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Document 32023D2101

Decisión de Ejecución (UE) 2023/2101 de la Comisión de 28 de septiembre de 2023 por la que se retrasa la fecha de expiración de la aprobación del fluoruro de sulfurilo para su uso en biocidas de los tipos 8 y 18, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE)

C/2023/6471

DO L 241 de 29.9.2023, p. 147–148 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 02/10/2024; derogado por 32024D2401

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2023/2101/oj

29.9.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 241/147


DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2023/2101 DE LA COMISIÓN

de 28 de septiembre de 2023

por la que se retrasa la fecha de expiración de la aprobación del fluoruro de sulfurilo para su uso en biocidas de los tipos 8 y 18, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (1), y en particular su artículo 14, apartado 5,

Previa consulta al Comité Permanente de Biocidas,

Considerando lo siguiente:

(1)

El fluoruro de sulfurilo se incluyó como sustancia activa para su uso en biocidas de los tipos 8 y 18 en el anexo I de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2). Con arreglo al artículo 86 del Reglamento (UE) n.o 528/2012, se consideró, pues, aprobado en el marco de ese Reglamento, con las condiciones establecidas en el anexo I de la Directiva 98/8/CE.

(2)

El 28 de junio de 2017 se presentaron solicitudes de renovación de la aprobación del fluoruro de sulfurilo para su uso en biocidas de los tipos 8 y 18, de conformidad con el artículo 13, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 528/2012 («solicitudes»).

(3)

El 14 de febrero de 2018, la autoridad competente evaluadora de Suecia informó a la Comisión de que había decidido, con arreglo al artículo 14, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 528/2012, que era necesaria una evaluación completa de las solicitudes. De conformidad con el artículo 8, apartado 1, de dicho Reglamento, la autoridad competente evaluadora debe proceder a una evaluación completa de la solicitud en un plazo de 365 días a partir de su validación.

(4)

Con arreglo al artículo 8, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 528/2012, la autoridad competente evaluadora puede, en su caso, requerir al solicitante que presente datos suficientes para efectuar la evaluación. En tal caso, el plazo de 365 días se suspende durante un período que no puede exceder de 180 días en total, salvo que lo justifiquen las características de los datos solicitados o circunstancias excepcionales.

(5)

De conformidad con el artículo 14, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 528/2012, en el plazo de 270 días a partir de la recepción de una recomendación de la autoridad competente evaluadora, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas («Agencia») debe preparar y presentar a la Comisión un dictamen sobre la renovación de la aprobación de la sustancia activa.

(6)

Con arreglo a la Decisión de Ejecución (UE) 2018/1479 de la Comisión (3), la fecha de expiración de la aprobación del fluoruro de sulfurilo para su uso en biocidas del tipo 8 se retrasó al 30 de junio de 2021, que correspondía a la fecha de expiración de la aprobación del fluoruro de sulfurilo para su uso en biocidas del tipo 18 conforme a la Directiva 2009/84/CE de la Comisión (4), a fin de disponer de tiempo suficiente para examinar la solicitud.

(7)

Mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2021/713 de la Comisión (5), volvió a retrasarse, al 31 de diciembre de 2023, la fecha de expiración de la aprobación del fluoruro de sulfurilo para su uso en biocidas de los tipos 8 y 18, a fin de disponer de tiempo suficiente para examinar las solicitudes.

(8)

El 20 de enero de 2023, la Agencia recibió las recomendaciones de la autoridad competente evaluadora para la renovación de la aprobación del fluoruro de sulfurilo para su uso en biocidas de los tipos 8 y 18.

(9)

Así pues, por razones que escapan al control del solicitante, es probable que la aprobación expire antes de que se haya tomado una decisión sobre su renovación. Procede, por tanto, volver a retrasar la fecha de expiración de la aprobación el tiempo suficiente para que pueda finalizarse el examen de las solicitudes. Teniendo en cuenta los plazos para la preparación y presentación de los dictámenes de la Agencia y para que la Comisión decida si renueva la aprobación del fluoruro de sulfurilo para su uso en biocidas de los tipos 8 y 18, la fecha de expiración debe retrasarse al 31 de diciembre de 2024.

(10)

Tras el nuevo aplazamiento de la fecha de expiración, el fluoruro de sulfurilo sigue estando aprobado para su uso en biocidas de los tipos 8 y 18 con arreglo a los requisitos establecidos en el anexo I de la Directiva 98/8/CE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La fecha de expiración de la aprobación del fluoruro de sulfurilo para su uso en biocidas de los tipos 8 y 18 establecida en la Decisión de Ejecución (UE) 2021/713 se retrasa al 31 de diciembre de 2024.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2023.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN


(1)   DO L 167 de 27.6.2012, p. 1.

(2)  Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 1998, relativa a la comercialización de biocidas (DO L 123 de 24.4.1998, p. 1).

(3)  Decisión de Ejecución (UE) 2018/1479 de la Comisión, de 3 de octubre de 2018, por la que se retrasa la fecha de expiración de la aprobación del fluoruro de sulfurilo para su uso en biocidas del tipo de producto 8 (DO L 249 de 4.10.2018, p. 16).

(4)  Directiva 2009/84/CE de la Comisión, de 28 de julio de 2009, que modifica la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de forma que incluya el fluoruro de sulfurilo como sustancia activa en su anexo I (DO L 197 de 29.7.2009, p. 67).

(5)  Decisión de Ejecución (UE) 2021/713 de la Comisión, de 29 de abril de 2021, por la que se retrasa la fecha de expiración de la aprobación del fluoruro de sulfurilo para su uso en biocidas de los tipos de producto 8 y 18 (DO L 147 de 30.4.2021, p. 21).


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