This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document JOL_1995_134_R_0025_019
Council Decision of 29 May 1995 concerning the conclusion of an Agreement in the form of exchange of letters between the European Community and the United States of America on government procurement #Agreement in the form of an exchange of letters between the European Community and the United States of America on government procurement
Decisión del Consejo, de 29 de mayo de 1995, relativa a la celebración del Acuerdo, en forma de Canje de Notas, entre la Comunidad Europea y Estados Unidos de América sobre contratación pública
Acuerdo en forma de Canje de Notas, entre la Comunidad Europea y Estados Unidos de América sobre contratación pública
Decisión del Consejo, de 29 de mayo de 1995, relativa a la celebración del Acuerdo, en forma de Canje de Notas, entre la Comunidad Europea y Estados Unidos de América sobre contratación pública
Acuerdo en forma de Canje de Notas, entre la Comunidad Europea y Estados Unidos de América sobre contratación pública
DO L 134 de 20.6.1995, p. 25–36
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
95/215/CE: Decisión del Consejo, de 29 de mayo de 1995, relativa a la celebración del Acuerdo, en forma de Canje de Notas, entre la Comunidad Europea y Estados Unidos de América sobre contratación pública
Diario Oficial n° L 134 de 20/06/1995 p. 0025 - 0025
DECISIÓN DEL CONSEJO de 29 de mayo de 1995 relativa a la celebración del Acuerdo, en forma de Canje de Notas, entre la Comunidad Europea y Estados Unidos de América sobre contratación pública (95/215/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, la última frase del apartado 2 del artículo 57 y los artículos 66, 100 A y 113 en relación con la primera frase del apartado 2 y el apartado 3 de su artículo 228, Vista la propuesta de la Comisión (1), Visto el dictamen conforme del Parlamento Europeo (2), Considerando que la competencia de la Comunidad para celebrar acuerdos internacionales resulta no sólo de una atribución explícita del Tratado, sino que puede derivarse asimismo de otras disposiciones del Tratado y de actos adoptados, en el marco de dichas disposiciones, por las Instituciones de la Comunidad; Considerando que, toda vez que se han adoptado normas comunitarias para alcanzar los objetivos del Tratado, los Estado miembros no pueden, fuera del marco de las instituciones comunes, contraer compromisos que puedan afectar a dichas normas o alterar su alcance; Considerando que una parte de los compromisos contenidos en el Acuerdo, en forma de Canje de Notas, negociado entre Estados Unidos de América y la Comunidad Europea sobre contratación pública, es competencia exclusiva de la Comunidad con arreglo al artículo 113 del Tratado; Considerando, además, que, entre los demás compromisos, algunos afectan a las normas comunitarias adoptadas sobre la base del apartado 2 del artículo 57 y de los artículos 66 y 100 A del Tratado; Considerando, por último, que el artículo 37 de la Directiva 93/38/CEE (3) confiere expresamente a las Instituciones comunitarias competencia para negociar con los terceros países por lo que se refiere al régimen jurídico aplicable a los contratos públicos efectuados por entidades de los Estados miembros correspondientes a los sectores, entre otros, de la electricidad y de los puertos; Considerando que conviene aprobar el Acuerdo, en forma de Canje de Notas, negociado entre Estados Unidos de América y la Comunidad Europea sobre contratación pública, DECIDE: Artículo 1 Queda aprobado, en nombre de la Comunidad Europea, el Acuerdo, en forma de Canje de Notas, entre la Comunidad Europea y Estados Unidos de América sobre contratación pública. El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona facultada para firmar el Acuerdo a fin de obligar a la Comunidad Europea. Hecho en Bruselas, el 29 de mayo de 1995. Por el Consejo El Presidente H. de CHARETTE (1) DO n° C 291 de 19. 10. 1994, p. 4. (2) Dictamen emitido el 19 de mayo de 1995 (no publicado aún en el Diario Oficial). (3) Directiva 93/38/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones (DO n° L 199 de 9. 8. 1993, p. 84).