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Document 52025AE1467
Opinion of the European Economic and Social Committee – Citizens’ Energy Package: citizens’ engagement, energy communities and prosumerism (exploratory opinion requested by the European Commission)
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo — Paquete de energía para la ciudadanía: participación ciudadana, comunidades de energía y prosumerismo (Dictamen exploratorio solicitado por la Comisión Europea)
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo — Paquete de energía para la ciudadanía: participación ciudadana, comunidades de energía y prosumerismo (Dictamen exploratorio solicitado por la Comisión Europea)
EESC 2025/01467
DO C, C/2026/27, 16.1.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/27/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2026/27 |
16.1.2026 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo
Paquete de energía para la ciudadanía: participación ciudadana, comunidades de energía y prosumerismo
(Dictamen exploratorio solicitado por la Comisión Europea)
(C/2026/27)
Ponente:
Corina MURAFA BENGA|
Asesores |
George JIGLAU (por la ponente) Priska LUEGER (por el Grupo II) |
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Decisión de la Mesa |
25.3.2025 |
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Consulta |
Comisión Europea, 20.3.2025 |
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Base jurídica |
Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea |
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Sección competente |
Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información |
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Aprobado en sección |
4.9.2025 |
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Aprobado en el pleno |
18.9.2025 |
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Pleno n.o |
599 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
97/3/3 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1. |
Al Comité Económico y Social Europeo (CESE) le preocupa desde hace muchos años que la Comisión Europea no esté cumpliendo adecuadamente su promesa, anunciada en el paquete de la Unión de la Energía (1), de situar a la ciudadanía en el centro del sistema energético. Así pues, acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión de elaborar un paquete de energía para la ciudadanía como medio para involucrar activamente a los ciudadanos y las comunidades en la búsqueda de un sistema energético asequible, seguro y sostenible, y para establecer al fin las garantías necesarias para ello. |
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1.2. |
El paquete de energía para la ciudadanía debe reconocer y promover abiertamente el papel estratégico que desempeñan las comunidades ciudadanas de energía en la política energética, así como aclarar conceptos clave asociados a la energía comunitaria, como la participación, la autonomía y el control efectivo, que los Estados miembros interpretan ahora de formas muy distintas. Dicho paquete debe contener un conjunto de espacios controlados de pruebas, que los Estados miembros deben poner en práctica sin demora para hacer de las comunidades de energía y del derecho al uso compartido de la energía una realidad funcional en toda la UE, y ofrecer orientaciones claras sobre cómo crear y gestionar comunidades de energía, en particular en lo atinente a las deducciones de impuestos y tarifas y a los servicios y el apoyo técnico que prestan los gestores de redes de distribución, que los Estados miembros no pueden sortear. |
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1.3. |
La Comisión debe crear flujos de financiación específicos para las comunidades de energía a través del próximo marco financiero plurianual y, en particular, de los instrumentos de control de las ayudas estatales y de la futura dotación de fondos para la política de cohesión y la transición justa. En el paquete de energía para la ciudadanía debe exigirse al Banco Europeo de Inversiones (BEI) que desarrolle un mecanismo para las comunidades de energía locales y regionales, similar al actual mecanismo para las pymes, y tratar de expandir otras buenas prácticas existentes (2) en materia de financiación de las comunidades de energía. Además, la financiación debe priorizar el cumplimiento de unas normas mínimas a las que también debe someterse en los ámbitos de la participación de la juventud, el fomento de la alfabetización energética y el desarrollo de capacidades ecológicas. Es necesario financiar auditorías energéticas complementarias que sirvan de apoyo a la recopilación de datos esenciales de los hogares. Por otro lado, los Estados miembros deben vincular cualquier régimen de financiación pública para proyectos energéticos a la participación de las comunidades locales en el capital de ese tipo de proyectos y otras formas de reparto de beneficios. |
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1.4. |
Ciudadanía y energía son conceptos que deben coexistir. Para defender la plena aplicación de la ciudadanía europea, el paquete de energía para la ciudadanía debe incluir medidas más enérgicas destinadas a atajar la pobreza energética en la UE, introduciendo una definición unificada y una identificación de los hogares afectados basada en datos, empezando en la esfera local. En los hitos en materia de lucha contra la pobreza energética debe tenerse en cuenta a los hogares, recurriendo a los indicadores macroeconómicos únicamente como herramientas complementarias. |
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1.5. |
El CESE, como impulsor del empoderamiento de la ciudadanía y del establecimiento de las condiciones necesarias para mitigar la pobreza energética, recomienda que la UE 1) imponga con carácter inmediato una prohibición a escala de la UE de las desconexiones de los hogares; 2) se aleje del sistema de orden de mérito, que vincula los precios de la electricidad a los del gas; 3) adapte el discurso político en materia de energía haciendo mención a «ciudadanas y ciudadanos», en vez de a los «consumidores», e 4) instaure un defensor del pueblo europeo para la energía. |
2. Contexto del Dictamen
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2.1. |
La transición energética es más que una cuestión de tecnologías y metas; implica confianza, protección y participación, elementos que deben constituir los cimientos de un pacto social para una transición energética liderada por los ciudadanos. El paquete de energía para la ciudadanía debe representar un avance significativo en el apoyo al conjunto de la ciudadanía de la UE, y no ser una mera lista de control de la política energética. Además, debe considerar a las personas no solo como consumidores, sino también como ciudadanas y ciudadanos capaces de participar en la conformación del futuro energético, de modo que la transición energética pueda hacerse realidad. En el presente Dictamen, el CESE expone su visión de este paquete. |
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2.2. |
Hace más de diez años, la Comisión Europea afirmó en su Comunicación sobre la Unión de la Energía que aspiraba a «una Unión de la Energía centrada en los ciudadanos, en la que estos asuman la transición energética, aprovechen las nuevas tecnologías para reducir sus facturas y participen activamente en el mercado, y en la que se proteja a los consumidores vulnerables». No obstante, pese a que formuló estas promesas hace ya una década, sigue sin cumplirlas. |
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2.3. |
El futuro paquete de energía para la ciudadanía llega en un momento caracterizado por unas tasas de pobreza energética persistentemente elevadas en la UE, por una marcada desconfianza de la ciudadanía en el mercado de la energía casi dos décadas después de su liberalización, por la ineficacia de los procesos nacionales para transponer la legislación de la UE sobre las comunidades de energía, por una adopción desigual de modelos de participación ciudadana y uso compartido de energía en los Estados miembros y por un creciente escepticismo hacia la viabilidad técnica y financiera a largo plazo del prosumerismo. |
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2.4. |
El CESE ha propuesto sistemáticamente formas de reforzar el papel de la ciudadanía en el sector de la energía, en especial en el ámbito de la electricidad. Los avances reales dependerán de cómo se estructure la reforma del mercado de la electricidad. En sus Dictámenes TEN/793 (3) y TEN/837 (4), el CESE recomienda un mercado liberalizado en la medida de lo posible y regulado siempre que resulte necesario para garantizar la protección de la ciudadanía, los prosumidores y las comunidades de energía. |
3. Observaciones generales
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3.1. |
El actual discurso de la UE en materia de energía suele calificar a los particulares de «consumidores», lo que refuerza implícitamente los modelos centrados en el mercado. Sin embargo, es necesario dejar atrás esta concepción y empezar a considerarlos «ciudadanas y ciudadanos», esto es, miembros de una comunidad política con derechos en materia de energía. La Carta Europea de los Derechos de los Consumidores de Energía (5) reconoce además que la energía es un componente fundamental de la cohesión social y territorial. Como se señala en la Directiva (UE) 2019/944 (6), los servicios energéticos son esenciales para salvaguardar el bienestar y fomentar la inclusión social. |
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3.2. |
Hablar de ciudadanía reorienta el debate, con lo cual se fomenta el diseño de políticas que hacen hincapié en la dignidad, los derechos y la participación, algo crucial para contar con el respaldo y la cooperación de los ciudadanos de cara a la transición energética, dado que la pobreza energética afecta a millones de europeos, en particular a mujeres y jóvenes (7), y limita su capacidad para calentar, refrigerar y suministrar electricidad a sus hogares a un coste asequible. Pese a este reconocimiento formal y a los esfuerzos políticos acometidos para atajar la pobreza energética en todos los Estados miembros, la aplicación de estrategias de mitigación eficaces sigue siendo lenta. |
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3.3. |
Los ciudadanos tienen escaso control sobre su acceso a la energía y el consumo que hacen de ella, y sienten que las instituciones adoptan una actitud de indiferencia. La falta de confianza entre los operadores del mercado y los agentes estatales entorpece aún más la acción coordinada, conflicto este que contribuye a generar inercia e impide abordar las necesidades energéticas de las personas más vulnerables. La mera transposición de las Directivas de la UE a los ordenamientos jurídicos nacionales no es suficiente, como han dejado patente los resultados tan poco favorables en el caso de la legislación sobre las comunidades de energía. |
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3.4. |
Para dotar de sentido a largo plazo al concepto de ciudadanía energética, es necesario proporcionar a los ciudadanos, a través de órganos representativos como las organizaciones de consumidores existentes, mecanismos estructurados —integrados en la estructura de gobernanza multinivel de la UE— que les ayuden a configurar y supervisar las políticas energéticas. Además, hay que incorporar el concepto de equidad intergeneracional en las políticas energéticas de la UE para garantizar que las decisiones de hoy no perjudiquen a las generaciones futuras y que la juventud participe con carácter permanente en la elaboración de dichas políticas. De lo contrario, el cambio de prisma, desde la noción de «consumidores» a la de «ciudadanas y ciudadanos», seguirá siendo meramente retórico. |
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3.5. |
Por otro lado, sobre la base del principio 20 del pilar europeo de derechos sociales relativo al derecho al acceso a los servicios esenciales, la UE debe instaurar con carácter inmediato un defensor del pueblo para la energía que cuente con oficinas locales (8). Su existencia empoderaría a los ciudadanos y ciudadanas en cuestiones energéticas y restablecería la confianza pública. Un órgano de esas características debería tramitar reclamaciones, presentar las solicitudes necesarias a los reguladores y ofrecer asistencia jurídica tanto a los ciudadanos que hayan recibido un trato indebido por parte de los proveedores como a las comunidades de energía y los prosumidores cuyo desarrollo se vea impedido por obstáculos normativos y dificultades de aplicación. Además, debería prestar apoyo a la ciudadanía cuando deba dirigirse a agentes públicos y privados en relación con medidas para paliar su situación de pobreza energética o el riesgo de caer en ella. |
4. Observaciones específicas sobre el empoderamiento de la ciudadanía y el restablecimiento de la confianza pública en el sector de la energía
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4.1. |
El empoderamiento no se limita únicamente a facilitar información a la ciudadanía, sino que también implica permitirle actuar. Los ciudadanos necesitan disponer de alternativas reales para consumir y producir energía, así como para invertir en ella. Este concepto no se concreta solo en la presencia de contadores de electricidad en los hogares privados, sino que abarca términos muchos más amplios. Es necesario poner las redes a disposición de los ciudadanos, cuya participación como prosumidores o en las comunidades de energía aumenta la independencia energética y puede mitigar la pobreza energética, sobre todo si ello se combina con un buen aislamiento y una orientación eficaz de las medidas. Para alcanzar este objetivo, el paquete de energía para la ciudadanía debe exigir a los Estados miembros que, con el apoyo de agentes tanto públicos como privados, simplifiquen los procedimientos para procurar un acceso más flexible a la energía, crear ventanillas únicas con personal bien formado y lo más cercanas posible al nivel de base, y promover iniciativas comunitarias. |
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4.2. |
Los entes locales y regionales podrían desempeñar un papel privilegiado para mediar entre la política energética nacional y las necesidades de los ciudadanos, ya que podrían diseñar sus propias políticas energéticas locales, las cuales podrían adaptarse a las condiciones socioeconómicas y climáticas específicas de sus comunidades. También podrían actuar como agregadores de la demanda, facilitar la adquisición pública de tecnologías ecológicas, conceder espacios para la instalación de equipos y asociarse con organizaciones locales para la prestación conjunta de servicios. No obstante, por desgracia solo un número minúsculo de municipios disponen de una política de esas características; la mayoría no se muestra muy activa en este ámbito. En consecuencia, el paquete de energía para la ciudadanía también debe mencionar de forma explícita los municipios. Por lo tanto, el CESE reitera su llamamiento en favor de la promoción de modelos de autoconsumo colectivo de carácter social —tal como se propone en el Dictamen TEN/801 (9)— que puedan implantarse eficazmente a través de plataformas municipales, como medio de empoderamiento de la ciudadanía. |
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4.3. |
Restablecer la confianza pública en el sistema energético no exige tan solo soluciones técnicas, sino también una gobernanza transparente, una toma de decisiones inclusiva y una comunicación coherente. Cuando los ciudadanos perciben beneficios tangibles, su voluntad para participar e invertir es mayor. Dichos beneficios pueden abarcar medidas como descuentos en la electricidad, iniciativas de restauración y conservación o financiación municipal para las regiones afectadas por proyectos energéticos de mayor envergadura. La reforma del mercado de la electricidad mencionada en el punto 2.4 es una condición necesaria para ello. |
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4.4. |
La alfabetización energética es fundamental para empoderar a las personas. Entender cómo funcionan los sistemas energéticos, cómo leer las facturas energéticas, cómo reducir el consumo y cómo participar en programas colectivos es crucial para que la ciudadanía esté informada. Las campañas públicas, los planes de estudios escolares y los talleres comunitarios pueden fomentar dicha alfabetización. Las organizaciones de consumidores, las ONG, las organizaciones de la sociedad civil y los centros educativos deben desempeñar un papel central en el diseño y la ejecución de estas iniciativas, que deben contar con el apoyo de un acceso transparente y en tiempo real a los datos sobre el consumo y los costes de la energía, así como sobre las emisiones que genera, a través de plataformas digitales de fácil utilización. Los programas de alfabetización energética también deben involucrar específicamente a las organizaciones juveniles en el diseño conjunto de materiales y campañas educativos. Los jóvenes deben ser vistos no solo como beneficiarios, sino también como copartícipes e impulsores de las iniciativas de alfabetización energética, a fin de garantizar la justicia intergeneracional y la sostenibilidad a largo plazo. |
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4.5. |
El desarrollo de capacidades ecológicas, en particular en los ámbitos de la instalación, el mantenimiento y las auditorías energéticas, es esencial para respaldar las transiciones energéticas locales. La incorporación de asuntos relacionados con la energía en los planes de estudios universitarios, de la formación profesional y de la educación de adultos puede garantizar la inclusión de los ciudadanos de todos los grupos de edad y sectores. Una ola de auditorías energéticas en toda la UE para ayudar a mitigar la pobreza energética podría transformar esas capacidades ecológicas en empleos verdes. |
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4.6. |
Si bien la financiación pública desempeña un papel clave a la hora de impulsar la transición energética, a menudo no reporta beneficios directos a las comunidades que albergan proyectos energéticos. Se realizan demasiadas inversiones sin procurar en realidad la participación local ni crear un verdadero valor compartido, lo que favorece un modelo descendente que podría provocar la resistencia de los ciudadanos. La normativa de la UE debe exigir a los Estados miembros que vinculen las subvenciones a la energía o los regímenes de financiación a la participación de las comunidades locales en el capital de los proyectos energéticos y otras formas de reparto de beneficios. |
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4.7. |
Siete años después de la aprobación del Dictamen TEN/657 (10), el CESE lamenta que no se haya entablado un diálogo efectivo en materia de energía con la sociedad civil organizada a escala nacional, regional o local, si bien se han producido algunos avances a escala de la UE a través del Foro de los Ciudadanos y la Energía. El CESE recomienda que se organice un diálogo de gobernanza multinivel para dotar a los Estados miembros de herramientas con que eliminar los escollos institucionales y del mercado que impiden que el público en general, los consumidores, las comunidades y las pymes participen en la transición hacia una energía limpia y se beneficien de ella. Dicho diálogo también podría mejorar la calidad de la comunicación y ayudar a restablecer la confianza entre la ciudadanía y las partes interesadas. |
5. Observaciones específicas sobre las comunidades de energía
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5.1. |
El CESE vuelve sobre la opinión que ha reiterado con frecuencia acerca de la necesidad de fomentar la generación de electricidad a pequeña escala para aumentar las opciones de flexibilidad de la red. Resulta mucho más sencillo lograr una participación activa de los ciudadanos, las pymes y los entes locales con una estructura descentralizada de generación de energía que con estructuras centralizadas con grandes centrales eléctricas. Lamentablemente, el CESE no aprecia que se dé prioridad estratégica al modelo descentralizado en la actual configuración del mercado de la UE. Es prioritario definir mecanismos que permitan garantizar la inclusión de la juventud y los grupos vulnerables, colectivos que afrontan obstáculos financieros, en los acuerdos colectivos innovadores en materia de energía. |
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5.2. |
Así pues, debe reconocerse que las comunidades de energía lideradas por los ciudadanos son un elemento estratégico de la política energética, puesto que pueden fomentar la solidaridad social si se diseñan de manera que permitan redistribuir la energía, apoyar a los hogares vulnerables y fomentar las inversiones locales. Estas comunidades contribuyen significativamente a la justicia social y a la seguridad del suministro y promueven el apoyo a una transición energética justa (11). El CESE insta a las autoridades a que creen y promuevan comunidades de energía para garantizar una participación ciudadana efectiva en su diseño y gestión, en particular la participación de aquellos ciudadanos que afrontan retos en relación con sus posibilidades de acceder a una vivienda, como los arrendatarios. |
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5.3. |
Permitir que los prosumidores y las comunidades de energías renovables se beneficien en la medida de lo posible de la electricidad que ellos mismos generen, aunque la viertan a la red, debe ser un principio fundamental del paquete de energía para la ciudadanía. Un ejemplo de cómo este principio puede organizarse de otra manera más honesta para los pequeños productores es un «banco de electricidad», algo que el CESE describe en su Dictamen «Reforma de los mercados de la electricidad» (véase el Dictamen TEN/793). |
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5.4. |
La actual política de la UE carece de un seguimiento sistemático de las comunidades de energía. En muchos Estados miembros, las comunidades de energía existen como una posibilidad legal sobre el papel, pero en la práctica no funcionan, debido a la ausencia de procesos adecuados para la participación ciudadana y de marcos legislativos verdaderamente propicios y efectivos. La concesión de licencias para crear comunidades de energía entraña procedimientos excesivamente burocráticos, exige contar con competencias técnicas que los ciudadanos de a pie no poseen y a menudo conlleva la necesidad de que los ciudadanos paguen cuantiosos importes por adelantado. |
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5.5. |
El paquete de energía para la ciudadanía debe comprometerse a consolidar la legislación de la UE sobre las comunidades de energía en las próximas revisiones de las Directivas vigentes en materia de energía. Por ejemplo, la legislación de la UE sobre la energía comunitaria sigue adoleciendo de definiciones imprecisas y de una aplicación incoherente. Términos clave como «comunidad de energía» y «uso compartido de energía» se interpretan de una manera distinta en distintos Estados miembros. Si los criterios de la UE se aplican de manera deficiente, se corre el riesgo de propiciar la captura corporativa. Es esencial reforzar las salvaguardias para proteger la integridad de la energía comunitaria. |
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5.6. |
Las autoridades responsables de suprimir los obstáculos a los que se enfrentan las comunidades de energía no están desempeñando su cometido adecuadamente, ya sea debido a las barreras en términos de dotación de personal y de conocimientos técnicos o a las presiones de los operadores históricos. Los requisitos de registro son excesivos, y los gestores de redes de distribución deniegan o posponen la conexión a la red de nuevas comunidades de energía y prosumidores. Deben mejorar la capacidad de conexión y asumir consecuencias si no reaccionan dentro de los plazos establecidos. Ello exige elaborar una planificación energética de alto nivel a escala regional y planes de desarrollo de la red, a fin de reflejar el creciente número de ecosistemas energéticos alternativos. |
6. Observaciones específicas sobre la pobreza energética
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6.1. |
La persistencia de las elevadas tasas de pobreza energética apunta a la necesidad de un enfoque transformador que se base en el empoderamiento de los ciudadanos, más allá del cumplimiento de la normativa (12). Como condiciones necesarias, la UE debe 1) imponer una prohibición a escala de la UE de las desconexiones de combustible, que pone a los hogares en una situación de pobreza energética y no hace sino exacerbar su vulnerabilidad, pues ahora tienen que contentarse con complejos procesos de reconexión, y 2) reformar el mercados de la electricidad para abandonar el sistema de orden de mérito, que vincula los precios de la electricidad a los del gas (13). Todo ello para que las empresas y los ciudadanos puedan disfrutar del bajo precio de las energías renovables. |
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6.2. |
Aunque la UE reconoce abiertamente el problema de la pobreza energética, ha dejado las definiciones y las respuestas en manos de los Estados miembros, lo que limita la coherencia de sus actuaciones debido a las diferencias políticas y financieras. Se trata de un enfoque infructuoso, como demuestran los datos nacionales y de la UE, que revelan tasas de pobreza energética persistentemente elevadas. La UE debe adoptar de manera decisiva un enfoque unificado basado en la capacidad de los hogares para cubrir sus necesidades energéticas mínimas. El paquete de energía para la ciudadanía debe impulsar la creación de un mecanismo para calcular las necesidades energéticas mínimas recurriendo a datos de edificios y hogares, a fin de poner en marcha un proceso coherente de recopilación de datos en todos los niveles de gobernanza. Es preciso reforzar el papel de Eurostat —en coordinación con los institutos nacionales de estadística, los entes locales y los proveedores de energía— para recopilar eficazmente los datos específicos sobre los hogares. |
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6.3. |
Mejorar la calidad de las viviendas es fundamental para mitigar la pobreza energética (14) en temporadas frías, pero también y cada vez más en el caso de la pobreza energética estival. Las auditorías energéticas y las subvenciones a las renovaciones deben integrarse en las estrategias locales. Es preciso mejorar la recopilación de datos sobre el rendimiento energético de las viviendas, con el fin de orientar mejor las intervenciones. Las empresas energéticas y de vivienda social o los entes locales pueden contribuir a prefinanciar las inversiones necesarias, que los residentes podrán después reintegrar (parcialmente) gracias a los ahorros obtenidos en sus facturas energéticas (15). Deben establecerse disposiciones específicas destinadas a los arrendatarios cuyos acuerdos en materia de energía dependan de su relación con los propietarios, y que también podrían tener que hacer frente a subidas en los precios del alquileres en el caso de que deban acometer renovaciones. |
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6.4. |
Hay que reconocer meridianamente que los distintos regímenes de propiedad de la vivienda pueden agravar la pobreza energética. En consecuencia, las estrategias de mitigación deben prever mecanismos de protección de los inquilinos y de empoderamiento de las asociaciones de propietarios de viviendas y adaptarse a los contextos locales de propiedad de viviendas. |
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6.5. |
El uso de combustibles sólidos, especialmente la madera, está vinculado a la pobreza energética en zonas rurales y urbanas marginadas. La madera suele adquirirse en mercados informales, lo que da lugar a precios volátiles, un acceso limitado y mala calidad y contribuye a la degradación del medio ambiente, debido a la tala ilegal, y a riesgos para la salud y la seguridad. El almacenamiento adecuado de la madera y la buena calidad de las estufas deben ser la principales preocupaciones de los entes locales, que pueden intervenir para gestionar adecuadamente su almacenamiento y distribuirla de manera selectiva basándose en datos. |
Bruselas, 18 de septiembre de 2025.
El Presidente
del Comité Económico y Social Europeo
Oliver RÖPKE
(1) Para más información, véanse DO C 262 de 25.7.2018, p. 86, y DO C 123 de 9.4.2021, p. 22.
(2) Como el fondo rotatorio para la calefacción urbana comunitaria que ya funciona en los Países Bajos.
(3) Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2019/943 y (UE) 2019/942 y las Directivas (UE) 2018/2001 y (UE) 2019/944 para mejorar la configuración del mercado de la electricidad de la Unión [COM(2023) 148 final — 2023/0077 (COD)] (DO C 293 de 18.8.2023, p. 112).
(4) Dictamen del Comité Económico y Social Europeo — Futuro del suministro y de la tarificación de la electricidad en la UE (Dictamen de iniciativa) (DO C, C/2025/1187, 21.3.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/1187/oj).
(5) COM(2007) 386 final, p. 3.
(6) Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE (versión refundida) (DO L 158 de 14.6.2019, p. 125).
(7) Como muestran datos de Austria o Grecia.
(8) Croacia ha sentado un ejemplo de buenas prácticas al crear la narrativa para integrar la energía en el ámbito de actuación de su defensor del pueblo.
(9) Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «El autoconsumo de energía individual y colectivo como factor en la lucha por la transición ecológica y energética y por el equilibrio económico y social» (Dictamen de iniciativa) (DO C, C/2024/873, 6.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/873/oj).
(10) Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité de las Regiones y al Banco Europeo de Inversiones — Tercer Informe sobre el estado de la Unión de la Energía» [COM(2017) 688 final] (DO C 262 de 25.7.2018, p. 86).
(11) Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Entre una superred transeuropea y las islas energéticas locales: la combinación adecuada de soluciones descentralizadas y estructuras centralizadas para una transición energética económica, social y ecológicamente sostenible» (Dictamen de iniciativa) (DO C 429 de 11.12.2020, p. 85).
(12) Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Abordar la pobreza energética y la resiliencia de la UE: retos desde una perspectiva económica y social» (Dictamen exploratorio solicitado por la Presidencia checa) (DO C 486 de 21.12.2022, p. 88).
(13) Dictamen del Comité Económico y Social Europeo — Futuro del suministro y de la tarificación de la electricidad en la UE (Dictamen de iniciativa) (DO C, C/2025/1187, 21.3.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/1187/oj).
(14) Dictamen del Comité Económico y Social Europeo — Viviendas sociales dignas, sostenibles y asequibles en la UE (Dictamen de iniciativa) (DO C, C/2025/771, 11.2.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/771/oj).
(15) Como propugnan algunas buenas prácticas, como las del BEI.
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/27/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)