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Document 52026XG03012
Conclusions of the Council and of the representatives of the governments of the Member States meeting within the Council on sport tourism as a contributor to sustainable development
Conclusiones del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el turismo deportivo como factor del desarrollo sostenible
Conclusiones del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el turismo deportivo como factor del desarrollo sostenible
ST/9012/2026/REV/1
DO C, C/2026/3012, 1.6.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/3012/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2026/3012 |
1.6.2026 |
Conclusiones del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el turismo deportivo como factor del desarrollo sostenible
(C/2026/3012)
EL CONSEJO Y LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO,
RECORDANDO:
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1. |
El artículo 6 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que confiere a la Unión la competencia para llevar a cabo acciones en el ámbito del deporte con el fin de apoyar, coordinar o complementar la acción de los Estados miembros, el artículo 165 del TFUE, según el cual la Unión contribuirá a fomentar los aspectos europeos del deporte, teniendo en cuenta sus características específicas, sus estructuras basadas en el voluntariado y su función social y educativa, así como el artículo 195 del TFUE, que establece que la Unión complementará la acción de los Estados miembros en el sector turístico, en particular promoviendo la competitividad de las empresas de la Unión en dicho sector y estimulará la creación de un entorno favorable al desarrollo de esas empresas. |
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2. |
El Plan de Trabajo de la Unión Europea para el Deporte 2024-2027 (1), que establece el marco estratégico para la cooperación a escala de la Unión en el ámbito del deporte, indica entre sus objetivos rectores el de «promover, a través de la cooperación intersectorial, la sensibilización [sobre el] turismo deportivo, que puede desempeñar un papel clave en el desarrollo sostenible del sector y en el refuerzo de su resiliencia». |
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3. |
El contexto político que se indica en el anexo de las presentes Conclusiones. |
SUBRAYANDO QUE:
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4. |
A efectos de las presentes Conclusiones, se entiende por turismo deportivo las actividades turísticas en las que el desplazamiento se debe a la participación en actividades deportivas o físicas, a la asistencia, incluso como espectadores, a competiciones o acontecimientos deportivos o a la visita de lugares de interés relacionados con el deporte. |
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5. |
El turismo deportivo combina la vitalidad económica del turismo con el valor social, cultural y beneficioso para la salud del deporte y puede servir como instrumento estratégico para un desarrollo local y regional sostenible y a largo plazo. Cuando se planifica de manera responsable y proporcionada, puede potenciar la cohesión territorial, el empleo de calidad, la protección del patrimonio cultural y la resiliencia de los destinos, además de aportar beneficios económicos, sociales y medioambientales duraderos a las comunidades locales, por ejemplo mediante acontecimientos deportivos que aumenten la participación en el deporte, refuercen la identidad comunitaria y mejoren la visibilidad de las regiones de acogida. |
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6. |
En este contexto, la sostenibilidad se entiende como un principio rector por el que se garantiza que los aspectos medioambiental, social y económico se tengan en cuenta en la formulación de las políticas y prácticas públicas y en las actividades económicas a largo plazo. |
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7. |
El turismo deportivo sostenible exige que las actividades de turismo deportivo sean compatibles con los objetivos climáticos y de protección del medio ambiente y que aporten valor a largo plazo tanto para visitantes como para comunidades locales. Las actividades de turismo deportivo deben desarrollarse en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas y velar por el equilibrio entre las responsabilidades sociales y medioambientales, y también por la viabilidad económica. |
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8. |
Al ofrecer oportunidades de participación e intercambio, el turismo deportivo puede promover los valores fundamentales de la Unión, reforzar la cohesión social y favorecer la no discriminación. |
RECONOCIENDO QUE:
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9. |
A escala local y regional, el turismo deportivo puede reforzar los ecosistemas económicos apoyando el empleo, estimulando el emprendimiento y la inversión, generando valor económico gracias al gasto de los visitantes y contribuyendo a ampliar la temporada turística mediante actividades relacionadas con el deporte, teniendo siempre en cuenta la protección del medio ambiente, los objetivos climáticos y la diversidad del turismo deportivo en los distintos Estados miembros. |
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10. |
A largo plazo, puede contribuir al desarrollo de una marca más sólida y a una mayor visibilidad internacional del destino, lo que permitiría así el posicionamiento de regiones y comunidades mediante actividades y valores relacionados con el deporte, siempre que el flujo de turistas se gestione de manera sostenible, al tiempo que refuerza el atractivo de Europa como destino de turismo deportivo. |
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11. |
La participación activa de las comunidades locales y las partes interesadas pertinentes, como organizaciones de deportes de base y clubes deportivos locales, en la planificación y la ejecución de iniciativas de turismo deportivo, lo que incluye infraestructuras diseñadas de manera sostenible, puede ayudar a maximizar los efectos positivos, conservar la cultura y el patrimonio locales, y reforzar, a escala local, la responsabilización, la identidad y la resiliencia comunitaria. |
DESTACANDO QUE:
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12. |
Cuando el turismo deportivo se planifica estratégicamente y de manera proporcional a las capacidades locales, puede aportar una alternativa a determinados modelos de turismo de masas, asociados a un turismo desequilibrado y a las presiones medioambientales y sociales que este conlleva. También puede ayudar a abordar las disparidades territoriales mediante la diversificación de los productos turísticos, la promoción de destinos menos conocidos y la estimulación de formas de turismo más responsables y equilibradas, como las relacionadas con acontecimientos deportivos pequeños y medianos, lo que suma atractivo a los destinos con el paso del tiempo. |
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13. |
Cuando no se gestionan adecuadamente, las prácticas no sostenibles de turismo deportivo pueden generar presiones medioambientales, con lo que contribuyen al cambio climático y se ven afectadas por él. Al mismo tiempo, incluso las prácticas sostenibles de turismo deportivo pueden sufrir los efectos del cambio climático. Por consiguiente, el desarrollo del turismo deportivo debe seguir adaptándose a los riesgos medioambientales y ser plenamente coherente con los objetivos de neutralidad climática de la Unión. Además, debe contar con una planificación integrada, proporcionada y orientada al futuro, que incluya, si es viable, una evaluación de impacto y un seguimiento sistemáticos basados en indicadores comparables y armonizados, a fin de aumentar la resiliencia de los destinos turísticos deportivos. |
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14. |
Las emisiones relacionadas con el transporte originan un porcentaje importante de la huella ambiental del turismo. El desarrollo del turismo deportivo sostenible requiere una planificación de la movilidad respetuosa con el clima, lo que incluye la promoción de modos de transporte activos y con bajas emisiones de carbono, así como infraestructuras e incentivos adecuados para estimular el uso del transporte público. |
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15. |
El desarrollo del turismo deportivo debe tener debidamente en cuenta el uso sostenible de los recursos naturales y la conservación de los entornos terrestres, costeros y marinos, en particular en ecosistemas delicados. Cuando proceda, y de conformidad con disposiciones nacionales, regionales y locales, los ingresos generados por el turismo deportivo también pueden contribuir a la conservación del medio ambiente, las infraestructuras sostenibles y la gestión a largo plazo de los destinos. |
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16. |
La sensibilización de turistas deportivos y de residentes, así como de organizadores y proveedores de servicios, mediante iniciativas de educación medioambiental y desarrollo de capacidades puede contribuir a unas prácticas de turismo deportivo más sostenibles. |
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17. |
La cooperación entre autoridades públicas, empresas locales, organizaciones deportivas, organizaciones medioambientales y otras partes interesadas pertinentes, a escala local, regional, nacional e internacional, puede desempeñar una función importante en el desarrollo del turismo deportivo sostenible, entre otras cosas mejorando la coordinación y el intercambio de conocimientos y de buenas prácticas. |
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18. |
Al estimular la interacción y la inclusión sociales, la confianza, las redes de contactos y el diálogo entre participantes de diferentes procedencias, el turismo deportivo puede mejorar la promoción de la comprensión mutua, la igualdad de género, la participación de personas con discapacidad, el diálogo intercultural y los contactos interpersonales, también como herramienta de diplomacia deportiva. |
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19. |
El turismo deportivo puede contribuir a la consecución de varios ODS de las Naciones Unidas, en particular los ODS 1, 3, 5, 8, 10, 11, 12, 13, 15, 16 y 17, cuando se desarrolla y se lleva a cabo de manera sostenible e inclusiva. |
INVITAN A LOS ESTADOS MIEMBROS, EN LOS NIVELES ADECUADOS, A:
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20. |
Considerar la adopción de un enfoque estratégico e integrado para el desarrollo del turismo deportivo, armonizando las políticas en materia de deporte, turismo y sostenibilidad, sin olvidar los objetivos pertinentes de los ODS de las Naciones Unidas para 2030. |
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21. |
Estimular la cooperación europea, internacional y transfronteriza entre autoridades nacionales, regionales y locales mediante programas de la Unión, asociaciones regionales, redes e iniciativas conjuntas existentes, velando por que se aplique un enfoque coordinado e intersectorial que también abarque a asociaciones público-privadas y con el sector del voluntariado para fomentar la innovación y la sostenibilidad a largo plazo en el desarrollo del turismo deportivo. |
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22. |
Analizar, cuando proceda y dentro de las competencias de cada parte y de los marcos financieros disponibles, la posibilidad de asignar recursos financieros adecuados al apoyo de iniciativas de turismo deportivo sostenible, tales como creación de capacidades, elaboración de soluciones de movilidad e infraestructuras, innovación digital, investigación y proyectos de cooperación transfronteriza, asegurándose de que sean coherentes con las prioridades de la Unión y con los instrumentos de financiación existentes. |
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23. |
Considerar la promoción de actividades turísticas relacionadas con el deporte, incluida la movilidad activa, para estimular la participación en actividades físicas entre visitantes y comunidades locales, sin olvidar a los grupos y las personas infrarrepresentados o vulnerables, aprovechando, siempre que sea posible, las sinergias con iniciativas pertinentes de la Unión, teniendo presente que los mayores beneficios para la salud los consiguen, al participar, las personas con menor actividad física. |
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24. |
Estimular un turismo deportivo diversificado como herramienta para el desarrollo sostenible de los destinos y la construcción de la marca de estos, también en las regiones menos visitadas y periféricas, promoviendo soluciones de transporte sostenible, la conectividad y la accesibilidad, y potenciando la sinergia con otras formas alternativas y especiales de turismo, a fin de reducir la estacionalidad, aliviar las presiones territoriales, ayudar a prevenir la degradación medioambiental y hacer frente a los desafíos sociales. |
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25. |
Promover prácticas responsables desde el punto de vista medioambiental al organizar y efectuar actividades de turismo deportivo, dando prioridad a la participación de las comunidades locales y teniendo en cuenta la resiliencia frente al cambio climático y el impacto medioambiental a largo plazo, así como estimular el desarrollo y el mantenimiento de infraestructuras y servicios sostenibles, respetando la capacidad de carga medioambiental y gestionando los flujos de visitantes, en particular en largas distancias, para evitar la masificación. |
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26. |
Potenciar iniciativas de sensibilización para visitantes y organizadores, junto con formación sobre cuestiones de protección del medio ambiente para profesionales del turismo deportivo. |
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27. |
Considerar el fomento de la investigación y la generación de conocimientos mediante la recopilación y el intercambio de datos sobre indicadores de sostenibilidad medioambiental, social y económica para el turismo deportivo, incluidas las tendencias del mercado, como elemento de marcos de supervisión de la sostenibilidad del turismo más amplios, utilizando los indicadores comparables y armonizados existentes cuando sea posible; esa información debe servir para tomar decisiones basadas en datos contrastados y para contribuir a la supervisión de las políticas públicas a más largo plazo. |
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28. |
Cuando proceda y en consonancia con las normas éticas y en materia de protección de datos aplicables, analizar el uso de herramientas digitales, como aplicaciones, plataformas, realidad virtual o aumentada e inteligencia artificial (IA), en apoyo de la gestión sostenible y basada en datos de las actividades y los destinos de turismo deportivo, como el seguimiento del flujo de visitantes y la evaluación de impacto, teniendo en cuenta los costes medioambientales asociados a dichas soluciones, en particular en lo relativo al consumo de energía y agua. |
INVITAN A LA COMISIÓN EUROPEA, EN SUS ÁMBITOS DE COMPETENCIA, A:
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29. |
Apoyar el intercambio entre los Estados miembros y las partes interesadas pertinentes de información, buenas prácticas y conocimientos sobre el desarrollo del turismo deportivo sostenible, por ejemplo mediante plataformas estructuradas e iniciativas existentes, y promover que se comprenda la manera de aplicar las normas sobre ayudas estatales. |
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30. |
Aportar orientaciones sobre los programas de financiación pertinentes de la Unión, como Erasmus+ entre otros, para apoyar iniciativas de turismo deportivo sostenibles, socialmente inclusivas e innovadoras, incluidas las que promueven la cooperación transfronteriza. |
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31. |
Estimular, cuando proceda, la investigación y la recopilación de datos acerca del turismo deportivo, lo que incluye el desarrollo y el uso de metodologías y estadísticas armonizadas, como cuentas satélite de turismo, cuentas satélite del deporte, el espacio europeo de datos relativos al turismo y el cuadro de indicadores del turismo de la UE, sin crear sistemas estadísticos paralelos o fragmentados. |
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32. |
Analizar la función del turismo deportivo en el contexto de la Estrategia de Turismo Sostenible de la UE. |
INVITAN AL MUNDO DEL DEPORTE Y A LAS PARTES INTERESADAS DEL TURISMO DEPORTIVO, TENIENDO EN CUENTA SU RESPONSABILIDAD Y LA AUTONOMÍA DEL DEPORTE, A:
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33. |
Considerar la participación en iniciativas de cooperación y asociaciones estructuradas y a largo plazo, como asociaciones transfronterizas y público-privadas, para desarrollar servicios y proyectos sostenibles de turismo deportivo y para contribuir a las iniciativas pertinentes de la Unión que fomenten la participación, la sostenibilidad y la innovación en el deporte. |
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34. |
Promover el voluntariado, la participación comunitaria y la inclusión social en actividades y acontecimientos de turismo deportivo y a través de ellos. |
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35. |
Potenciar prácticas responsables desde el punto de vista medioambiental y socialmente inclusivas cuando se planifiquen y organicen actividades y acontecimientos de turismo deportivo, lo que incluye el desarrollo y la ejecución de un plan de movilidad sostenible que abarque las modalidades de transporte. |
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36. |
Incorporar la sostenibilidad, incluidas opciones de transporte sostenible, la accesibilidad y la responsabilidad social en la comercialización del turismo deportivo, por ejemplo mediante herramientas digitales y con la promoción de actividades regionales o fuera de temporada, a fin de apoyar el desarrollo territorial equilibrado, el empleo de calidad, la protección del patrimonio cultural y la resiliencia de los destinos a largo plazo. |
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37. |
Contribuir, cuando proceda, a la recopilación de datos, la investigación y el intercambio de conocimientos, a fin de apoyar la elaboración de políticas basadas en datos contrastados y la mejora permanente de las prácticas de turismo deportivo sostenible. |
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38. |
Alentar a las organizaciones deportivas a que se adhieran al Manifiesto del Deporte Verde en el marco de la iniciativa SHARE 2.0 y colaboren en favor de un turismo deportivo más sostenible y responsable desde el punto de vista medioambiental, entre otras cosas mediante una difusión más amplia de las buenas prácticas. |
(1) DO C, C/2024/3527, 3.6.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/3527/oj.
ANEXO
Marco legislativo y estratégico de la UE
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Conclusiones del Consejo, de 9 de diciembre de 2024, sobre el fomento del legado perdurable de los grandes acontecimientos deportivos (DO C, C/2024/7401, 9.12.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/7401/oj) |
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Conclusiones del Consejo, de 27 de noviembre de 2023, sobre el desarrollo de la Agenda 2030 para alcanzar los objetivos: acelerar la localización de los ODS (15939/23) |
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Conclusiones del Consejo, de 21 de noviembre de 2023, sobre una transición social, ecológica y digital (15732/23) |
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Conclusiones del Consejo, de 1 de diciembre de 2022, sobre la Agenda Europea para el Turismo 2030 (15441/22) |
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Conclusiones del Consejo, de 29 de noviembre de 2022, sobre infraestructuras deportivas sostenibles y accesibles (DO C 494 de 28.12.2022, p. 1). |
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Conclusiones del Consejo, de 4 de abril de 2022, sobre el deporte y la actividad física como recursos prometedores para impulsar un cambio de comportamientos en favor de un desarrollo sostenible (DO C 170 de 25.4.2022, p. 1). |
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Conclusiones del Consejo, de 3 de marzo de 2022, sobre el Informe Especial n.o 27/2021 del Tribunal de Cuentas Europeo: «Apoyo de la UE al turismo: es necesaria una nueva orientación estratégica y un mejor enfoque en la financiación» (6829/22) |
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Resolución del Consejo, de 30 de noviembre de 2021, relativa a las características clave del modelo de deporte europeo (DO C 501 de 13.12.2021, p. 1). |
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Conclusiones del Consejo, de 30 de noviembre de 2021, sobre la actividad física a lo largo de toda la vida (DO C 501 I de 13.12.2021, p. 1). |
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Conclusiones del Consejo, de 18 de mayo de 2021, sobre la innovación en el deporte (DO C 212 de 4.6.2021, p. 2). |
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Conclusiones del Consejo, de 27 de mayo de 2021, sobre el turismo en Europa en la próxima década: sostenible, resiliente, digital, mundial y social (8881/21) |
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Resolución del Parlamento Europeo, de 25 de marzo de 2021, sobre la definición de una estrategia de la Unión en materia de turismo sostenible (DO C 494 de 8.12.2021, p. 106). |
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Resolución del Parlamento Europeo, de 19 de junio de 2020, sobre el transporte y el turismo en 2020 y en adelante (DO C 362 de 8.9.2021, p. 55). |
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Resolución del Consejo y los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 22 de noviembre de 2019, sobre la dimensión cultural del desarrollo sostenible (DO C 410 de 6.12.2019, p. 1). |
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Conclusiones del Consejo, de 27 de mayo de 2019, sobre la competitividad del sector turístico como motor del crecimiento sostenible, el empleo y la cohesión social en la UE para el próximo decenio (9707/19) |
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Conclusiones del Consejo, de 9 de abril de 2019, tituladas «Hacia una Unión cada vez más sostenible para 2030» (8286/19) |
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Conclusiones del Consejo, de 20 de junio de 2017, sobre un futuro europeo sostenible: la respuesta de la UE a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (10370/17) |
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Conclusiones del Consejo, de 1 de junio de 2016, sobre la potenciación de la integridad, la transparencia y la buena gobernanza en los grandes acontecimientos deportivos (9644/16) |
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Resolución del Parlamento Europeo, de 29 de octubre de 2015, sobre nuevos desafíos y estrategias para promover el turismo en Europa (DO C 355 de 20.10.2017, p. 71). |
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Conclusiones del Consejo, de 4 de diciembre de 2014, sobre «Reforzar el turismo potenciando el patrimonio cultural, natural y marítimo de Europa» (16535/14) |
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Conclusiones del Consejo, de 13 de octubre de 2010, sobre Europa, primer destino turístico del mundo: un nuevo marco político para el turismo europeo (14944/10) |
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Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Europa, primer destino turístico del mundo: un nuevo marco político para el turismo europeo» (COM/2010/0352 final, de 30 de junio de 2010) |
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/3012/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)