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Document 52004AR0257

Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Conectando Europa a alta velocidad: estrategias nacionales de banda ancha»

DO C 71 de 22.3.2005, p. 55–58 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

22.3.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 71/55


Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Conectando Europa a alta velocidad: estrategias nacionales de banda ancha»

(2005/C 71/13)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones Conectando Europa a alta velocidad: estrategias nacionales de banda ancha (COM(2004) 369 final);

Vista la decisión de la Comisión Europea de 13 de mayo de 2004 de consultarle al respecto, de conformidad con el primer párrafo del artículo 265 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea;

Vista la decisión de su Mesa de 20 de abril de 2004 de encargar a la Comisión de Cultura y Educación la elaboración de un Dictamen sobre este asunto;

Vista la estrategia de Lisboa, que pretende convertir la Unión Europea antes de 2010 en «la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, capaz de crecer económicamente de manera sostenible con más y mejores empleos y con mayor cohesión social»;

Vista la petición que el Consejo Europeo de Barcelona dirigió a la Comisión para que elaborara el Plan de acción eEurope centrado en «la disponibilidad y la utilización generalizadas de redes de banda ancha en toda la Unión para 2005, y el desarrollo del protocolo Internet IPv6», así como en «la seguridad de las redes y de la información, la administración electrónica, el aprendizaje por medios electrónicos, la sanidad en red y el comercio electrónico» (1);

Visto el Plan de acción eEurope 2005, aprobado en consecuencia en mayo de 2002. Estimular la utilización de los servicios y crear otros nuevos eran sus nuevos objetivos esenciales, respaldados por el Consejo Europeo de Sevilla (2). Los objetivos globales son que a finales de 2004 Europa debe contar con servicios públicos en línea modernos para la administración, el aprendizaje y la salud y con un entorno dinámico para el comercio electrónico, basado en la disponibilidad generalizada del acceso a la banda ancha a precios competitivos e infraestructuras de información seguras;

Visto el anteproyecto de Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema Conectando Europa a alta velocidad: evolución reciente del sector de las comunicaciones electrónicas, COM(2004) 61 final (3);

Vista la Comunicación de la Comisión relativa a la prestación interoperable de servicios paneuropeos de administración electrónica al sector público, las empresas y los ciudadanos (IDABC) COM(2003) 406 final – 2003/0147 (COD);

Visto su Dictamen sobre la evaluación del programa IDA y una segunda fase del mismo (CDR 44/98 fin) (4);

Visto su proyecto de Dictamen CDR 257/2004 rev. 2 aprobado el 22 de septiembre de 2004 por su Comisión de Cultura y Educación (ponente: Sr. ŠTEBE, Alcalde de la ciudad de Mengeš (SI/PPE));

Considerando que:

1.

Un plan ambicioso de conectividad digital a alta velocidad que respete la igualdad de derechos y no sea discriminatorio para una infraestructura europea de información ha de desempeñar un papel fundamental en la cohesión de toda Europa, los Estados miembros de la UE y todos los países que en el futuro soliciten su adhesión, es decir, sus ciudades y municipios rurales, sus empresas y sus ciudadanos;

2.

Es esencial desarrollar una infraestructura de información eficaz y moderna para las nuevas empresas y las actuales y unos servicios públicos modernizados;

3.

La igualdad de oportunidades en la sociedad de la información debe incluirse entre los derechos de los ciudadanos europeos en cuanto a la conectividad y los servicios, con independencia del tipo de usuario, su estatus social y su ubicación;

4.

La sociedad debe comprender y poder utilizar la infraestructura de información del mismo modo que el agua o la electricidad;

en su 57o Pleno, celebrado los días 17 y 18 de noviembre de 2004 (sesión del 18 de noviembre) ha aprobado el presente Dictamen.

1.   Observaciones del Comité de las Regiones

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

1.1

acoge con satisfacción la concisión y la claridad del análisis y las conclusiones de la Comisión en la Comunicación «Conectando Europa a alta velocidad: estrategias nacionales de banda ancha», estrechamente relacionada con el análisis y las recomendaciones del documento anterior «Conectando Europa a alta velocidad: evolución reciente del sector de las comunicaciones electrónicas»  (5) y las acciones propuestas en el «Plan de acción eEurope 2005: actualización»;

1.2

reconoce que las ventajas de la banda ancha son fundamentales para la economía y la sociedad. Los ejemplos del pasado de aumentos notables de desarrollo e implantación de la banda ancha son muy alentadores. El número de conexiones de banda ancha en la UE se duplicó en 2003. No obstante, aún hay diferencias con lo que recoge el Plan de acción eEurope y sus objetivos fuera de los centros urbanos y las instituciones, en particular las zonas rurales y las menos favorecidas;

1.3

está convencido de que la actualización del Plan de acción eEurope y las estrategias nacionales de banda ancha de la UE de 25 deben estimular el avance hacia una infraestructura europea de información más avanzada, fiable e inmediata para las administraciones, las empresas y los ciudadanos;

1.4

pide que las estrategias y acciones relativas a la infraestructura de información, especialmente el establecimiento de comunicaciones troncales (autopistas de banda ancha en ciudades y municipios rurales) y el desarrollo de infraestructuras complementarias para los servicios electrónicos sean muy ambiciosas, dados los intereses tecnológicos y comerciales, y que se financien con fondos locales, nacionales y europeos del mismo modo que las autopistas y carreteras (nacionales) u otras infraestructuras básicas;

1.5

solicita a la Comisión que continúe luchando contra las infracciones de las entidades reguladoras que no actúan con eficacia o no lo hacen dentro de un plazo razonable contra las redes o servicios dominantes, pues su conducta impide el respeto de la igualdad de oportunidades y una competencia eficaz dentro de la infraestructura de información en el ámbito nacional y local;

1.6

acoge con agrado la Iniciativa Europea de Crecimiento, respaldada por el Consejo Europeo en diciembre de 2003, que subraya la oportunidad de utilizar los fondos públicos, incluidos los Fondos Estructurales, para garantizar la disponibilidad generalizada de la banda ancha, como ya se proponía en el Plan de acción eEurope 2005 (6). Los nuevos proyectos de lanzamiento inmediato para combatir la fractura digital acelerarán la oferta de la banda ancha en las zonas menos favorecidas, donde no tienen importancia las motivaciones comerciales;

1.7

respalda las sugerencias de la Comisión de que los Fondos Estructurales de la Unión se destinen a fomentar las comunicaciones electrónicas en las zonas rurales y en las zonas urbanas menos favorecidas (7);

1.8

pide que la política de la Comisión para la sociedad de la información y la infraestructura de información promueva y respalde los avances en servicios y procedimientos innovadores para sustituir las tecnologías obsoletas y ofrecer a las empresas, los ciudadanos y las administraciones nuevos servicios electrónicos de carácter comercial y público que resulten competitivos y avanzados;

1.9

acoge con agrado la iniciativa de la Comisión de resolver las cuestiones críticas que impiden la transferencia de buenas prácticas, como los aspectos legales del proceso de reutilización de acciones positivas, la propiedad de los sistemas y su relación con los procedimientos de adjudicación pública y los que rigen las asociaciones entre el sector público y el privado (8);

1.10

apoya que se enseñe y se aliente a los ciudadanos en general a usar los nuevos servicios y tecnologías: la banda ancha debe servir para que la gente disfrute de nuevos y mejores servicios;

1.11

acoge favorablemente la intervención pública para el establecimiento y el desarrollo de una infraestructura europea de información que favorezca en Europa unos servicios públicos generalizados, comerciales y competitivos. Los servicios electrónicos desarrollados con ayuda de los fondos públicos deben tener un importante papel complementario en las inversiones comerciales, facilitar las iniciativas privadas y ayudar a las empresas de la UE a competir en todo el mundo;

1.12

acoge con satisfacción la importancia que la Comisión Europea atribuye a la cuestión de una infraestructura de información segura y al establecimiento de la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información;

1.13

está a favor de la (re)definición de la banda ancha siguiendo una ambiciosa interpretación de la infraestructura de información según se presenta en este Dictamen. En consecuencia, las actividades y programas existentes (eEurope, IST, IDA –intercambio de datos entre administraciones– eTEN, gestión de derechos digitales, derechos de propiedad intelectual (9)) deben aclararse, simplificarse, redefinirse y complementarse de la forma apropiada;

1.14

cree que constituye un buen punto de partida la definición de banda ancha que se recoge en el informe: «una amplia gama de tecnologías que se han desarrollado en auxilio de la prestación de servicios interactivos innovadores, equipadas de una funcionalidad de conexión permanente, ofrecen un ancho de banda elevado que evoluciona a lo largo del tiempo y permiten la utilización simultánea de servicios tanto de voz como de datos»;

1.15

sugiere que a esta definición de la banda ancha como infraestructura capacitadora y red de comunicación a alta velocidad se añadan los importantes instrumentos, utilidades y mecanismos (plataforma de servicios para la infraestructura europea de información) que complementan los servicios electrónicos para un intercambio de datos en línea seguro y fiable;

1.16

está a favor de que se amplíen las especificaciones obligatorias para las conexiones de Internet a alta velocidad/banda ancha, como las relativas a tiempos de respuesta y recuperación de fallos;

1.17

sugiere poner en marcha una nueva iniciativa, la «Tecnología de la información: una oportunidad digital» para todos, con especial atención a las zonas menos desarrolladas, para desarrollar la infraestructura de información, de forma que sea posible apoyar las actividades económicas actuales y crear otras nuevas, a través de la educación, la promoción y la financiación de la infraestructura de información;

1.18

anima a los entes locales a diseñar e instalar cables de comunicación y conductos subterráneos cuando construyan o remodelen calles y carreteras, o bien que los instalen al mismo tiempo que otros cables y conductos municipales (iluminación, electricidad), como inversión a largo plazo;

1.19

anima a los entes locales y a la Comisión Europea a evaluar el modelo en el que una única empresa (o uno o varios entes locales) construye y mantiene la infraestructura de información y es su propietaria. En tal caso debe permitirse a otros proveedores de servicios que utilicen la infraestructura en pie de igualdad. El objetivo principal de esta estrategia sería reforzar la competencia en costes y aumentar la calidad que ofrecen los proveedores de servicios, brindando a todos ellos las mismas oportunidades de conseguir clientes, sin ningún tipo de discriminación;

1.20

respalda que se incremente la competencia a través de una adquisición rápida y sencilla de las licencias necesarias para la infraestructura y las frecuencias;

1.21

está a favor de unas normas y aplicaciones básicas (servicios digitales comunes) con modelos y atributos de datos comunes y compatibles, como el sistema de información geográfica, la visualización tridimensional y la realidad virtual para la ordenación del territorio y la recuperación de zonas, el espacio, la propiedad inmobiliaria y la gestión de las infraestructuras municipales, el acceso distribuido y registrado a bases de datos públicas, actualizaciones, servicios de la administración pública en el hogar y en el lugar de trabajo, la gestión de la congestión del tráfico, los peajes, el abono de billetes a distancia con tarjeta de identidad inteligente;

1.22

está a favor de unos objetivos más ambiciosos para la infraestructura europea de información en comunicaciones, conectividad, productividad, disponibilidad y acceso a:

a)

fibra óptica para la conexión de todos los usuarios finales de Europa con un mínimo de 10 Mbps, comunicación bidireccional, excepto en los casos en que el aspecto económico o la naturaleza de la conexión (circunstancias geográficas, necesidades de los usuarios) exijan otras soluciones, como hilos de cobre (para alta velocidad), acceso inalámbrico fijo o transmisión vía satélite:

 

25 % a finales de 2006;

 

70 % a finales de 2010;

b)

ancho de banda y disponibilidad para garantizar la telefonía IP a usuarios móviles, a finales de 2006;

c)

precio mensual razonable para la conexión de banda ancha con un rendimiento de 10 Mbps, transacciones en Internet seguras y fiables, telefonía IP multimedia, difusión digital de radio y televisión (multimedia), sin incluir los derechos digitales en el precio, a finales de 2006;

1.23

está a favor de las siguientes estrategias para la infraestructura europea de información:

a)

intercambio en línea fiable, seguro y autenticado de datos y documentos multimedia, a finales de 2006;

b)

acceso distribuido e interoperable y actualización de datos jerárquicos complejos, a finales de 2007;

c)

entorno virtual o simulado y acceso y control a procesos reales en tiempo real, a finales de 2008;

1.24

está a favor de incluir los siguientes servicios en la plataforma de la infraestructura europea de información:

a)

compatibilidad de los sistemas de certificación y verificación, públicos y privados, que se utilicen en la Unión Europea;

b)

dinero y pagos electrónicos con precios económicos para las transacciones y la gestión;

c)

telemedicina y teleaprendizaje;

d)

comunidad interconectada: telemetría, control de procesos, gestión de edificios e instalaciones.

1.25

manifiesta su preocupación por el hecho de que la mayor parte de las comunicaciones de telefonía tradicional con hilos de cobre están volviéndose obsoletas o bien sufren una intensa competencia (desagregación de bucles locales). Los gobiernos nacionales no acometen la necesaria reestructuración y realizan prácticas discriminatorias que hacen que se ralentice la implantación de una infraestructura de información moderna.

2.   Recomendaciones del Comité de las Regiones

EL COMITÉ DE LAS REGIONES

2.1

recomienda a la Comisión aplicar la normativa relativa a:

a)

supervisión y aplicación de la competencia en una infraestructura compartida, sin discriminación y con los mismos costes para todos los operadores o proveedores;

b)

las autoridades nacionales de reglamentación deben permitir la selección de frecuencias para el acceso inalámbrico fijo y reducir las tarifas de las licencias para zonas rurales o menos favorecidas;

2.2

recomienda a la Comisión apoyar la financiación de una infraestructura de información con las siguientes orientaciones y prioridades:

a)

construcción de conductos;

b)

desarrollo de la plataforma de servicios;

c)

cableado y equipos de redes en zonas rurales y menos favorecidas;

d)

las autoridades nacionales de reglamentación deben rebajar las tarifas de las licencias para las zonas menos favorecidas;

2.3

recomienda a la Comisión Europea insistir, en su próximo documento sobre las estrategias de comunicación a alta velocidad (en la UE de 25, incluidos los nuevos países candidatos) que se publicará en octubre de 2004, en la importancia de avances tecnológicos ambiciosos y de amplio alcance en la infraestructura europea de información.

Bruselas, 18 de noviembre de 2004.

El Presidente

del Comité de las Regiones

Peter STRAUB


(1)  Consejo Europeo de Barcelona, Conclusiones de la Presidencia, punto 40

http://ue.eu.int/ueDocs/cms_Data/docs/pressData/es/ec/70829.pdf.

(2)  COM(2002) 263 final, eEurope 2005: Una sociedad de la información para todos.

(3)  R/CESE 880/2004 — TEN/189/2004.

(4)  DO C 251 de 10.8.1998, p. 1.

(5)  «El Espacio: una nueva frontera europea para una Unión en expansión - Plan de Acción para la aplicación de la política espacial europea», COM(2003) 673 final y «Conectando Europa a alta velocidad: evolución reciente del sector de las comunicaciones electrónicas», COM(2004) 61 final.

(6)  Véase COM(2003) 65 final «Comunicaciones electrónicas: el camino hacia la economía del conocimiento» y COM(2003) 690 final «Iniciativa Europea de Crecimiento».

(7)  «Directrices sobre los criterios y las modalidades de aplicación de los Fondos Estructurales en apoyo de las comunicaciones electrónicas», SEC(2003) 895

http://europa.eu.int/comm/regional_policy/sources/docoffic/working/doc/telecom_en.pdf.

(8)  

Nota: La Comisión está preparando un Libro Verde sobre las asociaciones entre el sector público y el privado en la Unión Europea.

(9)  COM(2004) 261 final, La gestión de los derechos de autor y derechos afines en el mercado interior.


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