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Document 31996L0017
Council Directive 96/17/EC of 19 March 1996 amending the Annex to Directive 85/73/EEC on the financing of veterinary inspections and controls of animal products covered by Annex A to Directive 89/662/EEC and by Directive 90/675/EEC
Directiva 96/17/CE del Consejo, de 19 de marzo de 1996, que modifica el Anexo de la Directiva 85/73/CEE relativa a la financiación de las inspecciones y controles veterinarios de los productos de origen animal contemplados en el Anexo a de la Directiva 89/662/CEE y en la Directiva 90/675/CEE
Directiva 96/17/CE del Consejo, de 19 de marzo de 1996, que modifica el Anexo de la Directiva 85/73/CEE relativa a la financiación de las inspecciones y controles veterinarios de los productos de origen animal contemplados en el Anexo a de la Directiva 89/662/CEE y en la Directiva 90/675/CEE
DO L 78 de 28.3.1996, p. 30–30
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 01/07/1996; derog. impl. por 396L0043
Directiva 96/17/CE del Consejo, de 19 de marzo de 1996, que modifica el Anexo de la Directiva 85/73/CEE relativa a la financiación de las inspecciones y controles veterinarios de los productos de origen animal contemplados en el Anexo a de la Directiva 89/662/CEE y en la Directiva 90/675/CEE
Diario Oficial n° L 078 de 28/03/1996 p. 0030 - 0030
DIRECTIVA 96/17/CE DEL CONSEJO de 19 de marzo de 1996 que modifica el Anexo de la Directiva 85/73/CEE relativa a la financiación de las inspecciones y controles veterinarios de los productos de origen animal contemplados en el Anexo A de la Directiva 89/662/CEE y en la Directiva 90/675/CEE EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Vista la Directiva 85/73/CEE del Consejo, de 29 de enero de 1985, relativa a la financiación de las inspecciones y controles veterinarios de los productos de origen animal contemplados en el Anexo A de la Directiva 89/662/CEE y en la Directiva 90/675/CEE (1), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 6, Vista la propuesta de la Comisión (2), Considerando que el importe mínimo que ha de percibirse por la inspección ante mortem y post mortem de las carnes de aves de corral contempladas en la Directiva 71/118/CEE (3) ha sido fijado hasta el 31 de diciembre de 1995; que la Comisión ha propuesto que se mantenga la situación actual; Considerando que el Consejo no ha concluido el estudio de esta propuesta; que por consiguiente, en espera de una decisión definitiva a este respecto, conviene prorrogar con carácter temporal las normas en cuestión, HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA: Artículo 1 En la introducción de la letra e) del punto 1 del capítulo I del Anexo de la Directiva 85/73/CEE, se sustituirán los términos «hasta el 31 de diciembre de 1995» por las palabras «hasta el 30 de junio de 1996». Artículo 2 1. Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva. Informarán de ello inmediatamente a la Comisión. Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, éstas harán referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia. 2. Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las disposiciones básicas de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva. Artículo 3 La presente Directiva entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Será aplicable a partir del 1 de enero de 1996. Artículo 4 Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, el 19 de marzo de 1996. Por el Consejo El Presidente W. LUCHETTI (1) DO n° L 32 de 5. 2. 1985, p. 14. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 95/24/CE (DO n° L 243 de 11. 10. 1995, p. 14). (2) DO n° C 12 de 17. 1. 1996, p. 13. (3) DO n° L 55 de 8. 3. 1971, p. 23. Directiva cuya última modificación la constituye el Acta de adhesión de 1994.