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Document 32020D0675
Commission Implementing Decision (EU) 2020/675 of 15 May 2020 on the proposed European citizens’ initiative entitled ‘Freedom to share’ (notified under document C(2020) 3191) (Only the English text is authentic)
Decisión de Ejecución (UE) 2020/675 de la Comisión de 15 de mayo de 2020 sobre la propuesta de iniciativa ciudadana europea titulada «Libertad para compartir» [notificada con el número C(2020) 3191] (El texto en lengua inglesa es el único auténtico)
Decisión de Ejecución (UE) 2020/675 de la Comisión de 15 de mayo de 2020 sobre la propuesta de iniciativa ciudadana europea titulada «Libertad para compartir» [notificada con el número C(2020) 3191] (El texto en lengua inglesa es el único auténtico)
C/2020/3191
OJ L 158, 20.5.2020, p. 5–6
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
20.5.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 158/5 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2020/675 DE LA COMISIÓN
de 15 de mayo de 2020
sobre la propuesta de iniciativa ciudadana europea titulada «Libertad para compartir»
[notificada con el número C(2020) 3191]
(El texto en lengua inglesa es el único auténtico)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2019/788 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la iniciativa ciudadana europea (1), y en particular su artículo 6,
Considerando que:
(1) |
Los objetivos de la propuesta de iniciativa ciudadana europea titulada «Libertad para compartir» son: «Legalizar la compartición, a través de las redes digitales, para uso personal y sin ánimo de lucro, de archivos que contengan obras y otros materiales protegidos por derechos de autor, derechos afines y derechos sui generis sobre bases de datos con miras a alcanzar un equilibrio entre los derechos de los autores y otros titulares de derechos y el derecho universal a la ciencia y la cultura». |
(2) |
El anexo proporciona más detalles sobre el objeto, los fines y el contexto de la propuesta de iniciativa ciudadana. En particular, pide la modificación de las normas de la UE relativas a las plataformas digitales de intercambio de contenidos, con mención explícita a la Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo (2). Las modificaciones previstas consistirían en adoptar «un acto legislativo que disponga una exención de los derechos de autor, derechos afines y derechos sui generis sobre bases de datos para las personas físicas que compartan archivos a través de las redes digitales para uso personal y sin ánimo de lucro». El objetivo de la iniciativa consiste en permitir que los ciudadanos «compartan archivos directamente a través de redes de igual a igual para que tengan acceso a la ciencia y la cultura sin estar sujetos a controles y a la elaboración de perfiles». |
(3) |
El Tratado de la Unión Europea (TUE) refuerza la ciudadanía de la Unión y consolida su funcionamiento democrático al disponer, entre otras cosas, que todo ciudadano tiene derecho a participar en la vida democrática de la Unión mediante una iniciativa ciudadana europea. |
(4) |
En este sentido, los procedimientos y condiciones requeridos para la iniciativa ciudadana deben ser claros, sencillos, fáciles de cumplir y proporcionados a su naturaleza, de modo que se fomente la participación de los ciudadanos y la Unión sea más accesible. |
(5) |
La iniciativa propuesta pide la modificación de la normativa de la UE sobre las plataformas digitales de intercambio de contenidos, y hace una mención explícita a la Directiva (UE) 2019/790 sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital, basada en los artículos 53, apartado 1, 62 y 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). |
(6) |
Pueden adoptarse actos jurídicos de la Unión, a efectos de la aplicación de los Tratados, para la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al acceso a las actividades por cuenta propia y a su ejercicio, sobre la base del artículo 53, apartado 1. De conformidad con el artículo 62 del TFUE, esta base jurídica también se aplica a las cuestiones relativas a la libre prestación de servicios previstas en los artículos 56 a 61 del TFUE. |
(7) |
Pueden adoptarse actos jurídicos de la Unión, a efectos de la aplicación de los Tratados, para la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros que tengan por objeto el establecimiento y el funcionamiento del mercado interior, sobre la base del artículo 114 del TFUE. |
(8) |
A la luz de los artículos 53, apartado 1, 62 y 114 del TFUE, ninguna de las partes de la iniciativa propuesta está manifiestamente fuera del ámbito de competencias de la Comisión para presentar una propuesta de un acto jurídico a efectos de la aplicación de los Tratados de conformidad con el artículo 6, apartado 3, letra c), del Reglamento (UE) 2019/788. |
(9) |
El grupo de organizadores se ha constituido y las personas de contacto se han designado de conformidad con el artículo 5, apartados 1 a 3, del Reglamento, y se ha creado una persona jurídica específicamente encargada de la gestión de la iniciativa de conformidad con el artículo 5, apartado 7. |
(10) |
La iniciativa propuesta no es ni manifiestamente abusiva, frívola o temeraria, ni manifiestamente contraria a los valores de la Unión establecidos en el artículo 2 del TUE y los derechos consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. |
(11) |
Por consiguiente, debe registrarse la iniciativa propuesta titulada «Libertad para compartir». |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se registra la propuesta de iniciativa ciudadana europea titulada «Libertad para compartir».
Artículo 2
El destinatario de la presente Decisión es el grupo de organizadores de la iniciativa ciudadana titulada «Libertad para compartir», representada por el Sr. Marco CIURCINA y el Sr. Roberto GALTIERI, que actúan como personas de contacto.
Hecho en Bruselas, el 15 de mayo de 2020.
Por la Comisión
Věra JOUROVÁ
Vicepresidenta
(1) DO L 130 de 17.5.2019, p. 55.
(2) Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital y por la que se modifican las Directivas 96/9/CE y 2001/29/CE (DO L 130 de 17.5.2019, p. 92).