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Document C2021/495A/01
Notice of open competition – EPSO/AD/397/21 – Administrators (AD 6) in the field of maritime affairs and fisheries
Convocatoria de oposición general — EPSO/AD/397/21 — Administradores (AD 6) en el ámbito de los asuntos marítimos y la pesca
Convocatoria de oposición general — EPSO/AD/397/21 — Administradores (AD 6) en el ámbito de los asuntos marítimos y la pesca
DO C 495A de 9.12.2021, p. 1–25
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
9.12.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CA 495/1 |
CONVOCATORIA DE OPOSICIÓN GENERAL
EPSO/AD/397/21 — ADMINISTRADORES (AD 6) EN EL ÁMBITO DE LOS ASUNTOS MARÍTIMOS Y LA PESCA
(2021/C 495 A/01)
Plazo de presentación de candidaturas: 11 de enero de 2022 a las 12.00 (mediodía), hora de Bruselas
CONTENIDO
1. |
DISPOSICIONES GENERALES | 2 |
2. |
NATURALEZA DE LAS FUNCIONES | 2 |
3. |
CONDICIONES DE ADMISIÓN | 2 |
3.1. |
Condiciones generales | 2 |
3.2. |
Condiciones específicas: lenguas | 2 |
3.3. |
Condiciones específicas: cualificaciones y experiencia laboral | 2 |
4. |
PROCESO DE SELECCIÓN | 2 |
4.1. |
Resumen del proceso de selección | 2 |
4.2. |
Lenguas utilizadas en esta oposición | 3 |
4.3. |
Fases del procedimiento | 4 |
4.3.1. |
Presentación de candidaturas | 4 |
4.3.2. |
Comprobación del cumplimiento de las condiciones de admisión y «talent screener» | 4 |
4.3.3. |
Pruebas de razonamiento | 4 |
4.3.4. |
Centro de evaluación | 4 |
4.3.5. |
Control de los documentos justificativos y establecimiento de una lista de reserva | 5 |
5. |
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y ADAPTACIONES RAZONABLES | 5 |
ANEXO I |
– Funciones habituales | 7 |
ANEXO II |
– Ejemplos de cualificaciones mínimas | 8 |
ANEXO III |
– Talent Screener (Evaluador de talentos): criterios y procedimiento de selección | 17 |
ANEXO IV |
- Normas generales aplicables a las oposiciones generales | 19 |
1. DISPOSICIONES GENERALES
La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) convoca una oposición general, mediante el sistema de concurso-oposición, con vistas a la constitución de una lista de reserva a partir de la cual la Dirección General de Asuntos Marítimos y Pesca (DG MARE) de la Comisión Europea podrá contratar nuevos funcionarios en la categoría de «administradores» (grupo de funciones AD) .
Número de personas que se pretende seleccionar: 86
La presente convocatoria de oposición y sus anexos constituyen el marco jurídico vinculante de este proceso de selección.
2. NATURALEZA DE LAS FUNCIONES
En el Anexo I se describen las funciones principales de los administradores que trabajan en los ámbitos de la pesca, la gobernanza de los océanos, la política marítima y la economía azul.
3. CONDICIONES DE ADMISIÓN
Las personas que presenten su candidatura deberán reunir TODAS las condiciones generales y específicas de admisión que se indican a continuación, en la fecha límite fijada para la presentación de candidaturas.
3.1. Condiciones generales
Para que una candidatura sea admitida, quien la presente deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) |
estar en plena posesión de los derechos que confiere la ciudadanía de un Estado miembro de la UE; |
b) |
cumplir cuantas obligaciones les imponga la legislación nacional aplicable en materia de servicio militar; |
c) |
reunir las garantías de integridad requeridas para el ejercicio de las funciones previstas. |
3.2. Condiciones específicas: lenguas
Las personas que presenten su candidatura deberán poseer conocimientos de al menos dos de las veinticuatro lenguas oficiales de la UE: una con un conocimiento profundo (nivel mínimo C1) y la otra con un conocimiento satisfactorio (nivel mínimo B2).
Los niveles mínimos que se indican más arriba se aplican a cada una de las capacidades lingüísticas (expresión oral, expresión escrita, comprensión escrita y comprensión oral) que figuran en el formulario de candidatura. Dichas capacidades reflejan lo dispuesto en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
3.3. Condiciones específicas: cualificaciones y experiencia laboral
Para que una candidatura sea admitida, quien la presente deberá reunir al menos uno de los siguientes requisitos :
a) |
un nivel de formación que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios de cuatro años o más , acreditado por un título, seguido de un mínimo de tres años de experiencia profesional directamente relacionada con las funciones mencionadas en el anexo I; o |
b) |
un nivel de formación que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios de tres años o más , acreditado por un título, seguido de un mínimo de cuatro años de experiencia profesional directamente relacionada con las funciones mencionadas en el anexo I. |
En el ANEXO II se recogen ejemplos de cualificaciones mínimas
4. PROCESO DE SELECCIÓN
4.1. Resumen del proceso de selección
Esta oposición se organizará siguiendo las fases sucesivas siguientes:
— |
Presentación de candidaturas (véase la sección 4.3.1). |
— |
Comprobación del cumplimiento de las condiciones de admisión y «talent screener» (evaluador de talentos) (véase la sección 4.3.2). |
— |
Pruebas de razonamiento: verbal, numérico y abstracto (véase la sección 4.3.3). |
— |
Centro de evaluación, que consiste en las pruebas siguientes: un estudio de caso, una entrevista basada en competencias y una entrevista sobre el ámbito de la oposición (véase la sección 4.3.4). |
— |
Control de los documentos justificativos y establecimiento de una lista de reserva (véase la sección 4.3.5). |
Las pruebas de razonamiento y el estudio de caso podrán realizarse a distancia (en línea) o presencialmente, bien en uno de los centros de pruebas acreditados de la EPSO, o bien en otras instalaciones designadas por la EPSO. La entrevista basada en competencias y la entrevista sobre el ámbito de la oposición se celebrarán a distancia.
Si las pruebas se realizasen presencialmente, la EPSO velará por que las condiciones para la realización de dichas pruebas estén en consonancia con las recomendaciones formuladas por las autoridades competentes en materia de salud pública (el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades y otras autoridades internacionales, europeas y nacionales).
Para las pruebas de razonamiento y para el estudio de caso, las personas candidatas deberán reservar una fecha siguiendo las instrucciones que la EPSO facilite al efecto. Por lo general, la EPSO ofrecerá varias fechas para las pruebas de razonamiento y una fecha para el estudio de caso, en las que las personas candidatas podrán realizar estas pruebas. Los períodos de reserva y de realización de pruebas son limitados.
Se darán más instrucciones y detalles en las cartas de convocatoria para las pruebas.
4.2. Lenguas utilizadas en esta oposición
En esta oposición, las lenguas se utilizarán como sigue:
a) |
La «lengua 1» se utilizará para cumplimentar el formulario de candidatura (incluido el apartado «talent screener») y para las pruebas de razonamiento. |
b) |
La «lengua 2» se utilizará para el estudio de caso, la entrevista basada en competencias y la entrevista sobre el ámbito de la oposición. |
Pueden seleccionarse cualesquiera de las veinticuatro lenguas oficiales de la UE como lengua 1 y lengua 2. La lengua 2 deberá ser distinta de la lengua 1.
El siguiente cuadro ofrece una visión general sobre el uso de las lenguas:
Fase del procedimiento |
Pruebas |
Lengua |
Presentación de la candidatura |
— |
Lengua 1 |
Pruebas de razonamiento |
Pruebas de razonamiento verbal, numérico y abstracto |
Lengua 1 |
Centro de evaluación |
Estudio de caso |
Lengua 2 |
Entrevista basada en competencias |
Lengua 2 |
|
Entrevista sobre el ámbito de la oposición |
Lengua 2 |
Por razones técnicas y a fin de garantizar la coherencia entre las pruebas, la interfaz de los sistemas informáticos a través de la cual se administrarán las pruebas estará en inglés.
En la comunicación entre las personas candidatas y la EPSO se aplicarán las disposiciones siguientes:
a) |
Para toda comunicación ( a través de la cuenta EPSO o por correo electrónico ) entre la EPSO y las personas que hayan presentado una candidatura válida, la EPSO se dirigirá a la persona interesada en una de las lenguas respecto de las que esta haya declarado tener conocimientos de nivel B2 o superior en la sección «Comprensión lectora» del formulario de candidatura. |
b) |
En caso de que las personas interesadas deseen dirigirse a la EPSO en relación con alguna de las cuestiones que se incluyen en el apartado 4.2. de las normas generales aplicables a las oposiciones generales (véase Anexo IV de la presente convocatoria), pueden hacerlo en cualquiera de las veinticuatro lenguas oficiales de la UE y la EPSO les responderá conforme a lo indicado en el punto a). |
c) |
Cualquier otra pregunta que las personas interesadas dirijan a la EPSO a través del formulario de contacto en línea podrá formularse en cualquiera de las veinticuatro lenguas oficiales de la UE, y la EPSO les responderá en una de las lenguas en las que hayan indicado estar dispuestas a recibir una respuesta. |
4.3. Fases del procedimiento
4.3.1. Presentación de candidaturas
Para poder presentar una candidatura es necesario tener una cuenta EPSO. Si todavía no se dispone de una cuenta EPSO, será necesario crear una. Solo podrá crearse una única cuenta para todas las solicitudes a la EPSO de un candidato .
Las candidaturas deberán presentarse en línea en el sitio web de la EPSO https://epso.europa.eu/job-opportunities a más tardar el:
11 de enero de 2022 a las 12.00 (mediodía), hora de Bruselas
El formulario de candidatura en línea está disponible en las veinticuatro lenguas oficiales de la UE. El formulario de candidatura deberá cumplimentarse en la lengua 1 .
Al validar el formulario, las personas que presenten su candidatura han de declarar por su honor que cumplen todas las condiciones mencionadas en la sección «Condiciones de admisión». Una vez que se ha validado el formulario, no podrá introducirse ninguna modificación. Es responsabilidad de las personas que presenten su candidatura cerciorarse de que han cumplimentado y validado el formulario de candidatura en el plazo establecido.
Salvo que se indique lo contrario, las personas que presenten su candidatura deberán cargar (en su cuenta EPSO) copias escaneadas de los documentos justificativos de las declaraciones realizadas en su formulario de candidatura, incluida la sección «talent screener». La EPSO facilitará más detalles e instrucciones al respecto.
4.3.2. Comprobación del cumplimiento de las condiciones de admisión y «talent screener»
La comprobación del cumplimiento de las condiciones de admisión consiste en verificar si se cumplen todos los requisitos que se incluyen en la sección 3 «Condiciones de admisión» de la presente convocatoria. Esto se hará sobre la base de las declaraciones del formulario de candidatura.
Para aquellas personas que se considere que cumplen las condiciones de admisión, el tribunal llevará a cabo una selección basada en cualificaciones. Para ello, el tribunal realizará una evaluación comparativa de méritos de todas las personas cuya candidatura se considere admisible sobre la base de sus respuestas en la sección «Talent screener» del formulario de candidatura. Para más detalles, véase el Anexo III de la presente convocatoria. Como resultado de dicha evaluación, el tribunal elaborará una clasificación de las personas candidatas siguiendo el orden de puntuaciones totales. Quienes hayan obtenido las mejores puntuaciones serán convocados a las pruebas de razonamiento.
4.3.3. Pruebas de razonamiento
El número de personas convocadas a las pruebas de razonamiento será de máximo tres veces el número de personas que se pretende seleccionar.
Las personas convocadas a las pruebas de razonamiento se someterán a pruebas de razonamiento verbal, numérico y abstracto en forma de pruebas de opciones múltiples por ordenador, tal y como se indica en los cuadros siguientes:
Prueba |
N.o de preguntas |
Duración |
Puntuación |
Puntuación mínima exigida |
Razonamiento verbal |
20 |
35 minutos |
De 0 a 20 |
10/20 |
Razonamiento numérico |
10 |
20 minutos |
De 0 a 10 |
Razonamiento numérico y abstracto combinados: 10/20 |
Razonamiento abstracto |
10 |
10 minutos |
De 0 a 10 |
Estas pruebas se realizarán en la lengua 1 de cada persona candidata.
Deberán obtenerse al menos las puntuaciones mínimas indicadas en el cuadro anterior. Las puntuaciones que se hayan obtenido en estas pruebas no se contabilizarán para la calificación definitiva.
4.3.4. Centro de evaluación
Aquellas personas que obtengan las puntuaciones mínimas exigidas en las pruebas de razonamiento serán convocadas al centro de evaluación. El objetivo del centro de evaluación es evaluar ocho competencias generales y las competencias relacionadas con el ámbito de especialización de las personas candidatas.
a) |
Pruebas para evaluar las competencias generales |
Las ocho competencias generales se evaluarán por medio de dos pruebas que se realizarán en la lengua 2 de cada persona candidata (un estudio de caso y una entrevista basada en competencias), como se indica en el cuadro siguiente:
Competencia |
Prueba |
Puntuación |
Puntuación mínima exigida |
||
|
Estudio de caso |
De 1 a 10 |
Puntuación mínima exigida combinada: 40/80 |
||
|
Estudio de caso |
De 1 a 10 |
|||
|
Estudio de caso |
De 1 a 10 |
|||
|
Entrevista basada en competencias |
De 1 a 10 |
|||
|
Estudio de caso |
De 1 a 10 |
|||
|
Entrevista basada en competencias |
De 1 a 10 |
|||
|
Entrevista basada en competencias |
De 1 a 10 |
|||
|
Entrevista basada en competencias |
De 1 a 10 |
Cada competencia se puntuará sobre 10. No se exige una puntuación mínima para cada competencia. Sin embargo, las personas candidatas deben alcanzar una puntuación mínima de 40 sobre 80 en total para todas las competencias combinadamente.
La puntuación que se haya obtenido en estas pruebas se contabilizará para la calificación definitiva.
b) |
Entrevista sobre el ámbito de la oposición |
La entrevista sobre el ámbito de la oposición tendrá lugar en la lengua 2 de cada persona candidata. El resultado de la entrevista se puntuará sobre 100. Deberá obtenerse al menos una puntuación de 50 sobre 100.
La puntuación que se haya obtenido en la entrevista sobre el ámbito de la oposición se contabilizará para la calificación definitiva.
4.3.5. Control de los documentos justificativos y establecimiento de una lista de reserva
El tribunal comprobará los documentos justificativos de las personas candidatas al término de la fase del centro de evaluación y antes de establecer la lista de reserva. Eso significa que verificará si las declaraciones realizadas en los formularios de candidatura (en las secciones «Títulos y formación», «Experiencia profesional» y «Talent screener») están respaldadas por los documentos que han cargado en su cuenta EPSO.
Con el fin de elaborar una lista de reserva, el tribunal comprobará los expedientes de cada persona candidata hasta alcanzar el número de personas que se pretende seleccionar. No se comprobarán los expedientes del resto de personas candidatas.
Por lo tanto, la lista de reserva solo incluirá los nombres de las personas cuyas candidaturas se hayan considerado admisibles que hayan obtenido todas las puntuaciones mínimas, así como las puntuaciones totales más altas, sobre un total de 180, al término de la fase del centro de evaluación.
Los nombres se incluirán en la lista por orden alfabético. La lista de reserva se pondrá a disposición de los servicios de contratación.
Los pasaportes de competencias de las personas seleccionadas, que contendrán las observaciones cualitativas del tribunal, se pondrán a disposición de los servicios de contratación y de las personas seleccionadas.
El hecho de que el nombre de una persona figure en una lista de reserva no constituye ni un derecho ni una garantía de contratación.
5. IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y ADAPTACIONES RAZONABLES
La EPSO hace todo lo posible por aplicar a todos una política de igualdad de oportunidades.
Toda persona que sufra una discapacidad, o se encuentre en una situación médica que pueda afectar a su capacidad para realizar las pruebas, deberá indicarlo en el formulario de candidatura y seguir el procedimiento de solicitud de adaptaciones razonables, tal como se describe en las normas generales adjuntas a la presente convocatoria (véase Anexo IV, sección 1.3. Igualdad de oportunidades y adaptaciones razonables). Tras examinar su solicitud, así como los documentos justificativos pertinentes, la EPSO podrá autorizar ajustes razonables cuando se considere necesario.
Para más información sobre la política de igualdad de oportunidades de EPSO y cómo solicitar adaptaciones razonables, visite el sitio web de la EPSO.
ANEXO I
FUNCIONES HABITUALES
Las personas seleccionadas contribuirán al desarrollo y la aplicación de políticas en los siguientes ámbitos:
a) |
La política pesquera común. |
b) |
Gobernanza de los océanos, incluido el Derecho del mar. |
c) |
Políticas marítimas. Esto abarca todas las industrias y sectores relacionados con los océanos, los mares y las costas, tanto si están ubicados en el medio marino (por ejemplo, el transporte marítimo, la pesca, la generación de energía) como los ubicados en tierra (por ejemplo, puertos, astilleros, acuicultura en tierra y producción de algas, turismo costero). |
Las funciones y tareas en estos tres ámbitos pueden incluir:
1. |
elaboración de políticas y legislación de la UE, incluida la realización de análisis preparatorios y la consulta de las partes interesadas, |
2. |
negociación internacional e interinstitucional, representación y coordinación interinstitucional, |
3. |
coordinación de la UE sobre cuestiones de gobernanza internacional de los océanos, incluidos los diálogos con terceros países sobre la legislación en materia de pesca, |
4. |
coordinación en el seno de la Comisión Europea, con el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), con los Estados miembros y con los organismos pertinentes de la UE en los aspectos relacionados con la seguridad y la vigilancia marítimas, |
5. |
coordinación en el seno de la Comisión Europea, con los Estados miembros, los terceros países y las instituciones y partes interesadas pertinentes para la aplicación del nuevo enfoque sobre la economía azul sostenible, incluidos los enfoques sectoriales en ámbitos como las energías renovables, la acuicultura, el transporte, el desarrollo regional, la investigación y la innovación, |
6. |
negociación, supervisión y seguimiento de acuerdos bilaterales y multilaterales, |
7. |
aplicación, supervisión y evaluación de la legislación vigente, |
8. |
realización de análisis socioeconómicos, jurídicos y/o científicos, |
9. |
provisión de perspectivas políticas y asesoramiento, |
10. |
realización de actividades de comunicación y promoción con las partes interesadas, |
11. |
planificación, preparación, realización, dirección y seguimiento de auditorías, verificaciones e inspecciones de los productos de pesca en los Estados miembros de la UE o en terceros países, |
12. |
establecimiento de contactos con organismos científicos, comités e institutos científicos en el ámbito de la pesca y/o la gobernanza de los océanos y reflejo de los análisis científicos, técnicos y socioeconómicos en medidas de conservación adecuadas, |
13. |
participación en grupos de trabajo de la Comisión, comités de la UE, consejos consultivos, reuniones con instituciones de la UE, organizaciones y foros internacionales, |
14. |
redacción de informes, discursos y notas para la intervención oral en los ámbitos políticos pertinentes. |
Fin del ANEXO I: pulse aquí para regresar al texto principal
ANEXO II
EJEMPLOS DE CUALIFICACIONES MÍNIMAS POR ESTADOS MIEMBROS Y EN EL REINO UNIDO Y POR GRADOS QUE CORRESPONDEN, EN PRINCIPIO, A LAS EXIGIDAS POR LAS CONVOCATORIAS DE OPOSICIONES
Pulse aquí para acceder a una versión de lectura fácil de estos ejemplos
PAÍS |
AST-SC 1 a AST-SC 6 AST 1 a AST 7 |
AST 3 a AST 11 |
AD 5 a AD 16 |
|||||||||||||
Enseñanza secundaria (que dé acceso a la enseñanza superior) |
Enseñanza superior (ciclo superior no universitario o ciclo universitario corto de una duración mínima de dos años) |
Enseñanza de nivel universitario (de una duración mínima de tres años) |
Enseñanza de nivel universitario (de una duración mínima de cuatro años) |
|||||||||||||
Belgique — België — Belgien |
Certificat de l’enseignement secondaire supérieur (CESS)/Diploma secundair onderwijs Diplôme d’aptitude à accéder à l’enseignement supérieur (DAES)/Getuigschrift van hoger secundair onderwijs Diplôme d’enseignement professionnel/Getuigschrift van het beroepssecundair onderwijs |
Candidature/Kandidaat Graduat/Gegradueerde Bachelor/Professioneel gerichte Bachelor |
Bachelor académique (180 crédits) Academisch gerichte Bachelor (180 ECTS) |
Licence/Licentiaat Master Diplôme d’études approfondies (DEA) Diplôme d’études spécialisées (DES) Diplôme d’études supérieures spécialisées (DESS) Gediplomeerde in de Voortgezette Studies (GVS) Gediplomeerde in de Gespecialiseerde Studies (GGS) Gediplomeerde in de Aanvullende Studies (GAS) Agrégation/Aggregaat Ingénieur industriel/Industrieel ingenieur Doctorat/Doctoraal diploma |
||||||||||||
България |
Диплома за завършено средно образование |
Специалист по … |
|
Диплома за висше образование Бакалавър Магистър |
||||||||||||
Česko |
Vysvědčení o maturitní zkoušce |
Vysvědčení o absolutoriu (Absolutorium) + diplomovaný specialista (DiS.) |
Diplom o ukončení bakalářského studia (Bakalář) |
Diplom o ukončení vysokoškolského studia Magistr Doktor |
||||||||||||
Danmark |
Bevis for: Studentereksamen Højere Forberedelseseksamen (HF) Højere Handelseksamen (HHX) Højere Afgangseksamen (HA) Bac pro: Bevis for Højere Teknisk Eksamen (HTX) |
Videregående uddannelser = Bevis for = Eksamensbevis som (erhvervsakademiuddannelse AK) |
Bachelorgrad (BA eller BS) Professionsbachelorgrad Diplomingeniør |
Kandidatgrad/Candidatus Master/Magistergrad (mag.art) Licenciatgrad ph.d.-grad |
||||||||||||
Deutschland |
Abitur/Zeugnis der allgemeinen Hochschulreife Fachabitur/Zeugnis der Fachhochschulreife |
|
Fachhochschulabschluss Bachelor |
Hochschulabschluss/Fachhochschulabschluss/Master Magister Artium/Magistra Artium Staatsexamen/Diplom Erstes Juristisches Staatsexamen Doktorgrad |
||||||||||||
Eesti |
Gümnaasiumi lõputunnistus + riigieksamitunnistus Lõputunnistus kutsekeskhariduse omandamise kohta |
Tunnistus keskhariduse baasil kutsekeskhariduse omandamise kohta |
Bakalaureusekraad (min 120 ainepunkti) Bakalaureusekraad (< 160 ainepunkti) |
Rakenduskõrghariduse diplom Bakalaureusekraad (160 ainepunkti) Magistrikraad Arstikraad Hambaarstikraad Loomaarstikraad Filosoofiadoktor Doktorikraad (120–160 ainepunkti) |
||||||||||||
Éire/Ireland |
Ardteistiméireacht, Grád D3, I 5 ábhar/Leaving Certificate Grade D3 in 5 subjects Gairmchlár na hArdteistiméireachta (GCAT)/Leaving Certificate Vocational Programme (LCVP) |
Teastas Náisiúnta/National Certificate Gnáthchéim bhaitsiléara/Ordinary bachelor degree Dioplóma náisiúnta (ND, Dip.)/National diploma (ND, Dip.) Ardteastas (120 ECTS)/Higher Certificate (120 ECTS) |
Céim onóracha bhaitsiléara (3 bliana/180 ECTS) (BA, B.Sc, B.Eng)/Honours bachelor degree (3 years/180 ECTS) (BA, B.Sc, B.Eng) |
Céim onóracha bhaitsiléara (4 bliana/240 ECTS)/Honours bachelor degree (4 years/240 ECTS) Céim ollscoile/University degree Céim mháistir (60-120 ECTS)/Master’s degree (60-120 ECTS) Dochtúireacht/Doctorate |
||||||||||||
Ελλάδα |
Απολυτήριο Γενικού Λυκείου Απολυτήριο Κλασικού Λυκείου Απολυτήριο Τεχνικού Επαγγελματικού Λυκείου Απολυτήριο Ενιαίου Πολυκλαδικού Λυκείου Απολυτήριο Ενιαίου Λυκείου Απολυτήριο Τεχνολογικού Επαγγελματικού Εκπαιδευτηρίου |
Δίπλωμα επαγγελματικής κατάρτισης (ΙΕΚ) |
|
Πτυχίο ΑΕΙ (πανεπιστημίου, πολυτεχνείου, ΤΕΙ) Μεταπτυχιακό Δίπλωμα Ειδίκευσης (2ος κύκλος) Διδακτορικό Δίπλωμα (3ος κύκλος) |
||||||||||||
España |
Bachillerato + Curso de Orientación Universitaria (COU) Bachillerato BUP Diploma de Técnico especialista |
FP grado superior (Técnico superior) |
Diplomado/Ingeniero técnico |
Licenciatura Máster Ingeniero Título de Doctor |
||||||||||||
France |
Baccalauréat Diplôme d’accès aux études universitaires (DAEU) Brevet de technicien |
Diplôme d’études universitaires générales (DEUG) Brevet de technicien supérieur (BTS) Diplôme universitaire de technologie (DUT) Diplôme d’études universitaires scientifiques et techniques (DEUST) |
Licence |
Maîtrise Maîtrise des sciences et techniques (MST), maîtrise des sciences de gestion (MSG), diplôme d’études supérieures techniques (DEST), diplôme de recherche technologique (DRT), diplôme d’études supérieures spécialisées (DESS), diplôme d’études approfondies (DEA), master 1, master 2 professionnel, master 2 recherche Diplôme des grandes écoles Diplôme d’ingénieur Doctorat |
||||||||||||
Hrvatska |
Svjedodžba o državnoj maturi Svjedodžba o završnom ispitu |
Stručni pristupnik/pristupnica |
Baccalaureus/Baccalaurea (sveučilišni prvostupnik/prvostupnica) |
Baccalaureus/Baccalaurea (sveučilišni prvostupnik/prvostupnica) Stručni specijalist Magistar struke Magistar inženjer/magistrica inženjerka (mag. ing) Doktor struke Doktor umjetnosti |
||||||||||||
Italia |
Diploma di maturità (vecchio ordinamento) Perito ragioniere Diploma di superamento dell’esame di Stato conclusivo dei corsi di studio di istruzione secondaria superiore |
Diploma universitario (DU) Certificato di specializzazione tecnica superiore Attestato di competenza (4 semestri) |
Diploma di laurea — L (breve) |
Diploma di laurea (DL) Laurea specialistica (LS) Master di I livello Dottorato di ricerca (DR) |
||||||||||||
Κύπρος |
Απολυτήριο |
Δίπλωμα = Programmes offered by Public/Private Schools of Higher Education (for the latter accreditation is compulsory) Higher Diploma |
|
Πανεπιστημιακό Πτυχίο/Bachelor Master Doctorat |
||||||||||||
Latvija |
Atestāts par vispārējo vidējo izglītību Diploms par profesionālo vidējo izglītību |
Diploms par pirmā līmeņa profesionālo augstāko izglītību |
Bakalaura diploms (min. 120 kredītpunktu) |
Bakalaura diploms (160 kredītpunktu) Profesionālā bakalaura diploms Maģistra diploms Profesionālā maģistra diploms Doktora grāds |
||||||||||||
Lietuva |
Brandos atestatas |
Aukštojo mokslo diplomas Aukštesniojo mokslo diplomas |
Profesinio bakalauro diplomas Aukštojo mokslo diplomas |
Aukštojo mokslo diplomas Bakalauro diplomas Magistro diplomas Daktaro diplomas Meno licenciato diplomas |
||||||||||||
Luxembourg |
Diplôme de fin d’études secondaires et techniques |
BTS Brevet de maîtrise Brevet de technicien supérieur Diplôme de premier cycle universitaire (DPCU) Diplôme universitaire de technologie (DUT) |
Bachelor Diplôme d’ingénieur technicien |
Master Diplôme d’ingénieur industriel DESS en droit européen |
||||||||||||
Magyarország |
Gimnáziumi érettségi bizonyítvány Szakközépiskolai érettségi-képesítő bizonyítvány |
Felsőfokú szakképesítést igazoló bizonyítvány (Higher Vocational Programme) |
Főiskolai oklevél Alapfokozat (Bachelor degree 180 credits) |
Egyetemi oklevél Alapfokozat (Bachelor degree 240 credits) Mesterfokozat (Master degree) (Osztatlan mesterképzés) Doktori fokozat |
||||||||||||
Malta |
Advanced Matriculation or GCE Advanced level in 3 subjects (2 of them grade C or higher) Matriculation certificate (2 subjects at Advanced level and 4 at Intermediate level including Systems of Knowledge with overall grade A-C) + Passes in the Secondary Education Certificate examination at Grade 5 2 À Levels (passes A-C) + a number of subjects at Ordinary level, or equivalent |
MCAST diplomas/certificates Higher National Diploma |
Bachelor’s degree |
Bachelor’s degree Master of Arts Doctorate |
||||||||||||
Nederland |
Diploma VWO Diploma staatsexamen (2 diploma’s) Diploma staatsexamen voorbereidend wetenschappelijk onderwijs (Diploma staatsexamen VWO) Diploma staatsexamen hoger algemeen voortgezet onderwijs (Diploma staatsexamen HAVO) |
Kandidaatsexamen Associate degree (AD) |
Bachelor (WO) HBO bachelor degree Baccalaureus of «Ingenieur» |
HBO/WO Master’s degree Doctoraal examen/Doctoraat |
||||||||||||
Österreich |
Matura/Reifeprüfung Reife- und Diplomprüfung Berufsreifeprüfung |
Kollegdiplom/Akademiediplom |
Fachhochschuldiplom/Bakkalaureus/Bakkalaurea |
Universitätsdiplom Fachhochschuldiplom Magister/Magistra Master Diplomprüfung, Diplom-Ingenieur Magisterprüfungszeugnis Rigorosenzeugnis Doktortitel |
||||||||||||
Polska |
Świadectwo dojrzałości Świadectwo ukończenia liceum ogólnokształcącego |
Dyplom ukończenia kolegium nauczycielskiego Świadectwo ukończenia szkoły policealnej |
Licencjat/Inżynier |
Magister/Magister inżynier Dyplom doktora |
||||||||||||
Portugal |
Diploma de Ensino Secundário Certificado de Habilitações do Ensino Secundário |
|
Bacharel Licenciado |
Licenciado Mestre Doutorado |
||||||||||||
România |
Diplomă de bacalaureat |
Diplomă de absolvire (colegiu universitar) Învățământ preuniversitar |
Diplomă de licenţă |
Diplomă de licenţă Diplomă de inginer Diplomă de urbanist Diplomă de master Certificat de atestare (studii academice postuniversitare) Diplomă de doctor |
||||||||||||
Slovenija |
Maturitetno spričevalo (spričevalo o poklicni maturi) (spričevalo o zaključnem izpitu) |
Diploma višje strokovne šole |
Diploma o pridobljeni visoki strokovni izobrazbi |
Univerzitetna diploma Magisterij Specializacija Doktorat |
||||||||||||
Slovensko |
Vysvedčenie o maturitnej skúške |
Absolventský diplom |
Diplom o ukončení bakalárskeho štúdia (Bakalár) |
Diplom o ukončení vysokoškolského štúdia Bakalár (Bc.) Magister Magister/Inžinier ArtD. |
||||||||||||
Suomi/Finland |
Ylioppilastutkinto tai peruskoulu + kolmen vuoden ammatillinen koulutus – Studentexamen eller grundskola + treårig yrkesinriktad utbildning Todistus yhdistelmäopinnoista (Betyg över kombinationsstudier) |
Ammatillinen opistoasteen tutkinto – Yrkesexamen på institutnivå |
Kandidaatin tutkinto – Kandidatexamen/Ammattikorkeakoulututkinto – Yrkeshögskoleexamen (min. 120 opintoviikkoa – studieveckor) |
Maisterin tutkinto – Magisterexamen/Ammattikorkeakoulututkinto – Yrkeshögskoleexamen (min. 160 opintoviikkoa – studieveckor) Tohtorin tutkinto (Doktorsexamen) joko 4 vuotta tai 2 vuotta lisensiaatin tutkinnon jälkeen – antingen 4 år eller 2 år efter licentiatexamen Lisensiaatti/Licentiat |
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Sverige |
Slutbetyg från gymnasieskolan (3-årig gymnasial utbildning) |
Högskoleexamen (80 poäng) Högskoleexamen, 2 år, 120 högskolepoäng Yrkeshögskoleexamen/Kvalificerad yrkeshögskoleexamen, 1–3 år |
Kandidatexamen (akademisk examen omfattande minst 120 poäng, varav 60 poäng fördjupade studier i ett ämne + uppsats motsvarande 10 poäng) Meriter på grundnivå: Kandidatexamen, 3 år, 180 högskolepoäng (Bachelor) |
Magisterexamen (akademisk examen omfattande minst 160 poäng, varav 80 poäng fördjupade studier i ett ämne + uppsats motsvarande 20 poäng eller två uppsatser motsvarande 10 poäng vardera)
Meriter på avancerad nivå:
Meriter på forskarnivå:
|
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United Kingdom |
General Certificate of Education Advanced level — 2 passes or equivalent (grades A to E) BTEC National Diploma General National Vocational Qualification (GNVQ), advanced level Advanced Vocational Certificate of Education, À level (VCE À level) |
Higher National Diploma/Certificate (BTEC)/SCOTVEC Diploma of Higher Education (DipHE) National Vocational Qualifications (NVQ) Scottish Vocational Qualifications (SVQ) level 4 |
(Honours) Bachelor degree NB: Master’s degree in Scotland |
Honours Bachelor degree Master’s degree (MA, MB, MEng, MPhil, MSc) Doctorate |
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NOTE: UK diplomas awarded in 2020 (until 31 December 2020) are accepted without an equivalence. UK diplomas awarded as from 1 January 2021 must be accompanied by an equivalence issued by a competent authority of an EU Member State. |
Fin del ANEXO II: pulse aquí para regresar al texto principal
ANEXO III
TALENT SCREENER (EVALUADOR DE TALENTOS): CRITERIOS Y PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
A. Criterios de selección para la fase de «talent screener»
El tribunal aplicará los siguientes criterios de selección en la fase de «talent screener» de la oposición:
1. |
Experiencia profesional en el ámbito de la pesca y la ciencia marina (por ejemplo, en recopilación y análisis de datos, investigación científica, desarrollo de asesoramiento científico). |
2. |
Experiencia profesional en el ámbito de la gestión de la pesca (por ejemplo, en medidas de conservación, artes de pesca, medidas técnicas, planes o medidas de gestión). |
3. |
Experiencia profesional con análisis socioeconómicos en los ámbitos de la pesca, la gobernanza de los océanos o la política marítima y la economía azul. |
4. |
Experiencia profesional en el seguimiento, control, vigilancia o inspección de actividades en el mar y en los puertos. |
5. |
Experiencia profesional en negociaciones internacionales y representación en el ámbito de la pesca, la gobernanza de los océanos o la política marítima y la economía azul (también a nivel bilateral o multilateral). |
6. |
Experiencia profesional que contribuya al desarrollo de políticas, iniciativas o legislación (incluidas consultas con las partes interesadas, evaluaciones de impacto, ofrecer perspectivas políticas, redacción de textos jurídicos, relaciones interinstitucionales) en el ámbito de la pesca, la gobernanza de los océanos o la política marítima y la economía azul. |
7. |
Experiencia profesional con análisis e interpretación jurídicos en los ámbitos de la pesca, la gobernanza de los océanos o la política marítima y la economía azul. |
8. |
Experiencia profesional en la aplicación de políticas (gestión de programas, proyectos, estudios, aplicación de la legislación y otras iniciativas políticas) en el ámbito de la pesca, la gobernanza de los océanos o la política marítima y la economía azul. |
9. |
Uno o varios títulos universitarios en un ámbito especializado y pertinente, como biología, ciencias o gestión pesqueras, ciencias o gestión marinas, ciencias o gestión medioambientales, u oceanografía. |
B. Procedimiento
B.1 Determinación del orden de valoración de las solicitudes
1. |
Al cumplimentar la sección «Experiencia profesional» de la candidatura, deberá indicarse para cada entrada el porcentaje de tiempo dedicado a una o varias «tareas» de una lista dada que refleje los criterios de selección 1-8 contemplados en la sección A anterior. Esto permitirá calcular la duración total de la experiencia (en días) de una tarea concreta. |
2. |
El tribunal asignará a cada tarea y a cada pregunta del «talent screener» (véase el apartado 1 de la sección B.2) una ponderación que refleje su importancia relativa (de 1 a 3). |
3. |
A continuación, el tribunal multiplicará el número total de días dedicados a una tarea determinada (véase el apartado 1) por la ponderación atribuida a dicha tarea por el tribunal. Esto dará lugar, para cada persona, a una puntuación por tarea, así como a la puntuación total de todas las tareas. |
4. |
Se establecerá una clasificación por orden decreciente de las puntuaciones totales de las personas candidatas. |
5. |
Las puntuaciones y la clasificación establecidas de conformidad con esta sección no se tendrán en cuenta a la hora de decidir qué personas pueden pasar a la siguiente fase de la oposición. La decisión sobre qué personas pasan a la siguiente fase de la oposición la tomará el tribunal exclusivamente sobre la base de las puntuaciones ponderadas atribuidas de conformidad con la sección B.2. |
B.2 Selección de personas candidatas a través del «talent screener»
1. |
Al cumplimentar la sección «talent screener» del formulario de candidatura, todas las personas candidatas deberán responder a la misma serie de preguntas y facilitar la información que se solicita. Estas preguntas se basarán en los criterios de selección enumerados en la sección A. La selección basada en cualificaciones se llevará a cabo utilizando únicamente la información facilitada en la sección «talent screener». Las personas candidatas deberán incluir toda la información pertinente en sus respuestas en la sección «talent screener», aunque ya hayan incluido la misma información en otras secciones de su formulario de candidatura. |
2. |
El tribunal procederá, en orden decreciente siguiendo la clasificación establecida con arreglo a la sección B.1, a la evaluación de las respuestas de la sección «talent screener» de la candidatura. |
3. |
El tribunal examinará las respuestas del «talent screener» de cada persona candidata y concederá de 0 a 4 puntos por cada respuesta. Estos puntos se multiplicarán por la ponderación fijada por el tribunal para cada pregunta del «talent screener» (véase la sección B.1, apartado 2). Por último, los puntos ya ponderados para cada pregunta del «talent screener» se añadirán para obtener una puntuación total. |
4. |
El tribunal elaborará una lista de personas candidatas siguiendo el orden de las puntuaciones totales atribuidas con arreglo al apartado 3. |
5. |
Las candidaturas que hayan obtenido las mejores puntuaciones serán convocadas a la siguiente fase de la oposición. |
Fin del ANEXO III: pulse aquí para regresar al texto principal
ANEXO IV
NORMAS GENERALES APLICABLES A LAS OPOSICIONES GENERALES
INFORMACIÓN GENERAL
En el marco de los procesos de selección organizados por la EPSO, toda referencia a personas de un determinado género se entenderá también como hecha a personas de cualquier otro género.
En caso de que haya varios candidatos con la misma puntuación para el último puesto en cualquier fase de la oposición, todos ellos accederán a la siguiente fase. Todos los candidatos que sean readmitidos en virtud de la estimación de un recurso serán asimismo convocados a la siguiente fase.
En caso de que haya varios candidatos con la misma nota para el último puesto disponible en la lista de reserva, todos ellos serán incluidos en dicha lista. Todos los candidatos que sean readmitidos en virtud de la estimación de un recurso en esta fase del proceso serán asimismo añadidos a la lista de reserva.
1. CONDICIONES DE ADMISIÓN
1.1. Condiciones generales y específicas
Las condiciones generales y específicas (incluido el conocimiento de lenguas) para cada ámbito o perfil se indican en la sección «Condiciones de admisión».
Las condiciones específicas relativas a las cualificaciones, la experiencia profesional y el conocimiento de lenguas varían en función del perfil solicitado. Conviene que los candidatos aporten en su candidatura la mayor información posible en lo que se refiere a sus cualificaciones y experiencia profesional (según se les requiera), conforme se indica en la sección «Condiciones de admisión» de la presente convocatoria, que guarden relación con las funciones por realizar .
a) |
Títulos y diplomas: las titulaciones, hayan sido expedidas en países pertenecientes a la UE o no, deberán estar homologadas por un organismo oficial de un Estado miembro de la UE, por ejemplo el Ministerio de Educación de un Estado miembro. El tribunal de oposición tomará en consideración las diferencias entre los sistemas de enseñanza. En el caso de las titulaciones de enseñanza superior y de formación técnica, profesional o especializada, los candidatos deberán indicar las materias cursadas, la duración y si se trató de cursos a tiempo completo o a tiempo parcial, o de estudios nocturnos. |
b) |
La experiencia profesional (cuando se requiera) solo se tendrá en cuenta si guarda relación con las funciones contempladas y cumple las condiciones siguientes:
|
1.2. Documentos acreditativos
Los candidatos deberán presentar, en momentos diferentes del proceso de selección, un documento oficial acreditativo de su nacionalidad (por ejemplo, el pasaporte o el documento de identidad) que deberá estar en vigor en la fecha límite de presentación del formulario de candidatura (fecha límite de presentación de la primera parte del formulario de candidatura, en el caso de que el formulario tenga que presentarse en dos partes).
Todos los períodos de actividad profesional deberán acreditarse mediante originales o fotocopias certificadas de los documentos siguientes:
— |
referencias del empleador o empleadores anteriores y del empleador o empleadores actuales que indiquen la naturaleza y el nivel de las funciones ejercidas y las fechas de inicio y finalización, con el membrete y el sello oficiales de la empresa y el nombre y la firma del responsable; o |
— |
el contrato o los contratos de trabajo, la primera nómina y la última , con una descripción detallada de las funciones desempeñadas; |
— |
(en el caso de actividades profesionales por cuenta propia, por ejemplo trabajadores autónomos, profesiones liberales, etc.), las facturas u órdenes de pedido que especifiquen las actividades ejercidas o cualquier otro documento acreditativo oficial pertinente; |
— |
(en el caso de los intérpretes de conferencias a quienes se exija experiencia profesional) documentos que certifiquen el número de días , y las lenguas interpretadas (lengua de origen y lengua de destino), específicamente relacionados con la interpretación de conferencias. |
En general, no se exigirá ningún documento acreditativo de los conocimientos lingüísticos, salvo para determinados perfiles lingüísticos o especializados.
Se podrá pedir a los candidatos información o documentación adicional en cualquier fase del proceso. La EPSO comunicará a los candidatos qué documentos acreditativos deberán presentar y el plazo para hacerlo.
1.3. Igualdad de oportunidades y adaptaciones razonables
Todo candidato que tenga una discapacidad o una situación médica que pueda afectar a su capacidad para realizar las pruebas deberá indicarlo en el formulario de candidatura y comunicar el tipo de adaptaciones razonables que necesite. Si la discapacidad o la situación médica sobrevienen después de haber validado el formulario de candidatura, los candidatos deberán informar a la EPSO lo antes posible, utilizando la información que se indica a continuación.
Los candidatos deberán enviar a la EPSO un certificado expedido por la autoridad nacional de su país o un certificado médico para que sus solicitudes puedan ser tenidas en cuenta. Los documentos acreditativos se examinarán para que se puedan realizar, dentro de lo razonable, las adaptaciones necesarias.
En caso de problemas de accesibilidad o si necesitan más información, los candidatos podrán ponerse en contacto con el equipo de accesibilidad de la EPSO a través de los medios siguientes:
— |
por correo electrónico (EPSO-accessibility@ec.europa.eu); o |
— |
por correo postal:
|
2. ÓRGANOS DE EVALUACIÓN
Se nombra un tribunal de oposición para comparar y seleccionar a los mejores candidatos en función de sus competencias, aptitudes y cualificaciones, de conformidad con las condiciones establecidas en la presente convocatoria de oposición. El tribunal de oposición determinará el nivel de dificultad de las pruebas y aprobará su contenido sobre la base de las propuestas de la EPSO.
A fin de garantizar la independencia del tribunal de oposición, queda prohibido terminantemente a los candidatos o a cualquier persona ajena al tribunal intentar ponerse en contacto con alguno de sus miembros, excepto en el marco de las pruebas que exijan la interacción directa entre los candidatos y el tribunal.
Los candidatos que deseen manifestar sus observaciones o hacer valer sus derechos deberán hacerlo por escrito, y remitirán su correspondencia dirigida al tribunal de oposición a la EPSO, que la transmitirá a dicho tribunal. Queda prohibida, so pena de descalificación, toda intervención directa o indirecta de los candidatos que no se atenga a dichos procedimientos.
La existencia de un vínculo de parentesco o una relación jerárquica entre un candidato y un miembro del tribunal de oposición, en particular, dará lugar a un conflicto de interés. Se pedirá a los tribunales de oposición que declaren esta circunstancia a la EPSO tan pronto como tengan conocimiento de ella. La EPSO evaluará cada caso individualmente y adoptará las medidas oportunas. El incumplimiento de estas normas podrá exponer a los miembros del tribunal de oposición a una sanción disciplinaria y acarrear la descalificación de los candidatos de la oposición (véase la sección 4.4).
Los nombres de los miembros del tribunal de oposición se publican en el sitio web de la EPSO (www.eu-careers.eu) antes del comienzo de la fase o centro de evaluación.
3. COMUNICACIÓN
3.1. Comunicación con la EPSO
Se recomienda a los candidatos consultar su cuenta EPSO como mínimo dos veces por semana para mantenerse al corriente de su progreso en la oposición. En caso de que no puedan hacerlo debido a un problema técnico de la EPSO, deberán informar de ello a la EPSO de inmediato, exclusivamente a través de su sitio web (https://epso.europa.eu/help_es).
La EPSO se reserva el derecho a no facilitar información que ya se indique claramente en la convocatoria de oposición, en sus anexos o en la página web de la EPSO, incluida su sección de «Preguntas frecuentes».
En toda la correspondencia relativa a una candidatura, los candidatos deberán indicar su nombre y apellidos (tal como figuren en su cuenta EPSO), su número de candidatura y el número de referencia del proceso de selección .
La EPSO se reserva el derecho a poner fin a cualquier intercambio de correspondencia inadecuada (es decir, que sea repetitiva, ofensiva o no pertinente).
3.2. Acceso a la información
Los candidatos tienen derechos específicos de acceso a determinada información que les atañe personalmente, los cuales se otorgan en virtud de la obligación de motivación, para permitir recurrir contra las decisiones denegatorias.
Esta obligación de motivación debe conciliarse con el respeto de la confidencialidad de las actuaciones del tribunal, que garantiza su independencia y la objetividad de la selección. Esa confidencialidad implica que no podrán divulgarse las posturas adoptadas por los distintos miembros de los tribunales de oposición o las evaluaciones comparativas de los candidatos.
Estos derechos de acceso a la información corresponden exclusivamente a los candidatos a oposiciones generales y la legislación sobre el acceso público a los documentos no podrá dar lugar a derechos distintos de los indicados en la presente sección.
3.2.1. Comunicación automática
Los candidatos recibirán automáticamente la información siguiente a través de su cuenta EPSO después de cada fase del proceso de selección organizado para una oposición concreta:
— |
pruebas de opciones múltiples por ordenador: sus resultados y un cuadro con sus respuestas y las respuestas correctas por número o letra de referencia. El acceso a la formulación de las preguntas y respuestas está expresamente excluido ; |
— |
cumplimiento de las condiciones de admisión: si han sido admitidos; en caso contrario, las condiciones de admisión no cumplidas; |
— |
«Talent screener» (evaluador de talentos): sus resultados y un cuadro con la ponderación de las respuestas, la puntuación atribuida a sus respuestas y su puntuación total; |
— |
pruebas preliminares: sus resultados; |
— |
pruebas intermedias: sus resultados si no están entre los candidatos admitidos a la siguiente fase; |
— |
fase o centro de evaluación: si no han sido excluidos, su pasaporte de competencias, en el que figurarán su puntuación global para cada competencia y las observaciones del tribunal de oposición, que proporcionan información cuantitativa y cualitativa sobre su prestación en la fase o centro de evaluación. |
En general, la EPSO no comunicará a los candidatos los textos originales o los ejercicios de las pruebas, por estar prevista su reutilización en futuras oposiciones. No obstante, en el caso de determinadas pruebas, podrá publicar excepcionalmente los textos originales o los ejercicios en su sitio web si:
— |
las pruebas han finalizado; |
— |
los resultados se han determinado y comunicado a los candidatos; y |
— |
no está previsto reutilizar los textos originales o los ejercicios en futuras oposiciones. |
3.2.2. Solicitudes de información
Los candidatos podrán solicitar una copia no corregida de sus respuestas a las pruebas escritas en los casos en que no esté previsto reutilizar su contenido en futuras oposiciones, quedando excluidas expresamente las respuestas a las pruebas de la bandeja electrónica y a los estudios de caso.
Los documentos con las respuestas de los candidatos corregidas y los detalles de la puntuación están amparados, en particular, por el secreto de las actuaciones del tribunal de oposición y no se divulgarán .
La EPSO se esforzará por facilitar la máxima información posible a los candidatos, de conformidad con su obligación de motivación, el carácter secreto de las actuaciones de los tribunales de oposición y las normas relativas a la protección de los datos personales. Todas las solicitudes de información se evaluarán en consonancia con estas obligaciones.
Las solicitudes de información deberán presentarse a través del sitio web de la EPSO (https://epso.europa.eu/help_es) en el plazo de diez días naturales a partir de la fecha de publicación de los resultados de los candidatos en su cuenta EPSO.
4. RECLAMACIONES Y ANOMALÍAS
4.1. Cuestiones técnicas y organizativas
Si los candidatos observan un problema grave de carácter técnico u organizativo en cualquier fase del proceso de selección, deberán informar de ello a la EPSO exclusivamente a través de su sitio web (https://epso.europa.eu/help_es) a fin de que esta pueda investigar el asunto y adoptar medidas correctoras.
En toda la correspondencia de los candidatos, estos deberán indicar su nombre y apellidos (tal como figuren en su cuenta EPSO), su número de candidatura y el número de referencia del proceso de selección .
Si el problema se plantea en un centro de pruebas , los candidatos deberán:
— |
advertir inmediatamente a los vigilantes para que puedan buscar una solución. En cualquier caso, deberán pedirles que registren su reclamación por escrito; y |
— |
ponerse en contacto con la EPSO, a más tardar en el plazo de tres días naturales desde la fecha de celebración de la prueba, a través de su sitio web (https://epso.europa.eu/help_es) y proporcionarle una breve descripción del problema. |
En el caso de los problemas que se planteen fuera de los centros (por ejemplo, problemas relacionados con la reserva de pruebas, o problemas técnicos durante las pruebas a distancia antes de conectarse a un vigilante), deberán seguir las instrucciones dadas en su cuenta EPSO y en el sitio web de la EPSO y ponerse en contacto inmediatamente con la EPSO a través de su sitio web (https://epso.europa.eu/help_es).
Para las cuestiones relacionadas con su candidatura, los candidatos deberán ponerse inmediatamente en contacto con la EPSO, en cualquier caso antes de la expiración del plazo de presentación de candidaturas, a través de su sitio web (https://epso.europa.eu/help_es). Es posible que las preguntas enviadas menos de cinco días hábiles antes de la fecha límite para la presentación de candidaturas no se contesten antes de que finalice el plazo.
4.2. Procedimientos internos de revisión
4.2.1. Errores en las pruebas de opciones múltiples por ordenador
La base de datos de las pruebas de opciones múltiples por ordenador está sujeta a un control de calidad exhaustivo permanente por parte de la EPSO y los tribunales de oposición.
Si los candidatos consideran que un error en una o varias de las pruebas de opciones múltiples por ordenador ha afectado a su capacidad de respuesta, tendrán el derecho a solicitar que el tribunal de oposición examine la pregunta o preguntas (en el marco del procedimiento de «neutralización»).
Con arreglo a ese procedimiento, el tribunal de oposición podrá decidir anular la pregunta errónea y repartir los puntos entre las restantes preguntas de la prueba. Únicamente los candidatos que hayan recibido esta pregunta se verán afectados por el nuevo cálculo. La puntuación de las pruebas se mantendrá según lo indicado en las secciones correspondientes de la presente convocatoria de oposición.
Los trámites que deben seguirse en las reclamaciones relativas a las pruebas de opciones múltiples por ordenador son los siguientes:
— |
procedimiento: los candidatos deberán ponerse en contacto con la EPSO únicamente a través de su sitio web (https://epso.europa.eu/help_es); |
— |
plazo: tres días naturales a partir de la fecha de realización de las correspondientes pruebas de opciones múltiples por ordenador; |
— |
información adicional: los candidatos deberán describir el contenido de la pregunta o preguntas impugnadas a fin de identificarla(s), y explicar la naturaleza del supuesto error de la forma más clara posible. |
No se tendrán en cuenta las reclamaciones recibidas fuera de plazo o que no describan claramente la pregunta o preguntas impugnadas y el supuesto error.
En particular, no se tendrán en cuenta las reclamaciones que simplemente aleguen presuntos problemas de traducción sin especificar claramente el problema.
Se aplicará el mismo procedimiento de revisión en lo que respecta a los errores que se produzcan en el ejercicio de bandeja electrónica.
4.2.2. Solicitudes de revisión
Los candidatos podrán presentar una solicitud de revisión de cualquier decisión adoptada por el tribunal de oposición o por la EPSO que establezca sus resultados o determine si acceden a la siguiente fase de la oposición o si quedan excluidos.
Las solicitudes de revisión podrán basarse en:
— |
una irregularidad sustancial en el proceso de oposición; y/o |
— |
el incumplimiento por el tribunal de oposición o la EPSO del Estatuto de los funcionarios, la convocatoria de oposición, sus anexos y/o la jurisprudencia. |
Los candidatos han de tener en cuenta que no estarán autorizados a impugnar la validez de la evaluación del tribunal de oposición en lo que respecta a la calidad de su prestación en una prueba o a la pertinencia de sus cualificaciones y experiencia profesional. Esta evaluación es un juicio de valor realizado por el tribunal de oposición y el desacuerdo de los candidatos con la evaluación por dicho tribunal de sus pruebas, experiencia o cualificaciones no supondrá que el tribunal haya cometido un error. Las solicitudes de revisión presentadas sobre esta base no obtendrán una respuesta positiva.
Los trámites que deben seguirse en las solicitudes de revisión son los siguientes:
— |
procedimiento: los candidatos deberán ponerse en contacto con la EPSO únicamente a través de su sitio web (https://epso.europa.eu/help_es); |
— |
plazo: diez días naturales a partir de la fecha en que la decisión impugnada haya sido publicada en la cuenta EPSO del candidato; |
— |
información adicional: los candidatos deberán indicar claramente la decisión que deseen impugnar y los motivos de la impugnación. |
Las solicitudes recibidas fuera de plazo no se tomarán en consideración.
Los candidatos que soliciten la revisión recibirán un acuse de recibo en el plazo de quince días hábiles. El órgano que adoptó la decisión impugnada (bien la EPSO, bien el tribunal de oposición) analizará la solicitud del candidato y este recibirá una respuesta motivada en el plazo más breve posible.
En caso de que el resultado sea positivo, el candidato será readmitido en el proceso de selección en la fase en la que haya sido excluido , con independencia de cuánto haya avanzado el proceso de la oposición hasta el momento de la readmisión.
4.3. Otras formas de impugnación
4.3.1. Reclamaciones administrativas
Los candidatos de las oposiciones generales tienen derecho a presentar una reclamación administrativa ante el director de la EPSO, en su calidad de autoridad facultada para proceder a los nombramientos.
Podrán presentar una reclamación contra una decisión, o la no adopción de una decisión, que afecte directa e inmediatamente a su situación jurídica como candidatos, únicamente si las normas que regulan el proceso de selección han sido claramente vulneradas. El director de la EPSO no podrá invalidar un juicio de valor realizado por un tribunal de oposición (véase la sección 4.2.2).
Los trámites que deben seguirse en las reclamaciones administrativas son los siguientes:
— |
procedimiento: los candidatos deberán ponerse en contacto con la EPSO únicamente a través de su sitio web (https://epso.europa.eu/help_es); |
— |
plazo: tres meses a partir de la notificación de la decisión impugnada o de la fecha en que debería haberse tomado una decisión; |
— |
información adicional: los candidatos deberán indicar claramente la decisión que deseen impugnar y los motivos de la impugnación. |
Las solicitudes recibidas fuera de plazo no se tomarán en consideración.
4.3.2. Recursos judiciales
Como candidato en una oposición, tiene derecho a interponer un recurso ante el Tribunal General, de conformidad con el artículo 270 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 91 del Estatuto de los funcionarios.
Tenga en cuenta que los recursos contra las decisiones adoptadas por la EPSO, en lugar de por el tribunal de la oposición, no serán admisibles ante el Tribunal General, a menos que se haya presentado una reclamación administrativa basada en el artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios (véase el apartado 4.3.1). Este es el caso, en particular, de las decisiones relativas a los criterios generales de admisión, que son adoptados por la EPSO y no por el tribunal de la oposición.
Los trámites que deben seguirse en los recursos judiciales son los siguientes:
— |
procedimiento: véase el sitio web del Tribunal General (https://curia.europa.eu/jcms/). |
4.3.3. Defensor del Pueblo Europeo
Cualquier ciudadano de la UE o residente en ella puede presentar una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo.
Antes de presentar una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo, los candidatos deberán haber efectuado los trámites administrativos pertinentes ante las instituciones u organismos correspondientes (véanse las secciones 4.1 a 4.3).
La presentación de una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo no ampliará los plazos para la presentación de reclamaciones administrativas o recursos judiciales.
Los trámites que deben seguirse en las reclamaciones ante el Defensor del Pueblo Europeo son los siguientes:
— |
procedimiento: véase el sitio web del Defensor del Pueblo Europeo (https://www.ombudsman.europa.eu/). |
4.4. Descalificación del proceso de selección
Los candidatos podrán ser descalificados en cualquier fase del proceso de selección, si la EPSO descubre que:
— |
han creado más de una cuenta EPSO; |
— |
han presentado candidaturas a ámbitos o perfiles incompatibles entre sí; |
— |
no cumplen todas las condiciones de admisión; |
— |
han realizado declaraciones falsas o no sustentadas en documentos adecuados; |
— |
no han respetado las condiciones de las pruebas organizadas a distancia; |
— |
no han reservado sus pruebas o no se han presentado a una o varias de ellas; |
— |
han cometido fraude durante las pruebas; |
— |
no han señalado en su candidatura las lenguas exigidas en la presente convocatoria de oposición, o los niveles mínimos requeridos para dichas lenguas; |
— |
han intentado ponerse en contacto con un miembro del tribunal de oposición de forma no autorizada; |
— |
no han informado a la EPSO de un posible conflicto de interés con un miembro del tribunal de oposición; |
— |
han presentado su candidatura en una lengua distinta de las especificadas en la presente convocatoria de oposición (podrá admitirse el uso de otra lengua en lo que respecta a nombres propios, títulos oficiales y denominaciones de los puestos de trabajo que se indiquen en los documentos acreditativos o en los membretes o denominaciones de los títulos); y/o |
— |
han firmado o han realizado una marca distintiva en las pruebas escritas o prácticas corregidas de forma anónima. |
Por otra parte, la EPSO se reserva el derecho de no reprogramar el examen de los candidatos que no hayan participado en el ensayo de conectividad, pero posteriormente hayan tomado parte en las pruebas a distancia y experimenten problemas de conectividad.
Los candidatos que deseen ser contratados por las instituciones de la UE deberán demostrar la máxima integridad. Cualquier fraude o intento de fraude podrá dar lugar a una sanción y poner en peligro su admisión a futuras oposiciones.
5. HABILITACIÓN DE SEGURIDAD PARA LA CONTRATACIÓN EN LA COMISIÓN EUROPEA
De conformidad con el artículo 10, apartado 2, de la Decisión (UE, Euratom) 2015/444 (1) de la Comisión, todo el personal de la Comisión Europea que maneje información sensible y clasificada que requiera un alto grado de confidencialidad («información clasificada de la UE») deberá disponer del nivel adecuado de autorización de seguridad («EU SECRET»).
Por consiguiente, puede exigirse a los candidatos seleccionados de una oposición, como requisito previo para la contratación para determinados puestos de la Comisión Europea, que se sometan al procedimiento de habilitación de seguridad previsto en la Decisión. Este requisito previo se indicará claramente en el anuncio de vacante del puesto correspondiente. Los candidatos seleccionados deberán estar dispuestos a someterse al procedimiento de habilitación, llevado a cabo por la autoridad nacional competente del Estado miembro del que sean nacionales. Se aconseja a los candidatos que se informen sobre dicho procedimiento antes de presentar su candidatura a la presente oposición.
6. PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos personales deben tratarse de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (2).
Véase también la Declaración específica de confidencialidad sobre la protección de datos personales en el marco de una oposición general (3).
Fin del ANEXO IV: pulse aquí para regresar al texto principal
(1) Decisión (UE, Euratom) 2015/444 de la Comisión, de 13 de marzo de 2015, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (DO L 72 de 17.3.2015, p. 53).
(2) Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE, (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).
(3) https://epso.europa.eu/content/specific-privacy-statement-personal-data-protection-within-framework-open-competition_es.