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Document 52016AE6928

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el «Informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Precios y costes de la energía en Europa» [COM(2016) 769 final]

OJ C 345, 13.10.2017, p. 120–125 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

13.10.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 345/120


Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el «Informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Precios y costes de la energía en Europa»

[COM(2016) 769 final]

(2017/C 345/20)

Ponente:

Laure BATUT

Consulta

Comisión Europea, 17.2.2017

Fundamento jurídico

Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Sección competente

Sección Especializada de Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información

Aprobado en sección

14.6.2017

Aprobado en el pleno

5.7.2017

Pleno n.o

527

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

127/15/4

1.   Recomendaciones

1.1.

El Comité Económico y Social Europeo (CESE) desea recordar que el paquete de medidas de la UE sobre energía tiene como objetivo que el consumidor ocupe un lugar central, y desearía que se defina y se aplique dicho concepto. El consumidor solo podrá desempeñar su nuevo papel si puede basarse en unos textos claros que le proporcionen los medios para actuar. El CESE considera que es necesaria una visión de futuro sobre lo que los ciudadanos y las empresas europeas pueden ganar en este proyecto, como una mayor igualdad, para que la «Unión de la Energía» tenga éxito.

1.2.

El CESE considera que actuar sobre la demanda de energía mediante la sensibilización de los ciudadanos y los profesionales (educación, formación) podrá lograr que se responsabilicen de sus decisiones y comportamientos energéticos. La eficiencia energética puede contabilizarse en los balances relativos a las necesidades de energía, puede contribuir a reducir el consumo y, por consiguiente, influir en los costes, incluso cuando los precios aumentan. Sin embargo, no puede resolver por sí sola los problemas relacionados con el cambio climático, la seguridad del suministro o la precariedad (1). La eficiencia y la reducción del consumo de energía no constituyen una fuente de energía.

1.3.

El CESE recomienda ampliar el examen de datos en los próximos años, incluyendo el estudio de más fuentes de energía, e interesarse por tres tipos de consumo: de los hogares, de las industrias y de las empresas de servicios.

1.4.

El informe debería recoger también una evaluación de las respuestas a la demanda de energía para conocer el grado de satisfacción de las necesidades realizado a un precio sostenible (artículo 14 del TFUE).

1.5.

El CESE aboga por que el informe se centre en los montantes desembolsados por las empresas o los consumidores, en la I+D y en la toma en consideración de los estudios sobre el almacenamiento de energía, que deberían reflejarse en el precio de la energía y en los costes de financiación de dichas redes.

1.6.

El coste de los daños medioambientales debería evaluarse y ser fácilmente accesible para todos.

1.7.

El CESE recomienda que, al comienzo de los informes bienales de la Comisión sobre los precios y costes de la energía, se incluya un glosario que facilite la comprensión del documento a todos los consumidores.

1.8.

Con el mismo objetivo de transparencia, el Comité pide a la Comisión que añada una ficha por Estado miembro examinado con cinco puntos de referencia por fuente de energía:

el diferencial de precios anual entre los mercados mayorista y minorista,

el porcentaje de «materia prima», de «redes» y de «impuestos» en el precio al consumidor,

los márgenes de beneficio que obtienen anualmente las empresas de la cadena de valor y, sobre todo, los proveedores nacionales,

el porcentaje y el desglose de las ayudas europeas al Estado y a las empresas, y

el porcentaje de las tarifas reguladas y de las tarifas sociales en el total de los precios al por menor.

2.   Introducción

2.1.

En 2014, la Comisión Europea elaboró un primer informe sobre los precios y costes de la energía en la Unión Europea (UE); las deficiencias de los datos recogidos hizo que propusiera un Reglamento (2) relativo a las estadísticas europeas sobre los precios del gas natural y la electricidad.

2.2.

El objetivo era comprobar la fase de desarrollo del mercado interior de la energía, que no se ha completado, y contribuir a determinar las medidas necesarias para mejorar la eficiencia energética y la seguridad de suministro, en este ámbito de competencias compartidas.

3.   Síntesis del informe de la Comisión

3.1.

El informe de la Comisión analizado es, por lo tanto, el segundo. En él se evalúa la situación de los precios de la energía en los sectores del gas, la electricidad y los productos derivados del petróleo, así como sus consecuencias para los hogares y las industrias, y se destacan las políticas estratégicas de la UE para realizar la Unión de la Energía.

4.   Precios de la electricidad

4.1.

La Comisión menciona unos requisitos para influir en los precios: aumentar la eficiencia energética y recurrir a las energías alternativas, ámbitos en los que la Unión quiere ser líder mundial.

4.2.

En efecto, las importaciones netas por los Estados de la Unión de electricidad procedente de combustibles fósiles aumentaron, y su dependencia también, lo que ha reactivado los difíciles debates sobre el gas y el petróleo de esquisto.

4.3.

Los precios al por mayor disminuyeron constantemente desde 2008 y convergieron dentro del mercado único, lo que condujo al descenso de los precios del carbón y del gas. Sin embargo, muchos factores nacionales impiden que esta disminución se repercuta en los precios al por menor que siguen subiendo, puesto que el precio medio para los hogares aumentó un 3,2 % en el mismo período:

el componente de energía disminuyó en un 15 % entre 2008 y 2015;

el componente de red se incrementó una media del 3,3 % cada año;

el componente de impuestos y gravámenes, que se desglosa en diez subcomponentes (3) que incluyen el IVA, tarifas sociales, empleo, compensaciones, seguridad de suministro, cánones de concesión, etc., aumentó diez puntos porcentuales, pasando del 28 al 38 % del precio.

4.4.

El precio de la electricidad destinada a las empresas aumentó en un porcentaje inferior: entre el 0,8 y el 3,1 % anual de 2008 a 2015, dado que los «grandes» consumidores pueden beneficiarse de tarifas adaptadas.

4.5.

La Comisión indica que existen enormes disparidades entre los Estados miembros y que las diferencias pueden llegar a triplicarse para los hogares debido al factor de los impuestos y gravámenes (un 59 % en Dinamarca frente a un 5 % en Malta).

4.6.

Por término medio, la electricidad europea es más cara que en los Estados Unidos, pero mucho menos que en Japón.

5.   Precios del gas

5.1.

El gas constituye el 23 % del consumo de energía primaria de la UE, del que un 15 % se destina a la producción de electricidad; representa «un tercio de las necesidades energéticas finales tanto a nivel doméstico como industrial».

5.2.

La UE depende en un 69 % de sus importaciones de gas y de pocos proveedores, lo que la obliga a seguir las fluctuaciones de las tendencias mundiales del precio.

5.3.

Los precios al por mayor disminuyeron un 50 % desde 2013, principalmente debido a la debilidad de la demanda mundial, la producción estadounidense de gas de esquisto y la indexación del precio del gas con arreglo al del petróleo.

5.4.

Al por menor, los precios aumentaron un 2 % al año desde 2008 para los hogares. También en este caso, el componente de impuestos y gravámenes es importante y aumentó un 4,2 % al año, y explica, junto con los costes de red, la fuerte disparidad entre Estados miembros, ya que los precios más elevados (en Suecia) son cuatro veces superiores a los más bajos (en Rumanía).

5.5.

Para las industrias y los «grandes» consumidores industriales, los precios disminuyeron, siendo el componente de energía el predominante en la formación de los precios, lo que explica que los precios al por mayor hayan repercutido en los precios al por menor y se haya logrado una mayor convergencia en el mercado único.

5.6.

A nivel mundial, Europa está en la media de las convergencias con una tendencia descendente desde 2013, si bien se mantiene por encima de los precios estadounidense y ruso.

6.   Precios del petróleo

6.1.

Desde mayo de 2014 a enero de 2016, en 19 meses, los precios del petróleo crudo en dólares bajaron un 77 %, después volvieron a subir pero manteniéndose en la mitad de los precios de 2014.

6.2.

Los precios al por menor se vieron afectados en menor proporción, puesto que el euro se depreció frente al dólar y los impuestos y gravámenes son un componente importante del precio.

La Unión fijó unos tipos mínimos del impuesto especial (4), pero los Estados miembros suelen optar por superarlos: en 2015, los impuestos representaron el 63 % del precio medio al por menor de la gasolina y el 57 % del precio del gasóleo, con disparidades entre los Estados.

6.3.

En resumen, los precios de las tres fuentes bajaron desde el informe anterior y la bajada repercutió en los precios al por mayor. También repercutió en el precio al por menor de los productos petrolíferos, mientras que los del gas y la electricidad aumentaron debido al incremento de los costes derivados de la red y, sobre todo, los impuestos y gravámenes.

7.   Gasto doméstico en energía

7.1.

Para las tres fuentes, el consumo de los hogares es bastante estable desde 2008.

Su gasto ha aumentado debido a la subida de los precios al por menor del gas y la electricidad (excluido el transporte). Existen grandes disparidades entre los Estados miembros respecto del porcentaje de los recursos dedicado a la energía, que evidentemente afecta mucho más a las familias pobres: un 8,6 % en 2016 frente a un 6,2 % en 2004. El consumo de los hogares disminuyó un 4 % durante este período.

7.2.

La Comisión destaca la importancia de las medidas sociales destinadas a los consumidores vulnerables para combatir la pobreza energética.

8.   Costes de la energía en la industria

8.1.

En general, para catorce sectores industriales de consumo intensivo, los costes de la energía disminuyeron para las empresas entre 2008 y 2013 y, durante los últimos años, el porcentaje del coste de la energía en los costes de producción se sitúa de media entre el 5 y el 10 %. Esto se debe a la reducción de los precios para los grandes consumidores, las exenciones y las reducciones fiscales, pero no especialmente a las medidas orientadas a la eficiencia energética.

8.2.

La Comisión estima que la Unión, a escala internacional, no utiliza una gran cantidad de energía y que un mercado energético competitivo y con un funcionamiento adecuado debería suministrar de la forma más eficaz posible la energía que necesitan los hogares y la industria, evitando todo efecto inflacionista y sin subsidios de las autoridades públicas que provocan distorsiones injustificadas del mercado: 113 000 millones EUR concedidos en 2012, de los cuales 17 200 millones en forma de subsidios directos; en 2014, se recaudaron 263 000 millones EUR en impuestos, lo que equivale al 1,88 % del PIB de la UE.

9.   Observaciones generales

9.1.

La energía es un elemento central para las economías y los hogares. Su consumo es responsable de las emisiones de CO2 perjudiciales para el clima y los seres vivos. La Unión ha iniciado la transición hacia una economía hipocarbónica. La comprensión de los mecanismos de fijación de los costes y precios de la energía debería ser un factor que permita mejorar la transición y luchar contra la pobreza energética (5).

9.2.

El informe de la Comisión muestra que no hay un precio de la energía en la UE, sino varios precios para los distintos vectores energéticos que varían en función de la situación geográfica, las prácticas nacionales, el momento y las formas de consumo de los usuarios.

9.3.

En diversos países europeos se publica un «barómetro de los precios de la energía» (European Climate Foundation) para los hogares y la Comisión, por su parte, publica sus informes desde hace dos años.

10.   Los vectores

10.1.

El petróleo, el carbón y el gas, que todavía aportan el grueso de la energía total consumida, junto con la biomasa, la energía nuclear y la electricidad, no son almacenables ni transportables en la misma medida:

el petróleo se transporta fácilmente y su precio puede ser homogéneo en amplias zonas geográficas,

el gas debe licuarse, lo que requiere costosas infraestructuras soportadas por distintas entidades,

la electricidad, producto «derivado» procedente de otras fuentes de energía, no se puede almacenar, requiere infraestructuras de producción y transporte y tiene costes finales diferentes para los usuarios y las industrias.

10.2.

El precio de la energía repercute en la competitividad de cada sector, en función del porcentaje de energía directa utilizada y de energía incorporada en sus consumos intermedios para la producción de un bien. Un coste bajo de la energía puede influir en la competitividad (véase el gas de esquisto estadounidense), aunque sin constituir un factor estructural de productividad.

10.3.

Numerosos Estados miembros importan energía de sus vecinos, dentro o fuera de la Unión: la situación geopolítica repercute en la seguridad del suministro y en los precios.

10.4.

El precio del barril de petróleo siempre se fija en dólares: el tipo de cambio de las monedas, así como la situación de la competitividad global de la economía europea, influyen en la competencia y en la formación de los precios para el consumidor final.

10.5.

El precio de la energía que pagan las industrias y los hogares repercute en la demanda agregada. En el comercio de la UE, los intercambios de bienes son mayoritariamente intraeuropeos y están compuestos por bienes transformados que son sensibles a las variaciones de los precios de la energía.

11.   Precios y costes

11.1.    *Precios

11.1.1.

¿Coste o precio? En el lenguaje común, se emplea fácilmente uno por otro. El informe de la Comisión [COM(2017) 769] habría ganado en claridad si hubiera precisado este punto.

11.1.2.

El más evidente es el precio. El precio expresa el valor de mercado de una unidad de un bien o de un servicio energético. En un mercado totalmente «libre», sería el punto de equilibrio entre la oferta y la demanda.

11.1.3.

En un mercado mundial sofisticado, existen tantos precios como mercados. Y en cada fase de las transacciones, los elementos externos influyen en los precios (externalidades). Posteriormente intervienen los aspectos de política interna de los Estados miembros, como la estructura del sector, la fiscalidad, el clima, el poder adquisitivo de los hogares, la competitividad de las empresas, etc.

11.1.4.

La Unión de la Energía podría, respetando el principio de subsidiariedad, mitigar estos aspectos que generan diferencias e injusticia entre europeos.

11.2.    *Costes

11.2.1.

Los costes corresponden al precio de las materias primas energéticas necesarias para producir un bien o un servicio y ponerlo a disposición de los consumidores («Les prix et les coûts des sources d’énergie», Jean-Marie Martin-Amouroux, 20.2.2017). Puede haber diferencias de costes muy importantes en función del proceso de producción de la energía consumida [SWD(2016) 420 final].

11.2.2.

En el caso de las pymes, que constituyen el 90 % del tejido económico europeo, aunque no estén clasificadas como grandes consumidoras de energía, el coste de la energía que adquieren y el de la energía incorporada en los productos primarios que tratan pueden tener una gran repercusión en el precio de coste de los bienes elaborados y en su venta.

11.2.3.

Además, el coste de la energía no es un factor fácil de modificar, sino que es un gasto obligatorio; cuando es un factor importante del coste de producción, grava el precio de venta de los bienes, afecta el poder adquisitivo de los consumidores y puede ralentizar el crecimiento de la demanda (como ocurre con los automóviles). Para una empresa, las fuentes de energía son sustituibles entre ellas: si el petróleo resulta demasiado caro, se pasa al gas, etc.

11.2.4.

La cuestión del coste de la energía remite a las cuestiones de la diplomacia europea y al establecimiento de una política industrial europea, y no solo para las industrias de los sectores con un consumo intensivo de energía.

12.   Observaciones específicas

12.1.

El documento analizado forma parte del paquete «Energía limpia para todos los europeos» (6), en el que la Comisión hace balance de los precios y costes de la energía en Europa. El CESE lamenta que la perspectiva de la transición no se exponga con más detalle. Unos costes diferenciados en función de las diversas fuentes de producción de electricidad serían más comprensibles. El contenido en energía de un bien depende de toda la cadena de producción y de los costes de la energía. Lo que está en juego es la competitividad de las empresas y, por ende, su capacidad para crear empleo sostenible y preservar el medio ambiente.

12.2.

Los distintos textos europeos convirtieron a la UE en una referencia común en la lucha de los Estados contra los gases de efecto invernadero, la eficiencia energética y la promoción de las energías renovables. Pero la decisión sobre la «combinación» corresponde a los Estados miembros. Existen divergencias entre ellos, especialmente sobre la fiscalidad y las orientaciones para combatir el cambio climático. Se trata de una situación generadora de dumping que dificulta la gobernanza de la Unión de la Energía (7).

12.3.

Un planteamiento de «competencia plena», según el principio imperante en los años ochenta, no tiene en cuenta la situación mundial del sector de la energía ni las nuevas orientaciones de la Unión: el consumidor «ocupa el centro del sistema» y ya no cabe lamentarse de «la imperfección del mercado», ni del amplio abanico de intervenciones públicas en favor del sector de la energía que constituyen verdaderas «subvenciones», ni de la base de la importante recaudación tributaria para los ingresos públicos. Ello puede considerarse como una redistribución para compensar el coste social de la energía, que llega a ser insoportable para muchos ciudadanos.

12.4.

El aumento de los precios de la energía, y en especial de la electricidad, puede provocar una deslocalización del empleo; la estabilidad de las políticas públicas es indispensable para los asalariados, las empresas y los inversores.

12.5.

Las desigualdades siguen siendo evidentes entre las personas y entre los Estados miembros. También existen entre empresas, las que tienen un alto consumo y las demás, y entre ciudadanos y empresas. La liberalización del mercado europeo, que acabó con los monopolios nacionales para introducir una competencia que debía beneficiar a los consumidores, ha llevado a una subida de las facturas de consumo final de gas y electricidad y no ha impedido la creación de oligopolios sin competencia. El Comité considera que el concepto de igualdad entre «consumidores», también conocido como nivelación, podría ser un concepto europeo.

12.6.

En una Comunicación sobre acelerar la innovación en energías limpias (8), la Comisión señala que «el sistema energético ha alcanzado un punto de inflexión» en Europa, donde «las energías renovables son cada vez más rentables». El Consejo Europeo ha aprobado medidas sobre la descarbonización de las economías y la integración del mercado de la energía. Las energías renovables representan una cuota creciente de la producción de electricidad y los porcentajes de intensidad energética –que miden el consumo energético respecto de la eficiencia económica– están disminuyendo, principalmente en las economías desarrolladas.

12.7.

La Comunicación analizada recoge un conjunto de medidas legislativas basadas en tres objetivos principales:

dar prioridad a la eficiencia energética;

ser líder mundial de las energías renovables, y

prever un trato equitativo para los consumidores.

12.8.

El planteamiento de la UE respecto de las cuestiones relativas a precios y costes debería cambiar radicalmente, tener en cuenta la situación de los consumidores vulnerables y señalar hasta qué nivel las políticas públicas deben financiar las energías renovables para que los hogares no se vean muy afectados por la fiscalidad inducida. La Comisión menciona un enfoque regional más intuitivo y cercano a los consumidores para avanzar hacia un mercado único.

12.9.

La Comisión destaca la importancia de las medidas sociales destinadas a los consumidores vulnerables para combatir la pobreza energética. Ello es acertado, pero estas medidas no se financian con los márgenes obtenidos por las grandes empresas de los sectores de la energía, sino por los demás ciudadanos y sus impuestos, así como los presupuestos de los Estados miembros.

12.10.

El Comité subraya que el informe ofrece una gran cantidad de información recopilada entre muchos agentes, pero lamenta que esta transparencia, tanto respecto de los precios como de los costes, no descienda hasta los hogares: para las energías renovables, el coste de la red puede tener una repercusión del 50 % (Informe del Centro de Análisis Estratégico, 2012, Francia). Son necesarias unas buenas estadísticas, como se propone recoger en la propuesta de Reglamento de la Comisión (véase la nota 1 a pie de página), para que los consumidores puedan elegir y decidir. Deberían incluir el coste de los daños medioambientales y ser fácilmente accesibles para todos los destinatarios de las medidas que quieran comprender por qué y cómo reciben y pagan la energía.

Bruselas, 5 de julio de 2017.

El Presidente del Consejo Económico y Social Europeo

Georges DASSIS


(1)  Dictamen del CESE sobre el tema «Paquete sobre la energía limpia para todos los europeos» (DO C 246 de 28.7.2017, p. 64).

(2)  DO L 311 de 17.11.2016, p. 1.

(3)  COM(2016) 769 final, p. 7, nota 8 a pie de página.

(4)  DO L 283 de 31.10.2003, p. 51.

(5)  DO C 341 de 21.11.2013, p. 21.

(6)  COM(2015) 80 final.

(7)  Dictamen del CESE sobre la «Gobernanza de la Unión de la Energía» (DO C 246 de 28.7.2017, p. 34).

(8)  Dictamen del CESE «Acelerar la innovación en energías limpias» (TEN/619), pendiente de publicación en el Diario Oficial.


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