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Document 52025XX01728

Comisión Administrativa de Coordinación de los Sistemas de Seguridad Social — COSTES MEDIOS DE LAS PRESTACIONES EN ESPECIE

PUB/2025/272

DO C, C/2025/1728, 20.3.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/1728/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/1728/oj

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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2025/1728

20.3.2025

COMISIÓN ADMINISTRATIVA DE COORDINACIÓN DE LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD SOCIAL

COSTES MEDIOS DE LAS PRESTACIONES EN ESPECIE

(C/2025/1728)

COSTES MEDIOS DE LAS PRESTACIONES EN ESPECIE: 2022

Aplicación del artículo 64 del Reglamento (CE) n.o 987/2009  (1)

I.

En lo referente a las prestaciones en especie proporcionadas en 2022 a los miembros de la familia que no residen en el mismo Estado miembro que la persona asegurada, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (CE) n.o 883/2004 (2), los importes que deben reembolsarse se determinarán con arreglo a los siguientes costes medios:

 

Grupo de edad

Anual

Mensuales netos

x = 0,20

Irlanda

menores de 20 años

2 263,70  EUR

150,91  EUR

20-64 años

3 216,23  EUR

214,42  EUR

65 años o más

12 032,65  EUR

802,18  EUR

Chipre

menores de 20 años

905,61  EUR

60,37  EUR

20-64 años

1 386,30  EUR

92,42  EUR

65 años o más

3 830,02  EUR

255,33  EUR

Suecia

menores de 20 años

17 188,82 SEK

1 145,92 SEK

20-64 años

24 336,18 SEK

1 622,41 SEK

65 años o más

75 541,68 SEK

5 036,11 SEK

II.

En lo referente a las prestaciones en especie proporcionadas en 2022 a los pensionistas y los miembros de sus familias, conforme a lo dispuesto en el artículo 24, apartado 1, y los artículos 25 y 26 del Reglamento (CE) n.o 883/2004, los importes que deben reembolsarse se determinarán con arreglo a los siguientes costes medios:

 

Grupo de edad

Anual

Mensuales netos x = 0,20

Mensuales netos

x = 0,15 (3)

Irlanda

menores de 20 años

2 263,70  EUR

150,91  EUR

160,35  EUR

20-64 años

3 216,23  EUR

214,42  EUR

227,82  EUR

65 años o más

12 032,65  EUR

802,18  EUR

852,31  EUR

Chipre

menores de 20 años

905,61  EUR

60,37  EUR

64,15  EUR

20-64 años

1 386,30  EUR

92,42  EUR

98,20  EUR

65 años o más

3 830,02  EUR

255,33  EUR

271,29  EUR

Suecia

menores de 20 años

17 188,82 SEK

1 145,92 SEK

1 217,54 SEK

20-64 años

24 336,18 SEK

1 622,41 SEK

1 723,81 SEK

65 años o más

75 541,68 SEK

5 036,11 SEK

5 350,87 SEK

COSTES MEDIOS DE LAS PRESTACIONES EN ESPECIE: 2023

Aplicación del artículo 64 del Reglamento (CE) n.o 987/2009

I.

En lo referente a las prestaciones en especie proporcionadas en 2023 a los miembros de la familia que no residen en el mismo Estado miembro que la persona asegurada, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (CE) n.o 883/2004, los importes que deben reembolsarse se determinarán con arreglo a los siguientes costes medios:

 

Grupo de edad

Anual

Mensuales netos

x = 0,20

España

menores de 20 años

761,95  EUR

50,80  EUR

20-64 años

1 103,46  EUR

73,56  EUR

65 años o más

5 712,38  EUR

380,83  EUR

II.

En lo referente a las prestaciones en especie proporcionadas en 2023 a los pensionistas y los miembros de sus familias, conforme a lo dispuesto en el artículo 24, apartado 1, y los artículos 25 y 26 del Reglamento (CE) n.o 883/2004, los importes que deben reembolsarse se determinarán con arreglo a los siguientes costes medios:

 

Grupo de edad

Anual

Mensuales netos x = 0,20

Mensuales netos

x = 0,15 (4)

España

menores de 20 años

761,95  EUR

50,80  EUR

53,97  EUR

20-64 años

1 103,46  EUR

73,56  EUR

78,16  EUR

65 años o más

5 712,38  EUR

380,83  EUR

404,63  EUR


(1)   DO L 284 de 30.10.2009, p. 1.

(2)   DO L 166 de 30.4.2004, p. 1.

(3)  La reducción que se aplicará al importe a tanto alzado mensual «[s]erá del 15 % (x = 0,15) para los pensionistas y los miembros de su[s] familia[s] cuando el Estado miembro competente no figure en el anexo IV del Reglamento de base» [artículo 64, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 987/2009].

(4)  La reducción que se aplicará al importe a tanto alzado mensual «[s]erá del 15 % (x = 0,15) para los pensionistas y los miembros de su[s] familia[s] cuando el Estado miembro competente no figure en el anexo IV del Reglamento de base» [artículo 64, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 987/2009].


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/1728/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)


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