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Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CE) n.o 1606/2002, relativo a la aplicación de normas internacionales de contabilidad

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Este Reglamento tiene como objetivo exigir a las empresas que cotizan en la UE (es decir, empresas de la UE que han emitido valores en un mercado regulado de la UE), incluidos bancos y compañías de seguros, que preparen sus cuentas consolidadas de conformidad con las normas de información financiera (las NIIF)* a partir del año 2005.

El uso de normas contables comunes mejora la transparencia y la comparabilidad de las cuentas de las empresas, lo que aumenta la eficiencia del mercado y reduce el coste de captación de capital para las empresas.

PUNTOS CLAVE

Los países de la UE tienen la opción de permitir o exigir que las empresas que cotizan en bolsa elaboren sus cuentas anuales de conformidad con las NIIF adoptadas de acuerdo con los procedimientos establecidos por el Reglamento. Asimismo, pueden optar por ampliar la aplicación de dicho permiso o exigencia a sociedades comerciales no cotizadas cuando elaboren sus cuentas consolidadas o anuales.

Para garantizar una supervisión política adecuada, el Reglamento incorpora la creación de un nuevo mecanismo de la UE a fin de evaluar las NIIF adoptadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (CNIC), con sede en Londres, para que se les dé cumplimiento en la UE.

Dos órganos facilitan este proceso:

El mecanismo de adopción es un proceso que consta de dos niveles:

  • un proceso regulatorio por el cual el CRC decide si se deben adoptar las NIIF, en base a una propuesta de la Comisión;
  • un proceso técnico por el cual el EFRAG presta el apoyo y la experiencia necesarios para evaluar las NIIF y asesorar a la Comisión sobre si se deben adoptar o no las NIIF que son objeto de consideración.

El Reglamento (CE) n.o 1126/2008 establece las NIIF adoptadas y las interpretaciones correspondientes. Dicho Reglamento se ha modificado en varias ocasiones para incluir todas las normas que el CNIC ha presentado desde 2008, además de algunas modificaciones realizadas desde 2012 sobre los estados financieros consolidados, las asociaciones y la información que se debe facilitar sobre los intereses en otras entidades.

En el sitio web de la Comisión se publica y se actualiza periódicamente una tabla en la que se detallan todas las modificaciones realizadas en el Reglamento (CE) n.o 1126/2008.

En junio de 2015, la Comisión Europea adoptó un informe en el que se evaluaba el funcionamiento del Reglamento. La conclusión general es que las NIIF han conseguido mejorar la eficiencia de los mercados de capitales de la UE gracias al refuerzo de la transparencia y de la comparabilidad de los estados financieros. Con todo, se identificaron algunos ámbitos susceptibles de mejora, como la mayor colaboración entre las partes implicadas en el proceso de adopción.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Este Reglamento está en vigor desde el 14 de septiembre de 2002.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Normas Internacionales de Información Financiera: anteriormente conocidas como normas internacionales de contabilidad (NIC), comprenden las normas internacionales de información financiera (NIIF) e interpretaciones relacionadas (interpretaciones del CPI/CINIIF*), enmiendas posteriores a dichas normas e interpretaciones relacionadas, y futuras normas e interpretaciones relacionadas emitidas o adoptadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (CNIC).
CPI/CINIIF: el Comité Permanente de Interpretación (CPI) fue el organismo que precedió al Comité de Interpretaciones de las Normas Internacionales de Información Financiera (CINIIF).

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (CE) n.o 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002, relativo a la aplicación de normas internacionales de contabilidad (DO L 243, 11.9.2002, pp. 1-4).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 1606/2002 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo: Evaluación del Reglamento (CE) n.o 1606/2002, de 19 de julio de 2002, sobre la aplicación de las normas internacionales de contabilidad [COM(2015) 301 final, 18.6.2015].

Reglamento (CE) n.o 1126/2008 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2008, por el que se adoptan algunas normas internacionales de contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 320,29.11.2008, pp. 1-481).

Véase la versión consolidada.

última actualización 29.05.2018

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