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Document L:1992:065:TOC
Official Journal of the European Communities, L 65, 11 March 1992
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 65, 11 de marzo de 1992
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 65, 11 de marzo de 1992
Diario Oficial |
Edición en lengua española | Legislación | |||
Sumario | I Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad | |||
* | Reglamento (CEE) nº 601/92 del Consejo, de 2 de marzo de 1992, relativo al establecimiento de un sistema de vigilancia previa de las importaciones de algunos productos textiles originarios de Albania, de la República de Estonia, de la República de Letonia y de la República de Lituania | |||
Reglamento (CEE) n° 602/92 de la Comisión, de 10 de marzo de 1992, por el que se fijan las exacciones reguladoras a la importación aplicables a los cereales y a las harinas, grañones y sémolas de trigo o de centeno | ||||
Reglamento (CEE) n° 603/92 de la Comisión, de 10 de marzo de 1992, por el que se fijan las primas que se añaden a las exacciones reguladoras a la importación para los cereales, la harina y la malta | ||||
Reglamento (CEE) n° 604/92 de la Comisión, de 10 de marzo de 1992, relativo a la apertura de una licitación para el suministro a Lituania de 15 000 toneladas de trigo blando panificable en poder del organismo de intervención francés en Gante | ||||
* | REGLAMENTO (CEE) No 605/92 DE LA COMISIÓN de 10 de marzo de 1992 relativo a las declaraciones de cosecha, de producción y de existencias, en aplicación del artículo 3 del Reglamento (CEE) no 822/87 del Consejo y por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3929/87 # | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 606/92 DE LA COMISIÓN de 10 de marzo de 1992 por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 1570/77 relativo a las bonificaciones y depreciaciones que deben aplicarse en caso de intervención en el sector de los cereales # | |||
Reglamento (CEE) n° 607/92 de la Comisión, de 10 de marzo de 1992, que determina en qué medida podrá darse curso a las solicitudes de expedición de certificados de importación presentadas en el mes de febrero de 1992 para los machos jóvenes de la especie bovina destinados al engorde | ||||
Reglamento (CEE) n° 608/92 de la Comisión, de 10 de marzo de 1992, relativo a la expedición de certificados de importación para las carnes de vacuno de alta calidad, frescas, refrigeradas o congeladas | ||||
Reglamento (CEE) n° 609/92 de la Comisión, de 10 de marzo de 1992, por el que se fija el importe de la ayuda en el sector de las semillas oleaginosas | ||||
Reglamento (CEE) n° 610/92 de la Comisión, de 10 de marzo de 1992, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n 390/92, por el que se establece un gravamen compensatorio a la importación de naranjas dulces frescas originarias de Turquía | ||||
II Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad | ||||
Consejo | ||||
* | Directiva 92/11/CEE del Consejo de 3 de marzo de 1992 por la que se modifica la Directiva 89/396/CEE relativa a las menciones o marcas que permitan identificar el lote al que pertenece un producto alimenticio | |||
92/153/CEE: | ||||
* | DECISIÓN DEL CONSEJO de 3 de marzo de 1992 que prorroga la Decisión 82/530/CEE por la que se autoriza al Reino Unido a permitir que las autoridades de la isla de Man apliquen un sistema de certificados especiales de importación para la carne de ovino y la carne de vacuno # | |||
Rectificaciones | ||||
* | Rectificación al Reglamento (CEE) n° 3357/91 del Consejo, de 7 de noviembre de 1991, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n 918/83 relativo al establecimiento de un régimen comunitario de franquicias aduaneras (DO n L 318 de 20. 11. 1991) | |||
* | RECTIFICACIÓN A :# Reglamento ( CEE ) n° 3567/91 del Consejo, de 2 de diciembre de 1991, relativo al régimen aplicable a las importaciones de productos originarios de las Repúblicas de BosniaHerzegovina, de Croacia, de Macedonia y de Eslovenia |
ES | Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado. |