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Document 32024R2663

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2663 del Consejo, de 8 de octubre de 2024, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.° 101/2011 relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Túnez

ST/7380/2024/INIT

DO L, 2024/2663, 9.10.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/2663/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/2663/oj

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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2024/2663

9.10.2024

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2663 DEL CONSEJO

de 8 de octubre de 2024

por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 101/2011 relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Túnez

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 101/2011 del Consejo, de 4 de febrero de 2011, relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Túnez (1), y en particular su artículo 12,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 4 de febrero de 2011, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 101/2011.

(2)

De una revisión realizada por el Consejo, se desprende que deben suprimirse las entradas correspondientes a dos personas y la información sobre su derecho de defensa y su derecho a una tutela judicial efectiva.

(3)

Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) n.o 101/2011 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) n.o 101/2011 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 8 de octubre de 2024.

Por el Consejo

El Presidente

VARGA M.


(1)   DO L 31 de 5.2.2011, p. 1.


ANEXO

En las secciones A y B del anexo I del Reglamento (UE) n.o 101/2011, se suprimen las entradas correspondientes a las siguientes personas:

18.

Moez Ben Moncef Ben Mohamed TRABELSI;

21.

Houssem Ben Mohamed Naceur Ben Mohamed TRABELSI.


ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/2663/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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