REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) …/... DE LA COMISIÓN
de 25.7.2019
por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1141 con el fin de actualizar la lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.º 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, sobre la prevención y la gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras 1 , y en particular su artículo 4, apartados 1 y 2,
Considerando lo siguiente:
(1)El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1141 de la Comisión 2 establece una lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión («la lista de la Unión»), que debe mantenerse actualizada, como corresponda, de conformidad con el artículo 4, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 1143/2014.
(2)La Comisión ha concluido, partiendo de las pruebas y los análisis de riesgos efectuados de conformidad con el artículo 5, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 1143/2014, que las siguientes especies exóticas invasoras cumplen todos los criterios establecidos en el artículo 4, apartado 3, de dicho Reglamento: Acacia saligna (Labill.) H.L.Wendl. (Acacia cyanophylla Lindl.), Acridotheres tristis Linnaeus, 1766, Ailanthus altissima (Mill.) Swingle, Andropogon virginicus L., Arthurdendyus triangulatus (Dendy, 1894) Jones y Gerard (1999), Cardiospermum grandiflorum Sw., Cortaderia jubata (Lemoine ex Carrière) Stapf, Ehrharta calycina Sm., Gymnocoronis spilanthoides (D. Don ex Hook. & Arn.) DC., Humulus scandens (Lour.) Merr., Lepomis gibbosus Linnaeus, 1758, Lespedeza cuneata (Dum. Cours.) G. Don (Lespedeza juncea var. sericea (Thunb.) Lace & Hauech), Lygodium japonicum (Thunb.) Sw., Plotosus lineatus (Thunberg, 1787), Prosopis juliflora (Sw.) DC., Salvinia molesta D.S. Mitch. (Salvinia adnata Desv.), Triadica sebifera (L.) Small (Sapium sebiferum (L.) Roxb.).
(3)La Comisión ha concluido que, respecto a esas especies exóticas invasoras, se han tenido debidamente en cuenta todos los elementos indicados en el artículo 4, apartado 6, del Reglamento (UE) n.º 1143/2014.
(4)Desde la adopción del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1141, se han revisado los nombres científicos de algunas especies que figuran en la lista de la Unión. Por consiguiente, el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1141 debe modificarse en consecuencia.
(5)Desde la adopción del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1141, se han actualizado los códigos NC establecidos en el Reglamento (CEE) n.º 2658/87 del Consejo 3 . Por consiguiente, el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1141 debe modificarse en consecuencia.
(6)Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de Especies Exóticas Invasoras.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1141 se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.