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Document 52018AP0024
P8_TA(2018)0024 Cost-effective emission reductions and low-carbon investments ***I European Parliament legislative resolution of 6 February 2018 on the proposal for a directive of the European Parliament and of the Council amending Directive 2003/87/EC to enhance cost-effective emission reductions and low-carbon investments (COM(2015)0337 — C8-0190/2015 — 2015/0148(COD)) P8_TC1-COD(2015)0148 Position of the European Parliament adopted at first reading on 6 February 2018 with a view to the adoption of Directive (EU) 2018/… of the European Parliament and of the Council amending Directive 2003/87/EC to enhance cost-effective emission reductions and low-carbon investments, and Decision (EU) 2015/1814
P8_TA(2018)0024 Reducciones rentables de emisiones e inversiones en tecnologías hipocarbónicas ***I Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 6 de febrero de 2018, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para intensificar las reducciones rentables de emisiones y facilitar las inversiones en tecnologías hipocarbónicas (COM(2015)0337 — C8-0190/2015 — 2015/0148(COD)) P8_TC1-COD(2015)0148 Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 6 de febrero de 2018 con vistas a la adopción de la Directiva (UE) 2018/… del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para intensificar las reducciones de emisiones de forma eficaz en relación con los costes y facilitar las inversiones en tecnologías hipocarbónicas, así como la Decisión (UE) 2015/1814
P8_TA(2018)0024 Reducciones rentables de emisiones e inversiones en tecnologías hipocarbónicas ***I Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 6 de febrero de 2018, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para intensificar las reducciones rentables de emisiones y facilitar las inversiones en tecnologías hipocarbónicas (COM(2015)0337 — C8-0190/2015 — 2015/0148(COD)) P8_TC1-COD(2015)0148 Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 6 de febrero de 2018 con vistas a la adopción de la Directiva (UE) 2018/… del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para intensificar las reducciones de emisiones de forma eficaz en relación con los costes y facilitar las inversiones en tecnologías hipocarbónicas, así como la Decisión (UE) 2015/1814
DO C 463 de 21.12.2018, pp. 79–81
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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21.12.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 463/79 |
P8_TA(2018)0024
Reducciones rentables de emisiones e inversiones en tecnologías hipocarbónicas ***I
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 6 de febrero de 2018, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para intensificar las reducciones rentables de emisiones y facilitar las inversiones en tecnologías hipocarbónicas (COM(2015)0337 — C8-0190/2015 — 2015/0148(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)
(2018/C 463/18)
El Parlamento Europeo,
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Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2015)0337), |
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Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 192, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C8-0190/2015), |
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Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
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Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 9 de diciembre de 2015 (1), |
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Visto el dictamen del Comité de las Regiones de 7 de abril de 2016 (2), |
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Vistos el acuerdo provisional aprobado por la comisión competente con arreglo al artículo 69 septies, apartado 4, del Reglamento interno, y el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 22 de noviembre de 2017, de aprobar la posición del Parlamento, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
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Visto el artículo 59 de su Reglamento interno, |
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Vistos el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y las opiniones de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y de la Comisión de Desarrollo (A8-0003/2017), |
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1. |
Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación (3); |
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2. |
Toma nota de las declaraciones de la Comisión adjuntas a la presente Resolución; |
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3. |
Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si sustituye su propuesta, la modifica sustancialmente o se propone modificarla sustancialmente; |
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4. |
Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales. |
(1) DO C 71 de 24.2.2016, p. 57.
(2) DO C 240 de 1.7.2016, p. 62.
(3) La presente Posición sustituye a las enmiendas aprobadas el 15 de febrero de 2017 (Textos Aprobados P8_TA(2017)0035).
P8_TC1-COD(2015)0148
Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 6 de febrero de 2018 con vistas a la adopción de la Directiva (UE) 2018/… del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para intensificar las reducciones de emisiones de forma eficaz en relación con los costes y facilitar las inversiones en tecnologías hipocarbónicas, así como la Decisión (UE) 2015/1814
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo, la posición del Parlamento coincide con el texto del acto legislativo definitivo, la Directiva (UE) 2018/410.)
ANEXO A LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
DECLARACIONES DE LA COMISIÓN
Factor de reducción lineal
El RCDE UE es el instrumento clave de la Unión para alcanzar su objetivo en materia de clima de mantener el incremento de la temperatura global muy por debajo de los dos grados Celsius con respecto a los niveles preindustriales, acordado asimismo en el contexto del Acuerdo de París. De acuerdo con este objetivo y en el marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030, la revisión del RCDE UE y el incremento del factor de reducción lineal del 1,74 % al 2,2 % son los primeros pasos para ir avanzando hacia la realización del objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero al menos en un 40 % para 2030. La Comisión reconoce que son necesarios más esfuerzos y más ambición para alcanzar el objetivo de la Unión para 2050 de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero de manera acorde con los objetivos a largo plazo del Acuerdo de París, y la evaluación de impacto que acompaña el marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030 indica que para no superar el límite máximo correspondiente a este nivel sería necesario un nuevo incremento del factor de reducción lineal hasta 2050. Como parte de toda futura revisión de la Directiva, la Comisión tiene la intención de considerar el incremento del factor de reducción lineal en función de que la evolución internacional exija que la Unión aplique políticas y medidas más estrictas.
Emisiones marítimas
La Comisión toma nota de la propuesta del Parlamento Europeo. Está previsto que en abril de 2018 la OMI adopte una decisión sobre la estrategia inicial de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los buques. La Comisión la evaluará rápidamente e informará al respecto, en particular por lo que se refiere a los objetivos de reducción de las emisiones y la lista de medidas posibles para lograrlos, en particular el calendario de adopción de dichas medidas. Cuando lo haga, reflexionará sobre los pasos adecuados para garantizar que este sector aporte una contribución justa, en particular sobre la vía propuesta por el Parlamento. En el contexto de las nuevas medidas legislativas sobre emisiones marítimas de gases de efecto invernadero, la Comisión examinará debidamente las enmiendas aprobadas por el Parlamento Europeo a este respecto.
Transición justa en las regiones con un uso intensivo de carbón y carbono
La Comisión reitera su compromiso de desarrollar una iniciativa específica que aporte un apoyo a medida para la transición justa en las regiones con un uso intensivo de carbón y carbono de los Estados miembros afectados.
Para este fin, trabajará en colaboración con las partes interesadas de estas regiones a fin de proporcionar orientaciones, en particular sobre el acceso a los fondos y programas pertinentes y su utilización, y fomentará el intercambio de buenas prácticas, entre otros medios, con debates sobre acerca de las hojas de ruta industriales y las necesidades de reciclaje de competencias.
CUC
La Comisión toma nota de la propuesta del Parlamento Europeo de eximir de las obligaciones de entrega previstas en el RCDE UE las emisiones cuya captura esté comprobada y se utilicen de modo que se garantice un límite permanente. Actualmente, estas tecnologías no están suficientemente maduras para adoptar una decisión sobre su futuro tratamiento en la normativa. Teniendo presente el potencial tecnológico de las tecnologías de captura y utilización de CO2 (CUC), la Comisión se compromete a tomar en consideración su tratamiento en la normativa en el próximo periodo de comercio, con miras a examinar si procede introducir cambios en dicho tratamiento en el momento de cualquier futura revisión de la Directiva. A este respecto, la Comisión examinará debidamente el potencial de estas tecnologías para contribuir a la realización de reducciones sustanciales de emisiones, sin comprometer la integridad medioambiental del RCDE UE.