial y en los hogares de los usuarios. Fecha del valor de referencia: 31 de marzo de 2020.

323

C22.I1

Objetivo

Plazas residenciales, no residenciales y en centros de día.

 

Número

 

22 360

T4

2023

Renovación o construcción de centros residenciales, no residenciales y de día para adaptar 22 360 plazas al nuevo modelo de cuidados de larga duración

324

C22.I2

Hito

Implementación de herramientas tecnológicas específicas para la mejora de los sistemas de información y gestión de los servicios sociales.

Evaluación externa de todas las fases y de los resultados finales del proyecto.

 

 

 

T3

2023

El desarrollo y la implementación de herramientas tecnológicas específicas para la mejora de los sistemas de información y gestión de los servicios sociales abarcarán: i) el Sistema de Información Estatal de Servicios Sociales (SIESS); ii) una herramienta telemática de análisis de proyectos desarrollados por las entidades
del tercer sector; iii) herramientas informáticas de gestión de diversos programas presupuestarios relacionados con los servicios sociales y la atención a la familia y la infancia y determinados colectivos vulnerables; y iv) una plataforma en línea para centralizar la información en materia de cuidados disponible en el país.

325

C22.I2

Hito

Ejecución de proyectos para la transformación tecnológica de los servicios sociales y para la modernización de las infraestructuras y los servicios asociados a la protección residencial y las familias de acogida.

Control de los convenios firmados con cada una de las Comunidades Autónomas

 

 

 

T4

2023

Realización por los gobiernos autonómicos de la transformación tecnológica de los servicios sociales, que permita la interoperabilidad con otros sistemas que interactúen con estos servicios (empleo, sanidad, tercer sector), así como modernización de las infraestructuras y los servicios asociados a la protección residencial en los centros de atención a niños, niñas y adolescentes, entre otras cosas teniendo más en cuenta las necesidades de apoyo personalizado (incluidas las emocionales y las educativas y profesionales) y ofreciendo formación a las familias de acogida, por un presupuesto total ejecutado de al menos 450 000 000 EUR.

326

C22.I3

Objetivo

Proyectos de mejora de la accesibilidad

 

Número

0

277

T1

2023

Realización de al menos 277 proyectos por las Administraciones central y autonómicas para mejorar la accesibilidad y eliminar barreras.

327

C22.I4

Objetivo

Centros para las víctimas de violencia sexual.

 

Número

19

52

T4

2023

Al menos un centro de atención integral a las víctimas de violencia sexual operativo en cada provincia, así como uno en las ciudades autónomas españolas de Ceuta y Melilla, respectivamente. Fecha del valor de referencia: 1 de febrero de 2020.

328

C22.I5

Objetivo

Capacidad del sistema de acogida de migrantes y solicitantes de protección internacional

 

Número

400

6 100

T4

2024

Aumentar la capacidad de acogida del sistema de acogida de solicitantes de asilo solicitantes de protección internacional en los centros del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en al menos 5 700 plazas con respecto a 2019. Al menos 176 000 000 EUR se destinan a la construcción y la rehabilitación de edificios, garantizando la eficiencia energética. Fecha del valor de referencia: 31 de diciembre de 2019.

B. COMPONENTE 23: Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo

El componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español aborda importantes retos estructurales del mercado laboral español. Sus principales objetivos son reducir el desempleo estructural y el paro juvenil, reducir el uso generalizado de contratos temporales y corregir la dualidad del mercado laboral, aumentar la inversión en capital humano, modernizar los instrumentos de negociación colectiva y aumentar la eficacia y la eficiencia de las políticas activas de empleo.

El componente incluirá inversiones pertinentes, complementarias de las financiadas por los Fondos Estructurales (en particular, el Fondo Social Europeo), destinadas a maximizar la repercusión de las reformas en la creación de empleo de calidad, el aumento de la productividad y la reducción de las brechas sociales, territoriales y de género.

En conjunto, las medidas incluidas en el componente tienen por objeto abordar retos que afectan desde hace mucho tiempo al mercado laboral español y presentar un conjunto de reformas ambiciosas y coherentes, la mayoría de las cuales debe llevarse a cabo antes de que finalice 2021. Algunas de las reformas propuestas se están debatiendo actualmente con los interlocutores sociales a través de un proceso de diálogo social. Por lo tanto, algunos detalles se han dejado explícitamente abiertos con el fin de dejar margen suficiente para el acuerdo y la aprobación de los interlocutores sociales.

El componente responde a las recomendaciones específicas por país sobre la transición hacia los contratos indefinidos y sobre los incentivos a la contratación, sobre los servicios públicos de empleo, las políticas activas de empleo y el aprendizaje de adultos, y sobre la protección por desempleo, los regímenes de renta mínima y la preservación de los puestos de trabajo (recomendaciones específicas por país 2 de 2019 y 2 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

W.1.    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C23.R1) – Regulación del trabajo a distancia

Esta reforma establecerá un marco regulatorio para la realización de trabajo a distancia con el objetivo de mejorar la protección y la flexibilidad de los trabajadores, preservando al mismo tiempo la productividad empresarial. Consistirá en la aprobación de dos Reales Decretos-leyes:

·El Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, ofrecerá un marco regulatorio que favorece la implantación del trabajo a distancia en el sector privado, preservando al mismo tiempo la productividad empresarial y otorgando protección y flexibilidad a los trabajadores. Garantizará las mismas condiciones laborales a quienes trabajan a distancia y a quienes lo hacen de modo presencial, así como el carácter voluntario del teletrabajo, tanto para el trabajador como para el empleador. El marco establecido favorece formas mixtas de trabajo a distancia y en el centro de trabajo.

·El Real Decreto-ley 29/2020, de 29 de septiembre, de teletrabajo en las Administraciones Públicas establecerá un marco regulatorio específico para los empleados públicos que reconoce la posibilidad de prestar esta modalidad de trabajo con carácter voluntario, reversible y previa autorización.

Esta reforma está relacionada con la reforma 1 del componente 11 sobre las Administraciones Públicas.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2020.

Reforma 2 (C23.R2) – Medidas para eliminar la brecha de género

El objetivo de esta reforma es cerrar la brecha salarial entre hombres y mujeres. Constará de dos disposiciones legales:

·El Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, regulará la obligación de las empresas de elaborar y registrar planes de igualdad que garanticen la transparencia retributiva. Todas las empresas con más de 150 empleados están obligadas a presentar y registrar dichos planes, y en 2022 lo estarán también todas las empresas con más de 50 trabajadores. El Real Decreto establecerá el procedimiento para la negociación de los planes, los requisitos que debe cumplir el diagnóstico y las características de su evaluación y seguimiento.

·El Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, garantizará el principio de transparencia retributiva para identificar situaciones discriminatorias debidas a valoraciones incorrectas de los puestos de trabajo (es decir, retribución inferior por un trabajo de igual valor). En el Real Decreto se definirán las situaciones en las que un trabajo se considera de igual valor. Está en vigor desde abril de 2021, tras el período de seis meses concedido a los empleadores para establecer los mecanismos de aplicación necesarios.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2021.

Reforma 3 (C23.R3) – Regulación del trabajo de los repartidores a domicilio por parte de las plataformas digitales

El objetivo de la reforma es regular las condiciones de trabajo de los denominados riders, que realizan actividades de reparto a domicilio utilizando medios tecnológicos. Un Real Decreto-ley garantizará a estos trabajadores el derecho a un trato justo y equitativo por lo que respecta a sus condiciones de trabajo, así como el derecho a acceder a la protección social y a la formación, al establecer legalmente la presunción de laboralidad entre la empresa y el repartidor. Permitirá también que la representación legal de los trabajadores esté informada de las reglas en las que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en las condiciones de trabajo, incluidos el acceso al empleo y su mantenimiento y la elaboración de perfiles.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de septiembre de 2021.

Reforma 4 (C23.R4) – Simplificación de contratos: generalización del contrato indefinido, causalidad de la contratación temporal y adecuada regulación del contrato de formación

Esta reforma implica la modificación de la normativa sobre los contratos establecida en el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) con el objetivo de regular el uso de la contratación temporal con origen exclusivamente causal y generalizar los contratos indefinidos. La reforma incluirá los elementos siguientes:

·La simplificación y reordenación del menú de contratos, con tres tipos principales: estable, temporal y de formación/prácticas. El nuevo diseño de los tipos de contratos tiene por objeto limitar las causas válidas para la utilización de contratos temporales, haciendo que los contratos indefinidos sean la norma general.

·La revisión del uso del contrato de formación/prácticas, con el fin de proporcionar un marco adecuado para la inserción de los jóvenes en el mercado laboral.

·El refuerzo del uso del contrato fijo-discontinuo, que es un tipo especial de contrato estable utilizado para actividades estacionales.

·La reforma reforzará el control de la contratación a tiempo parcial a fin de evitar jornadas irregulares.

·El refuerzo de la lucha contra el fraude laboral, en particular mediante la actualización del sistema de sanciones.

Esta reforma está estrechamente relacionada con la reforma 1 del componente 11, que introducirá otros cambios legales en el Estatuto Básico del Empleado Público para reducir los contratos temporales en el sector público. Está relacionada también con la reforma 6 (mecanismo de flexibilidad y estabilidad) de este mismo componente.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2021.

Reforma 5 (C23.R5) – Modernización de políticas activas de empleo

El objetivo de esta reforma es modernizar la aplicación de las políticas activas de empleo en España, teniendo en cuenta las conclusiones de las evaluaciones del gasto realizadas por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF). La reforma constará de múltiples elementos, como el desarrollo de itinerarios individuales de asesoramiento, la prevención de los abusos en la formación en el trabajo (por ejemplo, a través de períodos de prácticas y contratos de formación), el refuerzo del sistema de aprendizaje de adultos y del reconocimiento de competencias, la creación de una ventanilla única para los jóvenes, la mejora de la coordinación entre los servicios sociales y de empleo y con las Comunidades Autónomas, y la mejora de la cooperación con el sector privado.

Esta reforma se complementará con otras dos reformas del presente componente, a saber, la reforma 7 (incentivos a la contratación) y la reforma 11 (digitalización del servicio público de empleo). Algunos elementos de la reforma (como el refuerzo del programa de recualificación y apoyo dirigido a los trabajadores mayores) presentan sinergias con la reforma 2 del componente 30 (alineación de la edad efectiva de jubilación con la edad legal de jubilación).

La reforma incluirá una serie de medidas legislativas en 2021 y 2022:

a)El Plan de Acción 2021-2027 combatirá el desempleo juvenil con ocasión de la aplicación de la Garantía Juvenil Plus de la UE. El Plan de Acción incluirá una revisión de los contratos en prácticas y para la formación y la aprobación de un Estatuto del Becario. Estas medidas deberán ser coherentes con las políticas educativas encaminadas a combatir el abandono escolar prematuro (según lo expuesto en el componente 21). La implementación de este elemento de la medida estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2021.

b)Estrategia Española de Activación para el Empleo 2021-2024, tras un proceso de diálogo social. Los principales objetivos de la nueva Estrategia serán los siguientes:

·Enfoque centrado en las personas y en las empresas: se espera que el diseño de las políticas activas de empleo se centre en las circunstancias específicas de cada persona y cada empresa.

·Coherencia con la transformación productiva: las políticas activas de empleo deben permitir transiciones profesionales que acompañen el cambio de modelo productivo hacia una economía verde y digital.

·Orientación a los resultados: se espera que las políticas activas de empleo se evalúen supervisando y fomentando la consecución de resultados.

·Mejora de las capacidades del Servicio Público de Empleo mediante su digitalización y modernización.

·Gobernanza y cohesión del Sistema Nacional de Empleo para mejorar la coordinación a nivel nacional y regional y con las partes interesadas que participan en las políticas activas de empleo.

La implementación de este elemento de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2021.

c)Reforma de la Ley de Empleo, con los siguientes objetivos: i) potenciar los instrumentos de actuación y de coordinación del Sistema Nacional de Empleo; ii) reformar las políticas activas de empleo; iii) revisar la gobernanza del sistema; iv) reforzar la dimensión local de las políticas de empleo; y v) cumplir los requisitos para la aplicación de las distintas actuaciones previstas en el Plan Nacional de Políticas Activas de Empleo. En este contexto, los principales elementos de los cambios legislativos serán:

·Reforzar las políticas activas y pasivas de empleo teniendo en cuenta el reparto de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

·Reforzar el sistema de mediación y las asociaciones público-privadas.

·Cartera común de servicios del Sistema Nacional de Empleo.

·Revisión del modelo de financiación.

·Cooperación con los servicios sociales.

·Dimensión local y europea.

·Desarrollo tecnológico para la empleabilidad.

·Uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) y de los macrodatos (Big Data).

·Mejora de la empleabilidad.

La implementación de este elemento de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Reforma 6 (C23.R6) – Establecimiento de un mecanismo permanente de flexibilidad interna, estabilidad interna y recualificación de trabajadores en transición

El objetivo de esta reforma es establecer un régimen permanente de adaptación a las perturbaciones cíclicas y estructurales, cubriendo la suspensión o la reducción del tiempo de trabajo a través de un plan de regulación de empleo que incluya el requisito de mejora o reciclaje profesionales de los trabajadores de modo que adquieran las competencias para las que existe mayor demanda. El régimen se basará en la experiencia de los expedientes de regulación temporal de empleo (los denominados «ERTE») implantados durante la crisis de la COVID-19 para mantener los puestos de trabajo durante el confinamiento y otras restricciones de la actividad causadas por la pandemia.

La reforma constará de dos nuevos mecanismos de ajuste:

·Un mecanismo de estabilización económica que proporcionará flexibilidad interna a las empresas y estabilidad a los trabajadores frente a perturbaciones transitorias o cíclicas, prestando especial atención a la formación de los trabajadores.

·Un mecanismo que apoye la recualificación y la mejora de las capacidades de los trabajadores y las empresas en transición para ayudarles a hacer frente a las innovaciones tecnológicas o de la demanda y que facilite la movilidad voluntaria de los trabajadores dentro de las empresas y entre ellas.

La medida se implementará mediante la modificación del Estatuto de los Trabajadores. Incluirá la creación de un fondo tripartito que se financiará a través de las cotizaciones a la seguridad social de los empleadores y los trabajadores y será complementado por el Estado. Garantizará la sostenibilidad presupuestaria a medio y largo plazo teniendo en cuenta diferentes opciones e hipótesis. El funcionamiento concreto de este fondo se negociará con los interlocutores sociales.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2021.

Reforma 7 (C23.R7) – Revisión de las subvenciones y bonificaciones a la contratación laboral

El objetivo de la reforma es simplificar el sistema de incentivos a la contratación y aumentar su eficacia mediante una mejor orientación, teniendo en cuenta la revisión del gasto (spending review) llevada a cabo por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF). En particular, su objetivo es mejorar la empleabilidad de colectivos muy específicos
de baja empleabilidad, promoviendo puestos de trabajo de calidad y contratos indefinidos. Se reducirá el número de incentivos y se normalizarán los requisitos para las empresas beneficiarias. Se prevén un seguimiento y una evaluación continuos del sistema de incentivos a la contratación.

La reforma se llevará a cabo mediante la modificación de la Ley 43/2006. Está estrechamente relacionada con otras medidas de este componente, como la reforma 5 (modernización de las políticas activas de empleo) y la inversión 7 (itinerarios para los beneficiarios del ingreso mínimo vital).

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Reforma 8 (C23.R8) – Modernización de la negociación colectiva

Esta reforma tiene por objeto mejorar el funcionamiento de la negociación colectiva mediante la modificación de las disposiciones pertinentes del Estatuto de los Trabajadores (Título III del Real Decreto Legislativo 2/2015) tras un proceso de diálogo social. Por esta razón, en el Plan no se detallan exhaustivamente los cambios normativos previstos, que mejorarán las normas legales que regulan la negociación colectiva.

La modernización de la negociación colectiva incorporará cambios en la propia estructura de negociación, reforzando la representatividad de las partes negociadoras, enriqueciendo sus contenidos y aumentando la seguridad jurídica en su aplicación y en sus efectos. Los cambios no darán lugar a obstáculos desproporcionados para que las empresas se adapten al ciclo y respondan a la evolución de la productividad.

La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2021.

Reforma 9 (C23.R9) – Modernización de la contratación y subcontratación de actividades empresariales

Esta reforma tiene por objeto mejorar las condiciones de trabajo y los derechos de las personas que trabajan en empresas subcontratadas, mediante una modificación del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) que asegure su uso adecuado en los supuestos que mejoran la actividad productiva y, al tiempo, que lo desincentive en aquellos en que es un mero instrumento de reducción de costes.

Esta reforma proporcionará un nivel adecuado de protección a los trabajadores en la subcontratación y avanzará hacia la equiparación de condiciones entre los trabajadores y
trabajadoras subcontratados y los que trabajen en la empresa principal. Asimismo, reforzará la responsabilidad de los contratistas o subcontratistas e impedirá la externalización de servicios a través de la subcontratación cuando se utilice como medio para reducir los estándares laborales de las personas que trabajan para las empresas subcontratistas.

La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2021.

Reforma 10 (C23.R10) – Simplificación y mejora del nivel asistencial de desempleo

Esta reforma legislativa se refiere a la ayuda no contributiva por desempleo y se llevará a cabo mediante la modificación del Real Decreto Legislativo 8/2015. Está estrechamente relacionada con la reforma 5 del componente 22, que traza una reforma más general de las prestaciones sociales no contributivas.

La reforma incluye los siguientes objetivos:

I.ampliar la protección por desempleo eliminando lagunas de desprotección del actual sistema y ampliando la duración de los subsidios;

II.simplificar el sistema, actualmente fragmentado en varios regímenes;

III.vincular la prestación a un itinerario personalizado de activación para el empleo;

IV.facilitar la transición hacia la protección social, cuando la persona beneficiaria no se reincorpore al mercado laboral y se encuentre en situación de vulnerabilidad.

Como norma general, el colectivo objetivo del nuevo régimen será el mismo que el del sistema actual, es decir, las personas en situación de desempleo que no pueden acceder a las prestaciones contributivas por desempleo, bien porque han estado desempleadas durante demasiado tiempo y han agotado sus derechos, bien porque su historial de cotización es demasiado corto (menos de doce meses pero más de seis meses). La cuantía mensual de la prestación se mantendrá en el 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Reforma 11 (C23.R11) – Digitalización del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para su modernización y eficiencia

El objetivo de esta reforma es transformar la totalidad de los servicios públicos relacionados con el empleo y mejorar su eficiencia para ciudadanos y empresas. La reforma constará de los siguientes elementos:

·Mejora de la gestión interna: modernización de los sistemas de información que dan soporte al sistema de prestaciones por desempleo, así como aquellos que dan soporte a las políticas activas de empleo.

·Digitalización de todos los servicios públicos que se prestan a la ciudadanía y a las empresas y mejora de la satisfacción de las personas, incluida la oferta de nuevos servicios (aplicaciones móviles y mejora del sistema de cita previa y servicios en línea).

·Estadísticas y gestión de datos: Incorporación de una gestión adecuada de los datos, que favorezca la toma de decisiones, así como la publicación de información de alto valor para la sociedad.

·Mejora de la lucha contra el fraude aprovechando los sistemas de inteligencia artificial y el análisis de macrodatos (Big Data).

·Modernización de los puestos de trabajo y de las infraestructuras para facilitar modalidades de teletrabajo al personal de los SPE.

La reforma de los SPE se integra en un esfuerzo más general de modernización y digitalización de las Administraciones Públicas (componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia). La reforma de los SPE se financiará mediante la contratación y ejecución de la inversión 2 del componente 11.

La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 1 (C23.I1) – Empleo Joven

Esta inversión abarca una serie de programas de formación y activación para el empleo dirigidos a jóvenes solicitantes de empleo (de 16 a 29 años), con el objetivo de apoyar su integración en el mercado laboral. Constará de las siguientes acciones:

1.Programa TánDEM. Proporcionará formación en alternancia con el empleo a jóvenes de edades comprendidas entre los 16 y los 29 años en escuelas taller públicas, centrándose en las capacidades necesarias para la doble transición, la asistencia social y la cohesión territorial. Recibirán las subvenciones los órganos y organismos de la Administración Pública encargados de la ejecución.

2.Programa de primera experiencia profesional en las Administraciones Públicas. Ofrecerá una primera experiencia laboral en las Administraciones Públicas (tanto Central como Territoriales) a personas jóvenes desempleadas que hayan completado su educación formal. Adquirirán competencias no técnicas y aptitudes interpersonales trabajando en empleos relacionados con la doble transición, la asistencia social y la cohesión territorial. Las subvenciones se conceden a los organismos públicos de las Administraciones Central y Territoriales encargados de la ejecución.

3.Programa Investigo. Cubrirá la contratación de personas jóvenes investigadoras en organismos públicos de investigación, universidades públicas, centros tecnológicos y otras entidades públicas y privadas que participen en un proyecto de investigación.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2025.

Inversión 2 (C23.I2) – Empleo Mujer y transversalidad de género en las políticas públicas de apoyo a la activación para el empleo

El objetivo de esta inversión es mejorar la integración de las mujeres en el mercado laboral, en consonancia con muchas otras medidas del Plan encaminadas a promover el equilibrio de género. Constará de las siguientes acciones:

1.Línea de apoyo a las mujeres en los ámbitos rural y urbano. Abarcará acciones de formación en los ámbitos digital y ecológico, de los cuidados de larga duración, el emprendimiento y la economía social. Se organizarán convocatorias de propuestas de subvención dirigidas a las entidades públicas y privadas encargadas de impartir la formación.

2.Línea de apoyo para mujeres víctimas de violencia de género o de trata. Cubrirá los itinerarios de integración para estas mujeres, en dos fases. En los primeros seis meses, las participantes seguirán itinerarios personalizados de inclusión social, y los seis meses siguientes seguirán una formación en alternancia con compromiso de contratación posterior por parte de los empleadores.

3.Acciones para favorecer la transversalidad de género en todas las políticas activas de
empleo Se tratará de incorporar la perspectiva de género en todos los elementos de los planes anuales de empleo de los SPE (tanto centrales como regionales) en el período 2021-2023. A tal fin, se contratarán servicios de asesoramiento.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2025.

Inversión 3 (C23.I3) – Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva

Esta inversión abarca diferentes iniciativas de formación que tendrán como objetivo la recualificación profesional de los trabajadores en riesgo de inadaptación. Se compone de las siguientes líneas de acción:

1.Convocatorias de propuestas de subvención para la adquisición de nuevas competencias de adaptación a la transformación digital, ecológica y productiva. Se dirige a los trabajadores del sector del turismo y a las personas desempleadas o en ERTE. Las acciones de formación tendrán una duración media de 65 horas.

2.Financiación de formación (microcréditos) para la adquisición de nuevas competencias de adaptación a la transformación digital, ecológica y productiva. Se dirige a los mismos tipos de trabajadores que la acción anterior, pero en este caso la persona beneficiaria recibe una subvención directa con fines de formación en capacidades pertinentes para los sectores ecológico, digital y otros sectores estratégicos.

3.Detección de las necesidades en materia de capacidades. Una investigación basada en una encuesta realizada en al menos 23 sectores productivos proporcionará respuestas eficaces a las demandas de formación y recualificación profesional del mercado laboral, incluidas las capacidades ligadas a la transición digital y la transición ecológica. También se anticiparán los cambios y se responderá a la demanda potencial de mano de obra cualificada.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2025.

Inversión 4 (C23.I4) – Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad

Esta inversión financiará al menos 68 nuevos proyectos territoriales con el objetivo de abordar el reto demográfico y facilitar la transformación productiva, en particular hacia una economía ecológica y digital. Se ejecutarán al menos cuatro proyectos en cada Comunidad Autónoma del país.

Constará de dos tipos de proyectos:

1.Proyectos territoriales para colectivos vulnerables. Estos proyectos se dirigirán a los desempleados de larga duración, que seguirán itinerarios personalizados e individualizados en los que se integrarán diferentes acciones, como: acciones de asesoramiento y acompañamiento, programas de orientación, asistencia por parte de equipos de búsqueda de empleo, becas de formación y para la conciliación, ayudas a la contratación laboral y seguimiento de las actuaciones.

2.Proyectos de emprendimiento y microempresas. Estos proyectos abordarán el reto demográfico y facilitarán la transformación productiva, en particular hacia una economía verde y digital. Las iniciativas que se financiarán incluyen proyectos de formación agraria, desarrollo local sostenible, iniciativas de economía social para la acción cultural y artística, iniciativas de transición ecológica, de desarrollo local, turismo rural y patrimonio histórico-artístico, entre otros. Los proyectos podrán financiar acciones como las siguientes: acciones de emprendimiento social y autónomos, estudios del mercado laboral, agentes de promoción y desarrollo local, ayuda de puesta en marcha de cooperativas o microempresas, creación de redes, participación en jornadas y acciones de difusión.

La implementación de la inversión estará finalizada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 5 (C23.I5) - Gobernanza e impulso a las políticas de apoyo a la activación para el
empleo

Esta medida tiene por objeto reforzar los servicios públicos de empleo y mejorar la eficiencia de las políticas activas de empleo. Con este fin, prevé la creación de una red de veinte centros de orientación, emprendimiento, acompañamiento e innovación para el empleo. Estarán distribuidos por todo el país (un centro a nivel estatal y otro en cada Comunidad Autónoma, incluidas las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla) y tendrán el cometido de mejorar la coordinación de los SPE en las distintas regiones.

Además, se prevé un conjunto de acciones de formación continua para los empleados de los servicios públicos de empleo, que les proporcionará una media de 14 000 acciones de formación por año. La formación se organizará en módulos de 30 horas de duración y, por término medio, cada empleado participará en un módulo al año durante el período 2021-2023.

La implementación de la inversión estará finalizada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 6 (C23.I6) – Plan integral de impulso a la Economía Social para la generación de un
tejido económico inclusivo y sostenible

Esta medida apoyará proyectos de economía social innovadores con el objetivo de crear un tejido económico más inclusivo y sostenible.

Consistirá en el desarrollo de al menos 30 proyectos de economía social entre 2021 y 2023 en los siguientes ámbitos:

·Generación y mantenimiento del empleo de empresas viables en dificultades o sin relevo generacional, mediante su conversión en fórmulas empresariales de economía social (cooperativas y sociedades laborales), gestionadas por sus trabajadores.

·Creación y consolidación de entidades innovadoras de la economía social, con repercusiones en el relevo generacional y el emprendimiento juvenil.

·Digitalización de las empresas de la economía social mediante la creación de plataformas digitales destinadas a mejorar el bienestar de la ciudadanía en las zonas rurales.

·Creación de redes de cooperativas, sociedades laborales y otras formas de economía social, acompañadas de medidas de capacitación y formación para ofrecer nuevos servicios integrales a la sociedad.

·Impulso de las transiciones sostenibles e inclusivas de empresas y de colectivos en situación de vulnerabilidad.

La implementación de la inversión estará finalizada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 7 (C23.I7) - Fomento del crecimiento inclusivo mediante la vinculación de las políticas de inclusión social al ingreso mínimo vital

El objetivo de esta inversión es mejorar la eficacia de los itinerarios de integración para los beneficiarios del régimen del ingreso mínimo vital (IMV) mediante la ejecución de al menos 18 proyectos piloto. Una vez finalizados, se llevará a cabo una evaluación para valorar la cobertura, la efectividad y el éxito de los regímenes de renta mínima. Esta evaluación incluirá recomendaciones específicas para mejorar la tasa de acceso a la prestación (el take up) y mejorar la eficacia de las políticas de inclusión social. Esta medida está estrechamente relacionada con la reforma 5 del componente 22.

Para la ejecución de los proyectos piloto, el Ministerio de Inclusión firmará convenios de colaboración con las Administraciones Públicas autonómicas y locales interesadas, así como con entidades del tercer sector de acción social y con los interlocutores sociales. Estos convenios de colaboración tendrán los siguientes objetivos: i) mejorar la tasa de acceso al IMV; ii) incrementar la efectividad del IMV a través de itinerarios de integración. Cada convenio de colaboración estará acompañado de un plan de acción en el que se definirán, al menos, los siguientes puntos:

·Personas beneficiarias del IMV que participan en el proyecto piloto.

·Itinerarios más adecuados (que se determinarán sobre la base de las conclusiones extraídas) y resultados de inclusión conexos que deben lograrse por medio de la intervención.

·Necesidad de infraestructura de datos: no solo es necesario tener en cuenta a los beneficiarios del IMV, sino también a otros beneficiarios de programas regionales para contar con buenos grupos de control.

·Costes unitarios de la intervención.

·Plan de seguimiento del Ministerio de Inclusión para evaluar la consecución de los diferentes hitos definidos en el plan.

·Una vez finalizado el proyecto piloto, publicación de una evaluación con los resultados y las enseñanzas extraídas.

La implementación de la inversión estará terminada para el 31 de marzo de 2024.

W.2.    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes que figuran en el cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito / Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

329

C23.R1

Hito

Entrada en vigor de dos Reales Decretos-leyes que regularán el trabajo a distancia en el sector privado y en el público.

Disposiciones de los Reales Decretos-leyes sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2020

Los dos Reales Decretos-leyes regularán el trabajo a distancia en el sector privado y en el público. Los objetivos de estas leyes son los siguientes: i) ofrecer un marco regulatorio (RDL 28/2020) que favorezca la implantación del trabajo a distancia, preservando al mismo tiempo la productividad empresarial y otorgando protección y flexibilidad a las personas trabajadoras; y ii) regular el teletrabajo en las Administraciones Públicas (RDL 29/2020) como una nueva forma de organizar y estructurar el trabajo, con el fin de servir mejor a los intereses generales y garantizar el normal funcionamiento de las Administraciones Públicas.

330

C23.R2

Hito

Entrada en vigor de dos Reales Decretos sobre la igualdad de retribución entre mujeres y hombres y sobre los planes de igualdad y su registro, respectivamente.

Disposiciones de los Reales Decretos sobre la entrada en vigor

 

 

 

T2

2021

Los dos Reales Decretos regulan la igualdad de retribución entre mujeres y hombres y los planes de igualdad y su registro. Los objetivos de las regulaciones son los siguientes: i) garantizar el principio de transparencia retributiva para identificar las discriminaciones
debidas a valoraciones incorrectas de los puestos de trabajo; y ii) desarrollar los planes de igualdad y su registro público.

331

C23.R3

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto-ley para la protección de los trabajadores que se dedican a actividades de reparto a domicilio utilizando plataformas digitales

Disposiciones del Real Decreto-ley sobre la entrada en vigor

 

 

 

T3

2021

El Real Decreto-ley se refiere a la protección de los trabajadores que se dedican a actividades de reparto a domicilio utilizando plataformas digitales. Los objetivos de la ley son garantizar a estas personas el derecho a un trato justo y equitativo por lo que respecta a sus condiciones de trabajo, el derecho a acceder a la protección social y la formación, y permitir que la representación legal de los trabajadores esté informada de las reglas en las que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en las condiciones de trabajo que rigen las plataformas, incluidos el acceso al empleo y su mantenimiento y la elaboración de perfiles.

332

C23.R4

Hito

Modificación del Estatuto de los Trabajadores para apoyar la reducción del empleo temporal mediante la simplificación de los tipos de contrato.

Disposiciones de la modificación sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2021

Respetando el diálogo social y como parte de un enfoque integral que equilibre la necesidad de flexibilidad y de seguridad en el mercado laboral, entrada en vigor de la modificación de las disposiciones del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores para apoyar la reducción del empleo temporal mediante la simplificación de los tipos de contrato.

333

C23.R5

Hito

Entrada en vigor del Plan de Acción para luchar contra el desempleo juvenil

Disposiciones del Plan de Acción sobre la entrada en vigor

 

 

 

T2

2021

El Plan de Acción combatirá el desempleo juvenil con ocasión de la aplicación de la Garantía Juvenil Plus de la UE. El objetivo de la Garantía Juvenil es mejorar y profundizar la coordinación interinstitucional, reforzar la relación con el sector privado y las autoridades locales, mejorar la calidad y la adecuación de la formación, buscar nuevas oportunidades de empleo en sectores con potencial de crecimiento, reducir el abandono escolar prematuro, mantener y mejorar el sistema de evaluación y seguimiento, y seguir reforzando los programas de orientación personalizados.

334

C23.R5

Hito

Real Decreto relativo a una nueva Estrategia Española de Activación para el Empleo 2021-2024

Disposiciones del Real Decreto sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2021

Respetando el diálogo social y como parte de un enfoque integral que equilibre la necesidad de flexibilidad y de seguridad en el mercado laboral, aprobación por el Consejo de Ministros y entrada en vigor de un Real Decreto relativo a una nueva Estrategia Española de Activación para el Empleo 2021-2024. Los principales objetivos de la nueva Estrategia son:

i) Enfoque centrado en las personas y en las empresas: las políticas activas de empleo se elaborarán centrándose en las circunstancias específicas de cada persona y cada empresa.

ii) Coherencia con la transformación productiva: las políticas activas de empleo permitirán transiciones profesionales que acompañen al cambio del modelo de producción hacia una economía verde y digital.

iii) Orientación a los resultados: las políticas activas de empleo se evaluarán supervisando y fomentando la consecución de resultados.

iv) Mejora de las capacidades del Servicio Público de Empleo: mediante su digitalización y modernización.

iv) Gobernanza y cohesión del Sistema Nacional de Empleo para mejorar la coordinación a nivel nacional y regional y con las partes interesadas que participan en las políticas activas de empleo.

335

C23.R5

Hito

Entrada en vigor de la modificación de la Ley de Empleo (Real Decreto Legislativo 3/2015)

Disposición en la modificación sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2022

La modificación de la Ley de Empleo (Real Decreto Legislativo 3/2015): i) potenciará los instrumentos de actuación y de coordinación del Sistema Nacional de Empleo; ii) reformará las políticas activas de empleo; iii) revisará la gobernanza del sistema; iv) reforzará la dimensión local de las políticas de empleo; y v) cumplirá los requisitos para la aplicación de las distintas actuaciones previstas en el Plan Nacional de Políticas Activas de Empleo.

336

C23.R6

Hito

Modificación del Estatuto de los Trabajadores para establecer un régimen de adaptación a las perturbaciones cíclicas y estructurales, incluido un sistema que proporcione flexibilidad interna a las empresas y estabilidad a los trabajadores

Disposiciones de la modificación sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2021

Respetando el diálogo social y como parte de un enfoque integral que equilibre la necesidad de flexibilidad y de seguridad en el mercado laboral y garantice la sostenibilidad de las finanzas públicas a medio y largo plazo, entrada en vigor de la modificación de las disposiciones del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores para establecer un régimen de adaptación a las perturbaciones cíclicas y estructurales, incluido un sistema que ofrezca flexibilidad interna a las empresas y estabilidad a los trabajadores, apoyar la mejora de las capacidades y la recualificación de los trabajadores en las empresas y los sectores en transición y facilitar la movilidad voluntaria de los trabajadores (dentro de las empresas y entre ellas).

337

C23.R7

Hito

Entrada en vigor de la reforma de la Ley 43/2006 para simplificar e incrementar la eficacia del sistema de incentivos a la contratación, teniendo en cuenta las recomendaciones formuladas por la AIReF

Disposición en la reforma sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2022

La reforma de la Ley 43/2006 simplificará e incrementará la eficacia del sistema de incentivos a la contratación, teniendo en cuenta las recomendaciones formuladas por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) en su informe de revisión del gasto de 2019: «Incentivos a la contratación»

338

C23.R8

Hito

Modificación del Estatuto de los Trabajadores para mejorar las normas legales que regulan la negociación colectiva

Disposiciones de la modificación sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2021

Respetando el diálogo social y como parte de un enfoque integral que equilibre la necesidad de flexibilidad y de seguridad en el mercado laboral, entrada en vigor de la modificación de determinadas disposiciones del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores para mejorar normas legales que regulan la negociación colectiva.

339

C23.R9

Hito

Modificación del Estatuto de los Trabajadores para mejorar los derechos de las personas que trabajan en empresas subcontratadas

Disposiciones de la modificación sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2021

Respetando el diálogo social y como parte de un enfoque integral que equilibre la necesidad de flexibilidad y de seguridad en el mercado laboral, entrada en vigor de la modificación de las disposiciones del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores para mejorar los derechos de las personas que trabajan en empresas subcontratadas.

340

C23.R10

Hito

Entrada en vigor de la modificación del Real Decreto Legislativo 8/2015 por la que se reforma la regulación del subsidio no contributivo por desempleo

Disposición en la modificación sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2022

La reforma del Real Decreto Legislativo 8/2015 se refiere a la regulación del subsidio no contributivo por desempleo, con los siguientes objetivos: i) ampliar la protección por desempleo; ii) simplificar el sistema; iii) vincular la prestación a un itinerario personalizado de empleo; iv) facilitar la transición hacia la protección social, cuando la persona beneficiaria no se reincorpore al mercado laboral y se encuentre en situación de vulnerabilidad.

341

C23.R11

Hito

Certificados de finalización de los servicios en el marco de los contratos de modernización del Servicio Público de Empleo Estatal

Certificados de finalización de los servicios previstos en los contratos (documentos administrativos)

 

 

 

T4

2023

Certificados de finalización de los servicios en el marco de los contratos (documentos administrativos) para la modernización del Servicio Público de Empleo Estatal, mediante la mejora de los sistemas de gestión interna, la modernización de los puestos de trabajo y la digitalización de los servicios prestados a la ciudadanía. Incluirá:

- Mejora de la gestión interna: Mejora de los sistemas de información que dan soporte al sistema de prestaciones por desempleo, así como de aquellos que dan soporte a las políticas de reactivación del empleo.

- Servicios públicos de empleo digitales: Digitalización de todos aquellos servicios públicos que se prestan a la ciudadanía y a las empresas y mejora del servicio al cliente.

- Estadísticas y gestión de datos: Incorporación de una gestión adecuada de los datos, que favorezca la toma de decisiones, así como la publicación de información de alto valor para la sociedad.

- Modernización de los puestos de trabajo y de las infraestructuras.

342

C23.I1

Objetivo

Personas que han completado los programas de juventud.

-

Número

0

18 300

T4

2025

Que al menos 18 300 personas hayan completado los programas de juventud, considerando 21 900 personas matriculadas.

Este objetivo se basa en tres programas:

• Programa TánDEM. Finalidad: lograr la competencia profesional a través de la formación en alternancia con el empleo. Con al menos el 25 % del programa orientado a competencias relacionadas con el clima y el 25 % del programa orientado a competencias digitales.

• Programa de primera experiencia profesional. Finalidad: facilitar una primera experiencia de trabajo relacionada con una cualificación. Con al menos el 20 % del programa orientado a competencias relacionadas con el clima y el 20 % del programa orientado a competencias digitales.

• Programa Investigo. Finalidad: proporcionar trabajos vinculados al desarrollo de un proyecto de investigación.

343

C23.I2

Objetivo

Personas que han completado el Plan Empleo Mujer en zonas rurales y urbanas y el programa para víctimas de la violencia de género y de la trata

-

Número

0

23 200

T4

2025

Que al menos 23 200 personas hayan completado el Plan Empleo Mujer en zonas rurales y urbanas y el programa para víctimas de la violencia de género y de la trata, considerando 29 000 personas matriculadas. Este programa implica un itinerario personal e integrado de orientación, asesoramiento y acciones de formación ajustado al perfil de empleabilidad de las mujeres participantes. La formación impartida está relacionada con puestos de trabajo con buenas perspectivas territoriales, derivados de las necesidades del mercado laboral rural y urbano en el que se desarrolla el programa, y tiene por objeto la adquisición de una cualificación que aumente la empleabilidad de las participantes y sus posibilidades de acceso a un trabajo digno, y que al mismo tiempo refuerce el desarrollo productivo de las zonas rurales, luche contra la brecha de género y mejore la permanencia de las mujeres en el territorio. Con al menos el 35 % del programa orientado a competencias relacionadas con el clima y el 35 % del programa orientado a competencias digitales.

344

C23.I3

Objetivo

Personas que han completado programas de formación con el fin de adquirir capacidades para la transformación digital, ecológica y productiva

-

Número

0

825 000

T4

2025

Que al menos 825 000 personas hayan completado programas de formación con el fin de adquirir capacidades para la transformación digital, ecológica y productiva, considerando 975 000 personas matriculadas. La formación se centrará en el sector turístico, en otros sectores estratégicos de interés nacional, en los trabajadores en ERTE y en los trabajadores que han recibido microcréditos formación. Con al menos el 30 % del programa orientado a competencias relacionadas con el clima y el 30 % del programa orientado a competencias digitales.

345

C23.I4

Hito

Aprobación de la asignación regional de fondos para proyectos territoriales dirigidos a colectivos vulnerables y para el emprendimiento y las microempresas.

Acta de referencia de la Conferencia Sectorial de Empleo

 

 

 

T3

2021

Aprobación en la Conferencia Sectorial de Empleo de la asignación regional de fondos para proyectos territoriales dirigidos a colectivos vulnerables y proyectos territoriales para el emprendimiento y las microempresas, como el desarrollo de proyectos que promuevan el emprendimiento, iniciativas de desarrollo local, iniciativas de economía social y nuevos proyectos territoriales que faciliten la transformación de la producción, en particular hacia una economía verde y digital.

346

C23.I4

Objetivo

Realización de proyectos territoriales dirigidos a colectivos vulnerables, para el emprendimiento y las microempresas, con la participación de al menos 39 000 trabajadores y 64 000 empresas.

-

Número

0

68

T4

2023

Realización de al menos 68 proyectos territoriales dirigidos a colectivos vulnerables y proyectos territoriales para el emprendimiento y las microempresas, con la participación de al menos 39 000 trabajadores y 64 000 empresas.

Los proyectos territoriales dirigidos a colectivos vulnerables se desarrollarán a través de itinerarios personalizados e individualizados en los que se integrarán diferentes acciones, como las siguientes: acciones de asesoramiento y acompañamiento, programas de orientación, asistencia por parte de equipos de búsqueda de empleo, becas de formación y para la conciliación, ayudas a la contratación laboral y seguimiento de las actuaciones.

Los proyectos de emprendimiento y microempresa abordarán el reto demográfico y facilitarán la transformación productiva, en particular hacia una economía verde y digital, a través de proyectos de capacitación agraria, desarrollo local sostenible, iniciativas de economía social para la acción cultural y artística, transición ecológica, iniciativas de desarrollo local, turismo rural y patrimonio histórico-artístico, entre otros. Estos proyectos incluirán, entre otras acciones: acciones de emprendimiento social y autónomos, estudios del mercado laboral, agentes de promoción y desarrollo local, ayuda de puesta en marcha de cooperativas o microempresas, creación de redes, participación en jornadas y acciones de difusión.

347

C23.I5

Objetivo

Centros públicos de orientación, emprendimiento, acompañamiento e innovación para el empleo plenamente operativos.

-

Número

0

20

T4

2023

Al menos 20 centros públicos de orientación, emprendimiento, acompañamiento e innovación para el empleo son plenamente operativos.

348

C23.I5

Objetivo

Acciones de formación para el personal de los SPE

 

Número

0

42 000

T4

2023

Realización de al menos 42 000 acciones de formación para el personal de los SPE con el objetivo de mejorar sus competencias y prestar un apoyo más eficaz a los solicitantes de empleo.

349

C23.I6

Objetivo

Realización de proyectos de economía social

-

Número

0

30

T4

2023

Ejecución de al menos 30 proyectos de economía social en apoyo de: a) generación y mantenimiento del empleo de empresas viables en dificultades o sin relevo generacional, mediante su conversión en fórmulas empresariales de economía social (cooperativas y sociedades laborales), gestionadas por sus trabajadores y trabajadoras; b) creación y consolidación de entidades innovadoras de la economía social, con repercusiones en el relevo generacional y el emprendimiento juvenil; c) digitalización de las empresas de la economía social mediante la creación de plataformas digitales destinadas a mejorar el bienestar de la ciudadanía en las zonas rurales; d) creación de redes de cooperativas, sociedades laborales y otras formas de economía social, acompañadas de medidas de capacitación y formación para ofrecer nuevos servicios integrales a la sociedad; e) impulso de las transiciones sostenibles e inclusivas de empresas y de colectivos en situación de vulnerabilidad.

350

C23.I7

Hito

Mejorar la tasa de acceso al ingreso mínimo vital (IMV) e incrementar su efectividad a través de políticas de inclusión

Publicación del convenio

 

 

 

T1

2022

Apoyo a la inclusión socioeconómica de los beneficiarios del IMV a través de itinerarios: suscripción de ocho convenios de colaboración con administraciones públicas subnacionales, interlocutores sociales y entidades del tercer sector de acción social para el desarrollo de itinerarios. Estos convenios de colaboración tendrán los siguientes objetivos: i) mejorar la tasa de acceso al IMV; ii) incrementar la efectividad del IMV a través de políticas de inclusión.

351

C23.I7

Hito

Evaluación para valorar la cobertura, la efectividad y el éxito de los regímenes de renta mínima.

Publicación de la evaluación

 

 

 

T1

2024

Tras la finalización de al menos 18 proyectos piloto, publicación de una evaluación para valorar la cobertura, la efectividad y el éxito de los regímenes de renta mínima, incluidas recomendaciones específicas para aumentar la tasa de acceso y mejorar la eficacia de las políticas de inclusión social.

X. COMPONENTE 24: Revalorización de la industria cultural

La industria cultural desempeña un papel importante en la economía española, en la que representaba el 3,2 % del PIB y el 3,6 % del empleo total del país antes de la pandemia de COVID-19. Además, tiene un valor indispensable para la sociedad, como mostraba el elevado nivel de participación cultural de la población española antes de la pandemia. No obstante, el sector adolece de una serie de características estructurales que le han impedido desarrollar todo su potencial y lo han hecho especialmente vulnerables en tiempos de crisis.

En este contexto, el componente 24 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español incluye reformas e inversiones destinadas a reformar el marco laboral de los artistas y a reforzar y modernizar el tejido empresarial de la cultura.

El componente responde a las recomendaciones específicas por país relativas a promover las inversiones para sostener la economía y respaldar la recuperación tras la pandemia de COVID-19 (recomendación específica por país 1 de 2020) y sobre el apoyo al empleo, el refuerzo de la protección por desempleo y la mejora del acceso al aprendizaje digital (Recomendación específica por país 2 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

X.1.    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C24.R1) - Desarrollo del Estatuto del Artista y Fomento de la inversión, el
mecenazgo cultural y participación

Esta reforma pretende abordar las debilidades del marco normativo laboral y fiscal vigente, que no atiende a las particularidades del sector cultural (como la irregularidad de los ingresos y de la actividad laboral) y la necesidad de atraer financiación privada además del apoyo público.

La reforma desarrollará un marco jurídico, fiscal y laboral adecuado para el sector de la cultura con el fin de mejorar la protección social de los distintos agentes del sector y aumentar la participación de las inversiones privadas.

Esta reforma aprobará cambios normativos para la aplicación del Estatuto del Artista, que regularán en concreto los siguientes aspectos:

a)la adecuación del IVA y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF);

b)la representatividad sindical;

c)la salud y las relaciones laborales especiales de los artistas en espectáculos públicos;

d)la regulación del mecenazgo;

e)el régimen de incentivos fiscales.

Estos cambios se llevarán a cabo mediante la creación de la Comisión Interministerial para el
Estatuto del Artista y la elaboración de propuestas normativas en 2021, con la entrada en vigor del instrumento jurídico a más tardar el 31 de diciembre de 2022. A lo largo de 2021-2023 se llevarán a cabo también medidas de fomento de la inversión privada en el sector cultural.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Reforma 2 (C24.R2) - Plan de refuerzo de los derechos de autor y derechos conexos

El objetivo de esta reforma es reforzar los derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual mediante las siguientes acciones:

a)Adopción de una ley sobre los derechos de propiedad intelectual en el mercado único digital europeo, por la que se transpondrán las Directivas 2019/789 SatCab y 2019/790 sobre los derechos de autor en el mercado único digital;

b)adopción de un Real Decreto para la aprobación del nuevo Reglamento del Registro de la Propiedad Intelectual para adaptar este órgano a la nueva realidad digital;

c)adopción de un Real Decreto para la modificación del Real Decreto 1889/2011, de 30 de diciembre de 2006, por el que se regula el funcionamiento de la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual para facilitar la lucha contra las nuevas formas de vulneración de la propiedad intelectual en Internet; y

d)aprobación del instrumento normativo necesario y de los estatutos de la Oficina Española de Derechos de Propiedad Intelectual.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 1 (C24.I1) - Refuerzo de la competitividad de las industrias culturales

Esta inversión pretende incidir en el reto de la competitividad del sector cultural mejorando la resiliencia del tejido empresarial de las industrias culturales y creativas y culminando su transición digital.

A tal fin, las acciones recogidas en el marco de esta inversión se agrupan en las tres categorías de proyectos siguientes:

a)Competitividad y profesionalización de las industrias culturales y creativas (ICC) mediante: i) el refuerzo de las habilidades emprendedoras y financieras de los y las profesionales del sector
cultural a través de un programa de becas; ii) formación especializada en gestión para profesionales de las artes escénicas y musicales; y iii) apoyo a aceleradores culturales para el desarrollo de proyectos culturales con alto potencial de crecimiento.

b)Digitalización de los sistemas de gestión de la propiedad intelectual, mediante: i) apoyo a los proyectos de digitalización de los operadores de gestión de derechos de propiedad
intelectual; y ii) apoyo a la transformación digital de las entidades administrativas con competencias en materia de propiedad intelectual.

c)Internacionalización del sector de las ICC, mediante: i) el fomento y la digitalización del sector del libro; ii) el apoyo a la modernización y readecuación de las estructuras de gestión del sector de las artes escénicas y de la música; y iii) medidas de apoyo a las empresas y a los profesionales de las ICC para que se intensifique su presencia en los mercados nacionales e internacionales.

A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica para la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 90 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 91 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 92 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 93 ; y iv) las actividades en las que la eliminación de residuos a largo plazo pueda causar un perjuicio al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 2 (C24.I2) - Dinamización de la cultura a lo largo del territorio

Esta inversión pretende mejorar la cohesión territorial y social facilitando el acceso a la cultura, así como apoyar la sostenibilidad y la consolidación del sector cultural en todo el territorio. Las acciones específicas recogidas en esta inversión se agrupan en las cuatro categorías de proyectos siguientes:

a)Apoyo a la modernización y la gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales, así como al fomento de circuitos de difusión interterritorial, mediante: i) la transferencia de recursos a las Comunidades Autónomas para apoyar la modernización y la gestión sostenible de las infraestructuras escénicas y musicales, y ii) facilitar la coordinación de los espectáculos culturales entre Comunidades Autónomas.

b)Medidas de conservación, restauración y puesta en valor del patrimonio cultural
español, mediante actuaciones relativas a: i) la identificación del patrimonio declarado de interés cultural y ii) la valorización del patrimonio del Estado bajo responsabilidad del Ministerio de Cultura y Deporte, en concreto a través de la recuperación integral del edificio Tabacalera en Madrid.

c)Dotación de bibliotecas, mediante: i) compra de licencias de libros digitales y ii) compra de libros en papel; y

d)Ayudas para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas, mediante: i) promoción de la innovación y el emprendimiento culturales en las áreas no urbanas; ii) medidas para garantizar la igualdad en el acceso a la cultura; y iii) promoción, mediante prácticas culturales, del uso responsable y sostenible de los recursos naturales.

A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica para la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 94 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 95 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 96 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 97 ; y iv) las actividades en las que la eliminación de residuos a largo plazo pueda causar un perjuicio al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 3 (C24.I3) - Digitalización e impulso de los grandes servicios culturales

El objetivo de esta medida es digitalizar y promover las grandes instituciones culturales. Las inversiones específicas en el marco de esta medida tienen por objeto apoyar las siguientes instituciones e iniciativas:

a)el Museo Nacional del Prado, mediante: i) la mejora de su accesibilidad e integración en el tejido urbano, ii) la integración de todos los parámetros de medición en un único sistema monitorizado, iii) el desarrollo de una experiencia inclusiva para llegar a un mayor número de visitantes, iv) el desarrollo de una plataforma digital interoperable entre museos, v) la mejora de las herramientas para la administración digital, y vi) la creación de contenidos multimedia;

b)el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, ofreciendo becas y residencias de investigación a artistas y pensadores jóvenes, en concreto para el desarrollo de acciones de digitalización del patrimonio cultural;

c)la Biblioteca Nacional de España, fomentando el uso y la reutilización de sus colecciones y datos digitales como apoyo a la docencia, la investigación, las industrias culturales y el desarrollo tecnológico;

d)un plan de acceso digital al patrimonio bibliográfico de otros fondos patrimoniales bibliográficos, de la Administración del Estado y de otras administraciones o
de entes privados, para su puesta a disposición de los ciudadanos a través de repositorios

digitales;

e)la digitalización, ampliación de la capacidad e interoperabilidad de sistemas de
archivos de todo tipo, inventarios y registros del patrimonio histórico, incluido el audiovisual; y

f)medidas para modernizar las herramientas de gestión pública y puesta en marcha de un sistema integral de digitalización y catalogación de documentación recursos, bienes, estructuras e infraestructuras del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), incluidas medidas como la puesta en marcha de distintas herramientas avanzadas para la planificación, gestión y evaluación de impacto de los sistemas de ayudas públicas al sector escénico, lírico y musical, así como la puesta en marcha de un sistema integral digital (INAEM DIGITAL) de digitalización y catalogación de los servicios de documentación, archivo, y de las estructuras e infraestructuras del INAEM.

A fin de garantizar que la medida se ajusta a la Guía técnica para la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1), los criterios de subvencionabilidad incluidos en el pliego de condiciones para las próximas convocatorias de proyectos excluirán las actividades que se enumeran a continuación: i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos 98 ; ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes 99 ; iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras 100 y plantas de tratamiento mecánico-biológico 101 ; y iv) las actividades en las que la eliminación de residuos a largo plazo pueda causar un perjuicio al medio ambiente. El pliego de condiciones exigirá además que solo puedan seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

X.2.    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes que figuran en el cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito / Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

352

C24.R1

Hito

Entrada en vigor del Estatuto del Artista, fomento del mecenazgo y régimen de incentivos fiscales.

Disposiciones de la normativa sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2022

Entrada en vigor de los cambios normativos para la aplicación del Estatuto del Artista y la regulación de los siguientes aspectos con el fin de mejorar las condiciones laborales de los artistas: adecuación del IVA; Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF); representatividad sindical, salud y relaciones laborales especiales de los artistas en espectáculos públicos; mejora de la regulación del mecenazgo y el régimen de incentivos fiscales.

353

C24.R2

Hito

Entrada en vigor de medidas legislativas y reglamentarias para reforzar los derechos de autor y derechos conexos

Disposiciones de los actos jurídicos sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2023

1) adopción de la Ley sobre los derechos de propiedad intelectual en el mercado único digital europeo, por la que se efectuará la transposición completa de las Directivas 2019/789 SatCab y 2019/790; 2) Real Decreto para la aprobación del nuevo Reglamento del Registro de la Propiedad Intelectual; 3) Real Decreto para la modificación del Real Decreto 1889/2011, de 30 de diciembre de 2006, por el que se regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual; y 4) aprobación del instrumento normativo necesario y de los estatutos de la Oficina Española de Derechos de Propiedad Intelectual.

354

C24.I1

Objetivo

Reforzar la competitividad de las industrias culturales

-

Número

0

1 216

T4

2023

Número de entidades y proyectos que reciben financiación del régimen de apoyo, para:

- habilidades emprendedoras y financieras de los y las profesionales de los sectores de la cultura y la creación (al menos 900 entidades);

- realización de la digitalización planificada y herramientas creadas para contribuir a la transformación digital (al menos 16 proyectos);

- internacionalización de las industrias culturales y creativas (al menos 300 entidades).

Los proyectos se ajustarán a la Guía técnica para la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

355

C24.I2

Objetivo

Modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales

-

Número

0

200

T4

2023

Modernización y gestión sostenible de las infraestructuras anticuadas de las artes escénicas y musicales: ejecución de al menos 200 acciones en al menos 17 regiones, ajustadas a la Guía técnica para la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

356

C24.I2

Objetivo

Conservación, restauración y puesta en valor del patrimonio cultural español

-

Número

0

20

T4

2023

Sitios culturales apoyados con medidas para la conservación, restauración y mejora del patrimonio cultural español: al menos 20 sitios en al menos 15 regiones, de conformidad con la Guía técnica para la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.

357

C24.I2

Objetivo

Licencias de libros electrónicos para bibliotecas

-

Número

0

300 000

T4

2023

Licencias de libros electrónicos compradas y proporcionadas a bibliotecas públicas (al menos 300 000)

358

C24.I2

Objetivo

Compras de libros para bibliotecas

-

Número

0

450 000

T4

2023

Libros en papel comprados y transferidos a bibliotecas públicas (al menos 450 000)

359

C24.I2

Objetivo

Dinamizar iniciativas culturales y creativas

-

Número

0

400

T4

2023

Dinamizar la actividad cultural de organizaciones con ánimo de lucro y sin ánimo de lucro en áreas no urbanas (al menos 400 iniciativas).

360

C24.I3

Objetivo

Digitalización e impulso de los grandes servicios culturales

 

EUR (millones)

0

40

T2

2022

Presupuesto acumulado comprometido de al menos 40 000 000 EUR para contribuir a: a) -impulsar y digitalizar el Museo Nacional del Prado y el Museo Nacional
Centro de Arte Reina Sofía;

- acciones para incrementar el número de usuarios anuales de la colección digital de la Biblioteca Nacional de España;

- digitalización de otros fondos patrimoniales bibliográficos;

- acceso digital al patrimonio bibliográfico e interoperabilidad de sistemas de archivos públicos de todo tipo y ampliación de la capacidad de almacenamiento de datos del inventario y los sistemas de archivo del patrimonio histórico español;

- finalización de un sistema integral de digitalización y catalogación de recursos, bienes, estructuras e infraestructuras del INAEM

361

C24.I3

Objetivo

Ejecución de la digitalización y el impulso de los grandes servicios culturales

-

Número

0

200

T4

2023

Realización de al menos 200 proyectos, ajustados a la Guía técnica para la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente, para:

-impulsar y digitalizar el Museo Nacional del Prado y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía;

-acciones para incrementar el número de usuarios anuales de la colección digital de la Biblioteca Nacional de España;

-acceso digital al patrimonio bibliográfico e interoperabilidad y ampliación de la
capacidad de los sistemas de archivos inventarios y registros del patrimonio histórico español;

-finalización de un sistema integral de digitalización y catalogación de recursos, bienes, estructuras e infraestructuras del INAEM.

362

C24.I3

Objetivo

Finalización de la digitalización del patrimonio bibliográfico

 

Número (millones)

10

12

T4

2023

- Digitalización del patrimonio bibliográfico (colecciones públicas y privadas) (un total de 12 millones de usuarios del patrimonio/colecciones digitalizadas)

Y. COMPONENTE 25: España hub audiovisual de Europa

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español reúne una serie de inversiones y reformas destinadas a dinamizar y fortalecer el sector audiovisual. Su objetivo es mejorar el clima de inversión, consolidar a España como plataforma de inversión audiovisual a nivel mundial y hacer de España una referencia en la exportación de productos audiovisuales, incluidos los videojuegos y la creación digital. Este componente incluye también acciones para fomentar la internacionalización de las empresas y la innovación en el sector y para mejorar la regulación.

En consonancia con el Plan «España Digital 2025» y con el recientemente aprobado Plan «España, Hub Audiovisual de Europa», se espera que el componente apoye la creación de empleo, sobre todo entre los y las jóvenes, y la industria turística, y que incluya acciones para erradicar la brecha de género.

El componente responde a las recomendaciones específicas por país sobre centrar la inversión en el fomento de la innovación (recomendación específica por país 3 de 2019) y centrar la inversión en la transición ecológica y digital (recomendación específica por país 3 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1). 

Y.1.    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C25.R1): Reforma del marco regulatorio del sector audiovisual

La reforma del marco regulatorio del sector audiovisual incluye la aprobación de dos leyes y un plan sectorial:

1.Entrada en vigor de la Ley General de Comunicación Audiovisual, que tiene diferentes objetivos. En primer lugar, adecuar y modernizar el marco jurídico de los servicios de comunicación audiovisual y del servicio de intercambio de vídeo a través de plataforma en España. En segundo lugar, arbitrar mecanismos para garantizar los derechos de los usuarios, como la protección de los menores y del público frente a determinados tipos de contenidos. En tercer lugar, promocionar la obra audiovisual europea duplicando el apoyo a la producción audiovisual independiente. En cuarto lugar, mejorar la integración de las personas con discapacidad. Se prevé que la Ley entre en vigor antes de que finalice el primer trimestre de 2022.

2.Reforma de la Ley 55/2007, del Cine, que tiene por objeto: i) actualizar las definiciones de la ley para adaptarlas a la nueva realidad del sector; ii) adaptar el marco regulador al marco jurídico europeo, en concreto en materia de normas sobre ayudas públicas; y iii) actualizar y modificar las distintas líneas de ayudas al sector audiovisual. Esta reforma entrará en vigor a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

3.Adopción y aplicación del Plan «España, Hub Audiovisual de Europa», cuyos objetivos son convertir a España en una plataforma de inversión a nivel mundial, atraer inversiones extranjeras y exportar productos audiovisuales. Este Plan fue aprobado por el Consejo de Ministros en marzo de 2021. Incluye inversiones para mejorar toda la cadena de valor de la industria audiovisual sobre la base de las ventajas comparativas de España en este sector, tales como una industria audiovisual solvente, profesionales bien formados y una capacidad creativa reconocida mundialmente. El Plan incluye todos los formatos del sector audiovisual (como cine, series, publicidad, videojuegos y animación). El Plan «España, Hub Audiovisual de Europa» se propone establecer sinergias con otros sectores, como los de la cultura y el turismo. Las medidas incluidas están articuladas en torno a cuatro prioridades: i) convertir España en polo de atracción de la producción audiovisual; ii) reducir los costes administrativos y regulatorios asociados al sector; iii) mejorar la competitividad de las empresas del sector invirtiendo en su digitalización; y iv) generar talento reduciendo la brecha de género.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 1 (C25.I1): Programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual

Esta inversión tiene por objeto mejorar la competitividad y la resiliencia del tejido empresarial y creativo del sector audiovisual, así como promover su internacionalización y atraer inversión extranjera. Para ello, la inversión comprende tres programas distintos.

1.Un programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual, para mejorar la competitividad y la resiliencia del tejido empresarial y creativo de este sector. El programa apoyará también la aplicación e integración de tecnologías digitales a la producción y promoción de contenidos audiovisuales, así como la digitalización de las herramientas de gestión de la remuneración de los creadores.

2.Un programa para promover la internalización del sector audiovisual mediante la participación en foros de negocio, plataformas, ferias y laboratorios de desarrollo de proyectos del sector audiovisual. El objetivo es poner en marcha diversos mecanismos para explotar todo el potencial de la industria audiovisual española y promover el talento local en un entorno global.

3.Un programa para atraer inversiones extranjeras directas en el sector audiovisual mediante el establecimiento de un entorno de inversión atractivo, reduciendo las cargas administrativas y agilizando los trámites administrativos (que implican relacionarse con la Administración Pública tanto a nivel general como autonómico y local).

Esta inversión se implementará a través de convenios con entidades públicas y privadas, convocatorias de ayuda para la incorporación de tecnologías digitales a los productos y servicios audiovisuales, así como convocatorias de ayudas para la innovación en la creación y el desarrollo de contenidos audiovisuales y digitales en sus diversos formatos, digitalización y análisis de datos del sector audiovisual, nuevos instrumentos de promoción internacional y marketing digital de contenidos audiovisuales, como herramientas en línea B2B (de empresa a empresa) y B2C (de empresa a cliente).

Esta inversión se dirige a empresas, profesionales y agentes de toda la cadena de valor del sector audiovisual, y se centra especialmente en las pymes productoras de contenidos audiovisuales, las pymes especializadas en gestión de la retribución de los creadores y las consultoras tecnológicas que puedan desarrollar plataformas abiertas al uso por parte de todos los agentes interesados.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Y.2.    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es la del inicio de la acción, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes que figuran en el cuadro no incluyen el IVA.

 Número

Medida

Hito / Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

363

C25.R1

Hito

Plan «España, Hub Audiovisual de Europa».

Aprobación por el Consejo de Ministros

 

 

 

T1

2021

Aprobación por el Consejo de Ministros del Plan «España, Hub Audiovisual de Europa» El plan combina inversiones públicas y reformas destinadas a i) internacionalizar el sector y aumentar el atractivo de España como destino de la inversión extranjera; ii) reducir los costes regulatorios y administrativos; iii) mejorar la competitividad de las empresas del sector a través de la aplicación de nuevas tecnologías que les permitan competir en un mercado digitalizado; y iv) promover el capital humano reduciendo la brecha de género.

364

C25.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley General de Comunicación Audiovisual.

Disposiciones de la Ley sobre la entrada en vigor

 

 

 

T1

2022

Entrada en vigor de la Ley General de Comunicación Audiovisual. Esta Ley regula el marco jurídico para la prestación de servicios de comunicación audiovisual en España y transpondrá de manera efectiva al ordenamiento jurídico nacional la Directiva 2018/1808 de servicios de comunicación audiovisual. Su objetivo es adecuar y modernizar el marco jurídico aplicable a los servicios de comunicación audiovisual y a los servicios de intercambio de video a través de plataforma en España. La Ley pretende también equilibrar las reglas aplicables a todos los agentes presentes en el mercado. Por último, incluye mecanismos para garantizar los derechos de los usuarios (como la protección de los menores y del público frente a determinados tipos de contenidos).

365

C25.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley del Cine.

Disposiciones de la Ley sobre la entrada en vigor

 

 

 

T4

2023

Aprobación de la Ley del Cine por el Parlamento y entrada en vigor. Esta Ley actualizará el marco jurídico para la nueva realidad y las nuevas necesidades del sector audiovisual, adaptando la normativa nacional al marco jurídico europeo.

366

C25.I1

Objetivo

Apoyo a las pymes del sector audiovisual.

-

Número

0

100

T4

2023

Apoyo a la digitalización de las pymes del sector audiovisual, promoción de la igualdad de género, internacionalización y atracción de inversión extranjera directa en el marco del programa en su conjunto, con una dotación presupuestaria total de 200 millones EUR (apoyo a al menos 100 pymes).

Z. COMPONENTE 26: Plan de fomento del sector del deporte

Según el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español, el sector del deporte representa el 3,1 % del PIB nacional y proporciona directa o indirectamente el 2,1 % del empleo total en el país.

El principal objetivo de este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español es mejorar la transformación del sector deportivo mediante la digitalización de las organizaciones deportivas y el desarrollo de las infraestructuras deportivas para garantizar su sostenibilidad medioambiental y accesibilidad. Apoyará también la promoción del deporte con fines de salud, en particular mejorando el acceso a la actividad física en las zonas en riesgo de despoblación, así como mediante la investigación en la materia. Por último, el componente incluirá inversiones específicas para fomentar la participación femenina en el deporte profesional y aficionado.

El componente responde a las recomendaciones específicas por país sobre fomento de la inversión en innovación y eficiencia energética (recomendación específica por país 3 de 2019), la promoción de la inversión pública y privada y el fomento de la transición ecológica (recomendación específica por país 3 de 2020) y el refuerzo de la resiliencia del sistema sanitario (recomendación específica por país 1 de 2020).

Este componente apoyará y complementará acciones previstas en otras partes del Plan, como las destinadas a promover estilos de vida saludables en el componente 18 (Renovación y ampliación de las capacidades del Sistema Nacional de Salud). Al optimizar y mejorar las infraestructuras deportivas existentes, complementará también medidas adoptadas en el marco del componente 2 (Rehabilitación) y apoyará la transformación del sector turístico en España en consonancia con el componente 14 (Turismo).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

Z.1.    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C26.R1) – Nueva Ley del Deporte

El objetivo de esta medida legislativa es garantizar la salud y la seguridad en la práctica del deporte a todos los niveles, incluir los aspectos de igualdad de género, accesibilidad y cohesión social en la regulación del deporte, modernizar las organizaciones e infraestructuras deportivas a través de la digitalización y de su transformación ecológica y promover la internacionalización del sector. La legislación adaptará las estructuras organizativas del deporte a los retos actuales a los que se enfrenta, teniendo en cuenta las enseñanzas extraídas de la pandemia.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Reforma 2 (C26.R2) – Ley de profesiones del deporte

El objetivo de esta medida legislativa es garantizar que la nueva regulación de profesiones deportivas no suponga obstáculos para el establecimiento y la prestación de servicios en el territorio español. La medida abordará las dificultades que se derivan de la heterogeneidad normativa a nivel autonómico (incluidos diferentes requisitos de acceso entre Comunidades). La medida garantizará la conformidad con la legislación de la UE, en particular con los principios de necesidad y proporcionalidad.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Reforma 3 (C26.R3) – Estrategia nacional de fomento del deporte

El objetivo de esta estrategia es promover la práctica del deporte para evitar las consecuencias negativas que el sedentarismo y la inactividad física pueden tener en la salud y el bienestar. La medida incluirá, entre otras cosas: a) acciones para introducir buenas prácticas y hábitos saludables; b) una herramienta de análisis para medir y mejorar la repercusión de la estrategia.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 1 (C26.I1) – Plan de Digitalización del Sector Deporte

El objetivo de esta medida es digitalizar las federaciones deportivas, incluida su gestión presupuestaria y los procedimientos para la concesión de licencias deportivas. También mejorará el análisis de los datos resultantes de la práctica deportiva, en concreto para la promoción de estilos de vida saludables y con fines de investigación. Por último, impulsará la digitalización de los centros públicos de medicina del deporte y la lucha contra el dopaje.

La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Inversión 2 (C26.I2) – Plan de Transición Ecológica de Instalaciones Deportivas

El objetivo de esta medida será modernizar las instalaciones deportivas existentes, incluidas las instalaciones deportivas que puedan atraer el turismo y los centros de alto rendimiento deportivo. Esto se conseguirá a través de su digitalización para lograr un uso óptimo y de la mejora de su eficiencia energética, con la que se espera obtener una reducción de la demanda de energía primaria de al menos el 30 %. La medida también incrementará el deporte en las zonas rurales mediante la creación de una red de promotores para incentivar la actividad física.

Los criterios de selección de las inversiones realizadas en el marco de este componente garantizarán el cumplimiento del 100 % del seguimiento climático para un mínimo de 106 000 000 EUR. Los indicadores de mejora de la eficiencia energética utilizados se acreditarán mediante el correspondiente certificado de eficiencia energética, conforme a la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios 102 .

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2025.

Inversión 3 (C26.I3) – Plan Social del Sector Deporte

El objetivo de esta medida es doble. Por una parte, pretende mejorar las instalaciones deportivas existentes mejorando su digitalización, eficiencia energética y accesibilidad, con el fin de fortalecer la candidatura de España para la celebración de competiciones deportivas internacionales. Por otra parte, está dirigida a promover la participación de las mujeres en el deporte profesional mediante acciones para aumentar su presencia y visibilidad, acciones de formación y para permitir la profesionalización del deporte femenino, comenzando por el fútbol. 

Los criterios de selección de las inversiones realizadas en el marco de este componente garantizarán el cumplimiento del 100 % del seguimiento climático para un mínimo de 27 500 000 EUR de la inversión total. Los indicadores de mejora de la eficiencia energética utilizados se acreditarán mediante el correspondiente certificado de eficiencia energética, conforme a la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios.

La implementación de la inversión estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Z.2.    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes que figuran en el cuadro incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito / Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

367

C26.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley del Deporte

Disposición de la Ley por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T4

2022

La Ley fomentará la salud y la seguridad en la práctica del deporte a todos los niveles, la igualdad de género, la inclusión social y la accesibilidad, la promoción de la dimensión internacional del modelo y la modernización de las organizaciones e infraestructuras a través del respeto del medio ambiente y la digitalización.

368

C26.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Ordenación de determinadas profesiones del deporte

Disposición de la Ley por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T4

2023

Aprobación de la Ley de Ordenación de determinadas profesiones del deporte, con el fin de resolver las dificultades derivadas de la heterogeneidad normativa y teniendo debidamente en cuenta los principios de necesidad y proporcionalidad.

369

C26.R3

Hito

Estrategia nacional de fomento del deporte contra el sedentarismo y la inactividad física

Publicación en página web

 

 

 

T4

2023

Aprobación por el Gobierno de España de la implementación de la Estrategia nacional de fomento del deporte contra el sedentarismo y la inactividad física. La Estrategia se propondrá: a) aplicar una herramienta de análisis permanente para analizar, medir y mejorar la repercusión de la Estrategia; b) ejecutar acciones cuyo objetivo sea el establecimiento de buenas prácticas y hábitos saludables, tras el análisis. La Estrategia se llevará a cabo en régimen de corresponsabilidad con las Comunidades Autónomas y las entidades locales.

370

C26.I1

Hito

Digitalización del sector del deporte

Publicación en el BOE

 

 

T4

2023

Ejecución presupuestaria de al menos 75,6 millones EUR que debería dar lugar a una mejora significativa de la digitalización del sector, en particular: a) digitalización de las federaciones deportivas (en particular, de la gestión presupuestaria y la expedición de licencias) con un nuevo sistema informático; b) sistemas informáticos de bases de datos para el análisis de datos; c) internet de las cosas (IdC) en los centros de alto rendimiento; d) sistemas para determinar patrones alternativos u optimizar el entrenamiento de cada atleta; e) publicación de 10 proyectos de investigación en actividad física beneficiosa para la salud (AFBS); f) prueba de sistemas informáticos en los Centros públicos de Medicina del Deporte; g) creación de una oficina electrónica de administración antidopaje, incluida la aplicación de un sistema «sin soporte papel» para los controles antidopaje; y h) estudio de las necesidades de digitalización (como aplicaciones, federaciones deportivas, medicina deportiva, AFBS y antidopaje) para la digitalización del sector del deporte.

371

C26.I1

Objetivo

Centros de Medicina del Deporte

-

Número

 

20

T4

2023

Al menos 20 de los 23 Centros de Medicina del Deporte utilizarán la nueva tecnología informática.

372

C26.I1

Hito

Realización de proyectos informáticos en los centros de alto rendimiento y en la administración antidopaje

Recogida de datos de los centros de alto rendimiento; inicio de los ensayos de la aplicación de control antidopaje

 

 

 

T4

2023

Finalización del desarrollo de sistemas informáticos (incluida la internet de las cosas) en centros de alto rendimiento. Creación de una oficina electrónica de administración antidopaje, incluida la aplicación de un sistema «sin soporte papel» para los controles antidopaje

373

C26.I2

Objetivo

Renovación y mejora de centros técnicos para el deporte e instalaciones deportivas

 

Número

0

95

T4

2025

Al menos 40 centros técnicos y 45 instalaciones deportivas se habrán renovado, habrá mejorado su eficiencia energética o se habrá optimizado su uso mediante la digitalización o la mejora de la accesibilidad. El medio para la comprobación de la finalización de las obras serán los certificados de fin de obra. Las intervenciones en materia de eficiencia energética deberán lograr por término medio una reducción de la demanda de energía primaria de al menos un 30 %. La lista de instalaciones se hará pública.

374

C26.I3

Hito

Proyectos para promover la igualdad en el deporte

Publicación en el BOE

 

 

T2

2022

Adjudicación por el Consejo Nacional del Deporte de una convocatoria de propuestas publicada en el Boletín Oficial del Estado, a través de la cual se espera seleccionar un mínimo de 15 proyectos beneficiarios para promover la igualdad en el deporte, en particular mediante la formación, la profesionalización del deporte femenino y su visibilización. El presupuesto acumulado de la convocatoria será de 11 700 000 EUR.

375

C26.I3

Objetivo

Realización de acciones en el marco del Plan Social del Deporte

 

Número

0

40

T4

2023

Finalización de acciones en el marco del Plan Social del Deporte, incluida la renovación de al menos 40 instalaciones deportivas y acciones para promover la presencia de mujeres en el deporte profesional (programas de formación, campañas de marketing y estudios). Las intervenciones en materia de eficiencia energética deberán lograr por término medio una reducción de la demanda de energía primaria de al menos un 30 %. La lista de instalaciones se hará pública.

AA. COMPONENTE 27: Medidas y actuaciones de prevención y lucha contra el fraude fiscal

Este componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español aborda los retos de la prevención del fraude y la evasión fiscales y la lucha contra ellos. El objetivo del componente es aumentar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y recaudar más ingresos fiscales. El componente responde, entre otras, a las recomendaciones específicas por país sobre el fortalecimiento de los marcos presupuestario y de contratación pública en todos los niveles de gobierno (recomendación específica por país 1 de 2019) y sobre la aplicación, cuando las condiciones económicas lo permitan, de políticas presupuestarias destinadas a lograr situaciones presupuestarias prudentes a medio plazo y garantizar la sostenibilidad de la deuda, fomentando al mismo tiempo la inversión (recomendación específica por país 1 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

AA.1.    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C27.R1) – Aprobación de la Ley de lucha contra el fraude

Los objetivos de esta reforma son reforzar las normas contra las prácticas de elusión fiscal que afectan directamente al funcionamiento del mercado interior, así como modificar impuestos directos e indirectos, determinados impuestos de las Administraciones locales y la regulación de los juegos de azar. La reforma introduce cambios en la normativa destinados a establecer parámetros de justicia tributaria y a facilitar acciones destinadas a prevenir y combatir el fraude mediante el refuerzo del control tributario.

La reforma consiste en la aprobación y la entrada en vigor de una Ley de lucha contra el fraude fiscal que:

·amplía el ámbito de las transacciones para las que se autorizan los pagos electrónicos (empresas y profesionales) y establece un límite legal para los pagos en efectivo;

·actualiza la lista de paraísos fiscales en función del criterio de transparencia, de nula tributación y de regímenes fiscales preferenciales perjudiciales;

·introduce cambios en el régimen de la lista de deudores a la Hacienda Pública;

·prohíbe el denominado «software de doble uso»;

·introduce un valor de referencia como base imponible de los impuestos patrimoniales.

La Ley se aprobará a más tardar el 30 de junio de 2021. La Ley entrará en vigor a más tardar el 30 de junio de 2022. La reforma prevé una evaluación provisional de la Ley para el 31 de diciembre de 2022 y, sobre la base de dicha evaluación, podrían introducirse modificaciones en 2023.

Reforma 2 (C27.R2) – Modernización de la Agencia Tributaria

La Agencia Tributaria tiene encomendada la aplicación del sistema tributario estatal y del aduanero y desarrolla sus actuaciones en el marco del Plan Estratégico 2020-2023. Este Plan Estratégico, que se basa en gran medida en el uso de soluciones informáticas, se revisa cada año para garantizar su adaptación a la evolución de las políticas en materia tributaria, a las nuevas fuentes de información, a los cambios en el comportamiento de los contribuyentes y a la evolución tecnológica. El objetivo de esta reforma es apoyar la aplicación y la revisión anual del Plan Estratégico 2020-2023, que tiene por objeto modernizar la prestación de servicios de la Agencia Tributaria para reducir el fraude y la evasión fiscales. La reforma 2 interactúa estrechamente con otras reformas de este componente. La reforma incluirá

·aumentar los recursos humanos de la Agencia Tributaria en consonancia con sus necesidades a medio plazo, y

·llevar a cabo una revisión de los edificios de la Agencia para modernizar la tecnología y aumentar su eficiencia energética.

La reforma estará implementada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Reforma 3 (C27.R3) – Potenciación de la asistencia al contribuyente

El objetivo de esta reforma es mejorar la asistencia a los contribuyentes. Un elemento clave del Plan Estratégico de la Agencia Tributaria para 2020-2023 es mejorar los servicios prestados a los contribuyentes mediante un mayor uso de plataformas electrónicas (las llamadas «ADI», Administración Digital Integral). La reforma consiste en la prestación de nuevos servicios para facilitar la tramitación del impuesto sobre sociedades, el IRPF y la imposición del IVA. Los nuevos servicios incluirán la mejora de los métodos de comunicación, servicios de asistencia técnica y consulta de los datos de los usuarios y asistencia en relación con las declaraciones fiscales y su tramitación. Está previsto que la implantación de estos servicios se realice progresivamente en tres fases durante el período 2021-2023, con el objetivo de que cada vez más clientes elijan utilizar los servicios electrónicos en lugar de acudir a sus oficinas tributarias locales. Con estas medidas, la Agencia pretende facilitar a sus clientes el cumplimiento del código fiscal y, de este modo, aumentar los ingresos tributarios.

La implementación de la reforma estará terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Reforma 4 (C27.R4) – Vertiente internacional

El objetivo de esta reforma es aumentar y optimizar el uso de los sistemas informáticos en la cooperación internacional para luchar contra el fraude y la evasión fiscales. Esta reforma, que tiene como precedentes acuerdos internacionales que han promovido políticas en este ámbito, consiste en la adopción de medidas para facilitar el cumplimiento por los contribuyentes de sus obligaciones fiscales (inclusión de datos en el IRPF), intensificar la lucha contra las actividades no declaradas y la economía sumergida y revisar la calidad y la utilidad de la información obtenida de los distintos países. Se espera alcanzar estos objetivos a través de un mayor uso de sistemas informáticos más complejos y de la prestación de servicios en línea a los contribuyentes.

La reforma estará implementada a más tardar el 31 de diciembre de 2021.

Reforma 5 (C27.R5) – Modelo cooperativo

El objetivo de esta reforma es mejorar las relaciones de la Agencia Tributaria con sus partes interesadas, como las grandes empresas, las pymes, los trabajadores autónomos y las asociaciones pertinentes, así como con el sistema judicial, como medio para lograr un mayor cumplimiento de las obligaciones tributarias. Por lo que respecta a los contribuyentes, la Agencia aspira a mejorar la cooperación e incrementar el cumplimiento a través de informes de transparencia fiscal voluntarios. Se espera que aumente la cooperación con jueces, fiscales y tribunales mediante el aumento de las investigaciones en el ámbito tributario.

La reforma estará implementada a más tardar el 31 de diciembre de 2021.

AA.2.    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes que figuran en el cuadro no incluyen el IVA.

Número

Medida

Hito / Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

376

C27.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal

Disposición de la Ley por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T2

2022

Entrada en vigor de la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, que:

-Amplía el ámbito de las transacciones para las que es obligatorio el pago electrónico (empresas y profesionales) y establece límites legales para los pagos en efectivo.
-Actualiza la lista de paraísos fiscales con arreglo al criterio de transparencia, de nula tributación y de regímenes fiscales preferenciales perjudiciales.

-Modifica el régimen de la lista de deudores frente a la Hacienda Pública.

-Prohíbe el denominado «software de doble uso».

-Introduce un valor de referencia como base imponible de los impuestos patrimoniales.

377

C27.R1

Hito

Evaluación intermedia de los efectos de la Ley contra el Fraude Fiscal.

Publicación del informe en el sitio web del Ministerio de Hacienda.

 

 

 

T4

2022

El Ministerio de Hacienda llevará a cabo una evaluación intermedia de la Ley contra el Fraude Fiscal. Esta evaluación, con posibles recomendaciones de mejora, se publicará en el sitio web del Ministerio de Hacienda.

378

C27.R2

Objetivo

Modernización de la Agencia Tributaria - Número de efectivos de la Agencia Tributaria

 

Número

25 325

26 320

T4

2021

Aumentar el número de efectivos de la Agencia Tributaria a al menos 26 320 empleados. Fecha del valor de referencia: 31 de diciembre de 2020.

379

C27.R2

Objetivo

Modernización de la Agencia Tributaria – Investigaciones en el ámbito tributario

 

Número

5 743

6 591

T4

2021

Las autoridades llevarán a cabo 6 591 investigaciones en el ámbito tributario (número de investigaciones en el ámbito tributario realizadas durante 2021) para detectar actividades no declaradas. Fecha del valor de referencia: 31 de diciembre de 2020.

380

C27.R3

Objetivo

Refuerzo de la asistencia prestada a los contribuyentes: mejora de Sociedades web y acceso a ella para al menos 1 666 123 contribuyentes.

 

Número

0

1 666 123

T4

2021

Sociedades web, un servicio destinado a los sujetos pasivos del impuesto de sociedades, se modernizará y presentará automáticamente la información fiscal, previamente comunicada por las empresas a la Administración Pública, que sea pertinente para la declaración fiscal. Una vez realizada dicha actualización, el servicio se pondrá a disposición de 1 666 123 sujetos pasivos del impuesto de sociedades. Fecha del valor de referencia: 31 de diciembre de 2020.

381

C27.R3

Objetivo

Refuerzo de la asistencia prestada a los contribuyentes: mejora de Renta Web y acceso a ella para al menos 1 779 505 contribuyentes

 

Número

0

1 779 505

T4

2021

Renta Web es un programa informático dedicado al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que permitirá la importación directa de los datos consignados en los libros registro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Estará a disposición de 1 779 505 sujetos pasivos del IRPF. Fecha del valor de referencia: 31 de diciembre de 2020.

382

C27.R3

Hito

Realización de cuatro plataformas digitales de apoyo

Publicación de un informe de la Agencia Tributaria

 

 

 

T4

2023

La Agencia Tributaria creará y pondrá en funcionamiento cuatro plataformas digitales de apoyo en materia tributaria para mejorar los servicios prestados a los contribuyentes. Las plataformas digitales de apoyo actuarán como mostradores virtuales en línea en los que se ofrecerá a los contribuyentes un servicio de asistencia más amplio, de tal modo que puedan ponerse en contacto con la Agencia Tributaria en diferentes lenguas para obtener en línea el mismo apoyo que en una oficina tradicional, como el de información general y asistencia para los distintos procedimientos, incluida la presentación de declaraciones fiscales.

383

C27.R4

Objetivo

Vertiente internacional - Identificación de los contribuyentes extranjeros registrados

 

Número (%)

0

85

T4

2021

Para mejorar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en particular de los contribuyentes que figuran en el registro como contribuyentes extranjeros, la Agencia Tributaria llevará a cabo un proyecto que utilizará nueva información sobre los contribuyentes obtenida con arreglo a diversas normas internacionales, como la Ley de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras (FATCA, por su sigla en inglés) y el Common Reporting Standard (CRS). Una vez finalizado el proyecto, se espera que la información internacional recibida sea adecuada para el análisis de riesgos. El objetivo del proyecto será que los datos fiscales de al menos el 85 % de los contribuyentes extranjeros registrados de los que la Agencia Tributaria haya recibido información en 2019 hayan sido identificados y verificados, de modo que puedan utilizarse para el análisis de riesgos a más tardar el 31 de diciembre de 2021. Fecha del valor de referencia: 31 de diciembre de 2020.

384

C27.R5

Objetivo

Modelo cooperativo – Informes de Transparencia

 

Número

0

20

T4

2021

La Agencia Tributaria ejecutará en 2021 un proyecto encaminado a fomentar la divulgación por las empresas multinacionales de información sobre sus operaciones. Esta divulgación de información puede tener repercusiones en la tributación de esas sociedades. El objetivo será que se presenten veinte Informes de Transparencia en 2021.

AB. COMPONENTE 28: Adaptación del sistema impositivo a la realidad del siglo XXI

El componente 28 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español comprende diversas medidas fiscales, como las medidas de emergencia decididas en la fase aguda de la crisis económica de 2020, la introducción de nuevos impuestos en el contexto de los Presupuestos del Estado para 2021 y proyectos a medio plazo para revisar y desarrollar el sistema tributario de manera que se adecúe mejor a sus propósitos. Los objetivos que se persiguen con la reforma del sistema tributario español son hacerlo más equitativo, progresivo, sostenible y justo y, al mismo tiempo, profundizar en el diseño de una fiscalidad verde, incorporar la perspectiva de género y potenciar políticas públicas de interés general, como la protección de la salud. Las reformas también tienen por objeto fomentar el crecimiento económico, la creación de empleo, la resiliencia económica y la cohesión interterritorial. Dado que la proporción global de ingresos tributarios en relación con el PIB en España es inferior que la de las economías comparables, existe margen para aumentar los ingresos y fomentar la sostenibilidad de las finanzas públicas a medio y largo plazo.

El componente responde, entre otras, a las recomendaciones específicas por país sobre el fortalecimiento de los marcos presupuestario y de contratación pública en todos los niveles de gobierno (recomendación específica por país 1 de 2019) y sobre la aplicación, cuando las condiciones económicas lo permitan, de políticas presupuestarias destinadas a lograr situaciones presupuestarias prudentes a medio plazo y garantizar la sostenibilidad de la deuda, fomentando al mismo tiempo la inversión (recomendación específica por país 1 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

AB.1.    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C28.R1) – Medidas adoptadas en 2020 y 2021 para paliar los
efectos de la pandemia COVID-19

España aplicó en 2020 y 2021 diversas medidas fiscales para paliar los efectos negativos de la crisis económica provocada por la pandemia de COVID-19. Algunas de estas medidas fueron el aplazamiento de deudas tributarias y aduaneras, la suspensión y ampliación de plazos tributarios, facilidades para regímenes simplificados del IRPF, el IVA y el impuesto de sociedades de las pymes, la reducción temporal del tipo impositivo del IVA de determinados bienes necesarios para combatir la crisis sanitaria y la creación del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas. El objetivo de estas medidas era mitigar el impacto económico y social de la pandemia. Estas medidas entraron en vigor a partir del 1 de febrero de 2020 y algunas de ellas continuarán en 2021.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de marzo de 2021.

Reforma 2 (C28.R2) – Análisis de beneficios fiscales

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) llevó a cabo una evaluación de beneficios fiscales relacionados con el impuesto sobre la renta de las personas físicas, los impuestos especiales y el IVA, sobre la base de la cual señaló la posibilidad de modificar determinados beneficios fiscales. En 2020 se modificaron determinados beneficios fiscales en el impuesto sobre la renta de las personas físicas, así como el tipo reducido de IVA aplicable a las bebidas refrescantes, los zumos y las gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos. La implementación de nuevas reformas regulatorias hasta el 31 de marzo de 2023 se basará en las recomendaciones de un grupo de trabajo constituido para evaluar quince beneficios fiscales. Este grupo de trabajo se propone formular recomendaciones sobre la modificación o supresión de otros beneficios fiscales en los próximos años a fin de hacer que el sistema tributario sea más eficaz, aumentar los ingresos, apoyar la transición ecológica y promover la equidad. 

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de marzo de 2023.

Reforma 3 (C28.R3) – Creación de un comité de personas expertas para la reforma fiscal

El 12 de abril de 2021 las autoridades aprobaron la creación del comité de personas expertas para la reforma del sistema tributario con el fin de examinar las características de un sistema tributario óptimo y formular recomendaciones encaminadas a la modernización y la adaptación de la fiscalidad al contexto actual. En particular, el comité de personas expertas prestará atención a los siguientes ámbitos:

·fiscalidad medioambiental;

·imposición societaria;

·tributación de la economía digitalizada;

·aplicación y concreción de la armonización de la tributación patrimonial;

·fiscalidad de las actividades económicas emergentes; e

·igualdad de género.

La reforma irá acompañada también de un análisis de su impacto distributivo, en el que se prestará especial atención a la repercusión sobre las familias con hijos. El análisis se ocupará al menos de los siguientes elementos: i) mejora o no de la progresividad del sistema; ii) impacto sobre los colectivos vulnerables; iii) repercusión sobre las familias con hijos; iv) tributación de las grandes corporaciones; y v) distribución en la tributación del trabajo frente a la tributación del capital.

El comité de personas expertas publicará su informe en febrero de 2022. Las modificaciones del sistema tributario basadas en las recomendaciones de este informe entrarán en vigor a más tardar el 31 de marzo de 2023.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de marzo de 2023.

Reforma 4 (C28.R4) – Reforma de medidas fiscales que contribuyen a la transición ecológica

Esta reforma contiene medidas fiscales destinadas a apoyar la transición ecológica. Dichas medidas incluirán:

·el establecimiento de un impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos y a la incineración;

·el establecimiento de un impuesto que grave los envases de plástico no reutilizables;

·la modificación del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero;

·impuestos o pagos relacionados con la movilidad, como la introducción de peajes de carretera y la revisión de las figuras tributarias que gravan la matriculación de vehículos; y

·la revisión de las bonificaciones de los hidrocarburos utilizados como carburante.

La implementación de las medidas estará terminada a más tardar el 30 de junio de 2022.

Reforma 5 (C28.R5) – Aprobación del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales

Esta reforma introducirá un impuesto basado en la cifra de negocios de las empresas cuyo importe neto de cifra de negocios supere los 750 000 000 EUR y en los ingresos procedentes de la prestación de determinados servicios digitales, como los servicios de publicidad en línea y de intermediación en línea España. El impuesto se aplicará con independencia de que la empresa sea o no residente en territorio español. El impuesto entró en vigor en el primer trimestre de 2021. La reforma incluirá asimismo un informe sobre la evaluación del impacto de la medida, que se publicará en el primer trimestre de 2022 y de 2023.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de marzo de 2021.

Reforma 6 (C28.R6) – Aprobación del Impuesto sobre las Transacciones Financieras

Esta medida introducirá un impuesto basado en el valor de compraventa de acciones de empresas españolas cotizadas con una capitalización bursátil superior a 1 000 000 000 EUR. La implementación de la reforma entró en vigor en el primer trimestre de 2021. La reforma incluirá también un informe sobre la evaluación del impacto de la medida, que se publicará en el primer trimestre de 2022 y de 2023.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de marzo de 2021.

Reforma 7 (C28.R7) – Medidas tributarias de adopción a corto plazo en los Impuestos personales

La reforma aumentará el grado de progresividad y redistribución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas mediante modificaciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio. En particular, se incrementará en 2 puntos porcentuales la escala general estatal a partir de 300 000 EUR de base liquidable general, y en 3 puntos porcentuales la escala del ahorro a partir de 200 000 EUR. Además, se reducirá el límite de la reducción de las aportaciones individuales a planes de pensiones de los 8 000 EUR actuales a 2 000 EUR, y se incrementará el límite vigente para aportaciones realizadas por la empresa a favor de su trabajador de 8 000 EUR a 10 000 EUR. Además, por lo que se refiere al impuesto sobre el patrimonio, la reforma elevará en 1 punto el tipo de gravamen aplicable al último tramo de la tarifa, que pasa del 2,5 % al 3,5 % (para patrimonios superiores a 10 000 000 EUR). La implementación de la reforma debía estar finalizada para el 1 de enero de 2021.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de marzo de 2021.

Reforma 8 (C28.R8) – Medidas tributarias de adopción a corto plazo en el Impuesto sobre
Sociedades

La reforma modificará la Ley del Impuesto sobre Sociedades con el fin de aumentar la contribución de este impuesto al sostenimiento del gasto público y, al mismo tiempo, simplificará las exenciones y deducciones, de modo que quede garantizada una tributación mínima de un 15 % por los contribuyentes. Por otra parte, la exención por los dividendos y plusvalías generadas por su participación en sociedades filiales, tanto residentes como no residentes en territorio español, se reducirá en un 5 %.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de marzo de 2021.

Reforma 9 (C28.R9) – Medidas tributarias de adopción a corto plazo en los impuestos indirectos

La reforma extenderá la aplicación del tipo general del Impuesto sobre el Valor Añadido, fijado en el 21 %, a las bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos. Esta medida constituye un compromiso social para promover el consumo responsable de estas categorías de bebidas y es coherente con el objetivo de financiar los costes externos del Estado del Bienestar español derivados en este caso de dietas poco saludables. Además, el tipo de gravamen del Impuesto sobre las Primas de Seguros se incrementará en dos puntos porcentuales hasta situarlo en el 8 %, manteniéndose, no obstante, en el tramo medio-bajo en relación con los países vecinos.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 31 de marzo de 2021.

AB.2.    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes que figuran en el cuadro no incluyen el IVA. 

Número

Medida

Hito / Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

385

C28.R1

Hito

Medidas fiscales adoptadas en 2020 y 2021 para paliar los efectos de la pandemia de COVID-19.

Disposición de las leyes y los reales decretos leyes en la que se indica su entrada en vigor

 

 

 

T1

2021

Entrada en vigor de las medidas fiscales adoptadas en 2020 y 2021 para paliar los efectos económicos y sociales adversos de la pandemia de COVID-19:

1. Normativa transitoria: diversos reales decretos leyes aprobados por el Gobierno desde el comienzo de la pandemia de COVID-19.

2. Modificación de normativa estatal:

₋ Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

₋ Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

₋ Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

₋ Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

- Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

386

C28.R2

Hito

Análisis y modificaciones de beneficios fiscales

Disposiciones de las reformas por las que se establece su entrada en vigor y publicación de las recomendaciones del grupo de trabajo en la página web del Ministerio de Hacienda

 

 

 

T1

2023

Entrada en vigor de las reformas normativas necesarias para aplicar las recomendaciones del grupo de trabajo de modificar o suprimir quince beneficios fiscales. Los beneficios fiscales se seleccionarán en función de su importancia cuantitativa y cualitativa y se evaluarán con arreglo a la metodología de la AIReF. Las reformas normativas tendrán por objeto hacer que el sistema tributario sea más eficaz, aumentar los ingresos, apoyar la transición ecológica y promover la equidad.

387

C28.R3

Hito

Nombramiento del comité de personas expertas por la Secretaria de Estado de Hacienda.

Publicación en página web

 

 

 

T2

2021

Nombramiento de un comité de personas expertas para orientar la reforma del sistema tributario. El comité será responsable de llevar a cabo un análisis técnico de las reformas necesarias, teniendo en cuenta el escenario actual y la situación prevista a medio y largo plazo, prestando especial atención a los siguientes ámbitos: fiscalidad medioambiental, imposición societaria, tributación de la economía digitalizada, aplicación y concreción de la armonización de la tributación patrimonial, fiscalidad de las actividades económicas emergentes.

388

C28.R3

Hito

Entrada en vigor de las reformas derivadas de las recomendaciones del comité

Disposiciones de las reformas en las que se indica su entrada en vigor

 

 

 

T1

2023

Entrada en vigor de las reformas derivadas de las recomendaciones del comité de personas expertas relativas a los diferentes elementos del sistema tributario español, con el fin de acercar la ratio ingresos/PIB del Estado español a la media de la UE, garantizar un impuesto mínimo sobre la renta de las sociedades, hacer que el sistema tributario sea más eficiente, modernizarlo y adaptarlo a las nuevas tendencias, lo que incluye una perspectiva de género, centrándose en los ámbitos de la fiscalidad medioambiental, la imposición societaria, la tributación de la economía digitalizada, la armonización de la tributación patrimonial y la fiscalidad de las actividades económicas emergentes. Las reformas irán acompañadas también de un análisis de su impacto distributivo, en el que se prestará especial atención a las familias con hijos.

389

C28.R4

Hito

Impuestos sobre los plásticos no reutilizables y los residuos

Disposición de la legislación por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T3

2021

Entrada en vigor de la Ley reguladora de los impuestos sobre los plásticos y sobre el depósito y la incineración de residuos para promover la economía circular y reducir el uso de plásticos no reutilizables.

390

C28.R4

Hito

Revisión de las figuras tributarias que gravan la matriculación y la utilización de vehículos

Publicación en página web

 

 

 

T1

2022

La reforma prevé un análisis de las figuras tributarias que gravan la matriculación y la utilización de vehículos o la creación de peajes de carretera. Sobre la base de este análisis, se estudiará la posibilidad de modificar la legislación para promover un transporte por carretera más sostenible y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

391

C28.R4

Hito

Entrada en vigor de la reforma del Impuesto sobre los Gases Fluorados

Disposición de la legislación por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T2

2022

Entrada en vigor de la reforma del Impuesto sobre los Gases Fluorados para desincentivar su uso y reducir la elusión fiscal.

392

C28.R5

Hito

Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales

Disposición de la legislación por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T1

2021

Entrada en vigor de la Ley 4/2020, de 15 de octubre, del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales con el fin de generar nuevas fuentes de ingresos a la Hacienda Pública basadas en modelos de negocio emergentes y, al mismo tiempo, adaptar el sistema tributario de manera coherente y, cuando proceda, en el contexto internacional.

393

C28.R6

Hito

Impuesto sobre las Transacciones Financieras

Disposición de la legislación por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T1

2021

Entrada en vigor de la Ley 5/2020, de 15 de octubre, del Impuesto sobre las Transacciones Financieras, con el fin de generar nuevas fuentes de ingresos a la Hacienda Pública y, al mismo tiempo, adaptar el sistema tributario de manera coherente y, cuando proceda, en el contexto internacional.

394

C28.R7

Hito

Modificaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio en 2021

Disposición de la Ley de Presupuestos por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T1

2021

Entrada en vigor de las modificaciones introducidas por la Ley de Presupuestos para 2021 y de los reglamentos de desarrollo relacionados con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto sobre el Patrimonio para reducir el déficit público y hacer que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sea más progresivo.

395

C28.R8

Hito

Modificaciones del Impuesto sobre Sociedades en 2021

Disposición de la Ley de Presupuestos por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T1

2021

Entrada en vigor de las modificaciones introducidas por la Ley de Presupuestos para 2021 y de los reglamentos de desarrollo relacionados con el Impuesto sobre Sociedades con el fin de incrementar los ingresos procedentes de este impuesto.

396

C28.R9

Hito

Modificaciones de los impuestos indirectos en 2021

Disposición de la Ley de Presupuestos por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T1

2021

Entrada en vigor de las modificaciones introducidas por la Ley de Presupuestos para 2021 y de los reglamentos de desarrollo relacionados con los impuestos indirectos para promover dietas más saludables mediante la reducción del consumo de determinadas bebidas azucaradas y aumentar los ingresos de la Hacienda Pública elevando el tipo de gravamen en el Impuesto sobre las Primas de Seguros.

AC. COMPONENTE 29: Mejora de la eficacia del gasto público

Las reformas del componente 29 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español tienen por objeto: i) mejorar la eficacia del gasto público mediante el refuerzo del marco y de las prácticas de revisión y evaluación del gasto, y ii) alinear los Presupuestos Generales del Estado con los Objetivos de Desarrollo Sostenible y los principios de presupuestación ecológica.

El objetivo de este componente del Plan es mejorar la calidad del gasto público, en particular revisando su composición y reorientando su uso, para favorecer el crecimiento económico y la creación de empleo y, en última instancia, asegurar la estabilidad presupuestaria y reafirmar la sostenibilidad de la deuda pública a medio plazo. Las reformas abordan también los retos que plantea la nueva realidad económica y social.

El componente responde a la recomendación específica por país sobre la aplicación, cuando las condiciones económicas lo permitan, de políticas presupuestarias destinadas a lograr situaciones presupuestarias prudentes a medio plazo y garantizar la sostenibilidad de la deuda, fomentando al mismo tiempo la inversión (recomendación específica por país 1 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

AC.1.    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C29.R1) – Proceso de revisión y evaluación del gasto público

El objetivo de esta reforma es establecer un marco permanente que garantice la mejora de la calidad del gasto público y refuerce la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad de las finanzas públicas. Esta reforma consta de cuatro subelementos:

·Incorporación al proceso de toma de decisiones de las recomendaciones de la revisión del gasto (spending review) para 2018-2020 (fase I y fase II): Para llevar a cabo un seguimiento eficaz de las recomendaciones de las fases I y II, los centros gestores a los que se hayan formulado recomendaciones dispondrán de un plazo en el que adoptar medidas para cumplir dichas recomendaciones de acuerdo con el principio de «cumplir o explicar». Se prevé encomendar al Ministerio de Hacienda la tarea de supervisar el seguimiento y elaborar un informe anual sobre las medidas adoptadas en respuesta a las recomendaciones.

·Lanzamiento de la fase III de la revisión del gasto 2021: Está previsto que la tercera fase de la revisión del gasto se centre en los instrumentos financieros y la gestión de los residuos urbanos.

·Nuevo proceso de revisión y evaluación del gasto público (para 2022-2026): Las futuras revisiones del gasto en este ciclo serían llevadas a cabo por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF). El Consejo de Ministros, previa consulta a la AIReF, decidirá la orientación, las áreas y el calendario de estas revisiones futuras. El objetivo es publicar un informe anual durante el período 2022-2026.

·Refuerzo de la capacidad del evaluador (AIReF): Se modificará el Estatuto Orgánico de la AIReF para crear una nueva división responsable de las revisiones del gasto público (spending review).

Puede considerarse que la reforma 1 apoya la coherencia y otras reformas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español, especialmente de los componentes 6, 17, 18, 21, 23 y 28, en cuyas prioridades de reforma se han tenido en cuenta las recomendaciones basadas en las fases I y II de la revisión del gasto.

Se espera que esta reforma esté terminada a más tardar el 30 de junio de 2023.

Reforma 2 (C29.R2) – Alineamiento de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) con los Objetivos de Desarrollo Sostenible

El objetivo de esta reforma es alinear los Presupuestos Generales del Estado con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), que subyacen a todo el Plan. La reforma consistirá en la publicación de un informe en el marco del proceso de elaboración de los PGE, con arreglo a una metodología predefinida, que reflejará el alineamiento de las inversiones públicas con los ODS. Esta reforma se basa en la metodología y el marco de seguimiento que se están diseñando actualmente con el apoyo del instrumento de apoyo técnico de la UE.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de septiembre de 2021.

Reforma 3 (C29.R3) – Alineamiento de los Presupuestos Generales del Estado con la transición
ecológica (
green budgeting)

El objetivo de esta reforma es alinear los Presupuestos Generales del Estado con el marco de referencia de la presupuestación ecológica de la UE a medio plazo. Refuerza la reforma de 2 y, más en general, las aspiraciones ecológicas del Plan en su conjunto. La reforma consistirá en la publicación de dos informes, en el contexto del proceso de los Presupuestos Generales del Estado, en los que se analizará si los gastos incluidos en las leyes presupuestarias anuales para 2023 y 2024 contribuyen o no al logro de los objetivos medioambientales. Esta reforma se basa en la metodología y el marco de seguimiento que se están diseñando actualmente con el apoyo del instrumento de apoyo técnico de la UE.

La implementación de la medida estará terminada a más tardar el 30 de septiembre de 2023.

AC.2.    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes que figuran en el cuadro no incluyen el IVA. 

Número

Medida

Hito / Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

397

C29.R1

Hito

Creación de una estructura permanente en el Ministerio de Hacienda para hacer un seguimiento activo de la implementación de los resultados de las revisiones del gasto y aprobación de la Orden por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado

Disposiciones de la legislación por las que se establece su entrada en vigor. Orden por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado.

 

 

 

T2

2021

Entrada en vigor i) de la creación en el Ministerio de Hacienda (en la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos) de una estructura permanente para hacer un seguimiento activo de la implementación de los resultados de las revisiones del gasto, promoviendo el principio de «cumplir o explicar»; y ii) del compromiso del Ministerio de Hacienda de publicar un informe anual sobre las medidas adoptadas en respuesta a las recomendaciones formuladas por la AIReF en las revisiones del gasto. La Orden por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado incluirá el compromiso de la Administración central y de la Seguridad Social de supervisar a lo largo del ciclo presupuestario las recomendaciones basadas en las revisiones del gasto y las medidas adoptadas para actuar en consecuencia, incluidas las que ya se hayan aplicado o se prevea aplicar el año siguiente.

398

C29.R1

Hito

Fase III de la revisión del gasto

Aprobación por el Consejo de Ministros

 

 

 

T2

2021

El Consejo de Ministros decidirá el inicio de la fase III de la revisión del gasto en 2021. La tercera fase de la revisión del gasto se ocupará de al menos dos ámbitos: instrumentos financieros y gestión de los residuos urbanos. La revisión del gasto será llevada a cabo por la AIReF.

399

C29.R1

Hito

Creación de una división permanente en la AIReF encargada de llevar a cabo las revisiones del gasto encomendadas por el Gobierno.

Disposiciones del Real Decreto por las que se establece su entrada en vigor.

 

 

 

T2

2021

Entrada en vigor de la modificación del Real Decreto 215/2014, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, con la creación de una división permanente encargada de realizar las revisiones de gastos encargadas por el Gobierno.

400

C29.R1

Hito

Aprobación por el Consejo de Ministros del nuevo ciclo (2022-2026) de revisiones del gasto que se encargarán a la AIReF.

Disposición del acuerdo del Consejo de Ministros por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T4

2021

El nuevo ciclo plurianual de revisión del gasto público abarcará el período 2022-2026. Para planificar adecuadamente la ejecución y recopilar la información necesaria para cada fase de la revisión del gasto, previa consulta con la AIReF, el Consejo de Ministros decidirá y publicará, como mínimo, las áreas que se deban analizar, las entidades públicas afectadas y los períodos temporales a los que se refiera el análisis, así como los aspectos metodológicos pertinentes.

401

C29.R1

Objetivo

Publicación de un informe de seguimiento

Publicación en la página web del Ministerio de Hacienda

 

 

 

T1

2022

Publicación anual de un informe de seguimiento. En el informe se enumerarán las recomendaciones formuladas por la AIReF y se detallarán los cambios normativos u otras medidas adoptados en respuesta a ellas. Cuando los centros de gasto destinatarios de las recomendaciones no estén de acuerdo con ellas, se incluirá una justificación adecuada.

402

C29.R1

Hito

Fase III de la revisión del gasto

Publicación de los informes en la página web de la AIReF

 

 

 

T2

2023

Publicación de los informes de la tercera fase de la revisión del gasto por la AIReF.

403

C29.R2

Hito

Informe de alineamiento de los Presupuestos Generales del Estado con los ODS

Publicación como documentación complementaria que acompaña a la Ley anual de PGE

 

 

 

T3

2021

Publicación del informe que acompaña al anteproyecto de Ley de Presupuestos para 2022 sobre su alineamiento con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

404

C29.R3

Hito

Informe de alineamiento con la presupuestación ecológica

Publicación como documentación complementaria que acompaña a la Ley de Presupuestos anual

 

 

 

T3

2022

Informe sobre presupuestación ecológica (dimensión verde) que acompaña a la Ley de Presupuestos para 2023. El informe incluirá una relación de los gastos consignados en la Ley de Presupuestos anual que contribuyen al logro de los objetivos medioambientales y se elaborará de acuerdo con la metodología y el marco de seguimiento diseñados con la asistencia del instrumento de apoyo técnico de la UE.

405

C29.R3

Hito

Informe de alineamiento con la presupuestación ecológica

Publicación como documentación complementaria que acompaña a la Ley de Presupuestos anual

 

 

 

T3

2023

Informe sobre presupuestación ecológica (dimensión marrón) que acompaña a la Ley de Presupuestos para 2024. El informe incluirá una relación de los gastos consignados en la Ley de Presupuestos anual que no contribuyen al logro de los objetivos medioambientales y se elaborará de acuerdo con la metodología y el marco de seguimiento diseñados con la asistencia del instrumento de apoyo técnico de la UE.

AD. COMPONENTE 30: Sostenibilidad a largo plazo del sistema público de pensiones en el marco del Pacto de Toledo

El objetivo del componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español es reformar el sistema de pensiones para i) asegurar la sostenibilidad financiera del sistema a corto, medio y largo plazo; ii) mantener el poder adquisitivo de las pensiones; iii) preservar la adecuación de las pensiones; iv) proteger a los pensionistas frente a la pobreza; y v) garantizar la equidad intergeneracional. Las medidas de reforma se basan en el amplio consenso parlamentario sustanciado en la
aprobación de las recomendaciones del marco del Pacto de Toledo
103 . Las medidas, que serán elevadas al diálogo social, incluyen: i) la separación de fuentes de financiación; ii) puesta en marcha de un mecanismo de
revalorización de las pensiones; iii) incentivos para la demora de la jubilación y cambios en la regulación de las jubilaciones anticipadas; iv) cambios en el periodo de cómputo para el cálculo de la pensión de jubilación; v) nuevo sistema de cotización para los autónomos basado en ingresos reales; y vi) el desarrollo de planes de pensiones de empleo a través de la negociación colectiva.

El componente responde a las recomendaciones específicas por país sobre la preservación de la sostenibilidad del sistema de pensiones (recomendación específica por país 1 de 2019) y sobre la aplicación, cuando las condiciones económicas lo permitan, de políticas presupuestarias destinadas a lograr situaciones presupuestarias prudentes a medio plazo y garantizar la sostenibilidad de la deuda, al tiempo que se fomenta la inversión (recomendación específica por país 1 de 2020).

Se espera que ninguna medida de este componente cause un perjuicio significativo a objetivos medioambientales a efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, teniendo en cuenta la descripción de las medidas y las medidas de mitigación expuestas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).

AD.1.    Descripción de las reformas e inversiones que pueden acogerse a las ayudas financieras no reembolsables

Reforma 1 (C30.R1) – Separación de fuentes de financiación de la Seguridad Social

El objetivo de la reforma es modificar la financiación del sistema de pensiones en consonancia con las recomendaciones del Pacto de Toledo para que las prestaciones contributivas se financien mediante cotizaciones sociales y las prestaciones no contributivas se sufraguen con cargo al presupuesto del Estado. La reforma consistirá en la asunción por el Estado de partidas de gasto que en la actualidad son
sufragadas a través de cotizaciones sociales. La reforma reforzará el vínculo entre cotizaciones y derechos y mejorará la sostenibilidad financiera del sistema contributivo.

Las partidas de gasto que hasta ahora se han financiado con cargo a cotizaciones sociales pero en el marco de esta reforma se consideran no contributivas y se financiarán con cargo al presupuesto del Estado son i) parte de las políticas de empleo no contributivas; ii) reducciones en la
cotización a la Seguridad Social para fomento del empleo; iii) la prestación por nacimiento y cuidado de hijos; iv) gastos relacionados con jubilaciones anticipadas, v) el complemento de pensiones por maternidad; v) pensiones en favor de familiares; vi) medidas de apoyo («subvenciones implícitas») a regímenes especiales; y vii) el coste de complementar las lagunas de cotización para el cálculo de la pensión de jubilación.

La reforma se ha iniciado mediante disposiciones en los Presupuestos Generales del Estado para 2021 y se aplicará progresivamente mediante transferencias de los Presupuestos Generales del Estado al presupuesto de la Seguridad Social.

La reforma estará implementada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

Reforma 2 (C30.R2) – Mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones, alineación de la edad efectiva de jubilación con la edad legal de jubilación, adecuación a las nuevas carreras profesionales del periodo de cómputo para el cálculo de la pensión de jubilación y sustitución del factor de sostenibilidad por un mecanismo de equidad intergeneracional

Los objetivos de la reforma son i) garantizar el poder adquisitivo de los pensionistas; ii) aumentar la participación laboral en edades próximas a la edad legal de jubilación; iii) demorar la jubilación; iv) reforzar la progresividad del sistema de cotizaciones; v) adaptar la normativa actual a las carreras discontinuas y otras formas de trabajo atípicas; y vi) hacer frente a las repercusiones de los futuros cambios demográficos sin perjuicio para la adecuación de las pensiones actuales y futuras. La reforma consta de cuatro reformas normativas independientes de conformidad con las recomendaciones del Pacto de Toledo, que se adoptarán en dos etapas.

Las reformas que entrarán en vigor a más tardar el 31 de diciembre de 2021 son:

I.Un nuevo mecanismo de indexación que vincula las pensiones a la inflación, con el objetivo de garantizar el poder adquisitivo de los pensionistas de forma permanente.

II.Adaptación de la edad de jubilación efectiva a la edad legal de jubilación, con los objetivos de aumentar la tasa de actividad laboral en edades próximas a la edad legal de jubilación y demorar la jubilación. La medida consistirá en los siguientes cambios normativos:

a. Creación de nuevos incentivos para retrasar la jubilación (mayores incentivos económicos para retrasar la jubilación y fomento de la compatibilidad entre trabajo y pensión). En particular, los trabajadores que aplacen su jubilación tendrán derecho a elegir entre: un aumento del importe de la pensión por cada año completo de cotización adicional reconocido entre la edad legal de jubilación y la jubilación efectiva; un pago a tanto alzado; y una combinación de los dos anteriores.

b.Refuerzo de los desincentivos en la regulación de determinados elementos de la jubilación anticipada de la actual normativa. Se modificará el sistema de coeficientes reductores de la jubilación anticipada para aumentar la edad efectiva de jubilación y eliminar el trato privilegiado dispensado a los pensionistas con la base máxima de cotización. Se prohibirán las disposiciones de negociación colectiva que obliguen a acceder a la pensión a la edad estándar de jubilación.

Las reformas que entrarán en vigor a más tardar el 31 de diciembre de 2022 son:

III.El ajuste del período de cotización para el cálculo de la pensión de jubilación, con el objetivo de reforzar la progresividad del sistema y adaptar la actual normativa a las carreras discontinuas y a otras formas de trabajo atípicas.

IV.Sustitución del factor de sostenibilidad por un mecanismo que garantice la equidad intergeneracional y la sostenibilidad presupuestaria. El objetivo de la medida es responder a las repercusiones de los futuros cambios demográficos sin perjudicar a la adecuación de las pensiones actuales y futuras.

La medida estará implementada a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

Reforma 3 (C30.R3) – Nuevo sistema de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos

El objetivo de la reforma es equiparar el trato dispensado a los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia, aumentar las cotizaciones al sistema de pensiones y garantizar que los trabajadores autónomos reciban unos ingresos adecuados en concepto de pensiones. La reforma modificará el régimen de cotización de los trabajadores autónomos. La reforma hará que las cotizaciones de los trabajadores autónomos se basen en sus ingresos reales, en lugar de en la base de cotización que elijan, en consonancia con las recomendaciones del Pacto de Toledo. La cotización final se calculará sobre la base de los ingresos profesionales por cuenta propia proporcionados por las autoridades tributarias. La reforma se implementará gradualmente mediante incrementos de la base mínima de cotización para permitir la adaptación al nuevo régimen.

La medida estará implementada a más tardar el 30 de junio de 2022.

Reforma 4 (C30.R4) – Modificación del complemento de maternidad de pensiones

El objetivo de la reforma es compensar el coste que el nacimiento y el cuidado de los hijos tiene para los progenitores, fundamentalmente para las madres, de manera que se reduzca la brecha de género en las pensiones. La reforma reconfigura el complemento de maternidad y ya ha sido aprobada (Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero). El anterior complemento de maternidad, aplicado desde 2016, fue considerado discriminatorio para los hombres por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia de 12 de diciembre de 2019. Se espera que el complemento de maternidad reformado cumpla la sentencia del Tribunal y evite la discriminación. El nuevo complemento parte del análisis de las trayectorias de cotización para determinar cuál de los dos progenitores se vio más perjudicado en su carrera contributiva por el nacimiento de cada uno de los hijos, previéndose que, en caso de no existir un progenitor particularmente perjudicado, se reconozca el complemento a la madre.

La medida estará implementada a más tardar el 31 de marzo de 2021.

Reforma 5 (C30.R5) – Revisión e impulso de los sistemas complementarios de pensiones

La reforma revisará el marco regulador del sistema de pensiones complementarias con el fin de aumentar la cobertura de los planes de pensiones de empleo acordados mediante negociación colectiva, preferentemente sectorial. El nuevo marco jurídico para los planes de pensiones de empleo tiene por objeto dar cobertura a
trabajadores sin planes de empleo en sus empresas o autónomos que actualmente no tienen acceso a estos instrumentos de segundo pilar.

Las medidas específicas de la reforma incluirán:

I.Creación de fondos de pensiones de empleo de promoción pública, gestionados por el sector privado.

II.Incentivos y cambios normativos para aumentar la cobertura de los planes de pensiones del sistema de empleo acordados a través de la negociación colectiva.

III.Simplificación de los procedimientos de los regímenes de pensiones.

IV.Cambios normativos para favorecer la movilidad de los trabajadores entre diferentes empresas y sectores.

V.Incentivos fiscales para fomentar la participación en planes de empleo colectivos.

VI.Limitación de los costes de gestión de los planes de empleo colectivos por debajo del 0,30 % de los activos gestionados.

La reforma ha empezado a implementarse a través de disposiciones en los Presupuestos Generales del Estado para 2021 que desplazan incentivos fiscales anteriormente asociados a planes de pensiones individuales a favor de los regímenes colectivos (véase la medida v.) y a través de la promoción pública de fondos de pensiones de empleo (véase la medida i.).

La medida estará implementada a más tardar el 30 de junio de 2022.

Reforma 6 (C30.R6) – Adecuación de la base máxima de cotización del sistema

La reforma incrementará la base de cotización máxima del sistema de pensiones y adaptará las pensiones máximas con el fin de ampliar la base de cotización y aumentar la progresividad del sistema de pensiones y los ingresos globales. Las medidas se ajustan a las recomendaciones del Pacto de Toledo. El ajuste del sistema es gradual para que los contribuyentes puedan adaptarse a los cambios. Las pensiones máximas y las bases de cotización máxima se incrementarán de manera concurrente para mantener la naturaleza contributiva del sistema. La reforma se implementará gradualmente, a lo largo de los próximos treinta años.

La medida entrará en vigor a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

AD.2.    Hitos, objetivos, indicadores y calendario de seguimiento y ejecución relativos a las ayudas financieras no reembolsables

Véase el cuadro a continuación. La fecha del valor de referencia para todos los indicadores es el 1 de febrero de 2020, a menos que se indique lo contrario en la descripción de la acción. Los importes que figuran en el cuadro no incluyen el IVA. 

Número

Medida

Hito / Objetivo

Nombre

Indicadores cualitativos (para los hitos)

Indicadores cuantitativos (para los objetivos)

Tiempo

Descripción de cada hito y objetivo

Unidad

Valor de referencia

Meta

Trimestre

Año

406

C30.R1

Hito

Separación de fuentes de financiación de la Seguridad Social

Disposición de la legislación por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T4

2020

Entrada en vigor de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021, relativa a la separación de fuentes de financiación de la Seguridad Social. Anualmente, el Estado transferirá al sistema de la Seguridad Social un importe equivalente a las partidas de gasto no contributivas. Esto permitirá reducir el déficit de la Seguridad Social y transferirlo a la Administración Central, que dispone de los instrumentos adecuados para resolverlo. Asimismo, disipará las dudas sobre la solvencia del sistema, mejorando las condiciones para hacer frente a los retos a medio y largo plazo. La Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021 establecerá un primer y significativo paso en esta dirección.

407

C30.R2

Hito

Mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones y alineación de la edad efectiva de jubilación con la edad legal de jubilación.

Disposición de la legislación por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T4

2021

Entrada en vigor de la legislación publicada en el Boletín Oficial del Estado con los fines siguientes:

a) Mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones: se pondrá en marcha un nuevo mecanismo de revalorización que vincula las pensiones a la inflación, para garantizar el poder adquisitivo de los pensionistas de forma permanente.

b) Alineación de la edad efectiva de jubilación con la edad legal de jubilación: proporcionar incentivos para retrasar la jubilación, incluidos mayores incentivos económicos y el fomento de la conciliación entre trabajo y pensión para aumentar la tasa de actividad laboral en edades próximas a la edad legal de jubilación y demorar la jubilación.

408

C30.R2

Hito

Adecuación del periodo de cómputo para el cálculo de la pensión de jubilación

Disposición de la legislación por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T4

2022

Entrada en vigor de la legislación relativa a la adecuación del período de cómputo, extendiendo el período de cómputo para el cálculo de la pensión de jubilación.

409

C30.R2

Hito

Sustitución del factor de sostenibilidad por un mecanismo de equidad intergeneracional

Disposición de la legislación por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T4

2022

Entrada en vigor de legislación relativa a la sustitución del actual factor de sostenibilidad que vincula las pensiones a la esperanza de vida por un mecanismo que garantice la equidad intergeneracional y la sostenibilidad presupuestaria mediante la adaptación a los cambios demográficos.

410

C30.R2

Hito

Proyecciones actualizadas que muestren que las reformas de las pensiones emprendidas en 2021 y 2022 garantizan la sostenibilidad presupuestaria a largo plazo

Publicación de un informe en el sitio web de la Seguridad Social

 

 

 

T4

2022

Publicación de proyecciones actualizadas que muestren que las reformas de las pensiones emprendidas en 2021 y 2022 garantizan la sostenibilidad presupuestaria a largo plazo, teniendo en cuenta también la repercusión de otras reformas estructurales, como las reformas del mercado laboral.

411

C30.R3

Hito

Reforma del sistema de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos

Disposición de la legislación por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T2

2022

Entrada en vigor de la legislación relativa a la reforma del sistema de cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos, para implantar gradualmente un nuevo sistema de
cotización basado en los ingresos reales.

412

C30.R4

Hito

Racionalización del complemento de maternidad

Disposición del Real Decreto-ley por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T1

2021

Entrada en vigor del Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas de racionalización del complemento de maternidad. Con el fin de cumplir la sentencia del TJUE de 12 de diciembre de 2019, el complemento de pensión se racionalizará y se orientará a la reducción de la brecha de género. Se establecerá un pago determinado para los progenitores cuya vida laboral se haya visto modificada inmediatamente después del nacimiento o la adopción de un hijo.

413

C30.R5

Hito

Revisión de las reducciones fiscales relacionadas con el actual sistema de pensiones complementarias

Disposición de la legislación por la que se establece la entrada en vigor de la disposición final 11 y del artículo 62

 

 

 

T4

2020

Entrada en vigor de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, de la revisión de las reducciones fiscales relacionadas con el actual sistema de pensiones complementarias. El derecho a las reducciones fiscales se desplazará de los planes de pensiones privados individuales a los planes de pensiones de empleo basados en la negociación colectiva. Las disposiciones de la Ley de Presupuestos pertinentes para la introducción del nuevo marco son la disposición final 11 y el artículo 62 de la Ley de PGE.

414

C30.R5

Hito

Revisión del actual sistema de pensiones complementarias

Disposición de la legislación por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T2

2022

Entrada en vigor de la legislación sobre la revisión del actual sistema de pensiones complementarias para promover los planes de pensiones mediante la creación de fondos de pensiones de promoción pública abiertos a todos los trabajadores y empresas.

415

C30.R6

Hito

Adecuación de la base máxima de cotización

Disposición de la legislación por la que se establece su entrada en vigor

 

 

 

T4

2022

Entrada en vigor de la legislación relativa a la adecuación de la base máxima de cotización: incremento gradual de la base de cotización máxima del sistema y adaptación de las pensiones máximas con el fin de ampliar la base de cotización y aumentar la progresividad del sistema y los ingresos globales.

2.Coste total estimado del plan de recuperación y resiliencia

El coste total estimado del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España es de 69 528 050 000 EUR.



SECCIÓN 2: AYUDA FINANCIERA

3.Contribución financiera

Los tramos a que se refiere el artículo 2, apartado 2, se organizarán de la siguiente manera:

3.1.Primer tramo (ayudas no reembolsables):

Número

Medida relacionada (reforma o inversión)

Hito / Objetivo

Nombre

1

C1.R1

Hito

Orden TMA/178/2020 y Real Decreto-ley 23/2020

21

C2.R1

Hito

Entrada en vigor de la Agenda Urbana Española y de la Estrategia a largo plazo para la Rehabilitación Energética en el Sector de la Edificación en España.

39

C3.R1

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2020, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación, y de la Ley 8/2020 de modificación de la Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

63

C4.R2

Hito

Adopción de la Estrategia Estatal de Infraestructura Verde, Conectividad y Restauración Ecológica.

82

C6.R1

Hito

Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada (consulta pública).

102

C7.R1

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto-ley 23/2020 (medidas energéticas)

103

C7.R1

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto 960/2020 (régimen económico de las energías renovables)

104

C7.R1

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto 1183/2020 (conexión de las energías renovables a la red eléctrica)

105

C7.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética.

121

C8.R1

Hito

Aprobación de la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo («ELP2050»).

122

C8.R2

Hito

Entrada en vigor de reformas de planificación, legislativas y reglamentarias para promover el desarrollo de soluciones de almacenamiento de energía.

129

C9.R1

Hito

Hoja de Ruta del Hidrógeno

137

C10.R1

Hito

Creación del Instituto para la Transición Justa

144

C11.R1

Hito

Entrada en vigor del acto legislativo para reducir el empleo temporal en las Administraciones Públicas

151

C11.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley 3/2020 de medidas procesales y organizativas en el ámbito de la Justicia

153

C11.R3

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto 937/2020, sobre el Reglamento de la Caja General de Depósitos

154

C11.R3

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrolla la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.

157

C11.R5

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto-ley 36/2020, sobre la aplicación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

158

C11.R5

Hito

Creación de nuevos órganos en el seno de la Administración central para el seguimiento de la ejecución, control y auditoría del Plan

159

C11.R5

Hito

Entrada en vigor de la Orden por la que se definen los procedimientos y el formato de la información que debe compartirse para el seguimiento del PRR y la ejecución contable del gasto

173

C11.I5

Hito

Sistema Integrado de Información del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

177

C12.R2

Hito

Estrategia Española de Economía Circular (EEEC)

181

C12.I2

Hito

Plan para impulsar la cadena de valor de la industria del automóvil hacia una movilidad sostenible y conectada

199

C13.I3

Hito

Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025

214

C14.R1

Hito

Plan de promoción del sector turístico

215

C14.R1

Hito

Puesta en marcha de la página web «DATAESTUR» que recopila datos sobre el turismo

230

C15.R2

Hito

Plan España Digital 2025 y Estrategia de Impulso de la Tecnología 5G

231

C15.R2

Hito

Liberación de la banda de frecuencias de 700 MHz

249

C16.R1

Hito

Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial

255

C17.R2

Hito

Publicación de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027

257

C17.R3

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto por el que se reorganizan determinados Organismos Públicos de Investigación.

285

C19.R1

Hito

Aprobación del Plan Nacional de Competencias Digitales por el Consejo de Ministros

295

C20.R1

Hito

Plan de Modernización de la Formación Profesional y Reales Decretos conexos

303

C21.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley Orgánica de Educación

318

C22.R5

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital

329

C23.R1

Hito

Entrada en vigor de dos Reales Decretos-leyes que regularán el trabajo a distancia en el sector privado y en el público.

330

C23.R2

Hito

Entrada en vigor de dos Reales Decretos sobre la igualdad de retribución entre mujeres y hombres y sobre los planes de igualdad y su registro, respectivamente.

333

C23.R5

Hito

Entrada en vigor del Plan de Acción para luchar contra el desempleo juvenil

363

C25.R1

Hito

Plan «España, Hub Audiovisual de Europa».

385

C28.R1

Hito

Medidas fiscales adoptadas en 2020 y 2021 para paliar los efectos de la pandemia de COVID-19.

387

C28.R3

Hito

Nombramiento del comité de personas expertas por la Secretaria de Estado de Hacienda.

392

C28.R5

Hito

Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales

393

C28.R6

Hito

Impuesto sobre las Transacciones Financieras

394

C28.R7

Hito

Modificaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio en 2021

395

C28.R8

Hito

Modificaciones del Impuesto sobre Sociedades en 2021

396

C28.R9

Hito

Modificaciones de los impuestos indirectos en 2021

397

C29.R1

Hito

Creación de una estructura permanente en el Ministerio de Hacienda para hacer un seguimiento activo de la implementación de los resultados de las revisiones del gasto y aprobación de la Orden por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado

398

C29.R1

Hito

Fase III de la revisión del gasto

399

C29.R1

Hito

Creación de una división permanente en la AIReF encargada de llevar a cabo las revisiones del gasto encomendadas por el Gobierno.

406

C30.R1

Hito

Separación de fuentes de financiación de la Seguridad Social

412

C30.R4

Hito

Racionalización del complemento de maternidad

413

C30.R5

Hito

Revisión de las reducciones fiscales relacionadas con el actual sistema de pensiones complementarias

Importe del tramo

11 494 252 874 EUR

3.2.Segundo tramo (ayudas no reembolsables)

Número

Medida relacionada (reforma o inversión)

Hito / Objetivo

Nombre

24

C2.R5

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto sobre Oficinas de Rehabilitación («ventanillas únicas»)

26

C2.I1

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto del marco normativo de la ejecución del programa de renovación y del Real Decreto-ley que regule los incentivos en el IRPF para apoyar el programa.

30

C2.I2

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto del marco regulador para la ejecución del programa de viviendas de alquiler social energéticamente eficientes que cumplan los criterios de eficiencia energética.

40

C3.R1

Hito

Entrada en vigor de la segunda modificación de la Ley 12/2013, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

46

C3.I1

Objetivo

Entrada en vigor del convenio entre el MAPA y SEIASA de apoyo a la mejora y la sostenibilidad de las zonas de regadío (fase 1).

56

C3.I7

Hito

Convenios con Organismos Públicos de Investigación.

74

C5.R1

Hito

Entrada en vigor de las modificaciones del Reglamento de la planificación hidrológica

83

C6.R1

Hito

Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada (aprobación).

108

C7.R2

Hito

Estrategia Nacional de Autoconsumo

112

C7.R4

Hito

Hoja de Ruta de la energía eólica marina y otras energías del mar

139

C10.I1

Hito

Programa de ayuda a la formación de «transición justa» y concesión de ayudas para el desarrollo económico de las zonas de transición justa.

155

C11.R4

Hito

Entrada en vigor de la Orden de la Ministra de Hacienda por la que se crea la Oficina Nacional de Evaluación

189

C13.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley por la que se modifica la Ley 34/2006, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales

216

C14.R1

Hito

Real Decreto por el que se desarrolla el Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Turística

217

C14.I1

Objetivo

Adjudicación del presupuesto para los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos

232

C15.R2

Hito

Asignación de la banda del espectro de 700 MHz

233

C15.R2

Hito

Entrada en vigor del acto jurídico sobre la reducción de la fiscalidad del espectro 5G

250

C16.R1

Hito

Carta de Derechos Digitales

258

C17.I1

Objetivo

Firma de convenios con las Comunidades Autónomas por el Ministerio de Ciencia e Innovación para la aplicación de los «Planes complementarios de I + D»

273

C18.R1

Hito

Plan de Acción para la atención primaria y comunitaria

278

C18.I1

Hito

Aprobación del plan de inversión en equipos y distribución de fondos

289

C19.I2

Hito

Programa para equipar con herramientas digitales a los centros públicos o subvencionados con fondos públicos

306

C21.R3

Hito

Entrada en vigor de los Reales Decretos relativos a la organización de las universidades

331

C23.R3

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto-ley para la protección de los trabajadores que se dedican a actividades de reparto a domicilio utilizando plataformas digitales

332

C23.R4

Hito

Modificación del Estatuto de los Trabajadores para apoyar la reducción del empleo temporal mediante la simplificación de los tipos de contrato

334

C23.R5

Hito

Real Decreto relativo a una nueva Estrategia Española de Activación para el Empleo 2021-2024

336

C23.R6

Hito

Modificación del Estatuto de los Trabajadores para establecer un régimen de adaptación a las perturbaciones cíclicas y estructurales, incluido un sistema que proporcione flexibilidad interna a las empresas y estabilidad a los trabajadores

338

C23.R8

Hito

Modificación del Estatuto de los Trabajadores para mejorar las normas legales que regulan la negociación colectiva

339

C23.R9

Hito

Modificación del Estatuto de los Trabajadores para mejorar los derechos de las personas que trabajan en empresas subcontratadas

345

C23.I4

Hito

Aprobación de la asignación regional de fondos para proyectos territoriales dirigidos a colectivos vulnerables y para el emprendimiento y las microempresas.

378

C27.R2

Objetivo

Modernización de la Agencia Tributaria - Número de efectivos de la Agencia Tributaria

379

C27.R2

Objetivo

Modernización de la Agencia Tributaria – Investigaciones en el ámbito tributario

380

C27.R3

Objetivo

Refuerzo de la asistencia prestada a los contribuyentes: mejora de Sociedades web y acceso a ella para al menos 1 666 123 contribuyentes.

381

C27.R3

Objetivo

Refuerzo de la asistencia prestada a los contribuyentes: mejora de Renta Web y acceso a ella para al menos 1 779 505 contribuyentes

383

C27.R4

Objetivo

Vertiente internacional - Identificación de los contribuyentes extranjeros registrados

384

C27.R5

Objetivo

Modelo cooperativo – Informes de Transparencia

389

C28.R4

Hito

Impuestos sobre los plásticos no reutilizables y los residuos

400

C29.R1

Hito

Aprobación por el Consejo de Ministros del nuevo ciclo (2022-2026) de revisiones del gasto que se encargarán a la AIReF.

403

C29.R2

Hito

Informe de alineamiento de los Presupuestos Generales del Estado con los ODS

407

C30.R2

Hito

Mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones y alineación de la edad efectiva de jubilación con la edad legal de jubilación.

Importe del tramo

13 793 103 448 EUR

3.3.Tercer tramo (ayudas no reembolsables)

Número

Medida relacionada (reforma o inversión)

Hito / Objetivo

Nombre

2

C1.R1

Hito

Modificación del Código Técnico de la Edificación (pendiente de confirmación) y del Reglamento electrotécnico para baja tensión y aprobación de un Real Decreto para regular los servicios públicos de recarga.

45

C3.R6

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto de ordenación de los caladeros nacionales.

51

C3.I4

Objetivo

Plan de inversión para el fomento de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería.

57

C3.I7

Objetivo

Adquisición de sondas acústicas para la investigación en el sector pesquero

61

C3.I11

Objetivo

Financiación de proyectos de inversión en el sector pesquero.

65

C4.I1

Hito

Adjudicación de contratos para aeronaves de extinción de incendios con fines especiales y establecimiento del sistema de seguimiento y gestión del conocimiento de la biodiversidad.

110

C7.R3

Hito

Proyecto piloto para las comunidades energéticas

115

C7.I1

Hito

Licitación para el apoyo a la inversión en capacidad renovable innovadora o de valor añadido

124

C8.R4

Hito

Entrada en vigor de medidas para promover los bancos de pruebas regulatorios para fomentar la investigación y la innovación en el sector eléctrico.

130

C9.R1

Hito

Entrada en vigor de la normativa que establece garantías de origen para los gases renovables

190

C13.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de reforma de la Ley Concursal

229

C15.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Telecomunicaciones

254

C17.R1

Hito

Entrada en vigor de la modificación de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación

270

C17.I8

Objetivo

Apoyo a proyectos de I + D + i en el sector de la automoción sostenible

274

C18.R2

Hito

Aprobación de la Estrategia Española de Salud Pública

296

C20.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley relativa al Sistema Integral de Formación Profesional, destinada a modernizar el sistema existente

304

C21.R2

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto sobre los requisitos mínimos de enseñanza en el sistema educativo

314

C22.R1

Hito

Aprobación por el Consejo Territorial de la evaluación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).

317

C22.R4

Hito

Entrada en vigor de la reforma legislativa del sistema de acogida de migrantes y solicitantes de protección internacional en España

350

C23.I7

Hito

Mejorar la tasa de acceso al ingreso mínimo vital (IMV) e incrementar su efectividad a través de políticas de inclusión

360

C24.I3

Objetivo

Digitalización e impulso de los grandes servicios culturales

364

C25.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley General de Comunicación Audiovisual.

374

C26.I3

Hito

Proyectos para promover la igualdad en el deporte

376

C27.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal

390

C28.R4

Hito

Revisión de las figuras tributarias que gravan la matriculación y la utilización de vehículos

391

C28.R4

Hito

Entrada en vigor de la reforma del Impuesto sobre los Gases Fluorados

401

C29.R1

Objetivo

Publicación de un informe de seguimiento

411

C30.R3

Hito

Reforma del sistema de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos

414

C30.R5

Hito

Revisión del actual sistema de pensiones complementarias

Importe del tramo

6 896 551 724 EUR

3.4.Cuarto tramo (ayudas no reembolsables)

Número

Medida relacionada (reforma o inversión)

Hito / Objetivo

Nombre

4

C1.I1

Objetivo

Presupuesto invertido en adquisiciones o concedido por los municipios destinado a fomentar la movilidad sostenible.

22

C2.R3

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Vivienda, incluidas acciones de apoyo al aumento de la oferta de viviendas que cumplan los requisitos de los edificios de consumo de energía casi nulo.

23

C2.R4

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Calidad de la Arquitectura y del entorno construido.

25

C2.R6

Hito

Entrada en vigor de las modificaciones de la Ley sobre propiedad horizontal para facilitar la financiación de la rehabilitación.

38

C2.I6

Objetivo

Planes de acción en el marco de la Agenda Urbana Española.

41

C3.R2

Hito

Entrada en vigor del marco normativo para desarrollar un registro general de Mejores Técnicas Disponibles en las granjas a fin de informar sobre las emisiones de gases contaminantes y de efecto invernadero, y reformar la legislación de planificación con criterios sobre explotaciones de diferentes sectores.

43

C3.R4

Hito

Entrada en vigor del Real Decreto sobre el mecanismo de gobernanza para mejorar el sistema de regadío español.

44

C3.R5

Hito

Adopción del segundo plan de acción de la Estrategia de digitalización del sector agroalimentario y del medio rural.

47

C3.I1

Objetivo

Implementación del convenio entre el MAPA y SEIASA de apoyo a la mejora y la sostenibilidad de las zonas de regadío (fase 2).

55

C3.I6

Hito

Adquisición de equipo TIC para las Reservas Marinas de Interés Pesquero y contratos para la adquisición de embarcaciones especializadas para las Reservas Marinas.

60

C3.I10

Hito

Adquisición de patrulleras ligeras y patrulleros de altura para luchar contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.

62

C4.R1

Hito

Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas

64

C4.R3

Hito

Aprobación de la Estrategia Forestal Española y el plan de apoyo.

77

C5.I2

Hito

Restauración de las protecciones de cauces y riberas contra los riesgos de inundación.

80

C5.I4

Objetivo

Restauración de zonas y ecosistemas degradados en al menos 50 kilómetros de litoral.

84

C6.R2

Hito

Estrategia Indicativa Ferroviaria

85

C6.I1

Hito

Red principal de la RTE-T: adjudicación de proyectos.

88

C6.I2

Hito

Distintos modos de transporte de la red RTE-T (ferrocarril y carretera): adjudicación presupuestaria parcial.

95

C6.I3

Hito

Infraestructuras intermodales y logísticas: adjudicación presupuestaria parcial.

99

C6.I4

Hito

Apoyo al programa de transporte sostenible y digital.

140

C10.I1

Objetivo

Apoyo a proyectos de infraestructura medioambiental, digital y social.

145

C11.R1

Hito

Entrada en vigor de las modificaciones de la Ley 40/2015 por la que se refuerza la cooperación interterritorial

146

C11.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de refuerzo de la evaluación de las políticas públicas

147

C11.R1

Hito

Entrada en vigor de la reforma de la Ley 7/1985, de Regímenes Administrativos Locales

148

C11.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Función Pública de la Administración del Estado.

152

C11.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley de mejora de la eficacia de los procedimientos judiciales

156

C11.R4

Hito

Estrategia Nacional de Contratación Pública

174

C11.I5

Objetivo

Nuevas herramientas y actividades de comunicación

178

C12.R2

Hito

Entrada en vigor de los actos que forman parte del paquete de medidas sobre la economía circular

179

C12.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados

182

C12.I2

Hito

PERTE en el ámbito de los vehículos eléctricos

183

C12.I2

Hito

PERTEs en ámbitos estratégicos definidos en el Plan

184

C12.I2

Objetivo

Proyectos innovadores para la transformación de la industria en términos de eficiencia energética, sostenibilidad y digitalización

191

C13.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de creación y crecimiento empresarial

192

C13.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley de startups

200

C13.I3

Objetivo

Presupuesto comprometido para el Programa Digital Toolkit

201

C13.I3

Objetivo

Presupuesto comprometido para el Programa Agentes del Cambio

202

C13.I3

Objetivo

Presupuesto comprometido para el Programa de Apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras

203

C13.I3

Objetivo

Presupuesto comprometido para el Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH)

218

C14.I1

Objetivo

Adjudicación del presupuesto para los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos

234

C15.R2

Hito

Asignación de la banda del espectro de 26 GHz

235

C15.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Ciberseguridad 5G

245

C15.I7

Hito

Puesta en marcha del Programa de Impulso a la Industria de la Ciberseguridad Nacional, del Programa Global de Innovación en Seguridad y de las acciones conexas

259

C17.I2

Objetivo

Adjudicaciones para proyectos que fortalezcan las infraestructuras científicas nacionales y la capacidad del Sistema español de Tecnología e Innovación Científica, y firma de acuerdos bilaterales con organizaciones internacionales y otros instrumentos para financiar proyectos en infraestructuras europeas e internacionales

261

C17.I3

Objetivo

Adjudicación de nuevos proyectos de I + D + i público-privados, interdisciplinares, pruebas de concepto, convocatorias competitivas internacionales e I + D de vanguardia orientada a retos de la sociedad

300

C20.I3

Objetivo

Dotación de 50 000 nuevas plazas de FP, frente a las existentes a finales de 2020

319

C22.R5

Hito

Publicación del Plan para la reordenación y simplificación del sistema de prestaciones económicas no contributivas de la Administración General del Estado.

335

C23.R5

Hito

Entrada en vigor de la modificación de la Ley de Empleo (Real Decreto Legislativo 3/2015)

337

C23.R7

Hito

Entrada en vigor de la reforma de la Ley 43/2006 para simplificar e incrementar la eficacia del sistema de incentivos a la contratación, teniendo en cuenta las recomendaciones formuladas por la AIReF

340

C23.R10

Hito

Entrada en vigor de la modificación del Real Decreto Legislativo 8/2015 por la que se reforma la regulación del subsidio no contributivo por desempleo

352

C24.R1

Hito

Entrada en vigor del Estatuto del Artista, fomento del mecenazgo y régimen de incentivos fiscales.

367

C26.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley del Deporte

377

C27.R1

Hito

Evaluación intermedia de los efectos de la Ley contra el Fraude Fiscal.

404

C29.R3

Hito

Informe de alineamiento con la presupuestación ecológica

408

C30.R2

Hito

Adecuación del periodo de cómputo para el cálculo de la pensión de jubilación

409

C30.R2

Hito

Sustitución del factor de sostenibilidad por un mecanismo de equidad intergeneracional

410

C30.R2

Hito

Proyecciones actualizadas que muestren que las reformas de las pensiones emprendidas en 2021 y 2022 garantizan la sostenibilidad presupuestaria a largo plazo

415

C30.R6

Hito

Adecuación de la base máxima de cotización

Importe del tramo

11 494 252 874 EUR

3.5.Quinto tramo (ayudas no reembolsables)

Número

Medida relacionada (reforma o inversión)

Hito / Objetivo

Nombre

11

C1.I2

Objetivo

Adjudicación de proyectos innovadores de fomento de la electromovilidad

21 bis

C2.R2

Hito

Publicación de recomendaciones de los grupos de trabajo para la implementación de la ERESEE.

42

C3.R3

Hito

Entrada en vigor del marco normativo sobre nutrición sostenible en suelos agrícolas.

53

C3.I5

Objetivo

Firma de convenios entre el MAPA y ENISA.

70

C4.I3

Objetivo

Rehabilitación de antiguos emplazamientos mineros (al menos 20 antiguos emplazamientos mineros).

73

C4.I4

Hito

Actuaciones en materia de gestión forestal sostenible.

75

C5.R1

Hito

Entrada en vigor de la modificación de la Ley de Aguas y del nuevo Reglamento que sustituye al Real Decreto 1620/2007.

76

C5.I1

Objetivo

Infraestructuras de tratamiento de aguas y aguas residuales mejoradas

109

C7.R2

Hito

Finalización de las medidas de la Estrategia Nacional de Autoconsumo

113

C7.R4

Hito

Entrada en vigor de las medidas reglamentarias identificadas en la Hoja de Ruta de la energía eólica marina y otras energías del mar

131

C9.I1

Objetivo

Financiación de pymes para reforzar la cadena de valor del hidrógeno

138

C10.R1

Objetivo

Protocolos de Transición Justa

241

C15.I5

Hito

Mejora de la conectividad de la infraestructura digital transfronteriza: adjudicación

267

C17.I6

Objetivo

Ayudas para proyectos destinados a reforzar las capacidades estratégicas y la internacionalización del Sistema Nacional de Salud, proyectos relacionados con la estrategia de medicina de precisión personalizada y contribución a un instrumento de inversión público-privada en terapias avanzadas

307

C21.R3

Hito

Entrada en vigor de la Ley Orgánica del Sistema Universitario

315

C22.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Servicios Sociales y de la normativa ministerial correspondiente

316

C22.R3

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Diversidad Familiar

321

C22.I1

Objetivo

Proyectos ejecutados por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030

326

C22.I3

Objetivo

Proyectos de mejora de la accesibilidad

386

C28.R2

Hito

Análisis y modificaciones de beneficios fiscales

388

C28.R3

Hito

Entrada en vigor de las reformas derivadas de las recomendaciones del comité

402

C29.R1

Hito

Fase III de la revisión del gasto

Importe del tramo

8 045 977 011 EUR

3.6.Sexto tramo (ayudas no reembolsables)

Número

Medida relacionada (reforma o inversión)

Hito / Objetivo

Nombre

3

C1.R2

Hito

Promulgación de una Ley de Movilidad Sostenible y Financiación del Transporte

5

C1.I1

Objetivo

Presupuesto invertido en adquisiciones o concedido por las Comunidades Autónomas de al menos 900 millones EUR destinado a fomentar la movilidad sostenible.

6

C1.I1

Objetivo

Proyectos finalizados de fomento de la movilidad sostenible, especialmente en zonas urbanas y metropolitanas.

12

C1.I2

Objetivo

Vehículos eléctricos y puntos de recarga desplegados

14

C1.I3

Objetivo

Líneas ferroviarias de Cercanías

15

C1.I3

Objetivo

Estaciones mejoradas con la digitalización.

16

C1.I3

Objetivo

Estaciones de Cercanías mejoradas

27

C2.I1

Objetivo

Finalización de las actuaciones de renovación de viviendas, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (al menos 231 000 actuaciones en al menos 160 000 viviendas únicas).

32

C2.I3

Hito

Adjudicación de renovaciones de viviendas y edificios no residenciales, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria.

49

C3.I2

Objetivo

Entrada en funcionamiento de dos laboratorio de salud animal, ambos con un nivel 3 de bioseguridad, y un Laboratorio Nacional de Sanidad Vegetal.

50

C3.I3

Objetivo

Mejora de los centros de limpieza y desinfección y de los centros de producción de material vegetal de reproducción, con un refuerzo de los sistemas de formación y bioseguridad.

54

C3.I5

Objetivo

Pymes agroalimentarias apoyadas para que ejecuten proyectos empresariales innovadores y digitales.

58

C3.I8

Objetivo

Proyectos de I+D+i para apoyar la resiliencia y la sostenibilidad del sector pesquero y acuícola.

59

C3.I9

Hito

Refuerzo informático del SIPE y del sistema de vigilancia pesquera.

67

C4.I2

Objetivo

Áreas marinas protegidas

78

C5.I2

Objetivo

Reducción del volumen de agua extraída de acuíferos.

79

C5.I3

Hito

Puesta en funcionamiento de herramientas para mejorar el conocimiento y el uso de los recursos hídricos, y para registrar las precipitaciones y otros datos meteorológicos.

81

C5.I4

Objetivo

Restauración de zonas y ecosistemas degradados en al menos 100 kilómetros de litoral.

106

C7.R1

Objetivo

Capacidad adicional de producción de energía renovable

107

C7.R1

Objetivo

Capacidad adicional acumulada de energía renovable instalada en España

111

C7.R3

Objetivo

Finalización de proyectos piloto relacionados con la energía en las comunidades locales

114

C7.R4

Hito

Finalización de las medidas definidas en la Hoja de Ruta del Biogás

116

C7.I1

Hito

Nuevos proyectos, tecnologías o instalaciones de infraestructuras de energías renovables marinas

118

C7.I2

Hito

Oficina de Energía Limpia y Proyectos Inteligentes para las Islas

123

C8.R3

Hito

Entrada en vigor de medidas reglamentarias para la integración de la flexibilidad y la respuesta a la demanda.

125

C8.I1

Objetivo

Proyectos de almacenamiento innovadores adjudicados

127

C8.I2

Objetivo

Proyectos innovadores de digitalización para la distribución de electricidad

128

C8.I3

Objetivo

Proyectos para fomentar nuevos modelos de negocio en la transición energética

132

C9.I1

Objetivo

Avances tecnológicos en la cadena de valor del hidrógeno renovable

133

C9.I1

Objetivo

Clusters (o valles) de hidrógeno renovable

134

C9.I1

Objetivo

Proyectos pioneros de hidrógeno

135

C9.I1

Objetivo

Instalaciones de ensayo o nuevas líneas de fabricación.

141

C10.I1

Objetivo

Ayuda a la búsqueda de empleo y reciclaje profesional de los desempleados

142

C10.I1

Objetivo

Proyectos de inversión para adaptar las instalaciones industriales al hidrógeno verde y al almacenamiento de energía.

149

C11.R1

Hito

Estatutos del nuevo organismo público de Evaluación

160

C11.I1

Hito

Interconexión de las plataformas nacionales de contratación pública

161

C11.I1

Objetivo

Adjudicación de proyectos de apoyo a la transformación digital de la Administración General del Estado

163

C11.I2

Hito

Plataformas interoperables para intercambiar datos sobre Seguridad Social y salud

164

C11.I2

Objetivo

Procedimiento judicial electrónico

165

C11.I2

Objetivo

Adjudicación de proyectos de apoyo a los proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado

167

C11.I3

Hito

Digitalización de las Entidades Regionales y Locales

176

C12.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Industria

187

C12.I3

Objetivo

Finalización de proyectos de apoyo a la aplicación de la legislación sobre residuos y fomento de la economía circular en la empresa

193

C13.I1

Objetivo

Emprendedores o pymes que se benefician de medidas para potenciar el ecosistema emprendedor

194

C13.I1

Objetivo

Usuarios que se benefician de medidas para potenciar el ecosistema emprendedor

195

C13.I1

Objetivo

Otras acciones de difusión, comunicación y financiación

196

C13.I2

Objetivo

Garantía CERSA

197

C13.I2

Objetivo

Pymes apoyadas por el Programa de capacidades para el crecimiento de las pymes

198

C13.I2

Objetivo

Emprendedores y pymes apoyados por el Programa de Apoyo al Emprendimiento Industrial

204

C13.I3

Objetivo

Pymes apoyadas por el Programa Digital Toolkit

205

C13.I3

Objetivo

Ejecución presupuestaria del Programa Agentes del Cambio

206

C13.I3

Objetivo

Ejecución presupuestaria del Programa de Apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras

207

C13.I3

Objetivo

Ejecución presupuestaria del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH)

210

C13.I4

Objetivo

Pymes y asociaciones empresariales que han recibido ayuda del Fondo Tecnológico

219

C14.I1

Objetivo

Adjudicación del presupuesto para los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos

236

C15.I1

Hito

Extensión de la banda ancha ultrarrápida: adjudicación

238

C15.I2

Objetivo

Mejora de la conectividad en centros y sectores clave

239

C15.I3

Objetivo

Bonos de conectividad para pymes y colectivos vulnerables

240

C15.I4

Objetivo

Adaptación de la infraestructura de telecomunicaciones en los edificios

243

C15.I6

Hito

Despliegue de la tecnología 5G: adjudicación

246

C15.I7

Objetivo

Fortalecimiento y mejora de las capacidades de ciberseguridad: recursos

247

C15.I7

Objetivo

Fortalecimiento y mejora de las capacidades de ciberseguridad: línea de ayuda en ciberseguridad

251

C16.R1

Hito

Apoyo a proyectos sobre inteligencia artificial

256

C17.R2

Hito

Evaluación intermedia de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027

265

C17.I5

Objetivo

Obtención de capital por parte de empresas tecnológicas e innovadoras en el marco del programa INNVIERTE para reforzar sus actividades de investigación en una fase temprana

269

C17.I7

Hito

Centro de I + D de almacenamiento de energía

271

C17.I9

Objetivo

Apoyo a proyectos de I + D + i en el ámbito aeroespacial, con especial atención a las emisiones bajas y nulas

275

C18.R3

Hito

Ley de Medidas para la Equidad, Universalidad y Cohesión del Sistema Nacional de Salud

276

C18.R4

Hito

Ley sobre el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud

277

C18.R5

Hito

Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios

279

C18.I1

Objetivo

Instalación, renovación y ampliación de equipos

280

C18.I2

Objetivo

Campañas y actuaciones en el ámbito de la salud pública

281

C18.I3

Hito

Sistema de Información de la Red de Vigilancia en Salud Pública

282

C18.I4

Objetivo

Formación de profesionales sanitarios en el marco de planes de formación continuada

283

C18.I5

Hito

Sistema y plataforma VALTERMED para la Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Prestaciones del Sistema Nacional de Salud

284

C18.I6

Objetivo

Operatividad del Data Lake sanitario

286

C19.I1

Objetivo

Capacitación digital de la ciudadanía

308

C21.I1

Objetivo

Adjudicación de presupuesto para la promoción del primer ciclo de educación infantil

312

C21.I4

Objetivo

Becas y subvenciones para estudiantes de postdoctorado, profesores ayudantes e investigadores

313

C21.I5

Hito

Aumento del «Índice de Digitalización de las Universidades»

320

C22.R5

Hito

Entrada en vigor de legislación para reorganizar y simplificar el sistema de prestaciones económicas no contributivas

322

C22.I1

Objetivo

Servicios de teleasistencia a domicilio en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD)

323

C22.I1

Objetivo

Plazas residenciales, no residenciales y en centros de día.

324

C22.I2

Hito

Implementación de herramientas tecnológicas específicas para la mejora de los sistemas de información y gestión de los servicios sociales.

325

C22.I2

Hito

Ejecución de proyectos para la transformación tecnológica de los servicios sociales y para la modernización de las infraestructuras y los servicios asociados a la protección residencial y las familias de acogida.

327

C22.I4

Objetivo

Centros para las víctimas de violencia sexual.

341

C23.R11

Hito

Certificados de finalización de los servicios en el marco de los contratos de modernización del Servicio Público de Empleo Estatal

346

C23.I4

Objetivo

Realización de proyectos territoriales dirigidos a colectivos vulnerables, para el emprendimiento y las microempresas, con la participación de al menos 39 000 trabajadores y 64 000 empresas.

347

C23.I5

Objetivo

Centros públicos de orientación, emprendimiento, acompañamiento e innovación para el empleo plenamente operativos.

348

C23.I5

Objetivo

Acciones de formación para el personal de los SPE

349

C23.I6

Objetivo

Realización de proyectos de economía social

353

C24.R2

Hito

Entrada en vigor de medidas legislativas y reglamentarias para reforzar los derechos de autor y derechos conexos

354

C24.I1

Objetivo

Reforzar la competitividad de las industrias culturales

355

C24.I2

Objetivo

Modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales

356

C24.I2

Objetivo

Conservación, restauración y puesta en valor del patrimonio cultural español

357

C24.I2

Objetivo

Licencias de libros electrónicos para bibliotecas

358

C24.I2

Objetivo

Compras de libros para bibliotecas

359

C24.I2

Objetivo

Dinamizar iniciativas culturales y creativas

361

C24.I3

Objetivo

Ejecución de la digitalización y el impulso de los grandes servicios culturales

362

C24.I3

Objetivo

Finalización de la digitalización del patrimonio bibliográfico

365

C25.R1

Hito

Entrada en vigor de la Ley del Cine.

366

C25.I1

Objetivo

Apoyo a las pymes del sector audiovisual.

368

C26.R2

Hito

Entrada en vigor de la Ley de Ordenación de determinadas profesiones del deporte

369

C26.R3

Hito

Estrategia nacional de fomento del deporte contra el sedentarismo y la inactividad física

370

C26.I1

Hito

Digitalización del sector del deporte

371

C26.I1

Objetivo

Centros de Medicina del Deporte

372

C26.I1

Hito

Realización de proyectos informáticos en los centros de alto rendimiento y en la administración antidopaje

375

C26.I3

Objetivo

Realización de acciones en el marco del Plan Social del Deporte

382

C27.R3

Hito

Realización de cuatro plataformas digitales de apoyo

405

C29.R3

Hito

Informe de alineamiento con la presupuestación ecológica

Importe del tramo

9 195 402 299 EUR

3.7.Séptimo tramo (ayudas no reembolsables)

Número

Medida relacionada (reforma o inversión)

Hito / Objetivo

Nombre

7

C1.I1

Objetivo

Presupuesto invertido en adquisiciones o concedido por los municipios destinado a fomentar la movilidad sostenible.

8

C1.I1

Objetivo

Adjudicación en proyectos de mejora de nuevas formas de movilidad en las carreteras estatales.

17

C1.I3

Objetivo

Presupuesto acumulado concedido para inversiones en líneas ferroviarias de corta distancia.

36

C2.I5

Objetivo

Finalización de las renovaciones de edificios públicos, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (al menos 290 000 m²).

71

C4.I3

Objetivo

Actuaciones de restauración de ecosistemas.

86

C6.I1

Objetivo

Red principal de la RTE-T: progreso de las obras.

89

C6.I2

Objetivo

Red no principal de la RTE-T: progreso de las obras ferroviarias.

90

C6.I2

Objetivo

Cielo Único Europeo: proyectos adjudicado y avances en la finalización de los proyectos.

91

C6.I2

Hito

Digitalización del MITMA.

96

C6.I3

Hito

Ejecución presupuestaria de la infraestructura intermodal y logística.

100

C6.I4

Hito

Transporte sostenible y digital: inicio de las obras.

119

C7.I2

Objetivo

Finalización de proyectos de apoyo a la transición energética en las islas

150

C11.R1

Objetivo

Estabilización del empleo público

170

C11.I4

Objetivo

Renovación de vehículos en la Administración Pública

171

C11.I4

Objetivo

Renovación energética en edificios públicos (140 000 m²)

185

C12.I2

Objetivo

Ejecución presupuestaria de PERTEs y proyectos innovadores para la transformación de la industria

208

C13.I3

Objetivo

Finalización del Programa Digital Toolkit

211

C13.I4

Objetivo

Acciones de modernización en mercados municipales o áreas comerciales

212

C13.I4

Objetivo

Modernización de la infraestructura comercial en municipios pequeños

213

C13.I5

Objetivo

Empresas que participan en proyectos de apoyo a su internacionalización

220

C14.I1

Hito

Finalización de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos

225

C14.I4

Objetivo

Proyectos destinados a zonas comerciales situadas en áreas locales de gran afluencia turística

262

C17.I3

Objetivo

Aprobación de proyectos de I + D que deberán estar vinculados a la transición verde y digital en una proporción del 35 %, como mínimo

263

C17.I4

Objetivo

Apoyo a la carrera de investigación científica mediante becas y subvenciones

266

C17.I5

Objetivo

Apoyo a las empresas tecnológicas de reciente creación para llevar a cabo su plan de negocio

287

C19.I1

Hito

Finalización de las acciones para mejorar las capacidades digitales

290

C19.I2

Hito

Finalización de las acciones para la transformación digital de la educación

293

C19.I4

Objetivo

Programas de becas para fomentar el talento digital

297

C20.I1

Objetivo

Nuevas unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales

298

C20.I1

Objetivo

Formación modular destinada al reciclaje y perfeccionamiento de las competencias de personas empleadas y desempleadas

299

C20.I2

Objetivo

Centros de excelencia e innovación en la formación profesional

301

C20.I3

Objetivo

Ciclos de formación profesional bilingüe

302

C20.I3

Objetivo

Nuevas plazas de FP frente a las existentes a finales de 2020

305

C21.R2

Hito

Materiales para orientar y apoyar a los profesores en la aplicación del nuevo currículo y formación de profesionales

309

C21.I1

Objetivo

Nuevas plazas para el primer ciclo de educación infantil

310

C21.I2

Objetivo

Apoyo a las escuelas en el marco del programa PROA +

311

C21.I3

Objetivo

Unidades de acompañamiento y orientación para estudiantes vulnerables

328

C22.I5

Objetivo

Capacidad del sistema de acogida de migrantes y solicitantes de protección internacional

351

C23.I7

Hito

Evaluación para valorar la cobertura, la efectividad y el éxito de los regímenes de renta mínima.

Importe del tramo

3 995 348 232 EUR

3.8.Octavo tramo (ayudas no reembolsables)

Número

Medida relacionada (reforma o inversión)

Hito / Objetivo

Nombre

9

C1.I1

Objetivo

Proyectos finalizados de fomento de la movilidad sostenible, especialmente en zonas urbanas y metropolitanas.

10

C1.I1

Objetivo

Carreteras estatales mejoradas en zonas urbanas para fomentar nuevas tipos de movilidad.

13

C1.I2

Objetivo

Finalización de proyectos innovadores de fomento de la electromovilidad.

18

C1.I3

Objetivo

Líneas ferroviarias de Cercanías actualizadas.

19

C1.I3

Objetivo

Estaciones mejoradas con la digitalización.

20

C1.I3

Objetivo

Estaciones de Cercanías mejoradas.

28

C2.I1

Objetivo

Hectáreas en zonas o barrios renovadas, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria.

29

C2.I1

Objetivo

Finalización de las actuaciones de renovación de viviendas, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (al menos 510 000 actuaciones en al menos 355 000 viviendas únicas).

31

C2.I2

Objetivo

Nuevas viviendas construidas para alquiler social o a precios asequibles que cumplan los criterios de eficiencia energética.

33

C2.I3

Hito

Finalización de las renovaciones de viviendas y edificios no residenciales, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria.

34

C2.I4

Objetivo

Finalización de la renovación de viviendas en municipios con menos de 5 000 habitantes, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria.

35

C2.I4

Objetivo

Proyectos de energía limpia en municipios con menos de 5 000 habitantes.

37

C2.I5

Objetivo

Finalización de las renovaciones de edificios públicos, con una reducción media de al menos un 30 % de la demanda de energía primaria (al menos 1 230 000 m²).

48

C3.I1

Objetivo

Modernización de los sistemas de regadío en términos de ahorro de agua y eficiencia energética.

52

C3.I4

Objetivo

Proyectos completados relacionados con la agricultura de precisión, la eficiencia energética, la economía circular y el uso de energías renovables.

66

C4.I1

Hito

Finalización de las actualizaciones y modernizaciones de las aeronaves de extinción de incendios, y puesta en funcionamiento del sistema de seguimiento y gestión del conocimiento de la biodiversidad.

68

C4.I2

Objetivo

Áreas marinas protegidas

69

C4.I2

Objetivo

Actuaciones de conservación de la biodiversidad.

72

C4.I3

Objetivo

Finalización de la rehabilitación de antiguos emplazamientos mineros (al menos 30 antiguos emplazamientos mineros).

87

C6.I1

Objetivo

Red principal de la RTE-T: finalización de las obras.

92

C6.I2

Objetivo

RTE-T nueva o mejorada, otras obras.

93

C6.I2

Objetivo

Cielo Único Europeo: finalización del proyecto.

94

C6.I2

Hito

RCE adaptada a la normativa actual.

97

C6.I3

Objetivo

Infraestructura intermodal y logística.

98

C6.I3

Objetivo

Finalización de proyectos de accesibilidad ferroviaria y de proyectos de sostenibilidad en los puertos.

101

C6.I4

Hito

Transporte sostenible y digital: finalización de las obras.

117

C7.I1

Objetivo

Capacidad adicional de producción de energías renovables innovadoras o de valor añadido

120

C7.I2

Objetivo

Capacidad adicional de producción de energía renovable en las islas

126

C8.I1

Objetivo

Proyectos de almacenamiento innovadores operativos

136

C9.I1

Objetivo

Capacidad de electrólisis autorizada

143

C10.I1

Objetivo

Terrenos rehabilitados en minas de carbón cerradas o zonas adyacentes a centrales eléctricas.

162

C11.I1

Hito

Finalización de proyectos de apoyo a la transformación digital de la Administración General del Estado

166

C11.I2

Hito

Finalización de proyectos de apoyo a los proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado

168

C11.I3

Objetivo

Adjudicación de proyectos de apoyo a la transformación digital del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de los Entes Locales

169

C11.I3

Hito

Finalización de todos los proyectos de apoyo a la transformación digital del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de los Entes Locales

172

C11.I4

Objetivo

Renovación energética en edificios públicos (1 000 000 m²)

175

C11.I5

Objetivo

Personal de la Administración Pública formado

180

C12.I1

Objetivo

Espacios de datos sectoriales e interoperables de alto valor

186

C12.I2

Objetivo

Finalización de PERTEs y proyectos innovadores para la transformación de la industria

188

C12.I3

Objetivo

Aumento de los residuos municipales recogidos selectivamente

209

C13.I3

Objetivo

Pymes que han completado acciones destinadas a aumentar su uso de las tecnologías digitales (excepto Digital Toolkit)

221

C14.I1

Hito

Finalización de los proyectos de promoción de la sostenibilidad turística en destinos

222

C14.I2

Hito

Puesta en marcha de la Plataforma Inteligente de Destino en el sector turístico

223

C14.I2

Objetivo

Beneficiarios de proyectos basados en tecnologías innovadoras relacionados con la IA y otras tecnologías habilitadoras

224

C14.I3

Objetivo

Finalización, por parte de los beneficiarios en los territorios extrapeninsulares, de proyectos para mejorar su competitividad y capacidad de adaptación a los cambios en los mercados internacionales

226

C14.I4

Objetivo

Entrega de productos turísticos en consonancia con la Estrategia pertinente

227

C14.I4

Objetivo

Reducción, por parte de establecimientos del sector turístico, de sus residuos o su consumo de energía anuales

228

C14.I4

Objetivo

Proyectos de rehabilitación del patrimonio histórico con uso turístico actual o futuro

237

C15.I1

Hito

Extensión de la banda ancha ultrarrápida: Finalización del proyecto.

242

C15.I5

Hito

Mejora de la conectividad de la infraestructura digital transfronteriza: finalización del proyecto.

244

C15.I6

Hito

Despliegue de la tecnología 5G: Finalización del proyecto.

248

C15.I7

Hito

Finalización de los proyectos del Programa de Impulso a la Industria de la Ciberseguridad Nacional, del Programa Global de Innovación en Seguridad y de las acciones conexas

252

C16.R1

Objetivo

Realización de misiones de país

253

C16.R1

Hito

Finalización de proyectos sobre inteligencia artificial

260

C17.I2

Objetivo

Finalización de todos los proyectos de mejora de las infraestructuras científicas y de la capacidad del Sistema español de Tecnología e Innovación Científica, incluidos los proyectos sobre infraestructuras europeas e internacionales

264

C17.I4

Objetivo

Finalización de becas y subvenciones para apoyar la carrera de investigación científica española

268

C17.I6

Objetivo

Finalización de todos los proyectos destinados a reforzar el desarrollo de la investigación y la innovación en el sector sanitario

272

C17.I9

Objetivo

Finalización de los proyectos de I + D + i en el ámbito aeroespacial, centrándose en las emisiones bajas y nulas

288

C19.I1

Objetivo

Capacitación digital de la ciudadanía

291

C19.I2

Objetivo

Dotación con dispositivos digitales conectados a los centros públicos o financiados con fondos públicos para colmar la «brecha digital», y equipamiento de un mínimo de 240 000 aulas

292

C19.I3

Objetivo

Competencias digitales para el empleo

294

C19.I4

Objetivo

Formación de profesionales digitales

342

C23.I1

Objetivo

Personas que han completado los programas de juventud.

343

C23.I2

Objetivo

Personas que han completado el Plan Empleo Mujer en zonas rurales y urbanas y el programa para víctimas de la violencia de género y de la trata

344

C23.I3

Objetivo

Personas que han completado programas de formación con el fin de adquirir capacidades para la transformación digital, ecológica y productiva

373

C26.I2

Objetivo

Renovación y mejora de centros técnicos para el deporte e instalaciones deportivas

Importe del tramo

4 597 701 149 EUR



SECCIÓN 3: DISPOSICIONES ADICIONALES

4.Disposiciones para el seguimiento y la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

El seguimiento y la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España se han expuesto en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en lo sucesivo, «Real Decreto-ley 36/2020»). Se llevarán a cabo conforme a las siguientes disposiciones:

·Se ha creado una Comisión para la Recuperación, Transformación y Resiliencia, que reúne a todos los ministros competentes para el Plan y que presidirá el Presidente del Gobierno. Esta Comisión ha establecido las directrices políticas generales para el desarrollo y la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se encargará del seguimiento de su ejecución. Estará asistida por un Comité Técnico de veinte miembros de la Administración Pública presidido por la Secretaría General de Fondos Europeos.

·La Secretaría General de Fondos Europeos, recientemente creada en el Ministerio de Hacienda, será la autoridad responsable del Plan ante la Comisión Europea. Esta autoridad será fundamental para el seguimiento de la presentación de solicitudes de pago, que se basará en la realización de los hitos y objetivos.

·El Plan incluye 416 hitos y objetivos, la mayoría de los cuales se refiere al periodo 2021-2023. Los hitos y objetivos que se proponen son claros y realistas y los indicadores propuestos son pertinentes, aceptables y sólidos.

·Si bien el ministerio responsable de cada medida será el encargado de tomar medidas para realizar los hitos y objetivos correspondientes con arreglo a los recursos presupuestados, la Secretaría General de Fondos Europeos será el órgano que preparará las solicitudes de pago dirigidas a la Comisión Europea. Cada solicitud de pago estará acompañada de una declaración de gestión basada en los informes emitidos por los órganos responsables de los componentes. Además, la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) llevará a cabo controles para certificar la realización de los hitos y objetivos, así como los resultados conseguidos. Los fondos asignados para la ejecución del Plan se incluirán en los Presupuestos Generales del Estado.

·Se han establecido disposiciones para que los agentes clave participen en la ejecución del Plan. Se crea una nueva Conferencia Sectorial del Plan con el objetivo de canalizar la cooperación entre Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Administración Central para la ejecución del Plan. Por lo que respecta al control parlamentario, el artículo 22 del Real Decreto-ley 36/2020 establece que el Gobierno informará trimestralmente sobre los progresos y avances del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ante la Comisión Mixta para la Unión Europea de las Cortes Generales.

5.Disposiciones para facilitar a la Comisión acceso completo a los datos subyacentes

La Secretaría de Estado de Fondos Europeos (Ministerio de Hacienda), como coordinadora del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, es responsable de la ejecución general del Plan, de asegurar la coordinación con otras autoridades pertinentes del país (en concreto, de asegurar la coherencia por lo que respecta al uso de otros fondos de la UE), de seguir el avance de los hitos y objetivos, de supervisar las medidas de control y auditoría y asegurar su ejecución, y de presentar todos los informes necesarios, así como las solicitudes de pago y la declaración de gestión que debe acompañarlas. Se espera que la Secretaría de Estado de Fondos Europeos utilice un sistema informático que permita a los ministerios y otros órganos de ejecución, control y auditoría codificar toda la información pertinente, en concreto la relativa a los hitos y objetivos y los indicadores de seguimiento, los informes de control y auditoría y los informes de gestión de los órganos de ejecución que se espera que sirvan como base para las declaraciones de gestión que deben adjuntarse a las solicitudes de pago. El sistema ha de permitir también el registro de información financiera cualitativa y otros datos, por ejemplo sobre los destinatarios finales, los contratistas, los subcontratistas y los beneficiarios efectivos.

De conformidad con el artículo 24, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/241, una vez alcanzados los correspondientes hitos y objetivos convenidos que figuran en la sección 2.1 del presente anexo, España deberá presentar a la Comisión una solicitud, debidamente justificada, de pago de la contribución financiera. España se asegurará de que, cuando lo solicite, la Comisión tenga acceso completo a los correspondientes datos subyacentes que apoyen la debida justificación de la solicitud de pago, tanto para la evaluación de la solicitud de pago conforme a lo dispuesto en el artículo 24, apartado 3, del Reglamento (UE) 2021/241, como a efectos de auditoría y control.

(1)    Con arreglo al artículo 3, apartado 11, del Reglamento (UE) 2019/1242: un vehículo sin motor de combustión interna o con un motor de combustión interna que emita menos de 1 g CO2/km.
(2)    Con arreglo al artículo 3, apartado 12, del Reglamento (UE) 2019/1242: con emisiones de CO2 de menos de la mitad de las emisiones de CO2 de referencia de todos los vehículos del subgrupo de vehículos; los valores de referencia varían en función del tipo de camión.
(3)    Los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa cumplen los criterios de sostenibilidad y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero establecidos en los artículos 29 a 31 y en las reglas sobre los biocarburantes producidos a partir de cultivos alimentarios y forrajeros establecidas en el artículo 26 de la Directiva (UE) 2018/2001, sobre fuentes de energía renovables, y en los instrumentos normativos de ejecución y delegados conexos. Los vehículos apoyados en el marco del MRR solo pueden utilizar biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa que respeten la Directiva. El nivel o porcentaje de biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa de la combinación nacional se incrementa con el tiempo.
(4)    Los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa cumplen los criterios de sostenibilidad y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero establecidos en los artículos 29 a 31 y en las reglas sobre los biocarburantes producidos a partir de cultivos alimentarios y forrajeros establecidas en el artículo 26 de la Directiva (UE) 2018/2001, sobre fuentes de energía renovables, y en los instrumentos normativos de ejecución y delegados conexos. Los vehículos apoyados en el marco del MRR solo pueden utilizar biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa que respeten la Directiva. El nivel o porcentaje de biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa de la combinación nacional se incrementa con el tiempo.
(5) Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(6) Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(7) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(8) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(9) Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(10) Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(11) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(12) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(13) Inferior a 50 gCO2/km en consonancia con la categoría de «vehículos limpios» de la Directiva 2009/33/CE, sobre vehículos limpios.
(14) Inferior a 50 gCO2/km en consonancia con la categoría de «vehículos limpios» de la Directiva 2009/33/CE, sobre vehículos limpios.
(15)    DO L 169 de 25.6.2019, p. 1.
(16)    COM(2020) 66 final.
(17)    Véase la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la gobernanza europea de datos, COM/2020/767 final, de 25.11.2020.
(18)    https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/activities/digital-programme.
(19) Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(20) Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(21) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(22) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(23) DO L 57 de 18.2.2021, p. 17.
(24) Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(25) Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(26) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(27) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(28) Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(29) Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(30) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(31) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(32) Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(33) Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(34) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(35) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(36) Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(37) Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(38) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(39) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(40) Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(41) Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(42) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(43) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(44) Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(45) Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(46) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(47) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(48) Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(49) Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(50) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(51) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(52) Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(53) Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(54) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(55) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(56) Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(57) Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(58) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(59) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(60)      Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(61)      Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(62)      Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(63)      Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(64)      Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(65)      Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(66)      Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(67)      Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(68)      Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(69)      Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(70)      Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(71)      Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(72)      Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(73)      Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(74)      Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(75)      Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(76)  Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada el respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión para las actividades e instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(77)      Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(78)      Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(79)      Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(80)      Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(81)      Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(82)      Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(83)      Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(84)      Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(85)      Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(86)      Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(87)      Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(88)      Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(89)      Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(90) Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(91) Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(92) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(93) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(94) Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(95) Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(96) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(97) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(98) Excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1).
(99) Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la Comisión.
(100) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(101) Esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta.
(102)      DO L 153 de 18.6.2010.
(103) Las recomendaciones del Pacto de Toledo se publicaron en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 10 de noviembre de 2020: https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/D/BOCG-14-D-175.PDF .