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Año Europeo del Envejecimiento Activo (2012)
El Año Europeo 2012 debe contribuir a que las personas mayores permanezcan más tiempo en el mercado de trabajo y se mantengan sanas, activas y autónomas el mayor tiempo posible. De hecho, la Unión Europea (UE), experimenta un cambio demográfico rápido y debe hacer frente al impacto del envejecimiento de la población en las finanzas públicas y la protección social. Las iniciativas adoptadas en favor del envejecimiento activo deben ayudar a abordar estos retos.
ACTO
Decisión nº 940/2011/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de septiembre de 2011, sobre el Año Europeo del Envejecimiento Activo y la Solidaridad Intergeneracional (2012) (Texto pertinente a efectos del EEE).
SÍNTESIS
El Año Europeo 2012 sirve de marco para promover el envejecimiento activo y la solidaridad intergeneracional. De hecho, la Unión Europea (UE) afronta el rápido envejecimiento de su población y el descenso de los índices de natalidad.
Por tanto, es necesario mejorar las posibilidades y las condiciones laborales de los trabajadores de más edad, así como mejorar su inclusión en la sociedad y fomentar el envejecimiento saludable. Las acciones realizadas tienen en cuenta la igualdad de trato entre las personas y la igualdad entre los hombres y las mujeres.
Objetivos del Año Europeo
La UE fomenta y apoya que las iniciativas de las autoridades públicas de sus Estados miembros tengan lugar a escala nacional, regional o local. También insta a los interlocutores sociales, los actores de la sociedad civil y las empresas a que lleven a cabo acciones que refuercen la solidaridad y la cooperación entre las generaciones.
Las actividades organizadas a escala europea y en los países de la UE deben permitir:
Funcionamiento
La participación en el Año Europeo estará abierta a los Estados miembros de la UE, los países candidatos a la adhesión, los países de los Balcanes Occidentales y del Espacio Económico Europeo (EEE). Asimismo, podrán organizarse acciones en cooperación con organizaciones internacionales competentes.
Para garantizar el correcto desarrollo de las actividades, cada Estado participante debe designar un coordinador nacional. Además, la Comisión debe coordinar tanto el Año a nivel europeo, en las reuniones que reagrupen a los coordinadores nacionales y a los diferentes actores implicados.
Referencias
Acto |
Entrada en vigor |
Plazo de transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial |
Decisión n° 940/2011/UE |
24.9.2011 |
- |
DO L 246 de 23.9.2011 |
Última modificación: 21.10.2011