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Document 62012CA0531

Asunto C-531/12 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 19 de junio de 2014  — Commune de Millau, Société d’économie mixte d’équipement de l’Aveyron (SEMEA)/Comisión Europea (Recurso de casación — Cláusula compromisoria — Contrato de subvención relativo a una acción de desarrollo local — Reembolso de una parte de los anticipos abonados — Asunción de deuda — Competencia del Tribunal General — Prescripción — Responsabilidad de la Comisión)

DO C 282 de 25.8.2014, p. 6–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

25.8.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 282/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 19 de junio de 2014 — Commune de Millau, Société d’économie mixte d’équipement de l’Aveyron (SEMEA)/Comisión Europea

(Asunto C-531/12 P) (1)

((Recurso de casación - Cláusula compromisoria - Contrato de subvención relativo a una acción de desarrollo local - Reembolso de una parte de los anticipos abonados - Asunción de deuda - Competencia del Tribunal General - Prescripción - Responsabilidad de la Comisión))

2014/C 282/08

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrentes: Commune de Millau, Société d’économie mixte d’équipement de l’Aveyron (SEMEA) (representantes: L. Hincker y F. Bleykasten, avocats)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea (representantes: S. Lejeune y D. Calciu, agentes, asistidas por E. Bouttier, avocat)

Fallo

1)

Anular la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea Comisión/SEMEA y commune de Millau (T-168/10 y T-572/10) en la medida en que declaró, en el marco de la reconvención formulada por el municipio de Millau y la Société d’économie mixte d’équipement de l’Aveyron (SEMEA), que no existía relación directa de causalidad entre el comportamiento de la Comisión Europea y el presunto daño de aquéllas en caso de condena al pago de intereses de demora.

2)

Estimar parcialmente la reconvención formulada por el municipio de Millau y la Société d’économie mixte d’équipement de l’Aveyron (SEMEA) y condenar a la Comisión Europea a cargar con tres cuartas partes de la cantidad correspondiente a los intereses de demora devengados, al tipo legal anual aplicado en Francia, entre el 27 de abril de 1993 y el 18 de noviembre de 2005.

3)

Desestimar el recurso de casación en todo lo demás.

4)

Condenar a la Comisión Europea a cargar, además de con sus propias costas correspondientes tanto al procedimiento de primera instancia como al de casación, con una cuarta parte de las costas del municipio de Millau y de la Société d’économie mixte d’équipement de l’Aveyron (SEMEA) en ambas instancias.

5)

El municipio de Millau y la Société d’économie mixte d’équipement de l’Aveyron (SEMEA) cargarán con tres cuartas partes de sus propias costas correspondientes tanto al procedimiento de primera instancia como al de casación.


(1)  DO C 32, de 2.2.2013.


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