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Document L:1992:042:TOC
Official Journal of the European Communities, L 42, 18 February 1992
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 42, 18 de febrero de 1992
Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 42, 18 de febrero de 1992
Diario Oficial |
Edición en lengua española | Legislación | |||
Sumario | I Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 344/92 DEL CONSEJO de 19 de diciembre de 1991 por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 4134/86 relativo al régimen de importación de determinados productos textiles originarios de Taiwán # | |||
* | Reglamento (CEE) n° 345/92 del Consejo de 27 de enero de 1992 que modifica por undécima vez el Reglamento (CEE) n 3094/86 por el que se establecen determinadas medidas técnicas de conservación de los recursos pesqueros | |||
* | REGLAMENTO (CEE) No 346/92 DEL CONSEJO de 27 de enero de 1992 sobre la celebración del Protocolo que fija, para el período del 16 de junio de 1991 al 15 de junio de 1993, las posibilidades de pesca y la compensación financiera previstas en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República de Guinea Bissau referente a la pesca en alta mar frente a la costa de Guinea Bissau # | |||
Protocolo que fija, para el período de 16 de junio de 1991 a 15 de junio de 1993, las posibilidades de pesca y la compensación financiera previstas en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República de Guinea Bissau referente a la pesca en alta mar frente a la costa de Guinea Bissau | ||||
II Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad | ||||
Consejo | ||||
92/108/CEE: | ||||
* | Decisión no 3/91 del Comité mixto CEE- Austria, de 19 de diciembre de 1991, por la que se modifica el Protocolo no 3 relativo a la definición de la noción de « productos originarios » y a los métodos de cooperación administrativa | |||
92/109/CEE: | ||||
* | Decisión no 3/91 del Comité mixto CEE- Finlandia, de 13 de diciembre de 1991, por la que se modifica el Protocolo no 3 relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa | |||
92/110/CEE: | ||||
* | Decisión no 3/91 del Comité mixto CEE- Islandia, de 20 de diciembre de 1991, por la que se modifica el Protocolo no 3 relativo a la definición de la noción de « productos originarios » y a los métodos de cooperación administrativa | |||
92/111/CEE: | ||||
* | Decisión no 3/91 del Comité mixto CEE- Noruega, de 10 de diciembre de 1991, por la que se modifica el Protocolo no 3 relativo a la definición de la noción de « productos originarios » y a los métodos de cooperación administrativa | |||
92/112/CEE: | ||||
* | Decisión no 3/91 del Comité mixto CEE-Suecia, de 6 de diciembre de 1991, por la que se modifica el Protocolo no 3 relativo a la definición de la noción de « productos originarios » y a los métodos de cooperación administrativa | |||
92/113/CEE: | ||||
* | Decisión no 3/91 del Comité mixto CEE-Suiza, de 13 de diciembre de 1991, por la que se modifica el Protocolo no 3 relativo a la definición de la noción de « productos originarios » y a los métodos de cooperación administrativa |
ES | Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado. |