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Document 32022R2418
Commission Implementing Regulation (EU) 2022/2418 of 9 December 2022 amending Regulation (EC) No 333/2007 as regards the methods for analysis for the control of the levels of trace elements and processing contaminants in foodstuffs (Text with EEA relevance)
Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2418 de la Comisión de 9 de diciembre de 2022 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 333/2007 en lo que respecta a los métodos de análisis para el control de los niveles de elementos traza y de los contaminantes de proceso en los productos alimenticios (Texto pertinente a efectos del EEE)
Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2418 de la Comisión de 9 de diciembre de 2022 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 333/2007 en lo que respecta a los métodos de análisis para el control de los niveles de elementos traza y de los contaminantes de proceso en los productos alimenticios (Texto pertinente a efectos del EEE)
C/2022/8926
OJ L 318, 12.12.2022, p. 4–6
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
12.12.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 318/4 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/2418 DE LA COMISIÓN
de 9 de diciembre de 2022
por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 333/2007 en lo que respecta a los métodos de análisis para el control de los niveles de elementos traza y de los contaminantes de proceso en los productos alimenticios
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 999/2001, (CE) n.o 396/2005, (CE) n.o 1069/2009, (CE) n.o 1107/2009, (UE) n.o 1151/2012, (UE) n.o 652/2014, (UE) 2016/429 y (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, los Reglamentos (CE) n.o 1/2005 y (CE) n.o 1099/2009 del Consejo, y las Directivas 98/58/CE, 1999/74/CE, 2007/43/CE, 2008/119/CE y 2008/120/CE del Consejo, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 854/2004 y (CE) n.o 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 89/608/CEE, 89/662/CEE, 90/425/CEE, 91/496/CEE, 96/23/CE, 96/93/CE y 97/78/CE del Consejo y la Decisión 92/438/CEE del Consejo (Reglamento sobre controles oficiales) (1), y en particular su artículo 34, apartado 6,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Reglamento (CE) n.o 333/2007 de la Comisión (2) establece los métodos de muestreo y análisis que deben utilizarse para el control oficial de los niveles de los elementos traza y los contaminantes de proceso en los productos alimenticios. |
(2) |
Sobre la base de la mejor información científica disponible, los laboratorios de referencia de la Unión Europea en el ámbito de los contaminantes en piensos y alimentos han elaborado una Guía sobre la estimación del límite de detección (LOD) y el límite de cuantificación (LOQ) para las mediciones en el ámbito de los contaminantes en piensos y alimentos (3). Dado que esa Guía contiene los mejores conocimientos tecnológicos actualizados, sus conclusiones deben reflejarse en los requisitos relativos a los LOQ de los métodos analíticos para el arsénico establecidos en el Reglamento (CE) n.o 333/2007. |
(3) |
Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CE) n.o 333/2007 en consecuencia. |
(4) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo del Reglamento (CE) n.o 333/2007 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 9 de diciembre de 2022.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 95 de 7.4.2017, p. 1.
(2) Reglamento (CE) n.o 333/2007 de la Comisión, de 28 de marzo de 2007, por el que se establecen los métodos de muestreo y análisis para el control de los niveles de elementos traza y de los contaminantes de proceso en los productos alimenticios (DO L 88 de 29.3.2007, p. 29).
(3) Wenzl, T.; Haedrich, J.; Schaechtele, A.; Robouch, P.; Stroka, J.: Guidance Document on the Estimation of LOD and LOQ for Measurements in the Field of Contaminants in Feed and Food [«Guía sobre la estimación del LOD y el LOQ para las mediciones en el ámbito de los contaminantes en piensos y alimentos», documento en inglés], EUR 28099, Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, Luxemburgo, 2016 (ISBN 978-92-79-61768-3; doi:10.2787/8931).
ANEXO
En el punto C.3.3.1 del anexo del Reglamento (CE) n.o 333/2007, la letra a) se sustituye por el texto siguiente:
«a) |
Criterios de funcionamiento aplicables a los métodos de análisis para el plomo, el cadmio, el mercurio, el estaño inorgánico y el arsénico inorgánico Cuadro 5
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