Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document C:2020:358A:FULL

    Diario Oficial de la Unión Europea, CA 358, 26 de octubre de 2020


    Display all documents published in this Official Journal
     

    ISSN 1977-0928

    Diario Oficial

    de la Unión Europea

    C 358A

    European flag  

    Edición en lengua española

    Comunicaciones e informaciones

    63.° año
    26 de octubre de 2020


    Sumario

    Página

     

    V   Anuncios

     

    PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

     

    Consejo

    2020/C 358 A/01

    Anuncio de vacante CONS/AD/162/20

    1

    2020/C 358 A/02

    Anuncio de vacante CONS/AD/163/20

    20


    ES

     


    V Anuncios

    PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

    Consejo

    26.10.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    CA 358/1


    Anuncio de vacante CONS/AD/162/20

    (2020/C 358 A/01)

     

    INFORMACIÓN GENERAL

    Servicio

    Dirección General de Relaciones Exteriores Asuntos Exteriores, Ampliación y Protección Civil

    Lugar de trabajo

    Bruselas, Edificio Justus Lipsius

    Denominación del puesto

    Director general

    Grupo de funciones y grado

    AD 15

    Habilitación de seguridad exigida

    «EU SECRET»

    FECHA LÍMITE PARA LA PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

    18 de noviembre de 2020 - 12:00 (hora de Bruselas)

    Quiénes somos

    La Secretaría General del Consejo (SGC) presta asistencia al Consejo Europeo y al Consejo de la UE y a sus órganos preparatorios en todos sus ámbitos de actividad. Ofrece asesoramiento y apoyo a los miembros del Consejo Europeo y del Consejo y a sus presidentes en todos los sectores de actividad, incluido el asesoramiento estratégico y jurídico, la coordinación con otras instituciones, la elaboración de acuerdos transaccionales, así como la supervisión y la organización de todos los aspectos prácticos necesarios para la correcta preparación y el buen funcionamiento del Consejo Europeo y del Consejo.

    La Dirección General de Asuntos Exteriores, Ampliación y Protección Civil (DG RELEX) cuenta actualmente con dos direcciones: RELEX.1, que se ocupa de las cuestiones relativas a comercio, desarrollo, seguridad y coordinación, y RELEX.2, que se encarga de las cuestiones sobre ampliación, Oriente Medio y Norte de África y protección civil. Ambas direcciones se encargan también del apoyo al Consejo de Asuntos Exteriores. Es probable que la Dirección General se reorganice en los próximos años.

    La Dirección General coordina la organización del Consejo de Asuntos Exteriores, que se reúne doce veces al año por término medio, y también la de las formaciones de Comercio, Defensa y Desarrollo de dicho Consejo, que se reúnen al menos dos veces al año, además de las reuniones informales. La Dirección General también coordina la preparación de los debates del Consejo de Asuntos Generales sobre la ampliación, que tienen lugar dos veces al año. Estas sesiones del Consejo se preparan en el Coreper y en varios grupos de trabajo que tratan expedientes tanto legislativos como no legislativos y se ocupan de las relaciones internacionales relacionadas con dichos expedientes.

    Qué ofrecemos

    El puesto de director general de la DG RELEX es un cargo exigente en un entorno políticamente interesante, al frente de un equipo de algo más de cien personas altamente cualificadas.

    Bajo la autoridad del secretario general, y en cooperación con los dos directores de RELEX, la persona seleccionada gestionará y coordinará la Dirección General y sus recursos de manera profesional, organizará sus actividades y apoyará y motivará al personal en su trabajo. Elaborará y ejecutará la estrategia y el programa de trabajo de la Dirección General, definirá sus objetivos y garantizará su consecución conforme a los plazos y normas de calidad establecidos. Fomentará una cultura de comunicación y cooperación eficaces, tanto dentro de la propia Dirección General como con las demás direcciones generales y con otros servicios de la SGC.

    Proporcionará asesoramiento de alto nivel sobre políticas y procedimientos al Secretario General, así como a las Presidencias del Consejo Europeo, del Consejo y del Coreper en todos los aspectos de los expedientes que sean competencia de la Dirección General, y participará en reuniones y, si procede, en sesiones de información o en negociaciones con objeto de alcanzar acuerdos transaccionales y hallar soluciones. En este contexto, ayudará a las Presidencias en las negociaciones y garantizará una comunicación y una cooperación eficaces con las instituciones, órganos y organismos de la UE en los ámbitos de competencia de la Dirección General, en particular con el Servicio Europeo de Acción Exterior.

    Garantizará una coordinación estratégica global, también con otras direcciones generales, sobre políticas y objetivos que deben lograrse.

    Tendrá que realizar frecuentes misiones al extranjero, también fuera de la UE.

    Qué buscamos

    Buscamos un gestor (M/F) con una gran experiencia en el proceso de elaboración de políticas de la UE y en su proceso legislativo y con un amplio conocimiento de los asuntos institucionales de la UE. Se valorará el conocimiento de los ámbitos de los que se ocupa la Dirección General.

    Se espera de todos los gestores de la SGC que asesoren a sus superiores y a las partes interesadas, gestionen sus recursos humanos y financieros y representen a la SGC. Estas expectativas se describen en el perfil horizontal del personal de gestión de la SGC (véase anexo I).

    Además, es preciso que el titular del puesto tenga:

    capacidad para razonar y planificar estratégicamente, para anticipar y detectar posibles problemas y proponer soluciones y acuerdos factibles;

    capacidad de liderazgo y capacidad para orientar, motivar y responsabilizar a los equipos en un entorno multicultural y diverso, con especial hincapié en el desarrollo del personal;

    excelentes aptitudes de comunicación, también para la comunicación interpersonal;

    capacidad para fomentar un espíritu de equipo sólido y para mantener buenas relaciones de trabajo con muy diversos interlocutores internos y externos y capacidad para actuar con tacto;

    capacidad para gestionar los cambios y apoyar al personal a lo largo del proceso de cambio;

    gran capacidad de planificación y organización del conjunto del trabajo de la Dirección General para cumplir plazos estrictos y garantizar un reparto equitativo de la carga de trabajo dentro del equipo y una adecuada planificación de relevos;

    capacidad para alcanzar acuerdos u objetivos comunes ofreciendo asesoramiento específico a las partes interesadas y facilitando de manera eficaz y constructiva los debates.

    Dado que la SGC aplica una política de movilidad entre su personal de gestión, al que se exige una experiencia amplia, los aspirantes deben estar dispuestos y capacitados para trabajar en diferentes ámbitos de actividad a lo largo de su carrera profesional en la SGC.

    POLÍTICA DE CONTRATACIÓN

    El aspirante deberá cumplir los siguientes requisitos en el momento de presentar su candidatura:

    a)

    Condiciones generales:

    ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea;

    estar en plena posesión de sus derechos civiles;

    encontrarse en situación regular respecto de la legislación aplicable en materia de servicio militar.

    b)

    Condiciones específicas:

    estar en posesión de un título universitario (1);

    tener al menos quince años de experiencia profesional pertinente en materia de asesoramiento político con un muy alto nivel de responsabilidad;

    tener al menos tres años de experiencia en una función de alta dirección en el ámbito de las políticas de la UE;

    dado que el inglés y el francés se utilizan habitualmente para comunicarse en la SGC y con otras instituciones, se exige un excelente conocimiento de una de las dos lenguas y un buen conocimiento de la otra. Se valorará el conocimiento de otras lenguas oficiales de la UE.

    Nota:

    1)

    Este puesto exige una habilitación de seguridad que dé acceso a documentos clasificados (nivel «EU SECRET»). Los candidatos deben aceptar someterse a una investigación de seguridad de conformidad con la Decisión 2013/488/UE del Consejo (2). El nombramiento para el puesto solo surtirá efecto si el candidato seleccionado ha obtenido un certificado de habilitación de seguridad válido. A un candidato sin habilitación de seguridad se le ofrecerá un contrato temporal en espera de los resultados de la investigación de seguridad.

    2)

    El candidato seleccionado debe estar dispuesto a participar en la formación para puestos de gestión de la SGC.

    PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

    Para elegir al candidato, la autoridad facultada para proceder a los nombramientos estará asistida por un comité consultivo de selección. El comité consultivo de selección estará respaldado por un centro de evaluación, gestionado por consultores externos de selección de personal. Los informes redactados por el centro de evaluación para el mismo tipo de puesto dejarán de ser válidos dos años después de la fecha de realización de los ejercicios correspondientes, o en el momento de la resolución del contrato marco entre la SGC y el centro de evaluación de que se trate, si esta fecha fuese anterior.

    El comité consultivo de selección empezará por evaluar y comparar las cualificaciones, la experiencia y la motivación de todos los aspirantes a tenor de sus candidaturas. Basándose en esa evaluación comparativa, el comité consultivo de selección elaborará una lista preliminar de los candidatos que, a su juicio, sean más idóneos, que serán invitados a una primera entrevista. Puesto que esta primera selección se basa en una evaluación comparativa de las candidaturas, el cumplimiento de los requisitos exigidos para cubrir la presente vacante no garantiza que se sea invitado a la primera entrevista. El comité consultivo de selección hará una preselección de entre los candidatos entrevistados; los candidatos preseleccionados deberán pasar unas pruebas en el centro de evaluación y mantener después una segunda entrevista con el comité consultivo de selección.

    La planificación provisional de la selección es la siguiente:

    está previsto que los candidatos seleccionados para las entrevistas sean informados antes del final de noviembre de 2020;

    se prevé que la primera ronda de entrevistas tenga lugar durante la primera quincena de diciembre de 2020;

    está previsto que las pruebas del centro de evaluación tengan lugar a mediados de diciembre de 2020;

    se prevé que la segunda ronda de entrevistas tenga lugar a principios de enero de 2021.

    Nota: Este calendario es meramente indicativo y está sujeto a las consecuencias de las medidas restrictivas adoptadas para afrontar la pandemia de COVID-19.

    BASE JURÍDICA

    Esta vacante se publica de conformidad con el artículo 29, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea (3) (provisión de vacantes de altos funcionarios).

    Esta vacante se ha publicado en todas las instituciones de la Unión Europea y fuera de las instituciones.

    CÓMO PRESENTAR LA CANDIDATURA

    El plazo para la presentación de candidaturas concluye el 18 de noviembre de 2020 a las 12:00 (hora de Bruselas).

    Solo se aceptarán las candidaturas presentadas por correo electrónico; estas deberán enviarse a: applications.management@consilium.europa.eu (4) a más tardar en la fecha límite. No se tendrán en cuenta las candidaturas presentadas fuera de plazo.

    Para cualquier correspondencia relativa al procedimiento de selección deberá utilizarse la dirección de correo electrónico antes indicada (en el asunto del mensaje deberá figurar el siguiente título: CONS/AD/162/20 RELEX).

    Antes de presentar su candidatura, los candidatos deberán comprobar cuidadosamente si cumplen todos los requisitos de admisión contemplados más arriba en la sección «Política de contratación», a fin de evitar la exclusión automática del procedimiento de selección.

    Para ser válido, el expediente de candidatura debe incluir los siguientes documentos en formato pdf (NOTA: no se aceptan documentos bloqueados, protegidos por contraseña o firmados electrónicamente):

    a)

    el formulario de candidatura (anexo V) debidamente cumplimentado y fechado; el formulario de candidatura electrónico puede obtenerse en la sede electrónica del Consejo con el siguiente enlace: http://www.consilium.europa.eu/en/general-secretariat/jobs/job-opportunities/ (el fichero debe denominarse así: «XXX (APELLIDO) — Application form.pdf»);

    b)

    un curriculum vitae (5) detallado, en inglés o en francés, preferentemente en formato Europass (http://europass.cedefop.europa.eu), que abarque la totalidad de la carrera del aspirante y en el que consten, entre otros elementos, las cualificaciones del aspirante, sus conocimientos de idiomas, su experiencia y las funciones que desempeña actualmente (el fichero debe denominarse así: «XXX (APELLIDO) — CV.pdf»);

    c)

    una carta de motivación, en inglés o francés (el fichero debe denominarse así: «XXX (APELLIDO) — Motivation letter.pdf»);

    d)

    agrupadas en uno solo documento pdf, copias de los títulos que acrediten la formación y de los documentos y certificados que acrediten la experiencia profesional. No basta simplemente con enviar el currículum vitae mencionado en la letra b). Los documentos justificativos deben haber sido emitidos por un tercero (el fichero debe denominarse así: «XXX (APELLIDO) — Supporting documents.pdf»).

    Si no se incluyen estos documentos, la candidatura no será válida.

    Todos los documentos justificativos adjuntos a la candidatura deben ir numerados consecutivamente (anexo 1, anexo 2, etc.), estar identificados con un nombre (en inglés o francés)

    y estar agrupados como se ha mencionado anteriormente. No se tendrán en cuenta las candidaturas enviadas por correo postal o a través de métodos de almacenamiento de datos en la nube o plataformas de puesta en común de ficheros. Se pedirá al candidato seleccionado que presente los originales de dichos documentos.

    Se le enviará un correo electrónico para acusar recibo de su candidatura. Se debe tener en cuenta que no pueden descartarse totalmente las dificultades técnicas relacionadas con la transmisión de correos electrónicos. Por ello, en caso de no recibirse el correo electrónico con acuse de recibo de la candidatura, se recomienda comprobar si la SGC la ha recibido escribiendo a applications.management@consilium.europa.eu. Dado que el comité consultivo de selección iniciará sus trabajos poco después del plazo de presentación de candidaturas, se recomienda realizar las comprobaciones necesarias en la semana siguiente a dicha fecha.

    IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

    La SGC aplica una política de igualdad de oportunidades (véase el anexo II).

    La SGC reconoce que un equilibrio saludable entre la vida profesional y la vida privada es un importante factor de motivación para muchas personas y cada vez existen mayores expectativas de que el trabajo flexible forme parte de un entorno de trabajo moderno. Ofrece, por lo tanto, un conjunto muy favorable de fórmulas estatutarias de trabajo flexible y de servicios como los cuidados postescolares y la guardería.

    En su calidad de empleador, la SGC está resuelta a garantizar la igualdad entre hombres y mujeres y a prevenir la discriminación de cualquier tipo. Anima encarecidamente a todas las personas cualificadas, de horizontes diversos, con todo tipo de capacidades y con una procedencia geográfica tan amplia como sea posible entre los Estados miembros de la UE, a que presenten su candidatura. Con el fin de promover la igualdad entre hombres y mujeres, la SGC fomenta las candidaturas de mujeres.

    A las personas con discapacidad se les puede prestar asistencia durante los procedimientos de contratación. Para más información al respecto, envíe un correo electrónico a Equal.opportunities@consilium.europa.eu

    REVISIÓN DE LAS CANDIDATURAS

    Los procedimientos aplicables a las reclamaciones internas, recursos judiciales y reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo figuran en el anexo III del presente anuncio de vacante.

    PROTECCIÓN DE DATOS

    Las normas que rigen el tratamiento de datos personales en relación con el presente procedimiento de selección figuran en el anexo IV del presente anuncio de vacante.


    (1)  El artículo 5, apartado 3, letra c), del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea requiere que los aspirantes posean al menos:

    i)

    un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de cuatro años o más, o

    ii)

    un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título y una experiencia profesional adecuada de un año, como mínimo, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de tres años.

    (2)  Decisión 2013/488/UE del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (DO L 274 de 15.10.2013, p. 1).

    (3)  Estatuto de los funcionarios y régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea, establecidos por el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.o 259/68 del Consejo (DO L 56 de 4.3.1968, p. 1) y modificados en último lugar por el Reglamento (UE, Euratom) n.o 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 287 de 29.10.2013, p. 15).

    (4)  Esta dirección de correo electrónico está vinculada a un buzón funcional y solo puede procesar mensajes con un nivel de confidencialidad «Normal»; no puede procesar los mensajes enviados con otro nivel de confidencialidad (por ejemplo, «Personal», «Privado» o «Confidencial»). Rogamos que se seleccione, por tanto, la opción de confidencialidad «Normal». El tamaño del mensaje de correo electrónico no podrá sobrepasar los 25 MB. Si su correo electrónico, junto con los documentos adjuntos, supera este tamaño máximo, envíe los documentos adjuntos en varios correos electrónicos.

    (5)  Se ruega a los candidatos que no incluyan fotos en su currículum.


    ANEXO I

    Perfil horizontal del personal de gestión de la SGC

    Los gestores de la SGC aportan un valor añadido al actuar a la vez como asesor y como gestor, y representan siempre a la SGC.

    Al desempeñar estas funciones se espera de un gestor que:

    Como representante

    Actúe con integridad, tanto en la SGC como en el exterior.

    Actúe en interés del Consejo Europeo y del Consejo, así como de la Unión en su conjunto. Vele por que se detecte y se resuelva adecuadamente cualquier divergencia.

    Establezca relaciones de confianza en un clima de apertura y se ocupe de crear redes de contactos.

    Obtenga resultados y sea influyente, a la vez que respetuoso y con sentido de servicio.

    Como asesor

    Contribuya al desarrollo de la Unión. Sea proactivo y creativo. Se adelante a los acontecimientos y planifique para el futuro. Aporte soluciones.

    Asesore a nuestros interlocutores para facilitar el logro de sus objetivos y en interés de nuestras dos instituciones. Sea objetivo y justo.

    Esté al tanto de las interacciones entre el proceso decisorio y el debate público. Vele por que su asesoramiento tenga en cuenta la situación política de nuestros interlocutores e integre consideraciones de comunicación.

    Facilite un proceso de decisión legítimo a través de la cooperación, el establecimiento de buenas relaciones de trabajo y la búsqueda de transacciones entre los Estados miembros y con las instituciones y otras partes interesadas.

    Se mantenga bien informado de los acontecimientos dentro de su ámbito de responsabilidad, incluso más allá de los trabajos inmediatos del Consejo Europeo y del Consejo. Tenga presente la situación de conjunto.

    Como gestor

    Responsabilice al personal, delegue y confíe, apoye y motive, ofrezca información y orientaciones, aliente la iniciativa y anime al personal a atreverse a pensar con creatividad; reduzca al mínimo las relaciones jerárquicas y el control, velando a la vez por que se mantenga la calidad.

    Comunique claramente los objetivos y expectativas, y garantice que la información fluya hacia, desde y entre su personal, así como con otras direcciones generales, direcciones y unidades.

    Actúe siempre en interés del conjunto de la SGC, no solo de su dirección general, dirección o unidad, y vele por que ofrezcamos resultados a nuestros interlocutores. Rompa los compartimentos estancos.

    Tenga el valor de afrontar oportunamente los conflictos, los problemas de bajo rendimiento y otras dificultades; vele por el bienestar y el desarrollo de su personal, y cumpla su deber de diligencia para con su personal.

    Al impulsar y facilitar el cambio, implique a su personal para que la SGC se mantenga al día y sea más dinámica, flexible y colaboradora. Predique con el ejemplo.

    Se responsabilice de la utilización óptima de los recursos humanos y financieros de la SGC.


    ANEXO II

    Igualdad de oportunidades en la Secretaría General del Consejo (SGC)

    La Secretaría General del Consejo aplica una firme política de igualdad de oportunidades a todos sus empleados y candidatos a un puesto. En su calidad de empleador, la SGC está resuelta a garantizar la igualdad entre hombres y mujeres y a prevenir la discriminación de cualquier tipo. Anima encarecidamente a todas las personas cualificadas, de horizontes diversos, con todo tipo de capacidades y con una procedencia geográfica tan amplia como sea posible entre los Estados miembros de la UE, a que presenten su candidatura.

    Los objetivos principales de la política de igualdad de oportunidades de la SGC son los siguientes:

    lograr una representación equilibrada de hombres y mujeres. La SGC anima a las mujeres a que presenten su candidatura, especialmente para puestos directivos, en los que actualmente están infrarrepresentadas;

    mejorar la accesibilidad del entorno de trabajo y garantizar que sea inclusivo. Se pueden realizar adaptaciones razonables para el personal con discapacidad, a menos que supongan una carga indebida para los recursos de la institución. Se puede prestar asistencia a las personas con discapacidad durante el procedimiento de contratación;

    garantizar que sus políticas de recursos humanos y de gestión de personal respeten los principios de igualdad y no discriminación;

    proteger al personal del acoso en el trabajo;

    conciliar la vida profesional y la vida privada. La SGC ofrece toda una serie de medidas de trabajo flexible, como el teletrabajo, horarios de trabajo individuales y la posibilidad de disfrutar la baja parental para madres y padres de acuerdo con el Estatuto de los funcionarios. La SGC dispone de una guardería para niños de hasta cuatro años de edad. La Comisión Europea organiza servicios de cuidados postescolares y de acogida en días de vacaciones para los hijos del personal de la SGC.

    Para obtener más información, envíe un correo electrónico a equal.opportunities@consilium.europa.eu.


    ANEXO III

    RECLAMACIÓN INTERNA — RECURSO JUDICIAL — RECLAMACIÓN ANTE EL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

    En todas las etapas del procedimiento de selección, el aspirante que esté descontento con la forma en que se tramita su solicitud, tiene derecho a reclamar.

    Reclamación interna

    Cuando se comunique al aspirante una decisión con la que no esté de acuerdo, puede presentar, en un plazo de tres meses a partir de la notificación de la decisión, una reclamación al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea; la reclamación debe dirigirse a:

    Consejo de la Unión Europea

    Unidad de Asesores jurídicos de la Administración, ORG 1.F

    Rue de la Loi/Wetstraat 175

    1048 Bruxelles/Brussel

    BELGIQUE/BELGIË

    Correo electrónico: legal.advisersHR@consilium.europa.eu

    La autoridad facultada para proceder a los nombramientos responderá por escrito a la reclamación en un plazo de cuatro meses a partir de la recepción de la misma. No obstante, si la reclamación llega con tiempo suficiente, cabe la posibilidad de que el comité consultivo de selección reconsidere la decisión objeto de reclamación y responda al aspirante en consecuencia.

    Recurso judicial

    Si el aspirante no está de acuerdo con la respuesta que reciba de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos con arreglo al procedimiento de reclamación interna, puede interponer un recurso judicial al amparo del artículo 91 del Estatuto de los funcionarios, dirigido a:

    Tribunal General de la Unión Europea

    Rue du Fort Niedergrünewlad

    2925 Luxembourg

    LUXEMBOURG

    Reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo

    Tras haber agotado todas las vías de recurso existentes en la SGC, en particular el procedimiento de reclamación interna al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios, el aspirante puede, como cualquier otro ciudadano de la Unión, presentar una reclamación ante:

    Defensor del Pueblo Europeo

    1, avenue du Président Robert Schuman — BP 403

    67001 Strasbourg Cedex

    FRANCE

    de conformidad con el artículo 228, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en las condiciones establecidas en la Decisión (94/262/CECA, CE, Euratom) del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y sobre las condiciones generales del ejercicio de sus funciones (1).

    Obsérvese que la presentación de una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo no interrumpe el plazo establecido en el artículo 90, apartado 2, y el artículo 91 del Estatuto de los funcionarios para presentar una reclamación o interponer recurso ante el Tribunal General de la Unión Europea al amparo del artículo 270 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


    (1)  DO L 113 de 4.5.1994, p. 15.


    ANEXO IV

    PROTECCIÓN DE DATOS

    En su calidad de institución encargada de organizar el procedimiento de selección, la Secretaría General del Consejo garantiza que los datos personales de los aspirantes se tratarán conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (1).

    La base jurídica para el procedimiento de selección es el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea, junto con la Decisión 2013/488/UE del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (2). El procedimiento de selección se realiza bajo la responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos (ORG.1), Unidad de Personal y Movilidad, y el responsable del tratamiento de datos es el jefe de dicha unidad. La información facilitada por los aspirantes estará a disposición del personal de la Oficina de Contratación y de sus superiores, de los miembros del comité consultivo de selección y, en caso necesario, de la Unidad de Asesores Jurídicos. La información administrativa que permita la identificación del aspirante y/o resulte necesaria para la organización práctica del procedimiento podrá transmitirse a un centro de evaluación.

    La finalidad del tratamiento es recopilar datos con objeto de identificar a todos los aspirantes a un puesto en la Secretaría General del Consejo y de proceder a una selección entre ellos.

    Los datos en cuestión son:

    los datos personales que permiten identificar a los aspirantes (apellidos, nombre, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad);

    la información proporcionada por los aspirantes para facilitar la organización práctica del procedimiento (dirección postal, dirección de correo electrónico, número de teléfono);

    la información proporcionada por los aspirantes para que se pueda evaluar si cumplen las condiciones de admisión establecidas en el anuncio de vacante (nacionalidad; lenguas; cualificaciones de los aspirantes y año en que las obtuvieron, tipo de título o diploma, nombre de la institución que lo expidió, experiencia profesional);

    cuando proceda, la información sobre el tipo y duración de la habilitación de seguridad del aspirante;

    los resultados de las pruebas de selección a las que se sometan los aspirantes, incluidas las evaluaciones efectuadas por los asesores del centro de evaluación para el comité de selección.

    El tratamiento da comienzo en la fecha de recepción de la candidatura. Las candidaturas recibidas se conservan y almacenan en los archivos durante dos años.

    Todos los aspirantes pueden ejercer el derecho de acceso y de rectificación de sus datos de carácter personal. Para ello, enviarán una solicitud motivada por correo electrónico a la Oficina de Selección de Funcionarios a la dirección: selection.officials@consilium.europa.eu.

    Los aspirantes pueden recurrir al Supervisor Europeo de Protección de Datos en cualquier momento (edps@edps.europa.eu).


    (1)  DO L 295 de 21.11.2018, p. 39.

    (2)  DO L 274 de 15.10.2013, p. 1.


    ANEXO V

    Image 1

    Image 2

    Image 3

    Image 4

    Image 5

    Image 6

    Image 7

    Image 8

    Image 9

    Image 10


    26.10.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    CA 358/20


    Anuncio de vacante CONS/AD/163/20

    (2020/C 358 A/02)

     

    INFORMACIÓN GENERAL

    Servicio

    Política General e Institucional-GIP

    Lugar de trabajo

    Bruselas, Edificio Justus Lipsius

    Denominación del puesto

    Director general

    Grupo de funciones y grado

    AD 15

    Habilitación de seguridad exigida

    «EU SECRET»

    FECHA LÍMITE PARA LA PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

    18 de noviembre de 2020-12:00 (hora de Bruselas)

    Quiénes somos

    La Secretaría General del Consejo (SGC) presta asistencia al Consejo Europeo y al Consejo de la Unión Europea (UE) y a sus órganos preparatorios en todos sus ámbitos de actividad. Ofrece asesoramiento y apoyo a los miembros del Consejo Europeo y del Consejo y a sus presidentes en todos los sectores de actividad, incluido el asesoramiento estratégico y jurídico, la coordinación con otras instituciones, la elaboración de acuerdos transaccionales, así como de la supervisión y organización de todos los aspectos prácticos necesarios para la correcta preparación y el buen funcionamiento del Consejo Europeo y del Consejo.

    La Dirección General GIP (Política General e Institucional) está integrada actualmente por dos direcciones (GIP.1 «Política General» y GIP.2 («Relaciones Interinstitucionales») y una unidad («Consejo Europeo y Planificación Estratégica»); las tres dependen del director general.

    GIP ofrece servicios políticos horizontales para apoyar la labor del Consejo de la UE y su Presidencia, así como la del Consejo Europeo y su presidente. Ofrece apoyo a las direcciones generales políticas sobre asuntos horizontales y representa a la SGC en el Coreper (1.a y 2.a parte) en relación con asuntos horizontales. Incumbe a GIP organizar y coordinar los trabajos de la SGC relativos a asuntos transversales.

    Más concretamente, GIP.1, la Dirección de Política General, se ocupa de los expedientes horizontales, como el marco financiero plurianual (MFP) y la coordinación del Semestre Europeo. Presta apoyo a la Presidencia en ejercicio y a la Presidencia entrante del Consejo, contribuye al funcionamiento eficaz del Consejo en general y desempeña funciones de secretaría del Consejo de Asuntos Generales. Presta apoyo a la Presidencia asistiendo en la preparación y el desarrollo de las reuniones del Coreper (1.a y 2.a parte), incluidos los Grupos Mertens y Antici.

    GIP.2, la Dirección de Relaciones Interinstitucionales, se ocupa en particular de las relaciones con el Parlamento Europeo, de asistir a la Presidencia en sus interacciones y de apoyar al presidente del Consejo Europeo en sus relaciones con esa institución. Por lo que respecta al procedimiento legislativo, GIP.2 ofrece asesoramiento y apoyo a la Presidencia y a otros servicios de la SGC. Abarca asimismo las relaciones del Consejo con otras instituciones u órganos (CESE, CDR), así como con los Parlamentos nacionales.

    GIP.A, la Unidad del Consejo Europeo y Planificación Estratégica, desempeña las funciones de secretaría del Consejo Europeo. En estrecha cooperación con el gabinete del presidente del Consejo Europeo y con el secretario general, se ocupa de redactar todos los documentos de apoyo, entre ellos las Conclusiones del Consejo Europeo. Presta asistencia durante las reuniones del Consejo Europeo, entre otras cosas informando a los delegados Antici, y redacta las actas del Consejo Europeo.

    Qué ofrecemos

    El puesto de director general de la DG GIP es un cargo exigente en un entorno políticamente interesante, al frente de un equipo de unas 70 personas altamente cualificadas.

    Bajo la autoridad del secretario general y en cooperación con los dos directores y el jefe de unidad de GIP, la persona seleccionada gestionará y coordinará la Dirección General y sus recursos de manera profesional, organizará sus actividades y apoyará y motivará al personal en su trabajo. Elaborará y ejecutará la estrategia y el programa de trabajo de la Dirección General, definirá sus objetivos y garantizará su consecución conforme a los plazos y normas de calidad establecidos. Fomentará una cultura de comunicación y cooperación eficaces, tanto dentro de GIP como con las demás direcciones generales y con otros servicios de la SGC.

    En cooperación con las demás direcciones generales, será responsable de la política horizontal y de la coordinación de procedimiento para contribuir a apoyar la continuidad y coherencia de la labor del Consejo y del Consejo Europeo.

    Proporcionará asesoramiento de alto nivel sobre políticas y procedimientos al secretario general, así como a las Presidencias del Consejo Europeo, del Consejo y del Coreper, en todos los aspectos de los expedientes que sean competencia de la Dirección General, y participará en reuniones y, si procede, en sesiones de información o en negociaciones con objeto de alcanzar acuerdos transaccionales y hallar soluciones. En este contexto, ayudará a la Presidencia en las negociaciones y garantizará una comunicación y una cooperación eficaces con las instituciones, órganos y organismos de la UE en los ámbitos de competencia de GIP.

    Garantizará una coordinación estratégica global, también con otras direcciones generales, sobre políticas y objetivos que deben lograrse.

    Tendrá que realizar frecuentemente misiones en el extranjero, excepcionalmente fuera de la UE.

    Qué buscamos

    Buscamos un gestor (M/F) con gran experiencia en el proceso de elaboración de políticas de la UE y en su proceso legislativo y con un amplio conocimiento del Consejo y del Consejo Europeo, así como de los asuntos institucionales de la UE. Se valorará el conocimiento de los ámbitos de los que se ocupa GIP.

    Se espera de todos los gestores de la SGC que asesoren a sus superiores y a las partes interesadas, gestionen sus recursos humanos y financieros y representen a la SGC. Estas expectativas se describen en el perfil horizontal del personal de gestión de la SGC (véase el anexo I).

    Además, es preciso que el titular del puesto tenga:

    capacidad para razonar y planificar estratégicamente, para anticipar y detectar posibles problemas y proponer soluciones y acuerdos factibles;

    excelentes aptitudes de comunicación, también para la comunicación interpersonal;

    capacidad para mantener buenas relaciones de trabajo con muy diversos interlocutores internos y externos y capacidad para actuar con tacto;

    capacidad de liderazgo y capacidad para fomentar un espíritu de equipo sólido y para orientar, motivar y responsabilizar al personal en un entorno multicultural y diverso, con especial hincapié en el desarrollo del personal;

    capacidad de planificación y organización del conjunto del trabajo de la Dirección General para cumplir plazos estrictos y garantizar un reparto equitativo de la carga de trabajo en el seno del equipo, así como capacidad para gestionar los cambios y apoyar al personal a lo largo del proceso de cambio;

    capacidad para alcanzar acuerdos u objetivos comunes ofreciendo asesoramiento específico a las partes interesadas y facilitando de manera eficaz y constructiva los debates.

    Dado que la SGC aplica una política de movilidad entre su personal de gestión, al que se exige una experiencia amplia, los aspirantes deben estar dispuestos y capacitados para trabajar en diferentes ámbitos de actividad a lo largo de su carrera profesional en la SGC.

    POLÍTICA DE CONTRATACIÓN

    El aspirante deberá cumplir los siguientes requisitos en el momento de presentar su candidatura:

    a)

    Condiciones generales

    ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea;

    estar en plena posesión de sus derechos civiles;

    encontrarse en situación regular respecto de la legislación aplicable en materia de servicio militar.

    b)

    Condiciones específicas

    estar en posesión de un título universitario (1);

    tener al menos quince años de experiencia profesional pertinente en materia de asesoramiento político con un muy alto nivel de responsabilidad;

    tener al menos tres años de experiencia en una función de alta dirección en el ámbito de las políticas de la UE;

    dado que el inglés y el francés se utilizan habitualmente para comunicarse en la SGC y con otras instituciones, se exige un excelente conocimiento de una de las dos lenguas y un buen conocimiento de la otra. Se valorará el conocimiento de otras lenguas oficiales de la UE.

    Nota:

    1)

    Este puesto exige una habilitación de seguridad que dé acceso a documentos clasificados (nivel «EU SECRET»). Los candidatos deben aceptar someterse a una investigación de seguridad de conformidad con la Decisión 2013/488/UE del Consejo (2). El nombramiento para el puesto solo surtirá efecto si el candidato seleccionado ha obtenido un certificado de habilitación de seguridad válido. A un candidato sin habilitación de seguridad se le ofrecerá un contrato temporal en espera de los resultados de la investigación de seguridad.

    2)

    El candidato seleccionado debe estar dispuesto a participar en la formación para puestos de gestión de la SGC.

    PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

    Para elegir al candidato, la autoridad facultada para proceder a los nombramientos estará asistida por un comité consultivo de selección. El comité consultivo de selección estará respaldado por un centro de evaluación, gestionado por consultores externos de selección de personal. Los informes redactados por el centro de evaluación para el mismo tipo de puesto dejarán de ser válidos dos años después de la fecha de realización de los ejercicios correspondientes, o en el momento de la resolución del contrato marco entre la SGC y el centro de evaluación de que se trate, si esta fecha fuese anterior.

    El comité consultivo de selección empezará por evaluar y comparar las cualificaciones, la experiencia y la motivación de todos los aspirantes a tenor de sus candidaturas. Basándose en esa evaluación comparativa, el comité consultivo de selección elaborará una lista preliminar de los candidatos que, a su juicio, sean más idóneos, que serán invitados a una primera entrevista. Puesto que esta primera selección se basa en una evaluación comparativa de las candidaturas, el cumplimiento de los requisitos exigidos para cubrir la presente vacante no garantiza que se sea invitado a la primera entrevista. El comité consultivo de selección hará una preselección de entre los candidatos entrevistados; los candidatos preseleccionados deberán pasar unas pruebas en el centro de evaluación y mantener después una segunda entrevista con el comité consultivo de selección.

    La planificación provisional de la selección es la siguiente:

    está previsto que los candidatos seleccionados para las entrevistas sean informados de ello antes del final de noviembre de 2020;

    se prevé que las primeras entrevistas tengan lugar durante la primera quincena de diciembre de 2020;

    está previsto que las pruebas del centro de evaluación tengan lugar a mediados de diciembre de 2020;

    se prevé que la segunda ronda de entrevistas comience a principios de enero de 2021.

    Nota: Este calendario es meramente indicativo y está sujeto, en particular, a las consecuencias de las medidas restrictivas tomadas para afrontar la pandemia de COVID-19.

    BASE JURÍDICA

    Esta vacante se publica de conformidad con el artículo 29, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea (3) (provisión de vacantes de altos funcionarios).

    Esta vacante se ha publicado en todas las instituciones de la Unión Europea y fuera de las instituciones.

    CÓMO PRESENTAR LA CANDIDATURA

    El plazo para la presentación de candidaturas concluye el 18 de noviembre de 2020 a las 12:00 (hora de Bruselas).

    Solo se aceptarán las candidaturas presentadas por correo electrónico; estas deberán enviarse a: applications.management@consilium.europa.eu (4) a más tardar en la fecha límite. No se tendrán en cuenta las candidaturas presentadas fuera de plazo.

    Para cualquier correspondencia relativa al procedimiento de selección deberá utilizarse la dirección de correo electrónico antes indicada (en el asunto del mensaje deberá figurar el siguiente título: CONS/AD/163/20 GIP).

    Antes de presentar su candidatura, los candidatos deberán comprobar cuidadosamente si cumplen todos los requisitos expuestos más arriba en la sección «Política de contratación», a fin de evitar la exclusión automática del procedimiento de selección.

    Para ser válido, el expediente de candidatura debe incluir los siguientes documentos en formato pdf (Nota: no se aceptan documentos bloqueados, protegidos por contraseña o firmados electrónicamente):

    a)

    el formulario de candidatura (anexo V) debidamente cumplimentado y fechado; el formulario de candidatura electrónico puede obtenerse en la sede electrónica del Consejo con el siguiente enlace: http://www.consilium.europa.eu/en/general-secretariat/jobs/job-opportunities/ (el fichero debe denominarse así: «XXX (APELLIDO)-Application form.pdf»);

    b)

    un curriculum vitae (5) detallado, en inglés o en francés, preferentemente en formato Europass (http://europass.cedefop.europa.eu), que abarque la totalidad de la carrera del aspirante y en el que consten, entre otros elementos, las cualificaciones del aspirante, sus conocimientos de idiomas, su experiencia y las funciones que desempeña actualmente (el fichero debe denominarse así: «XXX (APELLIDO)-CV.pdf»;

    c)

    una carta de motivación, en inglés o francés (el fichero debe denominarse así: «XXX (APELLIDO)-Motivation letter.pdf»;

    d)

    agrupadas en un solo documento pdf, copias de los títulos que acrediten la formación y de los documentos y certificados que acrediten la experiencia profesional. No basta simplemente con enviar el currículum vitae mencionado en la letra b). Los documentos justificativos deben haber sido emitidos por un tercero (el fichero debe denominarse así: «XXX (APELLIDO)-Supporting documents.pdf»).

    Si no se incluyen estos documentos, la candidatura no será válida.

    Todos los documentos justificativos adjuntos a la candidatura deben ir numerados consecutivamente (anexo 1, anexo 2, etc.), estar identificados con un nombre (en inglés o francés) y estar agrupados como se ha mencionado anteriormente. No se tendrán en cuenta las candidaturas enviadas por correo postal o a través de métodos de almacenamiento de datos en la nube o plataformas de puesta en común de ficheros.

    Se pedirá al candidato seleccionado que presente los originales de dichos documentos.

    Se le enviará un correo electrónico para acusar recibo de su candidatura. Se debe tener en cuenta que no pueden descartarse totalmente las dificultades técnicas relacionadas con la transmisión de correos electrónicos. Por ello, en caso de no recibirse el correo electrónico con acuse de recibo de la candidatura, se recomienda comprobar si la SGC la ha recibido escribiendo a applications.management@consilium.europa.eu. Dado que el comité consultivo de selección iniciará sus trabajos poco después del plazo de presentación de candidaturas, se recomienda realizar las comprobaciones necesarias en la semana siguiente a dicha fecha.

    IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

    La SGC aplica una política de igualdad de oportunidades (véase el anexo II).

    La SGC reconoce que un equilibrio saludable entre la vida profesional y la vida privada es un importante factor de motivación para muchas personas y cada vez existen mayores expectativas de que el trabajo flexible forme parte de un entorno de trabajo moderno. Ofrece, por lo tanto, un conjunto muy favorable de fórmulas estatutarias de trabajo flexible y de servicios como los cuidados postescolares y la guardería.

    En su calidad de empleador, la SGC está resuelta a garantizar la igualdad entre hombres y mujeres y a prevenir la discriminación de cualquier tipo. Anima encarecidamente a todas las personas cualificadas, de horizontes diversos, con todo tipo de capacidades y con una procedencia geográfica tan amplia como sea posible entre los Estados miembros de la UE, a que presenten su candidatura. Con el fin de promover la igualdad entre hombres y mujeres, la SGC fomenta las candidaturas de mujeres.

    A las personas con discapacidad se les puede prestar asistencia durante los procedimientos de contratación. Para más información al respecto, envíe un correo electrónico a Equal.opportunities@consilium.europa.eu

    REVISIÓN DE LAS CANDIDATURAS

    Los procedimientos aplicables a las reclamaciones internas, recursos judiciales y reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo figuran en el anexo III del presente anuncio de vacante.

    PROTECCIÓN DE DATOS

    Las normas que rigen el tratamiento de datos personales en relación con el presente procedimiento de selección figuran en el anexo IV del presente anuncio de vacante.


    (1)  El artículo 5, apartado 3, letra c), del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea requiere que los aspirantes posean al menos:

    i)

    un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de cuatro años o más, o

    ii)

    un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título y una experiencia profesional adecuada de un año, como mínimo, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de tres años.

    (2)  Decisión 2013/488/UE del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (DO L 274 de 15 de octubre de 2013, p. 1).

    (3)  Estatuto de los funcionarios y régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea, establecidos por el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.o 259/68 del Consejo (DO L 56 de 4.3.1968, p. 1) y modificados en último lugar por el Reglamento (UE, Euratom) n.o 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 287 de 29.10.2013, p. 15).

    (4)  Esta dirección de correo electrónico está vinculada a un buzón funcional y solo puede procesar mensajes con un nivel de confidencialidad «Normal»; no puede procesar los mensajes enviados con otro nivel de confidencialidad (por ejemplo, «Personal», «Privado» o «Confidencial»). Rogamos que se seleccione, por tanto, la opción de confidencialidad «Normal». El tamaño del mensaje de correo electrónico no podrá sobrepasar los 25 MB. Si su correo electrónico, junto con los documentos adjuntos, supera este tamaño máximo, envíe los documentos adjuntos en varios correos electrónicos.

    (5)  Se ruega a los candidatos que no incluyan fotos en su currículum.


    ANEXO I

    Perfil horizontal del personal de gestión de la SGC

    Los gestores de la SGC aportan un valor añadido al actuar a la vez como asesor y como gestor, y representan siempre a la SGC.

    Al desempeñar estas funciones se espera de un gestor que:

    Como representante

    Actúe con integridad, tanto en la SGC como en el exterior.

    Actúe en interés del Consejo Europeo y del Consejo, así como de la Unión en su conjunto. Vele por que se detecte y se resuelva adecuadamente cualquier divergencia.

    Establezca relaciones de confianza en un clima de apertura y se ocupe de crear redes de contactos.

    Obtenga resultados y sea influyente, a la vez que respetuoso y con sentido de servicio.

    Como asesor

    Contribuya al desarrollo de la Unión. Sea proactivo y creativo. Se adelante a los acontecimientos y planifique para el futuro. Aporte soluciones.

    Asesore a nuestros interlocutores para facilitar el logro de sus objetivos y en interés de nuestras dos instituciones. Sea objetivo y justo.

    Esté al tanto de las interacciones entre el proceso decisorio y el debate público. Vele por que su asesoramiento tenga en cuenta la situación política de nuestros interlocutores e integre consideraciones de comunicación.

    Facilite un proceso de decisión legítimo a través de la cooperación, el establecimiento de buenas relaciones de trabajo y la búsqueda de transacciones entre los Estados miembros y con las instituciones y otras partes interesadas.

    Se mantenga bien informado de los acontecimientos dentro de su ámbito de responsabilidad, incluso más allá de los trabajos inmediatos del Consejo Europeo y del Consejo. Tenga presente la situación de conjunto.

    Como gestor

    Responsabilice al personal, delegue y confíe, apoye y motive, ofrezca información y orientaciones, aliente la iniciativa y anime al personal a atreverse a pensar con creatividad; reduzca al mínimo las relaciones jerárquicas y el control, velando a la vez por que se mantenga la calidad.

    Comunique claramente los objetivos y expectativas, y garantice que la información fluya hacia, desde y entre su personal, así como con otras direcciones generales (DG), direcciones y unidades.

    Actúe siempre en interés del conjunto de la SGC, no solo de su DG, dirección o unidad, y vele por que ofrezcamos resultados a nuestros interlocutores. Rompa los compartimentos estancos.

    Tenga el valor de afrontar oportunamente los conflictos, los problemas de bajo rendimiento y otras dificultades; vele por el bienestar y el desarrollo de su personal, y cumpla su deber de diligencia para con su personal.

    Al impulsar y facilitar el cambio, implique a su personal para que la SGC se mantenga al día y sea más dinámica, flexible y colaboradora. Predique con el ejemplo.

    Se responsabilice de la utilización óptima de los recursos humanos y financieros de la SGC.


    ANEXO II

    Igualdad de oportunidades en la Secretaría General del Consejo (SGC)

    La Secretaría General del Consejo aplica una firme política de igualdad de oportunidades a todos sus empleados y candidatos a un puesto. En su calidad de empleador, la SGC está resuelta a garantizar la igualdad entre hombres y mujeres y a prevenir la discriminación de cualquier tipo. Anima encarecidamente a todas las personas cualificadas, de horizontes diversos, con todo tipo de capacidades y con una procedencia geográfica tan amplia como sea posible entre los Estados miembros de la UE, a que presenten su candidatura.

    Los objetivos principales de la política de igualdad de oportunidades de la SGC son los siguientes:

    lograr una representación equilibrada de hombres y mujeres. La SGC anima a las mujeres a que presenten su candidatura, especialmente para puestos directivos, en los que actualmente están infrarrepresentadas;

    mejorar la accesibilidad del entorno de trabajo y garantizar que sea inclusivo. Se pueden realizar adaptaciones razonables para el personal con discapacidad, a menos que supongan una carga indebida para los recursos de la institución. Se puede prestar asistencia a las personas con discapacidad durante el procedimiento de contratación;

    garantizar que sus políticas de recursos humanos y de gestión de personal respeten los principios de igualdad y no discriminación;

    proteger al personal del acoso en el trabajo;

    conciliar la vida profesional y la vida privada. La SGC ofrece toda una serie de medidas de trabajo flexible, como el teletrabajo, horarios de trabajo individuales y la posibilidad de disfrutar la baja parental para madres y padres de acuerdo con el Estatuto de los funcionarios. La GSC dispone de una guardería para niños de hasta cuatro años de edad. La Comisión Europea organiza guarderías postescolares y dispone de instalaciones de acogida para los días de vacaciones para los hijos del personal de la SGC.

    Para obtener más información, envíe un correo electrónico a equal.opportunities@consilium.europa.eu.


    ANEXO III

    RECLAMACIÓN INTERNA-RECURSO JUDICIAL-RECLAMACIÓN ANTE EL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

    En todas las etapas del procedimiento de selección, el aspirante que esté descontento con la forma en que se tramita su solicitud, tiene derecho a reclamar.

    Reclamación interna

    Cuando se comunique al aspirante una decisión con la que no esté de acuerdo, puede presentar, en un plazo de tres meses a partir de la notificación de la decisión, una reclamación al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea; la reclamación debe dirigirse a:

    Consejo de la Unión Europea

    Unidad de Asesores jurídicos de la Administración, ORG 1.F

    Rue de la Loi/Wetstraat 175

    1048 Bruxelles/Brussel

    BELGIQUE/BELGIË

    Correo electrónico: legal.advisersHR@consilium.europa.eu

    La autoridad facultada para proceder a los nombramientos responderá por escrito a la reclamación en un plazo de cuatro meses a partir de la recepción de la misma. No obstante, si la reclamación llega con tiempo suficiente, cabe la posibilidad de que el comité consultivo de selección reconsidere la decisión objeto de reclamación y responda al aspirante en consecuencia.

    Recurso judicial

    Si el aspirante no está de acuerdo con la respuesta que reciba de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos con arreglo al procedimiento de reclamación interna, puede interponer un recurso judicial al amparo del artículo 91 del Estatuto de los funcionarios, dirigido a:

    Tribunal General de la Unión Europea

    Rue du Fort Niedergrünewlad

    2925 Luxembourg

    LUXEMBOURG

    Reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo

    Tras haber agotado todas las vías de recurso existentes en la SGC, en particular el procedimiento de reclamación interna al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios, el aspirante puede, como cualquier otro ciudadano de la Unión, presentar una reclamación ante:

    Defensor del Pueblo Europeo

    1, avenue du Président Robert Schuman — BP 403

    67001 Strasbourg Cedex

    FRANCE

    de conformidad con el artículo 228, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en las condiciones establecidas en la Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y sobre las condiciones generales del ejercicio de sus funciones (1).

    Obsérvese que la presentación de una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo no interrumpe el plazo establecido en el artículo 90, apartado 2, y el artículo 91 del Estatuto de los funcionarios para presentar una reclamación o interponer recurso ante el Tribunal General de la Unión Europea al amparo del artículo 270 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


    (1)  DO L 113 de 4.5.1994, p. 15.


    ANEXO IV

    PROTECCIÓN DE DATOS

    En su calidad de institución encargada de organizar el procedimiento de selección, la Secretaría General del Consejo garantiza que los datos personales de los aspirantes se tratarán conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (1).

    La base jurídica para el procedimiento de selección es el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea, junto con la Decisión 2013/488/UE del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (2). El procedimiento de selección se realiza bajo la responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos (ORG.1), Unidad de Personal y Movilidad, y el responsable del tratamiento de datos es el jefe de dicha unidad. La información facilitada por los aspirantes estará a disposición del personal de la Oficina de Contratación y de sus superiores, de los miembros del comité consultivo de selección y, en caso necesario, de la Unidad de Asesores Jurídicos. La información administrativa que permita la identificación del aspirante y/o resulte necesaria para la organización práctica del procedimiento podrá transmitirse a un centro de evaluación.

    La finalidad del tratamiento es recopilar datos con objeto de identificar a todos los aspirantes a un puesto en la Secretaría General del Consejo y de proceder a una selección entre ellos.

    Los datos en cuestión son:

    los datos personales que permiten identificar a los aspirantes (apellidos, nombre, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad);

    a información proporcionada por los aspirantes para facilitar la organización práctica del procedimiento (dirección postal, dirección de correo electrónico, número de teléfono);

    la información proporcionada por los aspirantes para que se pueda evaluar si cumplen las condiciones de admisión establecidas en el anuncio de vacante (nacionalidad; lenguas; cualificaciones de los aspirantes y año en que las obtuvieron, tipo de título o diploma, nombre de la institución que lo expidió, experiencia profesional);

    cuando proceda, la información sobre el tipo y duración de la habilitación de seguridad del aspirante;

    os resultados de las pruebas de selección a las que se sometan los aspirantes, incluidas las evaluaciones efectuadas por los asesores del centro de evaluación para el comité de selección.

    El tratamiento da comienzo en la fecha de recepción de la candidatura. Las candidaturas recibidas se conservan y almacenan en los archivos durante dos años.

    Todos los aspirantes pueden ejercer el derecho de acceso y de rectificación de sus datos de carácter personal. Para ello, enviarán una solicitud motivada por correo electrónico a la Oficina de Selección de Funcionarios a la dirección: selection.officials@consilium.europa.eu.

    Los aspirantes pueden recurrir al Supervisor Europeo de Protección de Datos en cualquier momento (edps@edps.europa.eu).


    (1)  DO L 295 de 21.11.2018, p. 39.

    (2)  DO L 274 de 15.10.2013, p. 1.


    ANEXO V

    Image 11

    Image 12

    Image 13

    Image 14

    Image 15

    Image 16

    Image 17

    Image 18

    Image 19

    Image 20


    Top