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Document 52019BP0011
European Parliament resolution of 18 September 2019 on the Council position on Draft amending budget No 1/2019 of the European Union for the financial year 2019: Entering the surplus of the financial year 2018 (11730/2019 — C9-0115/2019 — 2019/2021(BUD))
Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de septiembre de 2019, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.° 1/2019 de la Unión Europea para el ejercicio 2019; consignación del excedente del ejercicio financiero 2018 (11730/2019 — C9-0115/2019 — 2019/2021(BUD))
Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de septiembre de 2019, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.° 1/2019 de la Unión Europea para el ejercicio 2019; consignación del excedente del ejercicio financiero 2018 (11730/2019 — C9-0115/2019 — 2019/2021(BUD))
DO C 171 de 6.5.2021, pp. 37–38
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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6.5.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 171/37 |
P9_TA(2019)0011
Proyecto de presupuesto rectificativo n.o 1/2019 — Excedente de 2018
Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de septiembre de 2019, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 1/2019 de la Unión Europea para el ejercicio 2019; consignación del excedente del ejercicio financiero 2018 (11730/2019 — C9-0115/2019 — 2019/2021(BUD))
(2021/C 171/11)
El Parlamento Europeo,
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Visto el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
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Visto el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, |
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Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (1), y en particular su artículo 18, apartado 3, y su artículo 44, |
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Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2019, adoptado definitivamente el 12 de diciembre de 2018 (2), |
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Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (3), |
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Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (4), |
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Vista la Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (5), |
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Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 1/2019, adoptado por la Comisión el 15 de abril de 2019 (COM(2019)0300), |
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Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 1/2019, adoptada por el Consejo el 3 de septiembre de 2019 y transmitida al Parlamento Europeo ese mismo día (11730/2019 — C9-0115/2019), |
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Vistos los artículos 94 y 96 de su Reglamento interno, |
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Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A9-0005/2019), |
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A. |
Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 1/2019 tiene por objeto consignar en el presupuesto para el ejercicio 2019 el excedente del ejercicio 2018, que asciende a 1 802 millones de euros; |
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B. |
Considerando que los componentes principales de este excedente son un resultado positivo en los ingresos de 1 274,6 millones de euros y una infrautilización del presupuesto para gastos de 527,8 millones de euros; |
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C. |
Considerando que, en el lado de los ingresos, la mayor diferencia procede de los intereses de demora y las multas (1 312,6 millones de euros), y que el resultado de la ejecución presupuestaria está compuesto por multas en asuntos de competencia en intereses de demora, otras multas e intereses relacionados con multas y multas coercitivas; |
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D. |
Considerando que, en el lado de los gastos, la infraejecución en los pagos de la Comisión asciende a 322,2 millones de euros para 2018 (de los cuales 120 millones corresponden a la Reserva para Ayudas de Emergencia) y a 68 millones de euros para las prórrogas de 2017, y que la infraejecución por parte de las demás instituciones asciende a 75,9 millones de euros para 2018 y a 61,6 millones de euros para las prórrogas de 2017; |
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1. |
Toma nota del proyecto de presupuesto rectificativo n.o 1/2019 presentado por la Comisión, que se destina únicamente a la consignación presupuestaria del excedente de 2018, por un importe de 1 803 millones de euros, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento Financiero y la posición el Consejo al respecto; |
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2. |
Observa que, según la Comisión, las multas en asuntos de competencia en 2018 ascendieron a 1 149 millones de euros; reitera que, además de cualquier excedente derivado de la infraejecución, el presupuesto de la Unión debería ser autorizado a reutilizar los ingresos procedentes de multas o vinculados a retrasos en los pagos sin la correspondiente reducción de las contribuciones basadas en la RNB; recuerda su posición favorable a incrementar la reserva de la Unión propuesta en el próximo marco financiero plurianual por un importe equivalente a los ingresos procedentes de multas y multas coercitivas; |
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3. |
Aprueba la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 1/2019; |
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4. |
Encarga a su presidente que declare que el presupuesto rectificativo n.o 1/2019 ha quedado definitivamente adoptado y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea; |
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5. |
Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a las demás instituciones y a los órganos interesados, así como a los Parlamentos nacionales. |
(1) DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.
(3) DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.