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Document 32007O0009
Guideline of the European Central Bank of 1 August 2007 on monetary, financial institutions and markets statistics (recast) (ECB/2007/9)
Orientación del Banco Central Europeo, de 1 de agosto de 2007 , sobre las estadísticas monetarias y de instituciones y mercados financieros (refundición) (BCE/2007/9)
Orientación del Banco Central Europeo, de 1 de agosto de 2007 , sobre las estadísticas monetarias y de instituciones y mercados financieros (refundición) (BCE/2007/9)
OJ L 341, 27.12.2007, p. 1–232
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Special edition in Croatian: Chapter 01 Volume 008 P. 25 - 256
No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2014; derogado por 32014O0015
. Latest consolidated version: 09/07/2014
27.12.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 341/1 |
ORIENTACIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 1 de agosto de 2007
sobre las estadísticas monetarias y de instituciones y mercados financieros (refundición)
(BCE/2007/9)
(2007/830/CE)
EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, en particular, sus artículos 5.1, 12.1 y 14.3,
Visto el Reglamento BCE/2001/13, de 22 de noviembre de 2001, relativo al balance consolidado del sector de las instituciones financieras monetarias (1),
Visto el Reglamento BCE/2003/9, de 12 de septiembre de 2003, relativo a la aplicación de las reservas mínimas (2),
Visto el Reglamento BCE/2001/18, de 20 de diciembre de 2001, sobre las estadísticas de los tipos de interés que las instituciones financieras monetarias aplican a los depósitos y préstamos frente a los hogares y las sociedades no financieras (3),
Visto el Reglamento BCE/2007/8 relativo a las estadísticas sobre activos y pasivos de fondos de inversión (4),
Visto el Reglamento (CE) no 2533/98 del Consejo, de 23 de noviembre de 1998, sobre la obtención de información estadística por el Banco Central Europeo (5),
Vista la Directiva 86/635/CEE del Consejo, de 8 de diciembre de 1986, relativa a las cuentas anuales y a las cuentas consolidadas de los bancos y otras entidades financieras (6),
Vista la Orientación BCE/2002/10, de 5 de diciembre de 2002, sobre el régimen jurídico de la contabilidad y la elaboración de informes financieros en el Sistema Europeo de Bancos Centrales (7),
Visto el Anexo A del Reglamento (CE) no 2223/96 del Consejo, de 25 de junio de 1996, relativo al sistema europeo de cuentas nacionales y regionales de la Comunidad (SEC 95) (8),
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Orientación BCE/2003/2, de 6 de febrero de 2003, relativa a determinadas exigencias de información estadística del Banco Central Europeo y los procedimientos de presentación de información estadística por los bancos centrales nacionales en el ámbito de las estadísticas monetarias y bancarias, ha sido sustancialmente modificada en diversas ocasiones. Al modificarse ahora nuevamente, conviene refundir los cambios en beneficio de la claridad y la transparencia. |
(2) |
Para compilar los balances agregados de la zona del euro y por países del sector de las instituciones financieras monetarias (IFM), el balance consolidado de la zona del euro del sector de las IFM y los correspondientes agregados monetarios de la zona del euro, el Banco Central Europeo (BCE) requiere un balance del BCE y balances de los bancos centrales nacionales (BCN) y de las IFM distintas de los BCN (en lo sucesivo, «otras IFM») de los Estados miembros que han adoptado el euro (en lo sucesivo, los «Estados miembros participantes»). |
(3) |
El Reglamento BCE/2007/8, relativo a las estadísticas sobre activos y pasivos de fondos de inversión (4), dispone que los saldos de los valores de los fondos de inversión con código de identificación público se deben comunicar valor a valor (v-a-v) conforme al método combinado. Los BCN tienen que clasificar y agregar estos datos. |
(4) |
Se considera que el funcionamiento de una base de datos de valores centralizada o una base de datos de valores nacional compatible es esencial para la clasificación de las estadísticas sobre los activos y pasivos de fondos de inversión. |
(5) |
Los datos comparativos y propios de cada país sobre las estadísticas y los instrumentos de pago utilizados en los Estados miembros que han adoptado el euro son esenciales para identificar y hacer un seguimiento de la evolución, incluido el grado de integración, de sus sistemas de pago. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE ORIENTACIÓN:
Artículo 1
Ámbito
La presente orientación establece las obligaciones de los BCN de presentar al BCE las estadísticas monetarias y de instituciones y mercados financieros.
Los BCN comunicarán las partidas a las que se hace referencia en los artículos 3 a 18 de conformidad con los planes establecidos en el anexo III y de acuerdo con las normas de información electrónica estipuladas en el anexo IV de la presente orientación. Antes de septiembre de cada año, el BCE comunicará a los BCN las fechas exactas de transmisión en forma de calendario de información para el año siguiente.
Solamente la información contemplada en los artículos 3, 6, 7, 10, 11 y 13 a 17 está sujeta a las exigencias de presentación de datos históricos.
(a) |
Sin perjuicio de lo dispuesto en la letra b), se aplicarán las siguientes normas en los supuestos de adhesión a la Unión Europea y/o adopción del euro:
|
(b) |
Se aplicarán las siguientes normas:
|
Artículo 2
Definiciones
A los efectos de la presente orientación:
1. |
«residente» tiene el significado del artículo 1 del Reglamento (CE) no 2533/98 del Consejo; |
2. |
«Eurosistema» significa los BCN de los Estados miembros participantes y el BCE; |
3. |
«entidad de crédito» tiene el significado del apartado I.2 de la primera parte del anexo I del Reglamento BCE/2001/13. |
Artículo 3
Estadísticas de las partidas del balance sobre las instituciones financieras monetarias
(a) General
Los BCN compilarán y presentarán dos balances agregados separados, ambos en cifras brutas, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento BCE/2001/13: un balance agregado referido al subsector «banco central» de las IFM y un balance agregado referido al subsector «otras IFM».
Los BCN obtendrán la información estadística exigida relativa a su propio balance del banco central a partir de su sistema contable por medio de los cuadros de correspondencia contenidos en el anexo I de la presente orientación. A efectos de información estadística, el BCE obtendrá de su propio balance los datos correspondientes a los datos obtenidos por los BCN de sus propios balances.
Los BCN obtendrán la información estadística exigida relativa al balance bancario de las otras IFM por medio de la agregación de los datos de las partidas del balance recopilados de las IFM individuales residentes, excluyendo a los BCN residentes.
Estas exigencias abarcarán los saldos vivos (9) (saldos) a final de mes y a final de trimestre y los datos de los ajustes de los flujos mensuales y trimestrales.
Los BCN comunicarán la información estadística sobre las partidas del balance de conformidad con la primera parte del anexo III de la presente orientación.
(b) Ajustes de los flujos
Los BCN presentarán al BCE los datos de las series de los ajustes de reclasificación mensuales y trimestrales y las series de los ajustes de revalorización, conforme al anexo V de la presente orientación.
El BCE calculará los flujos (10) partiendo de la diferencia entre los saldos a final de mes y eliminando luego aquellos efectos que no se derivan de operaciones. Eliminará los elementos que no tengan carácter de operaciones por medio de los ajustes de los flujos. Tres tipos de ajustes de los flujos son los siguientes:
— |
ajustes de revalorización: reflejarán el impacto del saneamiento total o parcial de préstamos y de las fluctuaciones en el precio de mercado del saldo vivo de los valores negociables mantenidos, vendidos o emitidos, |
— |
reclasificaciones y otros ajustes: comprenderán todas las variaciones de los saldos del balance causadas por: (i) una alteración de la cobertura estadística de la población de IFM (11); (ii) la reclasificación de activos o pasivos; o (iii) errores de información que se hubieran corregido en los saldos únicamente durante un período de tiempo limitado y los efectos de los cambios en la estructura (12), |
— |
ajustes de los tipos de cambio: abarcarán todos los cambios en la posición de los saldos debidos al impacto de las fluctuaciones en el tipo de cambio sobre los activos y los pasivos denominados en moneda extranjera. El BCE calculará los ajustes de los tipos de cambio usando unas proporciones de monedas obtenidas del desglose de los activos y los pasivos en las principales monedas que están disponibles en el cuadro 4 de la segunda parte del anexo I del Reglamento BCE/2001/13. |
Los BCN y la Dirección de Contabilidad y Estados Financieros del BCE presentarán al BCE los datos de los ajustes y los saldos de las partidas del balance mensual al cierre de las actividades del decimoquinto día hábil tras el final del mes al que se refieran los datos.
Los BCN y la Dirección de Contabilidad y Estados Financieros del BCE presentarán al BCE los datos de los ajustes y los saldos de las partidas del balance trimestral al cierre de las actividades del vigésimo octavo día hábil tras el final del trimestre al que se refieran los datos.
Los BCN podrán verse obligados a revisar los datos relativos al último período anterior al período actual de referencia. Además, también se pueden realizar revisiones relativas a los datos anteriores al último período anterior al mes de referencia como consecuencia, por ejemplo, de errores, reclasificaciones, mejoras en los procedimientos de presentación de la información, etc. El BCE podrá procesar revisiones excepcionales y ordinarias simultáneamente o decidir posponer el procesamiento de las revisiones excepcionales hasta después del período de elaboración mensual de los agregados monetarios.
La política de revisiones respetará los principios estipulados en la Money and Banking Statistics Compilation Guide (guía de compilación de estadísticas monetarias y bancarias) (13) del BCE. Para garantizar un buen equilibrio entre la calidad de las estadísticas monetarias y su estabilidad y con el fin de favorecer la coherencia entre las estadísticas mensuales y trimestrales, se presentarán revisiones excepcionales de los datos mensuales en el momento de transmitir las estadísticas trimestrales.
Cuando los BCN concedan exenciones a IFM de tamaño reducido de conformidad con el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento BCE/2001/13, dichos BCN realizarán una extrapolación que cubra el 100 % de estas IFM en la compilación de los datos de los balances mensuales y trimestrales de las IFM presentados al BCE.
Los BCN podrán elegir el procedimiento de extrapolación hasta alcanzar la cobertura del 100 %, siempre y cuando se cumplan las siguientes normas:
(a) |
para los datos de los detalles que falten se obtendrán estimaciones mediante la aplicación de coeficientes basados en la totalidad de la población informadora o en un subconjunto considerado más representativo de la entidades de crédito de tamaño reducido; y |
(b) |
cuando estén disponibles los datos de los detalles, pero con un plazo mayor o una frecuencia inferior, los datos presentados se trasladarán a los períodos que falten:
|
Al compilar el balance del banco central, los BCN y el BCE seguirán las normas contables armonizadas contempladas en la Orientación BCE/2002/10, excepto:
(a) |
cuando se exija a los BCN y al BCE a efectos contables que revaloricen su cartera de valores con carácter mensual en vez de trimestral; |
(b) |
para las partidas contables 9.5 «Otros activos intra-Eurosistema (neto)» y 10.4 «Otros pasivos intra-Eurosistema (neto)», que se facilitarán con carácter bruto; |
(c) |
para la partida contable 14 «Cuentas de revalorización», que se presentará con carácter bruto a efectos contables y con carácter neto a efectos estadísticos; |
(d) |
para las pérdidas no realizadas, que se comunicarán en la partida 11 «Otros activos». |
Las normas contables y/o de valoración del Reglamento BCE/2001/13 se aplicarán a las «otras IFM».
Los BCN presentarán notas explicativas en las que indicarán las razones de las revisiones significativas y las revisiones excepcionales.
Además, los BCN presentarán al BCE notas explicativas relativas a los ajustes en «reclasificaciones y otros ajustes» de acuerdo con los procedimientos establecidos en la segunda parte del anexo V de la presente orientación.
Artículo 4
Control de la coherencia
Los BCN y el BCE controlarán la coherencia entre sus respectivos balances agregados a final de mes a efectos estadísticos, tal y como se comunican conforme a lo estipulado en el Reglamento BCE/2001/13, y sus partidas contables, tal y como se comunican para el estado financiero semanal del Eurosistema con arreglo a lo establecido en la Orientación BCE/2002/10. Seguirán el procedimiento establecido en el anexo II de la presente orientación.
Los BCN y el BCE llevarán a cabo estos controles de la coherencia mensualmente. Comunicarán sus resultados al BCE previamente a la presentación de los datos de las partidas del balance o junto con estos antes del decimoquinto día hábil contado desde el final del período de referencia de conformidad con el calendario anual elaborado por el BCE y comunicado a los BCN antes del final de septiembre de cada año. En los períodos de información en los que no coincidan las fechas de su balance agregado a final de mes del Eurosistema a efectos estadísticos y sus partidas contables, tal y como se presenten para el estado financiero semanal del Eurosistema, los BCN podrán comparar los datos estadísticos con el balance diario elaborado para el último día hábil del mes. Como compilador de su propio balance, el BCE seguirá el mismo procedimiento.
Los BCN y el BCE enviarán a la División de Estadísticas Monetarias y de Instituciones y Mercados Financieros las notas explicativas de las discrepancias identificadas: notas explicativas completas y notas explicativas simplificadas. Se compilará una nota explicativa completa solamente una vez al año en una fecha fijada por el BCE con la información indicada en la tercera parte del anexo II de la presente orientación. En los meses restantes, solamente elaborarán notas explicativas simplificadas conforme a la planilla incluida en la segunda parte del anexo II de la presente orientación. Todos los BCN y el BCE enviarán las notas explicativas completas al mismo tiempo.
Artículo 5
Estadísticas sobre el dinero electrónico
El BCE, en cooperación con los BCN, identificará y registrará anualmente las características de los sistemas de dinero electrónico en la UE, la disponibilidad de la información estadística correspondiente y los métodos de compilación relacionados con ésta. Los BCN presentarán la información estadística sobre el dinero electrónico emitido por las IFM con sujeción a su disponibilidad, de conformidad con la lista de partidas contenida en la segunda parte del anexo III de la presente orientación.
Los datos mensuales se presentarán al BCE al menos dos veces al año, antes del último día hábil de marzo y septiembre. En función de la disponibilidad de datos por parte de los BCN, se podrán efectuar transmisiones más frecuentes de los datos, que pueden realizarse a más tardar el último día hábil del mes siguiente al final del período de referencia. El período de referencia será el último mes del trimestre o del semestre al que se refiera la partida. Cuando no se disponga de balances sobre el dinero electrónico en el plazo fijado, los BCN podrán presentar los últimos datos disponibles antes del último día hábil del mes.
Artículo 6
Estadísticas del balance de la administración central
(a) General
Los BCN comunicarán la información estadística sobre los pasivos en forma de depósito de la administración central, es decir, los sustitutos próximos de depósitos y la tenencia de efectivo y valores de conformidad con la tercera parte del anexo III de la presente orientación.
Cuando el fenómeno no exista o no sea significativo, no se exigirá la información sobre la base de una obligación mínima. La partida «billetes y moneda fraccionaria en euros en posesión de la administración central» se comunicará como una partida pro memoria de alta prioridad. Se podrán presentar las estimaciones obtenidas usando los datos disponibles, como los datos anuales y/o trimestrales de las cuentas financieras de la unión monetaria (MUFA).
(b) Ajustes de los flujos
Los datos de los ajustes de los flujos se facilitarán de conformidad con la letra b) del apartado 1 del artículo 3 de la presente orientación.
Las series se presentarán mensualmente y con la misma puntualidad que se especifica en el apartado 2 del artículo 3 para las estadísticas de las partidas del balance mensual.
Artículo 7
Partidas pro memoria
(a) General
En la medida en que se disponga de los datos, incluidos los basados en las mejores estimaciones, o en la medida en que la actividad en cuestión tenga relevancia desde el punto de vista monetario, los BCN presentarán información estadística adicional de conformidad con la lista de partidas pro memoria recogida en la cuarta parte del anexo III de la presente orientación como suplemento de las estadísticas de las partidas del balance especificadas en el apartado 2 del artículo 3 y con la misma frecuencia que éstas. El BCE, en cooperación con los BCN, identificará y mantendrá un registro de la disponibilidad de la información estadística correspondiente y los métodos de compilación relacionados con ésta. Las partidas pro memoria de alta prioridad, mostradas con las casillas en trazo grueso, representan la información necesaria para la compilación de los agregados monetarios de la zona del euro y las MUFA.
Dependiendo del acuerdo entre el BCE y los BCN, es posible que las casillas en trazo grueso con una flecha (↑) no sean facilitadas por los BCN cuando el BCE use fuentes de datos alternativas.
Con referencia a las casillas correspondientes a los Estados miembros que no hayan adoptado el euro de los cuadros 3 y 4 de la segunda parte del anexo I del Reglamento BCE/2001/13, si los datos recopilados a un nivel superior muestran que no son significativos, los BCN podrán decidir no exigir su presentación en su totalidad. En dicho caso, los BCN evaluarán a intervalos regulares y al menos una vez al año si los datos con respecto a las casillas correspondientes a los Estados miembros que no hayan adoptado el euro son o no significativos e informarán al BCE y a las IFM de cualquier cambio que se produzca en las obligaciones de información con respecto a dichas casillas. Cuando los datos en relación con las casillas correspondientes a los Estados miembros que no hayan adoptado el euro no sean significativos y los BCN no exijan su presentación completa, los BCN harán una estimación de los datos usando la información existente, de acuerdo con los métodos indicados a continuación y los comunicarán como partidas pro memoria con frecuencia trimestral.
(b) Ajustes de los flujos
Dependiendo del acuerdo bilateral entre el BCE y los BCN, se podrán facilitar los datos de los flujos. Los datos de los ajustes de los flujos se facilitarán de conformidad con la letra b) del apartado 1 del artículo 3 de la presente orientación.
Las series se facilitarán con una periodicidad mensual para las partidas de las secciones 1 y 2 de la cuarta parte del anexo III de la presente orientación o con carácter trimestral para las partidas de la sección 3 de la cuarta parte del anexo III de la presente orientación y con la misma puntualidad que las estadísticas mensuales y trimestrales obligatorias del balance de las IFM, de conformidad con el Reglamento BCE/2001/13.
Cuando los datos referidos a las casillas correspondientes a los Estados miembros que no hayan adoptado el euro de los cuadros 3 y 4 de la segunda parte del anexo I del Reglamento BCE/2001/13 sean estimados por los BCN y facilitados como partidas pro memoria, podrán ser presentados al BCE con un mes de retraso contado desde el cierre de las actividades del vigésimo octavo día hábil siguiente al final del trimestre al que se refieran.
Las partidas pro memoria exigidas conforme al presente artículo se presentarán siguiendo las mismas normas contables y de valoración que en relación con los datos facilitados de conformidad con el Reglamento BCE/2001/13.
Con referencia a los cuadros 3 y 4 de la segunda parte del anexo I del Reglamento BCE/2001/13, cuando los BCN no exijan los datos en relación con las casillas correspondientes a los Estados miembros que no hayan adoptado el euro, se hará una estimación de los mismos con arreglo a las normas establecidas a continuación.
Cuando los BCN hagan la estimación de los datos usando la información existente, los presentarán al BCE como partidas pro memoria. Se usarán los siguientes métodos de estimación, a menos que se acuerde algo distinto con el BCE:
— |
las cifras trimestrales se estimarán teniendo en cuenta los datos facilitados por las IFM con una periodicidad inferior. Los datos se trasladarán al período o períodos que falten repitiéndolos o aplicando las técnicas estadísticas apropiadas con el fin de reflejar cualquier tendencia en los datos o patrón estacional, |
— |
las cifras trimestrales se estimarán teniendo en cuenta los datos facilitados por las IFM con carácter más agregado o sobre la base de detalles específicos que los BCN consideren significativos, |
— |
las cifras trimestrales se estimarán teniendo en cuenta los datos trimestrales obtenidos de las grandes IFM responsables al menos del 80 % del negocio con los países que se adhirieron a la UE el 1 de mayo de 2004, |
— |
las cifras trimestrales se estimarán teniendo en cuenta fuentes de datos alternativas, como el Banco de Pagos Internacionales o los datos de la balanza de pagos, tras hacer los ajustes que sean necesarios por las diferencias entre los conceptos y definiciones utilizados en esas fuentes alternativas y los utilizados en las estadísticas monetarias y financieras, o |
— |
las cifras trimestrales se estimarán teniendo en cuenta los datos para los países que se adhirieron a la UE el 1 de mayo de 2004 facilitados trimestralmente por las IFM como un total único. |
Artículo 8
Estadísticas de la base de reservas
Las estadísticas mensuales sobre la base de reservas agregada, detalladas por tipo de pasivo, se calcularán como saldos a final de mes de acuerdo con el Reglamento BCE/2003/9 y las categorías establecidas en el Reglamento BCE/2001/13. Los datos para elaborar estas estadísticas, de acuerdo con la quinta parte del anexo III de la presente orientación, se obtendrán de los que presenten las entidades de crédito sujetas a las exigencias de reservas mínimas a los BCN.
Las estadísticas de la base de reservas incluirán seis series temporales correspondientes a las entidades de crédito, referidas a los datos de los saldos a final de mes que deberán transmitirse mensualmente al BCE a más tardar el día hábil en el BCN anterior al inicio del período de mantenimiento de reservas, a través del sistema de intercambio de datos del SEBC. Las entidades de crédito de tamaño reducido facilitarán trimestralmente un desglose limitado. Para estas entidades de crédito de tamaño reducido se usarán estadísticas simplificadas de la base de reservas para los tres períodos de mantenimiento de reservas. Los BCN utilizarán los datos trimestrales de la base de reservas de las entidades de crédito de tamaño reducido para los datos mensuales comunicados al BCE en las tres transmisiones de datos posteriores a su publicación.
Las revisiones efectuadas por las entidades informadoras a la base de reservas y/o a la obligación de reservas mínimas que tengan lugar después de que haya comenzado el período de mantenimiento no podrán dar lugar a la revisión de las estadísticas sobre la base de reservas y sobre la obligación de reservas.
Artículo 9
Estadísticas de los macrocoeficientes
El BCE controlará mensualmente, usando la información de las estadísticas a final de mes que presenten las entidades de crédito a los BCN de acuerdo con el Reglamento BCE/2001/13, la exactitud de las deducciones normalizadas actuales de la base de reservas que las entidades de crédito puedan aplicar al saldo vivo de sus valores distintos de acciones con un vencimiento a plazo de hasta dos años. Los BCN compilarán los agregados exigidos de conformidad con la sexta parte del anexo III de la presente orientación y los presentarán al BCE.
Las tres series temporales para las entidades de crédito, referidas a las cifras de los saldos a final de mes, se transmitirán mensualmente al BCE a más tardar el día hábil en el BCN anterior al inicio del período de mantenimiento.
Estas series se transmitirán incluso aunque no se apliquen las partidas del balance relacionadas en el Estado miembro.
Artículo 10
Estadísticas del balance de las entidades de crédito
(a) General
Los BCN comunicarán al BCE los datos separados de las partidas del balance del sector de las entidades de crédito de conformidad con los cuadros 1, 2 y 4 de la segunda parte del anexo I del Reglamento BCE/2001/13 y la séptima parte del anexo III de la presente orientación. Puesto que los datos sobre todo el sector de las IFM ya se facilitan de acuerdo con el Reglamento BCE/2001/13, las obligaciones establecidas en el presente artículo solamente se aplicarán a aquellos Estados miembros en los que la población informadora de otras IFM esté compuesta tanto por entidades de crédito como por fondos del mercado monetario (FMM) y el impacto de estos últimos se considere estadísticamente significativo porque se cumplen simultáneamente los siguientes criterios:
(i) |
la diferencia entre el balance total del sector de las IFM y el balance total del subgrupo de las entidades de crédito es superior a 5 000 millones de euros de forma continuada; y |
(ii) |
las IFM distintas de las entidades de crédito, es decir, los FMM, tienen un impacto sobre más de una partida en cualquier lado del balance del sector de las IFM. |
Aunque en algunos Estados miembros un número reducido de otras entidades están clasificadas como IFM, estas entidades se considerarán poco significativas desde un punto de vista cuantitativo.
(b) Ajustes de los flujos
Los datos de los ajustes de los flujos se facilitarán de conformidad con la letra b) del apartado 1 del artículo 3 de la presente orientación.
Los datos se comunicarán trimestralmente, dentro del plazo de 28 días hábiles contados a partir del final del período de referencia.
Los datos exigidos conforme al cuadro 3 de la séptima parte del anexo III de la presente orientación se facilitarán desde marzo de 2005 como mes de referencia.
Los datos facilitados con respecto al balance de las entidades de crédito abarcarán la totalidad de las entidades incluidas en este sector. Cuando la cobertura real de la información sea inferior al 100 % debido a la aplicación del principio de exención de las instituciones de tamaño reducido, los BCN realizarán un cálculo de extrapolación para garantizar una cobertura del 100 %.
Artículo 11
Indicadores financieros estructurales
(a) General
Los BCN comunicarán los datos del balance sobre otros indicadores financieros estructurales de conformidad con la octava parte del anexo III de la presente orientación.
Los BCN facilitarán los datos con respecto a los 18 indicadores especificados en la octava parte del anexo III de la presente orientación de acuerdo con las normas conceptuales y metodológicas que allí se señalan. Se respetarán los principios estadísticos adoptados para la compilación de las estadísticas de las partidas del balance, en concreto:
(i) |
los datos serán agregados y no consolidados; |
(ii) |
el principio de residencia seguirá el «enfoque del país de acogida»; y |
(iii) |
los datos del balance se presentarán con carácter bruto. |
(b) Ajustes de los flujos
Los datos de los ajustes de los flujos se facilitarán de conformidad con la letra b) del apartado 1 del artículo 3 de la presente orientación.
Los datos para calcular los indicadores financieros estructurales sobre las entidades de crédito se facilitarán a finales de marzo de cada año con referencia al año anterior. El indicador «Número de empleados de las entidades de crédito» se facilitará, si es posible, antes de finales de mayo de cada año con referencia al año anterior.
Los BCN aplicarán los siguientes principios generales a la hora de revisar los datos comunicados:
(a) |
durante todas las transmisiones periódicas de los datos anuales, además de las del último año, se enviarán tanto revisiones ordinarias de los datos del año anterior como revisiones excepcionales, cuando sea necesario; y |
(b) |
se podrán enviar durante el año las revisiones excepcionales que mejoren de forma significativa la calidad de los datos. |
Los datos recopilados abarcarán el 100 % de las instituciones definidas como entidades de crédito de acuerdo con la sección I.2 de la primera parte del anexo I del Reglamento BCE/2001/13. Cuando la cobertura real de la información sea inferior al 100 % debido a la aplicación del principio de exención de las instituciones de tamaño reducido, los BCN realizarán un cálculo de extrapolación de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 3 de la presente orientación para garantizar una cobertura del 100 %.
Los BCN comunicarán al BCE cualquier desviación de las definiciones y las normas anteriormente indicadas para permitir el control de las prácticas nacionales. Los BCN presentarán notas explicativas en las que indiquen las razones de las revisiones significativas.
Artículo 12
Datos relevantes para el Fondo Monetario Internacional
Sin perjuicio de las obligaciones legales de los BCN frente al Fondo Monetario Internacional (FMI), los BCN podrán transmitir al FMI por medio del BCE estadísticas suplementarias de las partidas del balance de las IFM de acuerdo con las siguientes disposiciones técnicas.
Los BCN comunicarán al BCE las partidas del balance de las IFM de acuerdo con la novena parte del anexo III de la presente orientación en el contexto de las transmisiones periódicas mensuales de los datos de las partidas del balance. Las transmisiones de datos coincidirán con la comunicación periódica de las partidas del balance al BCE, que se produce el decimoquinto día hábil después del final del mes al que se refieran los datos, de acuerdo con el apartado 2 del artículo 3 de la presente orientación. La frecuencia y la puntualidad para las partidas pro memoria de alta prioridad establecidas en el apartado 2 del artículo 7 de la presente orientación también se aplicarán a las series que aquí se definen.
Artículo 13
Estadísticas sobre la titulización y otras transferencias de préstamos de las IFM inicialmente concedidos a instituciones distintas de las IFM
En la medida en que se disponga de la información estadística, incluida la basada en las mejores estimaciones, los BCN facilitarán los datos sobre las ventas y las transferencias de préstamos de las IFM a terceros de conformidad con la décima parte del anexo III de la presente orientación.
La transmisión de datos al BCE incluirá: (i) los flujos brutos; (ii) los flujos netos de los préstamos concedidos inicialmente por las IFM y vendidos a terceros, cuando no se disponga de los datos sobre los flujos brutos; y (iii) los datos de los saldos, cuando estén disponibles, se comunicarán en ambos casos. Para cualquiera de estos tres tipos de datos, los préstamos vendidos a una sociedad instrumental, es decir, titulizados por medio de una sociedad instrumental, y los préstamos transferidos a otros agentes, ya sea con una titulización o sin ella, se comunicarán por separado. Puesto que se entiende que el préstamo se vende al sector de las instituciones distintas de las IFM, solamente se requerirá la comunicación de información consiguiente en el caso de que no aparezca en el balance de las IFM que inicialmente habían concedido el préstamo a los otros sectores residentes o en cualquier balance de las otras IFM.
Los datos se transmitirán el decimoquinto día hábil contado a partir del final del mes al que se refieran los datos.
Artículo 14
Estadísticas de los otros intermediarios financieros
(a) General
Los BCN comunicarán la información estadística sobre los OIF de conformidad con la undécima parte del anexo III de la presente orientación. Los datos se transmitirán por separado para las siguientes subcategorías de OIF: (i) los fondos de inversión (excepto los FMM); (ii) los agentes de valores y derivados; (iii) las sociedades financieras que se dedican a los préstamos a hogares y sociedades no financieras; y (iv) OIF residuales.
Los datos relativos a los OIF se comunicarán sobre la base de los datos disponibles actualmente a nivel nacional. Cuando los datos reales no estén disponibles o no se puedan procesar, se aportarán las estimaciones nacionales. Cuando se dé el fenómeno económico subyacente, pero no esté controlado estadísticamente y, por lo tanto, no se puedan aportar estimaciones nacionales, los BCN podrán elegir entre no comunicar la serie temporal o hacerlo indicando que falta. Por lo tanto, todas las series temporales que no se comuniquen se interpretarán como «datos que existen, pero que no se han recopilado» y el BCE podrá adoptar las presunciones y estimaciones pertinentes a los efectos de compilar los agregados de la zona del euro. La población informadora incluirá todos los tipos de OIF residentes en los Estados miembros participantes: las entidades situadas en el territorio, incluyendo las filiales de empresas matrices situadas fuera de dicho territorio, así como las sucursales residentes de entidades cuyas sedes sociales se encuentren fuera de dicho territorio.
Se facilitarán los siguientes indicadores clave e información complementaria:
— |
indicadores clave que se deberán transmitir para la compilación de los agregados de la zona del euro: todos los Estados miembros participantes transmitirán estos datos detallados cuando dispongan de datos reales. Cuando no haya datos reales disponibles para los desgloses requeridos o para la frecuencia, puntualidad o periodicidad acordada, si es posible, se aportarán estimaciones, |
— |
información complementaria que se deberá transmitir como «partidas pro memoria»: estos datos serán transmitidos por los países que dispongan de detalles adicionales en la actualidad. |
(b) Ajustes de los flujos
Los datos de los ajustes de los flujos se podrán comunicar en el caso de rupturas importantes en los saldos o cuando se produzcan reclasificaciones y otros ajustes. En particular, se podrán aportar los datos de los ajustes de los flujos debido a reclasificaciones en el contexto de la aplicación del SEC 95.
Si se estiman las operaciones sobre la base de la diferencia de los saldos de dos períodos consecutivos, no se comunicarán las series temporales o se comunicará que éstas faltan.
Los datos de los ajustes de los flujos se facilitarán de conformidad con la letra b) del apartado 1 del artículo 3 de la presente orientación.
La frecuencia de la información al BCE será trimestral. Las estadísticas de los OIF serán transmitidas al BCE a más tardar el último día natural del tercer mes siguiente al final del período de referencia o el día hábil anterior en el BCN si el último día natural del mes no es un día hábil en el BCN. Las fechas exactas de transmisión serán comunicadas por el BCE a los BCN con antelación en forma de calendario de información antes de septiembre de cada año.
Es posible que los BCN tengan que revisar los datos transmitidos durante el trimestre anterior. Además, también pueden producirse revisiones de los datos de trimestres anteriores.
Se aplicarán los siguientes principios generales:
(a) |
con ocasión de todas las transmisiones de datos trimestrales periódicas, además de los datos del último trimestre, solamente se podrán enviar revisiones «ordinarias», es decir, revisiones de los datos transmitidos el anterior trimestre; |
(b) |
las revisiones excepcionales se limitarán y se comunicarán en una fecha diferente de la comunicación periódica. Únicamente podrán enviarse pequeñas revisiones históricas rutinarias con carácter anual, junto con la transmisión de datos para el cuarto trimestre; y |
(c) |
se podrán enviar durante el año fuera de los ciclos de producción periódicos las revisiones excepcionales que mejoren de forma significativa la calidad de los datos. |
Las reglas contables seguidas por los OIF en la elaboración de sus cuentas cumplirán con la transposición nacional de la Directiva 86/635/CEE y otras normas internacionales aplicables. Sin perjuicio de las prácticas contables imperantes en los Estados miembros, todos los activos y todos los pasivos se comunicarán en cifras brutas a efectos estadísticos. Los métodos de valoración se indican en las categorías correspondientes.
Los BCN aportarán al BCE las notas explicativas de acuerdo con la sección 3 de la undécima parte del anexo III de la presente orientación. Los BCN aportarán notas explicativas para las revisiones significativas.
Los BCN dejarán de comunicar información relativa a las estadísticas de los fondos de inversión en el contexto de las estadísticas de los OIF tan pronto como el Consejo de Gobierno, tomando en consideración las opiniones del Comité de Estadísticas, decida que las estadísticas disponibles sobre los activos y pasivos de los fondos de inversión comunicadas conforme al artículo 18 de la presente orientación tienen suficiente calidad como para ser publicadas en el ámbito de la zona del euro, y, a más tardar, en el cuarto trimestre de 2009. Los BCN podrán obtener las estadísticas de los fondos de inversión de conformidad con la undécima parte del anexo III de la presente orientación de la información estadística apropiada recopilada a los efectos de las estadísticas sobre los activos y pasivos de los fondos de inversión con arreglo a la decimocuarta parte del anexo III de la presente orientación.
Artículo 15
Estadísticas de las emisiones de valores
Los BCN comunicarán la información estadística que cubra todas las emisiones de valores por residentes en la zona del euro en cualquier moneda, tanto nacional como internacional, de conformidad con la duodécima parte del anexo III de la presente orientación.
La comunicación de información al BCE será mensual. Las estadísticas sobre las emisiones de valores se transmitirán al BCE a más tardar cinco semanas después del final de los meses a los que se refieran los datos. El BCE comunicará las fechas exactas de transmisión por anticipado a los BCN en forma de calendario de información.
Los BCN aportarán al BCE notas explicativas tal y como se establece en la sección 3 de la duodécima parte del anexo III de la presente orientación.
Artículo 16
Estadísticas de los tipos de interés de las IFM
A los efectos de las estadísticas de los tipos de interés de las IFM, los BCN facilitarán la información estadística mensual nacional agregada con respecto a los saldos vivos y las nuevas operaciones, tal y como se establece en los apéndices 1 y 2 del anexo II del Reglamento BCE/2001/18.
Esta información estadística se facilitará con arreglo al calendario anual elaborado por el BCE y comunicado a los BCN cada año antes de finales de septiembre.
Los BCN podrán verse obligados a revisar los valores del mes de referencia anterior. También se podrán producir las revisiones que se deriven, por ejemplo, de los errores, las reclasificaciones, los procedimientos mejorados de información, etc. aplicadas a los datos anteriores al mes de referencia precedente.
Aplicarán los siguientes principios generales:
(a) |
cuando los BCN revisen los datos correspondientes al período anterior al mes de referencia precedente, facilitarán notas explicativas al BCE; |
(b) |
los BCN también aportarán notas explicativas para las revisiones significativas; y |
(c) |
al transmitir los datos revisados, los BCN tendrán en cuenta la puntualidad establecida de la información periódica de las estadísticas de los tipos de interés de las IFM. Las revisiones excepcionales se aportarán fuera de los períodos de elaboración mensuales. |
Cuando la cobertura real de la información de los tipos de interés de las IFM sea inferior al 100 % debido a la aplicación del muestreo, los BCN extrapolarán los datos sobre el volumen de las nuevas operaciones aportados para garantizar una cobertura del 100 %.
Artículo 17
Estadísticas de los pagos
Los BCN comunicarán la información estadística sobre los pagos de conformidad con la decimotercera parte del anexo III de la presente orientación. Incluirá: (i) los datos sobre las operaciones y la estructura de los pagos, tal y como se contemplan en los cuadros 4 a 9; y (ii) la información relacionada sobre las partidas del balance de las IFM y las entidades de crédito y la información estructural sobre las entidades de crédito, tal y como se contempla en los cuadros 1 a 3.
Los datos de los saldos se facilitarán para todas las partidas de los cuadros 1 a 4 y el cuadro 7. Todos los saldos se referirán a datos al final del período, excepto para las partidas del cuadro 2 con la referencia «media para el último período de mantenimiento de reservas». Los flujos brutos se comunicarán para las partidas de los cuadros 5, 6, 8 y 9, que consisten en los datos sobre las operaciones de pagos.
Los BCN comunicarán la información histórica para todas las partidas.
Las series se comunicarán anualmente al BCE, con independencia de la frecuencia de los datos. La frecuencia de los datos será anual para todas las partidas de los cuadros 4 a 9. La información del balance de las IFM del cuadro 1 será mensual. La información del balance de las entidades de crédito contenida en los cuadros 2 y 3 será trimestral, excepto para las partidas que se refieren a las posiciones con los BCN y las partidas de las entidades de dinero electrónico, que será anual. La información estructural sobre las entidades de crédito contenida en el cuadro 3 será anual. Para los cuadros 1 a 3, si la disponibilidad de los datos se viera seriamente restringida, los BCN podrán comunicar un conjunto mínimo de datos para garantizar una publicación válida y puntual.
El conjunto mínimo de datos incluirá:
— |
series mensuales: una observación relativa a las posiciones a final de diciembre, |
— |
serie trimestral: una observación relativa al cuarto trimestre del año, |
— |
serie anual: una observación relativa a las posiciones a final de diciembre. |
El BCE comunicará a los BCN para cada año las fechas precisas para la presentación de los datos de cada fase de producción. Los BCN podrán comunicar los datos reales con anterioridad a la primera fase de producción, con sujeción a la confirmación por parte del BCE de su disposición a recibir los datos, o en cualquier otro momento durante las fases de producción.
En ausencia de datos reales, los BCN utilizarán estimaciones o datos provisionales siempre que sea posible.
Los suministradores de los datos o los BCN podrán realizar revisiones basadas en los nuevos cálculos o en las estimaciones. Los BCN comunicarán las revisiones al BCE como parte de las fases de producción, preferentemente como parte de la primera fase de producción.
El BCE enviará a los BCN las notas explicativas del año anterior en formato Word, antes del inicio de la primera fase de producción, que se completarán y/o se corregirán y se devolverán al BCE. En estas notas explicativas, los BCN explicarán de forma detallada las desviaciones de las exigencias, si es posible incluyendo su impacto sobre los datos.
Artículo 18
Estadísticas de los activos y pasivos de los fondos de inversión
(a) General
Los BCN comunicarán la información estadística sobre los activos y pasivos de los fondos de inversión de conformidad con la decimocuarta parte del anexo III de la presente orientación para cada uno de los siguientes subsectores: fondos de participaciones, fondos de obligaciones, fondos mixtos, fondos inmobiliarios, fondos de alto riesgo y otros fondos, es decir, por la naturaleza de la inversión, cada uno de los cuales se desglosará en fondos de capital variable y fondos de capital fijo, es decir, por el tipo de fondos de inversión. A los efectos de los fondos de inversión desglosados por la naturaleza de la inversión, los fondos de fondos se clasificarán en la categoría de fondos en la que inviertan principalmente.
Estas exigencias abarcarán los saldos a final de mes y a final de trimestre, así como los ajustes de los flujos mensuales y trimestrales (14).
(b) Ajustes de los flujos
Los BCN comunicarán al BCE datos separados sobre los ajustes de revalorización, debidos a las variaciones en los precios y los tipos de cambio, y los ajustes de reclasificación, tal y como se establece en la decimocuarta parte del anexo III y de conformidad con el anexo V de la presente orientación.
Las operaciones financieras y, por tanto, los ajustes, se obtendrán con arreglo al SEC 95, al que se hace referencia como «método del SEC 95», cuando sea posible. Los BCN podrán apartarse del SEC 95 debido a la existencia de prácticas nacionales divergentes de conformidad con el Reglamento BCE/2007/8. Cuando se disponga de la información sobre los saldos v-a-v, se podrán obtener los ajustes de revalorización con arreglo a un método común del Eurosistema, es decir, el método de obtención de flujos al que se hace referencia en el anexo V de la presente orientación.
(c) Participaciones al portador
Si los datos sobre las participaciones al portador comunicados por los fondos de inversión, las IFM y/o los OIF distintos de los fondos de inversión de conformidad con el anexo I del Reglamento BCE/2007/8 son incompletos o todavía no están disponibles, los BCN facilitarán los datos sobre las participaciones al portador basados en las mejores estimaciones con arreglo al desglose geográfico y sectorial del cuadro 1 de la decimocuarta parte del anexo III de la presente orientación.
(d) Partidas pro memoria
En la medida en que se disponga de los datos, incluidos los basados en las mejores estimaciones, los BCN comunicarán con carácter mensual la información estadística adicional conforme al cuadro 3 de la decimocuarta parte del anexo III de la presente orientación.
Los BCN comunicarán al BCE los datos mensuales de los saldos, los ajustes de revalorización y los ajustes de reclasificación de los fondos de inversión antes del cierre de las actividades del vigésimo octavo día hábil tras el fin del mes al que los datos se refieran. El mismo plazo se aplicará a la comunicación de las partidas pro memoria.
Los BCN comunicarán al BCE los datos trimestrales de los saldos, los ajustes de revalorización y los ajustes de reclasificación de los fondos de inversión antes del cierre de las actividades del vigésimo octavo día hábil tras el fin del trimestre al que los datos se refieran.
Se aplicarán las siguientes normas a las revisiones de los datos mensuales y trimestrales:
(a) |
las revisiones se realizarán de forma que los datos mensuales y trimestrales sean coherentes entre sí; |
(b) |
durante los períodos regulares de elaboración, es decir, desde el vigésimo octavo día hábil tras el fin del mes o trimestre de referencia hasta el día en que los datos se devuelven a los BCN, estos podrán revisar los datos relativos al trimestre de referencia anterior, a los dos meses que lo preceden y a los meses siguientes al trimestre de referencia anterior; |
(c) |
fuera de los períodos regulares de elaboración, los BCN también podrán revisar los datos relativos a los períodos de referencia anteriores a los dos meses previos al trimestre de referencia anterior, entre otros supuestos, en caso de errores, reclasificaciones o procedimientos mejorados de información. |
Para garantizar la calidad de las estadísticas de los fondos de inversión de la zona del euro, cuando los BCN concedan exenciones a los fondos de inversión más pequeños de conformidad con el apartado 1 del artículo 3 del Reglamento BCE/2007/8, dichos BCN realizarán una extrapolación que cubra el 100 % de estos fondos de inversión en la compilación de los activos y pasivos mensuales y trimestrales de los fondos de inversión presentados al BCE, tanto para los saldos como para los ajustes de revalorización.
Los BCN podrán elegir el procedimiento de extrapolación hasta alcanzar la cobertura del 100 %, siempre y cuando se cumplan las siguientes normas:
(a) |
para los datos de los detalles que falten, se obtendrán las estimaciones aplicando las proporciones basadas en el correspondiente subsector de los fondos de inversión, por ejemplo, si un fondo de obligaciones de renta variable es de tamaño reducido y solamente se recopilan las acciones o participaciones en fondos de inversión emitidas, los detalles que falten se obtendrán aplicando la estructura de la categoría de los fondos de obligaciones de capital variable; |
(b) |
ningún subsector de los fondos de inversión (por ejemplo, los fondos inmobiliarios de capital variable, los fondos inmobiliarios de capital fijo, etc.) queda totalmente excluido. |
Conforme al apartado 2 del artículo 3 del Reglamento BCE/2007/8, se pueden conceder exenciones a los fondos de inversión que, debido a las normas contables nacionales, valoran sus activos con frecuencia inferior a la trimestral. No obstante dicha exención, los datos mensuales y trimestrales de los fondos de inversión comunicados por los BCN al BCE siempre incluirán los datos relativos a dichos fondos de inversión.
Cuando se aplique el método combinado definido en el anexo I del Reglamento BCE/2007/8, los BCN obtendrán los activos y pasivos agregados trimestrales de los subsectores de los fondos de inversión con arreglo al cuadro 1 de la decimocuarta parte del anexo III de la presente orientación tal y como se indica a continuación:
(a) |
para los valores con código de identificación público, los BCN vincularán la información suministrada con carácter de v-a-v a la información obtenida de la base de datos centralizada de valores o de las bases de datos nacionales de valores compatibles. La información v-a-v obtenida se usará para compilar el valor de los activos y pasivos en euros y obtener los desgloses necesarios para cada valor concreto de los fondos de inversión. Si los identificadores de los valores no se encuentran en la base de datos centralizada de valores ni en las bases de datos nacionales de valores compatibles, o la información necesaria para la compilación de los activos y pasivos conforme al cuadro 1 de la decimocuarta parte del anexo III de la presente orientación no está disponible en la base de datos centralizada de valores ni en las bases de datos nacionales de valores compatibles, los BCN estimarán los datos que falten. Los BCN también podrán recopilar la información v-a-v sobre los valores sin código de identificación público usando los identificadores de valores internos de los BCN; |
(b) |
los BCN agregarán los datos sobre los valores obtenidos conforme a lo estipulado en la letra a) y los añadirán a la información facilitada para los valores sin código de identificación público con el fin de elaborar los agregados para: (i) los valores distintos de acciones detallados por vencimiento, moneda y contrapartida; (ii) las acciones y otras participaciones, detalladas por instrumento y contrapartida; y (iii) el total de participaciones en los fondos de inversión emitidas; |
(c) |
los BCN obtendrán la información estadística exigida sobre los activos y pasivos de los fondos de inversión añadiendo los datos sobre los valores obtenidos conforme a lo dispuesto en la letra b) y los activos y pasivos distintos de valores recabados de los fondos de inversión residentes individuales; |
(d) |
los BCN agregarán los activos y pasivos de todos los fondos de inversión residentes en un Estado miembro que pertenezcan al mismo subsector. |
Lo anterior también se aplicará cuando los BCN recopilen datos sobre los activos y pasivos de los fondos de inversión con carácter mensual de conformidad con el apartado 3 del artículo 6 del Reglamento BCE/2007/8.
Con arreglo a la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento BCE/2007/8, los BCN recopilan con carácter mensual las participaciones en fondos de inversión emitidas. Para los meses de referencia que no sean meses de final del trimestre, los BCN estimarán los datos mensuales sobre los activos y pasivos de los fondos de inversión distintos de las participaciones en fondos de inversión emitidas, sobre la base de los datos mensuales y trimestrales recopilados, a menos que los datos se recopilen con carácter mensual tal y como se estipula en el apartado 3 del artículo 6 del Reglamento BCE/2007/8.
Siempre que sea posible, los BCN harán estimaciones a nivel de fondo individual. Con carácter alternativo, un BCN podrá hacer estimaciones por subsector de fondos de inversión o podrá solicitar al BCE que haga dichas estimaciones. En este último caso, el BCE podrá solicitar información adicional, como los datos fondo a fondo o valor a valor.
Las normas contables y/o de valoración contenidas en el Reglamento BCE/2007/8 se aplicarán también cuando los BCN faciliten al BCE datos de los fondos de inversión. Sin embargo, para las partidas que estén sujetas a intereses devengados se aplicarán las siguientes normas:
(a) |
los «valores distintos de acciones» incluyen los intereses devengados; |
(b) |
los «depósitos y préstamos» y los «préstamos y depósitos recibidos» excluyen los intereses devengados, que se contabilizan en «otros activos/pasivos». |
Los BCN presentarán notas explicativas en las que indiquen las razones de las revisiones significativas. Además, los BCN facilitarán al BCE notas explicativas sobre los ajustes de reclasificación. Los BCN también facilitarán notas explicativas relativas a las revisiones mencionadas en la letra c) del apartado 3 del artículo 18 de la presente orientación.
De conformidad con el apartado 3 del artículo 5 del Reglamento BCE/2007/8, los BCN podrán permitir a los fondos de inversión que comuniquen sus activos y pasivos en grupo, siempre que los resultados sean análogos a los de la información fondo a fondo. Los fondos de inversión que faciliten la información en grupo pertenecerán al mismo subsector; por ejemplo, los fondos inmobiliarios de capital fijo o los fondos inmobiliarios de capital variable.
Los BCN facilitarán al BCE con carácter anual: (i) los indicadores que analicen la cobertura y la calidad del conjunto de valores correspondiente en la base de datos centralizada de valores de acuerdo con el Manual de Procedimientos de la base de datos centralizada de valores; o (ii) la información pertinente necesaria para obtener los indicadores de la cobertura y la calidad.
Los BCN que se apoyen en las bases de datos nacionales de valores facilitarán una vez al año al BCE los resultados agregados que cubran un trimestre y al menos dos subsectores de los fondos de inversión que sean significativos desde el punto de vista estadístico. Estos resultados agregados no diferirán en más del 5 % de los resultados que se obtendrían usando la base de datos centralizada de valores. Esto mismo se aplica a la información que no sea facilitada por los fondos de inversión.
La información anteriormente indicada será transmitida al BCE antes del final de febrero de cada año tomando como referencia los datos a finales de diciembre del año anterior.
Artículo 19
Lista de IFM a efectos estadísticos
Las variables recopiladas para elaborar y mantener la lista de IFM a efectos estadísticos que se contempla en el artículo 3 del Reglamento BCE/2001/13 se especifican en la primera parte del anexo VI de la presente orientación.
Los BCN comunicarán las actualizaciones de las variables especificadas en la primera parte del anexo VI de la presente orientación, bien cuando se produzcan cambios en el sector de las IFM o bien cuando se produzcan cambios en los atributos de las IFM existentes. Se producen cambios en el sector de las IFM cuando una institución se incorpora al sector de las IFM (es decir, en el caso de la creación de una IFM como consecuencia de una fusión, la creación de nuevas entidades jurídicas como consecuencia de la división de una IFM existente, la creación de una nueva IFM o el cambio en el estatus de una institución previa distinta de las IFM que implique su conversión en IFM) o cuando una IFM existente abandona el sector de las IFM (es decir, en el caso de que una IFM se vea involucrada en una fusión, la compra de una IFM por otra institución, la escisión de una IFM en entidades jurídicas separadas, el cambio en el estatuas de una IFM que implique su conversión en una institución distinta de las IFM o la liquidación de una IFM).
Cuando se comunique una nueva entidad o una entidad que se ha de modificar, los BCN cumplimentarán todas las variables obligatorias. Cuando se informe de que una institución sale del sector de las IFM sin ser parte de una fusión, los BCN facilitarán como mínimo la siguiente información: el tipo de solicitud, es decir, eliminación, y el código de identificación de la IFM, es decir, la variable «mfi_id».
Los BCN no reasignarán los códigos de identificación de las IFM eliminadas a nuevas IFM. En el supuesto de que no se pueda evitar hacerlo, los BCN presentarán al BCE una explicación por escrito al mismo tiempo (usando el tipo de «object_request»«mfi_req_realloc»).
Cuando se comuniquen las actualizaciones, los BCN podrán usar su grafía nacional, siempre y cuando usen el alfabeto latino. Los BCN utilizarán «Unicode» para mostrar correctamente todos los caracteres especiales al recibir la información del BCE por medio del Register of Institutions and Assets Database (RIAD) Data Exchange System (Sistema de Intercambio de Datos RIAD).
Con anterioridad a la transmisión de las actualizaciones al BCE, los BCN llevarán a cabo las comprobaciones de validación de las secciones 1 a 10 de la segunda parte del anexo VI de la presente orientación.
Cuando sea posible, los BCN transmitirán al BCE las actualizaciones de las variables especificadas en la primera parte del anexo VI de la presente orientación tan pronto como se produzcan los cambios en el sector de las IFM o en los atributos de las IFM existentes.
Si no fuera posible, los BCN presentarán una explicación por escrito del retraso en la comunicación al BCE en relación con el momento en que se produjo el hecho.
Los BCN transmitirán las actualizaciones en formato XML, a través del Sistema de Intercambio de Datos RIAD, de acuerdo con el documento titulado Exchange Specification for the RIAD Data Exchange System («Especificación de los Intercambios para el Sistema de Intercambio de Datos RIAD»). En el caso de que fallara el Sistema de Intercambio de Datos RIAD, las actualizaciones se transmitirán en formato XML por medio de la cuenta Cebamail N13. En el supuesto de que el sistema Cebamail no estuviera operativo para la transmisión de los ficheros de las actualizaciones o las correcciones de las IFM, los BCN transmitirán dichos ficheros por correo electrónico usando el formato XML a la siguiente dirección: birs@ecb.int.
Para el caso de que se utilicen procedimientos manuales, los BCN dispondrán de controles adecuados para minimizar los errores de manejo y garantizar la exactitud y coherencia de las actualizaciones de las IFM enviadas por el Sistema de Intercambio de Datos RIAD.
Una vez recibidas las actualizaciones, el BCE llevará a cabo inmediatamente las comprobaciones de validación de las secciones 1 a 11 de la segunda parte del anexo VI de la presente orientación.
El BCE enviará inmediatamente a los BCN: (i) un acuse de recibo de adquisición que contenga una información resumida de las actualizaciones de las IFM que se hayan procesado e implementado con éxito en el conjunto de datos de las IFM; y/o (ii) un acuse de recibo de errores que contenga información detallada sobre las actualizaciones de las IFM y las comprobaciones de validación que hayan fallado. De conformidad con las secciones 1 a 11 de la segunda parte del anexo VI de la presente orientación, el BCE implementará, total o parcialmente, las solicitudes de actualización incompletas, incorrectas o que falten o las rechazará.
Una vez recibido un acuse de recibo de errores, los BCN tomarán inmediatamente las medidas necesarias para transmitir la información corregida. Si la información correcta depende de las actualizaciones enviadas por otros BCN durante el transcurso del último mes, por lo cual no está disponible en la dirección del BCE en Internet, los BCN se pondrán en contacto con el BCE por medio de la cuenta Cebamail N13 detallando la información solicitada.
Todos los días hábiles en el BCE a las 17:00 horas, hora central europea, el BCE obtendrá una copia de todos los cambios hechos en la lista de IFM y la divulgará a todos los BCN. La divulgación contendrá todos los detalles de cada uno de los cambios siguientes comunicados por los BCN: (i) las nuevas IFM; (ii) las IFM actualizadas; (iii) las IFM eliminadas; (iv) la reasignación de los códigos de identificación de las IFM; (v) el cambio de los códigos de identificación de las IFM; y (vi) el cambio de los códigos de identificación de las IFM que implique una reasignación.
Todos los días hábiles en el BCE a las 17:00 horas, hora central europea, el BCE obtendrá una copia del conjunto de datos de las IFM y la publicará en la dirección del BCE en Internet. Se mostrarán todos los registros de las IFM, con independencia de que sean o no coherentes con las contrapartidas elegibles para las operaciones de política monetaria (CEOPM).
El último día hábil en el BCE de cada mes natural, a las 17:00 horas, hora central europea, el BCE obtendrá una copia del conjunto de datos de las IFM, junto con una variable del conjunto de datos de las CEOPM, es decir, la «reserva» variable, indicando si las entidades de crédito residentes en la zona del euro están sujetas o no a la obligación de reservas mínimas. Esta copia no incluirá las discrepancias entre los registros de las IFM y los registros de las CEOPM, es decir, si una entidad de crédito aparece en la lista del conjunto de datos de las IFM pero no en el conjunto de datos de las CEOPM y viceversa. El BCE pondrá a disposición del público una lista de las IFM y las entidades sujetas a las obligaciones de reservas mínimas el día siguiente a la obtención de la copia. Si la copia se obtuviera a las 17:00 horas, hora central europea, de un viernes, el BCE publicará la información actualizada a las 12:00 horas, hora central europea, del sábado.
Al mismo tiempo que publica en su dirección de Internet la lista de IFM y entidades sujetas a la obligación de reservas mínimas, el BCE la enviará a los BCN a través del Sistema de Intercambio de Datos RIAD.
Artículo 20
Lista de fondos de inversión a efectos estadísticos
Las variables recopiladas para elaborar y mantener la lista de fondos de inversión a efectos estadísticos que se contempla en el artículo 4 del Reglamento BCE/2007/8 se especifican en el anexo VII de la presente orientación.
Los BCN comunicarán las actualizaciones de las variables especificadas en la primera parte del anexo VII de la presente orientación, bien cuando se produzcan cambios en el sector de los fondos de inversión o bien cuando se produzcan cambios en los atributos de los fondos de inversión existentes. Se producen cambios en el sector de los fondos de inversión cuando una entidad entra en el sector de los fondos de inversión o cuando un fondo de inversión existente sale del sector de los fondos de inversión.
Los BCN obtendrán las actualizaciones comparando su lista nacional de fondos de inversión tras dos finales de trimestre consecutivos, es decir, no tendrán en cuenta los movimientos producidos dentro del trimestre.
Cuando se comunique una nueva entidad o una entidad que se ha de modificar, los BCN cumplimentarán todas las variables obligatorias.
Cuando se comunique que una entidad sale del sector de los fondos de inversión, los BCN facilitarán como mínimo la siguiente información: el tipo de solicitud, es decir, eliminación, y el código de identificación del fondo de inversión, es decir, la variable «if_id».
Una vez al año, correspondiendo a la fecha de referencia del 31 de diciembre, los BCN transmitirán un fichero XML específicamente para comunicar el valor neto de los activos por fondo de inversión. Es decir, el valor neto de los activos se facilitará por separado con respecto a los cambios en otros atributos de los fondos de inversión. Se comunicará la siguiente información para todos los fondos de inversión: el tipo de solicitud, es decir, if_req_nav, el código de identificación exclusivo del fondo de inversión, el importe del valor neto de los activos y la fecha del valor neto de los activos correspondiente.
Para cualquier fecha de referencia determinada, la información sobre cualquier nuevo fondo de inversión o los cambios en los códigos de identificación de los fondos de inversión existentes se transmitirán primero al BCE antes de comunicar la información sobre el valor neto de los activos.
Cuando sea posible, los BCN no reasignarán los códigos de identificación de los fondos de inversión eliminados a nuevos fondos de inversión. Cuando no se pueda evitar hacerlo, los BCN presentarán una explicación por escrito al BCE por medio de la cuenta Cebamail N13 al mismo tiempo que el registro del fondo de inversión (usando el tipo de object_request «if_req_realloc»).
Cuando se comuniquen las actualizaciones, los BCN podrán usar su grafía nacional, siempre y cuando usen el alfabeto latino. Los BCN utilizarán «Unicode» para mostrar correctamente todos los caracteres especiales al recibir la información del BCE por medio del Sistema de Intercambio de Datos RIAD.
Con anterioridad a la transmisión de las actualizaciones al BCE, los BCN llevarán a cabo las comprobaciones de validación de la tercera parte del anexo VII de la presente orientación.
Los BCN comunicarán al BCE las actualizaciones de las variables especificadas en la primera parte del anexo VII de la presente orientación, al menos con carácter trimestral, con una diferencia de dos meses con respecto a la fecha de referencia. Sin embargo, la variable del valor del activo neto se actualizará para todos los fondos de inversión con carácter anual, con una diferencia de un máximo de dos meses con respecto a la fecha de referencia de finales de diciembre.
Los BCN comunicarán las actualizaciones en formato de fichero XML por medio del canal de transmisión ESCB-Net, de acuerdo con las instrucciones contenidas en el documento: Exchange Specification for the RIAD Data Exchange System («Especificación de los Intercambios para el Sistema de Intercambio de Datos RIAD»). A continuación el BCE procesará los datos por medio de Sistema de Intercambio de Datos RIAD. En el caso de que fallaran el ESCB-Net y/o el Sistema de Intercambio de Datos RIAD, las actualizaciones se transmitirán en formato XML por medio de la cuenta Cebamail N13. En el supuesto de que el sistema Cebamail no estuviera operativo para la transmisión de los ficheros de las actualizaciones o las correcciones de los fondos de inversión, los BCN transmitirán dichos ficheros por correo electrónico usando el formato XML a la siguiente dirección: birs@ecb.int.
Para el caso de que se utilicen procedimientos manuales, los BCN dispondrán de controles adecuados para minimizar los errores de manejo y garantizar la exactitud y coherencia de las actualizaciones de los fondos de inversión enviadas por el Sistema de Intercambio de Datos RIAD.
Una vez recibidas las actualizaciones, el BCE llevará a cabo inmediatamente las comprobaciones de validación de la tercera parte del anexo VII de la presente orientación.
El BCE enviará inmediatamente a los BCN: (i) un acuse de recibo de adquisición que contenga una información resumida de las actualizaciones de los fondos de inversión que se hayan procesado e implementado con éxito en el conjunto de datos de los fondos de inversión; y/o (ii) un acuse de recibo de error que contenga información detallada sobre las actualizaciones de los fondos de inversión y las comprobaciones de validación que hayan fallado. De conformidad con la tercera parte del anexo VII, el BCE implementará, total o parcialmente, las solicitudes de actualización incompletas, incorrectas o que falten o las rechazará.
Una vez recibido un acuse de recibo de errores, los BCN tomarán inmediatamente las medidas necesarias para transmitir la información corregida. Si no es posible actuar inmediatamente, dispondrán de un máximo de cuatro días hábiles, es decir, hasta las 17:59 horas, hora central europea, del cuarto día hábil, contado desde la fecha límite fijada para efectuar la comunicación, para facilitar la información corregida.
El BCE obtendrá una copia del conjunto de datos de los fondos de inversión, excluyendo los valores marcados como confidenciales y la variable del «valor neto de los activos», a las 18:00 horas, hora central europea, del cuarto día hábil siguiente a la fecha estipulada para la comunicación de las actualizaciones. La información actualizada estará disponible antes de las 12:00 horas, hora central europea, del día siguiente. Si la copia se obtuviera a las 18:00 horas, hora central europea, de un viernes, el BCE publicará la información actualizada a las 12:00 horas, hora central europea, del sábado.
El BCE no publicará los valores que hayan sido marcados como confidenciales.
El BCE no publicará el «valor neto de los activos» por fondo de inversión. En su lugar, el BCE establecerá una gama de categorías por tamaño y la correspondiente a cada fondo de inversión basándose en el «valor neto de los activos».
Al mismo tiempo que publica en su dirección de Internet la lista de fondos de inversión, el BCE la enviará a los BCN a través del Sistema de Intercambio de Datos RIAD.
Artículo 21
Verificación
Sin perjuicio de los derechos de verificación del BCE establecidos en el Reglamento (CE) no 2533/98 y el Reglamento BCE/2001/13, los BCN controlarán y garantizarán la calidad y fiabilidad de la información estadística que presenten al BCE.
Artículo 22
Normas de transmisión
Los BCN utilizarán la red ESCB-Net proporcionada por el SEBC para la transmisión electrónica de la información estadística exigida por el BCE. El formato del mensaje estadístico desarrollado para este intercambio electrónico de información estadística será el formato estándar aprobado por el Comité de Estadísticas. Esta obligación no impedirá el uso de otros medios de transmisión de información estadística como solución de refuerzo acordada, con el previo consentimiento del BCE.
Artículo 23
Procedimiento de modificación simplificado
Teniendo en cuenta la opinión del Comité de Estadísticas, el Comité Ejecutivo del BCE podrá efectuar modificaciones técnicas en los anexos de la presente orientación que no cambien el marco conceptual subyacente ni afecten a la carga que supone la obligación de informar para los agentes informadores de los Estados miembros.
Artículo 24
Publicación
Los BCN no publicarán las contribuciones nacionales a los agregados monetarios mensuales de la zona del euro hasta que el BCE haya publicado dichos agregados. Si los BCN publican esos datos, serán los mismos que los presentados para la elaboración de los agregados de la zona del euro de más reciente publicación. Si los BCN reproducen los agregados de la zona del euro publicados por el BCE, deberán hacerlo fielmente.
Artículo 25
Derogaciones
Queda derogada la Orientación BCE/2003/2.
Artículo 26
Entrada en vigor
La presente orientación entrará en vigor tres días después de la entrada en vigor del Reglamento BCE/2007/8.
Artículo 27
Destinatarios
La presente orientación se aplica a todos los bancos centrales del Eurosistema.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 1 de agosto de 2007.
Por el Consejo de Gobierno del BCE
El presidente del BCE
Jean-Claude TRICHET
(1) DO L 333 de 17.12.2001, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento BCE/2006/20 (DO L 2 de 5.1.2007, p. 3).
(2) DO L 250 de 2.10.2003, p. 10.
(3) DO L 10 de 12.1.2002, p. 24. Reglamento modificado por el Reglamento BCE/2004/21 (DO L 371 de 18.12.2004, p. 42).
(4) DO L 211 de 11.8.2007, p. 8.
(5) DO L 318 de 27.11.1998, p. 8.
(6) DO L 372 de 31.12.1986, p. 1. Directiva modificada por la Directiva 2006/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 224 de 16.8.2006, p. 1).
(7) DO L 58 de 3.3.2003, p. 1.
(8) DO L 310 de 30.11.1996, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1267/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 180 de 18.7.2003, p. 1).
(9) En principio, el balance se establece al último día natural del mes o del trimestre, sin tener en cuenta los días festivos locales. En los muchos casos en que esto no es posible, el balance se establece al final del último día hábil de conformidad con las normas del mercado o contables nacionales.
(10) Es decir, operaciones.
(11) Es decir, inclusión o exclusión de IFM si el negocio entra o sale del sector de las IFM.
(12) Es decir, fusiones y adquisiciones.
(13) Instituto Monetario Europeo, Money and Banking Statistics Compilation Guide — Guidance provided to NCBs for the compilation of money and banking statistics for submission to the ECB, disponible en www.ecb.int.
(14) En principio, los activos y pasivos se establecen al último día natural del mes o del trimestre, sin tener en cuenta los días festivos locales. Sin embargo, en muchos casos esto no es posible y los activos y pasivos se establecerán al final del último día hábil de conformidad con las normas del mercado o contables nacionales.
ANEXO I
CUADROS DE CORRESPONDENCIA
Los cuadros de correspondencia aportan un enlace detallado entre las partidas del balance contable y las partidas que se han de presentar a efectos estadísticos.
El lado izquierdo de los cuadros de correspondencia ofrece, para cada casilla de los cuadros 1, 2, 3 y 4 del anexo I del Reglamento BCE/2001/13, el número, el desglose y la descripción de las partidas; el lado derecho de los cuadros de correspondencia ofrece, para cada partida de contabilidad, el número, la descripción y el desglose de cada partida solicitada. Algunas partidas del balance del Reglamento BCE/2001/13 no son aplicables a los balances del BCE y de los BCN (se indican como «n.a.»).
CUADRO DE CORRESPONDENCIA
(Datos mensuales)
Cuadro de correspondencia. Correspondencia partida por partida. |
||||||||||||||
PASIVO |
||||||||||||||
Saldos |
||||||||||||||
Reglamento BCE/2001/13 — Anexo 1 — Cuadro 1 |
Modelo de balance contable |
|||||||||||||
Partida |
Descripción |
Desglose |
Partida |
Descripción |
Desglose adicional aportado |
|||||||||
Residencia |
Sector |
Subsector |
Vencimiento |
Residencia |
Tipo |
Moneda |
Sector |
Subsector |
Vencimiento |
|||||
8 |
Efectivo en circulación |
|
|
|
|
|
1 |
Billetes en circulación |
|
|
|
|
|
|
9 |
Depósitos (todas las monedas) |
Residentes |
IFM |
|
|
|
2.1 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — cuentas corrientes (que cubren el sistema de reservas mínimas) |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.2 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — facilidad de depósito |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.3 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — depósitos a plazo fijo |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.4 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — operaciones temporales de ajuste |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.5 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — depósitos relacionados con los ajustes de los márgenes de garantía |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
3 |
Otros pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro denominados en euros |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
7 |
Pasivos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
10.1 |
Pasivos internos del Eurosistema — pasivos equivalentes a la transferencia de reservas extranjeras (solamente balance del BCE) |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
10.2 |
Pasivos internos del Eurosistema — pasivos relacionados con pagarés contrapartida de certificados de deuda emitidos por el BCE (solamente balance de los BCN) |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
10.4 |
Pasivos internos del Eurosistema — otros pasivos intra-Eurosistema |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
Depósitos |
Todas las monedas |
IFM |
|
|
9 |
Depósitos (todas las monedas) |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administración central |
Administración central |
|
5.1 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — administraciones públicas |
Residentes |
|
|
Instituciones distintas de las IFM |
Administración central |
|
|
|
|
|
|
|
|
7 |
Pasivos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
|
|
Instituciones distintas de las IFM |
Administración central |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
Depósitos |
Todas las monedas |
Instituciones distintas de las IFM |
Administración central |
|
9 |
Depósitos (todas las monedas) |
Otros Estados miembros participantes |
IFM |
|
|
|
2.1 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — cuentas corrientes (que cubren el sistema de reservas mínimas) |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.2 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — facilidad de depósito |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.3 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — depósitos a plazo fijo |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.4 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — operaciones temporales de ajuste |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.5 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — depósitos relacionados con los ajustes de los márgenes de garantía |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
3 |
Otros pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro denominados en euros |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
7 |
Pasivos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
10.1 |
Pasivos internos del Eurosistema — pasivos equivalentes a la transferencia de reservas extranjeras (solamente balance del BCE) |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
10.2 |
Pasivos internos del Eurosistema — pasivos relacionados con pagarés contrapartida de certificados de deuda emitidos por el BCE (solamente balance de los BCN) |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
10.4 |
Pasivos internos del Eurosistema — otros pasivos intra-Eurosistema |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Depósitos |
Todas las monedas |
IFM |
|
|
9 |
Depósitos (todas las monedas) |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administración central |
Administración central |
|
5.1 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — administraciones públicas |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
Instituciones distintas de las IFM |
Administración central |
|
|
|
|
|
|
|
|
7 |
Pasivos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
Instituciones distintas de las IFM |
Administración central |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Depósitos |
Todas las monedas |
Instituciones distintas de las IFM |
Administración central |
|
9 |
Depósitos (todas las monedas) |
Resto del mundo |
|
|
|
|
6 |
Pasivos frente a no residentes en la zona del euro denominados en euros |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
8.1 |
Pasivos frente a no residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera — depósitos, saldos y otros pasivos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
8.2 |
Pasivos derivados de la facilidad de crédito prevista en el MTC II |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Resto del mundo |
Depósitos |
Todas las monedas |
|
|
|
9 |
Depósitos (todas las monedas) |
Resto del mundo |
|
|
|
Por vencimiento (2 bandas) |
6 |
Pasivos frente a no residentes en la zona del euro denominados en euros |
|
|
|
|
|
Por vencimiento (2 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
8.1 |
Pasivos frente a no residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera — depósitos, saldos y otros pasivos |
|
|
|
|
|
Por vencimiento (2 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
8.2 |
Pasivos derivados de la facilidad de crédito prevista en el MTC II |
|
|
|
|
|
Por vencimiento (2 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Resto del mundo |
Depósitos |
Todas las monedas |
|
|
Por vencimiento (2 bandas) |
9e |
Depósitos (euros) |
Residentes |
IFM |
|
|
|
2.1 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — cuentas corrientes (que cubren el sistema de reservas mínimas) |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.2 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — facilidad de depósito |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.3 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — depósitos a plazo fijo |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.4 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — operaciones temporales de ajuste |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.5 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — depósitos relacionados con los ajustes de los márgenes de garantía |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
3 |
Otros pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro denominados en euros |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
10.1 |
Pasivos internos del Eurosistema — pasivos equivalentes a la transferencia de reservas extranjeras (solamente balance del BCE) |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
10.2 |
Pasivos internos del Eurosistema — pasivos relacionados con pagarés contrapartida de certificados de deuda emitidos por el BCE (solamente balance de los BCN) |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
10.4 |
Pasivos internos del Eurosistema — otros pasivos intra-Eurosistema |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
Depósitos |
Euro |
|
|
|
9e |
Depósitos (euros) |
Otros Estados miembros participantes |
IFM |
|
|
|
2.1 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — cuentas corrientes (que cubren el sistema de reservas mínimas) |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.2 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — facilidad de depósito |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.3 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — depósitos a plazo fijo |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.4 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — operaciones temporales de ajuste |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.5 |
Pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — depósitos relacionados con los ajustes de los márgenes de garantía |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
3 |
Otros pasivos frente a entidades de crédito de la zona del euro denominados en euros |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
10.1 |
Pasivos internos del Eurosistema — pasivos equivalentes a la transferencia de reservas extranjeras (solamente balance del BCE) |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
10.2 |
Pasivos internos del Eurosistema — pasivos relacionados con pagarés contrapartida de certificados de deuda emitidos por el BCE (solamente balance de los BCN) |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
10.4 |
Pasivos internos del Eurosistema — otros pasivos intra-Eurosistema |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Depósitos |
Euro |
IFM |
|
|
9.1e |
A la vista |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
|
5.1 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — administraciones públicas |
Residentes |
A la vista |
|
|
Otras administraciones |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otras administraciones |
|
9.1e |
A la vista |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
9.1e |
A la vista |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
|
|
Otros intermediarios financieros |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
Euro |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
9.1e |
A la vista |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
|
|
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
Euro |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
9.1e |
A la vista |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
|
|
Sociedades no financieras |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
Euro |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
9.1e |
A la vista |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
|
|
Hogares |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
Euro |
Otros residentes |
Hogares |
|
9.1e |
A la vista |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
|
5.1 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — administraciones públicas |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
|
|
Otras administraciones |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otras administraciones |
|
9.1e |
A la vista |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
9.1e |
A la vista |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
|
|
Otros intermediarios financieros |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
Euro |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
9.1e |
A la vista |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
|
|
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
Euro |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
9.1e |
A la vista |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
|
|
Sociedades no financieras |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Sociedades no financieras |
|
9.1e |
A la vista |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
|
|
Hogares |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Hogares |
|
9.2e |
A plazo |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
Por vencimiento (3 bandas) |
5.1 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — administraciones públicas |
Residentes |
A plazo |
|
Instituciones distintas de las IFM |
Otras administraciones |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otras administraciones |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2e |
A plazo |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
|
|
|
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2e |
A plazo |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (3 bandas) |
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
|
|
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2e |
A plazo |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (3 bandas) |
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
|
|
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2e |
A plazo |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (3 bandas) |
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
|
|
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2e |
A plazo |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Por vencimiento (3 bandas) |
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
|
|
Hogares |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Hogares |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2e |
A plazo |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
Por vencimiento (3 bandas) |
5.1 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — administraciones públicas |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
|
|
Otras administraciones |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otras administraciones |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2e |
A plazo |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
|
|
|
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
Euro |
|
Otros residentes |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2e |
A plazo |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (3 bandas) |
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
|
|
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2e |
A plazo |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (3 bandas) |
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
|
|
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2e |
A plazo |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (3 bandas) |
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
|
|
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2e |
A plazo |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Por vencimiento (3 bandas) |
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
|
|
Hogares |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Hogares |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.3e |
Disponibles con preaviso |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3e |
Disponibles con preaviso |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3e |
Disponibles con preaviso |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3e |
Disponibles con preaviso |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3e |
Disponibles con preaviso |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3e |
Disponibles con preaviso |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3e |
Disponibles con preaviso |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3e |
Disponibles con preaviso |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3e |
Disponibles con preaviso |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3e |
Disponibles con preaviso |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3e |
Disponibles con preaviso |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3e |
Disponibles con preaviso |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.4e |
Cesiones temporales |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
|
5.1 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — administraciones públicas |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
|
Otras administraciones |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otras administraciones |
|
9.4e |
Cesiones temporales |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
9.4e |
Cesiones temporales |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
|
Otros intermediarios financieros |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
Instituciones distintas de las IFM |
Otros intermediarios financieros |
|
9.4e |
Cesiones temporales |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
|
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
Instituciones distintas de las IFM |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
9.4e |
Cesiones temporales |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
|
Sociedades no financieras |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Sociedades no financieras |
|
9.4e |
Cesiones temporales |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
|
Hogares |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Hogares |
|
9.4e |
Cesiones temporales |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
|
5.1 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — administraciones públicas |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
|
|
Otras administraciones |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otras administraciones |
|
9.4e |
Cesiones temporales |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
9.4e |
Cesiones temporales |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
|
|
Otros intermediarios financieros |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros intermediarios financieros |
|
9.4e |
Cesiones temporales |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
|
|
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
9.4e |
Cesiones temporales |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
|
|
Sociedades no financieras |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Sociedades no financieras |
|
9.4e |
Cesiones temporales |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
|
5.2 |
Pasivos frente a otros residentes en la zona del euro denominados en euros — otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
|
|
Hogares |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Hogares |
|
9.1x |
A la vista |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
A la vista |
|
|
Otras administraciones |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otras administraciones |
|
9.1x |
A la vista |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
A la vista |
|
|
Otros residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
9.1x |
A la vista |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
A la vista |
|
|
Otros intermediarios financieros |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros intermediarios financieros |
|
9.1x |
A la vista |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
A la vista |
|
|
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
Euro |
Instituciones distintas de las IFM |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
9.1x |
A la vista |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
A la vista |
|
|
Sociedades no financieras |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Sociedades no financieras |
|
9.1x |
A la vista |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
A la vista |
|
|
Hogares |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A la vista |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Hogares |
|
9.1x |
A la vista |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
|
|
Otras administraciones |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otras administraciones |
|
9.1x |
A la vista |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
|
|
Otros residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
9.1x |
A la vista |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
|
|
Otros intermediarios financieros |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros intermediarios financieros |
|
9.1x |
A la vista |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
|
|
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
9.1x |
A la vista |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
|
|
Sociedades no financieras |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Sociedades no financieras |
|
9.1x |
A la vista |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
|
|
Hogares |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A la vista |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Hogares |
|
9.2x |
A plazo |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
Por vencimiento (3 bandas) |
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
A plazo |
|
|
Otras administraciones |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otras administraciones |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2x |
A plazo |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
A plazo |
|
|
Otros residentes |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2x |
A plazo |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (3 bandas) |
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
A plazo |
|
|
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2x |
A plazo |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (3 bandas) |
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
A plazo |
|
|
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2x |
A plazo |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (3 bandas) |
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
A plazo |
|
|
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2x |
A plazo |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Por vencimiento (3 bandas) |
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
A plazo |
|
|
Hogares |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
A plazo |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Hogares |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2x |
A plazo |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
Por vencimiento (3 bandas) |
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
|
|
Otras administraciones |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otras administraciones |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2x |
A plazo |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
|
|
Otros residentes |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2x |
A plazo |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (3 bandas) |
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
|
|
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2x |
A plazo |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (3 bandas) |
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
|
|
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2x |
A plazo |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (3 bandas) |
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
|
|
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.2x |
A plazo |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Por vencimiento (3 bandas) |
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
|
|
Hogares |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
A plazo |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Hogares |
Por vencimiento (3 bandas) |
9.3x |
Disponibles con preaviso |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3x |
Disponibles con preaviso |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3x |
Disponibles con preaviso |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3x |
Disponibles con preaviso |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3x |
Disponibles con preaviso |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3x |
Disponibles con preaviso |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3x |
Disponibles con preaviso |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3x |
Disponibles con preaviso |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3x |
Disponibles con preaviso |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3x |
Disponibles con preaviso |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3x |
Disponibles con preaviso |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.3x |
Disponibles con preaviso |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Por vencimiento (2 bandas) |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
9.4x |
Cesiones temporales |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
|
Otras administraciones |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otras administraciones |
|
9.4x |
Cesiones temporales |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
|
Otros residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
9.4x |
Cesiones temporales |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
|
Otros intermediarios financieros |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
Instituciones distintas de las IFM |
Otros intermediarios financieros |
|
9.4x |
Cesiones temporales |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
|
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
Instituciones distintas de las IFM |
Empresas de seguro y fondos de pensiones and pension funds |
|
9.4x |
Cesiones temporales |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
|
Sociedades no financieras |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Sociedades no financieras |
|
9.4x |
Cesiones temporales |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Cesiones temporales |
|
|
Hogares |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Residentes |
Cesiones temporales |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Hogares |
|
9.4x |
Cesiones temporales |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
Otras administraciones |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
|
|
Otras administraciones |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otras administraciones |
|
9.4x |
Cesiones temporales |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
|
|
Otros residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
|
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
9.4x |
Cesiones temporales |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
|
|
Otros residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
|
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
9.4x |
Cesiones temporales |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
|
|
Otros residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
9.4x |
Cesiones temporales |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
|
|
Otros residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
9.4x |
Cesiones temporales |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
|
7 |
Pasivos frente a residentes de la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
|
|
Otros residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
Otros Estados miembros participantes |
Cesiones temporales |
Moneda extranjera |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
10 |
Participaciones en fondos del mercado monetario |
|
|
|
|
|
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
11e |
Valores distintos de acciones |
|
|
|
|
Hasta 1 año |
4 |
Certificados de deuda emitidos |
|
|
|
|
|
Hasta 1 año |
11e |
Valores distintos de acciones |
|
|
|
|
A más de 1 año y hasta 2 años |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
11e |
Valores distintos de acciones |
|
|
|
|
A más de 2 años |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
11x |
Valores distintos de acciones |
|
|
|
|
Hasta 1 año |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
11x |
Valores distintos de acciones |
|
|
|
|
A más de 1 año y hasta 2 años |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
11x |
Valores distintos de acciones |
|
|
|
|
A más de 2 años |
n.a. |
n.a. |
|
|
|
|
|
|
12 |
Capital y reservas |
|
|
|
|
|
(11) |
(Otros activos) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
|
Capital y reservas |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
13 |
Provisiones |
|
Capital y reservas |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
14 |
Cuentas de revalorización |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
15 |
Capital y reservas |
|
|
|
|
|
|
13 |
Otros pasivos |
|
|
|
|
|
10.3 |
Pasivos internos del Eurosistema — pasivos netos relacionados con la asignación de los billetes en euros dentro del Eurosistema |
|
Otros pasivos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Partidas pendientes de liquidación |
|
Otros pasivos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
12 |
Otros pasivos |
|
Otros pasivos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
13 |
Provisiones |
|
Otros pasivos |
|
|
|
|
CB3 |
Contrapartida de los derechos especiales de giro (1) |
|
|
|
|
|
9 |
Contrapartida de los derechos especiales de giro asignados por el FMI |
|
|
|
|
|
|
Las posiciones internas del Eurosistema de los residentes se aplican solamente al BCE o al Deutsche Bundesbank. |
CUADRO DE CORRESPONDENCIA
(Datos mensuales)
Cuadro de correspondencia. Correspondencia partida por partida. |
||||||||||||||||
ACTIVO |
||||||||||||||||
Saldos |
||||||||||||||||
Reglamento BCE/2001/13 — Anexo 1 — Cuadro 1 |
Modelo del balance contable |
|||||||||||||||
Partida |
Descripción |
Desglose |
Partida |
Descripción |
Desglose adicional aportado |
|||||||||||
Residencia |
Sector |
Subsector |
Finalidad |
Vencimiento |
Residencia |
Tipo |
Sector |
Subsector |
Finalidad |
Vencimiento/Moneda |
||||||
1 |
Efectivo (todas las monedas) |
|
|
|
|
|
|
2.2 |
Activos frente a no residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera — saldos con bancos e inversiones en valores, préstamos exteriores y otros activos exteriores |
|
Efectivo |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
|
|
|
|
|
|
|
1e |
Efectivo, del cual: euros |
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
|
|
|
|
|
|
|
2 |
Préstamos |
Residentes |
IFM |
|
|
|
|
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Préstamos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.1 |
Préstamos a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — operaciones principales de financiación |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.2 |
Préstamos a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — operaciones de financiación a más largo plazo |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.3 |
Préstamos a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — operaciones temporales de ajuste |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.4 |
Préstamos a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — operaciones temporales estructurales |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.5 |
Préstamos a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — facilidad de préstamo marginal |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.6 |
Préstamos a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — créditos relacionados con los ajustes de los márgenes de garantía |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
6 |
Otros activos frente a entidades de crédito de la zona del euro denominados en euros |
Residentes |
Préstamos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
9.2 |
Activos internos del Eurosistema — activos equivalentes a la transferencia de reservas extranjeras (solamente balance de los BCN) |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
9.3 |
Activos internos del Eurosistema — activos relacionados con los pagarés contrapartida de certificados de deuda emitidos por el BCE (solamente balance del BCE) |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
9.5 |
Activos internos del Eurosistema — otros activos intra-Eurosistema |
Residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Préstamos |
IFM |
|
|
|
|
2 |
Préstamos |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
|
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Préstamos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
8 |
Deuda de las administraciones públicas denominada en euros |
Residentes |
Préstamos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
|
2 |
Préstamos |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
|
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Préstamos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
|
2 |
Préstamos |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Préstamos |
|
|
Otros intermediarios financieros |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
2 |
Préstamos |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Préstamos |
|
|
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
2 |
Préstamos |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Préstamos |
|
|
Sociedades no financieras |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
2 |
Préstamos |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Crédito al consumo |
Por vencimiento (3 bandas) |
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Préstamos |
|
|
Hogares |
Crédito al consumo |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Crédito al consumo |
Por vencimiento (3 bandas) |
2 |
Préstamos |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Préstamo para vivienda |
Por vencimiento (3 bandas) |
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Préstamos |
|
|
Hogares |
Préstamo para vivienda |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Préstamo para vivienda |
Por vencimiento (3 bandas) |
2 |
Préstamos |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Otros (residual) |
Por vencimiento (3 bandas) |
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Préstamos |
|
|
Hogares |
Otros (residual) |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Otros (residual) |
Por vencimiento (3 bandas) |
2 |
Préstamos |
Otros Estados miembros participantes |
IFM |
|
|
|
|
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.1 |
Préstamos a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — operaciones principales de financiación |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.2 |
Préstamos a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — operaciones de financiación a más largo plazo |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.3 |
Préstamos a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — operaciones temporales de ajuste |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.4 |
Préstamos a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — operaciones temporales estructurales |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.5 |
Préstamos a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — facilidad de préstamo marginal |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5.6 |
Préstamos a entidades de crédito de la zona del euro relacionados con operaciones de política monetaria denominados en euros — créditos relacionados con los ajustes de los márgenes de garantía |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
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|
|
6 |
Otros activos frente a entidades de crédito de la zona del euro denominados en euros |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
9.2 |
Activos internos del Eurosistema — activos equivalentes a la transferencia de reservas extranjeras (solamente balance de los BCN) |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
9.3 |
Activos internos del Eurosistema — activos relacionados con los pagarés contrapartida de certificados de deuda emitidos por el BCE (solamente balance del BCE) |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
9.5 |
Activos internos del Eurosistema — otros activos intra-Eurosistema |
Otros Estados miembros participantes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
IFM |
|
|
|
|
2 |
Préstamos |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
|
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
8 |
Deuda de las administraciones públicas denominada en euros |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
|
2 |
Préstamos |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
|
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
|
2 |
Préstamos |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
|
|
Otros intermediarios financieros |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
2 |
Préstamos |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
|
|
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
2 |
Préstamos |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
|
|
Sociedades no financieras |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
Por vencimiento (3 bandas) |
2 |
Préstamos |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Crédito al consumo |
Por vencimiento (3 bandas) |
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
|
|
Hogares |
Crédito al consumo |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Crédito al consumo |
Por vencimiento (3 bandas) |
2 |
Préstamos |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Préstamo para vivienda |
Por vencimiento (3 bandas) |
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
|
|
Hogares |
Préstamo para vivienda |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Préstamo para vivienda |
Por vencimiento (3 bandas) |
2 |
Préstamos |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Otros (residual) |
Por vencimiento (3 bandas) |
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
|
|
Hogares |
Otros (residual) |
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
Otros (residual) |
Por vencimiento (3 bandas) |
2 |
Préstamos |
Resto del mundo |
|
|
|
|
|
2.1 |
Activos frente a no residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera — activos frente al FMI |
|
Préstamos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.2 |
Activos frente a no residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera — saldos con bancos e inversiones en valores, préstamos exteriores y otros activos exteriores |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
4.1 |
Activos frente a no residentes en la zona del euro denominados en euros — saldos con bancos, inversiones en valores y préstamos |
|
Préstamos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
4.2 |
Activos frente a no residentes en la zona del euro denominados en euros — activos derivados de la facilidad de crédito prevista en MTC II |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Resto del mundo |
Préstamos |
|
|
|
|
|
2 |
Préstamos |
Resto del mundo |
|
|
|
|
Hasta 1 año |
2.1 |
Activos frente a no residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera — activos frente al FMI |
|
Préstamos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2.2 |
Activos frente a no residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera — saldos con bancos e inversiones en valores, préstamos exteriores y otros activos exteriores |
|
|
|
|
|
|
Hasta 1 año |
|
|
|
|
|
|
|
|
4.1 |
Activos frente a no residentes en la zona del euro denominados en euros — saldos con bancos, inversiones en valores y préstamos |
|
Préstamos |
|
|
|
|
Hasta 1 año |
|
|
|
|
|
|
|
|
4.2 |
Activos frente a no residentes en la zona del euro denominados en euros — activos derivados de la facilidad de crédito prevista en MTC II |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Resto del mundo |
Préstamos |
|
|
|
|
Hasta 1 año |
2 |
Préstamos |
Resto del mundo |
|
|
|
|
A más de 1 año |
2.2 |
Activos frente a no residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera — saldos con bancos e inversiones en valores, préstamos exteriores y otros activos exteriores |
|
|
|
|
|
|
A más de 1 año |
|
|
|
|
|
|
|
|
4.1 |
Activos frente a no residentes en la zona del euro denominados en euros — saldos con bancos, inversiones en valores y préstamos |
|
Préstamos |
|
|
|
|
A más de 1 año |
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Resto del mundo |
Préstamos |
|
|
|
|
A más de 1 año |
2e |
Préstamos, de los cuales: euros |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
|
8 |
Deuda de las administraciones públicas denominada en euros |
Residentes |
Préstamos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
Euro |
2e |
Préstamos, de los cuales: euros |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
Euro |
2e |
Préstamos, de los cuales: euros |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
Euro |
2e |
Préstamos, de los cuales: euros |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
Euro |
2e |
Préstamos, de los cuales: euros |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
Euro |
2e |
Préstamos, de los cuales: euros |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
|
Euro |
2e |
Préstamos, de los cuales: euros |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
|
8 |
Deuda de las administraciones públicas denominada en euros |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
Euro |
2e |
Préstamos, de los cuales: euros |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
Euro |
2e |
Préstamos, de los cuales: euros |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Otros intermediarios financieros |
|
Euro |
2e |
Préstamos, de los cuales: euros |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Empresas de seguro y fondos de pensiones |
|
Euro |
2e |
Préstamos, de los cuales: euros |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Sociedades no financieras |
|
Euro |
2e |
Préstamos, de los cuales: euros |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Préstamos |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
Hogares |
|
Euro |
3e |
Valores distintos de acciones — euro |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
|
7 |
Valores de residentes en la zona del euro denominados en euros |
Residentes |
Valores distintos de acciones |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
8 |
Deuda de las administraciones públicas denominada en euros |
Residentes |
Valores distintos de acciones |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Valores distintos de acciones |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
Euro |
3e |
Valores distintos de acciones — euro |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
|
7 |
Valores de residentes en la zona del euro denominados en euros |
Residentes |
Valores distintos de acciones |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Valores distintos de acciones |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
Euro |
3e |
Valores distintos de acciones — euro |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
|
7 |
Valores de residentes en la zona del euro denominados en euros |
Otros Estados miembros participantes |
Valores distintos de acciones |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
8 |
Deuda de las administraciones públicas denominada en euros |
Otros Estados miembros participantes |
Valores distintos de acciones |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Valores distintos de acciones |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
Euro |
3e |
Valores distintos de acciones — euro |
Otros Estados miembros participantes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
|
7 |
Valores de residentes en la zona del euro denominados en euros |
Otros Estados miembros participantes |
Valores distintos de acciones |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Valores distintos de acciones |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
Euro |
3e |
Valores distintos de acciones — euro |
Residentes |
IFM |
|
|
|
Por vencimiento (3 bandas) |
6 |
Otros activos frente a entidades de crédito de la zona del euro denominados en euros |
Residentes |
Valores distintos de acciones |
IFM |
|
|
|
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
7 |
Valores de residentes en la zona del euro denominados en euros |
Residentes |
Valores distintos de acciones |
IFM |
|
|
|
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Valores distintos de acciones |
IFM |
|
|
|
Por vencimiento (3 bandas) / Euro |
3e |
Valores distintos de acciones — euro |
Otros Estados miembros participantes |
IFM |
|
|
|
Por vencimiento (3 bandas) |
6 |
Otros activos frente a entidades de crédito de la zona del euro denominados en euros |
Otros Estados miembros participantes |
Valores distintos de acciones |
IFM |
|
|
|
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
7 |
Valores de residentes en la zona del euro denominados en euros |
Otros Estados miembros participantes |
Valores distintos de acciones |
IFM |
|
|
|
Por vencimiento (3 bandas) |
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Otros Estados miembros participantes |
Valores distintos de acciones |
IFM |
|
|
|
Por vencimiento (3 bandas) / Euro |
3x |
Valores distintos de acciones — Monedas extranjeras |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
|
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Valores distintos de acciones |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Valores distintos de acciones |
Instituciones distintas de las IFM |
Administraciones públicas |
|
|
Monedas extranjeras |
3x |
Valores distintos de acciones — Monedas extranjeras |
Residentes |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
|
3 |
Activos frente a residentes en la zona del euro denominados en moneda extranjera |
Residentes |
Valores distintos de acciones |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
11 |
Otros activos |
Residentes |
Valores distintos de acciones |
Instituciones distintas de las IFM |
Otros residentes |
|
|
Monedas extranjeras |