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Document C2019/333/04

Convocatoria de propuestas — EACEA/45/2019 Programa Erasmus+, acción clave 3 — Apoyo a la reforma de las políticas Cooperación con la sociedad civil en el ámbito de la juventud2019/C 333/04

PUB/2019/21

OJ C 333, 4.10.2019, p. 11–14 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

4.10.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 333/11


Convocatoria de propuestas — EACEA/45/2019

Programa Erasmus+, acción clave 3 — Apoyo a la reforma de las políticas

Cooperación con la sociedad civil en el ámbito de la juventud

(2019/C 333/04)

INTRODUCCIÓN

La cooperación con las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud (1) es esencial para materializar los principios de la participación de la juventud en la vida democrática, tal y como se establece en el artículo 165 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en la Estrategia de la UE para la Juventud (2).

Esta cooperación contribuye a crear un sentido amplio de propiedad en relación con las acciones y las políticas de la UE pertinentes para la juventud y a tener en cuenta las ideas y preocupaciones de la sociedad civil juvenil a todos los niveles.

Es fundamental para garantizar la participación activa de las partes interesadas de la sociedad civil juvenil, para promover su participación en el Programa Erasmus+, el Cuerpo Europeo de Solidaridad y otros programas europeos y para difundir las políticas, los resultados del programa y las buenas prácticas entre la juventud y los representantes de los jóvenes a través de sus redes en otros ámbitos.

1.   METAS Y OBJETIVOS

El objetivo de la presente Convocatoria es proporcionar apoyo estructural, en forma de subvenciones de funcionamiento, a organizaciones no gubernamentales europeas (ASEUR) y a redes a nivel europeo que trabajen en el ámbito de la juventud y que persigan uno o varios de los siguientes objetivos generales:

Reforzar la sensibilización respecto de la Estrategia de la UE para la Juventud (3) 2019-2027, incluidos los Objetivos Europeos para la Juventud.

Desarrollar, promover y apoyar acciones destinadas a implicar, conectar y capacitar a los jóvenes conforme al espíritu de la Estrategia de la UE para la Juventud.

Reforzar la sensibilización y la participación de la juventud en las acciones de la UE dirigidas a los jóvenes, como Erasmus+, el Cuerpo Europeo de Solidaridad y Discover EU.

Reforzar el compromiso y la cooperación de los agentes de la sociedad civil juvenil con las autoridades públicas para la ejecución de políticas en ámbitos pertinentes para los jóvenes.

Potenciar la participación de los representantes de la juventud, aprovechando también el potencial de la comunicación digital junto con otras formas de participación.

Reforzar el compromiso de los representantes de la juventud en la difusión de las acciones del programa y las políticas, incluidos los resultados y las buenas prácticas, entre sus miembros y otros colectivos.

Los objetivos deben estar claramente integrados en los planes de trabajo, las actividades y los productos finales de las organizaciones solicitantes.

Por otra parte, se espera que las organizaciones activas en el campo de la juventud que recibirán apoyo en el marco de esta Convocatoria realicen actividades destinadas a:

Contribuir a la consecución de los objetivos europeos en materia de la juventud asociados a la Estrategia de la UE para la Juventud.

Respetar los principios rectores establecidos para la Estrategia de la UE para la Juventud y, en este sentido, promover lo siguiente:

Igualdad y no discriminación, mediante la lucha contra todas las formas de discriminación y la promoción de acciones para fomentar el acceso justo e igualitario de los jóvenes a las oportunidades y facilitar su transición a la edad adulta, también en la vida cívica, en la escuela o en el mundo laboral.

Inclusión, atendiendo a las diversas necesidades de los jóvenes y especialmente de quienes tienen menos oportunidades o cuyas voces pueden ignorarse.

Participación de todos los jóvenes en la vida democrática y cívica en Europa; mediante una acción significativa para implicar a los jóvenes y las organizaciones juveniles a escala europea, nacional, regional o local en el desarrollo, la ejecución y el seguimiento de cuestiones políticas; promoviendo el debate y las acciones para que las voces de los jóvenes se escuchen mejor en la sociedad; y animándoles a votar en las elecciones.

Dimensión mundial, europea, nacional, regional y local, garantizando que las actividades europeas lleguen a los jóvenes y tengan un impacto en la juventud a nivel comunitario y conecten con cuestiones globales de interés para los jóvenes.

Fomentar el desarrollo de competencias y aptitudes mediante el aprendizaje no formal e informal, las organizaciones juveniles y el trabajo juvenil; promover la alfabetización digital, el aprendizaje intercultural, el pensamiento crítico, el respeto de la diversidad y los valores de solidaridad, igualdad de oportunidades y derechos humanos de los jóvenes en Europa.

Contribuir a iniciativas políticas pertinentes de la UE más allá de la política de juventud que afectan a los jóvenes en ámbitos como la ciudadanía, la educación, la cultura, el deporte, el empleo o la inclusión social.

Todas la actividades mencionadas deben contribuir a ampliar la divulgación dirigida a los jóvenes para garantizar la diversidad de opiniones, llegar tanto a los jóvenes que participan como a los que no participan en las organizaciones juveniles y a aquellos que tienen menos oportunidades mediante el uso de diversos canales tradicionales y digitales.

2.   ADMISIBILIDAD

2.1.   Candidatos admisibles

Esta Convocatoria está abierta a dos categorías de organismos: Organizaciones no gubernamentales europeas (ASEUR) en el ámbito de la juventud y redes a nivel europeo (red informal) en el ámbito de la juventud.

En el contexto de la cooperación con la sociedad civil en el ámbito de la juventud, se aplican las definiciones siguientes:

 

Categoría 1: Una organización no gubernamental europea (ASEUR) debe:

Desarrollar sus actividades a través de una estructura formalmente reconocida, compuesta por a) el organismo/secretariado europeo (el solicitante) legalmente establecido durante al menos un año en un país del Programa en la fecha de presentación de la solicitud, y b) organizaciones/filiales nacionales en al menos doce países del Programa que tengan un vínculo legal con el organismo/secretariado europeo;

Participar activamente en el campo de la juventud y realizar actividades que apoyen la aplicación de los ámbitos centrales de la Estrategia de la UE para la Juventud;

Implicar a los jóvenes en la gestión y en la gobernanza de la organización.

 

Categoría 2: Una red a nivel europeo (red informal) debe:

Estar compuesta por organizaciones legalmente autónomas sin fines de lucro que trabajen en el campo de la juventud y realicen actividades de apoyo a la aplicación de los ámbitos centrales de la Estrategia de la Juventud de la UE;

Desarrollar sus actividades a través de una estructura de gobernanza informal, compuesta por a) el organismo legalmente establecido durante al menos un año en la fecha de presentación de la solicitud en un país del Programa con funciones de coordinación y apoyo a la red con alcance europeo (el solicitante), y b) otras organizaciones establecidas en al menos doce países candidatos del Programa;

Implicar a los jóvenes en la gestión y en la gobernanza de la red.

2.2.   Países admisibles

Serán admisibles las solicitudes de entidades legales establecidas en uno de los siguientes países:

Estados miembros de la UE: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Reino Unido, Rumanía y Suecia.

Para los solicitantes del Reino Unido: téngase en cuenta que los criterios de admisibilidad deberán cumplirse a lo largo del período de duración de la subvención. Si el Reino Unido abandona la UE durante el período del proyecto sin celebrar un acuerdo con la Unión que garantice, en concreto, que los solicitantes de dicho país sigan considerándose admisibles, estos dejarán de recibir financiación de la UE (aunque continuarán participando, siempre que resulte posible), o se verán obligados a abandonar el proyecto de conformidad con lo dispuesto en el artículo II.16.2.1 a), de las Condiciones Generales del acuerdo de subvención.

los países miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) que sean a la vez miembros del Espacio Económico Europeo (EEE): Islandia, Liechtenstein, Noruega;

Países candidatos que cuenten con una estrategia de preadhesión, conforme a los principios generales y las condiciones y modalidades generales establecidas en los acuerdos marco suscritos con estos países para su participación en los programas de la UE: Macedonia del Norte, República de Serbia y Turquía.

3.   Actividades

Los organismos solicitantes deben presentar un plan de trabajo coherente que integre actividades sin ánimo de lucro dirigidas por jóvenes que sean adecuadas para lograr el objetivo de la Convocatoria.

En particular:

Programas de actividades y de aprendizaje no formal e informal, dirigidas a la juventud y a los trabajadores jóvenes;

Actividades para el desarrollo de la calidad, la innovación y el reconocimiento del trabajo de los jóvenes;

Actividades para el desarrollo y el fomento de herramientas de validación, reconocimiento y transparencia en el ámbito de la juventud;

Seminarios, reuniones, talleres, consultas y debates realizados por jóvenes acerca de las políticas de juventud o asuntos europeos;

Consultas a jóvenes para contribuir al Diálogo con la Juventud de la UE (4);

Actividades para la promoción de la participación activa de los jóvenes en la vida democrática, como la promoción de la inclusión en la toma de decisiones, la representación de los jóvenes, la promoción de formas nuevas y alternativas de participación o el desarrollo de competencias cívicas;

Actividades para la promoción de actividades de solidaridad entre los jóvenes en Europa;

Actividades para la promoción de la solidaridad, la tolerancia y el aprendizaje y la comprensión interculturales en Europa;

Medios de comunicación y actividades y herramientas de comunicación sobre juventud y asuntos europeos.

Como principio transversal, los organismos solicitantes deben aplicar estrategias para conectar con los jóvenes de diversos entornos a nivel comunitario con el fin de garantizar que se llega cada vez a más jóvenes a nivel comunitario.

Ni las agencias nacionales Erasmus+ ni las organizaciones cuyos miembros sean mayoritariamente (2/3 o más) agencias nacionales Erasmus+ son admisibles en virtud de esta Convocatoria.

4.   PRESUPUESTO DISPONIBLE

La presente convocatoria de propuestas ofrece la posibilidad de solicitar subvenciones de funcionamiento anuales (5).

Las subvenciones de funcionamiento anuales se centran en la cooperación a corto plazo a escala europea. Las solicitudes de subvenciones de funcionamiento anuales deberán incluir un programa de trabajo detallado de doce meses (programa de trabajo anual) para 2020 junto con la información necesaria para calcular la subvención.

5.   CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

La calidad de las solicitudes admisibles se evaluará de acuerdo con los siguientes criterios:

relevancia (máximo 30 puntos);

calidad del diseño y la aplicación del plan de trabajo (máximo 20 puntos);

perfil, número y diversidad de los entornos de participantes y países que participan en las actividades (máximo 30 puntos);

impacto, difusión y sostenibilidad (máximo 20 puntos).

6.   PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes deben presentarse utilizando el formulario de solicitud de subvención en línea (eForm),

Dicho formulario está disponible en inglés, francés y alemán en la siguiente dirección de Internet:

http://eacea.ec.europa.eu/erasmus-plus/funding_en

y habrá de ser debidamente cumplimentado en una de las lenguas oficiales de la Unión Europea.

El referido formulario debidamente cumplimentado debe presentarse en línea antes de las 17.00 horas (hora de Bruselas) del 19 de noviembre de 2019, incluidos los anexos pertinentes (6):

Los anexos complementarios obligatorios (7) deben enviarse por correo electrónico a la Agencia dentro del mismo plazo.

7.   INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Las solicitudes deberán cumplir las disposiciones recogidas en las Directrices para las solicitudes-Convocatoria de propuestas EACEA/45/2019, que pueden consultarse en la siguiente dirección de Internet: https://eacea.ec.europa.eu/erasmus-plus/funding_en


(1)  Programa de trabajo anual 2020 para la ejecución de Erasmus+ [C(2019) 5823].

(2)  Resolución del Consejo de la Unión Europea y los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el Consejo, sobre un marco para la cooperación europea en el ámbito de la juventud: la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019-2027 (DO C 456 de 18.12.2018, p. 1): https://ec.europa.eu/youth/policy/youth-strategy_es.

(3)  https://ec.europa.eu/youth/policy/youth-strategy_es

(4)  Que la Comisión previó en el marco de la Estrategia de la UE para la Juventud 2019-2027 propuesta en la Comunicación «Involucrar, conectar y capacitar a los jóvenes: una nueva Estrategia de la UE para la Juventud» [22.5.2018, COM(2018) 269]. El futuro Diálogo con la Juventud de la UE «abarcará nuevas formas y vías alternativas de participación, incluidas las campañas en línea y las consultas a través de plataformas digitales conectadas al Portal Europeo de la Juventud. El diálogo se coordinará a nivel de la UE, impulsado por los jóvenes de todos los niveles y apoyado por grupos de trabajo nacionales con unas medidas de seguimiento mejoradas. Debe ser transparente y visible en cuanto a impacto. Para permitir que los jóvenes se formen su opinión sobre la base de hechos y argumentos, el acceso a información de calidad es esencial».

(5)  El presupuesto total designado en 2020 para la cooperación con la sociedad civil en el ámbito de la juventud es de 4 000 000 EUR y está dividido como se indica a continuación: 3 500 000 EUR-reservados para los beneficiarios que firmaron los Acuerdos Marco de Asociación Cooperación de la Sociedad Civil en el ámbito de la Juventud en 2018 y, por tanto, no disponibles para esta convocatoria; 500 000 EUR-disponibles para solicitantes que presenten propuestas para una subvención de funcionamiento anual en el marco de la presente convocatoria.

(6)  Cualesquiera otros documentos administrativos requeridos por las Directrices para las solicitudes deben enviarse por correo electrónico a la Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural antes del 19 de noviembre de 2019 a la siguiente dirección de correo electrónico: EACEA-YOUTH@ec.europa.eu.

(7)  Para obtener información más detallada sobre los anexos que deben presentarse, consulte la sección 14 de las Directrices para las solicitudes.


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