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Document 52013DC0422
COMMUNICATION FROM THE COMMISSION TO THE EUROPEAN PARLIAMENT AND THE COUNCIL 4th Annual Report on Immigration and Asylum (2012)
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO 4º Informe Anual sobre Inmigración y Asilo (2012)
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO 4º Informe Anual sobre Inmigración y Asilo (2012)
/* COM/2013/0422 final */
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO 4º Informe Anual sobre Inmigración y Asilo (2012) /* COM/2013/0422 final */
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL
PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO 4º Informe Anual sobre Inmigración y
Asilo (2012) I. Introducción En 2012 se
incrementó en casi un 10 % el número de solicitudes de asilo debido, en
parte, al conflicto de Siria, que requiere respuestas tanto a nivel humanitario[1] como de protección
por parte de la UE. Esto ilustra la importancia de completar finalmente el
Sistema Europeo Común de Asilo, para conseguir un estatuto uniforme de
protección en todo el territorio de la UE. La crisis económica ha seguido centrando
la atención de los dirigentes europeos en la recuperación y el crecimiento.
Aunque la tasa de desempleo sigue siendo muy elevada, muchos Estados miembros
se han venido enfrentando a una escasez de mano de obra y de personal
cualificado en algunos sectores. El porcentaje de la
población de la UE en edad de trabajar (el grupo de edades comprendidas entre
los 15 y los 64 años) sobre el total de la población de la UE ya alcanzó su
cenit en 2006, según los datos de Eurostat. La tasa de dependencia de las
personas mayores se elevó al 26,8 % en 2012[2]
y se espera que aumente fuertemente hasta alcanzar el 52,6 % de aquí a
2060[3]. En este contexto,
una inmigración bien gestionada puede desempeñar un papel positivo a la hora de
fomentar el crecimiento y de paliar la escasez de mano de obra en el mercado de
trabajo. En 2012, se
propusieron, negociaron y completaron importantes iniciativas, lo que refleja
el dinamismo de las políticas sobre migración y asilo, así como la creciente
necesidad de una respuesta coherente a escala de la UE. Prosiguieron las
negociaciones dirigidas a establecer mecanismos de financiación más allá de
2013 a través del Reglamento del Fondo de Asilo y Migración[4], así como las
relativas a las propuestas de refundición del Reglamento EURODAC[5] y a las Directivas
sobre procedimientos de asilo[6],
sobre empleo estacional[7]
y sobre el traslado dentro de una misma empresa[8].
Otro avance
importante fue el inicio de las operaciones de la Agencia Europea para la
gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de
libertad, seguridad y justicia[9],
especialmente por lo que se refiere al Sistema de Información de Schengen de
segunda generación (SIS II), al Sistema de Información de Visados (VIS) y a
EURODAC. Además, el Enfoque Global de la Migración y la Movilidad (GAMM)[10] siguió sirviendo
de marco general a la política exterior de la UE en materia de migración y
asilo. El papel de la política común de visados como estímulo del crecimiento
en la UE también ha sido objeto de especial atención en 2012. Este informe
se basa principalmente en las evaluaciones políticas Comisión y se completa con
un documento de trabajo de sus servicios[11]
de carácter práctico que incluye un anexo en el que se facilitan datos
estadísticos sobre los avances registrados tanto a nivel de la UE como de los
Estados miembros, recogidos mediante la Red Europea de Migración (REM)[12]. Dicho documento
incluye asimismo un informe sobre el desarrollo de la red de funcionarios de
enlace de inmigración[13]. II. Una
instantánea de la migración en la UE en 2012[14] Según los datos de Eurostat, el 1 de
enero de 2012, la población total de la UE era de 503,7 millones de personas,
lo que representa un aumento de 1,3 millones con respecto a 2011, equivalente a
un índice anual de + 2,6 por cada 1000 habitantes, lo que incluye un
incremento natural de 0,4 millones de personas (+ 0,8 ‰) y un aumento
de la migración neta, previo ajuste estadístico, de 0,9 millones
(+ 1,8 ‰)[15].
Los 20,7 millones de nacionales de terceros países que residen en la UE rondaba
el 4,1 % de la población total de la UE, lo que supera el número de
ciudadanos de la UE que viven en otro Estado miembro (13,6 millones de
personas, es decir, el 2,7 % de la población total de la UE)[16]. Los primeros
permisos de residencia expedidos a los nacionales de terceros países sumaron
unos 2,5 millones en 2011[17];
de ese total, el número de permisos expedidos por motivos familiares
representaba el 30 %, frente al 26 % de los expedidos por actividades
remuneradas, el 21 % de los expedidos por razones de estudios y el
23 % de los expedidos por motivos varios (como los relacionados con la
protección o la residencia sin derecho a trabajar). La mayoría de los permisos
de residencia se expidieron en 2011 a nacionales de Ucrania (unos
204 000), los Estados Unidos (unos 189 000), India (unos
179 000), China (unos 153 000) y Marruecos (unos 120 000). Mientras que el número total de
solicitudes de asilo se mantuvo muy por debajo del pico de 425 000 en
2001, se produjo un incremento del 9,7 % con respecto a 2011 en el número
total de solicitantes de asilo registrados en 2012, lo que arroja una cifra de
algo más de 330 000 solicitudes, resultante principalmente de una mayor
afluencia de solicitantes de asilo procedentes de Siria (en total, unas
23 510 personas en 2012 o un porcentaje del 7 %, frente a 7 885[18] en 2011). Otros
países con índices importantes de solicitantes de asilo fueron Afganistán
(8 % del número total de solicitantes), la Federación de Rusia (7 %),
Pakistán (6 %) y Serbia (6 %). Algunos Estados miembros
experimentaron un incremento de las solicitudes de asilo infundadas presentadas
por ciudadanos de Serbia, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, y, en
cierta medida, Bosnia y Herzegovina a raíz de la liberalización del régimen de
visados. En cuanto a la protección otorgada en
2012, fueron en total 71 580 solicitantes de asilo los que recibieron
protección en primera instancia [desglosable en ayuda a los refugiados
(37 245), protección subsidiaria (27 920) o humanitaria (6 415
personas)], lo que representa en torno al 27 % de todas las decisiones
adoptadas[19]. El año 2012
registró un ligero incremento de las solicitudes de protección internacional
presentadas en la UE por menores no acompañados, pasándose de más de 12 350
solicitudes en 2011 a más de 12 610 en 2012[20], y siendo
Alemania, Suecia, Bélgica y Austria los países que recibieron casi el 70 %
del número total de solicitantes. Estos menores no acompañados proceden
principalmente de Afganistán (5 350), Somalia (850), Guinea (430) y Pakistán
(415). Aunque las estadísticas sobre inmigración
irregular siguen siendo incompletas o, por la propia naturaleza del fenómeno
que intentan reflejar, presentan deficiencias de fiabilidad, la inmigración
irregular sigue siendo un componente importante de la migración a la UE.
Podemos recurrir a indicadores tales como las denegaciones o las detenciones y
retornos, pero deben usarse con mucha cautela. En 2012[21],
se denegó la entrada en la UE a unas 316 060 personas, lo que supone una
disminución del 8 % con respecto a 2011; la gran mayoría de estas
denegaciones (el 63 %) se produjo en España, y en particular en las
fronteras terrestres exteriores. También en 2012, fueron detenidas unas
427 195[22]
personas (lo que supone una disminución con respecto a 2011, en que la cifra
correspondiente se elevó a 468 840 personas), y en 2012 los Estados
miembros devolvieron a unos 186 630 nacionales de terceros países[23] (en torno a un
4 % menos que en 2011). Los informes trimestrales de Frontex[24] también han
servido para informar a los responsables políticos, en el momento oportuno,
sobre la situación en las fronteras exteriores de la UE. Para el período de referencia 2008-2010,
el perfil de las víctimas de la trata de seres humanos por género y edad fue del
68 % de mujeres frente a un 17 % de hombres, y del 12 % de niñas
frente al 3 % de niños. La mayoría de las víctimas identificadas y
presuntas son objeto de trata con fines de explotación sexual (62 %). La
trata para trabajo forzoso (25 %) ocupa el segundo lugar y el tráfico para
otros fines, como la extracción de órganos, el ejercicio de actividades
criminales o la venta de niños, ocupa el tercer lugar, con porcentajes
inferiores (14 %)[25].
Los datos facilitados por la REM de algunos Estados miembros ponen de
manifiesto que 736 nacionales de terceros países[26] recibieron
permisos de residencia como víctimas de la trata de seres humanos en 2012, y
los datos preliminares de algunos Estados miembros evidencian que 4 351
traficantes[27]
fueron arrestados y 627 traficantes[28]
fueron declarados culpables. III. La
migración como un instrumento de crecimiento La población de la UE en edad de trabajar
(15-64 años) ascendió a 335,4 millones de personas en 2012 y se prevé que caiga
durante los próximos 50 años hasta situarse en 290,6 millones de personas en
2060, según las últimas proyecciones de Eurostat[29]. Con el
envejecimiento de la población, y suponiendo que la migración mantenga en
promedio un ritmo estable, el coeficiente de dependencia de la tercera edad
aumentará del 26,8 % en 2012 al 52,6 % en 2060. Con menos inmigración,
este coeficiente sería aún mayor[30].
La UE ya está padeciendo los efectos del envejecimiento de la población en la
productividad, la competitividad y el crecimiento. La migración bien egstionada
puede no ser la panacea para este problema común, pero puede desempeñar un
papel positivo. Tanto en los Consejos informales de Justicia y Asuntos de
Interior (JAI) como en el Parlamento Europeo, se están celebrando debates
políticos sobre el modo en que la migración podría utilizarse más eficazmente
para contribuir al crecimiento económico[31]. III.1. Estrategias para hacer
frente a la actual escasez de mano de obra Existen
varias estrategias complementarias para paliar la escasez de mano de obra en
algunos sectores del mercado de trabajo. Tales estrategias incluyen un mayor
desarrollo de los instrumentos de adecuación entre la demanda y la oferta de
empleo[32],
la ampliación de la edad laboral, el aumento de los índices de participación,
la mejora de las capacidades de la mano de obra actual, la búsqueda de empleo
para las personas actualmente desempleadas y una mayor movilidad de los
trabajadores dentro de la Unión[33].
Como parte de esta estrategia coherente, debería prestarse una mayor atención a
un mejor uso de las competencias de los nacionales de terceros países que ya
residen en la UE[34],
como también a una buena gestión de la inmigración económica, en asociación con
los terceros países[35].
El «paquete sobre empleo»[36],
que contempla un programa de medidas a medio plazo de la UE y los Estados
miembros para apoyar una recuperación generadora de empleo y alcanzar los
objetivos de Europa 2020 para un proceso de crecimiento y creación de empleo
inteligente, sostenible e integrador, reconoce que, a largo plazo, la
inmigración económica será un factor clave para el mercado de trabajo de la UE.
Esto está en consonancia con las directrices de empleo, en que se insta a los
Estados miembros de la UE a garantizar el acceso al empleo y las oportunidades de
conseguirlo a todos los ciudadanos a lo largo de toda su vida y, de este modo,
reducir la pobreza y la exclusión social eliminando los obstáculos a la
participación en el mercado de trabajo de las personas más alejadas de él,
incluidos los migrantes en situación regular[37].
Para el Semestre
Europeo de 2012, tres Estados miembros empezaron a aplicar las recomendaciones
específicas por países (BE, DK, NL) para la integración de los migrantes en el mercado
de trabajo. Para el Semestre Europeo de 2013, la Comisión lanzó asimismo una
iniciativa sobre el desarrollo de las capacidades y destinada a hacer que la
educación y la formación respondan más a las necesidades del mercado de trabajo[38], lo que también
afecta a la integración de los nacionales de terceros países. En 2012, hubo varias iniciativas que
examinaban la contribución de los inmigrantes al crecimiento económico[39]. La contribución
socioeconómica de los migrantes está bien documentada y hay indicios de que
estos pueden más bien complementar a los trabajadores de la UE que
sustituirlos, y de que han contribuido a una mayor flexibilidad del mercado de
trabajo y a la innovación[40].
El potencial
de los empresarios[41]
e inversores migrantes ha logrado un mayor reconocimiento. En su Plan de acción
sobre emprendimiento 2020[42],
la Comisión proponía contemplar iniciativas para atraer a los empresarios migrantes
y promover el espíritu empresarial entre los migrantes que ya residen en la UE
o llegan a su territorio, y para analizar la posibilidad de proponer medidas
legislativas que eliminen los obstáculos jurídicos a la creación de empresas y
otorguen a los empresarios migrantes cualificados un permiso de residencia
estable. Ya pueden
ponerse ejemplos prácticos de sectores en que existe escasez[43], a pesar de la
crisis y el bajo nivel global de la demanda de mano de obra. Se han detectado
graves déficits de mano de obra cualificada en el sector de las tecnologías de
la información (TI), previéndose que la demanda de profesionales de TI aumente
en torno a un 3 % anual y que la demanda de mano de obra supere fuertemente
la oferta[44].
La escasez en los sectores de la salud y la ingeniería ya es también evidente
en el momento actual[45].
La política de migración de la UE debería permitir en mayor medida a las
empresas contratar a las personas adecuadas, que en caso contrario pueden
decidir trasladar sus actividades fuera de la UE, con consecuencias negativas adicionales
para la economía de la UE[46].
III.2. Atraer talentos y evitar la
fuga de cerebros La UE tiene que competir cada vez más con,
por ejemplo, Canadá, Estados Unidos y Suiza, para atraer talentos[47]. Europa debe seguir
siendo un destino atractivo[48],
sin renunciar, no obstante, a garantizar la seguridad y prevenir los abusos. Un
diálogo con el resto del mundo, en el contexto del Enfoque Global de la
Migración y la Movilidad (GAMM), puede servir para facilitar la migración como
parte de un enfoque holístico de todas las facetas de la gestión de la migración[49]. La legislación sobre migración de la UE
contribuye a atraer a ciertas categorías de migrantes. Un ejemplo es la Directiva
sobre la tarjeta azul[50]
de la UE de 2009, que permite la entrada y residencia de nacionales de terceros
países contratados para un empleo altamente cualificado. La evaluación que se
está actualmente llevando a cabo de su transposición por los Estados miembros contribuirá
a determinar si dicha Directiva ha alcanzado su objetivo. Los primeros datos
estadísticos sobre su aplicación deberían estar disponibles en 2013, y la
Comisión publicará un informe a mediados de 2014. La Comisión ya ha recibido las
notificaciones de algunos Estados miembros en relación con la transposición de
la Directiva sobre el permiso único[51],
y anima a los demás Estados miembros a cumplir el plazo de transposición , fijado
para finales de 2013. Los colegisladores deberán redoblar sus esfuerzos para
llegar a un acuerdo sobre las Directivas relativas al traslado dentro de una
misma empresa[52]
y al empleo estacional[53],
cuya negociación avanzó en 2012. El Portal de
inmigración[54]
de la UE es una importante herramienta para informar mejor a los migrantes
potenciales sobre sus opciones y las condiciones de una migración legal. Por
término medio, la página web recibió unas 7 000 visitas mensuales en el
último trimestre de 2012. El Portal está actualmente disponible en francés e
inglés y hay nuevas versiones lingüísticas en fase de desarrollo[55]. Para hacer de la UE un destino más
atractivo para los estudiantes e investigadores de mayor talento, y estimular
la investigación, el desarrollo y la innovación, la Comisión adoptó una
propuesta de refundición de la legislación que recoge las normas aplicables a los
requisitos de entrada y residencia y a los derechos de los investigadores,
estudiantes y otros grupos nacionales de terceros países[56]. La presente
propuesta aborda algunas de las deficiencias existentes, introduciendo unas condiciones
de admisión más claras y mayores garantías procesales y reforzando la
coherencia con los programas de movilidad de la UE, como Erasmus Mundus y las
becas Marie Curie. Propone que se ofrezca a los alumnos más oportunidades para
buscar trabajo durante y después de los estudios. También pretende ofrecer una
mayor protección y abordar ciertos derechos de igualdad de trato con los
nacionales. Una propuesta de Reglamento de la
Comisión por el que se crea el Cuerpo Voluntario Europeo de Ayuda Humanitaria[57] contempla la
posibilidad de que los nacionales de terceros países residentes de larga
duración se conviertan también en Voluntarios de ayuda humanitaria de la UE. El Tribunal de Justicia de la Unión
Europea (TJUE) emitió dos sentencias[58]
sobre la interpretación de la Directiva sobre residentes de larga duración[59]. Una de ella
aborda la cuestión de los derechos a la igualdad de trato en lo que se refiere a
los subsidios de vivienda concedidos a los nacionales de terceros países
cubiertos por la Directiva. El Tribunal confirmó asimismo que los Estados
miembros no pueden imponer tasas excesivas y desproporcionadas por la concesión
de permisos de residencia a los nacionales de terceros países. III.3. Un control de las fronteras y visados
más inteligente para contribuir al crecimiento La facilitación de la entrada de los
nacionales de terceros países a la UE es otra forma de hacer de la UE un
destino más atractivo. El 28 de febrero de 2013, la Comisión adoptó el «Paquete
de fronteras inteligentes», que consiste en la propuesta de un «sistema de
registro de entradas y salidas»[60],
de un «Programa de Registro de Pasajeros»[61]
y de las subsiguientes modificaciones del Código de fronteras Schengen, para
acelerar, facilitar y reforzar los procedimientos de control en las fronteras
aplicables a los extranjeros que viajan a la UE. En una situación en que el número de
visados Schengen expedidos en todo el mundo ha vuelto a aumentar en 2012, hasta
rondar los 14,2 millones, frente a los 12,7 millones de 2011, es evidente que
la aplicación del Código de Visados[62]
está produciendo resultados. En 2012, la Comisión destacó[63] que una política
de visados más inteligente podría contribuir a los objetivos de crecimiento de
la Estrategia Europa 2020, al mejorar las oportunidades de viajar,
especialmente para los turistas. Un informe sobre la aplicación del Código de
Visados irá asimismo acompañado de una propuesta de modificación para
garantizar que la política de visados de la UE fomenta el crecimiento económico
y los intercambios culturales, facilitando los desplazamientos de los viajeros
legítimos, como los empresarios, turistas, estudiantes y jóvenes, y garantizando
al mismo tiempo un alto nivel de seguridad para la UE. Esta propuesta será
objeto de una evaluación de impacto. Prosiguió en 2012 el desarrollo del
Sistema de Información de Visados (VIS), para incluir a otras dos regiones
(Oriente Próximo y la región del Golfo). Así, son ahora más las solicitudes de
visado sujetas a los procedimientos VIS, lo que permite un procesamiento más
rápido y una lucha más eficaz contra la usurpación de identidad[64]. La Comisión está
realizando actualmente un estudio para el reconocimiento de las huellas
dactilares de los niños menores de doce años, para determinar desde el punto de
vista científico si existe una edad límite de recogida de huellas dactilares. III.4. Facilitar la integración en
nuestras sociedades La UE debe asegurarse de que se han
establecido medidas eficaces para promover la integración, con la participación
tanto de los migrantes como de las sociedades en las que viven[65]. El acceso a la
educación y a los servicios sociales y sanitarios es importante para la
integración. En 2012, los Estados miembros iniciaron el proceso de aplicación
de la Directiva sobre el permiso único de 2011, que otorga a los nacionales de
terceros países cubiertos por dicha Directiva el derecho a la igualdad de trato
con respecto a los nacionales de la UE, por ejemplo en lo que se refiere a las
condiciones de trabajo y los salarios, la educación y la formación profesional,
y la seguridad social. Más allá de su contribución a la economía
de la UE y a la innovación, hay que respetar el papel positivo de los propios migrantes.
La rica diversidad cultural y social de la UE, así como su espíritu de
tolerancia, deben seguir sirviendo de ejemplo positivo. No obstante, resulta
alarmante el creciente número de manifestaciones de violencia xenófoba contra
los inmigrantes en toda la UE. Con unas políticas de buena gestión de la
migración y de integración, la UE puede contribuir activamente a combatir las
actitudes xenófobas, apoyando, por ejemplo, el diálogo social, y mejorando la
comprensión y la confianza entre las distintas comunidades. La situación
de los nacionales de terceros países, en comparación con la población de la UE
en su conjunto, muestra que podría hacerse más para garantizar que los
migrantes que ya residen en la UE están bien integrados y pueden aprovechar
plenamente su potencial en un entorno en que se respetan plenamente sus
derechos fundamentales, y contribuir a la prosperidad de nuestras sociedades. Según el
informe titulado «Evolución del empleo y de la situación social en Europa 2012»[66], las tasas de
desempleo son más elevadas en el caso de los nacionales de terceros países
(21,3 %), en comparación con la media de la UE (10,5%). También se constató que
los nacionales de terceros países tenían más probabilidades de estar
sobrecualificados con relación a los homólogos nacionales y más en riesgo de
caer en la pobreza o la exclusión social[67].
El riesgo de pobreza y exclusión social de las personas nacidas en el
extranjero con edades comprendidas entre los 25 y los 54 años supera por
término medio el de los demás en más de diez puntos porcentuales en toda la UE
en su conjunto. También es significativa la diferencia en cuanto a riesgo de
pobreza, una vez efectuadas las transferencias sociales, entre inmigrantes y
ciudadanos de la UE: ocho puntos porcentuales. Además, los niños de origen
inmigrante tienen un mayor riesgo de abandonar prematuramente los estudios[68]. De otro estudio
se desprende que los jóvenes de origen inmigrante tienen muchas más
probabilidades de convertirse en jóvenes sin trabajo, estudios o formación (NEET,
por sus siglas en inglés, o Ninis, en español), en comparación con otros
jóvenes[69].
Ante estos retos, el Consejo adoptó sus Conclusiones de noviembre de 2012, en
que identificaba las prioridades necesarias para abordar la participación y la
inclusión social de los jóvenes, haciendo hincapié en aquellos de origen inmigrante[70]. El Paquete
sobre Inversión Social ofrece a los Estados miembros de la UE orientación y
apoyo en sus esfuerzos por eliminar los obstáculos a la participación de los
trabajadores infrarrepresentados, incluidos los migrantes, en el mercado de trabajo,
y les insta a que emprendan acciones para abordar la discriminación en el lugar
de trabajo, mejorar los regímenes de reconocimiento de las competencias y la
cualificación, y facilitar el acceso de los migrantes a la educación
(especialmente la educación superior), los servicios de empleo (incluida la
información sobre ofertas de empleo), los servicios financieros, las
prestaciones de seguridad social y la asistencia social[71]. La
reagrupación familiar también contribuye a facilitar y promover la integración.
Tras la consulta pública de las partes interesadas a raíz del Libro Verde de
2011 sobre el derecho a la reunificación familiar[72], la Comisión está
actualmente elaborando directrices para garantizar una aplicación eficaz,
transparente y clara de las normas sobre reagrupación familiar a nivel de la
UE. Estas directrices, previstas para finales de 2013, abordarán la
necesidad de equilibrar el derecho fundamental a la vida familiar con la
necesidad de garantizar que este derecho se aplique de una forma efectiva y
coherente con arreglo a las normas de la Directiva[73]. III.5. Perspectiva exterior La migración es
un punto que ocupa un lugar cada vez más importante en la agenda mundial. En el
marco del GAMM, que proporciona el marco general de la política exterior de
migración de la UE, la UE ha emprendido una serie de iniciativas tanto a nivel
regional como a nivel mundial. Facilitar la migración y la movilidad debería
contribuir al crecimiento económico y la competitividad de la UE. Los
importantes vínculos entre la migración y las cuestiones de desarrollo se
reconocen claramente asimismo en el marco de la política de desarrollo de la
UE, el «Programa para el cambio». Además de las asociaciones de movilidad
existentes, se han entablado en 2012 negociaciones con Marruecos y Túnez sobre
nuevas asociaciones de movilidad, lo que incluye la facilitación de la
movilidad y una mejor gestión de la migración legal[74]. La UE también ha
iniciado conversaciones exploratorias con Azerbaiyán. Se ha lanzado asimismo un
diálogo estructurado con Jordania sobre la migración, la movilidad y la
seguridad, conducente, posiblemente, a una asociación de movilidad. Se
iniciarán diálogos similares con otros países de la región del Mediterráneo
meridional, cuando la situación política lo permita. También se está contemplando
otro marco de cooperación, el «Programa Común sobre Migración y Movilidad», con
otros países prioritarios no vecinos de la UE, como la India. La UE también puso en marcha en 2012 toda
una serie de diálogos y procesos de cooperación a nivel regional y subregional
en que se abordaban todos los asuntos de interés común y los temas relacionados
con la migración y la movilidad. En línea con las conclusiones del Consejo de
29 de mayo de 2012[75],
se ha otorgado prioridad a la Asociación África-UE sobre migración, movilidad y
empleo y al Proceso de Rabat[76]
en el Sur, al Proceso de Praga[77]
y el Grupo de expertos en migración y asilo de la Asociación Oriental en el
Este, así como al diálogo sobre migración entre la UE y los países de América
Latina y el Caribe y al diálogo con los países situados en la Ruta de la Seda
en el marco del Proceso de Budapest[78]. Los países de
origen gozan también de canales legales bien gestionados para entrar en la UE, cuya
importancia no debe subestimarse. Las remesas siguen siendo una fuente
significativa de ingresos privados para muchas familias en los terceros países,
y en 2011 se elevaron a 28,5 mil millones EUR, lo que supone un aumento del
3 % con respecto a 2010[79].
Aunque la Comisión y los Estados miembros han puesto en marcha varias
iniciativas relativas a las remesas en los últimos años y se han conseguido
mejoras, aún queda mucho por hacer[80].
Los grupos de la diáspora también contribuyen al desarrollo de sus países de
origen de otras muchas maneras, y en particular mediante la transferencia de
capacidades y el fomento de las inversiones. En el plano
internacional, la UE participa activamente en la preparación del próximo
segundo diálogo de alto nivel de las Naciones Unidas sobre la migración
internacional y el desarrollo, que se entablará durante la sesión 68ª de la
Asamblea General de las Naciones Unidas los días 3 y 4 de octubre de 2013, para
contribuir eficazmente a la consecución de un acuerdo satisfactorio. En su
Comunicación titulada «Maximizar la repercusión en el desarrollo de la
migración — Contribución de la UE al diálogo de alto nivel de las Naciones
Unidas y próximas etapas hacia la ampliación de los vínculos entre desarrollo y
migración»[81],
los vínculos entre migración y desarrollo se abordan de nuevo, y la posición
común de la UE se define con mensajes clave para la mejora de la cooperación
mundial. IV. Hacer
frente a los desafíos en materia de protección internacional IV.1. Completar el Sistema Europeo
Común de Asilo (SECA) Europa
sigue siendo un destino importante para las personas realmente necesitadas de
protección. Con el fin de disponer de un estatuto uniforme de protección en
todo el territorio de la UE, el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión
dedicaron grandes esfuerzos a lo largo de 2012 a completar el paquete de
instrumentos necesarios para la segunda fase del SECA. Tras la adopción en 2011de
la Directiva sobre requisitos revisada[82],
se alcanzó un acuerdo político en 2012 sobre la refundición del Reglamento de
Dublín[83]
y la Directiva sobre las normas de acogida[84].
Los cambios en la Directiva sobre las normas de acogida son especialmente
importantes, ya que introducen, por primera vez, disposiciones de aplicación
detalladas sobre la detención relacionada con el asilo, incluida una lista
exhaustiva de razones restrictivas de detención, así como requisitos estrictos
aplicables a las condiciones de detención. Los cambios introducidos en el
Reglamento de Dublín reforzarán tanto su eficiencia como sus aspectos
protectores, especialmente por lo que se refiere al derecho de recurso contra
decisiones de traslado y al mantenimiento de la unidad familiar. Se alcanzó un
acuerdo político en marzo de 2013 sobre los dos actos legislativos finales que
conforman el SECA, a saber, la refundición de dos instrumentos: la Directiva
sobre los procedimientos de asilo[85]
y el Reglamento EURODAC relativo a una base de datos biométrica para la
comparación de las impresiones dactilares[86].
La revisión de la Directiva sobre los procedimientos de asilo permitirá unas
decisiones en materia de asilo más justas, rápidas y de mayor calidad, y tener
más en cuenta las necesidades especiales de las personas vulnerables y, en
particular, garantizar una mayor protección de los menores no acompañados y de las
víctimas de la tortura. La revisión del Reglamento EURODAC permitirá, además, el
acceso de las autoridades policiales a la base de datos de la UE que contiene
las impresiones dactilares de los solicitantes de asilo en circunstancias
estrictamente limitadas, para prevenir, detectar o investigar los delitos más
graves, tales como el asesinato, y el terrorismo. Con la
posterior aplicación efectiva de estas medidas del SECA, la UE dispondrá de un
sistema de asilo global con procedimientos comunes y un estatuto uniforme para
las personas a las que se conceda asilo o protección subsidiaria en toda la UE,
y con suficientes salvaguardias para combatir el uso indebido. Estas medidas
también tienen por objeto garantizar la protección de los derechos
fundamentales de los solicitantes de asilo, y en particular el principio de no
devolución y el derecho a la tutela judicial efectiva ante los tribunales. IV.2. Fomentar la cooperación
práctica y solidaridad en la UE Ha habido un
intenso debate sobre la solidaridad en la UE en materia de asilo a nivel de la
UE, con la adopción de documentos estratégicos por el Parlamento Europeo[87] y el Consejo[88], y la adopción de
dictámenes por el Comité de las Regiones[89]
y el Comité Económico y Social Europeo[90].
Se brindó apoyo a las líneas generales de la estrategia de la Comisión que
figura en la Comunicación sobre una mayor solidaridad en la UE en el ámbito del
asilo[91].
La estrategia se basa en el refuerzo de la confianza mutua y en el
desarrollo paralelo de una variedad de herramientas que pueden responder a las
diferentes necesidades y situaciones de los Estados miembros. Estas herramientas
y marcos solo puede tener éxito en la práctica con el pleno compromiso de las
autoridades de los Estados miembros y de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo
(EASO). El compromiso de los Estados miembros con
respecto a las medidas de solidaridad fue puesto a prueba de forma concreta en
tres ocasiones a lo largo de 2012, y en particular con relación al Plan de
acción nacional de Grecia en materia de asilo e inmigración[92], el conflicto de
Siria y el reasentamiento de los beneficiarios de protección internacional en
la UE, especialmente a través del proyecto EUREMA II. Las tres cosas han demostrado
la necesidad de seguir desarrollando la aplicación en la práctica de los
compromisos de solidaridad contraídos. Esta aplicación
fue el tema de una reunión de expertos sobre solidaridad en la UE celebrada a
principios de 2013. La reunión confirmó que aún queda margen para una
cooperación práctica más estrecha entre las autoridades nacionales. Así por
ejemplo, se ha demostrado que, a pesar de la ampliamente reconocida alta
calidad del currículo europeo en materia de asilo, solo un puñado de Estados
miembros lo utilizan ampliamente. Al mismo tiempo, los expertos de algunos
Estados miembros se declararon dispuestos a que se ejerza un mayor control a
nivel de la UE sobre los procedimientos de asilo nacionales en el contexto del
fomento de la confianza mutua mediante una transposición coherente de nuevas
leyes en materia de asilo. Por lo que se refiere a la prevención y gestión de
crisis, se identificaron en la citada reunión varios retos clave, como las
responsabilidades de coordinación en el marco de las acciones de solidaridad a
escala de la UE y la planificación de contingencias en las situaciones de
crisis de asilo. IV.2.1. Una Oficina Europea de
Apoyo al Asilo (EASO) plenamente operativa La Oficina
Europea de Apoyo al Asilo[93]
desempeña un papel clave en la aplicación del sistema europeo común de asilo,
en particular a través del refuerzo de la cooperación práctica y la
coordinación del apoyo operativo entre los Estados miembros[94]. La EASO logró la
plena independencia financiera en septiembre de 2012, y las principales medidas
de cooperación práctica en materia de asilo, previamente gestionadas por la
Comisión, fueron transferidas a la Agencia en 2012. Sin dejar de apoyar la
aplicación del Plan de acción de la UE sobre migración y asilo en Grecia, se
produjo un segundo despliegue de los equipos de apoyo al asilo de la EASO, esta
vez en Luxemburgo, al objeto de contribuir a la formación de los agentes
recientemente contratados. La EASO actúa cada vez más como proveedor de
información, con el fin de adoptar medidas preventivas y abordar problemas
específicos antes de que deriven en una crisis. La Agencia depende de los
recursos de los Estados miembros para desempeñar sus funciones, y también se
insta a los Estados miembros a incrementar su apoyo y su contribución a otros
proyectos dirigidos por la EASO, como el currículo europeo en materia de asilo
y las actividades en el país de origen. La asociación
entre la Comisión Europea y la EASO seguirá reforzándose en 2013, cuando la
Agencia se convierta en un socio fundamental para la aplicación de la nueva
legislación. En 2013, se llevará a cabo una primera evaluación de la EASO, en
línea con lo señalado en la Comunicación sobre una mayor solidaridad en la UE[95]. La Comisión
también va a trabajar con la EASO con vistas a la plena adopción de las medidas
recogidas en la Declaración conjunta sobre las agencias descentralizadas de la
UE[96]. IV.2.2. Apoyo a Grecia en materia
de asilo La Comisión, junto con la EASO y otras
partes interesadas, ha adoptado medidas para ayudar a Grecia a mejorar su
sistema de asilo. Dicha ayuda ha consistido en misiones sobre el terreno, la
concesión de financiación específica y el despliegue de los equipos de apoyo al
asilo de la EASO y de expertos en la aplicación de la financiación de la UE. Esta evolución positiva incluye un nuevo
servicio independiente de asilo, la adopción de una serie de medidas para la
resolución de los asuntos pendientes como los comités de apelación y un grupo
especial de trabajo. La financiación, por un importe total de aproximadamente
19,95 millones EUR para el período 2011-2013, se ha facilitado para apoyar
estos esfuerzos a través del Fondo Europeo para los Refugiados, con unos 3,2
millones EUR asignados tan solo en 2013[97].
Aunque está claramente a favor de esta
evolución, la Comisión considera que sigue habiendo lagunas y se precisan
ulteriores esfuerzos, sobre todo por lo que se refiere al respeto de los
derechos humanos en los centros de internamiento y a la necesidad de
incrementar el acceso al procedimiento de asilo y la disponibilidad de centros
de acogida abiertos. La Comisión seguirá trabajando con las autoridades griegas
para priorizar y facilitar una rápida aplicación del plan de acción. También se
precisa el apoyo y la solidaridad continuos de otros Estados miembros de la UE.
La importancia de la vigilancia permanente a este respecto se ve confirmada por
las implicaciones para todo el sistema de asilo europeo de la sentencia de la
Gran Sala del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos acumulados C-411/10
y C-493/10[98]. IV.2.3. Protección para las
personas que huyen de Siria Las
consecuencias migratorias del conflicto de Siria son un reto importante para
los sistemas de asilo de algunos Estados miembros. La gran mayoría de los casi
600 000 sirios que huyeron de su país en 2012 se dirigieron a Jordania,
Turquía, El Líbano e Irak[99],
de los cuales unos 23 770[100]
solicitaron asilo en la UE. De ellos, la mayoría presentaron la solicitud en
Alemania y Suecia (lo que supone un 33 % del total en cada uno de estos
países), mientras que otros Estados miembros se vieron tan solo marginalmente
afectados. Aunque estas cifras no fueron lo suficientemente elevadas como para
desestabilizar los sistemas de asilo, especialmente debido a que la evaluación
de las solicitudes pudo efectuarse rápidamente, sobre todo en Alemania, quedó
claro no obstante que se precisaba una mayor preparación ante este tipo de
cambios imprevisibles. En agosto de
2012, la Comisión creó una red que incluía a las agencias competentes (EASO,
Frontex y Europol) para canalizar un intercambio regular de información que
permitiera coordinar las intervenciones. Este mecanismo de coordinación entre
la Comisión Europea y las agencias de la UE es un proyecto con el que se
pretende garantizar un mejor seguimiento global de la situación en las
fronteras exteriores de la UE y de sus sistemas de asilo. Ello facilitará la
activación de los instrumentos de apoyo en el momento oportuno, inclusive a
través del Mecanismo de Alerta Temprana contemplado en el artículo 33 del
Reglamento de Dublín revisado. IV.2.4. Realojamiento dentro de la
UE El
realojamiento de los beneficiarios de protección internacional sigue siendo uno
de los actos de solidaridad más tangibles a disposición de los Estados miembros
que desean aliviar las presiones sobre los sistemas de asilo de otros Estados
miembros. También sigue siendo uno de los más controvertidos. Aunque el
proyecto EUREMA II[101],
que comenzó en 2012, se ha ampliado hasta finales de 2013, sigue habiendo
dificultades para trasladar a los beneficiarios desde Malta a determinados
Estados miembros participantes a efectos de realojamiento. Según la EASO y la
información facilitada a la Comisión por la ACNUR, la OIM y el Gobierno maltés,
las razones para ello van desde los a veces restrictivos criterios aplicados
por los Estados miembros para seleccionar a los beneficiarios del realojamiento
a la percepción por los beneficiarios de que la reagrupación familiar y las
perspectivas de integración en los Estados miembros que se ofrecen a
realojarlos podrían causarles dificultades. IV.3. Dimensión exterior del asilo
en la UE — Programas regionales de protección y reasentamiento. La
solidaridad no debe detenerse en las fronteras de la UE, y los terceros países
deberían igualmente beneficiarse del apoyo de la UE en materia de protección
internacional. En el marco del GAMM, la UE debería aumentar la cooperación con
los terceros países interesados para contribuir a reforzar sus sistemas de
protección y garantizar el cumplimiento de las normas internacionales, así como
para mostrar su solidaridad con los refugiados y otras personas necesitadas de
protección en todo el mundo. Los programas regionales de protección (PRP) y el
reasentamiento son instrumentos clave para lograr este objetivo, paralelamente
a la cooperación de la UE en curso, tanto a nivel bilateral como multilateral,
con los terceros países. Además del
trabajo dedicado a los PRP[102]
existentes, y en respuesta a la petición formulada por el Consejo de Justicia y
Asuntos de Interior[103],
la Comisión está respondiendo al actual conflicto en Siria y a la situación de
los refugiados en los países vecinos mediante la creación en 2014 de un
programa regional de desarrollo y de protección en Oriente Próximo, que servirá
de complemento a la asistencia humanitaria inmediata ya prestada. La Comisión
proporciona asimismo apoyo financiero a la ACNUR para respaldar los esfuerzos
destinados a permitir a las personas refugiadas en países vecinos de Siria
inscribirse correctamente y, de ese modo, tener acceso a la protección. Eso
incluye asistir a las autoridades locales proporcionándoles medios de
transporte desde los pasos fronterizos, facilitándoles el equipamiento y los
suministros necesarios, así como, en la medida de lo necesario, impartiendo
formación y familiarizando a las organizaciones no gubernamentales,
funcionarios y otras partes interesadas con los principios básicos de la
protección internacional. El
reasentamiento de refugiados procedentes de fuera de la UE sigue siendo un
importante acto de solidaridad de la UE y sus Estados miembros con los terceros
países que albergan grandes poblaciones de refugiados. El objetivo de la
Comisión es garantizar que, sin cuestionar el carácter voluntario del reasentamiento,
cada año se consiga el reasentamiento de más refugiados por más Estados
miembros. Al alcanzar un acuerdo sobre el programa conjunto de la UE en materia
de reasentamiento[104]
en el marco del Fondo Europeo para los Refugiados en marzo de 2012, los Estados
miembros llegaron a un acuerdo, por primera vez, sobre las prioridades comunes
específicas de la UE en materia de reasentamiento para 2013[105]. Esta iniciativa
constituye una fuerte señal política de unidad y solidaridad con la comunidad
internacional y con los refugiados necesitados de una solución duradera, y es
una expresión de la importancia que la UE y los Estados miembros otorgan a la
tarea de encauzar los esfuerzos de reasentamiento de la Unión hacia las
situaciones prolongadas que necesitan una atención especial y mayor energía.
Las líneas generales del programa de reasentamiento de la Unión a partir de
2014 se están actualmente negociando como parte del nuevo Fondo de Asilo y
Migración. IV.4. Menores no acompañados Los menores
no acompañados, incluidos los que no solicitan asilo, constituyen un grupo
vulnerable al que se siguió prestando mucha atención en 2012. El informe
intermedio[106]
sobre la aplicación del Plan de acción sobre los menores no acompañados
(2010-2014)[107]
subrayaba la necesidad de mejorar la recogida de datos, prevenir la migración
insegura y la trata de seres humanos, prever la recepción y la presencia de
garantías procesales en la UE y buscar soluciones duraderas para abordar
eficazmente este fenómeno persistente. La integración de las necesidades
específicas de los menores (no acompañados) y el reconocimiento de su posición
vulnerable en las situaciones de asilo de manera adecuada sigue siendo para la
Comisión uno de los puntos más importantes durante las negociaciones sobre los
instrumentos del Sistema Europeo Común de Asilo. La EASO puso en marcha una serie de
iniciativas con relación a las técnicas de evaluación de la edad y búsqueda de
familiares. Por su parte, la Comisión lanzó una convocatoria de propuestas de
proyectos para analizar las políticas e identificar las mejores prácticas para
la recepción, protección e integración de los menores no acompañados[108]. IV.5. Erradicación de la trata de
seres humanos y protección de las víctimas Se precisa una estrecha cooperación entre
la UE y sus Estados miembros para erradicar la trata de seres humanos, que es
un fenómeno predominantemente transfronterizo. Las víctimas de fuera de la
Unión Europea proceden principalmente de Nigeria y China. En 2012, se
produjeron algunos avances significativos y dinámicos en el marco jurídico y
político de la UE de lucha contra la trata de seres humanos. En junio de 2012,
la Comisión lanzó la Estrategia integrada de la UE para la erradicación de la
trata de seres humanos (2012-2016)[109],
que pone el acento en las víctimas y busca complementar la aplicación de la
legislación de la UE en la materia[110].
La Oficina del Coordinador de la UE para la lucha contra la trata de seres
humanos., nombrado en 2011, desempeña un papel fundamental en el seguimiento de
la aplicación. En octubre de 2012, el Consejo de la Unión Europea adoptó unas
Conclusiones[111]
en las que se acogía favorablemente la estrategia y se reafirmaba la voluntad
política y la disposición de los Estados miembros a actuar de acuerdo con sus
compromisos políticos. El Parlamento Europeo, el Comité Económico y Social
Europeo y el Comité de las Regiones también han acogido con satisfacción la
Comunicación[112]. Por lo que se refiere a la dimensión
externa de la trata de seres humanos, el segundo (y último) informe sobre la
aplicación del documento orientado a la acción relativo a la intensificación de
la dimensión exterior de la UE en materia de actuación contra la trata de seres
humanos[113]
reconocía que la estrategia de la UE debería utilizarse como el nuevo marco orientativo
de la dimensión exterior, previendo también esfuerzos concertados en pro de una
mayor cooperación con los terceros países de origen, tránsito y destino. Esto está
también en consonancia con las Conclusiones del Consejo sobre el Enfoque Global
de la Migración y la Movilidad[114].
La trata de seres humanos es un tema recurrente en todos los diálogos sobre
migración y movilidad entablados entre la UE y sus socios, tanto a nivel
regional como a nivel bilateral, así como en las asociaciones de movilidad. El
informe incluía una lista específica de los países y regiones que requieren una
mayor consolidación y racionalización de estos procesos de cooperación y
asociación, que se revisará y actualizará periódicamente. V. Respuesta
política de la UE a las presiones migratorias V.1. Un planteamiento
coherente para reducir la migración irregular La migración irregular sigue suponiendo
un desafío para la UE y los Estados miembros, los cuales se ven todos
afectados, aunque a diferentes niveles y en distintas circunstancias, como se
ven los propios inmigrantes, a menudo en condiciones peligrosas e inhumanas. La
UE se impone como objetivo explícito prevenir y controlar las presiones
existentes derivadas de la migración irregular, así como el uso indebido de las
rutas de migración legal. Esta es una condición previa indispensable para una
política creíble en materia de migración legal y movilidad. El 23 de abril de 2012, el Consejo aprobó
la «Acción de la Unión Europea frente a las presiones migratorias - Una
respuesta estratégica»[115],
subrayando seis prioridades estratégicas de actuación: (I) reforzar la
cooperación con los terceros países de origen y de tránsito en materia de
gestión de la migración; (II) mejorar la gestión de las fronteras en las
fronteras exteriores; (III) prevenir la inmigración ilegal a través de la
frontera greco-turca; (IV); combatir mejor el uso indebido de los canales de
migración legal; salvaguardar y proteger la libre circulación previniendo el
uso indebido por parte de los ciudadanos de terceros países; y (VI) mejorar la
gestión de la migración, incluida la cooperación sobre prácticas de retorno. La «Acción de la Unión Europea frente a
las presiones migratorias - Una respuesta estratégica» ofrece un instrumento
que permite a la UE y sus Estados miembros hacer frente a la migración
irregular, garantizando al mismo tiempo el respeto de los derechos
fundamentales[116].
La aplicación y seguimiento de sus elementos implica una estrecha colaboración
entre los diferentes actores institucionales (el Consejo, los Estados miembros,
la Comisión y las Agencias de la UE competentes), cada uno con arreglo a sus
competencias y funciones institucionales respectivas[117]. El documento de
trabajo de la Comisión que acompaña a este informe incluye un informe de
situación sobre las actuaciones de los Estados miembros en estas áreas
prioritarias[118].
Las prioridades estratégicas deben considerarse como parte del aspecto más
amplio de la gestión de los flujos migratorios, incorporando todas las facetas:
desde el diálogo con los terceros países como parte del marco GAMM, pasando por
las acciones de solidaridad con Grecia, hasta las acciones emprendidas por
alguno de los Estados miembros dentro de sus fronteras. Deben imponerse sanciones a quienes
contraten a nacionales de terceros países en situación irregular. La Comisión
está evaluando actualmente la transposición por los Estados miembros de la
Directiva sobre las sanciones a los empleadores[119]. Sobre la base de
esta evaluación, la Comisión publicará un informe a mediados de 2014. Se invita
a los Estados miembros a presentar los informes anuales sobre las inspecciones,
que debe presentarse en julio de cada año. V.1.1 Identificar y abordar los
puntos de presión Frontex desempeña un papel esencial en el
examen de las rutas de la migración irregular y en las acciones coordinadas
para hacer frente a los puntos de presión particular, como lo son en la
actualidad las fronteras entre Grecia y Turquía. Pueden aparecer puntos de
presión en otros lugares y, por lo tanto, sigue siendo importante supervisar
constantemente la evolución de la situación. Como parte del Plan de acción
nacional de Grecia en materia de asilo e inmigración, una evolución positiva ha
sido la mejora de la gestión integrada de las fronteras exteriores, a través de
la vigilancia electrónica, así como el establecimiento de una unidad de
coordinación nacional, más una política de retorno eficaz, que se centrará en
el apoyo a los retornos voluntarios y, en los casos en que estos no sean
posibles, en los retornos forzosos. V.1.2 Acuerdos de readmisión La Comisión sigue promoviendo la
aplicación de los 13 acuerdos de readmisión de la UE existentes[120], teniendo también
en cuenta las Conclusiones del Consejo de los días 9 y 10 de junio de 2011
sobre la estrategia de readmisión de la Unión Europea. También avanza en sus
trabajos como negociador de los acuerdos de readmisión de la UE. Se celebraron
nuevos acuerdos de readmisión con Cabo Verde en abril de 2012 y con Armenia en
octubre de 2012. También se llegó a un Acuerdo con Turquía en junio de 2012, aún
pendiente de firma y ratificación. Las negociaciones con Azerbaiyán han
progresado a un ritmo sostenido. La Comisión está asimismo tratando de reforzar
las garantías de protección de los derechos fundamentales en los acuerdos de
readmisión de la UE recientemente negociados con terceros países. En junio de 2012, la reunión ministerial
ACP celebrada en Vanuatu refrendó un conjunto de recomendaciones de las
reuniones de expertos relativas, entre otras cosas, a la readmisión, y destinadas
a reforzar la puesta en práctica de las disposiciones aplicables del
artículo 13 (migración) del Acuerdo de Cotonú[121]. V.1.3 Establecimiento de normas
con una política común en materia de retorno Antes de finales de 2012, todos los
Estados miembros sujetos a la Directiva sobre el retorno[122], salvo Islandia,
habían notificado a la Comisión su plena transposición. Así, la UE está ya muy
cerca de disponer de normas comunes en materia de retorno, con pleno respeto de
los derechos fundamentales. La evaluación de la correcta transposición de la Directiva
sobre el retorno en la legislación nacional se ha completado, y está
actualmente siendo objeto de seguimiento por parte de la Comisión. Una
sentencia fundamental dictada en 2012 por el TJUE aclara hasta qué punto las
disposiciones de la legislación nacional que penalizan la estancias irregulares
son compatibles con la Directiva sobre el retorno[123]. A finales de
2013 se publicará una Comunicación sobre el retorno. En 2012, el 52,1 % de todos los
retornos llevados a cabo fueron retornos o salidas voluntarios. Los retornos o
salidas voluntarios siguen siendo la opción preferida de retorno, si bien en
algunos casos los retornos forzosos resultan necesarios. Los Estados miembros
deberían seguir aprovechando plenamente las posibilidades que ofrece la Red
Europea de Retorno Voluntario (VREN)[124],
así como la financiación del Fondo Europeo para el Retorno. El uso de vuelos
conjuntos de retorno debería seguir fomentándose, aprovechando al máximo el
Fondo Europeo para el Retorno y de la coordinación de Frontex[125]. Deben reforzarse
las garantías procesales, según lo prescrito en la Directiva sobre el retorno,
incluida la presencia de supervisores del retorno forzoso. Los Estados miembros se enfrentan a
menudo a un número considerable de nacionales de terceros países que no pueden
ser devueltos en la práctica, aunque se haya adoptado una decisión de retorno.
Un estudio comparativo[126]
realizado para la Comisión constataba que varios Estados miembros prevén
canales y condiciones para que las personas con una orden de retorno o
expulsión aplazada puedan iniciar un procedimiento de regularización, siempre y
cuando cumplan determinadas condiciones, como, por ejemplo, un período mínimo
de estancia, disposición a cooperar y ausencia de problemas de orden público.
La Comisión está revisando actualmente las conclusiones de este estudio y
propondrá posibles actuaciones en el marco de su Comunicación sobre el retorno. V.1.4 Lucha contra el uso
indebido de la liberalización de los visados La Comisión,
con la ayuda de la EASO y FRONTEX, sigue supervisando los efectos de estos
nuevos regímenes de exención de visado a través del denominado «mecanismo de
supervisión posterior a la liberalización de visados». También prosiguieron las
negociaciones sobre las propuesta de modificación[127] del Reglamento
539/2001[128].
Esta revisión del Reglamento introducirá un nuevo mecanismo de suspensión de
visado y un nuevo mecanismo de reciprocidad revisado como último recurso en los
casos en que la introducción de un régimen de exención de visado provoca un
repentino e importante aumento de la inmigración irregular o la presentación de
solicitudes de asilo infundadas. Todavía no se ha llegado a un acuerdo sobre el
mecanismo de reciprocidad. V.2.Una gestión eficaz de las
fronteras V.2.1.Fronteras exteriores de la UE Frontex sigue desempeñando un papel esencial a la hora de
facilitar la cooperación operativa entre los Estados miembros en materia de
seguridad y retorno. La aplicación de su Reglamento revisado[129], que entró en
vigor en diciembre de 2011, debe constituir ahora una de las principales
prioridades de la Agencia, recurriendo, en particular, de forma activa al
agente responsable en materia de derechos fundamentales designado por la
Agencia y al Foro Consultivo sobre Derechos Fundamentales. La Comisión acogió
con satisfacción la consulta pública lanzada por el Defensor del Pueblo de la
UE sobre Frontex y los derechos fundamentales[130]. Tras la anulación por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
de la Decisión 2010/252/UE del Consejo en relación con las Directrices para las
situaciones de búsqueda y salvamento[131],
la Comisión presentó en abril de 2013 una propuesta[132] para sustituir esta Decisión
y tener en cuenta la histórica sentencia dictada en 2012[133] por el Tribunal Europeo de
Derechos Humanos. En
estrecha coordinación con Frontex y los Estados miembros, la Comisión siguió
desarrollando el Sistema Europeo de Vigilancia de Fronteras (EUROSUR), que deberá
estar operativo en octubre de 2013. El Reglamento por el que se crea el Sistema
se adoptará previsiblemente durante el primer semestre de 2013, y se insta
tanto al Consejo de la Unión Europea como al Parlamento Europeo a apoyar este
calendario. Con el fin de disponer de un conjunto completo de herramientas para
gestionar las fronteras exteriores de la UE con las mejores tecnologías, la
Comisión adoptó en febrero de 2013 el «paquete de medidas sobre fronteras
inteligentes». V.2.2.Gobernanza de Schengen Como anunciaba en su Comunicación de 2011
sobre migración[134],
la Comisión publicó unas Directrices[135],
como parte del primer informe semestral sobre el funcionamiento del espacio
Schengen, para garantizar una aplicación e interpretación coherentes de las
normas que rigen la zona Schengen[136].
Se identificaron dos ámbitos en que dichas directrices podrían aportar un valor
añadido: la expedición de permisos de residencia temporales y documentos de
viaje a los ciudadanos de terceros países y medidas policiales en las zonas
fronterizas interiores. En lo que respecta a estas últimas, se invita a los
Estados miembros a velar por que su legislación y prácticas nacionales estén en
consonancia con las disposiciones pertinentes del acervo de Schengen y la
jurisprudencia del TJUE[137]. Las propuestas legislativas presentadas
en 2011[138]
para reforzar la gobernanza de Schengen se debatieron intensamente a lo largo
de 2012 en el Consejo y en el Parlamento Europeo; en 2013, prosiguen las
conversaciones. VI. Observaciones
finales La migración ha sido y será uno de los
elementos que conforman la UE. Como se desprende del presente informe, se ha
avanzado mucho recientemente, y en los próximos años surgirán nuevos retos a
los que habrá que hacer frente. El creciente número de actos de violencia
xenófoba contra los migrantes en toda la UE es alarmante. Con una migración
bien gestionada y unas políticas de integración, la UE puede contribuir
activamente a contrarrestar estas actitudes. Europa debería acoger favorablemente la
diversidad y convertir la migración en un fuerza dinámica para el crecimiento y
el progreso. Para atraer a los talentos y a los empresarios que Europa
necesita, la UE debe estar a la altura de sus competidores mundiales. En apoyo
de los objetivos de la Estrategia Europa 2020, es preciso crear las condiciones
para una política de inmigración de trabajadores previsora y global y para
permitir que la actividad económica prosiga en un entorno seguro y estable.
Esto incluye trabajar en favor de una gestión más moderna y eficiente de los
flujos de viajeros en las fronteras exteriores, reforzar las políticas de
integración y de inmigración legal bien gestionadas y, al mismo tiempo,
intensificar la lucha contra la migración irregular y la trata de seres
humanos, garantizando a todos los niveles el respeto de los derechos
fundamentales de los inmigrantes y los solicitantes de asilo. También implica
que los colegisladores otorguen la necesaria prioridad a la adopción de los
paquetes legislativos que ya hay sobre la mesa. E implica asimismo la necesidad
de un seguimiento más proactivo por parte de la Comisión de la aplicación del
acervo en materia de migración. El desarrollo de las políticas de
inmigración y asilo no puede llevarse a cabo sin el apoyo presupuestario
necesario. Sigue siendo preciso garantizar que el marco general para el
presupuesto de la Unión Europea correspondiente al período 2014 a 2020 se
acordará y aplicará de forma efectiva. Es preciso llegar urgentemente a un
acuerdo sobre las propuestas de Reglamento del Fondo de Asilo y Migración y del
Reglamento del Fondo de Seguridad Interior para que puedan adoptarse las
medidas necesarias a principios de 2014. La Comisión piensa organizar una serie
de «diálogos políticos» con los Estados miembros y, por lo que se refiere a algunas
partes del Fondo de Seguridad Interior, los Estados asociados a Schengen, antes
de las negociaciones en torno a sus programas plurianuales. El diálogo político
deberá permitir hacer mayor hincapié en los objetivos, resultados y
repercusiones. Mientras tanto, se invita a los Estados miembros a utilizar
plenamente los fondos actualmente disponibles para apoyar la aplicación de la
política de migración de la UE. La Comisión espera con interés el
desarrollo de nuevos debates sobre la base de este informe, tanto en el
Parlamento Europeo como en el Consejo. [1] La Comisión ha comprometido una dotación
suplementaria de 100 millones EUR en concepto de asistencia humanitaria para
más de 4 millones de personas necesitadas de ayuda como consecuencia del
conflicto de Siria. Esta financiación, que se hará efectiva en 2013, eleva el
importe de la ayuda humanitaria de la Comisión a 200 millones EUR. Véase
http://ec.europa.eu/echo/news/2013/20130129_en.htm. [2] Eurostat (código de datos en línea: demo_pjanind) [3] Eurostat (código de datos en línea: proj_10c2150p) [4] COM(2011) 751final. [5] COM(2012) 254 final. Propuesta modificada en
segunda lectura. [6] COM(2011) 319 final. Propuesta modificada. [7] COM(2010) 379 final. [8] COM(2010) 378 final. [9] Reglamento (UE) nº 1077/2011. Véase: http://ec.europa.eu/dgs/home-affairs/what-is-new/news/news/2012/docs/20121129_agency_large_scale_it_systems_es.pdf. [10] COM(2011) 743 final, más Conclusiones ulteriores del
Consejo. En junio de 2013, se publicará un informe bianual sobre la aplicación
del GAMM, en que se hará balance de los progresos alcanzados con el fin de
contribuir a reforzar en mayor medida la aplicación del GAMM. [11] SWD(2013) 210. [12] REM: http://www.emn.europa.eu [13] Reglamento (CE) nº 377/2004 del Consejo, modificado
por el Reglamento (UE) nº 493/2011. DO L 141 de 27.5.2001, p.1. [14] Las estadísticas que se facilitan aquí y en toda la
presente Comunicación son principalmente los datos más recientes de que dispone
Eurostat. En el anexo estadístico del documento de trabajo de los servicios de
la Comisión que acompaña a la presente Comunicación [SWD(2013) 210], se recogen
estadísticas más detalladas, algunas de las cuales proceden de la REM, con un
desglose por Estado miembro. [15] La migración neta hacia la
UE, sin ajuste estadístico, ascendió a + 0,5 millones de personas, con
1,2 millones de emigrantes y 1,7 millones de inmigrantes. [16] Estadísticas sobre migración de Eurostat. Véase
también EU Employment and Social Situation Quarterly review,
March 2013, Special supplement on Demographic Trends. [17] Datos de Eurostat para 2011, a partir del 31.3.2013.
Los datos de Eurostat para 2012 estarán disponibles en julio de 2013. El anexo
estadístico del documento de trabajo de la Comisión SWD(2013) 210 incluye datos
de 2012 sobre la mayoría de Estados miembros presentados por la REM. [18] Esta cifra, si se incluyen
los cuatro Estados asociados, era de 8 980. [19] Datos de Eurostat. Comunicado de prensa 48 /2013 de
22 de marzo de 2013. [20] Eurostat, no hay datos
disponibles para 2012 con relación a Malta y los Países Bajos. [21] Datos de Eurostat (a
18.4.2013). [22] Datos de Eurostat (a
18.4.2013). EU-27, excepto HU y NL. [23] Datos de Eurostat (a
25.4.2013). EU-27, excepto DK, CY, NL, LU – datos relativos al periodo marzo‑diciembre
de 2012. [24] http://www.frontex.europa.eu/publications [25] Eurostat. El informe estadístico de la DG HOME
incluye datos para los años 2008, 2009 y 2010, procedentes de los 27 Estados
miembros de la UE, de Croacia y de los siguientes países candidatos y de la
AELE/EEE: Islandia, Montenegro, Noruega, Serbia, Suiza y Turquía. Disponible en
la página consagrada a la lucha contra la trata de seres
humanos del sitio Europa. [26] BE, BG, EL, FR, IT, MT, PL, RO, SI, SE, UK y NO.
Anexo estadístico, cuadro 9, SWD(2013) 210. Fuente REM. [27] BG, EL, ES, FR, IT, LV, LU, MT, PL, SK, FI, SE.
Fuente: REM. [28] BG, EL, IT, LV, LU, MT, PL, RO, SK, FI, SE. Fuente:
REM [29] Europop2010. [30] En comparación con las poblaciones nacionales, los
inmigrantes son generalmente más jóvenes, sobre todo por lo que se refiere al
tramo de edades 20-50 años. http://epp.eurostat.ec.europa.eu/portal/page/portal/population/documents/Tab/ESSQR_Mar2013_demogr_suppl_final.pdf
[31] Reunión informal del Consejo JAI de los días 23-24 de
julio de 2012 y 17-18 de enero de 2013. PE sobre la integración de los
migrantes, sus efectos en el mercado de trabajo y la dimensión exterior de la
coordinación en materia de seguridad social (votación del 10.1.2013). Dictamen
del Comité Económico y Social Europeo (CESE) sobre la contribución de los
empresarios inmigrantes a la economía de la UE (2012/C 351/04). [32] Véase, por ejemplo, el Panorama de cualificaciones de
la UE, http://euskillspanorama.ec.europa.eu/;
análisis realizado por el CEDEFOP. [33] Por ejemplo, a través de EURES (http://ec.europa.eu/eures/),
así como facilitando la movilidad dentro de la UE de los nacionales de terceros
países (véase el estudios del REM). [34] En el tramo de edades 20-64 años, el porcentaje de
sobrecualificación de los nacionales de terceros países es mucho más elevado
que el de la población total (45 %, frente al 21 %).
SEC(2011) 957 final, p. 28. [35] COM(2012) 173 final, Hacia una recuperación
generadora de empleo, pp. 18-19. http://ec.europa.eu/europe2020 [36] COM(2012) 173 final. [37] 2010/707/UE: Decisión del Consejo, de 21 de octubre
de 2010 , relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los
Estados miembros. [38] Un nuevo concepto de educación: invertir en las
aptitudes para lograr mejores resultados socioeconómicos, COM(2012) 669 final. [39] Especialmente en el marco de proyectos y estudios
sobre este tema. Por ejemplo, la revista trimestral de la Comisión Europea
sobre el empleo y la situación social, y la publicación Independent Network
of Labour Migration and Integration Experts (LINET) de la OIM (http://www.labourmigration.eu/),
así como la 8º reunión del Foro Europeo sobre la Integración. [40] Brückner, H., The Labour Market Impact on
immigration and its Policy Consequences. Centro de Política de Migración
(MPC) (2012). [41] CESE (2012/C 351/04). [42] COM(2012) 795 final. [43] COM(2011) 815 final, Estudio Prospectivo Anual
sobre el Crecimiento 2012, p. 11. [44] https://ec.europa.eu/digital-agenda/node/21022
[45] Informe europeo sobre ofertas de empleo y
contratación - 2012, http://euskillspanorama.ec.europa.eu/docs/EVVR2012Factsheets/08-Bottleneck.pdf
[46] Por ejemplo, en el sector de las TI: IP/13/52: En
Davos, la Comisión llama a las empresas de TIC a actuar para colmar la brecha
entre competencias y empleos en el sector digital europeo http://europa.eu/rapid/press-release_IP-13-52_fr.htm
[47] OCDE: «Adaptarse: Indicadores de integración de los
inmigrantes 2012», cuadro 1.A1.2 «Nivel educativo de las poblaciones nacidas en
el extranjero y nacidas en el país con edades comprendidas entre los 15 y los
64 años y no escolarizadas, 2009-10». [48] Según las cifras de la OCDE, la proporción de
personas con titulaciones superiores entre los habitantes nacidos en el
extranjero es menor en la UE que en los EE UU o en Canadá (datos de origen:
«Adaptarse: Indicadores de integración de los inmigrantes 2012», capítulo 7,
cuadro 1.A1.2). [49] El enfoque global de la cuestión de las migraciones y
de la movilidad apunta asimismo a prevenir y combatir las migraciones
irregulares, y a erradicar la trata de seres humanos; tiende a optimizar el
efecto de las migraciones y de la movilidad en el desarrollo, promueve la
protección internacional y refuerza la dimensión exterior del asilo. [50] Directiva 2009/50/CE de 25 de mayo de 2009. [51] Directiva 2011/98/UE, adoptada el 13 de diciembre de
2011. La Directiva deberá transponerse de aquí al 25 de diciembre de 2013. [52] Véase el sitio del Observatorio legislativo del PE, referencia
interinstitucional 2010/2009 (COD) [53] Véase el sitio del Observatorio legislativo del PE, referencia
interinstitucional 2010/2009 (COD) [54] http://ec.europa.eu/immigration [55] La versión española se lanzó en enero de 2013. La
versión árabe se lanzará a finales de 2013. [56] COM(2013) 151 final, adoptado el 25.3.2013.
Directivas existentes: 2005/71/CE (investigadores) y 2004/114/CE (estudiantes).
[57] COM(2012) 514 final. [58] Asuntos C-571/10 y C-508/10, http://ec.europa.eu/dgs/home-affairs/what-is-new/news/news/2012/20120510_en.htm
[59] Directiva 2003/109/CE, modificada por la Directiva
2011/51/UE por la que se concede el estatuto de residente de larga duración a
los beneficiarios de protección internacional. [60] COM(2013) 95. [61] COM(2013) 97. [62] Reglamento (CE) n° 810/2009. [63] COM(2012) 649 final - Comunicación de la Comisión
titulada «Aplicación y desarrollo de la política común de visados como estímulo
del crecimiento en la UE», acompañada de un informe sobre el funcionamiento de
la cooperación local Schengen [COM(2012) 648 final]. [64] En 2012, se registraron en el VIS unos 2,4 millones
de solicitudes de visado. Esta cifra representa el 16 % del total de
solicitudes de visado para ese año. [65] La actual estrategia de la UE a este respecto se fija
en la «Agenda Europea para la Integración de los Nacionales de Terceros
Países»: véase COM(2011) 455 final y las Conclusiones ulteriores del 3135º
Consejo JAI de los días 13 y 14 de diciembre de 2011. Véase asimismo el
dictamen del Comité de las Regiones sobre la Agenda (CIVEX-V-024). [66] Disponible en la siguiente dirección: http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=fr&catId=89&newsId=1774&furtherNews=yes,
y Eurostat [Encuesta de Población Activa (EPA) de la UE], cuadro lfsa_urgan. [67] Las estadísticas sobre las tasas de desempleo
específicas por Estado miembro pueden consultarse en el SWD(2013) 210. [68] COM (2013) 83 final, pp. 6 y 7. [69] Eurofound (2012) «Los NEET (Ni-Nis, en español) –
Jóvenes sin empleo, educación o formación: Características, costes y medidas
adoptadas por los poderes públicos en Europa». [70] Véase http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_data/docs/pressdata/en/educ/133859.pdf
[71] COM(2013) 83 final, Hacia la inversión social para el
crecimiento y la cohesión, incluida la ejecución del Fondo Social Europeo
2014-2020, pp. 11 y 12, SWD(2013) 39 final, Follow-up on the Implementation
by the Member States of the 2008 European Commission Recommendation on Active
Inclusion of People Excluded from the Labour Market – Towards a social
investment approach, p. 56. [72] COM(2011) 735 final. Las contribuciones recibidas en
respuesta a este Libro Verde pueden consultarse en la siguiente dirección: http://ec.europa.eu/home-affairs/news/consulting_public/consulting_0023_en.htm
[73] El estudio del REM titulado Misuses of the Right
to Family Reunification - Marriages and convenience and false declarations of
parenthood (junio de 2012) alimenta este debate. [74] Se alcanzó un acuerdo político con Marruecos el 1 de
marzo de 2013. [75] Conclusiones del Consejo sobre el «Enfoque Global de
la Migración y la Movilidad» (doc. 9417/12). [76] Conferencia Euro-Africana sobre Migración y
Desarrollo, declaración firmada en Rabat en 2006. [77] Proyecto político que promueve la construcción de
asociaciones para la migración entre Estados participantes de la UE, del
espacio Schengen, del Sudoeste y del Este de Europa, así como de Asia central,
además de Turquía, que comenzó con una conferencia ministerial celebrada en
Praga en 2009. Véase: www.icmpd.org [78] Forum consultivo de más
de 50 Gobiernos y 10 organizaciones internacionales, cuyo objetivo es
crear sistemas completos y sostenibles de migración ordenada. Véase el sitio: www.icmpd.org [79] Comunicado de prensa 176/2012 de Eurostat de
11 de diciembre de 2012. [80] EU Remittances for Developing Countries, Remaining
Barriers, Challenges and Recommendations. http://ec.europa.eu/europeaid/what/migration-asylum/documents/eu_remittances_for_developing_countries_final_19-11-2012.pdf [81] COM(2013) 292 de 21.5.2013. [82] Directiva 2011/95/UE. [83] Refundición de la Directiva 2003/9/CE. Comunicado de
prensa del Consejo 14556/12, Consejo JAI de 25.10.2012. [84] Refundición del Reglamento (CE) n° 343/2003 del
Consejo. Comunicado de prensa del Consejo 17315/12, Consejo JAI de 6-7 de
diciembre de.2012. [85] Directiva 2005/85/CE sobre normas mínimas para los procedimientos
que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de
refugiado DO L 326 de 13.12.2005, p. 13. Véase el sitio del Observatorio legislativo del PE, referencia
interinstitucional COD(2009)0165. [86] Reglamento (CE) n° 2725/2000 del Consejo. DO L 316
de 15.12.2000, p. 1. Sitio del Observatorio legislativo del PE:
Observatorio legislativo del PE, referencia
interinstitucional COD(2008)0242. El próximo informe anual EURODAC se publicará
durante el segundo semestre de 2013. [87] http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?type=TA&language=ES&reference=P7-TA-2012-310 [88] http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_data/docs/pressdata/en/jha/130731.pdf [89] http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2012:277:0012:0017:ES:PDF [90] http://www.eesc.europa.eu/?i=portal.en.soc-opinions [91] COM(2011) 835 final. [92] Véase también el grupo de trabajo de la Comisión para
Grecia, http://ec.europa.eu/commission_2010-2014/president/taskforce-greece/ [93] La EASO puso en marcha asimismo su sitio oficial
Internet en 2012, en la dirección http://www.easo.europa.eu, y publicó su
primer informe anual en junio de 2012. [94] El informe anual de la EASO, cuya publicación está
prevista para mediados de 2013, proporcionará información detallada sobre las
distintas actividades que ha llevado a cabo en 2012. [95] COM(2011) 835 final. [96] http://ec.europa.eu/commission_2010-2014/sefcovic/headlines/news/2012/07/2012_07_17_joint_agreement_agencies_en.htm [97] Para el periodo 2011-2013, se concedió asimismo a
Grecia un importe de 97,9 millones EUR en el marco del Fondo Europeo para el
Retorno, y un importe de 129,7 millones EUR en el marco del Fondo para las
Fronteras Exteriores. Solo en 2013, los importes concedidos ascienden a
35,3 millones EUR y a 44 millones EUR, respectivamente. El importe de
19,95 millones EUR incluye 7,7 millones EUR en concepto de
financiación de emergencia con cargo al Fondo Europeo para los Refugiados. [98] Asuntos acumulados C-411/10 y C-493/10 (N.S., M.E. y
Otros) http://ec.europa.eu/dgs/legal_service/arrets/10c411_en.pdf [99] http://data.unhcr.org/syrianrefugees/regional.php,
cifras de principios de enero de 2013. [100] Los datos de diciembre no están disponibles para todos
los Estados miembros. No hay datos disponibles para NL. [101] En el marco del primer proyecto de la UE de
realojamiento desde Malta (EUREMA), se realojó a 227 beneficiarios de
protección internacional en 2010-11. Para EUREMA II, se comprometieron
inicialmente 97 plazas, a las que se suman otros 265 compromisos bilaterales de
realojamiento al margen del proyecto. A lo largo de 2012, 105 personas fueron
realojadas bien a través de EUREMA II, bien a través de los dispositivos
bilaterales de acompañamiento. [102] La Comisión apoyó asimismo muy activamente el
desarrollo de Programas regionales de protección (PRP) en África del Norte
(incluidos Egipto y Túnez). [103] Octubre 2012. http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_data/docs/pressdata/en/jha/133241.pdf. [104] Decisión n° 281/2012/UE de 29 de marzo de 2012. http://www.resettlement.eu
[105] En el marco de este programa, los Estados miembros
participantes se comprometieron a reasentar a 3 962 refugiados en 2013.
Esta cifra representa un aumento con relación a 2012, año en que el número de
compromisos de reasentamiento fue de 3 083. [106] COM(2012) 554 final, y documento de trabajo de los
servicios de la Comisión SWD(2012) 281. [107] COM(2010) 213 final. [108] Véase el sitio http://ec.europa.eu/dgs/home-affairs/financing/fundings/migration-asylum-borders/other-programmes/pilot-project-unaccompanied-minors/index_en.htm
[109] COM(2012) 286 final. [110] En particular, la Directiva 2011/36/UE relativa a la
prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las
víctimas, DO L 101 de 15.4.2011. El plazo de transposición es abril de
2013. [111] http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_data/docs/pressdata/en/jha/133202.pdf. [112] http://www.eesc.europa.eu/?i=portal.en.soc-opinions.23965 y https://toad.cor.europa.eu/corwipdetail.aspx?folderpath=CIVEX-V%2f035&id=21618
[113] http://register.consilium.europa.eu/pdf/en/12/st13/st13661-re03.en12.pdf [114] http://register.consilium.europa.eu/pdf/en/12/st09/st09417.en12.pdf [115] Documento del Consejo n° 8714/1/12 REV 1. Véase: http://register.consilium.europa.eu/pdf/en/12/st08/st08714-re01.en12.pdf. Con el fin de reflejar la necesidad de revisar constantemente
esta estrategia, cada presidente del Consejo ha aceptado incluir este elemento
en su programa y actualizar regularmente el documento «Acción de la Unión
Europea frente a las presiones migratorias - Una respuesta estratégica»,
específicamente en el contexto del Comité Estratégico de Inmigración, Fronteras
y Asilo. [116] A título de ejemplo, el documento de orientación
«Detención de los inmigrantes en situación irregular – consideraciones sobre
los derechos fundamentales» elaborado por la Agencia de los Derechos
Fundamentales de la Unión Europea en 2012 debería tenerse en cuenta por lo que
se refiere a las prácticas de detención. [117] A título de ejemplo, la Comisión impulsa actualmente
una serie de negociaciones sobre los acuerdos de readmisión, actuando en
estricta colaboración con los Estados miembros en los grupos ad hoc del
Consejo. [118] SWD(2013) 210 final, sección 4. [119] Directiva 2009/52/CE. [120] COM(2011) 76. [121] http://ec.europa.eu/europeaid/where/acp/overview/cotonou-agreement/index_en.htm [122] Directiva 2008/115/CE. [123] En particular, el asunto C-430/11 (Sagor) explicitó
hasta qué punto las disposiciones nacionales que penalizan la estancia
irregular no pueden vulnerar las normas comunes de la Directiva sobre el
retorno. En este asunto, el Tribunal falló que una normativa nacional que
permite sancionar la estancia irregular de los nacionales de terceros países
con una pena de arresto domiciliario solo es compatible con las normas comunes
de la Directiva sobre el retorno si dicha pena finaliza en cuanto el traslado
físico del interesado fuera de dicho Estado miembros es posible. La sentencia
precisa la jurisprudencia del TJUE en la materia, basándose en la
jurisprudencia ya establecida en los asuntos C‑61/11, (El Dridi) y C‑329/11
(Achoughbabian), según la cual las disposiciones de la legislación nacional que
penalizan la estancia irregular deben ser proporcionadas, y no retrasar el
procedimiento de retorno. [124] http://www.vren-community.org/ [125] En 2012, Frontex coordinó un total de 39 vuelos de
expulsión conjuntos que afectaron a 2 110 personas. Veinte Estados
miembros (AT, BE, BG, DE, EL, ES, FI, FR, HU, IE, IT, LU, MT, NL, PL, RO, SE,
UK) y dos países asociados a Schengen (CH, NO) participaron en estos vuelos.
Los países de retorno eran Armenia, Colombia, Ecuador, Georgia, Ghana, Gambia,
Kosovo(*), Nigeria, Pakistán, Serbia, Ucrania y Uzbekistán. (*Esta denominación
se entiende sin perjuicio de las posiciones sobre su estatuto y está en
consonancia con la Resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las
Naciones Unidas y con la Opinión de la Corte Internacional de Justicia sobre la
declaración de independencia de Kosovo.) [126] A partir del 11.3.2013, véase el sitio http://ec.europa.eu/dgs/home-affairs/financing/fundings/migration-asylum-borders/other-programmes/pilot-project-unaccompanied-minors/index_en.htm.
[127] COM (2011) 290 final. [128] DO L 81 de 21.03.2001, p. 1. [129] Reglamento (UE) nº 1168/2011 de 22.11.2011. [130] Http://europa.eu/rapid/press-release_eo-12-14_en.htm?locale=en.
[131] Decisión en el asunto C-355/10 de 5 de septiembre de
2012. [132] COM(2013) 197 [133] TEDH, Hirsi Jamaa y Otros contra Italia [Gran Sala],
nº 27765/09 de 23 de febrero de 2012. [134] COM(2011) 248 final. [135] Anexo del COM(2012) 230. [136] COM(2012) 230. Este primer informe abarcó el período
que va del 1.11.2011 al 30.4.2012 y fue debatido por el Consejo JAI el 7 de
junio de 2012 y por el Parlamento Europeo el 4.7. 2012. El segundo informe
[COM(2012) 686], que abarca el periodo que va del 1.5.2012 al 31.10.2012, se
adoptó el 23.11.2012, tras ser debatido por el Consejo JAI los días 6 y 7 de
diciembre de 2012 y por el Parlamento Europeo, el 18.12.2012. [137] En particular, la sentencia en el asunto C-278/12. [138] COM(2011) 559 (Enlace al Observatorio legislativo del PE) y
COM(2011) 560 (Enlace a Observatorio legislativo del PE)