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Document 32024D2421

Decisión de Ejecución (UE) 2024/2421 de la Comisión, de 13 de septiembre de 2024, por la que se retrasa la fecha de expiración de la aprobación del formaldehído para su uso en biocidas de los tipos de producto 2 y 3, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo

C/2024/6414

DO L, 2024/2421, 16.9.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2024/2421/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2024/2421/oj

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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2024/2421

16.9.2024

DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2421 DE LA COMISIÓN

de 13 de septiembre de 2024

por la que se retrasa la fecha de expiración de la aprobación del formaldehído para su uso en biocidas de los tipos de producto 2 y 3, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (1), y en particular su artículo 14, apartado 5,

Previa consulta al Comité Permanente de Biocidas,

Considerando lo siguiente:

(1)

El formaldehído fue aprobado como sustancia activa para su uso en biocidas de los tipos de producto 2 y 3 mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1763 de la Comisión (2), con arreglo a las condiciones establecidas en el anexo de dicho Reglamento («la aprobación»). La aprobación expirará el 31 de enero de 2025.

(2)

El 7, el 11 y el 27 de julio de 2023, de conformidad con el artículo 13, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 528/2012, se presentaron solicitudes de renovación de la aprobación del formaldehído para su uso en biocidas de los tipos de producto 2 y 3 («las solicitudes»).

(3)

El 10 de noviembre de 2023, la autoridad competente evaluadora de Alemania comunicó a la Comisión que había decidido, con arreglo al artículo 14, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 528/2012, que era necesaria una evaluación completa de las solicitudes. De conformidad con el artículo 8, apartado 1, de dicho Reglamento, la autoridad competente evaluadora debe proceder a una evaluación completa de la solicitud en un plazo de 365 días a partir de su validación.

(4)

Con arreglo al artículo 8, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 528/2012, la autoridad competente evaluadora puede, en su caso, requerir al solicitante que presente datos suficientes para efectuar la evaluación. En tal caso, el plazo de 365 días se suspende durante un período que no puede exceder de 180 días en total, salvo que lo justifiquen las características de los datos solicitados o circunstancias excepcionales.

(5)

De conformidad con el artículo 14, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 528/2012, en el plazo de 270 días a partir de la recepción de una recomendación de la autoridad competente evaluadora, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas («la Agencia») debe preparar y presentar a la Comisión un dictamen sobre la renovación de la aprobación de la sustancia activa.

(6)

Así pues, por razones que escapan al control de los solicitantes, es probable que la aprobación expire antes de que se haya tomado una decisión sobre su renovación. Procede, por tanto, retrasar la fecha de expiración de la aprobación el tiempo suficiente para que puedan examinarse las solicitudes. Habida cuenta de los plazos para la evaluación por parte de la autoridad competente evaluadora y para la preparación y presentación de los dictámenes por parte de la Agencia, así como del tiempo necesario para que la Comisión decida si renueva la aprobación del formaldehído para su uso en biocidas de los tipos de producto 2 y 3, la fecha de expiración debe retrasarse al 31 de julio de 2027.

(7)

Tras el aplazamiento de la fecha de expiración de la aprobación, el formaldehído sigue estando aprobado para su uso en biocidas de los tipos de producto 2 y 3 con arreglo a las condiciones establecidas en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1763.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La fecha de expiración de la aprobación del formaldehído para su uso en biocidas de los tipos de producto 2 y 3 establecida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1763 se retrasa al 31 de julio de 2027.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 13 de septiembre de 2024.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN


(1)   DO L 167 de 27.6.2012, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2012/528/oj.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1763 de la Comisión, de 25 de noviembre de 2020, por el que se aprueba el uso del formaldehído como sustancia activa existente en biocidas de los tipos de producto 2 y 3 (DO L 397 de 26.11.2020, p. 17, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2020/1763/oj).


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2024/2421/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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