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Document 32019R0283

    Reglamento de Ejecución (UE) 2019/283 de la Comisión, de 18 de febrero de 2019, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.° 314/2004 del Consejo, relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabue

    C/2019/1490

    DO L 47 de 19.2.2019, p. 36–37 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2019/283/oj

    19.2.2019   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 47/36


    REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2019/283 DE LA COMISIÓN

    de 18 de febrero de 2019

    por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 314/2004 del Consejo, relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabue

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (CE) n.o 314/2004 del Consejo, de 19 de febrero de 2004, relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabue (1), y en particular su artículo 11, letra b),

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    La Decisión 2011/101/PESC del Consejo (2) identifica a las personas físicas y jurídicas a las que deben aplicarse las restricciones establecidas en el artículo 5 de dicha Decisión.

    (2)

    El Reglamento (CE) n.o 314/2004 da efecto a dicha Decisión en la medida en que es necesario actuar a nivel de la Unión. En particular, en el anexo III del Reglamento (CE) n.o 314/2004 figura la lista de personas y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de conformidad con ese mismo Reglamento.

    (3)

    El 18 de febrero de 2019, el Consejo decidió modificar la entrada de una persona y suprimir el nombre de dos personas en el anexo I de la Decisión 2011/101/PESC en el que se enumeran las personas y entidades a las que se aplican las medidas restrictivas.

    (4)

    Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo III del Reglamento (CE) n.o 314/2004.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    El anexo III del Reglamento (CE) n.o 314/2004 queda modificado de conformidad con lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en los Estados miembros de conformidad con los Tratados.

    Hecho en Bruselas, el 18 de febrero de 2019.

    Por la Comisión,

    en nombre del Presidente,

    Jefe del Servicio de Instrumentos de Política Exterior


    (1)  DO L 55 de 24.2.2004, p. 1.

    (2)  Decisión 2011/101/PESC del Consejo, de 15 de febrero de 2011, relativa a medidas restrictivas contra Zimbabue (DO L 42 de 16.2.2011, p. 6).


    ANEXO

    «ANEXO III

    Lista de personas y entidades a las que se refiere el artículo 6

    I.   Personas

    Nombre (y, si procede, alias)

    Datos identificativos

    Motivos para la designación

    (1)

    Mugabe, Robert Gabriel

    Fecha de nacimiento: 21.2.1924

    Pasaporte: AD001095

    Expresidente y responsable de actividades que socavan gravemente la democracia, el respeto de los derechos humanos y el Estado de Derecho.

    (2)

    Mugabe, Grace

    Fecha de nacimiento: 23.7.1965

    Pasaporte: AD001159

    DI: 63-646650Q70

    Ex Secretario de la Liga de Mujeres del ZANU-PF (Unión Nacional Africana – Frente Patriótico), implicado en actividades que socavan gravemente la democracia, el respeto de los derechos humanos y el Estado de Derecho. Se apropió de Iron Mask Estate en 2002; presuntamente obtiene grandes beneficios ilícitos de la minería de diamantes.

    (5)

    Chiwenga, Constantine

    General Jefe de las Fuerzas de Defensa de Zimbabue (ex-teniente general, jefe del Ejército de Tierra). Fecha de nacimiento: 25.8.1956.

    Pasaporte: AD000263

    DI: 63-327568M80

    Miembro del Comando Operativo Conjunto y cómplice en la concepción o dirección de la política estatal de represión. Utilizó el ejército para apoderarse de granjas. Durante las elecciones del 2008, fue uno de los principales arquitectos de la violencia asociada con el proceso de la segunda vuelta presidencial.

    (6)

    Shiri, Perence (alias Bigboy) Samson Chikerema

    Teniente general del Ejército del Aire. Fecha de nacimiento: 1.11.1955. DI: DI: 29-098876M18

    Militar de alta graduación y miembro del Mando Operativo Conjunto del ZANU-PF; cómplice en el diseño o la dirección de la política estatal de represión. Participó en actos de violencia, entre otros durante las elecciones de 2008 en Mashonaland Occidental y en Chiadzwa.

    (7)

    Sibanda, Phillip Valerio (alias Valentine)

    Jefe del Ejército Nacional, teniente general. Fecha de nacimiento: 25.8.1956 o 24.12.1954

    DI: 63-357671H26

    Militar de alta gradación, vinculado al Gobierno y cómplice en el diseño o la dirección de la política estatal de represión.

    II.   Entidades

    Nombre

    Información de identificación

    Motivos para la designación

    Zimbabue Defence Industries

    10th floor, Trustee House, 55 Samora Machel Avenue, PO Box 6597, Harare, Zimbabue

    Asociada al Ministerio de Defensa y a la facción ZANU-PF del Gobierno.

    ».

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