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Document 22025D2252

Decisión N.o 1/2025 del comité mixto establecido por el acuerdo entre la unión europea y la república de moldavia relativo al transporte de mercancías por carretera, de 19 de septiembre de 2025, por lo que respecta a la continuación de la vigencia del Acuerdo [2025/2252]

PUB/2025/1167

DO L, 2025/2252, 25.11.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/2252/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/2252/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2025/2252

25.11.2025

DECISIÓN N.o 1/2025 DEL COMITÉ MIXTO ESTABLECIDO POR EL ACUERDO ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y LA REPÚBLICA DE MOLDAVIA RELATIVO AL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR CARRETERA

de 19 de septiembre de 2025

por lo que respecta a la continuación de la vigencia del Acuerdo [2025/2252]

EL COMITÉ MIXTO,

Visto el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Moldavia relativo al transporte de mercancías por carretera (1), y en particular su artículo 6, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión n.o 2/2022 del Comité Mixto establecido por el Acuerdo entre la Unión Europea y Ucrania relativo al transporte de mercancías por carretera (el «Acuerdo») prorrogó el Acuerdo hasta el 30 de junio de 2024. Mediante la Decisión n.o 1/2024 del Comité Mixto se prorrogó de nuevo el Acuerdo, hasta el 31 de diciembre de 2025.

(2)

De conformidad con el artículo 6, apartado 2, del Acuerdo, el Comité Mixto debe convocarse a más tardar tres meses antes del vencimiento del Acuerdo, a fin de evaluar y decidir si es necesario que este continúe vigente.

(3)

El control del Acuerdo ha puesto de manifiesto que este ha prestado apoyo a la República de Moldavia en las terribles circunstancias de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania. Asimismo, dicho control ha demostrado beneficios comerciales tanto para la Unión Europea como para la República de Moldavia, y que el aumento de los servicios de transporte por carretera también ha resultado beneficioso para los operadores de transporte por carretera de ambas Partes.

(4)

Junto con un acuerdo similar sobre el transporte por carretera firmado con Ucrania, el Acuerdo también ha contribuido de forma importante a la exportación de mercancías ucranianas a la Unión Europea a través de los corredores de solidaridad.

(5)

Debe entenderse que la continuación de la vigencia del Acuerdo también contribuye a la reconstrucción de Ucrania más allá de la guerra de agresión de Rusia contra este país.

(6)

Por lo tanto, procede que el Acuerdo continúe vigente hasta el 31 de marzo de 2027.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Continuación de la vigencia del Acuerdo

Queda prorrogada hasta el 31 de marzo de 2027 la vigencia del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Moldavia relativo al transporte de mercancías por carretera.

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 19 de septiembre de 2025.

Por el Comité Mixto

Los copresidentes

Kristian SCHMIDT

Mircea PĂSCĂLUȚĂ


(1)   DO L 181 de 7.7.2022, p. 4, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2022/1165/oj.


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/2252/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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