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Document 31985D0484
85/484/EEC: Commission Decision of 18 October 1985 amending Decision 82/733/EEC as regards the list of establishments in Hungary approved for the purpose of importing fresh meat into the Community
85/484/CEE: Decisión de la Comisión, de 18 de octubre de 1985, por la que se modifica la Decisión 82/733/CEE en lo que se refiere a la lista de los establecimientos húngaros desde los cuales se autoriza la importación de carnes frescas en la Comunidad
85/484/CEE: Decisión de la Comisión, de 18 de octubre de 1985, por la que se modifica la Decisión 82/733/CEE en lo que se refiere a la lista de los establecimientos húngaros desde los cuales se autoriza la importación de carnes frescas en la Comunidad
DO L 287 de 29.10.1985, p. 37–39
(DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(ES, PT)
No longer in force, Date of end of validity: 05/05/1986; derog. impl. por 31986D0245
85/484/CEE: Decisión de la Comisión, de 18 de octubre de 1985, por la que se modifica la Decisión 82/733/CEE en lo que se refiere a la lista de los establecimientos húngaros desde los cuales se autoriza la importación de carnes frescas en la Comunidad
Diario Oficial n° L 287 de 29/10/1985 p. 0037 - 0039
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 38 p. 0088
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 38 p. 0088
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 18 de octubre de 1985 por la que se modifica la Decisión 82/733/CEE en lo que se refiere a la lista de los establecimientos húngaros desde los cuales se autoriza la importación de carnes frescas en la Comunidad ( 85/484/CEE ) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea , Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo , de 12 de diciembre de 1972 , relativa a problemas sanitarios y de policía sanitaria en la importación de animales de las especies bovina y porcina y de carnes frescas procedentes de terceros países (1) , modificada en último lugar por la Directiva 83/91/CEE (2) , y en particular el apartado 1 de su artículo 4 y el apartado 1 de su artículo 18 , Vista la Directiva 77/96/CEE del Consejo , de 21 de diciembre de 1976 , relativa a la investigación de triquinas en las importaciones , procedentes de terceros países , de carnes frescas procedentes de animales domésticos de la especie porcina (3) , modificada en último lugar por la Directiva 84/319/CEE (4) , y en particular su artículo 4 , Considerando que la lista de los establecimientos húngaros desde los que se autoriza la importación de carnes frescas en la Comunidad se estableción inicialmente en la Decisión 82/733/CEE del Consejo (5) , modificada en último lugar por la Decisión 85/390/CEE de la Comisión (6) ; Considerando que una inspección de rutina llevada a cabo en aplicación del artículo 5 de la Directiva 72/462/CEE y del apartado 1 del artículo 3 de la Decisión 83/196/CEE de la Comisión , de 8 de abril de 1983 , relativa a los controles sobre el terreno llevados a cabo en el marco del régimen aplicable a las importaciones de animales de las especies bovina y porcina , así como de carnes frescas , procedentes de terceros países (7) , ha puesto de manifiesto que el nivel de higiene de determinados establecimientos ha experimentado cambios en relación con la inspección anterior ; Considerando que esta misma inspección ha puesto de manifiesto que un nuevo establecimiento cumple las condiciones del artículo 2 de la Directiva 77/96/CEE ; que puede , pues , autorizársele a efectuar el examen para detectar la presencia de triquinas en las carnes frescas de porcino ; Considerando que es necesario modificar en consecuencia la lista de los establecimientos ; Considerando que las medidas establecidas en la presente Decisión se atienen al dictamen del Comité veterinario permanente , HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN : Artículo 1 El Anexo de la Decisión 82/733/CEE se sustituirá por el Anexo de la presente Decisión . Artículo 2 Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros . Hecho en Bruselas , el 18 de octubre de 1985 . Por la Comisión Frans ANDRIESSEN Vicepresidente (1) DO n º L 302 de 31 . 12 . 1972 , p. 28 . (2) DO n º L 59 de 5 . 3 . 1983 , p. 34 . (3) DO n º L 26 de 31 . 1 . 1977 , p. 67 . (4) DO n º L 167 de 27 . 6 . 1984 , p. 34 . (5) DO n º L 311 de 8 . 11 . 1982 , p. 10 . (6) DO n º L 224 de 22 . 8 . 1985 , p. 37 . (7) DO n º L 108 de 26 . 4 . 1983 , p. 18 . ANEXO LISTA DE ESTABLECIMIENTOS DESDE LOS CUALES SE AUTORIZAN LAS IMPORTACIONES DE CARNES FRESCAS SIN LÍMITE DE TIEMPO Número de autorización * Establecimiento * Dirección * I . CARNE DE VACUNO A . Mataderos y salas de despiece 5 * Gyulai Húskombinát * Gyula * 6 * Pápai Húskombinát * Pápa * 11 * Miskolci Húskombinát * Miskolc * 18 * Vas megyei Allatforgalmi és Húsipari Vállalat Szombathelyi Gyára * Szombathely * 64 * Szekszárdi Húskombinát * Szekszárd * B . Matadero 35 * Zala megyei Allatforgalmi és Húsipari Vállalat , Zalaegerszegi Gyára * Zalaegerszeg * II . CARNE DE OVINO Matadero 49 * Hortobágyi A.G. Export Juhvagohid * Hortobágy * III . CARNE DE PORCINO (1) A . Mataderos y salas de despiece 5 T * Gyulai Húskombinát * Gyula * 6 T * Pápai Húskombinát * Pápa * 7 * Szegedi Szalámigyar és Húskombinát * Szeged * 10 T * Gyoer-Sopron megyei Allatforgalmi és Húsipari Vállalat Kapuvári Gyára * Kapuvár * 11 T * Miskolci Húskombinát * Miskolc * 18 T * Vas megyei Allatforgalmi és Húsipari Vállalat Szombathelyi Gyára * Szombathely * 61 T * Bácskai Húsipari Koezos Vállalat * Bája * 62 T * Kaposvári Húskombinát * Kaposvár * 64 T * Szekszárdi Húskombinát * Szekszárd * B . Salas de despiece 56 * Budapesti Húsipari Vállalat I. sz. gyára Export Darabolo UEzeme * Budapest * 76 * Pápai Húskombinát * Kesthely * Número de autorización * Establecimiento * Dirección * IV . ALMACENES FRIGORÍFICOS 13 * Magyar Huetoipari Vállalat Székésfehervári Gyára * Székesfehervár * 26 * Magyar Huetoipari Vállalat Miskolci Gyára * Miskolc * 30 (1) * Magyar Huetoipari Vállalat Bajai Gyára * Baja * 55 * Magyar Huetoipari Vállalat Dunakeszi Gyára * Dunakeszi * 63 * Magyar Huetoipari Vállalat Zalaegerszegi Gyára * Zalaegerszeg * (1) Únicamente carnes embaladas . LISTA DE ESTABLECIMIENTOS DESDE LOS CUALES SÓLO PODRÁN INTRODUCIRSE CARNES FRESCAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD HASTA UNA FECHA DETERMINADA Número de autorización * Establecimiento * Dirección * CARNE DE PORCINO (1) Matadero 46 T (2) * Szolnok-Kispesti Sertésfeldolgozo Gazdasagi Tarsasag * Budapest * (1) Los establecimientos que llevan la indicación T quedan autorizados , con arreglo al artículo 4 de la Directiva 77/96/CEE , para llevar a cabo la investigación de triquinas mencionada en el artículo 2 de dicha Directiva . (2) Hasta el 15 de enero de 1986 .