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Document 32014R1219
Commission Implementing Regulation (EU) No 1219/2014 of 13 November 2014 amending Annex II to Implementing Regulation (EU) No 577/2013 as regards the list of territories and third countries Text with EEA relevance
Reglamento de Ejecución (UE) n °1219/2014 de la Comisión, de 13 de noviembre de 2014 , por el que se modifica el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) n ° 577/2013 en lo que respecta a la lista de terceros países y territorios Texto pertinente a efectos del EEE
Reglamento de Ejecución (UE) n °1219/2014 de la Comisión, de 13 de noviembre de 2014 , por el que se modifica el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) n ° 577/2013 en lo que respecta a la lista de terceros países y territorios Texto pertinente a efectos del EEE
DO L 329 de 14.11.2014, p. 23–26
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
14.11.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 329/23 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1219/2014 DE LA COMISIÓN
de 13 de noviembre de 2014
por el que se modifica el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) no 577/2013 en lo que respecta a la lista de terceros países y territorios
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) no 576/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, relativo a los desplazamientos sin ánimo comercial de animales de compañía y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 998/2003 (1), y, en particular, su artículo 13, apartados 1 y 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Mediante el Reglamento (UE) no 1160/2014 de la Comisión (2), la antigua República Yugoslava de Macedonia fue incluida en la lista que figura en la parte C del anexo II del Reglamento (CE) no 998/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (3). |
(2) |
A raíz de la entrada en vigor del Reglamento (UE) no 576/2013 por el que se deroga y sustituye el Reglamento (CE) no 998/2003 con efectos a partir del 29 de diciembre de 2014, los países y territorios que figuran en la parte C del anexo II del Reglamento (CE) no 998/2003 se enumeran a partir de dicha fecha en la parte 2 del anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) no 577/2013 de la Comisión (4). Por consiguiente, la antigua República Yugoslava de Macedonia debe incluirse en la lista que figura en la parte 2 del anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) no 577/2013. |
(3) |
En aras de la claridad y a fin de tener en cuenta las disposiciones del Tratado de Adhesión de Croacia y de la Decisión 2012/419/UE del Consejo Europeo (5), procede modificar las partes 1 y 2 del anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) no 577/2013 y sustituir su anexo II en su totalidad. |
(4) |
Procede, por lo tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) no 577/2013 en consecuencia. |
(5) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) no 577/2013 se sustituye por el texto del anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 29 de diciembre de 2014.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 13 de noviembre de 2014.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 178 de 28.6.2013, p. 1.
(2) Reglamento (UE) no 1160/2014 de la Comisión, de 30 de octubre de 2014, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) no 998/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la lista de países y territorios (DO L 311 de 31.10.2014, p. 17).
(3) Reglamento (CE) no 998/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por el que se aprueban las normas zoosanitarias aplicables a los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial, y se modifica la Directiva 92/65/CEE del Consejo (DO L 146 de 13.6.2003, p. 1).
(4) Reglamento de Ejecución (UE) no 577/2013 de la Comisión, de 28 de junio de 2013, relativo a los modelos de documentos de identificación para los desplazamientos sin ánimo comercial de perros, gatos y hurones, la elaboración de listas de terceros países y territorios y los requisitos lingüísticos, de formato y de configuración de las declaraciones por las que se certifique el cumplimiento de determinadas condiciones establecidas en el Reglamento (UE) no 576/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 178 de 28.6.2013, p. 109).
(5) Decisión 2012/419/UE del Consejo Europeo, de 11 de julio de 2012, por la que se modifica el estatuto de Mayotte respecto de la Unión Europea (DO L 204 de 31.7.2012, p. 131).
ANEXO
«ANEXO II
Lista de los terceros países y territorios a los que se hace referencia en el artículo 13 del Reglamento (UE) no 576/2013
PARTE 1
Lista de los terceros países y territorios a los que se hace referencia en el artículo 13, apartado 1, del Reglamento (UE) no 576/2013
Código ISO |
Tercer país o territorio |
AD |
Andorra |
CH |
Suiza |
FO |
Islas Feroe |
GI |
Gibraltar |
GL |
Groenlandia |
IS |
Islandia |
LI |
Liechtenstein |
MC |
Mónaco |
NO |
Noruega |
SM |
San Marino |
VA |
Estado de la Ciudad del Vaticano |
PARTE 2
Lista de los terceros países y territorios a los que se hace referencia en el artículo 13, apartado 2, del Reglamento (UE) no 576/2013
Código ISO |
Tercer país o territorio |
Territorios incluidos |
AC |
Isla de la Ascensión |
|
AE |
Emiratos Árabes Unidos |
|
AG |
Antigua y Barbuda |
|
AR |
Argentina |
|
AU |
Australia |
|
AW |
Aruba |
|
BA |
Bosnia y Herzegovina |
|
BB |
Barbados |
|
BH |
Baréin |
|
BM |
Bermudas |
|
BQ |
Bonaire, San Eustaquio y Saba (Islas BSS) |
|
BY |
Bielorrusia |
|
CA |
Canadá |
|
CL |
Chile |
|
CW |
Curazao |
|
FJ |
Fiyi |
|
FK |
Islas Malvinas |
|
HK |
Hong Kong |
|
JM |
Jamaica |
|
JP |
Japón |
|
KN |
San Cristóbal y Nieves |
|
KY |
Islas Caimán |
|
LC |
Santa Lucía |
|
MS |
Montserrat |
|
MK |
Antigua República Yugoslava de Macedonia |
|
MU |
Mauricio |
|
MX |
México |
|
MY |
Malasia |
|
NC |
Nueva Caledonia |
|
NZ |
Nueva Zelanda |
|
PF |
Polinesia Francesa |
|
PM |
San Pedro y Miquelón |
|
RU |
Rusia |
|
SG |
Singapur |
|
SH |
Santa Elena |
|
SX |
San Martín |
|
TT |
Trinidad y Tobago |
|
TW |
Taiwán |
|
US |
Estados Unidos de América |
AS — Samoa Americana GU — Guam MP — Islas Marianas del Norte PR — Puerto Rico VI — Islas Vírgenes de los Estados Unidos» |
VC |
San Vicente y las Granadinas |
|
VG |
Islas Vírgenes Británicas |
|
VU |
Vanuatu |
|
WF |
Wallis y Futuna |
|