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Document 32022R0235
Council Implementing Regulation (EU) 2022/235 of 21 February 2022 implementing Regulation (EU) 2016/1686 imposing additional restrictive measures directed against ISIL (Da’esh) and Al-Qaeda and natural and legal persons, entities or bodies associated with them
Reglamento de Ejecución (UE) 2022/235 del Consejo de 21 de febrero de 2022 por el que se aplica el Reglamento (UE) 2016/1686 que impone medidas restrictivas adicionales dirigidas contra el EIIL (Daesh) y Al-Qaida, así como contra personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con aquellos
Reglamento de Ejecución (UE) 2022/235 del Consejo de 21 de febrero de 2022 por el que se aplica el Reglamento (UE) 2016/1686 que impone medidas restrictivas adicionales dirigidas contra el EIIL (Daesh) y Al-Qaida, así como contra personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con aquellos
ST/5677/2022/INIT
DO L 40 de 21.2.2022, p. 1–2
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
21.2.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 40/1 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/235 DEL CONSEJO
de 21 de febrero de 2022
por el que se aplica el Reglamento (UE) 2016/1686 que impone medidas restrictivas adicionales dirigidas contra el EIIL (Daesh) y Al-Qaida, así como contra personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con aquellos
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/1686 del Consejo, de 20 de septiembre de 2016, por el que se imponen medidas restrictivas adicionales dirigidas contra el EIIL (Daesh) y Al Qaida, así como contra personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con los mismos (1), y en particular su artículo 4, apartado 1,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 20 de septiembre de 2016, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2016/1686. |
(2) |
En vista de la amenaza persistente del EIIL (Daesh) y Al Qaida y de personas físicas o jurídicas, entidades y organismos asociados con aquellos, procede añadir dos personas y dos grupos a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos que figura en el anexo I del Reglamento (UE) 2016/1686. |
(3) |
Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) 2016/1686 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (UE) 2016/1686 se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 21 de febrero de 2022.
Por el Consejo
El Presidente
J. BORRELL FONTELLES
ANEXO
El anexo I del Reglamento (UE) 2016/1686 se modifica como sigue:
1) |
El epígrafe «A. Personas» se sustituye por el texto siguiente:
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2) |
Se añaden las personas físicas siguientes:
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3) |
Se añaden el epígrafe y las entradas siguientes:
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