COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 30.9.2020
SWD(2020) 309 final
DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN
Informe sobre el Estado de Derecho en 2020
Capítulo sobre la situación del Estado de Derecho en Francia
que acompaña al documento
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES
Informe sobre el Estado de Derecho en 2020
Situación del Estado de Derecho en la Unión Europea
{COM(2020) 580 final} - {SWD(2020) 300 final} - {SWD(2020) 301 final} - {SWD(2020) 302 final} - {SWD(2020) 303 final} - {SWD(2020) 304 final} - {SWD(2020) 305 final} - {SWD(2020) 306 final} - {SWD(2020) 307 final} - {SWD(2020) 308 final} - {SWD(2020) 310 final} - {SWD(2020) 311 final} - {SWD(2020) 312 final} - {SWD(2020) 313 final} - {SWD(2020) 314 final} - {SWD(2020) 315 final} - {SWD(2020) 316 final} - {SWD(2020) 317 final} - {SWD(2020) 318 final} - {SWD(2020) 319 final} - {SWD(2020) 320 final} - {SWD(2020) 321 final} - {SWD(2020) 322 final} - {SWD(2020) 323 final} - {SWD(2020) 324 final} - {SWD(2020) 325 final} - {SWD(2020) 326 final}
Resumen
Se han adoptado una serie de iniciativas recientes destinadas a mejorar la independencia, la calidad y la eficiencia del sistema judicial francés. En particular, se ha propuesto una reforma para ampliar las competencias del Consejo Superior de la Magistratura, que reforzaría en mayor medida la independencia judicial. El nivel de independencia judicial percibido por las empresas es alto, y medio por parte del público general. También se han adoptado iniciativas para mejorar la calidad y la eficiencia del sistema judicial, en particular en lo que respecta a la digitalización y a los recursos para el sistema judicial. Entre otras cosas, estas medidas podrían contribuir a mejorar la eficiencia de la justicia civil, que se ha deteriorado en los últimos años.
Francia ha reforzado su marco institucional para prevenir y combatir la corrupción en los sectores público y privado en los últimos años. Se han creado nuevas instituciones especializadas de lucha contra la corrupción, como la Alta Autoridad para la Transparencia de la Vida Pública (HATVP, por sus siglas en francés) y la Agencia Anticorrupción francesa (AFA). Con la adopción de la Ley Sapin II en 2016, la HATVP ha visto ampliado su mandato a la gestión del registro de grupos de presión y ahora se encargará también de la regulación de las «puertas giratorias». La Ley Sapin II también introdujo un marco integral para la protección de los denunciantes de irregularidades. El sistema de declaraciones de patrimonio contiene información detallada sobre actividades e intereses actuales y pasados, que es publicada en formato de datos abiertos. La Fiscalía Financiera Nacional francesa tiene un buen desempeño en cuanto a sentencias condenatorias dictadas en casos de corrupción y malversación de alto nivel.
Francia cuenta con un marco jurídico e institucional bien consolidado que respalda el pluralismo de los medios de comunicación. El organismo regulador de los medios audiovisuales es independiente y supervisa de cerca el mercado de los medios de comunicación. Las normas sobre transparencia de la propiedad de los medios de comunicación garantizan que se ponga a disposición del público información sobre la propiedad de los medios de comunicación. Asimismo, se está evaluando la repercusión de los propietarios directos e indirectos sobre la competencia en los casos en que se producen cambios en la propiedad de los medios. La asignación de publicidad estatal está regulada y se distribuye entre los distintos tipos de medios de comunicación. La influencia política sobre los medios de comunicación se considera baja, también debido a las salvaguardias relativas a los funcionarios públicos y a los miembros del organismo regulador de los medios. La independencia editorial goza de una sólida protección, pero buena parte de esta protección se aplica únicamente a los periodistas contractuales. Asimismo, en los últimos años se ha producido un aumento de las amenazas tanto en línea como fuera de línea contra periodistas, incluidas agresiones físicas.
El proceso de promulgación de leyes incluye evaluaciones de impacto y consultas frecuentes con las partes interesadas, y el Consejo de Estado contribuye a garantizar la calidad de la legislación. La reciente iniciativa «Convención Ciudadana» estudia un modo innovador de implicar a la ciudadanía en el proceso legislativo. Diversas autoridades independientes, incluido el Defensor de derechos y la Comisión Consultiva Nacional para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos, contribuyen a la protección de los derechos fundamentales. El Consejo Constitucional, el Consejo de Estado (que actúa como Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo) y otras autoridades independientes desempeñan un papel fundamental en el sistema de controles y equilibrios.
I.Sistema judicial
El sistema judicial está compuesto por dos ramas autónomas de tribunales: los tribunales ordinarios con jurisdicción en causas civiles y penales, por un lado, y los tribunales de lo contencioso-administrativo, por el otro. Ambas ramas constan de tres niveles de tribunales: tribunales de primera instancia, tribunales de apelación y un tribunal superior (el Tribunal de Casación y el Consejo de Estado, respectivamente). El Consejo de Estado también tiene una rama consultiva que emite dictámenes sobre proyectos de legislación, y se encarga de la gestión de los tribunales de lo contencioso-administrativo y los tribunales de apelación. El Consejo Constitucional es competente para verificar la constitucionalidad de las leyes. El Consejo Superior de la Magistratura, que se compone mayoritariamente de jueces y fiscales elegidos por sus homólogos, desempeña un papel importante en la salvaguardia de la independencia judicial. El Ministerio Fiscal forma parte del poder judicial y depende del Ministerio de Justicia. Este último puede dar instrucciones generales sobre política procesal, pero tiene prohibido dar instrucciones sobre asuntos individuales. Los abogados son representados por distintos colegios en toda Francia.
Independencia
Recientemente, se han propuesto reformas para seguir reforzando la independencia judicial. El Consejo Superior de la Magistratura desempeña un papel fundamental en la salvaguardia de la independencia judicial. Es competente para nombrar candidatos a varios cargos clave, mientras que los jueces en general son nombrados por el Ministro de Justicia tras un dictamen vinculante del Consejo. Los fiscales son nombrados por el Ministro de Justicia, tras un dictamen meramente consultivo del Consejo. Posteriormente, los miembros del poder judicial son designados formalmente por el presidente de la República. Existe una propuesta de reforma constitucional que haría que el dictamen del Consejo Superior sobre el nombramiento de los candidatos a fiscales fuera vinculante para el poder ejecutivo, reforzando su papel en el proceso de nombramiento. Asimismo, el Consejo Superior es el órgano competente para tomar decisiones disciplinarias relativas a los jueces, mientras que el Ministro de Justicia adopta decisiones disciplinarias relativas a los fiscales sobre la base de un dictamen no vinculante del Consejo Superior. La reforma propuesta también convertiría al Consejo Superior en el organismo competente para establecer sanciones disciplinarias relativas a los fiscales. El GRECO ha acogido favorablemente esta propuesta de cambios constitucionales. Además, la reforma propuesta pondría fin al derecho de los expresidentes de la República de pasar a ser miembros del Consejo Constitucional tras salir del cargo. También suprimiría el Tribunal de Justicia de la República, que es competente para conocer de causas penales relativas a las actuaciones de los miembros del Gobierno en el ejercicio de sus funciones. En su lugar, sería el Tribunal de Apelación de París el que conocería de estas causas. Además de estas propuestas de reforma, se han producido otros avances, como la adopción de una nueva Compilación de obligaciones deontológicas de los magistrados por parte del Consejo Superior en enero de 2019. Esta Compilación recomienda que los miembros en activo del poder judicial no soliciten distinciones honoríficas, a fin de evitar cualquier sospecha por parte del público general en lo que respecta a su independencia. En este sentido, el Consejo de Europa ya había expresado sus inquietudes sobre la posibilidad de conceder condecoraciones y distinciones honoríficas oficiales a los jueces.
El nivel de independencia percibido entre las empresas es alto, y el nivel de independencia percibido entre el público general es medio. Entre la población general, el 56 % consideran que el nivel de independencia de los tribunales es «bastante bueno o muy bueno», así como el 68 % de las empresas. Mientras que el nivel de independencia percibido por las empresas ha aumentado en los últimos años, se ha mantenido bastante estable desde 2016 para la población general.
Calidad
Hay iniciativas en curso para seguir desarrollando la digitalización del sistema judicial. Hay una disponibilidad total de información en línea sobre el sistema de justicia para el público general y la posibilidad de enviar citaciones y realizar un seguimiento de las fases de un procedimiento en línea es generalizada en todos los tribunales. Sin embargo, la posibilidad de presentar un asunto por medios telemáticos sigue siendo limitada, como lo son las categorías de sentencias que se publican en línea. En este sentido, un decreto reciente sobre la puesta a disposición del público de las resoluciones judiciales supone un nuevo paso en el proceso de digitalización. No obstante, las partes interesadas ya se han mostrado anteriormente críticas con las modalidades de publicación y han destacado la necesidad de garantizar la seguridad y la intimidad de los miembros del poder judicial. Asimismo, la Ley de programación para la justicia 2018-2022 aspira a una mayor digitalización de los procedimientos jurídicos, y hay en marcha un proceso para facilitar la presentación en línea de solicitudes de asistencia jurídica gratuita.
Iniciativas destinadas a aumentar los recursos del sistema judicial. Mientras que el gasto público total en tribunales de justicia en EUR por habitante es superior a la media, el gasto como porcentaje del PIB es bastante bajo. La Ley de programación para la justicia 2018-2022 establece un importante aumento de los recursos financieros asignados al sistema judicial, con una diferencia del 24 % entre el presupuesto de 6 700 millones EUR de 2017 y el importe de 8 300 millones EUR previsto para 2022. Además, se están realizando consultas entre el Ministerio de Justicia y las partes interesadas desde julio de 2019 con el fin de desarrollar un instrumento fiable para medir la carga de trabajo. La disponibilidad de este instrumento sería beneficiosa para la gestión óptima de los recursos humanos y financieros en el poder judicial. En lo que respecta a la asistencia jurídica gratuita, el umbral de renta para optar a una asistencia jurídica gratuita plena se sitúa ligeramente por debajo del umbral de pobreza de Eurostat. La Ley de programación para la justicia 2018-2022 introduce una mediación obligatoria para determinados litigios de escasa cuantía, que puede repercutir en el acceso de la ciudadanía a la justicia.
Durante la pandemia de COVID-19, se introdujeron medidas relativas al funcionamiento del sistema judicial. Aunque estas medidas incluían la puesta en libertad anticipada de determinadas categorías de detenidos, también se introdujo una prolongación automática de la prisión preventiva. Esta medida recibió duras críticas de las partes interesadas, que insistieron en el riesgo de no respetar el derecho fundamental a la libertad. El Consejo de Estado ha rechazado emprender acciones legales para impugnar la legalidad de la prolongación de la prisión preventiva. El Tribunal de Casación falló que era el tribunal que normalmente habría decidido sobre la prolongación el que debía revisar rápidamente la validez de la decisión de prolongación.
Eficiencia
La justicia civil afronta algunos retos en lo que respecta a su eficiencia. El tiempo necesario estimado para resolver asuntos contenciosos civiles y mercantiles ha aumentado en los últimos años, con un tiempo medio de más de 400 días en 2018. Asimismo, la tasa de resolución de asuntos contenciosos civiles y mercantiles ha disminuido al 96 % en 2018, y hay un número considerable de asuntos contenciosos civiles y mercantiles pendientes. La reciente introducción de la ejecución provisional de las decisiones de los tribunales de primera instancia va encaminada a fomentar la eficiencia del sistema judicial. Además, la reciente fusión de los distintos tipos de tribunales de primera instancia en un único tipo de tribunal judiciaire (tribunal judicial) también puede ayudar a alcanzar este objetivo, a pesar de que las partes interesadas hayan manifestado su preocupación por el impacto que esta reforma podría tener en el acceso de la ciudadanía a la justicia.
II. Marco de lucha contra la corrupción
Francia cuenta con un marco institucional y legislativo ampliamente instaurado. Hay leyes vigentes para prevenir y combatir la corrupción en los sectores público y privado, entre otras cosas, en materia de protección de los denunciantes de irregularidades, declaraciones de patrimonio, grupos de presión y «puertas giratorias». Entre las autoridades que intervienen en la lucha contra la corrupción se encuentran la Agencia Anticorrupción, la Alta Autoridad para la Transparencia de la Vida Pública y la Oficina Central de Lucha contra la Corrupción y los Delitos Fiscales. La Fiscalía Financiera Nacional es competente para la investigación de casos de corrupción de alto nivel.
Francia obtiene una puntuación de 69/100 en el último Índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional y ocupa el 9º puesto de la Unión Europea y el 23º del mundo. El 70 % de los encuestados franceses consideran que la corrupción es un mal generalizado en su país (media de la UE: 71 %), mientras que el 10 % se sienten personalmente afectados por la corrupción en su vida diaria. En lo que se refiere a las empresas, el 55 % considera que la corrupción es generalizada (media de la UE: 63 %) y el 51 % considera que la corrupción supone un problema a la hora de hacer negocios (media de la UE: 37 %). El 26 % de los encuestados creen que el número de procesamientos en casos de corrupción que culminan con éxito es suficiente para disuadir a otros de estas prácticas (media de la UE: 36 %), mientras que el 43 % de las empresas opinan que las personas y las empresas enjuiciadas por sobornar a altos funcionarios reciben penas adecuadas (media de la UE: 31 %).
La legislación nacional penaliza todas las formas de delitos de corrupción activa y pasiva en el sector público y privado. Esto incluye la corrupción en el ámbito del deporte, así como la corrupción y el tráfico de influencias en el sector público. En enero de 2020, Francia adoptó su primer plan nacional plurianual de lucha contra la corrupción. Elaborado por la Agencia Anticorrupción francesa (AFA), en consulta con todas las administraciones y las autoridades locales implicadas, cubre el período 2020-2022. El plan nacional abarca dimensiones tanto preventivas como represivas de la corrupción y prevé medidas preventivas reforzadas, así como una mayor eficacia de la cooperación internacional en lo que respecta a la lucha contra la corrupción. Se prevé una consulta pública para finales de 2021 con el objetivo de implicar a la sociedad civil y a todas las partes interesadas en la evaluación de los primeros resultados de las medidas del plan nacional.
La Agencia Anticorrupción francesa (AFA) fue creada el 9 de diciembre de 2016. La AFA está dirigida por un magistrado nombrado por decreto del presidente de la República por un período no renovable de seis años. Solo podrá ponerse fin a sus funciones a petición propia o en caso de incapacidad o falta grave. En el desempeño de sus funciones de control, el director de la AFA no puede recibir ni solicitar instrucciones de ninguna autoridad administrativa o gubernamental. La AFA elabora el plan plurianual de lucha contra la corrupción y ayuda a las personas jurídicas públicas y privadas a prevenir y detectar la corrupción. Asimismo, supervisa la calidad de los sistemas de prevención de los organismos públicos, tanto a nivel del Estado central como a nivel local, de las organizaciones y fundaciones sin ánimo de lucro de interés público y de las empresas públicas y privadas bajo su jurisdicción, así como la adopción de programas de cumplimiento en virtud de decisiones judiciales.
La Alta Autoridad para la Transparencia de la Vida Pública (HATVP) es la responsable de garantizar la integridad de las instituciones públicas. Las misiones de esta autoridad independiente, establecida en 2013, incluyen el control de la exhaustividad, la exactitud y la equidad de las declaraciones de patrimonio e intereses de los titulares de mandatos o de los empleados públicos, mediante la notificación de casos sospechosos a la Fiscalía Financiera Nacional y la prestación de asesoramiento ético a los funcionarios públicos. Las declaraciones de patrimonio se transmiten o bien a la autoridad facultada para proceder a los nombramientos o a la HATVP. Las declaraciones de intereses de los funcionarios y ministros están disponibles en formato de datos abiertos, pero las de los parlamentarios no están a disposición del público. En 2018, la HATVP recibió 5 787 declaraciones de intereses y de patrimonio. Esta estima que los funcionarios cumplen con sus obligaciones declarativas en una proporción del 99,82 %. En 2018, transmitió 30 casos al Ministerio Fiscal. La HATVP también puede formular propuestas sobre posibles mejoras del marco jurídico e institucional, que incluye en sus informes anuales. Con la adopción de la Ley Sapin II en 2016, la HATVP ha visto ampliado su mandato a la gestión del registro de grupos de presión. Desde entonces, también se encarga de la regulación de las «puertas giratorias». En 2018, la Alta Autoridad empleó a 52 agentes, recibió 5 787 declaraciones de patrimonio e intereses y contó con un presupuesto de 5,5 millones EUR. Otras instituciones implicadas en el marco de lucha contra la corrupción son: la Comisión Nacional sobre Cuentas de Campaña y Financiación Política, y el Comisionado de Ética de la Asamblea Nacional, al que se le han asignado recientemente nuevos cometidos y es cada vez más consultado por los parlamentarios.
Aunque todas las divisiones de la policía pueden investigar delitos de corrupción, la Oficina Central de Lucha contra la Corrupción y los Delitos Financieros y Tributarios (OCLCIFF, por sus siglas en francés) se dedica específicamente a investigar la corrupción y el soborno de funcionarios públicos extranjeros. La Oficina Central (OCLCIFF) trabaja bajo la dirección de la Fiscalía Financiera Nacional, una entidad altamente especializada en la lucha contra la corrupción. En febrero de 2020, el Ministerio de Justicia publicó un informe sobre los asuntos relacionados con la corrupción en 2018. Este indica que estos casos han aumentado en un 24 % desde 2013. Para hacer frente a los desafíos que comporta este aumento, la policía financiera se reorganizó en julio de 2019. Se ha creado una subdirección dedicada exclusivamente a la delincuencia financiera para unir los distintos departamentos encargados de estos asuntos: la subdirección para la lucha contra los delitos financieros. Dentro de esta nueva estructura, la OCLCIFF se encarga de los casos de corrupción, malversación de caudales públicos y fraude fiscal. El personal de la OCLCIFF consta de 90 agentes en 2020.
El trabajo de la Fiscalía Financiera Nacional francesa ha dado lugar al enjuiciamiento y la condena de varios casos de alto nivel, incluidos los referentes a políticos y representantes de empresas internacionales. La Fiscalía Financiera Nacional informa de que ha establecido relaciones estrechas con sus homólogos extranjeros y ha celebrado varios acuerdos tras investigaciones conjuntas mediante el uso de convenios jurídicos de interés público. En diciembre de 2019, tenía 582 expedientes en su cartera, el 50 % de los cuales correspondían a violaciones de la integridad. A fecha de 6 de enero de 2020, la Fiscalía Financiera Nacional contaba con diecisiete fiscales, además de cinco asistentes especializados y quince funcionarios de registro. Esto se ha considerado insuficiente y el GRECO ha recomendado que la Fiscalía Financiera Nacional sea dotada de personal adicional. Asimismo, el GRECO recomendó que se velara por su independencia del poder ejecutivo con garantías adicionales sobre la transmisión al Gobierno de información relativa a procedimientos en curso contra personas que ocupan cargos ejecutivos de alto nivel a fin de preservar la integridad de las investigaciones.
Los convenios judiciales de interés público (CJIP) proporcionan una alternativa al enjuiciamiento en Francia. Este instrumento puede aplicarse tras una investigación preliminar que haga posible prevenir, mediante un programa de cumplimiento ejecutado bajo el control de la AFA, la reincidencia en los delitos de corrupción por parte de una persona jurídica. Hasta la fecha, se han celebrado once CJIP, incluidos seis sobre corrupción.
Las empresas de cierto tamaño tienen la obligación de crear programas anticorrupción. Los gerentes de empresas y establecimientos públicos de carácter industrial o comercial con al menos 500 empleados y un volumen de negocios de más de 100 millones EUR tienen la obligación de adoptar medidas para prevenir y detectar actos de corrupción o de tráfico de influencias cometidos en Francia o en el extranjero. Esto incluye la comisión de tales actos en filiales y sociedades controladas. Las administraciones estatales, las autoridades locales y sus establecimientos públicos y empresas semipúblicas, así como las asociaciones y fundaciones reconocidas como «de servicio público» también tienen que aplicar medidas para prevenir y detectar actos de corrupción y otras violaciones de la integridad.
Se ha implantado un régimen consolidado para la protección de los denunciantes. Desde 2007, se han puesto en marcha varios mecanismos en sectores concretos, entre otras cosas, para la corrupción, los daños al medio ambiente y la salud pública. Con la adopción de la Ley Sapin II en 2016, se ha establecido un régimen general para la protección de los denunciantes de irregularidades en los sectores público y privado.
Hay disposiciones ampliamente vigentes para regular los grupos de presión y las «puertas giratorias». La Alta Autoridad para la Transparencia de la Vida Pública se encarga de asistir a la administración pública en la regulación de las «puertas giratorias». La Ley de transformación de la función pública fusiona la Comisión de deontología de la función pública y la Alta Autoridad para la Transparencia de la Vida Pública (HATVP). La HATVP emite un dictamen antes de la contratación para un cargo público de alto nivel de una persona que haya estado anteriormente empleada en el sector privado, del que dependerá dicha contratación. Antes del nombramiento de cualquier miembro del Gobierno y en lo referente a la persona para la que se prevea el nombramiento, el presidente de la República podrá solicitar a la HATVP información que indique, en la fecha de la solicitud y teniendo en cuenta la información de la que dispone la HATVP, si esta persona se encuentra en una situación que pueda constituir un conflicto de intereses, así como las medidas necesarias para evitar este conflicto de intereses o actuar para ponerle fin de inmediato. Francia tiene un registro abierto de grupos de presión, pero algunas organizaciones, como las religiosas, están exentas de la obligación de registrarse. El GRECO ha destacado, no obstante, la necesidad de garantizar la máxima exactitud de este registro, ya que solo tienen obligación de registrarse aquellos grupos de presión que entablan contacto con altos funcionarios. La HATVP proporciona información relativa a los grupos de interés incluidos en el registro tras la adopción de la Ley Sapin II, en formato de datos abiertos.
III.Pluralismo de los medios de comunicación
Francia se ha caracterizado tradicionalmente por la libertad de expresión y de información así como por el pluralismo y la independencia de los medios de comunicación, que se consagran en la constitución y quedan garantizados por legislación sectorial específica, aplicada por el organismo regulador independiente de los medios de comunicación. La transparencia de la propiedad de los medios de comunicación queda establecida por ley. Lo mismo ocurre con la independencia de los medios, que goza tradicionalmente de una fuerte protección.
La independencia del organismo regulador de los medios de comunicación en Francia está garantizada por ley. El Conseil Supérieur de l'Audiovisuel (CSA) es una autoridad administrativa independiente establecida en 1989. Los siete miembros del CSA son nombrados por decreto para un mandato no renovable de seis años. Su presidente es designado por el presidente de la República, y cada una de las dos Cámaras parlamentarias nombra a tres miembros. Un miembro solo puede ser suspendido o destituido debido a su incompetencia, a su inadecuación para el correcto desempeño del cargo o por otros motivos de peso relativos a su persona. Hay disposiciones generales vigentes para minimizar la interferencia del sector de los medios de comunicación y prohibir que se acepten instrucciones de otras autoridades públicas. Aunque el presupuesto de este organismo regulador es ratificado por el Parlamento, sus recursos financieros y humanos quedan a su discreción, lo que respalda el estatuto independiente de este organismo. Con el fin de garantizar un uso adecuado y responsable de los recursos, este debe presentar su informe financiero al Gobierno y al Parlamento cada año. El CSA tiene la facultad de emitir sanciones, que pueden impugnarse ante los tribunales. La obligación legal de publicar los órdenes del día y las decisiones de las reuniones del CSA contribuye al alto grado de transparencia de sus actividades. El riesgo que puede correr la independencia del CSA es muy bajo conforme al instrumento de seguimiento del pluralismo en los medios de comunicación (Media Pluralism Monitor, MPM 2020). Además del CSA, se creó el Consejo de deontología periodística en 2019, con el objetivo de contribuir al respeto de las normas deontológicas. Se trata de un organismo autorregulador compuesto por representantes de periodistas, de editores y del público general. Cuando se le presenta una queja o por iniciativa propia, el Consejo puede ofrecer mediación entre las partes implicadas o puede emitir dictámenes, en caso necesario.
Las normas de transparencia de la propiedad de los medios de comunicación exigen que las empresas hagan pública determinada información sobre la propiedad. Las empresas están obligadas por ley a revelar públicamente cuáles son sus tres principales propietarios. Asimismo, deben notificar al CSA cuando la propiedad o el control de una empresa de radio o de televisión alcance el umbral del 10 % o superior. El CSA publica información sobre la estructura de capital de los editores en su sitio web, y es consultado por la autoridad de competencia cuando se producen cambios en la propiedad de los medios de comunicación, en cuyo caso evalúa tanto a los propietarios directos como indirectos de los medios de comunicación.
La asignación de publicidad estatal queda regulada por la Ley de contratación pública y la Ley sobre el Servicio de Información del Gobierno. Según el Media Pluralism Monitor (MPM) de 2020, la adjudicación de publicidad estatal se distribuye entre los distintos tipos de medios de comunicación y el correspondiente indicador de riesgo sobre regulación estatal de recursos y apoyo al sector de los medios revela un riesgo mínimo. El CSA es el responsable de aplicar las normas de cobertura política en el sector audiovisual, garantizando una asignación equitativa de tiempo de emisión durante los debates políticos. Esta información se comparte una vez al mes con ambas cámaras del Parlamento, lo cual garantiza un buen nivel de transparencia y de control.
El marco jurídico establecido y la presencia de una pluralidad de actores minimizan los riesgos de control político sobre los medios de comunicación. Por ejemplo, hay disposiciones jurídicas en este ámbito relativas a la declaración de conflictos de intereses de los cargos públicos y otros mecanismos de seguridad conexos en el marco del CSA, que prohíben a los miembros del Consejo ocupar un cargo en una empresa de medios de comunicación. Los medios de comunicación están también obligados a tener un estatuto deontológico y crear un comité para la exactitud, la independencia y el pluralismo de la información y los programas. El MPM de 2020 registra un bajo riesgo de control político sobre los medios de comunicación públicos o privados en Francia.
La libertad editorial de los periodistas queda garantizada por la aplicación de la «cláusula de conciencia» y la «cláusula de rescisión». La disposición pertinente del Código Laboral permite a los periodistas que tengan un contrato con su empleador rescindir su contrato sin previo aviso y sin perder sus prestaciones sociales si su trabajo atenta contra sus principios morales. Hasta cierto punto, esto evita la presión editorial sobre los periodistas. Sin embargo, esta salvaguardia no se aplica a los periodistas sin vínculo contractual. Los periodistas tienen el derecho legal de no revelar sus fuentes. Puede haber excepciones a este derecho por motivos de seguridad nacional. Varias partes interesadas denuncian que los periodistas son objeto de presiones e intimidación para revelar sus fuentes. Estos comportamientos podrían repercutir en el trabajo diario de los periodistas y dar lugar a un «efecto paralizante». La difamación se considera un delito y puede conllevar hasta una sanción de cárcel (cuando hace referencia al origen racial o étnico).
El marco jurídico dispone medidas sobre la seguridad física de los periodistas, pero las amenazas a los periodistas están aumentando. Las autoridades indican que no hay ninguna disposición legislativa específica relativa a la seguridad de los periodistas y que los periodistas están protegidos como cualquier otro ciudadano. En los últimos años, se han notificado algunos casos de amenazas y agresiones físicas por parte de agentes estatales y no estatales, especialmente durante las diversas manifestaciones de 2019. A esto se le suma el mayor número de ataques y amenazas en línea, cuyos autores pueden permanecer fácilmente en el anonimato. En 2019 y 2020, la Plataforma del Consejo de Europa para promover la protección del periodismo y la seguridad de los periodistas publicó diecinueve alertas en relación con Francia. Se referían particularmente a ataques contra la integridad física, actos de acoso a periodistas y acusaciones de difamación. Habida cuenta de las pruebas sobre estos ataques y del hecho de que, en varias ocasiones, se ha notificado que la protección de las fuentes periodísticas está «en peligro», el MPM de 2020 registró un riesgo medio en el ámbito de las normas de protección de los periodistas. Las partes interesadas también manifestaron su preocupación por el aumento de los ataques a periodistas, en particular durante las manifestaciones.
IV.Otras cuestiones institucionales en relación con el sistema de controles y equilibrios
Francia tiene un sistema semipresidencial de gobierno, con un presidente directamente elegido por los ciudadanos y un primer ministro que debe rendir cuentas ante el Parlamento. El Parlamento bicameral se compone de la Asamblea General y del Senado. Las propuestas legislativas pueden partir del Gobierno o de miembros de ambas Cámaras del Parlamento. El Consejo Constitucional examina la constitucionalidad de las leyes, antes o después de su adopción. Las autoridades independientes desempeñan un papel importante en el sistema de controles y equilibrios.
En el marco del proceso legislativo, se realizan evaluaciones de impacto y consultas a las partes interesadas con frecuencia. Los proyectos de legislación procedentes del Gobierno se someten a una evaluación de impacto y se presentan al Consejo de Estado para que emita un dictamen consultivo. Asimismo, las autoridades consultan regularmente a las partes interesadas para la elaboración de la legislación. Dicha consulta es preceptiva para la legislación de determinados ámbitos. También pueden organizarse consultas abiertas al público en general. Recientemente, una nueva Convención Ciudadana sobre el Clima reunió a 150 ciudadanos seleccionados al azar para debatir el cambio climático y preparar proyectos de ley para abordarlo. Posteriormente, el presidente decidió presentar 146 de las 149 propuestas al Gobierno, al Parlamento, o someterlas a referéndum. Esta iniciativa reciente supone un modo innovador de implicar a la ciudadanía en el proceso legislativo.
Varias autoridades independientes contribuyen a la protección de los derechos fundamentales. La Commission Nationale Consultative des Droits de l’Homme independiente (CNCDH) es la institución nacional de derechos humanos acreditada con la clase «A» por la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI, por sus siglas en inglés). La composición de la CNCDH garantiza una representación diversa de organizaciones activas en el ámbito de los derechos humanos. Su mandato incluye examinar el cumplimiento de las normas sobre derechos fundamentales por parte de las autoridades y prestar asesoramiento a este respecto. El Subcomité de Acreditación (SCA) de la GANHRI animó a la CNCDH a continuar ampliando sus actividades en relación con su mandato de protección, incluida la defensa de enmiendas legislativas para hacer explícito este mandato. El SCA también impulsó a la CNCDH a continuar reforzando su cooperación con otras entidades nacionales de derechos humanos como el Defensor de derechos. Este organismo consagrado en la Constitución es otra institución clave en el sistema de controles y equilibrios, que se encarga de proteger los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las autoridades estatales y al que puede recurrir cualquier persona física o jurídica. El Defensor de derechos tiene competencias para llevar a cabo investigaciones, mediar, emitir recomendaciones y formular propuestas de reformas jurídicas. Recientemente, el Defensor se mostró crítico con la falta de seguimiento por parte de las autoridades de una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la no ejecución de una decisión judicial nacional.
Se introdujo un régimen de emergencia en el contexto de la pandemia de COVID-19 y las medidas adoptadas se sometieron al control de los tribunales. La ley para hacer frente a la pandemia de COVID-19 adoptada en marzo introdujo un nuevo régimen de estado de emergencia específicamente diseñado para las emergencias sanitarias, y separado de los regímenes de estado de emergencia anteriores.El «estado de emergencia sanitaria» permitió al Gobierno adoptar por decreto una serie de medidas destinadas a hacer frente a la pandemia de COVID-19, como la limitación de la libre circulación de la población. La CNCDH se mostró crítica con algunas de estas medidas, y muchas de ellas fueron impugnadas en el marco de procedimientos judiciales. El Consejo Constitucional y el Consejo de Estado censuraron algunas de las medidas, incluida la obligación general de obtener una autorización para manifestarse y determinadas disposiciones relativas a la recopilación de datos en el contexto de la COVID-19. El Consejo Constitucional validó la ley que prorrogaba el estado de emergencia sanitaria.
Algunas iniciativas recientes se proponen fomentar un clima propicio para la sociedad civil. Aunque se considera que el panorama de la sociedad civil en Francia es limitado, la reciente introducción de la herramienta digital «Cuenta para asociaciones» se propone facilitar la interacción entre las asociaciones y las autoridades públicas, en particular en lo que se refiere a la solicitud de subvenciones. El Gobierno también fomenta el desarrollo de las asociaciones de la sociedad civil a través de un fondo específico.
Anexo I: Lista de fuentes por orden alfabético*.
* La lista de aportaciones recibidas en el marco de la consulta para el Informe sobre el Estado de Derecho en 2020 está disponible en (sitio web de la Comisión).
Centro para la Libertad y el Pluralismo en los Medios de Comunicación (2020), Media Pluralism Monitor 2020.
https://cmpf.eui.eu/media-pluralism-monitor/mpm-2020
.
CIVICUS, Monitor tracking civic space: France.
https://monitor.civicus.org/country/france/
.
CNCDH (2020), Avis «État d'urgence sanitaire et État de droit».
Consejo Constitucional, decisión de 11 de mayo de 2020, sobre la ley por la que se prorroga el estado de emergencia sanitaria y se complementan sus disposiciones, decisión n.º 2020-800 DC.
Consejo Constitucional, decisión de 3 de julio de 2020, M. Sofiane A. et autre, decisión n.º 2020-851/852.
Consejo de Europa, Platform to promote the protection of journalism and safety of journalists: Francia.
https://www.coe.int/en/web/media-freedom/france
.
Consejo de Europa: Comité de Ministros (2010), Recommendation CM/Rec(2010)12 of the Committee of Ministers to member states on judges: independence, efficiency and responsibilities.
Consejo de Europa: Comité de Ministros (2016), Recommendation CM/Rec(2016)4 of the Committee of Ministers to member States on the protection of journalism and safety of journalists and other media actors.
Consejo de Estado, sentencias de 6 de julio de 2020 relativas a la obligación de obtener una autorización antes de organizar un evento, decisiones n.º 441257, 441263 y 441384.
Tribunal de Casación, sentencia de 26 de mayo de 2020, n.º 974 (20-81.910).
CSA, información sobre editores.
https://www.csa.fr/Reguler/Espace-juridique/Les-relations-du-CSA-avec-les-editeurs/Convention-des-editeurs
.
Defensor de derechos (2020), Carta a los presidentes del Senado y de la Asamblea Nacional sobre la ley por la que se prorroga el estado de emergencia sanitaria.
Dirección General de Comunicación (2020), Eurobarómetro: Perceived independence of the national justice system in the EU among the general public.
Dirección General de Comunicación (2020), Encuesta «Flash» del Eurobarómetro n.º 482: Businesses’ attitudes towards corruption in the EU.
Dirección General de Comunicación (2020), Eurobarómetro especial n.º 502: Corruption.
Comisión Europea (2020), Cuadro de indicadores de la justicia en la UE.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sentencia de 9 de abril de 2015, Tchokontio Happi/Francia, solicitud n.º 65829/12.
Gobierno de Francia (2020), Aportaciones de Francia al Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.
Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI): Subcomité de Acreditación (SCA) (2019), Informe del Subcomité de Acreditación de la GANHRI – marzo de 2019.
GRECO (2018), Quinta Ronda de Evaluación – Evaluation Report on France on preventing corruption and promoting integrity in central governments (top executive functions) and law enforcement agencies.
GRECO (2018), Cuarta Ronda de Evaluación – Second Compliance Report on France on corruption prevention in respect of members of Parliament, judges and prosecutors.
Alta Autoridad para la Transparencia de la Vida Pública – HATVP (2019), Rapport d'activité 2018.
https://www.hatvp.fr/rapports_activite/rapport_2018/#popup3
.
Alta Autoridad para la Transparencia de la Vida Pública – HATVP, Le répertoire
https://www.hatvp.fr/le-repertoire/
.
Consejo Superior de la Magistratura (2019), Compilación de obligaciones deontológicas de los magistrados.
Sindicato de la Magistratura (2020), Prolongation automatique des détentions provisoires: après le scandale et le fatras, la désinvolture!
http://www.syndicat-magistrature.org/Prolongation-automatique-des-detentions-provisoires-apres-le-scandale-et-le.html
.
Ministerio de Justicia (2020), Manquements à la probité: éléments statistiques.
https://www.agence-francaise-anticorruption.gouv.fr/files/files/Fiche%20atteintes%20à%20la%20probité%20-%20chiffres%202018.pdf
.
Asamblea Nacional francesa (2019), Un nouvel élan pour la déontologie parlementaire: Rapport annuel remis au Président et au Bureau de l'Assemblée nationale les 14 et 30 janvier 2019, en application de l'article 80-3 du Règlement de l'Assemblée nationale.
http://www2.assemblee-nationale.fr/static/15/deontologue/rapport_activite_300119.pdf
.
OCDE (2019), Indicators of regulatory policy and governance Europe 2019: France.
Tribunal de Apelación de París (2020), Convention judiciaire d'intérêt public (CJIP) conclue entre le procureur de la République financier et la société Airbus SE.
https://www.agence-francaise-anticorruption.gouv.fr/files/2020-02/20200129%20CJIP%20AIRBUS%20signée.pdf
.
Presidenta del Sindicato de la Magistratura francés, Katia Dubreuil (2019), carta de 3 de diciembre de 2019 dirigida al Ministro de Justicia.
Reporteros sin Fronteras, Perfil de país: Francia.
https://rsf.org/es/francia
.
Visita virtual a Francia en el marco de la elaboración del Informe sobre el Estado de Derecho en 2020.
Anexo II: Visita a Francia
Los servicios de la Comisión celebraron reuniones virtuales en mayo y junio de 2020 con:
·La Agencia Anticorrupción
·La Oficina Central de Lucha contra la Corrupción y los Delitos Financieros y Tributarios
·La Alta Autoridad para la Transparencia de la Vida Pública
·El Consejo Superior de los Medios Audiovisuales (CSA)
·El Consejo Superior de la Magistratura
·El Consejo de Deontología Periodística y de Mediación
·El Ministerio de Justicia
·La Comisión Nacional Consultiva de Derechos Humanos (CNCDH)
·El Consejo Nacional de Colegios de Abogados
·La Fiscalía Financiera Nacional
·El Sindicato Nacional de Periodistas
·Reporteros sin Fronteras
* La Comisión también se reunió con las siguientes organizaciones en varias reuniones transversales:
·Amnistía Internacional
·Civil Liberties Union for Europe
·Civil Society Europe
·Conference of European Churches
·EuroCommerce
·European Center for Not-for-Profit Law
·Centro Europeo para la Libertad de Prensa y de los Medios de Comunicación
·European Civic Forum
·Free Press Unlimited
·Front Line Defenders
·ILGA-Europe
·Comisión Internacional de Juristas
·Federación Internacional por los derechos Humanos
·International Press Institute
·Lifelong learning Platform
·Open Society Justice Initiative/Open Society European Policy Institute
·Reporteros sin Fronteras
·Transparencia Internacional UE