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Document C:2021:093A:FULL
Official Journal of the European Union, CA 93, 19 March 2021
Diario Oficial de la Unión Europea, CA 93, 19 de marzo de 2021
Diario Oficial de la Unión Europea, CA 93, 19 de marzo de 2021
ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 93A |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
64.° año |
Sumario |
Página |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS |
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Comisión Europea |
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2021/C 93 A/01 |
ES |
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V Anuncios
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Comisión Europea
19.3.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CA 93/1 |
Dirección General INTPA
Publicación de un anuncio de vacante para el puesto de director (h/m) (grado AD 14)
(Artículo 29, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios)
COM/2021/10402
(2021/C 93 A/01)
Quiénes somos
La misión de la Dirección General de Asociaciones Internacionales (DG INTPA) es contribuir al desarrollo sostenible, a la erradicación de la pobreza, a la paz y a la protección de los derechos humanos, a través de asociaciones internacionales que defiendan y promuevan los valores e intereses europeos.
La DG INTPA ejerce un papel preponderante en la formulación de políticas de la UE en el ámbito de la cooperación internacional y en la creación de asociaciones con países y organizaciones internacionales a escala mundial. La DG INTPA colabora codo con codo con los servicios de la Comisión para garantizar que la dimensión exterior de las políticas de la UE refuerce su acción en el mundo. La DG INTPA se coordina estrechamente con los Estados miembros en la decidida aplicación del planteamiento «Equipo Europa» a fin de apoyar la agenda mundial de la UE. La DG INTPA basa su actuación en el Derecho internacional y el multilateralismo y se encuentra a la vanguardia de los esfuerzos de la Unión Europea por cumplir los compromisos mundiales, en particular la Agenda 2030 de las Naciones Unidas, así como los Objetivos de Desarrollo Sostenible y el Acuerdo de París sobre el Cambio Climático.
La DG INTPA es responsable, bien a título individual, bien en colaboración con el Servicio Europeo de Acción Exterior, de la programación plurianual y la ejecución de los instrumentos exteriores de la UE. La DG INTPA aplica sus políticas y programas a través de las delegaciones de la Unión Europea en los países socios y las organizaciones internacionales. A tal efecto, define, establece y aplica los sistemas de gestión, supervisión, apoyo y control necesarios para garantizar los máximos niveles de regularidad, calidad, impacto y visibilidad de los programas ejecutados.
La Dirección para Oriente Medio, Asia y el Pacífico es la responsable del desarrollo y la aplicación de la agenda en materia de Asociaciones Internacionales en los países y regiones de esa zona geográfica. También ofrece orientación a las secciones de cooperación de las delegaciones respectivas. La Dirección está dividida en cuatro unidades, de las cuales, tres tienen responsabilidades de alcance geográfico y una se ocupa de los aspectos financieros y contractuales.
Qué ofrecemos
La DG INTPA ofrece un puesto de director que proporcionará una visión y orientaciones en materia de gestión de las actividades de la Dirección C «Oriente Medio, Asia y el Pacífico», incluida la dirección de su personal y la supervisión de sus recursos.
Bajo la supervisión directa del director general adjunto encargado de la coordinación de esta Dirección y de las Direcciones «África» y «América Latina y el Caribe», la persona seleccionada llevará a cabo las siguientes tareas:
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proporcionará orientaciones y directrices generales con vistas a una planificación, coordinación y ejecución eficaces de los programas de la DG INTPA en Oriente Medio, Asia y el Pacífico; |
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participará en la definición y aplicación de la visión estratégica global de la Dirección General y aportará una contribución sustancial a la consecución de las prioridades de la Comisión; |
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garantizará y supervisará la planificación y gestión efectivas de las actividades de la Dirección, incluida la participación en los órganos de gobernanza pertinentes, los procesos de gestión de riesgos, la presentación de informes y la comunicación y el análisis/evaluación de los resultados; |
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representará al director general y al director general adjunto en los actos que tengan lugar en el exterior y a nivel interno; |
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garantizará la coordinación con las demás direcciones de la DG y otros servicios de la Comisión, así como la representación y la negociación con los interlocutores externos e internacionales; |
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conducirá la Dirección de manera participativa, permitiendo que el personal a su cargo desarrolle plenamente sus capacidades y su potencial; |
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gestionará y coordinará las actividades de las más de ciento diez personas que trabajan en las cuatro unidades de Bruselas. |
Qué buscamos (criterios de selección)
El aspirante ideal será un profesional destacado y dinámico que deberá cumplir los siguientes criterios de selección:
a) Competencias de Dirección
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Gran capacidad para gestionar y dirigir un organismo administrativo, a nivel tanto estratégico y organizativo como de gestión interna. |
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Capacidad para establecer prioridades y objetivos de manera eficiente. |
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Éxito demostrado en un puesto de dirección, que ponga de manifiesto su capacidad para dirigir y desarrollar equipos de personal altamente cualificado, motivándolos y maximizando su potencial, así como para actuar como un miembro más dentro del equipo de dirección. |
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Una profunda comprensión de los procedimientos de planificación, ejecución y seguimiento del trabajo en el contexto de la función pública. |
b) Competencias especializadas y experiencia
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Gran capacidad de discernimiento político y de comprensión del complejo contexto geopolítico y, en particular, de los aspectos más sensibles relacionados con la región geográfica que abarca la Dirección. |
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Amplios conocimientos y experiencia en el ámbito de las relaciones exteriores, como por ejemplo, experiencia en un puesto de alto nivel en una Delegación de la UE o en una Embajada de un Estado miembro. |
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Buena comprensión de la base jurídica y normativa, así como de la aplicación de los instrumentos de financiación exterior de la UE. |
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Amplia visión de futuro, combinada con una elevada capacidad conceptual y una buena capacidad para desarrollar una visión estratégica clara de las actividades de la Dirección. |
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Óptimo conocimiento de la estructura y organización de la Dirección General de Asociaciones Internacionales, incluido el papel y las especificidades de la red de delegaciones de la UE. |
c) Cualidades personales
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Mentalidad estratégica e iniciativa demostrable para proponer y lleva a la práctica nuevas ideas. |
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Excelentes aptitudes analíticas, así como capacidad para resolver problemas organizativos y de funcionamiento mediante un enfoque orientado a los resultados. |
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Capacidad para compartir información y cooperar con homólogos y colegas. |
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Capacidad para representar a la Comisión o al director general, establecer excelentes relaciones de trabajo, comunicar y negociar, tanto a nivel interinstitucional como internacional, así como para colaborar con la ciudadanía y los interlocutores internos y externos. |
Requisitos de admisibilidad de los candidatos
Solamente podrán ser admitidas a la fase de selección aquellas personas que cumplan los requisitos formales siguientes antes de que finalice el plazo para la presentación de candidaturas:
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Nacionalidad: Los candidatos deberán poseer la nacionalidad de uno de los Estados miembros de la Unión Europea. |
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Diploma o título universitario: Los candidatos deberán tener:
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Experiencia profesional: Los candidatos deberán tener una experiencia profesional posterior a la obtención del título de quince años como mínimo (1), en un nivel al que permitan acceder las titulaciones antes mencionadas; al menos cinco años de dicha experiencia profesional deberán ser en un ámbito pertinente para este puesto. |
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Experiencia en cargos de dirección: Al menos cinco de los años de experiencia profesional posterior a la obtención del título universitario deberán haberse adquirido en un cargo de dirección de alto nivel (2). |
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Lenguas: Los candidatos deberán tener un conocimiento profundo de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea (3) y un conocimiento satisfactorio de otra de ellas. Los comités de selección comprobarán durante la entrevista o las entrevistas si los candidatos cumplen el requisito de poseer un conocimiento satisfactorio de otra lengua oficial de la UE. Para ello, (parte de) la entrevista podrá realizarse en esa otra lengua. |
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Límite de edad: Los candidatos no deberán haber alcanzado la edad preceptiva de jubilación, que, para los funcionarios de la Unión Europea, se define como la del último día del mes durante el cual hayan cumplido los 66 años de edad [véase el artículo 52, letra a), del Estatuto de los funcionarios (4)]. |
Selección y nombramiento
La Comisión Europea seleccionará y nombrará al director con arreglo a sus procedimientos de selección y contratación de personal [véase el documento «Compilation Document on Senior Officials Policy» (documento sinóptico sobre la política relativa a los altos funcionarios) (5)].
Como parte de este procedimiento de selección, la Comisión Europea constituye un comité de preselección. Ese comité analiza todas las candidaturas, realiza una primera verificación de su admisibilidad y determina qué candidatos tienen el mejor perfil con arreglo a los criterios de selección mencionados anteriormente, y quiénes pueden ser invitados a una entrevista con el comité de preselección.
Tras las entrevistas, el comité de preselección elabora sus conclusiones y propone una lista de candidatos que serán convocados a otra entrevista con el Comité Consultivo para los nombramientos (CCN) de la Comisión Europea. Teniendo en cuenta las conclusiones del comité de preselección, el CCN decidirá qué candidatos podrán ser invitados a una entrevista.
Los candidatos convocados a la entrevista con el CCN serán evaluados durante una jornada completa en un centro de evaluación de directivos por consultores externos de contratación de personal. Teniendo en cuenta los resultados de la entrevista y el informe del centro de evaluación, el CCN confeccionará una lista con los candidatos seleccionados que considere aptos para ejercer la función de director.
Las candidatos incluidos en la lista restringida del CCN serán entrevistados por el miembro de la Comisión responsable de Asociaciones Internacionales (6).
Tras las entrevistas, la Comisión Europea toma la decisión del nombramiento.
La persona seleccionada deberá haber cumplido todas las obligaciones impuestas por la legislación en relación con el servicio militar, ofrecer las debidas garantías de moralidad para el ejercicio de sus funciones y ser físicamente apta para llevarlas a cabo.
La persona seleccionada deberá poseer, o estar en condiciones de obtener, un certificado válido de habilitación de seguridad expedido por su autoridad nacional de seguridad. La habilitación personal de seguridad es una decisión administrativa que se toma al término de un cribado de seguridad realizado por la autoridad nacional de seguridad competente, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias nacionales de seguridad vigentes, en la que se certifica que la persona interesada puede ser autorizada a acceder a información clasificada hasta un nivel determinado. (Obsérvese que el procedimiento necesario para la obtención de la habilitación de seguridad solo puede iniciarse a petición del empleador, no de la persona interesada).
Hasta que el Estado miembro de que se trate no haya concedido la habilitación personal de seguridad y completado el procedimiento de habilitación, siguiendo las instrucciones de la Dirección de Seguridad de la Comisión Europea legalmente exigidas, la persona no podrá acceder a información clasificada de la UE (ICUE) de grado CONFIDENTIEL UE/EU CONFIDENTIAL o superior, ni asistir a ninguna reunión en la que se examine dicha ICUE.
Por razones prácticas y con objeto de finalizar el procedimiento de selección en el plazo más breve posible, en interés tanto de los candidatos como de la institución, el procedimiento de selección se realizará únicamente en francés y/o en inglés (7).
Igualdad de oportunidades
De conformidad con el artículo 1 quinquies del Estatuto de los funcionarios (8), la Comisión Europea persigue en sus políticas el objetivo de lograr la igualdad de género en todos los niveles de dirección antes de que finalice su mandato actual, y aplica una política de igualdad de oportunidades que fomenta la presentación de candidaturas que podrían contribuir a una mayor diversidad, a la igualdad de género y al equilibrio geográfico general.
Condiciones de empleo
Los sueldos y las condiciones de empleo figuran en el Estatuto de los funcionarios (9).
La persona seleccionada será contratada como funcionario/funcionaria de grado AD 14. Dependiendo de la duración de su experiencia profesional anterior, será clasificada en el escalón 1 o en el escalón 2 dentro de ese grado.
Los candidatos deberán tener en cuenta el requisito de superar con éxito un período de prueba de nueve meses que impone el Estatuto de los funcionarios a todo el personal nuevo.
El lugar de trabajo es Bruselas, sede de la Dirección General de Asociaciones Internacionales.
El puesto está disponible a partir del 16 de febrero de 2021.
Independencia y declaración de intereses
Antes de asumir sus funciones, el asesor o la asesora deberá hacer una declaración por la que se comprometa a actuar con independencia y en interés público, y deberá declarar cualquier interés que pudiera considerarse perjudicial para su independencia.
Procedimiento de presentación de candidaturas
Antes de presentar su candidatura, los candidatos deberán comprobar cuidadosamente si cumplen todos los requisitos de admisibilidad (véase «Requisitos de admisibilidad de los candidatos»), especialmente por lo que respecta a los tipos de titulación y a la experiencia profesional de alto nivel, así como los requisitos lingüísticos. El incumplimiento de cualquiera de los criterios de admisibilidad supondrá su exclusión automática del procedimiento de selección.
Quienes deseen presentar su candidatura deberán inscribirse a través de internet en el sitio web que se indica a continuación y seguir las instrucciones relativas a las diferentes etapas del procedimiento:
https://ec.europa.eu/dgs/human-resources/seniormanagementvacancies/
Los candidatos deberán tener una dirección de correo electrónico válida. Esa dirección se utilizará para confirmar la inscripción, así como para contactarlas durante las diferentes fases del procedimiento. Se ruega por lo tanto a los candidatos comuniquen a la Comisión Europea cualquier cambio en su dirección de correo electrónico.
Para finalizar la presentación de su candidatura, los candidatos deberán adjuntar un currículum vítae en formato PDF y redactar, en línea, una carta de motivación (8 000 caracteres como máximo). El currículum y la carta de motivación podrán presentarse en cualquier lengua oficial de la Unión Europea.
Una vez finalizada la inscripción en línea, los candidatos recibirán un correo electrónico de confirmación de que su candidatura ha sido registrada. Si no reciben un correo electrónico de confirmación, la candidatura no ha quedado registrada
Téngase en cuenta que no es posible realizar un seguimiento en línea de la tramitación de las candidaturas. La Comisión Europea se pondrá en contacto directamente con los candidatos para informarles del estado de su candidatura.
Para obtener más información o en caso de problemas técnicos, los candidatos podrán enviar un correo electrónico a la dirección siguiente: HR-MANAGEMENT-ONLINE@ec.europa.eu
Fecha límite
El plazo de inscripción finalizará el 23 de abril de 2021, a las 12.00 horas (hora de Bruselas), momento a partir del cual ya no será posible inscribirse.
Es responsabilidad de los candidatos completar la inscripción en línea en el plazo previsto. Recomendamos encarecidamente no esperar a los últimos días para presentar la candidatura, ya que una sobrecarga de las líneas o un fallo en la conexión a internet podrían dar lugar a una interrupción de la operación de inscripción en línea, obligando a repetir todo el proceso. Una vez finalizado el plazo de inscripción, no se podrá ya introducir ningún dato. No se aceptarán las candidaturas presentadas fuera de plazo.
Información importante para los candidatos
Se recuerda a los candidatos que la labor de los diferentes comités de selección es confidencial. Está prohibido que los candidatos se pongan en contacto directo o indirecto con sus miembros o que cualquier otra persona lo haga en su nombre. Todas las consultas deberán dirigirse a la secretaría del comité correspondiente.
Protección de los datos personales
La Comisión garantizará que los datos personales de los candidatos se traten conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (10).
(1) La experiencia profesional solo se tendrá en cuenta si refleja una relación laboral real definida como trabajo efectivo y genuino y remunerada, en calidad de empleado (con cualquier tipo de contrato) o de proveedor de servicios. Las actividades profesionales realizadas a tiempo parcial se prorratearán en función del porcentaje certificado de horas trabajadas a tiempo completo. Los permisos por maternidad, paternidad o adopción se tendrán en cuenta si se producen en el marco de un contrato de trabajo. Los doctorados se asimilan a experiencia profesional, incluso si no están remunerados, si bien su duración máxima es de tres años y el doctorado debe haberse completado con éxito. Únicamente puede computarse un período determinado una sola vez.
(2) Los candidatos deberán indicar claramente en su currículum vitae, para todos los años en que hayan adquirido la experiencia de dirección, la siguiente información: 1) denominación de los puestos de dirección ocupados y las funciones desempeñadas; 2) número de empleados bajo sus órdenes en esos puestos; 3) volumen de los presupuestos gestionados; 4) número de niveles jerárquicos superiores e inferiores, y 5) número de personas con responsabilidades del mismo nivel.
(3) http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:01958R0001-20130701&qid=1408533709461&from=ES
(4) http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:01962R0031-20140701&from=ES
(5) https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/compilation-of-the-senior-official-policy-at-the-european-commission_en.pdf
(6) A menos que el miembro de la Comisión en cuestión, en consonancia con las Decisiones de la Comisión de 5 de diciembre de 2007 [PV(2007) 1811] y 30 de septiembre de 2020 [PV(2020) 2351], haya delegado esta tarea en otro miembro de la Comisión.
(7) Los comités de selección garantizarán que no se conceda ninguna ventaja indebida a los hablantes nativos de dichos idiomas.
(8) http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:01962R0031-20140701&from=ES
(9) http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:01962R0031-20140701&from=ES
(10) Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos. Este principio se aplica, en particular, a la confidencialidad y a la seguridad de esos datos (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).