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Document 62018TA0251
Case T-251/18: Judgment of the General Court of 10 March 2020 — IFSUA v Council (Fisheries — Conservation of marine biological resources — Regulation (EU) 2018/120 — Measures concerning the fishing for European seabass (Dicentrarchus labrax) — Action for annulment brought by an association — Article 263 TFEU — Regulatory act not entailing implementing measures — Direct concern of the members of the association — Admissibility — Competence of the European Union to regulate recreational fisheries — Legal certainty — Protection of legitimate expectations — Equal treatment — Principle of non-discrimination — Proportionality — Precautionary principle — Freedom of association and freedom to conduct a business)
Asunto T-251/18: Sentencia del Tribunal General de 10 de marzo de 2020 — IFSUA/Consejo [«Pesca — Conservación de los recursos biológicos marinos — Reglamento (UE) 2018/120 — Medidas aplicables a las pesquerías de lubina (Dicentrarchus labrax) — Recurso de anulación interpuesto por una asociación — Artículo 263 TFUE — Acto reglamentario que no incluye medidas de ejecución — Afectación directa de los miembros de la asociación — Admisibilidad — Competencia de la Unión para regular la pesca recreativa — Seguridad jurídica — Protección de la confianza legítima — Igualdad de trato — Principio de no discriminación — Proporcionalidad — Principio de cautela — Libertades de asociación y de empresa»]
Asunto T-251/18: Sentencia del Tribunal General de 10 de marzo de 2020 — IFSUA/Consejo [«Pesca — Conservación de los recursos biológicos marinos — Reglamento (UE) 2018/120 — Medidas aplicables a las pesquerías de lubina (Dicentrarchus labrax) — Recurso de anulación interpuesto por una asociación — Artículo 263 TFUE — Acto reglamentario que no incluye medidas de ejecución — Afectación directa de los miembros de la asociación — Admisibilidad — Competencia de la Unión para regular la pesca recreativa — Seguridad jurídica — Protección de la confianza legítima — Igualdad de trato — Principio de no discriminación — Proporcionalidad — Principio de cautela — Libertades de asociación y de empresa»]
DO C 137 de 27.4.2020, p. 46–46
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
|
27.4.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 137/46 |
Sentencia del Tribunal General de 10 de marzo de 2020 — IFSUA/Consejo
(Asunto T-251/18) (1)
(«Pesca - Conservación de los recursos biológicos marinos - Reglamento (UE) 2018/120 - Medidas aplicables a las pesquerías de lubina (Dicentrarchus labrax) - Recurso de anulación interpuesto por una asociación - Artículo 263 TFUE - Acto reglamentario que no incluye medidas de ejecución - Afectación directa de los miembros de la asociación - Admisibilidad - Competencia de la Unión para regular la pesca recreativa - Seguridad jurídica - Protección de la confianza legítima - Igualdad de trato - Principio de no discriminación - Proporcionalidad - Principio de cautela - Libertades de asociación y de empresa»)
(2020/C 137/72)
Lengua de procedimiento: español
Partes
Demandante: International Forum for Sustainable Underwater Activities (IFSUA) (Barcelona) (representantes: T. Gui Mori y R. Agut Jubert, abogados)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: F. Naert y P. Plaza García, agentes)
Coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: M. Morales Puerta, F. Moro y A. Stobiecka-Kuik, agentes)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación parcial del Reglamento (UE) 2018/120 del Consejo, de 23 de enero de 2018, por el que se establecen, para 2018, las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión y se modifica el Reglamento (UE) 2017/127 del Consejo (DO 2018, L 27, p. 1).
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso. |
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2) |
Condenar a International Forum for Sustainable Underwater Activities (IFSUA) a cargar con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea, incluidas las correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales. |
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3) |
La Comisión Europea cargará con sus propias costas. |